Miércoles, 04 de diciembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan el funcionamiento de Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores

Autorizan el funcionamiento de Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores

Resolución de Superintendente

Nº 018-2024-SMV/02

Lima, 29 de febrero de 2024

La Superintendente del Mercado de

Valores

VISTOS:

El Expediente N° 2023037482, así como el Informe N° 200-2024-SMV/10.2, emitido por la Intendencia General de Supervisión de Entidades, con el proveído favorable del Superintendente Adjunto de Supervisión Prudencial;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Conasev N° 103-2010-EF/94.01.1 del 18 de octubre de 2010, se otorgó autorización de funcionamiento a Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., para actuar como sociedad administradora de fondos de inversión;

Que, Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV autorización de funcionamiento para actuar, adicionalmente, como una sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores;

Que, el artículo 33 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución Conasev N° 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias; así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente N° 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para que una sociedad administradora de fondos de inversión pueda obtener la autorización de funcionamiento como una sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores;

Que, a efectos de verificar que Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades y con la participación de representantes de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, realizó una verificación presencial en las instalaciones de la referida sociedad;

Que, de la evaluación a la documentación presentada por Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. y luego de la citada verificación presencial, se determinó que dicha sociedad cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, tal como se manifiesta en el Informe N° 200-2024-SMV/10.2; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y sus modificatorias, y por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el funcionamiento de Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, la que en adelante se denominará Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos S.A., la misma que podrá utilizar la denominación abreviada de Macrocapitales SAF S.A.

Artículo 2°.- Disponer la inscripción de Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos S.A., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 3°.- Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. deberá acreditar ante la Superintendencia del Mercado de Valores que ha realizado la inscripción de la modificación de su objeto social y denominación social, en los Registros Públicos, en el plazo establecido en el artículo 35 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución Conasev N° 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias.

Artículo 4°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la Página Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/smv).

Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 6°.- Transcribir la presente resolución a Macrocapitales Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LORENA MASIAS QUIROGA

Superintendente del Mercado de Valores

2266698-1