Aprueban el Cronograma Trimestral de realización de Audiencias Públicas Extraordinarias para el presente año 2024, propuestos por las Salas Penales Liquidadoras
Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000178-2024-P-CSJLI-PJ
Lima, 5 de marzo de 2024
VISTO: Decreto Ley N° 25746, Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CE-PJ;
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante Decreto Ley N° 25476, se estableció plazo para la realización de Audiencia Pública Extraordinaria destinada a tratar aspectos relacionados a la reorganización del Poder Judicial y la Administración de Justicia, disponiéndose que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o ser puesta en libertad.
Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ de fecha 10 de marzo del 2011, la Presidencia del Poder Judicial, dispuso aprobar el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, dispositivo legal en el cual se estableció las pautas y el procedimiento para llevar a cabo las mencionadas audiencias con arreglo a ley.
Tercero. Que, mediante Oficios N° 2024-1-SPL-CSJLI-PJ, 01-2024-P-2SPL-CSJL/PJ, 5-2023-4SPLIQ, S/N-2023-7°SPL-CSJLI-PJ y S/N-2024-10°SPL-PJ, cursados por la Primera, Segunda, Cuarta, Sétima y Décima Sala Penal Liquidadora, se remite el Cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias para el presente año 2024, consideraciones por las cuales, esta Presidencia debe proceder con su aprobación.
Cuarto.- Que, estando a lo expuesto, esta Presidencia en uso de las facultades conferidas en los numerales 1), 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma Trimestral de realización de AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS para el presente año 2024, propuestos por las Salas Penales Liquidadoras que se detallan a continuación:
Órgano Jurisdiccional |
1° Trimestre |
2° Trimestre |
3° Trimestre |
4° Trimestre |
Primera Sala Penal Liquidadora |
13/03/2024 09:00 A.M |
12/06/2024 09:00 A.M |
11/09/2024 09:00 A.M |
11/12/2024 09:00 A.M |
Segunda Sala Penal Liquidadora |
14/03/2024 10:00 A.M |
06/06/2024 10:00 A.M |
12/09/2024 10:00 A.M |
10/12/2024 10:00 A.M |
Cuarta Sala Penal Liquidadora |
20/03/2024 11:00 A.M |
26/06/2024 11:00 A.M |
25/09/2024 11:00 A.M |
18/12/2024 11:00 A.M |
Sétima Sala Penal Liquidadora |
27/03/2024 08:15 A.M |
26/06/2024 08:15 A.M |
25/09/2024 08:15 A.M |
18/12/2024 08:15 A.M |
Décima Sala Penal Liquidadora |
25/03/2024 09:00 A.M |
17/06/2024 11:30 A.M |
16/09/2024 11:30 A.M |
10/12/2024 09:00 A.M |
Artículo Segundo.- DISPONER que las Salas Penales mencionadas en el artículo precedente, cumplan con realizar las Audiencias Públicas Extraordinarias de acuerdo al cronograma trimestral aprobado, debiendo remitir a esta Presidencia el expediente administrativo respectivo en el plazo señalado en el artículo cuarto del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias.
Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados Penales Liquidadores de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con elevar a las Salas Penales Liquidadoras, los informes sobre los procesos ordinarios y sumarios al que se refiere el artículo tercero del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano de Imagen Institucional, la publicación y difusión respectiva de la presente resolución administrativa; sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el punto 1 del artículo 5° del reglamento aprobado por Resolución Administrativa N° 008-2011- SP-CS-PJ.
Artículo Quinto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Autoridad Nacional de Control, Presidentes de Salas Penales Liquidadoras, Juzgados Penales Liquidadores, Gerencia de Administración Distrital, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RICARDO GUILLERMO VINATEA MEDINA
Presidente de la CSJLima (e)
2267428-1