Aprueban el “Plan de Fiscalización en materia de Discapacidad – 2024”
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº D000041-2024-CONADIS-PRE
Lima, 4 de marzo del 2024
VISTOS:
La Nota Nº D000152-2024-CONADIS-GG de la Gerencia General; el Memorando Nº D000071-2024-CONADIS-DFS de la Dirección de Fiscalización y Sanciones; el Informe Nº D000012-2024-CONADIS-SDF de la Subdirección de Fiscalización; el Memorando Nº D000321-2024-CONADIS-OPPM y el Informe Nº D000007-2024-CONADIS-OPPM-AGG, ambos emitidos por Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Nota Nº D000103-2024-CONADIS-OAJ y el Informe Nº D000109-2024-CONADIS-OAJ, ambos emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad. Está constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera;
Que, el literal m) del artículo 64 de la norma legal citada dispone que, el CONADIS tiene la función de fiscalizar, imponer y administrar multas;
Que, el literal a) del artículo 49 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución de Presidencia Nº D000052-2022-CONADIS-PRE (en adelante, el ROF del CONADIS), dispone que la Dirección de Fiscalización y Sanciones es el órgano de línea responsable de conducir las acciones de fiscalización para el cumplimiento de obligaciones fiscalizables contenidas en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, su reglamento y otras disposiciones legales en materia de discapacidad, así como la imposición de sanciones por infracciones a la normativa citada;
Que, asimismo, el artículo 52 del ROF del CONADIS establece que la Subdirección de Fiscalización es la unidad orgánica de línea responsable de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscalizables contenidas en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, su reglamento y en otras disposiciones legales en materia de discapacidad. Depende jerárquicamente de la Dirección de Fiscalización y Sanciones, y tiene la función de, entre otras, elaborar y proponer instrumentos técnicos normativos, planes, programas y procedimientos relacionados a fiscalización en los niveles de gobierno nacional, regional y local, conforme a Ley;
Que, la Dirección de Fiscalización y Sanciones mediante el Memorando Nº D000071-2024-CONADIS-DFS, remite con su conformidad, el Informe Nº D00012-2024-CONADIS-SDF de la Subdirección de Fiscalización, por el cual se propone y sustenta el “Plan de Fiscalización en materia de Discapacidad – 2024”, con el objetivo de maximizar las actividades de fiscalización destinadas a verificar el cumplimiento del marco normativo relacionado con la discapacidad y fomentar su adherencia, en función a los ejes temáticos aprobados por la Resolución Directoral Nº D000029-2024-CONADIS-DFS, así como también, estimular en los administrados la adopción de acciones propositivas para garantizar el cumplimiento de los imperativos legales en materia de discapacidad, buscando lograr la igualdad efectiva de las personas con discapacidad en el Perú;
Que, mediante el Memorando Nº D000321-2024-CONADIS-OPPM y el Informe Nº D000007-2024-CONADIS-OPPM-AGG, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable respecto de la propuesta de “Plan de Fiscalización en materia de Discapacidad – 2024”, por cuanto se encuentra alineado con el Plan Estratégico Institucional del CONADIS para periodo 2022-2027 y con el Plan Operativo Institucional 2024; precisando que se financia con cargo a las notas de sus modificaciones presupuestarias en el nivel funcional y programático;
Que, a través de la Nota Nº D000103-2024-CONADIS-OAJ y el Informe Nº D000109-2024-CONADIS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar el “Plan de Fiscalización en materia de Discapacidad – 2024”; precisando que debe publicarse la resolución que lo apruebe en el Diario Oficial “El Peruano” y además, dicha resolución y el citado plan deben publicarse en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano y en la Sede Digital del CONADIS, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3 y artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM;
Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Dirección de Fiscalización y Sanciones, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y modificatorias, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29091; la Resolución de Presidencia Nº D000052-2022-CONADIS-PRE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el “Plan de Fiscalización en materia de Discapacidad – 2024”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y además se deberá publicar la presente Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www gob.pe/conadis).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidente
Consejo Nacional para la Integración de la
Persona con Discapacidad
2267077-1