Autorizan viaje de Alférez de la Policía Nacional del Perú para que participe en el Viaje de Instrucción al Extranjero VIEX 2023 - 2024 “Circunnavegación”, a bordo del B.A.P “UNIÓN”, con arribo en puertos de diversos países
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0273-2024-IN
Lima, 29 de febrero de 2024
VISTOS, el Oficio N° 245-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° D00334-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficios N°s 0858/42 y 029/42, del 28 de diciembre de 2023 y 19 de enero de 2024, respectivamente, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, en el marco de las relaciones y medidas de confianza mutua, se dirige al Comandante General de la Policía Nacional del Perú, con el propósito de hacer extensiva la invitación para que un (1) Oficial Subalterno de la Policía Nacional de Perú, participe en el Viaje de Instrucción al Extranjero VIEX 2023 - 2024 “Circunnavegación”, a bordo del B.A.P “UNIÓN”, a desarrollarse del 6 de marzo al 22 de abril de 2024, con arribo en los puertos de Baltimore y Miami de los Estados Unidos de América, Kingston del país Jamaica, Curazao del Reino de los Países Bajos, el Canal de Panamá (Cruce) y Balboa de la República de Panamá y Callao de la República del Perú;
Que, a través del Oficio N° 68-2024-REGIÓN POLICIAL LIMA/UNIPLEDU-AREDU, la Unidad de Planeamiento de la Región Policial Lima comunica a la División Policial Norte 3 la designación del Alférez de la Policía Nacional del Perú CHRISTIAN JESUS SEDANO SEDANO, para participar en el Viaje de Instrucción al Extranjero VIEX 2023 - 2024 “Circunnavegación”;
Que, con Informe N° 021-2024-REGPOL-LIMA/DIVPOL-NORTE-3-COM-SMP-ADM, la Comisaría de San Martín de Porres de la División Policial Norte 3 de la Región Policial Lima de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Alférez de la Policía Nacional del Perú CHRISTIAN JESUS SEDANO SEDANO, en el mencionado Viaje de Instrucción;
Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 47-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de la Policía Nacional del Perú CHRISTIAN JESUS SEDANO SEDANO, del 4 de marzo al 22 de abril de 2024, para que participe en el Viaje de Instrucción al Extranjero VIEX 2023 - 2024 “Circunnavegación”, a bordo del B.A.P “UNIÓN”, a desarrollarse del 6 de marzo al 22 de abril de 2024, con arribo en los puertos de Baltimore y Miami de los Estados Unidos de América, Kingston del país Jamaica, Curazao del Reino de los Países Bajos, el Canal de Panamá (Cruce) y Balboa de la República de Panamá y Callao de la República del Perú, precisando que permitirá al personal policial adquirir nuevos conocimientos y experiencias, fortaleciendo así sus capacidades, destrezas y habilidades para el desarrollo de sus labores en la Policía Nacional del Perú;
Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasaje aéreo (ida) y compensación extraordinaria por los días en que el mencionado Oficial Subalterno se encuentre en puerto son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se indica en la Hoja de Estudio y Opinión N° 47-2024-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI;
Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización, subespecialización, reentrenamiento y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de Estudios (…)”;
Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;
Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;
Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 262-2014-EF, se establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior;
Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de la Policía Nacional del Perú CHRISTIAN JESUS SEDANO SEDANO, del 4 de marzo al 22 de abril de 2024, para que participe en el Viaje de Instrucción al Extranjero VIEX 2023 - 2024 “Circunnavegación”, a bordo del B.A.P “UNIÓN”, a desarrollarse del 6 de marzo al 22 de abril de 2024, con arribo en los puertos de Baltimore y Miami de los Estados Unidos de América, Kingston del país Jamaica, Curazao del Reino de los Países Bajos, el Canal de Panamá (Cruce) y Balboa de la República de Panamá y Callao de la República del Perú;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de la Policía Nacional del Perú CHRISTIAN JESUS SEDANO SEDANO, del 4 de marzo al 22 de abril de 2024, para que participe en el Viaje de Instrucción al Extranjero VIEX 2023 - 2024 “Circunnavegación”, a bordo del B.A.P “UNIÓN”, con arribo en los puertos de Baltimore y Miami de los Estados Unidos de América, Kingston del país Jamaica, Curazao del Reino de los Países Bajos, el Canal de Panamá (Cruce) y Balboa de la República de Panamá y Callao de la República del Perú, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria y pasaje aéreo incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Alférez PNP CHRISTIAN JESUS SEDANO SEDANO
|
Moneda |
Importe |
Días |
Personas |
Total |
Compensación extraordinaria en puertos de Estados Unidos de América |
US$ |
144,46 |
5 |
1 |
722,30 |
Compensación extraordinaria en puertos de Centro América |
US$ |
129,33 |
10 |
1 |
1 293,30 |
Pasaje aéreo Lima - Washington |
US$ |
519,00 |
|
1 |
519,00 |
Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por misión de estudios se hará por los días reales y efectivos en el exterior, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 4.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada, de corresponder.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VÍCTOR MANUEL TORRES FALCÓN
Ministro del Interior
2265943-1