Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban Lineamientos para la Gestión de Riesgos Fiscales en las empresas del Sector Público Financiero y No Financiero comprendidas en el ámbito del FONAFE

Aprueban Lineamientos para la Gestión de Riesgos Fiscales en las empresas del Sector Público Financiero y No Financiero, comprendidas en el ámbito del FONAFE

Resolución Directoral

N° 012-2023-EF/52.01

Lima, 29 de diciembre de 2023

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo previsto por el numeral 5.1 y el inciso 8 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Tesorería, y tiene entre sus funciones, proponer los lineamientos, metodologías, modelos y normativa complementaria, para efectos de la identificación, medición, mitigación y el monitoreo de los riesgos fiscales;

Que, el numeral 21.1 del artículo 21 del citado Decreto Legislativo N° 1441, establece que la Gestión de Riesgos Fiscales, como parte del proceso de Gestión de Recursos Públicos de la Administración Financiera del Sector Público, consiste en la adopción de medidas para mitigar el impacto de la ocurrencia de eventos que generen diferencias entre los resultados fiscales y los previstos. Asimismo, en el inciso 8 del numeral 21.3 de su artículo 21 se señala que, para la Gestión de Riesgos Fiscales, la Dirección General del Tesoro Público, a fin de generar reportes periódicos y anuales recibe información sobre los riesgos de las empresas del Sector Público Financiero y No Financiero, suministrados por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE);

Que, en tal sentido resulta necesario aprobar los “Lineamientos para la Gestión de Riesgos Fiscales en las empresas del Sector Público Financiero y No Financiero, comprendidas en el ámbito del FONAFE” relacionados a la identificación, medición, mitigación y monitoreo de los riesgos fiscales, actividades de la Gestión de Riesgos Fiscales establecidas en el artículo 22 del Decreto Legislativo N° 1441;

De conformidad con lo establecido en el inciso 8 del numeral 5.2 del artículo 5 y en el inciso 8 del numeral 21.3 del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación de los “Lineamientos para la Gestión de Riesgos Fiscales en las empresas del Sector Público Financiero y No Financiero, comprendidas en el ámbito del FONAFE”

Aprobar los “Lineamientos para la Gestión de Riesgos Fiscales en las empresas del Sector Público Financiero y No Financiero, comprendidas en el ámbito del FONAFE”, el mismo que, como Anexo, forma parte de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2. Obligación de remitir información

Las entidades comprendidas en los alcances de los “Lineamientos para la Gestión de Riesgos Fiscales en las empresas del Sector Público Financiero y No Financiero, comprendidas en el ámbito del FONAFE” que se aprueban en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, deben proveer la información necesaria para que el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), pueda dar cumplimiento a lo establecido en los referidos Lineamientos.

Artículo 3. Vigencia

La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2024.

Artículo 4. Publicación

La presente Resolución Directoral se publica en la Sede Digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese

RODOLFO BACA GÓMEZ SÁNCHEZ

Director General

Dirección General del Tesoro Público

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