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Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 2 del Pliego 003: Ministerio de Cultura

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 2 del Pliego 003: Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 000330-2020-DM/MC

San Borja, 30 de diciembre del 2020

VISTOS; el Memorando Nº 000747-2020-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000812-2020-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias, establece que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, orientado al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país, y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho, formando parte integrante de dicho Sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico;

Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 547-2019-MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos para el Año Fiscal 2020 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, y a través de la Resolución Ministerial Nº 552-2019-MC, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2020 del Ministerio de Cultura;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000317-2020-DM/MC, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la misma que tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;

Que, el numeral 6.3 de la sección 6 de la citada guía establece que si el POI Anual es afectado, la entidad realiza su modificación con intervención de la Comisión de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución; asimismo, señala que el POI Anual en ejecución se modifica, entre otros, cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización, b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI;

Que, en ese marco, mediante el Memorando Nº 000747-2020-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000156-2020-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento, el cual contiene la propuesta del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 2 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, que recoge la información presentada por la Alta Dirección, Órganos, Direcciones Desconcentradas de Cultura y Unidades Ejecutoras del Ministerio de Cultura respecto de la modificación de sus metas físicas y financieras, de acuerdo a lo establecido en la Guía para el Planeamiento Institucional, para la aprobación mediante resolución ministerial;

Que, atendiendo a lo expuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su condición de órgano encargado de formular y proponer a la Alta Dirección los planes y documentos de gestión organizacional, resulta pertinente aprobar el mencionado documento;

Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 2 del Pliego 003: Ministerio de Cultura

Apruébase el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 2 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Del cumplimiento

Los órganos, Direcciones Desconcentradas de Cultura y Unidades Ejecutoras del Ministerio de Cultura, comprendidos en la modificación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, dan estricto cumplimiento, bajo responsabilidad, al contenido del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 2 del Pliego 003: Ministerio de Cultura.

Artículo 3.- Del seguimiento y evaluación

La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Planeamiento, efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 2 del Pliego 003: Ministerio de Cultura.

Artículo 4.- De la publicación

Dispónese la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO ARTURO NEYRA SÁNCHEZ

Ministro de Cultura

1916501-1