Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 298-2020-MINAM

Lima, 30 de diciembre de 2020

VISTOS; el Memorando Nº 01340-2020-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00430-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 00606-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial N° 406-2019-MINAM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por toda fuente de financiamiento;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República (CGR);

Que, asimismo, el tercer párrafo de la precitada disposición complementaria final dispone que, para efectos del financiamiento, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, están autorizados a realizar transferencias financieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006 “Acciones de Control y Auditoría”, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de financiamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fiscal correspondiente a la efectiva incorporación;

Que, conforme a lo dispuesto en el cuarto párrafo de la precitada norma legal, las transferencias financieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 355-2018-CG, se aprueba el Plan de implementación de la incorporación y transferencias de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, que tiene como objetivo general, transferir de manera ordenada y progresiva las plazas y recursos de los Órganos de Control Interno (OCI) a la administración de la CGR, organizando los mecanismos institucionales, las acciones previas, normas, procedimientos y planes de acción específicos a desarrollar, en el marco del “Modelo de Control y Dimensionamiento de la Contraloría General y Órganos de Control institucional”;

Que, en el subnumeral 7.1.2 de la Directiva N° 011-2018-CG/GPL, Directiva para la implementación de la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, aprobada con Resolución de Contraloría N° 520-2018-CG y su modificatoria; sobre la Determinación de Costos y números de plazas de OCI, se precisa que a pedido de la Contraloría General, y en el plazo que esta señale, la entidad conformará una Comisión, la misma que deberá estar integrada por los jefes de las áreas de Planeamiento y Presupuesto, Recursos Humanos, Administración, o los que hagan sus veces, y del Jefe del OCl, en calidad de coordinador;

Que, asimismo, en el numeral 7.2 Transferencia Financieras de la citada Directiva, se establece que previa solicitud de la CGR, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la directiva, las entidades del gobierno nacional realizarán de manera excepcional, la transferencia financiera hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación del OCI a la CGR, los gastos por concepto de remuneraciones y derechos laborales del personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057; los gastos por honorarios de servicios de los locadores vinculados a las labores de control en el OCI, por toda fuente de financiamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fiscal correspondiente a la efectiva incorporación;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 053-2020-MINAM, se conforma la Comisión de Trabajo previa para la incorporación del Órgano de Control Institucional del Ministerio del Ambiente a la Contraloría General de la República, la misma que tiene por objetivo determinar los costos que irroga el funcionamiento del Órgano de Control Institucional, que incluye los recursos humanos, uso de equipos y mobiliario, materiales y útiles de oficina, adquisición de activos no financieros, servicios y otros para su acondicionamiento y reparación, participando en la misma El/la Jefe/a del Órgano de Control Institucional, en calidad de Coordinador;

Que, a través del Oficio N° 000766-2020-CG/DC el Contralor General de la Republica, requiere al Ministerio del Ambiente, continuar con la transferencia financiera del monto determinado en el Anexo N° 01 del citado oficio, el cual asciende al monto de S/ 911 314,00 con cargo al Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio 2020 del Ministerio del Ambiente, en el marco del proceso de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, conforme a la normativa precitada;

Que, mediante Memorando N° 00412-2020-MINAM/OCI, el Jefe (e) del Órgano de Control Institucional del Ministerio del Ambiente, solicita a la Oficina General de Administración, efectuar una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 868 719,00 (Ochocientos sesenta y ocho mil setecientos diecinueve y 00/100 Soles), con cargo a los recursos asignados en la meta presupuestal N° 0051 del Órgano de Control Institucional del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para la implementación del proceso de incorporación del Órgano de Control Institucional del Ministerio del Ambiente a la Contraloría General de la República, de acuerdo a lo expuesto y requerido en el Oficio N° 000766-2020-CG/DC; precisando que, respecto a la diferencia de la transferencia financiera requerida a favor de la Contraloría General de la República, estará sujeta a la evaluación que se efectúe durante el ejercicio fiscal 2021, respecto a los saldos de libre disponibilidad que se determinen en la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego Ministerio del Ambiente;

Que, la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, conforme la información contenida en el Memorando N° 00290-2020-MINAM/SG/OGA/OF de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración, ha aprobado la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000735 por la suma S/ 868 719,00 (Ochocientos sesenta y ocho mil setecientos diecinueve y 00/100 Soles), el cual garantiza que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para que se autorice la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con cargo a la meta 0051, Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1 Donaciones y Transferencias, a otras Unidades del Gobierno Nacional, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente;

Que, mediante el Memorando N° 01340-2020-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00430-2020- MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, emite opinión favorable para efectuar la transferencia financiera, hasta por la suma de S/ 868 719,00 (Ochocientos sesenta y ocho mil setecientos diecinueve y 00/100 Soles) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República;

Que, con Informe N° 00606-2020-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión en el sentido que resulta viable autorizar la transferencia financiera antes señalada;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución de Contraloría N° 355-2018-CG; y, la Directiva N° 011-2018-CG/GPL, Directiva para la implementación de la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, aprobada con Resolución de Contraloría N° 520-2018-CG y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia financiera

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de S/ 868 719,00 (Ochocientos sesenta y ocho mil setecientos diecinueve y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco del proceso de incorporación progresiva del OCI a la Contraloría General de la República, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el Artículo 1 se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Unidad Ejecutora deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3. Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Monitoreo

La Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA

Ministro del Ambiente

1916485-3