Ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios de Barrido de Calles Recolección de Residuos Sólidos Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2021 y el Arbitrio de Recolección de Residuos Sólidos en zonas de Playa durante la temporada de verano 2021
A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Jueves 31 de diciembre de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUNTA HERMOSA
ORDENANZA N? 422-MDPH
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS
ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES,
RECOLECCI?N DE RESIDUOS
SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y
SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2021,
Y ELARBITRIO DE RECOLECCI?N
DE RESIDUOS SOLIDOS EN ZONAS DE
PLAYA DURANTE LA TEMPORADA DE
VERANO 2021
ACUERDO DE CONCEJO N? 428
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL
2
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 428
Lima, 30 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El O?cio N? D000255-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT, de fecha
07
de diciembre de 2020, que remite el expediente digital de la Ordenanza N? 422-MDPH, que establece el r?gimen
tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos Domiciliarios, Recolecci?n de Residuos
S?lidos en Playas, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2021 en el distrito de Punta Hermosa, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Art?culo 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con la Norma IV del C?digo
Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N? 816, establecen que Gobiernos Locales mediante Ordenanza
pueden crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n y con los l?mites
que se?ala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art?culo 40 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati?cadas por las
municipalidades provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085 que aprueba el procedimiento de rati?caci?n de
ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la municipalidad distrital recurrente aprob? la ordenanza objeto
de la rati?caci?n, remiti?ndola conjuntamente con el expediente de rati?caci?n digitalizado, que incluye los respectivos
informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT, con car?cter de Declaraci?n
Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes y el citado organismo en uso de sus competencias;
Que, a trav?s del Informe N? D000090-2020-SAT-ART de fecha 07 de diciembre de 2020, el ?rea Funcional de
Rati?caciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, opin?
favorablemente respecto a la rati?caci?n solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables y la
Directiva N? 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debi?ndose efectuar las publicaciones pertinentes
en el Diario O?cial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, en conjunto los arbitrios que ?nanciar?n la prestaci?n de los respectivos servicios tienen una variaci?n del
27.10%,
con relaci?n al a?o 2020, y teniendo en cuenta que el incremento de sus costos podr? afectar econ?micamente
a sus contribuyentes en el cobro de sus tasas a pagar, se ha previsto en el Art?culo 1 de la Ordenanza N? 427-MDPH, que
las tasas de arbitrios de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos Domiciliarios, Recolecci?n
de Residuos S?lidos en Playas, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2021, no tendr?n incremento alguno,
consider?ndose el 0.00 % de incremento con respecto a las tasas determinadas para el ejercicio 2020;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los Art?culos
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y 41 de la Ley N.? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de
Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en
su Dictamen N? 144-2020-MML/CMAEO de fecha 16 de diciembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, por
UNANIMIDAD y con dispensa del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati?car la Ordenanza N? 422-MDPH, que establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Barrido de
Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos Domiciliarios, Recolecci?n de Residuos S?lidos en Playas, Parques y Jardines
y Serenazgo del ejercicio 2021 en el distrito de Punta Hermosa, con una variaci?n del 27.10%, con relaci?n al a?o 2020,
pero que seg?n el Art?culo 1 de la Ordenanza N? 427-MDPH se establece un tope de incremento del 0.00% para el a?o
2021,
en comparaci?n con las tasas determinadas en el ejercicio 2020.
Art?culo 2. El presente Acuerdo rati?catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su
publicaci?n hasta el 31 de diciembre del 2020, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati?cada, incluido el Informe
T?cnico. La aplicaci?n de la Ordenanza, materia de la presente rati?caci?n, sin la condici?n antes se?alada, es de
exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT que posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
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ORDENANZA N? 422-MDPH
Punta Hermosa, 23 de noviembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA;
VISTO, en sesi?n ordinaria de la fecha, con el voto un?nime de los se?ores regidores y con dispensa del tr?mite de
Lectura y Aprobaci?n del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, el art?culo 194 de la Constituci?n Pol?tica del Per?, establece que las municipalidades provinciales y distritales son
los ?rganos de gobierno local, con autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de su competencia,
en concordancia con lo establecido en el art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de
Municipalidades, seg?n el cual la autonom?a establecida constitucionalmente radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administraci?n, con sujeci?n al ordenamiento jur?dico;
Que el art?culo 39 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, establece que los concejos municipales ejercen
sus funciones de gobierno mediante la aprobaci?n de Ordenanzas y Acuerdos;
Que, el art?culo 40, del mismo cuerpo legal, establece que las Ordenanzas son las normas de car?cter general de mayor
jerarqu?a en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizaci?n interna, la regulaci?n,
administraci?n y supervisi?n de los servicios p?blicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia
normativa;
Que, el inciso 2) del art?culo 69 de la misma Ley, establece que son rentas municipales, entre otros conceptos, las
contribuciones, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, que constituyen sus ingresos
propios;
Que, el inciso a) del art?culo 68 del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado por Decreto
Supremo N? 156-2004-EF, se?ala que las Municipalidades pueden imponer tasas por servicios p?blicos o arbitrios,
de?ni?ndolas como las tasas que se paga por la prestaci?n o mantenimiento de un servicio p?blico individualizado en el
contribuyente;
Que el art?culo 69 de la precitada norma, dispone que la determinaci?n de las tasas por servicios p?blicos o arbitrios,
deber? sujetarse a los criterios de razonabilidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado,
basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, as? como el bene?cio individual prestado de manera real
y/o potencial. Para la distribuci?n entre los contribuyentes, del costo de las tasas, se deber? utilizar de manera vinculada
y dependiendo del servicio p?blico involucrado, entre otros criterios que resulten v?lidos para la distribuci?n: el uso,
tama?o y ubicaci?n del predio del contribuyente;
Que, el Tribunal Constitucional en sus sentencias de car?cter vinculante reca?das en los Expedientes N? 0041-2004-
AI/TC y N? 0053-2004-AI/TC ha se?alado que las Municipalidades tienen amplia facultad para establecer el costo
individual que deber?n pagar los contribuyentes, siempre que se respeten los criterios razonables establecidos
que permiten medir un mayor o menor intensidad o grado de disfrute de los servicios de manera real o potencial;
asimismo, en el Expediente N? 0018-2005-AI/TC, el Tribunal Constitucional ha establecido que ello no implica cerrar
la posibilidad al hecho de que, si existieran nuevos criterios a futuro, ?stos podr?n ser tomados en cuenta; precisando,
que ser? obligaci?n de cada municipio, sustentar t?cnicamente aquellas otras f?rmulas que, partiendo de la base dada,
incorporen otros criterios objetivos y razonables que, adaptados mejor a su realidad, logren una mayor justicia en la
imposici?n;
Que, la Gerencia de Rentas, a trav?s de su Informe N? 073-2020-MDPH/GR de fecha 18 de noviembre de 2020, alcanza
la propuesta de Ordenanza que aprueba el R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recojo
de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2020;
Que, mediante Informe N? 94-2020-GAJ/MDPH de fecha 20 de noviembre de 2020, la Gerencia de Asesor?a Jur?dica,
opina por la procedencia del proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Rentas;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del art?culo 9 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades,
el concejo municipal aprob? la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS
DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES
Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2021, Y EL ARBITRIO DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS
SOLIDOS EN ZONAS DE PLAYA DURANTE LA TEMPORADA
DE VERANO 2021
Art?culo 1.- ?mbito de aplicaci?n
La presente Ordenanza establece el r?gimen tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolecci?n de
Residuos S?lidos, Parques y Jardines, y Serenazgo del periodo 2021, y el Arbitrio de Recolecci?n de Residuos S?lidos
en zonas de Playa durante la temporada de verano 2021, prestados de manera real y/o potencial en la jurisdicci?n del
distrito de Punta Hermosa.
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Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Art?culo 2.- Hecho Imponible
El hecho imponible de la obligaci?n tributaria de los arbitrios municipales corresponde a la implementaci?n, prestaci?n y/o
mantenimiento de los servicios p?blicos de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines, y
Serenazgo, y de Recolecci?n de Residuos S?lidos en zonas de Playa durante la temporada, que se proveen en el distrito.
Art?culo 3.- Base Imponible
La base imponible de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y
Serenazgo y el Arbitrio de Recolecci?n de Residuos S?lidos en zonas de Playa est? constituida por el costo que demanda
la prestaci?n de cada uno de los mencionados servicios, cuyo detalle y criterios de distribuci?n se precisan en el informe
t?cnico que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
A efectos de la distribuci?n de los mismos, entre los contribuyentes del distrito, se han empleado los siguientes criterios:
SERVICIO CRITERIOS DE DISTRIBUCI?N
Recolecci?n de Residuos S?lidos
Tama?o de predio (m2 de ?rea construida).
Uso o actividad del predio.
N?mero de habitantes por casa habitaci?n (para uso vivienda).
Barrido de Calles
Metros lineales de frontis colindante con la v?a p?blica de cada predio.
Frecuencia de barrido de calles.
Parques y Jardines
Ubicaci?n de los predios por su cercan?a a ?reas verdes.
Por disfrute del ?rea verde.
Serenazgo
Zoni?caci?n.
Uso o actividad que desarrolla el predio.
Recolecci?n de Residuos S?lidos en zonas de Playa
Totalidad de veh?culos promedio que ingresan a nuestro Distrito en los meses de noviembre y diciembre 2019 y enero,
febrero, marzo y abril 2020.
Art?culo 4.- Contribuyentes
Est?n obligados al pago de los arbitrios municipales, en calidad de contribuyentes:
a) Los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o
cuando un tercero use el predio bajo cualquier t?tulo o sin ?l.
Trat?ndose de predios en copropiedad, la obligaci?n tributaria recaer? en forma proporcional a la cuota ideal que le
corresponde a cada uno de los copropietarios, conforme a la Declaraci?n Jurada del impuesto predial que hubieran
presentado.
b) Los titulares de concesiones, trat?ndose de predios de propiedad del Estado Peruano.
c) Los Organismos p?blicos descentralizados, organismos constitucionales aut?nomos y entidades de derecho p?blico,
cuando el Estado Peruano les hubiese otorgado bajo cualquier modalidad, el uso o posesi?n de uno de sus predios.
d) El titular del ?rea donde se habita o desarrolla actividad econ?mica espec??ca, trat?ndose de predios sobre los cuales
recaiga derecho de super?cie o acto jur?dico similar, que implique que la propiedad de las edi?caciones y del terreno no
convergen en la misma persona.
e) Los administrados que hagan uso de la zona de estacionamiento vehicular adyacentes a las playas del distrito.
Art?culo 5.- Responsables Solidarios
Son responsables solidarios por el pago de los Arbitrios Municipales:
a) Los cond?minos a los que se re?ere el segundo p?rrafo del literal a) del art?culo anterior.
b) Las personas naturales y/o jur?dicas a las que se les hubiera cedido la posesi?n del predio bajo cualquier t?tulo y
mientras dure la misma
c) Los poseedores cuando no sea posible identi?car al propietario del predio o cuando este ?ltimo se encuentre en
condici?n de no habido con arreglo a lo dispuesto por el C?digo Tributario.
d) Otros, con arreglo a lo dispuesto por la Ley en la Materia.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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e) En estos casos, la Sub Gerencia de Registro, Recaudaci?n, Fiscalizaci?n y ControlTributario atribuir? la responsabilidad
solidaria a que se contrae el presente art?culo mediante Resoluci?n de Determinaci?n emitida conforme a los dispuesto
por el art?culo 20-A del C?digo Tributario, con los efectos legales que dicho articulado dispone.
Art?culo 6.- Nacimiento de la Obligaci?n Tributaria
La condici?n de contribuyente se con?gura el primer d?a de cada mes al que corresponde la obligaci?n tributaria. Cuando
se realice cualquier transferencia de dominio, el adquirente obtendr? la calidad de contribuyente a partir del primer d?a
calendario del mes siguiente de producido el hecho, correspondiendo al transferente la cancelaci?n de las obligaciones
tributarias que se tuviera pendiente hasta el mes en que se realiz? el acto de transferencia, con oportunidad a la
realizaci?n de su baja del Registro de contribuyentes.
Trat?ndose de modi?caciones de alguno de los elementos empleados para la distribuci?n de los Arbitrios, tales como: el
?rea construida, el tama?o de frontis y el uso espec??co del predio, las mismas surtir?n efecto a partir del mes siguiente
de producido el hecho. Para el efecto deber? presentarse una Declaraci?n Jurada de Arbitrios Municipales, la misma que
se encontrar? sujeta a ?scalizaci?n posterior. El plazo de presentaci?n de la misma es el ?ltimo d?a h?bil del mes en que
se hubiera producido el cambio.
La condici?n de contribuyente afecto de los Arbitrios de Recolecci?n de Residuos S?lidos en Playas, se genera al
momento de hacer uso de las zonas de estacionamiento vehicular adyacentes a las playas del distrito.
Art?culo 7.- De?niciones
-
Predio.- Enti?ndase por predio, para efectos de la aplicaci?n de la presente Ordenanza, a toda unidad inmobiliaria
cuyo uso sea habitacional, o?cina, local comercial, institucional, industrial o de servicios, centro de abastos, mercado
corporativo, almac?n o terreno sin construir o en construcci?n, dentro de la jurisdicci?n del distrito de Punta Hermosa.
Cuando en el predio los poseedores le asignen usos diferentes al mismo, se cobrar?n los arbitrios municipales de manera
proporcional e independiente por cada uso.
Para determinar el tama?o del predio, se considerar? el ?rea total construida.
En los casos de predios destinados a locales comerciales, industriales y servicios en general, clubes deportivos, sociales
y similares, se considerar? el ?rea total ocupada donde se desarrolla la actividad.
En los casos de predios con usos distintos a terrenos sin construir que no cuenten con ?rea construida, se considerar?
el ?rea total del terreno o el ?rea total ocupada donde se desarrolla la actividad.
Se declarar?n como predios independientes a los espacios destinados a un uso diferente como comercio o
servicio.
-
Arbitrios.- Tasa que se paga por la prestaci?n o mantenimiento de un servicio p?blico real o potencial individualizado
en el contribuyente. Comprende el servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines
y Serenazgo, y el servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos en Zonas de Playa.
-
Arbitrio de Recolecci?n de Residuos S?lidos.- Comprende la prestaci?n del servicio de recolecci?n, transporte y
disposici?n ?nal de los residuos s?lidos domiciliarios; la recolecci?n de bolsas de residuos encontrados en la v?a p?blica,
calles, parques, puentes y plazas p?blicas en la jurisdicci?n del distrito de Punta Hermosa; as? como la recolecci?n
de escombros y desmontes arrojados en la v?a p?blica (distintos a los que generan las empresas constructoras) y la
recolecci?n de residuos de papeleras.
-
Arbitrio de Barrido de Calles.- Comprende el servicio integral de limpieza de v?as del Distrito, que consiste en el
barrido de todas las v?as p?blicas del Distrito, barrido de papeleo en bermas centrales y plazas p?blicas, lavado de
veredas y baldeo de plazas p?blicas.
-
Arbitrio de Parques y Jardines.- Comprende la prestaci?n de los servicios de implementaci?n, recuperaci?n,
mantenimiento, riego, mejora y monitoreo permanente de las ?reas verdes de uso p?blico del distrito (parques, bermas
centrales y otras ?reas verdes), as? como la poda y tala de los ?rboles en estado de deterioro dentro de la jurisdicci?n
del Distrito, el corte de c?sped, corte de cercos, siembra de macizos; as? como la eliminaci?n y recolecci?n de maleza,
su transporte y disposici?n ?nal.
-
Arbitrio de Serenazgo.- Comprende el servicio de mantenimiento y mejora en la vigilancia p?blica, en apoyo a la
funci?n policial a efectos de asegurar la convivencia pac??ca, la tranquilidad en el uso de las v?as y espacios p?blicos,
y la erradicaci?n de todo tipo de violencia, preservando frente a situaciones de peligro o amenaza, los derechos de los
vecinos del distrito.
-
Arbitrio de Recolecci?n de Residuos S?lidos en Zonas de Playa.- comprende la recolecci?n, transporte y disposici?n
?nal de los residuos s?lidos generados en las zonas adyacentes a las playas del distrito de Punta Hermosa, durante la
temporada 2021.
Art?culo 8.- Periodicidad y vencimiento
Los arbitrios de barrido de calles, recolecci?n de residuos s?lidos, parques y jardines as? como de serenazgo son tributos
de periodicidad mensual.
La obligaci?n de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios de recolecci?n de residuos s?lidos, barrido de calles,
parques y jardines p?blicos y serenazgo vence el ?ltimo d?a h?bil de cada mes.
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
La obligaci?n del pago de los Arbitrios de Recolecci?n de Residuos S?lidos en Playas, se genera al momento de hacer
uso de las zonas de estacionamiento vehicular adyacentes a las playas del distrito.
Art?culo 9.- Principios para la determinaci?n de los Arbitrios
El monto de los arbitrios municipales se determina distribuyendo el costo total efectivo del servicio correspondiente entre
todos los responsables u obligados teniendo en consideraci?n los principios siguientes:
-
Determinaci?n de los arbitrios individuales mediante la distribuci?n entre los contribuyentes del costo total efectivo del
servicio p?blico correspondiente, en funci?n al bene?cio real o potencial obtenido.
-
Aplicaci?n del car?cter general de los arbitrios, teniendo en consideraci?n que el servicio prestado se proporciona a la
generalidad de los contribuyentes.
-
Identi?caci?n de los indicadores de bene?cio y nivel de uso, aprovechamiento o disfrute de los servicios, que se utilizar?n
como par?metros de distribuci?n de los costos de los servicios p?blicos municipales entre los usuarios o contribuyentes.
Art?culo 10.- Inafectaci?n
Se encuentran inafectos al pago de los arbitrios municipales de Recolecci?n de Residuos S?lidos y de mantenimiento de
Parques y Jardines, los terrenos sin construir.
As? tambi?n se encuentra infecto del pago de arbitrios de Serenazgo, los predios de la Polic?a Nacional.
Art?culo 11.- Exoneraci?n
Se encuentran exonerados del pago de los arbitrios municipales:
a) Los predios de propiedad de la Municipalidad de Punta Hermosa y aquellos respecto de los cuales les haya sido cedida
su posesi?n para el desarrollo de las actividades que le son propias y el cumplimiento de sus ?nes. Las personas naturales
y/o jur?dicas a quienes la Municipalidad hubiera cedido o ceda la posesi?n temporal de sus predios, se encuentran
obligados al pago de los arbitrios municipales con arreglo a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
b) Las Instituciones religiosas cat?licas debidamente reconocidas y acreditadas por la Autoridad Eclesi?stica competente;
siempre y cuando sus predios se encuentren destinados al uso exclusivo en su totalidad a templos, conventos y/o
monasterios sin ?nes de lucro debidamente declarados por el contribuyente, que no produzcan rentas y sean destinadas
a cumplir sus ?nes religiosos.
c) Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per?.
d) La Polic?a Nacional del Per? (Comisarias), se encuentran exoneradas al arbitrio municipal de Serenazgo.
e) Los pensionistas y adultos mayores que cuenten con el bene?cio de la deducci?n de 50 UIT de la base imponible
para la determinaci?n del Impuesto Predial, y cuyos predios se destinen a uso exclusivo de vivienda, se les aplicar? una
exoneraci?n del 10%.
Art?culo 12.- Rendimiento
El monto que se recaude por concepto de arbitrios municipales, constituye renta de la Municipalidad Distrital de Punta
Hermosa, ser?n destinados a la ?nanciaci?n del costo que implica la ejecuci?n, implementaci?n y mantenimiento de los
servicios de barrido de calles, recojo de residuos s?lidos, parques y jardines p?blicos, as? como Serenazgo dentro de la
jurisdicci?n del distrito.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Informe T?cnico Financiero de Costos y de Distribuci?n
Apru?bese el informe t?cnico ?nanciero de costos y distribuci?n para establecer el monto de las tasas de los Arbitrios
Municipales de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines, y Serenazgo del periodo 2021,
que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Segunda.- Informe T?cnico Financiero de Costos y de Distribuci?n del Arbitrio de Recolecci?n de Residuos
S?lidos en zonas de Playa
Apru?bese el informe t?cnico ?nanciero de costos y distribuci?n para establecer el monto de la tasa del Arbitrio de
Recolecci?n de Residuos S?lidos en zonas de Playa durante la temporada de verano 2021, que como anexo forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Tercera.- Declaraci?n Jurada de Arbitrios Municipales
Los contribuyentes, de considerarlo necesario, podr?n presentar declaraci?n jurada recti?catoria a ? n de modi?carla
informaci?n consignada en la determinaci?n de los Arbitrios Municipales respecto a los metros lineales de los frontis de
los predios y al n?mero de habitantes.
Cuarta.- Tope M?ximo para el Incremento de las Tasas
El incremento de las tasas de los arbitrios municipales aprobadas mediante la presente Ordenanza para el ejercicio
2021,
no exceder?n en ning?n caso el cinco (5%) de las tasas aprobadas mediante Ordenanzas N? 405-MDPH, que
aprueban el R?gimen Tributario de los arbitrios del a?o 2020, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 381-MML
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y publicadas en el diario o?cial ?El Peruano? con fecha 31 de diciembre de
2019.
Las diferencias de costos generadas por este bene?cio tributario ser?n asumidas por la Municipalidad a manera
de subsidio.
Quinta.- Vigencia
La presente Ordenanza y los anexos que la integran, entrar? en vigencia el 1 de enero de 2021, previa publicaci?n de
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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?sta en el diario o?cial ?El Peruano?, conjuntamente con el texto completo del Acuerdo de Concejo Metropolitano de Lima
que la rati?que.
Sexta.- Cumplimiento
Enc?rguese a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administraci?n y Finanzas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto
y Modernizaci?n, Gerencia de Servicios a la Ciudadana y Ambiental, as? como a la Gerencia de Seguridad Ciudadana,
Transito y Vial Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza.
S?ptima.- Publicaci?n
La Municipalidad de Punta Hermosa publicar? el ?ntegro de la presente Ordenanza, as? como el Acuerdo de Concejo que
la rati?ca, en su portal institucional (www.munipuntahermosa.gob.pe); sin perjuicio de la citada publicaci?n, la presente
ordenanza ser? publicada en la p?gina web del Servicio de Administraci?n Tributaria ? SAT ? de Lima (www.sat.gob.pe).
Octava.- Facultades reglamentarias
Fac?ltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcald?a dicte las medidas complementarias necesarias para la
adecuada aplicaci?n de la presente Ordenanza y prorrogue la fecha de vencimiento de ser necesario.
Novena.-Derogatoria
Der?guese la ordenanza Municipal N? 420-MDPH; as? como todo dispositivo que se oponga a lo dispuesto en la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.
JORGE HUMBERTO OLAECHEA REYES
Alcalde
INFORME T?CNICO FINANCIERO
R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA
PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL EJERCICIO 2021
CAPITULO I: ASPECTOS GENERALES
1.1
1.2
1.3
Predios y Contribuyentes
Costos de los servicios
Ingresos de los servicios
CAPITULO II SERVICIO DE LIMPIEZA P?BLICA - BARRIDO DE CALLES
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
2.6
2.7
2.8
Resumen del Plan de Servicio
Explicaci?n detallada de cada rubro que integra la Estructura de Costos
Justi?caci?n de incrementos
Criterios de Distribuci?n de costos
Distribuci?n de costo y c?lculo de tasas
Tasas estimadas
Comparaci?n de tasa
Estimaci?n de ingresos
CAPITULO III SERVICIO DE LIMPIEZA P?BLICA -RESIDUOS SOLIDOS
3.1
3.2
3.3
3.4
3.5
3.6
3.7
Resumen del Plan de Servicio
Explicaci?n detallada de cada rubro que integra la Estructura de Costos
Justi?caci?n de incrementos
Criterios de Distribuci?n de costos
Distribuci?n de costo y c?lculo de tasas
Tasas estimadas
Comparaci?n de tasa
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
3.8
Estimaci?n de ingresos
CAPITULO IV - SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA PARQUE Y JARDINES
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
4.6
4.7
4.8
Resumen del Plan de Servicio
Explicaci?n detallada de cada rubro que integra la Estructura de Costos
Justi?caci?n de incrementos
Criterios de Distribuci?n de costos
Distribuci?n de costo y c?lculo de tasas
Tasas estimadas
Comparaci?n de tasa
Estimaci?n de ingresos
CAPITULO V - SERVICIO DE SERENAZGO
5.1
5.2
5.3
5.4
5.5
5.6
5.7
5.8
Resumen del Plan de Servicio
Explicaci?n detallada de cada rubro que integra la Estructura de Costos
Justi?caci?n de incrementos
Criterios de Distribuci?n de costos
Distribuci?n de costo y c?lculo de tasas
Tasas estimadas
Comparaci?n de tasa
Estimaci?n de ingresos
CAPITULO VI -SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA -RESIDUOS SOLIDOS PLAYA
6.1
6.2
6.3
6.4
6.5
6.6
6.7
6.8
Resumen del Plan de Servicio
Explicaci?n detallada de cada rubro que integra la Estructura de Costos
Justi?caci?n de incrementos
Criterios de Distribuci?n de costos
Distribuci?n de costo y c?lculo de tasas
Tasas estimadas
Comparaci?n de tasa
Estimaci?n de ingresos
ANEXOS.
CAPITULO I: ASPECTOS GENERALES
El objetivo del presente Informe T?cnico es presentar la estructura de Costos totales de los servicios p?blicos para el
ejercicio 2021 de acuerdo a los criterios m?nimos establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional reca?da en el
Expediente N? 0053-2004-PI/TC, as? como establecer la metodolog?a de distribuci?n y la determinaci?n de las tasas para
el caso de los arbitrios de Limpieza P?blica, Parques y Jardines y Serenazgo.
1.1
Predios y Contribuyentes
La distribuci?n del costo de los servicios se ha realizado tomando en cuenta, la informaci?n registrada de predios y
contribuyentes en el distrito, proporcionada por la Gerencia de Rentas.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
9
CUADRO N ? 01 ? PREDIOS
Barrido de Calles Residuos S?lidos Parques y Jardines
Serenazgo
Cantidad
5,192
57
Condici?n
Cantidad
5,193
57
Cantidad
4,543
57
Cantidad
4,543
57
Afecto
Exonerado
Inafecto
Total
0
650
650
1
5,250
5,250
5,250
5,250
CUADRO N ? 02 - PREDIOS EXONERADOS E INAFECTOS
Condici?n
Exonerado
Exonerado
Nombre
Entidades Religiosas
Municipalidad
Cantidad
2
55
Inafecto en Residuos
S?lidos y Parques y
Jardines
Terrenos sin construir
650
1
Inafecto en Serenazgo
Polic?a Nacional del Per?
CUADRO N ? 03 - CONTRIBUYENTES
Parques y
Jardines
Barrido de Calles Residuos S?lidos
Serenazgo
Condici?n
Afecto
Cantidad
5,807
57
Cantidad
5,019
57
Cantidad
5,019
57
Cantidad
5,806
57
Exonerado
Inafecto
Total
0
630
630
1
5,864
5,706
5,706
5,864
CUADRO N ? 04 - CONTRIBUYENTES EXONERADOS E INAFECTOS
Condici?n
Exonerado
Exonerado
Exonerado
Nombre
Cantidad
Entidades Religiosas
1
1
0
Municipalidad
Gobierno Extranjero
Inafecto en Residuos S?lidos y Terrenos sin construir
Parques y Jardines
630
Inafecto en Serenazgo
Polic?a Nacional del Per?
1
1.2
Costos de los servicios
El costo de los servicios p?blicos y las variaciones comparativas de costos con el a?o anterior, objeto de la distribuci?n
efectuada por la Gerencia de Rentas son los siguientes:
CUADRO N? 05- COSTO ANUAL DE LOS SERVICIOS PUBLICO, PERIODO 2021
Recolecci?n
de Residuos
S?lidos
Recolecci?n
de Residuos
S?lidos Playa
Parques y
Jardines
P?blicos
Barrido de
calles
Concepto
Serenazgo
Total
%
Domiciliario
Costos Directos
Costos Indirectos
Costos Fijos
Total
331,254.55
18,362.32
5,640.90
490,453.77
24,483.09
5,733.20
163,169.78
5,691.30
173.85
290,872.82
6,120.77
748,389.93 2,024,140.85
93.90%
4.43%
1.67%
40,828.47
19,587.91
95,485.95
35,912.90
4,777.04
355,257.77
520,670.06
169,034.93
301,770.63 808,806.31 2,155,539.70 100.00%
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
CUADRO N ? 06 - COSTO COMPARATIVO ANUAL DE LOS SERVICIOS PUBLICOS 2020 - 2021
Estructura 2020
Variaci?n
Variaci?n
Servicio
Ord. 405-2019-MDPH
Estructura 2021
2021-2020
%
Barrido de Calles
269,354.70
355,257.77
85,903.07
31.89%
34.95%
Recolecci?n de Residuos
S?lidos Domiciliarios
385,815.09
260,624.62
224,722.36
520,670.06
169,034.93
301,770.63
134,854.97
-91,589.69
77,048.27
Recolecci?n de Residuos
S?lidos Playa
-35.14%
34.29%
Parques y Jardines
P?blicos
Serenazgo
Total
555,376.68
808,806.31
253,429.63
459,646.25
45.63%
27.10%
1,695,893.45
2,155,539.70
1.3
Ingresos de los servicios
La estimaci?n de ingresos tiene una cobertura del 98.05% del costo del Servicio
CUADRO N ? 07 RESUMEN INGRESOS TOTALES / COSTO TOTALES DE LOS SERVICIOS (SOLES)
Monto Anual (S/)
Ingreso
% Cobertura
Ingreso / Costo
[4]=[1]/[2]
Costo
[2]
Diferencia
[3]=[1]-[2]
Servicios
[1]
Barrido de Calles
333,314.40
355,257.77
-21,943.37
-3,922.45
93.82%
Residuos S?lidos
Domiciliario
516,747.61
169,034.93
520,670.06
169,034.93
99.25%
Residuos S?lidos
Playa
0.00
100.00%
Parques y Jardines
Serenazgo
Total
297,806.97
796,554.52
301,770.63
808,806.31
-3,963.66
-12,251.79
-42,081.27
98.69%
98.49%
98.05%
2,113,458.43
2,155,539.70
CAPITULO II: SERVICIO DE LIMPIEZA P?BLICA ? BARRIDO DE CALLES
Resumen del Plan de Servicio
2.1
La Municipalidad Distrital de Punta Hermosa ha establecido en su Plan Estrat?gico Institucional como objetivo estrat?gico:
?Promover la Gesti?n Ambiental sostenible en el distrito?, implantando como Actividad Operativa para su consecuci?n la
de ?Realizar la limpieza y barrido de calles, avenidas, malecones y dem?s ?reas p?blicas?.
La Municipalidad Distrital de Punta Hermosa ha establecido que para el a?o 2021, el Servicio de Barrido de Calles se
realiza por administraci?n directa, con veh?culos y equipos de propiedad de la municipalidad y personal contratado por
la entidad. Se lleva a cabo en el 100% de calles del distrito, sobre el total metros lineales de frontis de viviendas, v?as
peatonales de parques y plazas del distrito.
El desarrollo del servicio es funci?n de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gesti?n Ambiental, que es la encargada de
organizar, ejecutar y controlar los servicios de limpieza p?blica y cuidado del ornato del distrito.
ACTIVIDAD 1- BARRIDO DE CALLES
El barrido de las calles comprende una labor conjunta de los trabajadores con el fin de obtener un ambiente
saludable, limpio y seguro, dicho barrido consiste en el barrido manual de los desperdicios existentes en las v?as
y espacios p?blicos (veredas, plazas y otras ?reas p?blicas). Este servicio se lleva a cabo a trav?s del barrido y
papeleo de los residuos s?lidos generados por causas naturales, tr?nsito peatonal y vehicular y por malos h?bitos
de la poblaci?n.
TURNO DE TRABAJO
MA?ANA ZONA (1, 2, 3)
HORARIO
7 a.m - 2 p.m
ACTIVIDAD 2 - LABORES ADMINISTRATIVAS Y DE SUPERVISI?N
Actividad enmarcada en la coordinaci?n y control de la prestaci?n del servicio, as? como la supervisi?n y gesti?n de la
prestaci?n del servicio.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
11
2.2.
Explicaci?n detallada de cada rubro que integra la Estructura de Costos
ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO
DE BARRIDO DE CALLES -2021
%
Deprecia- Costo Mensual Costo Annual %
ci?n
de
Unidad de
Medida
Costo
Unitario
% de
Dedicaci?n
Concepto
Cantidad
COSTOS DIRECTOS
COSTO MANO DE OBRA
PERSONAL NOMBRADO
BARREDORES
27,604.55
22,467.36
4,531.86
4,531.86
17,935.50
331,254.55
269,608.32
54,382.32
54,382.32
215,226.00
93.24%
2
PERSONA
PERSONA
2,265.93
1,630.50
100.00%
100.00%
PERSONAL CONTRATADO
?
CAS
BARREDOR TURNO DIA (
zona 1,2,3)
11
17,935.50
4,764.15
215,226.00
57,169.81
COSTO DE MATERIALES
UNIFORMES Y EQUIPO DE PROTECCION
PERSONAL
2,189.02
102.27
26,268.19
1,227.20
PANTALON DE BUZO EN
POLYMAN, COLOR VERDE
C/CINTA R,
26
UNIDAD
47.20
100.00%
SOMBREO DE TELA DRILL
26
26
UNIDAD
UNIDAD
28.32
32.09
100.00%
100.00%
61.36
69.53
736.32
834.34
POLO DE ALGOD?N
MANGA LARGA CON
CINTA REFLECTIVA
GUANTES DE CUERO DE
BADANA
156
156
26
PAR
33.77
31.64
66.08
100.00%
100.00%
100.00%
439.01
411.32
143.17
5,268.12
4,935.84
1,718.08
LENTES DE SEGURIDAD
LUNA CLARA
UNIDAD
UNIDAD
CHALECO SEGURIDAD
TELA DRILL
BOTAS DE SEGURIDAD
TAPA BOCA ( DRILL)
BLOQUEADOR SOLAR
GUANTES DE JEBE
HERRAMIENTAS
13
39
PAR
UNIDAD
UNIDAD
PAR
91.11
7.74
100.00%
100.00%
100.00%
100.00%
98.70
25.16
1,184.43
301.86
78
105.00
12.00
682.50
156.00
1,192.49
414.18
8,190.00
1,872.00
14,309.88
4,970.16
156
ESCOBAS TIPO BAJA
POLICIA
156
156
UNIDAD
UNIDAD
31.86
28.32
100.00%
100.00%
ESCOBAS MET?LICAS
CON REGULADOR
REFORZADO
368.16
345.15
65.00
4,417.92
4,141.80
780.00
RECOGEDORES
METALICOS DE BAJA
POLICIA
156
26
UNIDAD
UNIDAD
26.55
30.00
100.00%
100.00%
CONOS DE SEGURIDAD
DE 70 CM
INSUMOS
1,382.65
1,382.65
16,591.74
16,591.74
BOLSAS NEGRAS DE 220
ALTA DENSIDAD
16.9
MILLAR
981.76
100.00%
OTROS COSTOS Y GASTOS
VARIABLES
373.03
373.03
4,476.42
4,476.42
SERVICIOS DE
TERCEROS
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
%
Deprecia- Costo Mensual Costo Annual %
ci?n
de
Unidad de
Medida
Costo
Unitario
% de
Dedicaci?n
Concepto
Cantidad
3,711.79
SERVICIO DE
DISPOSICION FINAL
TONELADA
20.00
6.03%
373.03
4,476.42
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS
1,530.19
1,422.83
18,362.32
17,073.90
5.17%
COSTOS DE MANO DE OBRA
INDIRECTA
PERSONAL CONTRATADO
1,422.83
933.68
17,073.90
11,204.10
?
CAS
Gerente de Servicios a la
Ciudad y Gesti?n Ambiental
1
1
PERSONA
PERSONA
3,112.25
1,630.50
30.00%
30.00%
Secretaria
489.15
107.37
5,869.80
1,288.42
COSTO DE MATERIALES
DIVERSOS
UTILES DE OFICINA
107.37
0.21
1,288.42
2.53
ADHESIVO C/D:
RECTANGULAR NOTAS
1
TACO
8.43
3.30
30.00%
30.00%
ARCHIVADOR : T/LOMO
ANCHO D/CARTON
92
UNIDAD
7.59
91.08
PLASTIFICADO C/D: D/
CARTON PLASTIFICADO
BANDEJA PORTAPAPEL
3
UNIDAD
21.48
30.00%
1.61
19.33
:
T/2 PISOS D/PLASTICO
CAP. MAX: ND COL:
NEGRO G.F: 12 MESES
BANDERITA ADHESIVA :
C/D: RECTANGULAR MED:
13
2
BLISTER
CAJA
2.24
1.01
4.19
2.73
30.00%
30.00%
30.00%
30.00%
0.73
0.05
0.31
0.55
8.74
0.61
3.77
6.55
1"
CONT: 50 HOJAS COL:
BINDER CLIP : MED: 15.00
mm G.F: 12 MESES CAJA X
12
UNIDADES ARTESCO
BINDER CLIP : MED: 51.00
mm CAJA X 12 UNIDADES
ARTESCO
3
UNIDAD
UNIDAD
BOLIGRAFO : D/TINTA
GEL D/PLASTICO C/D:
CIRCULAR C/GRIP ANCHO
D/TRAZO: 0.70 mm COL:
AZUL
8
BOLIGRAFO : D/TINTA
SECA D/PLASTICO C/D:
TRIANGULAR ANCHO D/
TRAZO: 0.80 mm COL:
AZUL
56
UNIDAD
UNIDAD
0.35
0.96
30.00%
30.00%
0.49
0.07
5.88
0.86
CINTA : T/ADHESIVO D/
EMBALAJE D/PLASTICO
L: 36 yd A: 18.00 mm
3
COL: TRANSPARENTE
G.F: 12 MESES UNIDAD
SHURTAPE ESCRITORIO
TRANSPARENTE 124561
CLIP : T/ESTANDAR D/
METAL MED: 33.00
mm COL: METALICO
G.F: 48 MESES CAJA
X 100 UNIDADES ARTI
CREATIVO ARTI CREATIVO
TAC720
4
UNIDAD
0.73
30.00%
0.07
0.88
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
13
%
Deprecia- Costo Mensual Costo Annual %
ci?n
de
Unidad de
Medida
Costo
Unitario
% de
Dedicaci?n
Concepto
Cantidad
1
PEGAMENTO : T/COLA
SINTETICA C/D: POTE
CONT: 250 gr COL:
BLANCO G.F: 12 MESES
UNIDAD F
UNIDAD
UNIDAD
1.64
30.00%
30.00%
0.04
0.49
CORRECTOR : T/
4
1.38
0.14
1.66
BOLIGRAFO D/LIQUIDO
L: 13.00 cm A: 1.20 cm
CONT: 8 ml G.F: 48 MESES
UNIDAD
CUADERNO : T/CARGO
D/PAPEL BOND C/D:
EMPASTADO TAM: A5
CONT: 200 HOJAS G: 56 gr
1
3
4
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
7.87
2.50
30.00%
30.00%
30.00%
0.20
0.19
1.48
2.36
2.25
CUCHILLA : D/METAL C/
CUBIERTA PLASTICA MED:
18.00
mm COL: ROJO G.F:
24
MESES UNIDAD
ENGRAPADOR : T/ALICATE
D/METAL C/D: C/YUNQUE
GIRATORIO CAP. MAX: 25
HOJAS
14.80
17.76
FASTENER METAL C/
PISADOR D/METAL CAJA X
3
3
UNIDAD
UNIDAD
2.56
4.74
30.00%
30.00%
0.19
0.36
2.30
4.27
50
UNIDADES ARTESCO
ORRO : T/ESTANDAR D/
PLASTICO TAM: OFICIO
G.F: 18 MESES UNIDAD
TOP VINIFORRO 02164
FUNDA PORTAPAPEL : T/
MICA D/PLASTICO TAM: A4
CAP. MAX: 10 HOJAS COL:
TRANSPARENTE BOLSA
X 10
8
PQTE
1.35
30.00%
0.27
3.24
GRAPA : TAM: 26/6 G.F:
4
4
CAJA
1.78
0.31
30.00%
30.00%
0.18
0.03
2.14
0.37
12
MESES CAJA X 5000
UNIDADES KP N/A 00252
LAPIZ : T/2B D/MADERA
C/D: HEXAGONAL C/
BORRADOR ANCHO D/
TRAZO: 2.40 mm COL
UNIDAD
LIBRO D/ACTAS : T/
1
5
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PQTE
38.20
4.81
30.00%
30.00%
30.00%
30.00%
0.96
0.60
11.46
7.22
RAYADO D/PAPEL BOND
C/D: EMPASTADO TAM: A4
CONT: 400 HOJAS
NOTA T/ADHESIVO
CUADRADO L: 7.50 cm A:
7.50
cm CONT: 500 HOJAS
COL: AMARILLO/VERDE
NUMERADOR : T/6
DIGITOS D/METAL G.F: 12
MESES UNIDAD WARRIOR
1
113.59
10.80
2.84
34.08
690.12
81206
81206
PAPEL BOND : T/
FOTOCOPIA-ALISADO
TAM: A4 G: 75 GR COL:
BLANCO G.F: 12 MESES
PAQ
213
57.51
14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
%
Deprecia- Costo Mensual Costo Annual %
ci?n
de
Unidad de
Medida
Costo
Unitario
% de
Dedicaci?n
Concepto
Cantidad
28
PAPEL LUSTRE : D/PAPEL
SUPERCALAMBRADO
MED: 48 X 64 CM G: 54 GR
COLORES
UNIDAD
0.24
30.00%
0.17
2.02
PEGAMENTO : T/GOMA
C/D: BARRA C/APLICADOR
CONT: 40 gr COL: BLANCO
2
1
UNIDAD
UNIDAD
2.71
9.39
30.00%
30.00%
0.14
0.23
1.63
2.82
PERFORADOR : T/2
ESPIGAS C/REGLA CAP.
MAX: 25 HOJAS COL:
NEGRO G.F: 12 MESES
UNIDAD ARTESCO
DELUXE M-104 16076415
PLUMON : D/COLORES
ANCHO D/TRAZO: 3.00
57
2
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
0.86
2.10
0.57
30.00%
30.00%
30.00%
1.23
0.11
0.04
14.71
1.26
0.51
-
5.00 mm COL: AZUL F.
D. DIGESA: 20/03/2020
ARTESCO AQUAMAX 47
PORTA CLIPS : T/
IMANTADO D/PLASTICO
C/D: CILINDRICO CAP.
MAX: 200 CLIPS COL:
AZUL ARTESCO
REGLA : D/PLASTICO C/D:
RECTANGULAR MED:
3
30.00
cm COL: CRISTAL
G.F: 12 MESES UNIDAD
ARTESCO REGLA CRISTAL
DE 30 CM 10005100
SACAGRAPAS : T/
1
UNIDAD
1.30
30.00%
0.03
0.39
MARIPOSA D/METAL C/
CUBIERTA PLASTICA COL:
NEGROUNIDAD ARTESCO
SACA GRAPA NEGRO
E08B 16057015
SOBRE : T/MANILA D/
PAPEL TAM: A4 COL:
AMARILLO G.F: 12 MESES
PAQUETE X 50 UNID
2
3
3
PQTE
6.90
0.46
1.77
30.00%
30.00%
30.00%
0.35
0.03
0.13
4.14
0.41
1.59
TAJADOR : T/PORTATIL D/
METAL C/D: S/DEPOSITO
COL: PLATEADO G.F: 12
MESES UNIDAD ARTESCO
UNIDAD
UNIDAD
TAMPON : P/SELLO
D/PLASTICO C/D:
RECTANGULAR COL:
NEGRO LAYCONSA
OFFICE L-T3
TIJERA : D/METAL C/
MANGO D/PLASTICO C/D:
PUNTA ROMA MED: 8 1/2"
COL: NEGRO
1
UNIDAD
3.07
1.05
30.00%
0.08
0.92
TINTA : P/TAMPON CONT:
1
6
UNIDAD
UNIDAD
30.00%
30.00%
0.03
0.32
30
ml COL: NEGRO
ARTESCO
TONER REND 1600
PAGINAS
187.65
28.15
337.77
COSTOS FIJOS
470.08
470.08
5,640.90
5,640.90
1.59%
SERVICIOS BASICOS
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
15
%
Deprecia- Costo Mensual Costo Annual %
ci?n
de
Unidad de
Medida
Costo
Unitario
% de
Dedicaci?n
Concepto
Cantidad
AGUA POTABLE
ENERG?A ELECTRICA
12
12
SERVICIO
SERVICIO
579.50
25.00%
25.00%
144.88
325.20
1,738.50
3,902.40
1,300.80
COSTO TOTAL DEL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES
29,604.81
355,257.77
100%
Los elementos de los costos se describen de la siguiente manera:
COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA
ELEMENTO DE
COSTO
VALOR ( S/)
DESCRIPCION DEL ELEMENTO DE COSTO
Comprende al personal nombrado en contratado bajo la modalidad de
Contrato Administrativo de Servicios, incluido las aportaciones de Ley.
Barrido de Calles, personal a cargo del servicio del barrido de calles,
avenidas y v?as del distrito, requiri?ndose 13 barredores.
MANO DE OBRA
269,608.32
El horario establecido para los barredores es :
TURNO DE
HORARIO
7am ? 2pm
MA?ANA ZONA (1,2,3)
COSTOS DE MATERIALES
ELEMENTO DE COSTO
VALOR (S/)
DESCRIPCI?N DEL ELEMENTO DE COSTO
Comprende los uniformes requeridos para un total de 13 operarios, considerando la
dotaci?n de las prendas de acuerdo a la labor que realizan y renov?ndolas de acuerdo
a su vida ?til por efectos del desarrollo de las actividades, forman parte del uniforme
asignado:
PERSONAL
CONCEPTO
UNID. MEDIDA QUE PRESTA EL ASIGNACION POR
TOTAL
PERSONA
SERVICIO
PANTALON DRILL CON
CINTA REFLECTIVA
UNIDAD
UNIDAD
13
13
2
2
26
26
SOMBREDO DE TELA
DRILL
POLO DE ALGOD?N
MANGA LARGA CON
CINTA REFLECTIVA
UniformesPersonal y Equipo de Protecci?n 26,268.19
UNIDAD
PAR
13
13
13
13
2
12
12
2
26
156
156
26
GUANTES DE CUERO
DE BADANA
LENTES DE
SEGURIDAD LUNA
CLARA
UNIDAD
UNIDAD
CHALECO SEGURIDAD
TELA DRILL
BOTINES DE JEBE
TAPA BOCA ( DRILL)
BLOQUEADOR SOLAR
GUANTES DE JEBE
PAR
13
13
13
13
1
3
13
39
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
6
78
12
156
Comprende el costo de las herramientas utilizadas para las labores del personal y
materiales del Servicio de Barrido de Calles, se consideran herramientas tales como:
escobas, recogedores y conos de seguridad
HERRAMIENTAS
INSUMOS
14,309.88
16,591.74
Comprende el costo de las bolsas de polietileno negras de 220 alta densidad, utilizadas
en la actividad de Barrido de Calles, dot?ndosele a cada barredor bolsas diarias para el
desarrollo de su actividad.
16
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES
ELEMENTO DE COSTO
VALOR (S/)
DESCRIPCI?N DEL ELEMENTO DE COSTO
SERVICIO DE TERCEROS Servicio de
Disposici?n Final
4,476.42 Corresponde el servicio operativo, a cargo de la empresa PATRESOL
SAC , seg?n Contrato N? 007-2019-MDPH, el cual comprende el
servicio de transferencia y Disposiciones Finales de Residuos S?lidos,
el producto del Barrido representa el 6.03% del total contratado.
COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA
ELEMENTO DE COSTO
VALOR (S/)
DESCRIPCI?N DEL ELEMENTO DE COSTO
Comprende el costo del Gerente de Servicios a la Ciudad y Gesti?n
Ambiental (dedicaci?n 30%).
MANO DE OBRA INDIRECTA
17,073.90 Adicional se cuenta con 01 Secretaria de Gerencia, con una dedicaci?n
del 30%.
COSTO DE MATERIALES
ELEMENTO DE COSTO
VALOR (S/)
DESCRIPCI?N DEL ELEMENTO DE COSTO
Comprende los costos de materiales, tales como t?ner, cuadernos,
lapiceros, papel bond, entre otros, que son utilizados en las labores
administrativas de coordinaci?n y gesti?n en el Servicio de Barrido de
Calles. Su dedicaci?n est? asignada a un 30%.
UTILES DE OFICINA
1,288.42
COSTOS FIJOS
ELEMENTO DE COSTO
VALOR (S/)
DESCRIPCI?N DEL ELEMENTO DE COSTO
Comprende el consumo de agua potable del suministro N?6008001
1,738.50 que abastece la Base de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y
Gesti?n Ambiental. Se considera s?lo el 25% de dedicaci?n para el
presente servicio.
AGUA POTABLE
Comprende el consumo de energ?a el?ctrica del suministro N? 517665,
que abastece la Base de la Gerencia de Servicio a la Ciudad y Gesti?n
3,902.40 Ambiental, donde se ubican las o?cinas administrativas del servicio
de barrido de calles. Se considera s?lo el 25% de dedicaci?n para el
presente servicio.
ENERGIA ELECTRICA
2.3
Justi?caci?n de incrementos
ESTRUCTURA DE COSTOS DE BARRIDO DE CALLES
ORD 405-2019 COSTO ESTRUCTURA A?O
A?O 2020 2021
VARIACION
2021-2020
VARIACION
%
Concepto
COSTOS DIRECTOS
256,890.86
331,254.55
74,363.69
28.95%
COSTO DE MANO DE OBRA
PERSONAL NOMBRADO-728
PERSONAL CONTRATADO - CAS
COSTO DE MATERIALES
242,557.62
162,188.53
80,369.09
12,623.74
269,608.32
54,382.32
215,226.00
57,169.81
27,050.70
-107,806.21
134,856.91
44,546.08
11.15%
-66.47%
167.80%
352.88%
UNIFORMES
PERSONA
Y EQUIPO DE PROTECCION
1,944.98
26,268.19
24,323.21
1250.56%
COMBUSTIBLE Y REPUESTO
HERRAMIENTAS
4,435.55
5,413.28
829.92
-
14,309.88
16,591.74
-
-4,435.55
8,896.60
15,761.83
-1,158.06
-100.00%
164.35%
1899.20%
-100.00%
INSUMOS Y MATERIALES
DEPRECIACION DE MAQUINARIA Y EQUIPOS
1,158.06
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
17
ORD 405-2019 COSTO ESTRUCTURA A?O
VARIACION
2021-2020
VARIACION
%
Concepto
A?O 2020
2021
OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES
SERVICIOS DE TERCEROS
551.46
551.46
4,476.42
4,476.42
3.924.96
711.75%
711.75%
3.924.96
8,110.77
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS
ADMINISTRATIVOS
79.12%
10,251.54
18,362.32
COSTOS DE MANO DE OBRA INDIRECTA
PERSONAL CONTRATADO-CAS
COSTO DE MATERIALES DIVERSOS
UTILES DE OFICINA
6,479.59
3,771.95
-
17,073.90
17,073.90
1,288.42
1,288.42
5,640.90
5,640.90
10,594.31
13,301.95
1,288.42
1,288.42
3,428.59
3,428.59
85,903.06
163.50%
352.65%
100.00%
100.00%
154.98%
154.98%
31.89%
-
COSTOS FIJOS
2,212.31
2,212.31
269,354.71
SERVICIOS BASICOS
COSTO TOTAL DEL SERVICIO DE BARRIDO
355,257.77
MANO DE OBRA DIRECTA
ORDENANZA
N? 405-2019/A?O
2020
ESTRUCTURA
A?O 2021
VARIACION
2021-2020
Concepto
COSTO
OBRA DIRECTA
DE MANO DE
242,557.62
269,608.32
27,050.70
An?lisis: La estructura de costos para el ejercicio 2021 del Servicio de Barrido de Calles, re? eja un incremento de 11.15%
con respecto a la Ordenanza N? 405-2019, que aprobaron los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2020, ?ste responde
principalmente al incremento de los sueldos del personal, dado el tiempo transcurrido ( 7 a?os) y la consolidaci?n urbana
en el distrito de Punta Hermosa, en el cual se han ampliado las v?as y avenidas, por lo que se ha incrementado los metros
lineales del distrito, pasando de 40,785.95 ml a 52,087.58 ml por lo que se contar?a bajo la modalidad CAS del DL 1057
con 11 barredores para el ejercicio 2021.
COSTO DE MATERIALES
ORD 405-2019
Costo a?o 2020
1.39%
ESTRUCTURA
A?O 2021
S/
VARIACION
2021-2020
Concepto
COSTO DE MATERIALES
12,623.74
1.944.98
57169.81
26,268.19
44,456.08
UNIFORMES Y EQUIPO DE
PROTECCION PERSONAL
24,323.21
-4,435.55
COMBUSTIBLE Y
REPUESTO
4,435.55
-
HERRAMIENTAS
5,413.28
829.92
14,309.88
16,591.74
8,896.60
INSUMOS Y MATERIALES
15,761.83
An?lisis: la adici?n de m?s labores asignadas a los operarios demanda mayor dotaci?n de uniformes (implementos de
seguridad), herramientas y materiales, seg?n la actividad a realizar.
As? mismo, se considera la adquisici?n de bolsas de polietileno, las que son de mayor capacidad 220 litros y mejor calidad
(alta densidad), evitando derrames de los residuos s?lidos, producto del barrido de calles.
Las bolsas de basura son usadas para la acumulaci?n de residuos s?lidos, a ?n de no crear riesgos para la salud o para
el ambiente general y son recolectadas en el barrido de calles, por lo que para su mejor disposici?n se colocan en bolsas
resistentes.
Las bolsas adquiridas tambi?n son colocadas diariamente en los tachos, contenedores y otros dep?sitos donde se
acumulan los desperdicios, los cuales est?n ubicados en distintos puntos estrat?gicos del distrito, lo que permite mantener
las pistas y calles, limpias, esto genera un gran consumo de uso de bolsas de polietileno.
El servicio se caracterizar? por mejorar la calidad, e?ciencia y efectividad del barrido de las v?as p?blicas y presentar el
distrito limpio y aseado de residuos s?lidos y otros. Este servicio se efectuar? en la totalidad de las v?as peatonales e
incluye las ?reas de circulaci?n peatonal de las ?reas verdes.
18
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
SERVICIOS DE TERCEROS
ORD 405-2019
Costo a?o 2020
1.39%
ESTRUCTURA
A?O 2021
S/
VARIACION
2021-2020
Concepto
SERVICIOS DE TERCEROS
551.46
4,476.42
3,924.96
Por otro lado, se viene trasladando un 6.03% del contrato de servicio N.? 007-2019-MDPH de disposici?n ?nal de residuos
s?lidos con la empresa PATRESOL S.A.C, el cual representa S/ 4,476.42, lo cual no estaba considerado y que se ha
adicionado dado que es un concepto importante dentro de la estructura de barrido.
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS
ORD 405-2019
Costo a?o 2020
1.39%
ESTRUCTURA
A?O 2021
S/
VARIACION
2021-2020
Concepto
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS
COSTOS DE MANO DE OBRA INDIRECTA
PERSONAL CONTRATADO ? CAS
10,251.54
18,362.32
8,110.77
6,479.59
17,073.90
17,073.90
1,288.42
1,288.42
10,594.31
13,301.95
1,288.42
1,288.42
3,771.95
COSTO DE MATERIALES DIVERSOS
UTILES DE OFICINA
-
-
An?lisis: Los costos indirectos y gastos administrativos, se han visto incrementado, primordialmente por el incremento
de la remuneraci?n del personal administrativo como el del Gerente de Servicios a la Ciudad , as? como el apoyo de una
secretaria para las labores administrativas. Cabe indicar que de acuerdo a lo Informado por la Subgerencia de Recursos
Humanos mediante Memor?ndum N?041-2020-SGRH-GAF-MDPH, respecto a la Remuneraci?n del Gerente y de la
secretaria, se consigan solo el 30% de la misma, toda vez que se trasladara en forma gradual en la estructura de costos.
As? mismo se considera el concepto de ?tiles de o?cina para el desarrollo de las labores administrativas, concepto que
no estaba considerado en la estructura de costos de la ordenanza N?230-2012-MDPH.
COSTOS FIJOS
ORD 405-2019
Costo a?o 2020
1.39%
ESTRUCTURA
A?O 2021
S/
VARIACION
2021-2020
Concepto
COSTOS FIJOS
2,212.31
5,640.90
3,428.59
An?lisis: Los costos ?jos se han incrementado en un 154.98%, dado el incremento de los servicios p?blicos de agua y
luz, los cuales tiene una dedicaci?n del 25% para este servicio.
2.4
Criterios de distribuci?n de costos
Los costos de Limpieza P?blica - Barrido de Calles han sido distribuidos entre los predios utilizando los siguientes criterios:
-
-
Metros lineales de frontis del predio.
Frecuencia de barrido
METROS LINEALES DE FRONTIS DE LOS PREDIOS
Entendido como la longitud del frontis del predio que colinda con el exterior o la v?a p?blica, referencia que permitir?
distribuir de mejor forma los costos derivados del servicio de barrido de calles. Tambi?n considera la proporci?n de frontis
de los predios ubicados en quintas, condominios y edi?cios.
La informaci?n de los metros lineales de frontis de los predios fue proporcionada por la Subgerencia de Registro,
Recaudaci?n, Fiscalizaci?n y Control Tributario, mediante Informe N?210-2020-MDPH ?GR/SGRRFyCT.
FRECUENCIA DE BARRIDO POR ZONA
Es la cantidad de veces que se realiza el servicio de barrido de calles en un determinado per?odo. Esta informaci?n fue
proporcionada mediante Informe N? 117-2020 MDPH-GSCyGA emitido por la Gerencia de Servicio a la Ciudad y Gesti?n
Ambiental.
Para efectos de la determinaci?n de la tasa del arbitrio de barrido de calles, se ha procedido a la zoni?caci?n del distrito
en tres (3) zonas de servicio, determinadas en funci?n de la frecuencia diaria del servicio que perciben los predios.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
19
Zona
1
Frecuencia
Horario de Barrido
Lugares de prestaci?n del servicio
Malec?n Norte Acantilado, Altos Kontiki, Urb. el
Frecuencia 1: El barrido de calles se Todos los d?as de lunes a s?bado Silencio, av. Malec?n superior, Balneario punta
realiza 1 vez, por los seis d?as de la desde las 7:00 am a 2:00 pm (a hermosa, Central Kontiki, la planicie, Malec?n
semana.
raz?n de 6 d?as por semana).
central, Malec?n norte, malec?n sur, Playa
barcaza, urb. Miramar.
Frecuencia 2: El barrido de calles Los d?as de lunes, mi?rcoles,
viernes y s?bado. Desde las 7:00 Acantiladoautopista parazonasuralta,km 38;antiguaAutopistapanamericanapanamericanaSur,
2
3
se realiza 1 vez, por cuatro d?as a la am a 2:00pm ( a raz?n de 4 d?as sur, el Carmen, prlg. el Carmen urb. balneario.
semana.
por semana).
Agrup.
de familias santa cruz, amp. Santa
Frecuencia 2: El barrido de calles se Los d?as de jueves y s?bado. malancheCruz, c?mara? pampapacta,de bombeo, lagunam?rtir Olaya,de oxidaci?n,m?rtir
realiza 1 vez por dos d?as a la semana. Desde las 7:00 am a 2:00 pm (a
Olaya
pozo
sur, nueva generaci?n, pampa pacta,
raz?n de 2 d?as por semana).
de
agua 854 y reservorio, quebrada
yanarumikuna, santa cruz, unidad equip. urbano.
2.5
Distribuci?n del costo y c?lculo de tasas
La distribuci?n del costo se explica en el cuadro siguiente:
Metros
Lineales de
Frontis
Frecuen-
cia del
Servicio
Metros
Lineales
Ponderados
% de
Distribuci?n de Total Barrido
Costo
(6)=(5)/?(5)
56.00%
Costo Anual
Tasa Anual Tasa Mensual
Costo Anual por
Cantidad
de predios
ZONA
por m.l. de por m.l. de
Zona
S/.
7
Barrido (S/.) Barrido (S/.)
1
1
2
3
2
3
4
6
4
2
5
(8))=(6) * (7)
198,934.98
104,131.71
52,191.08
(9)=(8)/(3)
9.8239
(10)=(9)/12
0.8186
2335
1482
1433
5250
20,250.00
15,899.67
15,937.91
52,087.58
121,500.00
63,598.68
31,875.82
216,974.50
29.31%
6.5492
0.5457
14.69%
3.2746
0.2728
100.00%
355,257.77
355,257.77
2.6
Tasas estimadas
Las tasas estimadas de Barrido de Calles para el Ejercicio 2021 son las siguientes:
FRECUENCIA DE
BARRIDO
Tasas
1
2
3
Tasa mensual ( S/ x ml.)
0.8186
0.5457
0.2728
El monto a pagar mensualmente se calcula de la siguiente manera:
Monto a pagar (S/) = Metros lineales de Frontis x Tasa de Barrido seg?n zona de barrido
En la determinaci?n de los arbitrios del a?o 2021 para aquellos predios cuya determinaci?n del frontis de su predio no
concilie con la informaci?n de nuestra base de datos, el contribuyente podr? solicitar el recalculo mediante la presentaci?n
de una Declaraci?n Jurada.
2.7
Comparativo de tasas
Tasa Mensual 2020
Tasa Mensual 2021
( S/ml)
Frecuencia (vez/dia)
Zona de servicio
Diferencia S/
Variaci?n %
(
S/ml)
[1]
[2]
[3]=[2]-[1]
0.0032
0.0018
0.0022
[4]=[3]/[1]
0.3924%
0.3309%
0.8130%
6
4
2
1
2
3
0.8154
0.5439
0.2706
0.8186
0.5457
0.2728
Para las tasas anual y mensual, se est? considerando un redondeo hacia debajo de cuatro d?gitos, toda vez que la
Ordenanza municipal 405-2019 MDPH, para el ejercicio 2020, considera cuatro d?gitos en su estimaci?n de la tasa, af?n
de comparar correctamente las tasas.
20
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
2.8
Estimaci?n de ingresos
Frontis (ml)
Exonerado
100%
Ingreso estimado (S/)
Frecuencia
(vez/d?a)
Tasa anual
(S/ml)
Ingreso real
estimado (S/)
Monto exonerado
100%
Total
Ingreso total
[1]
[2]
[3]
[4]=[1]x[3]
[5]=[1]x[2]x100%
14,735.85
5,239.36
[8]=[5]-[6]-[7]
6
4
2
9.8239
1,500.00
800.00
20,250.00
15,899.67
15,937.91
52,087.58
198,933.98
184,198.13
6.5492
3.2746
104,130.12
52,190.28
355,254.37
98,890.76
50,225.52
333,314.40
600.00
1,964.76
Total
2,900.00
21,939.97
CAPITULO III: SERVICIO DE LIMPIEZA P?BLICA ? RECOLECCION DE RESIDUOS S?LIDOS DOMICILIARIO
Resumen del Plan de Servicio
3.1
La Municipalidad Distrital de Punta Hermosa ha establecido en su Plan Estrat?gico Institucional como objetivo estrat?gico:
?Promover la Gesti?n Ambiental en el distrito?, implantando como Actividad Operativa para su consecuci?n la de ?Realizar
la recolecci?n, transporte y disposici?n ?nal de residuos s?lidos municipales?.
En ese sentido, se ha elaborado el presente Plan Anual de Servicio, instrumento t?cnico administrativo que detalla las
actividades y recursos necesarios para la prestaci?n del Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos en el distrito de
Punta Hermosa lo que permitir? alcanzar las metas y objetivos establecidos para el a?o 2021.
El desarrollo del servicio es funci?n de Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gesti?n Ambiental, la misma que es la
encargada de organizar, ejecutar y controlar los servicios de limpieza p?blica y cuidado del ornato del distrito.
El servicio de recolecci?n de residuos s?lidos del Distrito de Punta Hermosa es responsable del recojo, transporte y
disposici?n ?nal de los residuos s?lidos domiciliarios. el servicio de disposici?n ?nal se brinda de manera tercerizada a
trav?s de una EPS-RRSS bajo la modalidad de contrato de servicios con periodo anual.
La prestaci?n del servicio de recolecci?n de residuos s?lidos est? a cargo de la Empresa PATRESOL S.A.C., la que se
encarga de realizar la recolecci?n, transporte y disposici?n ?nal de los residuos s?lidos que se generan en la jurisdicci?n
del distrito Punta Hermosa.
ACTIVIDAD 1
RECOLECCI?N, TRANSPORTE, Y DISPOSICI?N FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS MUNICIPALES
Consiste en el recojo de los residuos s?lidos domiciliarios, el cual ser? realizado de acuerdo con la frecuencia diaria
establecida (de lunes a domingo, incluido feriados) y turnos (nocturno y diurno).