Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2021

?A?O DE  LA UNIVERSALIZACI?N    DE LA  SALUD?
Jueves 31  de diciembre  de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO
ORDENANZA N? 301-MDL
ORDENANZA QUE ESTABLECE
EL MONTO POR DERECHO DE EMISI?N
MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N DE VALORES,
DETERMINACI?N DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCI?N
DOMICILIARIA DE LA DECLARACI?N JURADA
Y LIQUIDACI?N DEL IMPUESTO PREDIAL Y
ARBITRIOS MUNICIPALES PARA
EL EJERCICIO 2021
ACUERDO DE CONCEJO N? 433
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL

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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 433
Lima, 30 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El O?cio N?  D000257-2020-SAT-JEF de la  Jefatura del Servicio  de Administraci?n Tributaria de  Lima ? SAT, de  fecha
de diciembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n  digital de la Ordenanza N? 301-MDL que establece el
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derecho de emisi?n mecanizada de  actualizaci?n de valores, determinaci?n y distribuci?n  a domicilio de la declaraci?n
jurada y  liquidaci?n del  impuesto predial  y arbitrios municipales  para el  ejercicio 2021,  en el  distrito de Lurigancho  -
Chosica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Art?culos 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per?, en concordancia con la  Norma IV del C?digo Tributario,
aprobado mediante  Decreto Legislativo N? 816,  establecen que los  Gobiernos Locales, mediante  Ordenanza, pueden
crear, modi?car y  suprimir contribuciones y  tasas, o exonerar de  ?stas, dentro de  su jurisdicci?n y con  los l?mites que
se?ala la Ley;
Que, de  conformidad con  lo dispuesto  por el  Art?culo 40  de la  Ley N?  27972, Ley  Org?nica de  Municipalidades, las
Ordenanzasenmateriatributariaexpedidasporlasmunicipalidadesdistritalesdebenserrati?cadasporlasmunicipalidades
provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085, que aprueba el procedimiento de rati?caci?n de ordenanzas
tributarias  distritales en  la provincia  de  Lima, la  municipalidad  distrital recurrente  aprob? la  ordenanza  objeto de  la
rati?caci?n, remiti?ndola conjuntamente con el expediente de rati?caci?n digitalizado, que incluye los respectivos informes
y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima - SAT, con car?cter de Declaraci?n Jurada,
sujetos a revisi?n por las entidades competentes y el citado organismo en uso de sus competencias;
Que,  a  trav?s del  Informe  N?  D000092-2020-SAT-ART  de  fecha  07 de  diciembre  de  2020,  el  ?rea  Funcional de
Rati?caciones  de la  Gerencia de  Asuntos  Jur?dicos del  Servicio  de Administraci?n  Tributaria de  Lima ?  SAT,  opin?
favorablemente respecto a  la rati?caci?n solicitada, por cumplir  con los requisitos exigidos y  las normas aplicables, de
conformidad con  la Ordenanza   N? 2085, y  la Directiva N?  001-006-00000015-SAT, publicada el  30 de junio  de 2011;
debi?ndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O?cial El Peruano y en el portal institucional;
Que, el monto  por concepto de  emisi?n mecanizada del impuesto  predial y de  arbitrios municipales por primer  predio
exigible a los contribuyentes asciende a S/ 4.80, en tanto que por predio adicional se determin? el monto de S/. 1.20, los
cuales han sido determinados de acuerdo al costo efectivo de la prestaci?n del servicio;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los Art?culos 9 y 41
de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administraci?n
Tributaria de Lima  ? SAT y por la  Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y  Organizaci?n, en su Dictamen N?
143-2020-MML/CMAEO
de fecha 16 de diciembre de 2020; el Concejo Metropolitano  de Lima, por UNANIMIDAD y con
dispensa del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati?car  la Ordenanza N?  301-MDL que establece el  derecho de emisi?n mecanizada  de actualizaci?n de
valores, determinaci?n  y distribuci?n a  domicilio de la  declaraci?n jurada y  liquidaci?n del impuesto predial  y arbitrios
municipales para el ejercicio 2021, en el distrito de Lurigancho - Chosica.
Art?culo  2.  El presente  Acuerdo  rati?catorio,  para  su vigencia,  se  encuentra  condicionado  al  cumplimiento  de su
publicaci?n, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati?cada. La aplicaci?n de la Ordenanza, materia de la presente
rati?caci?n, sin la condici?n antes se?alada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha  Municipalidad
Distrital.
Art?culo 3.  Encargar al  Servicio de Administraci?n  Tributaria de Lima  - SAT  que posterior al  cumplimiento del  citado
requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el Portal
Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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ORDENANZA N? 301-MDL
Lurigancho, 23 de octubre de 2020.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en Sesi?n de la fecha; y,
VISTO:
El Dictamen N?  006-2020/CAJER emitido por  la Comisi?n Permanente de  Regidores de Asuntos Jur?dicos,  Econom?a
y Rentas del  Concejo Municipal del  Distrito de Lurigancho, Informe  N? 168-2020/MDL-GR del Gerente  de Rentas y  el
Informe N? 493-2020/GAJ de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Art?culo 194? de  la Constituci?n Pol?tica del Per?,  establece que las Municipalidades son ?rganos  de Gobierno
Local con  autonom?a pol?tica,  econ?mica y  administrativa en  los asuntos  de su competencia;  previsto tambi?n  en el
art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades;
Que, el Art?culo  74? de la  Constituci?n Pol?tica del Per?,  otorga potestad tributaria  a los Gobiernos  Locales, la misma
que se indica en la Norma III y IV  del T?tulo Preliminar del Decreto Supremo N?133-2013-EF, Texto ?nico Ordenado del
C?digo Tributario, as? como en el Art?culo 40? de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, que se?ala que los
Gobiernos Locales,  mediante Ordenanzas, pueden  crear, modi?car, suprimir  o exonerar los  arbitrios, tasas,  licencias,
derechos y contribuciones,  dentro de los l?mites  establecidos por Ley; ordenanzas,  expedidas por las Municipalidades
Distritales, que deben ser rati?cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripci?n para su vigencia;
Que, el Art?culo 14? del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo
N? 156-2004-EF, establece que la actualizaci?n de valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligaci?n de
presentar la declaraci?n jurada anualmente;
Que, la  Cuarta  Disposici?n Final  del Texto  ?nico Ordenado  de la  Ley de  Tributaci?n Municipal,  aprobado mediante
Decreto Supremo N? 156-2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisi?n mecanizada de
actualizaci?n de valores, determinaci?n de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribuci?n a
domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no m?s del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al
01
de enero de cada ejercicio;
Que, de acuerdo al Informe T?cnico Financiero  adjunto al Informe del visto de la Gerencia de Rentas, se?ala  que en la
propuesta de los derechos de emisi?n para el pr?ximo  ejercicio, se han considerado los costos efectivos que afectan al
presupuesto de la Municipalidad para brindar dicho servicio, as? como criterios razonables para su distribuci?n  entre los
contribuyentes del distrito;
Que, mediante el Informe del visto de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, emite opini?n favorable respecto de la legalidad
del proyecto de Ordenanza presentado, por lo que resulta procedente su aprobaci?n;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del art?culo 9? y art?culos 39? y 40? de
la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, y contando  con el voto EN MAYOR?A de los miembros del Concejo
Municipal y con la dispensa de la lectura y tr?mite de aprobaci?n del Acta, se aprob? la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISI?N MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N
DE VALORES, DETERMINACI?N DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCI?N DOMICILIARIA DE LA DECLARACI?N
JURADA Y LIQUIDACI?N DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2021
ART?CULO  PRIMERO.-  APROBAR  el  Monto  por  Derecho  de  Emisi?n  Mecanizada  de Actualizaci?n  de  Valores,
Determinaci?n del  Tributo  y Distribuci?n  Domiciliaria de  la Declaraci?n  Jurada  y Liquidaci?n  del Impuesto  Predial y
Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2021.
ART?CULO SEGUNDO.-  ESTABLECER en  S/4.80 (Cuatro  y  80/100 soles)  el monto  anual que  deber?n abonar  los
contribuyentes, como pago por derecho de Emisi?n Mecanizada de Actualizaci?n de Valores, Determinaci?n del Tributo
y Distribuci?n Domiciliaria  de la Declaraci?n  Jurada y Liquidaci?n  del Impuesto Predial y Arbitrios  Municipales para el
Ejercicio 2021, en la jurisdicci?n del distrito de Lurigancho; y, por cada predio o anexo adicional, se abonar? S/1.20 (Uno
y 20/100 soles). El monto del derecho se abonar? conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio
2021.
En base al Informe T?cnico Financiero que forma parte integrante de la presente Ordenanza, como anexo 1.
ART?CULO TERCERO.- DISPONER  la publicaci?n del ?ntegro de  la presente Ordenanza y  el Acuerdo de Concejo de
Concejo de la Municipalidad Metropolitana  de Lima que lo rati?ca en el diario o?cial  El Peruano, as? como en la p?gina
web del  Servicio de Administraci?n  Tributaria ?  SAT (www.sat.gob.pe) y  en el  portal institucional  de la  Municipalidad
Distrital de Lurigancho (www.munichosica.gob.pe).
ART?CULO CUARTO.- La presente Ordenanza entrar? en vigencia a partir del 1 de enero del a?o 2021.
DISPOSICI?N COMPLEMENTARIA Y FINAL
?NICA.-  Fac?ltese  al  se?or  Alcalde  Distrital  para  que  mediante  Decreto  de  Alcald?a  pueda  aprobar  las  normas
reglamentarias o complementarias para su correcta aplicaci?n.
Reg?strese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ
Alcalde

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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ANEXO 1
INFORME T?CNICO FINANCIERO
DETERMINACI?N DE MONTO POR DERECHO DE EMISI?N MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N
DE VALORES, DETERMINACI?N DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCI?N DOMICILIARIA DE LA
DECLARACI?N JURADA Y LIQUIDACI?N DEL IMPUESTO PREDIAL
Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2021
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO
1.
Introducci?n
De acuerdo  con la  Cuarta Disposici?n  Final del  Texto ?nico Ordenado  de la  Ley de  Tributaci?n Municipal  aprobado
por  Decreto  Supremo N.?  156-2004-EF,  las  Municipalidades  se encuentran  facultadas  a  cobrar  por  el servicio  de
emisi?n  mecanizada de  actualizaci?n de  valores,  determinaci?n de  tributos  y de  recibos  y/o liquidaciones  de  pago
correspondientes, incluida  su distribuci?n  a domicilio,  un monto no  mayor al  0.4% de  la Unidad  Impositiva Tributaria
(UIT) vigente al 1? de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizaci?n, sustituye la obligaci?n de presentaci?n de
declaraciones juradas.
Este proceso, que  se llevar? a cabo  en 60 d?as, comprende  diversas etapas, que consisten  en la actualizaci?n de  los
valores arancelarios, valores unitarios o?ciales de edi?caci?n, unidad impositiva tributaria, determinaci?n de tributos, as?
como su impresi?n, compaginado, embolsado y su distribuci?n, asimismo, tiene por objetivo describir en forma resumida
y adecuada los recursos que intervienen en este servicio, con sus respectivos costos.
Del  mismo modo,  el  presente Informe  T?cnico guarda  los  lineamientos de  la  Ordenanza N?  2085  que sustituye  la
Ordenanza N.  ?  1533 y  modi?catorias, que  aprueba el  Procedimiento  de Rati?caci?n  de Ordenanzas  Tributarias en
el ?mbito  de la  Provincia de Lima  y la  Directiva SAT/MML N?  001-006-00000015, sobre  determinaci?n de los  costos
de los  servicios aprobados  en Ordenanzas  Tributarias Distritales  de la  provincia de  Lima, emitida por  el Servicio  de
Administraci?n Tributaria.
2.
Descripci?n
Los costos  que demanden  las actividades  a realizar por  el derecho  de emisi?n  mecanizada ha  de ser  ?ntegramente
utilizado en el servicio de  determinaci?n de tributos, emisi?n mecanizada de actualizaci?n  de valores de la declaraci?n
jurada, liquidaci?n  y distribuci?n domiciliaria del  Impuesto Predial y  Arbitrios Municipales del a?o  2021, conforme a  la
informaci?n proporcionada por la por la Subgerencia deAdministraci?n Tributaria y Orientaci?n al Contribuyente mediante
Informe N?820-2020/MDL/GR/SGATyOC, con un estimado de 36,428  contribuyentes y una cantidad de 45,110 predios
para dicho ejercicio, en total sujeci?n a las directivas y normas establecidas al respecto.
Cada una de las Carpetas de Liquidaci?n Tributaria (com?nmente denominadas cuponeras) para el ejercicio 2021, estar?
compuesta en el caso  de los contribuyentes con un predio  por 4 hojas (1 para HR, 1  hoja para PU, 1 hoja para  LA y 1
hoja para AD) y para contribuyentes con m?s de un predio por 6 hojas (1 para HR, 2 hojas para PU, 2 hojas para LA y 1
hoja para AD).
Las Carpetas de Liquidaci?n Tributaria comprenden los siguientes formatos:
-
imprimir un total de 36,428 hojas por HR).
(HR) - Hoja de Resumen: presenta informaci?n de resumen de la totalidad de predios de cada contribuyente (se estima
-
(PU) - Hoja de Predio Urbano: Contiene la descripci?n y caracter?sticas de cada predio, con sus respectivos niveles de
edi?caci?n, valores de construcci?n, entre otros datos relevantes (se estima imprimir un total de 45,110 hojas por PU-PR).
-
(LA)  - Hoja  de  Liquidaci?n de  Arbitrios  Municipales:  que contiene  el  detalle de  la  determinaci?n  de Arbitrios
Municipales, as? como las cuentas con las cuales se podr? cancelar el tributo (se estima imprimir un total de 45,110 hojas
por LA).
-
del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (se estima imprimir un total de 36,428 hojas por AD)
(AD) - Hoja de Actualizaci?n de Datos:  Que permite a los contribuyentes actualizar su informaci?n y  datos respecto
HOJAS ESTIMADAS DE IMPRESI?N
1
s?lo predio
Predio 1
Tienen m?s de un predio
Predios
Predio 1
Total
Formato Cuponera
adicionales
HR (Hoja de Resumen)
PU (Predio Urbano)
LA (Liquidaci?n de Arbitrios)
AD (Actualizaci?n de Datos)
Total
31,606
31,606
31,606
31,606
126,424
4,822
4,822
4,822
4,822
19,288
36,428
45,110
45,110
36,428
163,076
8,682
8,682
17,364

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
5
Es necesario incluir  el formato de  ?Hoja de Actualizaci?n de Datos  (AD)?, toda vez  que permitir? realizar correcciones
de los datos de los contribuyentes,  as? como, complementar informaci?n declarando: correos, tel?fonos, documento  de
identidad, datos del c?nyuge,  representante legal (persona jur?dica) y en  algunos casos, informaci?n que interviene  en
los c?lculos de la tasa de Arbitrios Municipales.
Se precisa que en la  cantidad de contribuyentes que se ha considerado  para determinar el Derecho de Emisi?n, se  ha
incluido a los contribuyentes en  condici?n de ?cond?minos? es decir a aquellos  que tienen un porcentaje de acciones y
derechos sobre un mismo predio a quienes se les emite individualmente sus ?Cuponeras Tributarias?, contribuyentes que
no son considerados para la determinaci?n de las Tasas de Arbitrios Municipales.
El  total de  36,428 contribuyentes  comprende  a aquellos  que se  encuentran  afectos a  los arbitrios  municipales,  as?
como los contribuyentes  que se encuentran exclusivamente afectos  -al pago del impuesto Predial  y no de los arbitrios
municipales por  ser propietarios de  inmuebles que no  son considerados predios  de conformidad a  la Ordenanza que
regula  el r?gimen  tributario  de los  arbitrios  municipales (como  son  los estacionamientos,  azoteas,  dep?sitos,  etc.),
incluyendo a los cond?minos.
Asimismo, los 45,110 predios est?  compuesto por aquellos predios que tienen un solo  propietario y contribuyentes que
tienen m?s de un solo predio de los cuales est?n los predios afectos arbitrios  municipales e impuesto predial y aquellos
predios afectos solo al impuesto predial, tales como azoteas, estacionamiento, dep?sitos, etc.
Finalmente, a  pesar de  las labores  de noti?caci?n  de las  cuponeras por  personal de  la municipalidad  y debido  a la
coyuntura actual del pa?s debido a la Emergencia Sanitaria por el COVID-19, muchos de los contribuyentes por prevenci?n
sanitaria no aceptar?n recibir sus  cartillas en sus domicilios, por lo que posteriormente podr?n  solicitar su duplicado en
las o?cinas de la municipalidad, y estos se encuentran ya previstos como contingencia.
3.
Estructura del costo
El costo  total  estimado por  derecho de  emisi?n mecanizada  para el  ejercicio  2021 asciende  a S/  195,705.71, cuya
estructura a  detalle y descripci?n  de componentes se  sustenta en  los Informes N?  1145-2020/GAF-SGP y N?  1335-
2020/SGLYSG-GAF-MDL
de  la Subgerencia  de  Personal  y de  la  Subgerencia  de Log?stica  y  Servicios  Generales
respectivamente, cuyo detalle se muestra a continuaci?n:
Unidad de    Costo Unitario
%Dedi-
caci?n
%Depre-
ciaci?n
Costo
Mensual S/
Costo Total
S/
Concepto
Cantidad
%
Medida
S/.
COSTO TOTAL
97,852.86
195,705.71
COSTOS DIRECTOS
88,244.82
51,500.00
176,489.63
103,000.00
90.18%
COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA - SERVICIO DE TERCEROS
Personal de Procesamiento de Valores y Det.
Tributos
6
15,500.00
31,000.00
Analista de Base de Datos
Especialista Tributario
Analista Programador
T?cnico Tributario
1
1
1
1
2
Persona
Persona
Persona
Persona
Persona
3,500.00
3,500.00
3,000.00
2,500.00
1,500.00
100%
100%
100%
100%
100%
3,500.00
3,500.00
3,000.00
2,500.00
3,000.00
7,000.00
7,000.00
6,000.00
5,000.00
6,000.00
Digitador
Personal para armado de cuponeras
Personal para el armado y embolsado de las
cuponeras doble turno
12
12
Persona
Persona
1,500.00
1,500.00
100%
100%
18,000.00
36,000.00
Personal para distribuci?n de cuponeras
Personal noti?cador para entrega de cuponeras
dentro del distrito
18,000.00
36,000.00
COSTO DE UNIFORMES Y MATERIALES
UNIFORMES
13,822.13
852.00
27,644.25
1,704.00
Polos de algod?n manga corta (Personal de
Distribuci?n)
24
Unidad
20
100%
240.00
102.00
480.00
204.00
Gorro de tela drill con logo (Personal de la
Municipalidad)
24
24
Unidad
Unidad
8.50
100%
100%
Mochila de tela con logo para entrega de cuponeras
MATERIALES DE OFICINA
Toner
42.50
510.00
12,970.13
10,108.26
10.73
1,020.00
25,940.25
20,216.52
21.45
36
15
Unidad
Caja
561.57
1.43
8.97
8.44
3.65
4.75
4.76
5.00
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
Grapas 26/6 x 5000
Papel Bond (Pack x 500)
Liga Delgada (1/4 libra)
Tablero de madera
330
24
Paquete
Caja
1,480.05
101.28
21.90
2,960.10
202.56
12
Unidad
Unidad
Unidad
Unidad
43.80
Tijeras
12
28.50
57.00
Engrampador
24
57.12
114.24
Caja de cart?n corrugado 40 x 60 x 40 cm
100
250.00
500.00

6
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Unidad de    Costo Unitario
%Dedi-
caci?n
%Depre-
ciaci?n
Costo
Mensual S/
Costo Total
S/
Concepto
Cantidad
%
Medida
S/.
Cinta adhesiva (48mm x 40 yardas)
Clip met?lico est?ndar
L?piz de madera
12
24
Rollo
5.61
0.80
0.30
0.32
0.05
100%
100%
100%
100%
100%
33.66
67.32
19.20
Caja
9.60
3.60
24
Unidad
Unidad
Unidad
7.20
Bol?grafo
48
7.68
15.36
Bolsa de polietileno 7 x 10
36,500
857.75
1,715.50
DEPRECIACION DE MUEBLES Y ENSERES
Computadora (CORE I5) - 2020 *
Impresora HP Laser Jet Pro MFP M521 *
Licencia de MS Of?ce Est?ndar
Sillas giratorias **
1,241.09
582.51
385.93
264.75
7.90
2,482.18
1,165.02
771.87
6
6
6
6
Unidad
Unidad
Unidad
Unidad
4,660.06
3,087.47
88.25
100%
25.0%
25.0%
100%
100%
100%
529.50
158.00
10.0%
15.80
OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES SERVICIOS DE TERCEROS
21,681.60
43,363.20
SERVICIOS DE TERCEROS
21,681.60
43,363.20
Servicio de Impresi?n de tapa de cuponera y papel
con logotipo
1
1
Servicio
22,500.00
17,983.20
120.00
100%
100%
100%
11,250.00
22,500.00
Servicio de distribuci?n de cuponera 2021 fuera del
distrito (12000)
Servicio
Servicio
8,991.60
1,440.00
17,983.20
2,880.00
Pasajes para los noti?cadores en el reparto de las
cuponeras dentro del distrito
12
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS
PERSONAL CAS - D.L 1057
9,258.00
9,258.00
2,288.00
2,210.00
2,210.00
2,550.00
18,516.00 9.46%
18,516.00
4,576.00
4
1
1
1
1
Gerente Rentas
Persona
Persona
Persona
Persona
8,800.00
8,500.00
8,500.00
8,500.00
26%
26%
26%
30%
Subgerente Administraci?n Tributaria y O/C
Subgerente de Recaudaci?n y Control
Sub Gerente de Gesti?n Tecnol?gica
4,420.00
4,420.00
5,100.00
COSTOS FIJOS
COSTOS FIJOS
Agua Potable
350.04
350.04
50.04
700.08 0.36%
700.08
1
1
Servicio
Servicio
50.04
100%
100%
100.08
Energ?a El?ctrica
300.00
300.00
600.00
4.
Descripci?n de componentes:
A ?n de brindar una  mejor explicaci?n de los  componentes de las estructuras de  los costos, a continuaci?n, se  detalla
cada uno de los costos involucrados en la prestaci?n del servicio.
COSTOS DIRECTOS
ELEMENTO DE COSTO
VALOR (S/)   DESCRIPCI?N DEL ELEMENTO DE COSTO
Comprende al personal contratado bajo los servicios de tercero:
El Analista de  Base de datos (1),  participa directamente en  el servicio de  Emisi?n
Mecanizada de Valores,  es especialista en  Oracle (base de datos) encargado de la
depuraci?n de errores, supervisi?n, actualizaci?n de la base de datos del sistema e
implementaci?n del M?dulo para la automatizaci?n de la emisi?n.
-
El Especialista  Tributario (1),  participa directamente  en el  servicio de  Emisi?n
Mecanizada de Valores y es responsable de la validaci?n mediante muestreo de
los c?lculos del impuesto predial y de las tasas de arbitrios.
-
El Analista Programador(1), especialista  en lenguaje de programaci?n  en Java,
desarrollo de aplicaciones  web, participa directamente en el servicio de Emisi?n
Mecanizada de  Valores,  es programador  de Base  de  datos, encargado  de la
programaci?n y ejecuci?n del programa y base de datos  del sistema.
El  T?cnico  Tributario  (1),  participa   directamente  en  el  servicio  de  Emisi?n
Mecanizada de Valores y es responsable de realizar el  control de calidad de los
datos y par?metros tributarios.
El Digitador  (2), participa  directamente en  el  servicio de  Emisi?n Mecanizada
de Valores, se  encarga de depurar y actualizar  los datos del sistema  en lo que
respecta a la data predial.
Servicio de terceros para
el  Servicio  del   proceso
31,000.00
de
valores  y  determinaci?n
de tributos
de
determinaci?n
-
-
Debido a la Emergencia Sanitaria por el COVID-19 que vive el pa?s, la Municipalidad
Distrital  de Lurigancho  tuvo  que prescindir  de  la contrataci?n  de  personal CAS.
manteniendo s?lo para el gasto operativo esencial; es por ello, que se est? solicitando
la  contratando especializada  de  personal  de terceros  para  el procesamiento  de
valores y determinaci?n de tributos en el proyecto de Emisi?n Mecanizada 2021.

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
7
Servicio de Terceros para
el Servicio de Armado de
Cuponeras 2021
Comprende al personal contratado bajo los servicios de terceros (12), que participa
directamente en el armado de las cuponeras del impuesto predial y tasa de arbitrios
2021.
36,000.00
36,000.00
Servicio
de
Servicio
Terceros
de
de
Comprende al personal contratado bajo  los servicios de Apoyo Operativo (12), que
participa  directamente  en la  distribuci?n  de  las  24,428 cuponeras  del  impuesto
predial y tasa de arbitrios 2021 dentro del distrito.
para
el
Distribuci?n
Cuponeras 2021
Los materiales directos que se consumen durante el servicio de emisi?n
mecanizada comprende:
-
-
Uniformes  para el  personal  contratado  para el  servicio  de  noti?caci?n de  las
cuponeras dentro del distrito, otorg?ndoles 2 polos manga corta, 2 gorros de tela
drill y dos mochilas de tela a cada uno.
?tiles de o?cina consiste el costo que demanda el uso de:
9
36 unidades  de T?ner para  la impresi?n de  los formatos (HR,  PU y  LA), por
unidad de  t?ner se imprimen  6,000 copias (se  requieren un total  de 126,648
copias y se ha considerado un total de 5,352 copias por motivo de merma).
330 paquetes de hojas bond (pack x 500), para la impresi?n de los formatos
Grapas (15 cajas)
9
9
9
Ligas (24 cajas)
Uniformes y Materiales
27,644.25
9 Tablero de madera (12 unidades)
9
9
Tijera (12 unidades)
Engrampador (24 unidades), la cantidad estimada de engrampadores considera
a 12 personas encargadas  de la distribuci?n y a  12 personas encargadas del
armado de cuponeras.
9
9
9
9
9
9
Caja de cart?n de corrugado (100 cajas para clasi?car u ordenar las cuponeras)
Cinta adhesiva maskintape, (12 rollos)
Clip met?lico est?ndar, (24 cajas)
L?piz de madera, (24 unidades)
Bol?grafo (48 unidades)
Bolsa de polietileno (36,500 unidades)
Estos elementos ser?n consumidos durante el servicio de emisi?n mecanizada.
Comprende los costos por desgaste de los siguientes equipos:
-
Computadora (CORE I) (06 unidades)
-
Impresora HP Laser Jef Pro MFP M521 (6 unidades)
Estos equipos  son utilizados  por personal  encargado del  servicio del  proceso de
determinaci?n de los valores que comprende las fases de actualizaci?n y depuraci?n
de base de datos, registro y validaci?n de valores arancelarios. Control de calidad y
emisi?n de pruebas de impresi?n.
Depreciaci?n de equipos
y muebles
2,482.18
Adem?s, se incluyen los siguientes muebles:
-
Silla giratorias (06 unidades)
Estos son  usados por el Analista  de Base de  Datos (1),Especialista Tributario (1),
Analista Programador (1), T?cnico Tributario (1) y T?cnico Tributario (2)
Para  la depreciaci?n  o  vida ?til  de  equipos de  c?mputo,  muebles y  enseres  se
sustenta seg?n DIRECTIVA N? 005-2016-EF/51.01
Comprende los  Servicio de  Impresi?n  de tapa  de cuponera  y papel  con logotipo
(36,428
cuponeras),  as? como  el  servicio  de  mensajer?a para  la  distribuci?n  de
las carpetas  de emisi?n  mecanizada y  liquidaci?n de  impuesto predial  y arbitrios
municipales fuera del distrito (12,000 cuponeras) y los pasajes para los noti?cadores
para el reparto de las cuponeras dentro del distrito a raz?n de 4 soles para cada uno
de los 12 noti?cadores durante los 60 d?as (2 meses) que comprende la noti?caci?n
de las cuponeras.
Otros
Variables
Costos   y   Gasto
43,363.20
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS
Comprende al  Personal CAS  Directivo contratado  bajo la  modalidad  de Contrato
Administrativo de Servicios, que  participa indirectamente en el servicio de  Emisi?n
Mecanizada.  el   costo  de  EsSalud  y  los  aguinaldos  seg?n  Ley ser?  asumidos
por la  municipalidad.  Intervienen el  Gerente de  Rentas  (26%) responsable  de la
plani?caci?n, organizaci?n y direcci?n del trabajo; el  Subgerente de Administraci?n
Tributaria y Orientaci?n al Contribuyente (26%) responsable del control y supervisi?n
del  proceso  de  emisi?n  mecanizada, el  Subgerente  de  Recaudaci?n  y  Control
Mano de Obra Indirecta
18,516.00
(26%)
monitorea y  supervisa  la distribuci?n  de las  cuponeras.  y el  Sub Gerente
de Gesti?n Tecnol?gica (30%);  se encarga del soporte tecnol?gico  garantizando el
funcionamiento de  los  equipos de  c?mputo y  conectividad  de la  red del  sistema
inform?tico.
COSTOS FIJOS
Comprende  el uso  de  energ?a el?ctrica  utilizado  en labores  de  actualizaci?n de
valores y determinaci?n de los impuestos y tasas.
Comprende el uso de  agua potable para aseo personal por  parte del personal que
interviene en el proceso del servicio de emisi?n mecanizada.
Servicio de Agua Potable  700.08
y Energ?a El?ctrica

8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
5.
Determinaci?n de la tasa por derecho de emisi?n 2021
Para el proceso de distribuci?n del costo a cada contribuyente, es necesario tener en cuenta que existen contribuyentes
y predios  (45,110), de  los cuales  hay contribuyentes con  m?s de  un predio  en el distrito,  en consecuencia,
(36,428)
requieren de m?s hojas impresas en su cuponera, lo que implica asignar un mayor valor con respecto a los contribuyentes
que tienen un predio. En  tal sentido, el procedimiento para el c?lculo  del costo unitario por cuponera tomar? en  cuenta
dicho aspecto:
1)
2)
Determinar cu?ntos contribuyentes tienen un predio y m?s de un predio.
Establecer cantidad de hojas de los contribuyentes que tienen m?s de un predio, se?alando la cantidad de ?primer
predio? y la cantidad de predios adicionales.
3)
4)
Se?alar el n?mero de hojas que compone una cuponera est?ndar.
Calcular la cantidad de hojas que conforman la totalidad de cuponeras, la cual se obtiene de multiplicar la cantidad
de predios por el n?mero de hojas.
5)
Calcular el porcentaje de participaci?n, el cual se obtiene de dividir la cantidad de hojas de cada categor?a entre la
totalidad de hojas.
6)
7)
Costo Total del Servicio de Emisi?n Mecanizada.
Calcular el costo  total por categor?a que  se obtiene de multiplicar  el costo total del  servicio por el porcentaje  de
participaci?n.
8)
Calcular la tasa unitaria por cuponera y  hoja adicional, que se obtiene de dividir el costo total  por categor?a entre
la cantidad de predios.
Hojas
Predios /
impresiones
Hojas x
predio
Costo Total
S/.
Costo x       Tasa Anual
Categor?a S/.   x Predio S/
Contribuyentes
Condici?n
Cantidad
4=2x3
% Part
1
2
3
5=4/S4
6
7=5x6
8=7/2
1)
solo predio
Contribuyentes con un
31,606
31,606
4
126,424
77.52%
151,720.05
4.80
2)
m?s de un predio
Contribuyentes con
4,822
36,652
19,288
8,682
22.48%
11.83%
5.32%
43,985.66
23,147.32
10,419.17
2.1)
2.2)
Por 1er predio
Predios y hojas
4,822
8,682
4
1
4.80
1.20
195,705.71
adicionales (PU)
2.3)
adicionales (LA)
Predios y hojas
8,682
1
8,682
5.32%
10,419.17
1.20
Total
36,428
163,076
100.00%
195,705.71
Por consiguiente, el monto resultante por el servicio de determinaci?n de tributos, emisi?n mecanizada de  actualizaci?n
de valores de la declaraci?n jurada, liquidaci?n y distribuci?n domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del
a?o 2021 es de S/ 4.80 para contribuyentes por el primer predio; y por cada predio u hoja adicional S/ 1.20.
6.
Estimaci?n de ingresos
La Estimaci?n de Ingresos,  por los Derechos de Emisi?n  determinados, considerando el costo por  hoja adicional es la
siguiente:
Predios /
Impresiones
Tasa Unitaria
S/.
Ingreso
Estimado S/.
Costo x
categor?a S/.
Cobertura
Costo %
Contribuyentes
Condici?n
1
2
3
4=2x3
5
6=4/5
1)
predio
Contribuyentes con un solo
31,606
31,606
4.80
151,708.80
151,720.05
2)
predio
Contribuyentes con m?s de un
4,822
43,982.40
23,145.60
10,418.40
43,985.66
23,147.32
10,419.17
2.1)
Por 1er predio
4,822
8,682
8,682
4.80
1.20
1.20
2.2)
(PU)
Predios y hojas adicionales
2.3)
Hojas adicionales (LA)
10,418.40
10,419.17
Total
36,428
195,691.20
195,705.71
99.99%
Finalmente, se puede observar que la estimaci?n de ingresos por el Servicio de Emisi?n Mecanizada es de S/ 195,691.20,
el cual  representa el  99.99% del  costo total  por  el Derecho  de Emisi?n  Mecanizada que  asciende a  la suma  de S/
195,705.71.
Por consiguiente, los ingresos estimados no exceden el costo total del servicio.
1916704-1