Ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de Arbitrios por Barrido de Calles Recolección de Residuos Sólidos Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2021
?A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Jueves 31 de diciembre de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA
ORDENANZA N? 012-2020-MDLP
Ordenanza que aprueba el R?gimen
Tributario de Arbitrios por Barrido
de Calles, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, Parques y Jardines y
Serenazgo para el a?o 2021
ACUERDO DE CONCEJO N? 075-2020
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
SEPARATA ESPECIAL
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
ACUERDO DE CONCEJO N? 075-2020
Callao, 17 de diciembre de 2020
El CONCEJO MUNICIPALPROVINCIALDELCALLAO, visto el Dictamen N? 0038-2020-MPC/CMPC-SR-COADPAde
la Comisi?n de Administraci?n y Protecci?n Ambiental, en Sesi?n Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME
del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Org?nica de Municipalidades
N? 27972 y su Reglamento de Organizaci?n Interior, aprobado por Ordenanza Municipal N? 000034-2004;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Org?nica de Municipalidades N? 27972, en el art?culo 40 se?ala que las ordenanzas en materia
tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati?cadas por las municipalidades provinciales de su
circunscripci?n para su vigencia;
Que, Ley de Tributaci?n Municipal, cuyo Texto ?nico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N?156-2004-EF,
en su art?culo 69? establece que las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, se calcular?n dentro del ?ltimo trimestre de
cada ejercicio ?scal anterior al de su aplicaci?n, en funci?n del costo efectivo del servicio a prestar y para la determinaci?n
de las obligaciones referidas en este p?rrafo deber?n sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar
el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, as? como el
bene?cio individual prestado de manera real y/o potencial, debiendo utilizar de manera vinculada y dependiendo del
servicio p?blico involucrado, entre otros criterios que resulten v?lidos para la distribuci?n: el uso, tama?o y ubicaci?n del
predio del contribuyente;
Que, asimismo, el referido art?culo en su numeral 69-A precisa que las Ordenanzas que aprueban el monto de las
tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio seg?n el n?mero de contribuyentes de la
localidad bene?ciada, as? como los criterios que justi?quen incrementos, de ser el caso, deber?n ser publicadas a m?s
tardar el 31 de diciembre del ejercicio ?scal anterior al de su aplicaci?n.
Que, la Ordenanza Municipal N? 019-2014 del 26 de agosto de 2014, aprueba el procedimiento de rati?caci?n de
ordenanzas distritales en el ?mbito de la Provincia Constitucional del Callao, en el art?culo 7 numeral 7.1 se?ala los
requisitos aplicables a la rati?caci?n de ordenanzas que aprueban arbitrios municipales;
Que, mediante O?cio N? 031-2020/MDMP (Expediente N? 2020-01-0000109641), la Municipalidad Distrital de La
Perla remite la Ordenanza N? 012-2020-MDLP de fecha 29 de octubre del presente a?o, a trav?s de la cual se aprueba
el R?gimen Tributario de los Arbitrios por Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y
Serenazgo para el ejercicio ?scal 2021, de la Municipalidad de La Perla y la documentaci?n que sustenta la solicitud de
rati?caci?n al amparo de lo dispuesto por el art?culo 40? de la Ley 27972, Ley Org?nica de Municipalidades;
Que, mediante el Informe N? 1940-2020-MPC-GGATR la Gerencia General de Administraci?n Tributaria y Rentas,
concluye que la ordenanza presentada se ajusta a lo dispuesto por las normas correspondientes y a lo dispuesto en la
Sentencia 00187-2005-PI/TC emitido por el Tribunal Constitucional que establece que las tasas por servicios p?blicos
se pagan por la prestaci?n o mantenimiento de un servicio individualizado por el contribuyente, la cual constituye marco
de jurisprudencia en la determinaci?n de las tasas de los Arbitrios Municipales; asimismo, se?ala adem?s que la misma
se ha adecuado a las graves circunstancias que afectan la vida de la Naci?n a consecuencia del brote del COVID 19, lo
que ha conllevado a realizar modi?caciones en sus estructuras de costos en las tasas de los servicios que presta, tasa
de barrido de calles (baldeo y desinfecci?n de calles y parques), tasa de residuos s?lidos, tasa de parques y jardines
y tasa de Seguridad Ciudadana ? Serenazgo, considerando los elementos de bioseguridad, en consecuencia con su
conformidad la Gerencia General de Administraci?n Tributaria y Rentas, considera que la Municipalidad Distrital de La
Perla ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal N? 019-2014-MPC, por lo que remite el
expediente a ?n de que se contin?e con el procedimiento de rati?caci?n de la Ordenanza Municipal N? 012-2020-MDLP;
Que, mediante Memorando N? 3730-2020-MPC/GGAJC la Gerencia General de Asesor?a Jur?dica y Conciliaci?n, opina
que de la revisi?n de los actuados y contando con la aprobaci?n de la Gerencia General de Administraci?n Tributaria y Rentas
de esta corporaci?n edil a trav?s del Memorando N? 1940-2020-MPC-GGATR del 30.11.20, por lo que resulta procedente
rati?car la Ordenanza Municipal N? 012-2020-MDLP de fecha 29 de octubre de 2020 de la Municipalidad Distrital de La Perla,
que establece el R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales por Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos,
Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio ?scal 2021, debiendo ser rati?cado por el Concejo Municipal en uso de las
atribuciones conferidas en el numeral 8) del art?culo 9? de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades;
Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Org?nica de Municipalidades N? 27972, el Concejo
Municipal Provincial del Callao, con la dispensa de la lectura y aprobaci?n del acta;
ACUERDA:
1.
RATIFICAR la Ordenanza Municipal N? 012-2020-MDLP de fecha 29 de octubre de 2020 de la Municipalidad
Distrital de La Perla, que establece el R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales por Barrido de Calles, Recolecci?n
de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio ?scal 2021; en el distrito de La Perla;
2.
Remitir copia certi?cada del presente Acuerdo a la Municipalidad Distrital de La Perla para su publicaci?n.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique y cumpla
Registrese, comuniquese y cumplase.
PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS
Alcalde
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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ORDENANZA N? 012-2020-MDLP
La Perla, 29 de octubre de 2020
EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA.
VISTO:
En Sesi?n Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de octubre de 2020, el Dictamen N? 030-2020 presentado
por la Comisi?n Ordinaria de Administraci?n, Econom?a y Presupuesto sobre que se declare viable el
PROYECTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS POR BARRIDO
DE CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL
A?O 2021; y,
CONSIDERANDO:
Que, el art?culo 194?, de la Constituci?n Pol?tica del Per?, modificada por la Ley N? 30305 ? ?Ley de Reforma
Constitucional?, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son ?rganos de gobierno local.
Tienen autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia
con el Art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972 ? Ley Org?nica de Municipalidades, donde establece
que la autonom?a de las Municipalidades en la Constituci?n pol?tica del Per? radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administraci?n, con sujeci?n al ordenamiento jur?dico;
Que, el numeral 8) del Art?culo 9?, Art?culo 40? y los numerales 1) y 2) del Art?culo 69? de la Ley Org?nica de
Municipalidades ? Ley N? 27972, establecen que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o
derogar las ordenanzas; as? como, que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los
arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los l?mites establecidos por Ley, se?alando que las
Ordenanzas son normas de car?cter general por medio de las cuales se regula las materias en las que las
Municipalidades tienen competencia normativa y precisando que son rentas municipales, entre otros conceptos,
las contribuciones, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por el Concejo Municipal, los que constituyen
sus ingresos propios;
Que, el Literal a) del Art?culo 68? y 69? del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado por
Decreto Supremo N? 156-2004-EF, re?ere que las Municipalidades podr?n imponer tasas por servicios p?blicos o arbitrios,
de?ni?ndolas como aquellas que se pagan por la prestaci?n o mantenimiento de un servicio p?blico individualizado
en el contribuyente; as? mismo, dispone que la determinaci?n de las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, deber?n
ajustarse a criterios de razonabilidad que consideren el costo efectivo de servicios, su mantenimiento, se?alando el
servicio individual prestado de manera real y/o potencial, utiliz?ndose criterios que resulten v?lidos para la distribuci?n
real del costo de las tasas por servicios p?blicos entre los contribuyentes, de manera vinculada y dependiendo del
servicio p?blico involucrado, tales como de uso, tama?o y ubicaci?n del predio del contribuyente, el grado de intensidad
en su uso, entre otros;
Que, en las Sentencias N? 0041-2004-AI/TC y N? 00053-2004-PI/TC, publicadas el 15 de marzo y el 17 de agosto
de 2005 en el Diario O?cial El Peruano respectivamente, el Tribunal Constitucional se pronunci? en los procesos de
inconstitucionalidad sobre la potestad tributaria municipal precisando que la aprobaci?n y determinaci?n de arbitrios
municipales son competencia de la Entidad y cuyos fallos tienen car?cter vinculante en la totalidad de su contenido;
Que, asimismo, mediante Sentencia N? 0018-2005-AI/TC publicada en el Diario O?cial El Peruano el 19 de julio de
2006,
el Tribunal Constitucional estableci? que los criterios vinculantes de constitucionalidad materia de las Ordenanzas
de arbitrios municipales desarrollados en el punto VIII, AS3 de la Sentencia 0053-2004-PI/TC, si bien resultan bases
presuntas m?nimas, estas no deben entenderse r?gidas en todos los casos, pues tampoco lo es la realidad social y
econ?mica de cada Municipio, precisando que es obligaci?n de estos, sustentar t?cnicamente, aquellas otras f?rmulas
que adapt?ndose mejor a su realidad, logren una mayor justicia en la imposici?n tributaria;
Que, en este sentido, la Municipalidad Distrital de La Perla ha procedido a formular el marco legal que aprueba
la estructura de costos y metodolog?a de distribuci?n, sobre el cual se distribuir?n los arbitrios municipales en el
Distrito;
Que, el Dictamen N? 030-2020 de la Comisi?n Ordinaria de Administraci?n, Econom?a y Presupuesto, declara viable
el proyecto de ?ORDENANZA QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS POR BARRIDO DE
CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL A?O 2021?,
sustentado mediante el informes t?cnico presentado con el Memor?ndum N? 0504-2020-GATR-MDLP de la Gerencia
de Administraci?n Tributaria, Informe N? 160-2020-GPP-MDLP de la Gerencia Plani?caci?n y Presupuesto, el Informe
N? 762-2020-GAJ-MDLP de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica y el Memor?ndum N? 613-2020-GM-MDLP de Gerencia
Municipal;
Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por elArt?culo 9?, numeral 8 y 9 de la LeyN?27972
?
Ley Org?nica de Municipalidades, con el VOTO en MAYOR?A de los integrantes del Concejo Municipal y con la
dispensa del tr?mite de lectura y aprobaci?n de acta, se aprob? la siguiente:
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ORDENANZA QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS POR BARRIDO DE CALLES,
RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL A?O 2021
Art?culo 1?.- ?MBITO DE APLICACI?N
La presente Ordenanza establece el R?gimen Tributario de Arbitrios por Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el a?o 2021, prestados de manera real y/o potencial en la jurisdicci?n del
distrito de La Perla.
Art?culo 2.- HECHO IMPONIBLE
El hecho imponible de la obligaci?n tributaria de los arbitrios municipales corresponde a la implementaci?n, prestaci?n
y/o mantenimiento de los servicios p?blicos de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines,
y Serenazgo, que se proveen en el distrito.
Art?culo 3.- BASE IMPONIBLE
La base imponible de losArbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo
est? constituida por el costo que demanda la prestaci?n de cada uno de los mencionados servicios, cuyo detalle y criterios
de distribuci?n se precisan en el informe t?cnico que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. A
efectos de la distribuci?n de los mismos, entre los contribuyentes del distrito, se han empleado los siguientes criterios:
SERVICIO
CRITERIOS DE DISTRIBUCI?N
Tama?o de predio (m2 de ?rea construida).
Uso o actividad del predio.
Recolecci?n de Residuos S?lidos
N?mero de habitantes por casa habitaci?n (para uso
vivienda).
Metros lineales de frontis colindante con la v?a p?blica de
cada predio.
Barrido de Calles
Frecuencia de barrido de calles.
Ubicaci?n de los predios por su cercan?a a ?reas verdes.
Por disfrute del ?rea verde.
Parques y Jardines
Serenazgo
Zoni?caci?n.
Uso o actividad que desarrolla el predio.
ART?CULO 4.- CONTRIBUYENTES
Est?n obligados al pago de los arbitrios municipales, en calidad de contribuyentes:
a)
Los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados
o cuando un tercero use el predio bajo cualquier t?tulo o sin ?l.
Trat?ndose de predios en copropiedad, la obligaci?n tributaria recaer? en forma proporcional a la cuota ideal que le
corresponde a cada uno de los copropietarios, conforme a la Declaraci?n Jurada del impuesto predial que hubieran
presentado.
b)
c)
Los titulares de concesiones, trat?ndose de predios de propiedad del Estado Peruano.
Los Organismos p?blicos descentralizados, organismos constitucionales aut?nomos y entidades de derecho
p?blico, cuando el Estado Peruano les hubiese otorgado bajo cualquier modalidad, el uso o posesi?n de uno de
sus predios.
d)
El titular del ?rea donde se habita o desarrolla actividad econ?mica espec??ca, trat?ndose de predios sobre los
cuales recaiga derecho de super?cie o acto jur?dico similar, que implique que la propiedad de las edi?caciones y
del terreno no convergen en la misma persona.
ART?CULO 5.- RESPONSABLES SOLIDARIOS
Son responsables solidarios por el pago de los Arbitrios Municipales:
a)
b)
Los cond?minos a los que se re?ere el segundo p?rrafo del literal a) del art?culo anterior.
Las personas naturales y/o jur?dicas a las que se les hubiera cedido la posesi?n del predio bajo cualquier t?tulo y
mientras dure la misma
c)
Los poseedores cuando no sea posible identi?car al propietario del predio o cuando este ?ltimo se encuentre en
condici?n de no habido con arreglo a lo dispuesto por el C?digo Tributario.
d)
e)
Otros, con arreglo a lo dispuesto por la Ley en la Materia.
En estos casos, la Sub Gerencia de Control y Recaudaci?n Tributaria y Ejecutor?a Coactiva atribuir? la
responsabilidad solidaria a que se contrae el presente art?culo mediante Resoluci?n de Determinaci?n emitida
conforme a los dispuesto por el art?culo 20-A del C?digo Tributario, con los efectos legales que dicho articulado
dispone.
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NORMAS LEGALES
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ART?CULO 6.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACI?N TRIBUTARIA
La condici?n de contribuyente se con?gura el primer d?a de cada mes al que corresponde la obligaci?n tributaria. Cuando
se realice cualquier transferencia de dominio, el adquirente obtendr? la calidad de contribuyente a partir del primer d?a
calendario del mes siguiente de producido el hecho, correspondiendo al transferente la cancelaci?n de las obligaciones
tributarias que se tuviera pendiente hasta el mes en que se realiz? el acto de transferencia, con oportunidad a la
realizaci?n de su baja del Registro de contribuyentes.
Trat?ndose de modi?caciones de alguno de los elementos empleados para la distribuci?n de los Arbitrios, tales como: el
?rea construida, el tama?o de frontis y el uso espec??co del predio, las mismas surtir?n efecto a partir del mes siguiente
de producido el hecho. Para el efecto deber? presentarse una Declaraci?n Jurada, la misma que se encontrar? sujeta a
?scalizaci?n posterior. El plazo de presentaci?n de la misma es el ?ltimo d?a h?bil del mes en que se hubiera producido
el cambio.
ART?CULO 7.- DEFINICIONES
-
Predio. ? Enti?ndase por predio, para efectos de la aplicaci?n de la presente Ordenanza, a toda unidad inmobiliaria
cuyo uso sea habitacional, o?cina, local comercial, institucional, industrial o de servicios, centro de abastos,
mercado corporativo, almac?n o terreno sin construir o en construcci?n, dentro de la jurisdicci?n del distrito de La
Perla.
Cuando en el predio los contribuyentes le asignen usos diferentes al mismo, se cobrar?n los arbitrios municipales
de manera proporcional e independiente por cada uso.
No tendr?n calidad de predio, para los efectos de c?lculo de los arbitrios, las unidades inmobiliarias que formen
parte accesoria a la unidad inmobiliaria principal tales como: Estacionamientos, azoteas, aires, dep?sitos, cl?set,
tendales y siempre que se le d? el uso como tal.
Para determinar el tama?o del predio, se considerar? el ?rea total construida.
En los casos de predios destinados a locales comerciales, industriales y servicios en general, clubes deportivos,
sociales y similares, se considerar? el ?rea total ocupada donde se desarrolla la actividad.
En los casos de predios con usos distintos a terrenos sin construir que no cuenten con ?rea construida, se
considerar? el ?rea total del terreno o el ?rea total ocupada donde se desarrolla la actividad.
Se declarar?n como predios independientes a los espacios destinados a un uso diferente como comercio o
servicio.
-
-
Arbitrios. ? Tasa que se paga por la prestaci?n o mantenimiento de un servicio p?blico real o potencial
individualizado en el contribuyente. Comprende el servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos, Barrido de Calles,
Parques y Jardines y Serenazgo.
Arbitrio de Recolecci?n de Residuos S?lidos. ? Comprende la prestaci?n del servicio de recolecci?n, transporte
y disposici?n ?nal de los residuos s?lidos domiciliarios; la recolecci?n de bolsas de residuos encontrados en la
v?a p?blica, calles, parques, puentes y plazas p?blicas en la jurisdicci?n del distrito de La Perla; as? como la
recolecci?n de escombros y desmontes arrojados en la v?a p?blica (distintos a los que generan las empresas
constructoras) y la recolecci?n de residuos de papeleras.
-
-
Arbitrio de Barrido de Calles. ? Comprende el servicio integral de limpieza de v?as del Distrito, que consiste en
el barrido de todas las v?as p?blicas del Distrito, barrido de papeleo en bermas centrales y plazas p?blicas, lavado
de veredas y baldeo de plazas p?blicas.
Arbitrio de Parques y Jardines. ? Comprende la prestaci?n de los servicios de implementaci?n, recuperaci?n,
mantenimiento, riego, mejora y monitoreo permanente de las ?reas verdes de uso p?blico del distrito (parques,
bermas centrales y otras ?reas verdes), as? como la poda y tala de los ?rboles en estado de deterioro dentro de
la jurisdicci?n del Distrito, el corte de c?sped, corte de cercos, siembra de macizos; as? como la eliminaci?n y
recolecci?n de maleza, su transporte y disposici?n ?nal.
-
Arbitrio de Serenazgo. ? Comprende el servicio de mantenimiento y mejora en la vigilancia p?blica, en apoyo a
la funci?n policial a efectos de asegurar la convivencia pac??ca, la tranquilidad en el uso de las v?as y espacios
p?blicos, y la erradicaci?n de todo tipo de violencia, preservando frente a situaciones de peligro o amenaza, los
derechos de los vecinos del distrito.
ART?CULO 8.- PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO
Los arbitrios de barrido de calles, recolecci?n de residuos s?lidos, parques y jardines, as? como de Serenazgo son
tributos de periodicidad mensual.
La obligaci?n de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios de recolecci?n de residuos s?lidos, barrido de calles,
parques y jardines p?blicos y serenazgo vence el ?ltimo d?a h?bil de cada mes.
ART?CULO 9.- PRINCIPIOS PARA LA DETERMINACI?N DE LOS ARBITRIOS
El monto de los arbitrios municipales se determina distribuyendo el costo total efectivo del servicio correspondiente entre
todos los responsables u obligados teniendo en consideraci?n los principios siguientes:
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
-
Determinaci?n de los arbitrios individuales mediante la distribuci?n entre los contribuyentes del costo total efectivo
del servicio p?blico correspondiente, en funci?n al bene?cio real o potencial obtenido.
-
-
Aplicaci?n del car?cter general de los arbitrios, teniendo en consideraci?n que el servicio prestado se proporciona
a la generalidad de los contribuyentes.
Identi?caci?n de los indicadores de bene?cio y nivel de uso, aprovechamiento o disfrute de los servicios, que
se utilizar?n como par?metros de distribuci?n de los costos de los servicios p?blicos municipales entre los
contribuyentes
ART?CULO 10.- INAFECTACI?N
Se encuentran inafectos al pago de los arbitrios municipales de Recolecci?n de Residuos S?lidos y de mantenimiento de
Parques y Jardines, los terrenos sin construir.
ART?CULO 11.- EXONERACI?N
Se encuentran exonerados del pago de los arbitrios municipales:
a)
b)
Los predios de propiedad de la Municipalidad de La Perla y aquellos respecto de los cuales les haya sido cedida
su posesi?n para el desarrollo de las actividades que le son propias y el cumplimiento de sus ?nes. Las personas
naturales y/o jur?dicas a quienes la Municipalidad hubiera cedido o ceda la posesi?n temporal de sus predios, se
encuentran obligados al pago de los arbitrios municipales con arreglo a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Las Instituciones religiosas cat?licas debidamente reconocidas y acreditadas por la Autoridad Eclesi?stica
competente; siempre y cuando sus predios se encuentren destinados al uso exclusivo en su totalidad a templos,
conventos y/o monasterios sin ?nes de lucro debidamente declarados por el contribuyente, que no produzcan
rentas y sean destinadas a cumplir sus ?nes religiosos.
c)
d)
Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per?.
La Polic?a Nacional del Per? (Comisarias) y/o delegaciones policiales, se encuentran exoneradas al arbitrio
municipal de Serenazgo.
e)
f)
Destinados al uso de Instituciones Educativas Estatales no Universitarias.
Los pensionistas que cuenten con el bene?cio de la deducci?n de 50 UIT de la base imponible para la determinaci?n
del Impuesto Predial, y cuyos predios se destinen a uso exclusivo de vivienda, de la siguiente manera:
Se encuentran exonerados del 50% de pago de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, los propietarios que acrediten su condici?n de pensionistas y que
cumplan con los requisitos exigidos por el art?culo 19 del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal
aprobado por Decreto Supremo N? 156-2004-EF.
La exoneraci?n establecida, ser? otorgada a partir del mes siguiente a la presentaci?n de los requisitos.
ART?CULO 12.- RENDIMIENTO
El monto que se recaude por concepto de arbitrios municipales, constituye renta de la Municipalidad Distrital de La Perla,
ser?n destinados a la ?nanciaci?n del costo que implica la ejecuci?n, implementaci?n y mantenimiento de los servicios
de barrido de calles, recolecci?n de residuos s?lidos, parques y jardines p?blicos, as? como Serenazgo dentro de la
jurisdicci?n del distrito.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES:
PRIMERA. - INFORME T?CNICO FINANCIERO DE COSTOS Y DE DISTRIBUCI?N:
APROBAR el Informe t?cnico ?nanciero formulado por la Gerencia de Administraci?n Tributaria y Rentas, que establece
el monto de las tasas de los arbitrios municipales del ejercicio 2021, conteniendo el resumen del Plan Anual de
Servicios, indicando la cantidad de contribuyentes y predios por tipo de arbitrios, explicaci?n detallada de la Estructura
de Costos por tipo de arbitrio, informaci?n de ejecuci?n de costos de arbitrios municipales del a?o pasado, justi?caci?n
de su reducci?n porcentual, metodolog?a de distribuci?n de arbitrios, criterios de distribuci?n, factores de ponderaci?n,
categor?a, sectores, estimaci?n de ingresos, cuadros de variaci?n de tasas y estructura de costos, que como anexo forma
parte integrante de la presente ordenanza.
SEGUNDA. - DECLARACI?N JURADA DE ARBITRIOS MUNICIPALES
Los contribuyentes, de considerarlo necesario, podr?n presentar declaraci?n jurada recti?catoria a ?n de modi?car la
informaci?n consignada en la determinaci?n de los Arbitrios Municipales respecto a los metros lineales de los frontis de
los predios y al n?mero de habitantes.
TERCERA. - VIGENCIA
La presente Ordenanza y los anexos que la integran, entrar? en vigencia el 1 de enero de 2021, previa publicaci?n de
?sta en el diario o?cial El Peruano, conjuntamente con el texto completo del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad del
Callao, que la rati?que.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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CUARTA. - CUMPLIMIENTO
Enc?rguese a la Gerencia de Administraci?n Tributaria y Rentas, Gerencia de Administraci?n y Finanzas, Gerencia
de Plani?caci?n y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Gesti?n Ambiental y a la Gerencia de
Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza.
QUINTA. ? PUBLICACI?N
ENCARGAR a SECRETARIA GENERAL la publicaci?n de la presente Ordenanza, sus anexos, as? como el Acuerdo
de Concejo que la rati?ca por parte de la Municipalidad Provincial del Callao en el Diario O?cial el Peruano, as? como
en su Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios
al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe); la
presente ordenanza
Luego de lo anterior mencionado, ENCARGAR a la SUBGERENCIA DE TECNOLOG?A DE LA INFORMACI?N su
publicaci?n del texto ?ntegro, incluido los Anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Perla (www.
munilaperla.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe.
SEXTA. - FACULTADES REGLAMENTARIAS
Fac?ltese al alcalde para que mediante Decreto de Alcald?a dicte las medidas complementarias necesarias para la
adecuada aplicaci?n de la presente ordenanza y prorrogue la fecha de vencimiento del pago de arbitrios municipales de
ser el caso.
POR TANTO:
REG?STRESE, COMUN?QUESE, PUBL?QUESE Y C?MPLASE.
ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE
Alcalde
INFORME TECNICO FINANCIERO
?INFORME TECNICO FINANCIERO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES,
RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA?
EJERCICIO 2021
INFORME TECNICO FINANCIERO
1.-
2.-
Introducci?n
Criterios de distribuci?n
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
Uso del predio
Ubicaci?n del predio
Tama?o del predio
Cantidad de habitantes del predio
Capacidad habitable de un predio
3.-
Servicio de Limpieza P?blica - Barrido de calles
3.1
3.2
3.3
3.4
3.5
3.6
3.7
3.8
3.9
Caracter?sticas b?sicas del servicio
Estructura de costos del servicio
Contribuyentes y predios
Criterios de distribuci?n
Distribuci?n del costo y C?lculo de la tasa
Tasas estimadas
Resumen de la distribuci?n del costo
Estimaci?n de los ingresos
Variaci?n con respecto al a?o anterior
4.-
Servicio de Limpieza P?blica - Residuos S?lidos
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
4.6
4.7
4.8
4.9
Caracter?sticas b?sicas del servicio
Estructura de costos del servicio
Contribuyentes y predios
Criterios de distribuci?n
Distribuci?n del costo y C?lculo de la tasa
Tasas estimadas
Resumen de la distribuci?n del costo
Estimaci?n de los ingresos
Variaci?n con respecto al a?o anterior
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
5.-
Servicio de Parques y Jardines
5.1
5.2
5.3
5.4
5.5
5.6
5.7
5.8
5.9
Caracter?sticas b?sicas del servicio
Estructura de costos del servicio
Contribuyentes y predios
Criterios de distribuci?n
Distribuci?n del costo y C?lculo de la tasa
Tasas estimadas
Resumen de la distribuci?n del costo
Estimaci?n de los ingresos
Variaci?n con respecto al a?o anterior
6.-
Servicio de Seguridad Ciudadana
6.1
6.2
6.3
6.4
6.5
6.6
6.7
6.8
6.9
Caracter?sticas b?sicas del servicio
Estructura de costos del servicio
Contribuyentes y predios
Criterios de distribuci?n
Distribuci?n del costo y C?lculo de la tasa
Tasas estimadas
Resumen de la distribuci?n del costo
Estimaci?n de los ingresos
Variaci?n de las tasas respecto a tasas anteriores
INFORME TECNICO DE DISTRIBUCION DE LOS COSTOS
1.
Introducci?n
En la actualidad se vienen produciendo cambios en la normatividad que regula la determinaci?n de los arbitrios
y paralelamente a ello, cambios en el entorno con vecinos m?s exigentes respecto de la calidad del servicio a
prestar.
Todas estas condiciones tienen un efecto en el comportamiento de los vecinos en cuanto al cumplimiento de sus
obligaciones tributarias que pueden traducirse en reclamos por la calidad del servicio o por la excesiva carga tributaria,
que muchas veces generan morosidad en el pago de los arbitrios.
En tales circunstancias la Administraci?n Municipal debe responder a la demanda de los vecinos con acciones
concretas en los procesos de gesti?n que paralelamente a la adecuaci?n normativa tributaria, incorpore demandas
y propuestas de los vecinos que permitan una relaci?n arm?nica entre la prestaci?n del servicio y el pago del
tributo.
En el aspecto normativo la Ley de Tributaci?n Municipal establece para las tasas por servicios p?blicos o arbitrios las
reglas siguientes:
?
?
Se calcular?n dentro del ?ltimo trimestre de cada ejercicio ?scal anterior al de su aplicaci?n, en funci?n del
costo efectivo del servicio a prestar.
La determinaci?n de los Arbitrios deber? sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan el cobro exigido
por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, as? como el bene?cio
individual prestado de manera real y/o potencial.
?
Para la distribuci?n del costo entre los contribuyentes, se deber? utilizar de manera vinculada y dependiendo
del servicio p?blico involucrado, entre otros criterios que resulten v?lidos para la distribuci?n: el uso, tama?o y
ubicaci?n del predio del contribuyente.
Por su parte el Tribunal Constitucional, hace notar, dentro de lo expresado en los alcances de la Sentencia reca?da en el
expediente N? 0053-2004-PI-TC la necesidad de ?jar legalmente los criterios m?nimos para la distribuci?n del costo global
entre los contribuyentes de cada localidad. Al respecto, indica que ??ser? la razonabilidad, el par?metro determinante
para la determinaci?n de un criterio cuanti?cador como v?lido, mediante la siguiente regla: ?Los par?metros objetivos
de distribuci?n de costos ser?n razonablemente admitidos como v?lidos cuando hubiese una conexi?n l?gica entre la
naturaleza del servicio brindado (en cada caso, sea seguridad, salubridad o limpieza) y el presunto grado de intensidad
del uso de dicho servicio?.
En ese orden de ideas, el Tribunal Constitucional identi?ca ?par?metros m?nimos de validez constitucional para los
arbitrios de limpieza p?blica, mantenimiento de parques y jardines y seguridad ciudadana?, se?alando:
Sobre el Servicio de Limpieza P?blica:
?Como quiera que el servicio de limpieza p?blica, involucra un conjunto de actividades, como por ejemplo
servicios de recolecci?n y transporte de residuos, barrido y lavado de calles, relleno sanitario, etc., los
criterios de distribuci?n deber?n adecuarse a la naturaleza de cada rubro; por ejemplo, el criterio tama?o
del predio no resulta adecuado en todos los casos para distribuir el costo por recolecci?n de basura,
pues presentar? matices si se trata de casa habitaci?n o local comercial; sin embargo, s? ser? el correcto
para el caso de limpieza de calles, no en t?rminos de metros cuadrados de superficie, sino en cuanto
a la longitud del predio, pues a mayor longitud, mayor limpieza de calles.?, ? a partir del cual efect?a
precisiones.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
9
Sobre el Servicio de Parques y Jardines P?blicos:
?En este caso, lo determinante para medir la mayor intensidad de disfrute del servicio ser? el criterio ubicaci?n
del predio, es decir, la medici?n del servicio seg?n la mayor cercan?a a ?reas verdes. Por consiguiente, no se
lograr? este objetivo si se utilizan los criterios de tama?o y uso del predio, debido a que no relacionan directa o
indirectamente con la prestaci?n de este servicio.?
Cabe indicar que mediante Resoluci?n Aclaratoria publicada en el Diario el Peruano el 08 de Setiembre de 2005, el
Tribunal Constitucional se?ala la posibilidad de utilizar un criterio adicional al anotar que:
?...para
arbitrios por mantenimiento de parques y jardines, el criterio determinante; es decir, el que
debe privilegiarse a fin de que sustente la mayor incidencia en el cobro del arbitrio, es la ubicaci?n del
predio. En tal sentido, ning?n otro criterio (sea tama?o, uso, valor u otros) podr?a actuar como factor
determinante para la distribuci?n del costo, sin que ello reste la posibilidad de utilizarlos como criterios
complementarios?.
Sobre el Servicio de Seguridad Ciudadana:
?En el servicio de Seguridad Ciudadana es razonable utilizar los criterios de ubicaci?n y uso del predio, por
cuanto su uso se intensi?ca en zonas de mayor peligrosidad. Asimismo, debe tenerse en cuenta el giro
comercial; por ejemplo, la delincuencia y peleas callejeras suelen producirse con mayor frecuencia en centros
comerciales, bares o discotecas.?
Asimismo, en sentencia emitida por el mismo colegiado en m?rito del Expediente N? 0018-2005-PI/TC, de fecha 19 de julio
de 2006, se precisa que a partir de su publicaci?n los criterios vinculantes de constitucionalidad material desarrollados en
la sentencia precitada, si bien resultan bases presuntas m?nimas, estas no deben entenderse r?gidas en todos los casos,
pues tampoco lo es la realidad social y econ?mica de cada Municipio. De este modo, ser? obligaci?n de cada Municipio,
sustentar t?cnicamente (?), aquellas otras f?rmulas que adapt?ndose mejor a su realidad, logren una mayor justicia en
la imposici?n.
De acuerdo a lo anotado, la Municipalidad de La Perla ha programado actividades encaminadas a desarrollar las pol?ticas
y lineamientos de determinaci?n y distribuci?n del costo de los servicios p?blicos y efectuar su equitativa distribuci?n con
los principios y criterios establecidos por las normas legales vigentes.
Este informe forma parte de dicha labor, estableciendo y mostrando los resultados de las actividades
desarrolladas.
2.
Criterios de distribuci?n
Si bien es extremadamente complicado que se determine con exactitud el grado de servicio efectivo que
individualmente recibe un determinado contribuyente, existen criterios que constituyen par?metros referenciales
que, sobre la base de presunciones, pretenden explicar con un razonamiento l?gico una nueva forma de distribuir
costos de los arbitrios, adem?s de pretender explicar los efectos que la actuaci?n municipal ocasiona en los vecinos
de la jurisdicci?n.
Cabe precisar que el Tribunal Constitucional indica que los criterios se?alados en las sentencias emitidas no son los
?nicos v?lidos sino que, a su entender, ser?an los m?s adecuados, por lo que es v?lido aplicar criterios adicionales que
referencialmente puedan permitir diversos grados de individualizaci?n del bene?cio o disfrute efectivo que recibe el
contribuyente, entre ellos:
Sentencia del TC - EXP. N? 53-2004-PI/TC
Limpieza p?blica
Parques y Jardines
Seguridad Ciudadana
1.
Barrido de Calles
1.1.
Tama?o del predio
(Longitud del predio
que da a la v?a p?blica)
Ubicaci?n del predio
frente a una zona de
riesgo
2.
Gesti?n de RR.SS.
Par?metros m?nimos de
validez constitucional
para los arbitrios
2.1. Uso Casa
Ubicaci?n del inmueble
(Cercan?a a ?reas verdes)
habitaci?n
Tama?o del predio
N? de habitantes por cada
vivienda
2.2.
Otros usos
Uso del predio
Uso del predio
Tama?o del predio
Resoluci?n aclaratoria acerca de la sentencia del TC - Exp. N? 53-2004-PI/TC
Limpieza p?blica
Parques y Jardines
Seguridad Ciudadana
Criterios
complementarios
Tama?o, uso, valor y otros
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
2.1.
Uso del predio
2
.1.1. Uso del predio para Limpieza P?blica (en cuanto a la gesti?n de Residuos S?lidos)
El tipo de actividad desarrollada dentro de un predio constituye un indicador del grado de bene?cio efectivo que se
recibe por un servicio p?blico, ya que, dependiendo de la actividad que realice, se producir? mayor o menor cantidad
de desechos y/o residuos s?lidos, los que tendr?n una mayor o menor intensidad y por tanto demandar?n una mayor o
menor actividad municipal (frecuencia de recolecci?n, tiempo de transporte, entre otros), incidiendo de esta manera en
los costos del servicio.
2.1.2.
Uso del predio para Seguridad Ciudadana
Asimismo, trat?ndose del arbitrio de Seguridad Ciudadana, dependiendo de la actividad econ?mica desarrollada en el
predio, se determina un mayor o menor disfrute del servicio, ya que algunas actividades o usos generan un mayor o
menor riesgo.
2.2.
Ubicaci?n del predio
Ubicaci?n del predio para Parques y Jardines P?blicos
2.2.1.
Tambi?n el ?ndice de concurrencia a las ?reas verdes resulta ser el indicador que mide la intensidad del disfrute que
brindan las ?reas verdes a las personas que concurren a ellas, seg?n la cercan?a del predio a las ?reas verdes.
En tal sentido es razonable se?alar que aquellos contribuyentes cuyos predios se encuentren ubicados frente a un
parque paguen m?s por el servicio que aquellos que viven en una zona en la que no hay ?reas verdes.
2.2.2.
Ubicaci?n del predio para Seguridad Ciudadana
Igualmente, trat?ndose del arbitrio de Seguridad Ciudadana se puede a?rmar que el propietario de un predio ubicado en
una zona o sector con alto grado de riesgo deber?a pagar m?s que aquel que reside en un lugar de bajo riesgo. Asimismo,
la ubicaci?n del predio en una determinada zona o sector en la que predomina cierta actividad o usos puede generar
riesgo en mayor o menor grado y por consiguiente una mayor o menor prestaci?n del servicio.
Asimismo, toda vez que la Municipalidad presta en mayor o menor grado los servicios en determinada zona o sector,
los propietarios de predios ubicados en la misma deber?an tributar en mayor o menor medida a ?n de cubrir los costos
efectivos en los que se incurre.
2.3.
Tama?o del predio
El tama?o del predio, en relaci?n con su respectiva ?rea de terreno y/o ?rea construida, es de utilidad para hacer una
distribuci?n m?s justa del costo del servicio, ya que es v?lido presumir que es un indicador del grado de disfrute del
servicio.
A su vez, el tama?o del predio es un indicador de la cantidad de actividades que se desarrollan en su interior, as? como
del n?mero de personas que lo habitan. Por consiguiente, un predio con mayor ?rea de terreno y/o mayor ?rea construida
requiere tambi?n de una mayor prestaci?n de los servicios.
2.3.1.
Tama?o del predio para Limpieza P?blica (respecto del barrido y limpieza de calles)
En relaci?n con el servicio de barrido de calles, se identi?ca al tama?o del predio, entendido como la longitud de los
predios que colindan con el exterior o v?as p?blicas, como una referencia que permitir?a distribuir en mejor forma los
costos derivados de la actividad de limpieza y barrido de calles. Es decir, aquellos predios que cuenten con mayor
extensi?n de frontera con la v?a p?blica, se ven mayormente bene?ciados con dicho servicio por lo cual deber? de
corresponder a su propietario un pago mayor.
2.3.2.
Tama?o del predio para Limpieza P?blica (respecto de la gesti?n de residuos s?lidos)
Respecto del servicio de Limpieza P?blica relacionado al recojo, transporte y disposici?n ?nal de residuos s?lidos,
el tama?o referido al ?rea construida de un predio es un indicador de la cantidad de personas que lo habitan y por
consiguiente de una mayor o menor prestaci?n de los servicios toda vez que se producir? mayor o menor cantidad de
desechos
y/o residuos s?lidos, mayor o menor densidad de los mismos y por tanto demandar? una mayor o menor actividad
municipal al respecto.
2.4.
Cantidad de habitantes del predio
La cantidad promedio de personas que habitan un predio constituye una variable relacionada con la cantidad de
generaci?n de residuos s?lidos, que permitir?a ajustar en mejor manera la distribuci?n del costo en el caso de predios con
uso de vivienda o casa habitaci?n.
En este contexto, los predios de uso vivienda o casa habitaci?n con mayor n?mero de personas, potencialmente han
de generar mayor cantidad de residuos s?lidos, por lo que el percibir el servicio de limpieza p?blica ha de brindarles un
mayor bene?cio, que aquel en que habitan en promedio un menor n?mero de personas y por consiguiente los montos a
pagar han de ser diferenciados.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
11
3.
Arbitrios municipales para el ejercicio 2021.
La Municipalidad Distrital de la Perla brindar? en el ejercicio 2021, los siguientes servicios p?blicos:
-
-
-
-
Servicio de Barrido de Calles. - Comprende la Organizaci?n, gesti?n y ejecuci?n del Servicio de Barrido
de Calles, recolecci?n de desperdicios menores, encontrados en las veredas, bermas centrales y laterales,
limpieza de mobiliario urbano, entre otras actividades.
Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos. - Comprende la Organizaci?n, gesti?n y ejecuci?n del
Servicio de Recolecci?n y Transporte de Residuos S?lidos comunes y escombros provenientes de los predios,
as? como su transporte, transferencia, descarga y disposici?n ?nal en el relleno sanitario autorizado.
Servicio de Parques y Jardines. - Comprende los servicios de implementaci?n, recuperaci?n mantenimiento,
riego y mejoras de parques, jardines de uso p?blico, bermas centrales y dem?s ?reas verdes de uso p?blico en
todo el distrito.
Servicio de Serenazgo. - Comprende la organizaci?n, implementaci?n, mantenimiento y mejora del servicio
de la vigilancia p?blica en los puntos cr?ticos de inseguridad y de mayor riesgo; adem?s de protecci?n civil,
prevenci?n del delito y la atenci?n de emergencias en procura de lograr una mayor seguridad ciudadana y
convivencia pac??ca.
Los costos determinados para los Arbitrios Municipales del ejercicio 2021 ascienden a S/ 12,955,997.14, los mismos
que muestran un incremento del 4.71% al ser comparados con los costos aprobados para el ejercicio 2020 mediante
Ordenanza N? 014-2019-MDLP. Se detallan a continuaci?n los costos determinados para el ejercicio 2021.
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA - COSTOS PROYECTADOS DE LOS ARBITRIOS 2021
Costo proyectado
2021
Ordenanza 2020
014-2019-MDLP
Variaci?n
Servicio
S/
%
Barrido de Calles
1,393,867.56
1,367,810.00
26,057.56
222,937.69
55,646.22
1.91
7.69
1.33
-6.22
4.71
Recolecci?n de Residuos S?lidos
Parques y Jardines
Serenazgo
3,122,624.32
4,243,797.76
4,195,707.50
12,955,997.14
2,899,686.63
4,188,151.54
4,473,768.79
12,929,416.96
-278,061.29
26,580.18
TOTAL
4.
SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES:
La Gerencia de Gesti?n Ambiental, es el ?rgano de l?nea encargado de plani?car, organizar, dirigir normar y supervisi?n
del servicio de Barrido de Calles, tiene el apoyo de la Sub Gerencia de Limpieza p?blica, encargado de la Gesti?n,
coordinaci?n y control del servicio, as? como tambi?n de supervisar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos
relacionados con la Gesti?n del Medio Ambiente y la prestaci?n de los Servicios de Limpieza P?blica del Distrito.
4.1.
PLAN ANUAL DEL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES:
-
DESCRIPCI?N DEL SERVICIO. -
El servicio de Barrido de calles lo ejecuta la Municipalidad directamente, comprende principalmente la limpieza de calles,
sitios p?blicos y mantenimiento del ornato p?blico en general, se realiza de manera manual.
Esta labor es realizada mediante el uso de la fuerza humana y elementos manuales, siendo necesario dotar al personal
directo que presta el servicio de indumentarias y materiales de protecci?n, tales como: uniformes y herramientas, as?
como tambi?n de repuestos e insumos para el veh?culo destinado a dicha prestaci?n.
El servicio se realiza en todas las veredas de las avenidas principales y calles internas, bermas centrales de las avenidas,
adem?s de los pasajes y parques del distrito; incluyendo tambi?n la recolecci?n de los residuos s?lidos depositados en
las papeleras basculantes presentes en cada ruta de barrido.
Los residuos que se generan en el barrido son embolsados y amarrados para dejarlas en la ruta de barrido, el cami?n que
recorre las avenidas va recogiendo las bolsas con residuos generados en el barrido, los turnos tarde y noche.
4.2.
COSTO DEL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES PROYECTADO PARA EL EJERCICIO 2021.
El costo anual proyectado para el ejercicio 2021, por el Servicio de Barrido de Calles asciende a S/ 1,393,867.56.
CONCEPTO
COSTO 2021
%
COSTOS DIRECTOS
Mano de obra directa
Materiales
945,464.88
206,917.60
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
CONCEPTO
COSTO 2021
%
Depreciaciones
Otros costos y gastos variables
109,200.00
Total Costos Directos
1,261,582.48
90.51%
COSTOS INDIRECTOS Y G. ADMINIST.
Mano de obra indirecta
123,366.60
847.50
Utiles de o?cina
Materiales indirectos
1,242.98
Total Costos Indirectos
Total Costos Fijos
125,457.08
6,828.00
9.00%
0.49%
TOTAL COSTOS - BARRIDO DE CALLES
1,393,867.56
100.00%
-
EXPLICACI?N DETALLADA DE RECURSOS DEL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES:
Costos Directos. - Comprende lo siguiente:
-
Costo de Mano de Obra
Elemento de
Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Personal
Nombrado DL.
Comprende el costo del personal nombrado D.L. 728 y personal CAS D.L. 1057 que realizan
labores operativas en el servicio de barrido de calles, su costo considera la remuneraci?n
anual, grati?caciones/aguinaldos de julio y diciembre, bene?cios sociales, aportaciones de
essalud, entre otros costos que de acuerdo a las disposiciones vigentes percibe el personal de
la Municipalidad Distrital de la Perla.
728
y Personal
Contratado CAS
DL. 1057
-
Costo de Materiales
Elemento de Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Comprende el costo por adquisici?n de camisaco, pantal?n tipo drill, camisaco, polo, gorro,
bot?n, lentes de seguridad, entre otros implementos necesarios para el servicio (detallados en
estructura), para una correcta presentaci?n y seguridad del personal nombrado y contratado
que efect?a labores de barrido de calles (la entrega de prendas se realiza de 1 a 4 veces al a?o,
seg?n la necesidad del recurso).
Uniforme y
material de
seguridad
Materiales de
Limpieza
Comprende el costo por adquisici?n de jab?n antibacterial que utiliza el personal operativo para
su aseo diario en el servicio, la misma que realiza una vez culminado su turno diario.
Comprende el costo de herramientas tales como: escoba de paja, recogedor de metal, contenedor
rodante, entre otras herramientas necesarias para las labores operativas del servicio de barrido
de calles (detalle en estructura de costos).
Herramientas
Repuestos
Comprende el costo de los repuestos utilizados en el mantenimiento preventivo de la ?ota
vehicular del servicio, tales como: bater?as, ?ltros y llantas; repuestos necesarios para mantener
en operatividad la ?ota vehicular con que cuenta el servicio (02 camionetas y 05 trimotos),
unidades responsables del traslado de las bolsas de residuos s?lidos dejadas por el personal de
barrido de calles, a la zona de transferencia, se considera el 10% del costo.
Combustibles y
Lubricantes
Comprende el costo de gasohol G-90 y aceites utilizados para el funcionamiento y mantenimiento
de las 07 unidades vehiculares con que cuenta el servicio, ), se considera el 10% del costo.
-
Otros Costos y Gastos Variables
Elemento de Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Comprende el costo por mantenimiento b?sico y especializado de los veh?culos que posee la
municipalidad para brindar el servicio de recolecci?n de residuos s?lidos, los cuales necesitan
un mantenimiento correctivo para su operatividad. La relaci?n es directa, puesto que sin ello los
veh?culos asignados al servicio de barrido de calles presentar?an de?ciencias en su operatividad
afectando la prestaci?n del servicio.
Mantenimiento y
Reparaci?n
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
13
Costos Indirectos y Gastos Administrativos. - Comprende lo siguiente:
-
Mano de Obra Indirecta
Elemento de
Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Personal
Nombrado D.L.
728, y Personal
Comprende el costo del personal nombrado D.L. 728 y CAS D.L. 1057 que realiza actividades de
coordinaci?n, asistencia, supervisi?n y apoyo administrativo en el servicio de barrido de calles, el
Contratado D.L. servicio asume un porcentaje del costo de personal (se detalla en estructura).
1057
-
Materiales y ?tiles de O?cina
Elemento de Costo
Uniforme
Descripci?n del Elemento de Costo
Comprende el costo por adquisici?n de chalecos para el supervisor general y supervisores del
servicio, vestimenta necesaria para una correcta presentaci?n del personal nombrado y contratado
que realiza labores de supervisi?n en el servicio, (la entrega se realiza de 1 vez al a?o),.
Comprende el costo de los materiales de escritorio y dem?s materiales de o?cina (papel bond,
bol?grafos, archivadores, correctores, y dem?s materiales que se detallan en estructura de costos),
utilizados en las labores administrativas de coordinaci?n, supervisi?n y gesti?n en el servicio, se
considera el 50% de su costo.
?tiles de O?cina
Comprende el costo de materiales para la limpieza de o?cinas administrativas y servicios
higi?nicos utilizados por el personal administrativo y operativo que presta el servicio de barrido de
calles en el distrito, el importe mostrado comprende el consumo de art?culos utilizados tales como:
?cido muri?tico, lej?a, escobas, entre otros materiales necesarios para la limpieza, se considera
solo el 50% del consumo.
Material de
Limpieza
Costos Fijos. - Comprende lo siguiente:
Elemento de
Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Comprende el 50% del costo por consumo de agua potable del suministro utilizado en los servicios
higi?nicos con los que cuenta el personal administrativo y supervisor del servicio, encargados de
las labores administrativas de coordinaci?n, supervisi?n y gesti?n en el servicio.
Servicio de Agua
Potable
Comprende el 50% del costo por consumo de energ?a el?ctrica del suministro que abastece a la
o?cina administrativa, equipos inform?ticos y servicio higi?nico que utiliza el personal del servicio,
en labores de coordinaci?n, supervisi?n y gesti?n en el servicio.
Servicio de
Energ?a El?ctrica
Comprende el costo por aseguramiento obligatorio contra accidentes de tr?nsito (SOAT) para
siete (07) unidades vehiculares asignadas a este servicio (02 camionetas y 05 trimotos), se
considera el 10% del costo.
Seguros
4.3.
COMPARATIVO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2021 vs. 2020
El servicio de Barrido de Calles para el ejercicio 2021, se est? incrementando en un 1.91% con respecto a los costos
aprobados para el ejercicio 2020.
BARRIDO DE CALLES
INCREMENTO
CONCEPTO
COSTO 2021
COSTO 2020
S/
%
COSTOS DIRECTOS
Mano de obra directa
Materiales
945,464.88
206,917.60
1,053,645.23
-108,180.35
62,278.46
-10.27%
144,639.14
43.06%
Depreciaci?n de Maquinaria y equipo
Otros costos y gastos variables
Total Costos Directos
109,200.00
20,000.00
89,200.00
446.00%
1,261,582.48
1,218,284.37
43,298.11
3.55%
COSTOS INDIRECTOS Y G. ADMINIST.
Mano de obra indirecta
123,366.60
847.50
123,763.49
2,018.79
-396.89
-0.32%
Utiles de o?cina
-1,171.29
-58.02%
14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
BARRIDO DE CALLES
INCREMENTO
CONCEPTO
COSTO 2021
COSTO 2020
S/
%
Materiales indirectos
1,242.98
4,241.15
130,023.43
19,502.20
-2,998.17
-70.69%
Total Costos Indirectos
Total Costos Fijos
125,457.08
6,828.00
-4,566.35
-12,674.20
26,057.56
-3.51%
-64.99%
1.91%
TOTAL COSTOS - BARRIDO DE CALLES
1,393,867.56
1,367,810.00
4.4.
JUSTIFICACIONES DE LAS VARIACIONES
El costo del Servicio de Barrido de Calles determinado para el ejercicio 2021 asciende a S/ 1,393,867.56, es decir que
registra un incremento del 1.91%, con respecto a los costos aprobados para el ejercicio 2020.
-
Costo de Materiales: Los recursos que muestran incremento son los siguientes:
En el rubro de Uniformes, al existir mayor personal operativo en el servicio de barrido de calles, es necesario que
el mismo cuente con la vestimenta y accesorios necesarios para brindar el servicio, ante ello se ha proyectado la
adquisici?n de diferentes prendas y materiales de seguridad que les servir? al personal operativo en las labores
diarias del servicio.
Asimismo, otro factor importante en la actualidad es la lucha diaria que se tiene por evitar el contagio del corona virus
y es por eso, que se ha destinado un mayor presupuesto para la compra de materiales de limpieza y desinfecci?n;
as? como, se ha establecido un protocolo y presupuesto contra el COVID 19 donde se lograr? atenuar los efectos
de ?sta terrible enfermedad.
Herramientas, se est? intensi?cando la prestaci?n del servicio a efectos de lograr niveles de satisfacci?n altos y que
los contribuyentes puedan crear una mejor cultura en el cumplimiento de sus obligaciones.
BC - COSTO DE MATERIALES DIRECTOS
INCREMENTO
CONCEPTO
COSTO 2021
COSTO 2020
S/
%
Uniformes
45,094.00
12,661.80
46,632.40
10,077.60
88,239.80
0.00
29,456.00
15,638.00
-36,035.80
46,632.40
8,088.48
30,165.40
-1,560.44
-649.58
53.09%
-74.00%
Materiales de seguridad
Implementos de seguridad COVID 19
Insumos limpieza y desinfecci?n
Herramientas
48,697.60
0.00
100.00%
406.64%
51.94%
1,989.12
58,074.40
1,560.44
4,861.58
144,639.14
Repuestos
-100.00%
-13.36%
43.06%
Combustibles y lubricantes
Total Costos Materiales Directos
4,212.00
206,917.60
62,278.46
-
Otros Costos y Gastos Variables: La inclusi?n de este recurso para contar con una unidad que sirva de
log?stico dentro de la estructura de costos del servicio permite brindar la operatividad de satisfacer un servicio
de calidad.
BC - OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES DIRECTOS
INCREMENTO
CONCEPTO
COSTO 2021
COSTO 2020
S/
%
Servicio de alquiler cami?n cisterna
Mantenimiento vehicular
109,200.00
0.00
109,200.00
-20,000.00
109,200.00
100.00%
0.00
20,000.00
-100.00%
Total Otros Costos Directos
109,200.00
20,000.00
100.00%
Debemos mencionar que a la fecha, el servicio de Barrido de Calles subsidia el costo de la operatividad; por lo que, se
debe ir cerrando las brechas, por tanto se distribuir? considerando avanzar en un 15% m?s del valor base del servicio.
Sin embargo, la Administraci?n sensible al momento econ?mico actual y sobre todo para lograr los recursos econ?micos
que permitan, por un lado, el ?nanciamiento operativo del servicio y por el otro, la satisfacci?n del poblador del distrito, ha
considerado una tabla de incremento sobre el costo del ejercicio anterior :
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
15
Costo
Costo
Avance
A?o
Base
distribuci?n
1,003,835.94
1,154,411.33
1,327,573.03
S/
%
2020
2021
2022
872,835.94
1,003,835.94
1,154,411.33
131,000.00
150,575.39
173,161.70
15.01
15.00
15.00
4.5
CONTRIBUYENTES Y PREDIOS
La distribuci?n del costo del servicio de Barrido de Calles se ha tomado en cuenta la informaci?n registrada de predios,
contribuyentes y v?nculos (el cual identi?ca la vinculaci?n entre los predios con sus propietarios, incluyendo copropiedades
y propietarios m?ltiples) en el distrito, la cual se relaciona con 18,349 predios y 15,294 contribuyentes.
Barrido de Calles : Contribuyentes y Predios
Predios
Contribuyentes
V?nculos
Condici?n
Cant
% Dist
Cant
% Dist
Cant
% Dist
Total
18,349
100.00%
15,294
15,267
27
100.00%
99.82%
0.15%
21,003
100.00%
Afectos
18,268
81
99.56%
0.44%
20,922
81
99.61%
0.44%
Inafectos
De ellos, se identi?ca la afectaci?n para el servicio de barrido de calles a 15,267 contribuyentes en relaci?n con 18,268
predios, mientras como inafectos se registran a 27 contribuyentes vinculados a 81 predios.
Debemos anotar que la inafectaci?n mencionada est? referida a los predios de propiedad de:
a.
b.
c.
La Municipalidad Distrital de La Perla, destinado para el uso de sus funciones.
Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per?.
Entidades Religiosas Cat?licas, debidamente constituidas y acreditadas cuyos predios se encuentren
destinados a templos, conventos, monasterios y museos.
Se encuentran inafectos al pago del arbitrio municipal de Serenazgo, los predios de propiedad de las FF.AA y Fuerzas
Policiales destinados para el uso de sus funciones.
As? mismo, se encuentran inafectos al pago de los arbitrios municipales de Recolecci?n de Residuos S?lidos y Parques
y Jardines, los Terrenos sin construir.
Finalmente, se ha considerado la exoneraci?n del 50% al pago de los arbitrios para los predios que acrediten su calidad
de pensionistas y que cumplan con los requisitos exigidos por elArt. 19 del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n
Municipal, como se presenta en el siguiente cuadro:
Barrido de Calles: Pensionistas - Contribuyentes y predios
Predios
2,688
Contribuyentes
2,713
Relaci?n
2,862
4.6
Criterios de distribuci?n de Limpieza P?blica ? Barrido de Calles
Tama?o del predio
En relaci?n con el servicio de barrido de calles, se identi?ca al tama?o del predio, entendido como la longitud de los
predios que colindan con el exterior o v?as p?blicas, como una referencia que permitir?a distribuir en mejor forma los
costos derivados de la actividad de limpieza y barrido de calles.
En ese sentido, aquellos predios que cuenten con mayor extensi?n de frontera con la v?a p?blica, se ven mayormente
bene?ciados con dicho servicio por lo cual deber? de corresponderle un monto de liquidaci?n superior.
4.7
Distribuci?n del costo y c?lculo de tasas
El costo derivado del barrido y lavado de calles, se ha de distribuir tomando en cuenta los siguientes factores:
1)
2)
3)
4)
Cantidad de predios
Frecuencia de barrido
Metros lineales de frontera con la v?a p?blica de los predios.
Costo total del barrido de calles
16
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Es importante mencionar que, la Municipalidad Distrital de La Perla a trav?s de su ?rea de Catastro levant? en campo la
informaci?n que contuvo la medida de los frontis de todos los predios del distrito, los mismos que fueron ingresados a la
base de datos predial que administra la Gerencia de Administraci?n Tributaria y en la actualidad; si alg?n contribuyente
presentar? disconformidad con la medida de la frontera de su predio, se realiza v?a la inspecci?n ocular la veri?caci?n
del mismo y de ser el caso, se sustenta una nueva ?cha catastral y esta a su vez, una eventual Declaraci?n Jurada
recti?catoria.
De acuerdo a la informaci?n proporcionada por el ?rea que brinda el servicio de barrido de calles, para el ejercicio
siguiente se desarrolla a trav?s de una s?la frecuencia de barrido. Con dicha informaci?n, la estimaci?n del costo de
barrido se con?gura, tal como se muestra a continuaci?n:
Distribuci?n del costo para el servicio de Limpieza P?blica - Barrido de Calles
Frecuencia
mensual de
servicio
Longitud total
de barrido por del costo por
zona
Participaci?n
Costo anual
del servicio
2021 S/
Tasa mensual
por sector (S/
ML)
Longitud de
frontis
Costo relativo
S/
Tasa anual por
sector (S/ ML)
zona %
[a]
1
[b]
[c] = [a] x [b]
114,513.14
[d] = [c] / S [c]
[e]
[f] = e x [d]
[g] = [f] / [b]
[h]=[i]/12
114,513.14
100.00%
1,154,325.53
1,154,325.53
10.08
0.84
Tomando como referencia la frecuencia del servicio (1), se determina la cantidad de predios por frecuencia (2) y la
totalidad de los metros lineales de fronteras colindantes a la v?a p?blica (3) que multiplicado por la frecuencia se estima
los metros lineales ponderados (4) que da lugar a la participaci?n porcentual (5).
A partir del costo total del servicio (6), se estima el costo anual por frecuencia (7) que dividido entre los metros lineales
nos resulta el costo unitario anual por metro lineal (8) de frontera.
4.8
Tasas estimadas
Para calcular la obligaci?n del contribuyente, se multiplica la tasa que le corresponde por los metros lineales del frontis
que tiene su predio.
Tasas de Barrido de Calles
Tasa anual
S/. X ml
10.08
Tasa trimestral
S/. X ml
Tasa mensual
S/. X ml
Frecuencia
1
2.52
0.84
4.9
Resumen de la distribuci?n del costo
Barrido de Calles - Resumen Costo Distribuido / Costo del Servicio
(Soles)
Trimestral
Anual
Costo Serv
(5)
Cobertura %
Costo Distrib
Costo Serv
(2) = (5) / 4
288,581.38
Diferencia
(3)=(2-1)
Costo Distrib
(4)
Diferencia
(6)=(5-4)
0.00
C.distrib./ C.serv
(7)=(4/5)
(1)
= (4) / 4
288,581.38
0.00
1,154,325.53
1,154,325.53
100.00%
Como se observa se alcanza una cobertura del 100.00% para el Barrido de calles, lo cual cumple con la restricci?n de
distribuir los costos sin sobrepasar el costo total del servicio.
4.10
Estimaci?n de los ingresos
Barrido de Calles - Resumen Ingresos / Costo del Servicio
(Soles)
Cobertura %
Ingresos/ C.serv
(7)=(4/5)
Trimestral
Anual
Costo Serv
(5)
Ingresos
Costo Serv
(2) = (5) / 4
288,581.38
Diferencia
(3)=(2-1)
29,280.89
Ingresos
(4)
Diferencia
(6)=(5-4)
(1)
= (4) / 4
259,300.49
1,037,201.96
1,154,325.53
117,123.57
89.85%
Los ingresos anuales (4) es la estimaci?n anual de relacionar las tasas por frecuencia con los metros lineales de cada
correlaci?n predio-contribuyente. De igual manera, el costo del servicio anual (5) es el consignado en la estructura de
costo y al compararlos se calcula la diferencia en t?rminos absolutos (6). De otro lado, dividiendo el ingreso estimado
anual entre 4 se encuentra el Ingreso estimado trimestral (1); as? de la misma manera, se calcula el costo del servicio
trimestral (2) y al compararlos se obtiene la diferencia trimestral (3). Finalmente, se divide el ingreso estimado anual entre
el costo anual del servicio a ?n de obtener el porcentaje de cobertura (7).
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
17
En lo relacionado a los ingresos potenciales esperados, observamos que estos alcanzan el 89.85% para el Barrido de
calles, por efectos de la disminuci?n en la emisi?n por exonerados- pensionistas.
Cuadro de Ingresos Estimados - Barrido Calles
Frontis en ML
Exonerados
(2)
Ingreso Anual (S/)
Exonerados
(5)
Cat
Descripci?n de la Categor?a
Afectos
(1)
Total
Afectos
(4)
Total
(3) = (1+2)
(6) = (4+5)
1,037,201.96
1,037,201.96
1
Frecuencia
91,280.90
23,232.24
23,232.24
114,513.14
920,111.47
117,090.49
Total
91,280.90
114,513.14
920,111.47
117,090.49
En el cuadro anterior, se muestra en forma segmentada los niveles de ingreso potenciales en el servicio de Barrido de
Calles:
4.11
Variaciones con respecto al a?o anterior
Las variaciones se analizan en tasas y liquidaciones anuales debido a que los vencimientos son de temporalidad mensual.
Comparativo de tasas anuales - Servicio de Limpieza P?blica / Barrido de Calles
Tasas Anuales (S/.)
Variaci?n 2021-2020
Variaci?n S/. Variaci?n %
Descripci?n de la Categor?a
2021
2020
Frecuencia Unica
10.08
9.50
0.58
6.11
5.
SERVICIO DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS:
La Gerencia de Gesti?n Ambiental, es el ?rgano de l?nea encargado de plani?car, organizar, dirigir normar y supervisi?n
del servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos, tiene el apoyo de la Sub Gerencia de Limpieza p?blica, encargado de
la Gesti?n, coordinaci?n y control del servicio, as? como tambi?n de supervisar el cumplimiento de los planes, programas,
proyectos relacionados con la Gesti?n del Medio Ambiente y la prestaci?n de los Servicios de Limpieza P?blica del
Distrito.
5.1.
PLAN ANUAL DEL SERVICIO DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS:
-
DESCRIPCI?N DEL SERVICIO. -
El servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos, que consiste en la recolecci?n, transporte y disposici?n ?nal de residuos
s?lidos domiciliarios, comerciales, excepto los residuos t?xicos y peligrosos producidos en los centros hospitalarios y
empresas industriales entre otras.
5.2.
COSTO DEL SERVICIO DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS PROYECTADO PARA EL EJERCICIO
2021.
El costo anual proyectado para el ejercicio 2021, por el Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos asciende a S/
3,122,624.32.
RESIDUOS SOLIDOS
CONCEPTO
COSTO 2021
%
COSTOS DIRECTOS
Mano de obra directa
Materiales
615,837.84
559,597.40
Depreciaciones
Otros costos y gastos variables
Total Costos Directos
COSTOS INDIRECTOS Y G. ADMINIST.
Mano de obra indirecta
Utiles de o?cina
1,806,750.00
2,982,185.24
95.50%
128,970.60
847.50
Materiales
1,242.98
Depreciaciones
Total Costos Indirectos
Total Costos Fijos
131,061.08
9,378.00
4.20%
0.30%
TOTAL COSTOS - RESIDUOS SOLIDOS
3,122,624.32
100.00%
18
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
-
EXPLICACI?N DETALLADA DE RECURSOS DEL SERVICIO DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS:
Costos Directos. - Comprende lo siguiente:
-
Costo de Mano de Obra
Elemento de Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Personal Nombrado
DL. 728 y Personal
Contratado CAS DL.
1057
Comprende el costo del personal nombrado D.L. 728 y personal CAS D.L. 1057 que realizan labores operativas
en el servicio de barrido de calles, su costo considera la remuneraci?n anual, grati?caciones/aguinaldos de julio
y diciembre, bene?cios sociales, aportaciones de essalud, entre otros costos que de acuerdo a las disposiciones
vigentes percibe el personal de la Municipalidad Distrital de la Perla.
-
Costo de Materiales
Elemento de Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Comprende el costo por adquisici?n de pantal?n drill, camisaco, polo, gorro, botines de cuero, tapaboca, entre otros
implementos necesarios para el servicio (detallados en estructura), para una correcta presentaci?n y seguridad del
personal nombrado y contratado que efect?a labores de recolecci?n de residuos s?lidos (la entrega de prendas se
realiza de 1 a 4 veces al a?o, seg?n la necesidad del recurso).
Uniformes e
Implementos de
Seguridad
Comprende el costo por adquisici?n de jab?n antibacterial que utiliza el personal operativo para su aseo diario en el
servicio, la misma que realiza una vez culminado su turno diario.
Materiales de Limpieza
Herramientas
Comprende el costo de herramientas tales como: lampa tipo cuchara, pico y zapa, herramientas necesarias para las
labores de la recolecci?n de los residuos s?lidos (detalle en estructura de costos).
Comprende el costo de los repuestos utilizados en el mantenimiento preventivo de la ?ota vehicular del servicio, tales
como: llantas, ?ltros amortiguador, zapata inyector de combustible y bater?as, repuestos necesarios para mantener
en operatividad la ?ota vehicular con que cuenta el servicio unidades responsables de la recolecci?n de los residuos
s?lidos del distrito.
Repuestos
Combustibles y
Lubricantes
Comprende el costo de gasohol G-90, di?sel (B5 S50) y aceites utilizados para el funcionamiento y mantenimiento de
las unidades vehiculares utilizadas en el servicio.
-
Otros Costos y Gastos Variables
Elemento de Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Servicio Operativo de Corresponde al costo por la disposici?n ?nal de los residuos s?lidos. Es decir, que considera el pago por tonelada
Terceros
m?trica que recoge la municipalidad y es trasladada en el relleno sanitario.
Comprende el costo por mantenimiento b?sico y especializado de los veh?culos que posee la municipalidad para
brindar el servicio de recolecci?n de residuos s?lidos, los cuales necesitan un mantenimiento correctivo para su
operatividad. La relaci?n es directa, puesto que sin ello los veh?culos asignados al servicio de barrido de calles
presentar?an de?ciencias en su operatividad afectando la prestaci?n del servicio.
Mantenimiento y
Reparaci?n
Costos Indirectos y Gastos Administrativos. - Comprende lo siguiente:
-
Mano de Obra Indirecta
Elemento de Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Personal Nombrado Comprende el costo del personal contratado CAS D.L. 1057 que realiza actividades de coordinaci?n, asistencia,
D.L. 728, y Personal supervisi?n y apoyo administrativo en el servicio de recolecci?n de residuos s?lidos, el servicio asume un porcentaje
Contratado D.L. 1057 del costo de personal (se detalla en estructura).
-
Materiales y ?tiles de O?cina
Elemento de Costo
Uniforme
Descripci?n del Elemento de Costo
Comprende el costo por adquisici?n de chalecos para el supervisor general y supervisores del servicio, vestimenta
necesaria para una correcta presentaci?n del personal nombrado y contratado que realiza labores de supervisi?n en
el servicio, (la entrega se realiza de 1 vez al a?o), el servicio asumen el 50% del costo.
Comprende el costo de los materiales de escritorio y dem?s materiales de o?cina (papel bond, bol?grafos, archivadores,
correctores, y dem?s materiales que se detallan en estructura de costos), utilizados en las labores administrativas de
coordinaci?n, supervisi?n y gesti?n en el servicio, se considera el 50% de su costo.
?tiles de O?cina
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
19
Elemento de Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Comprende el costo de materiales para la limpieza de o?cinas administrativas y servicios higi?nicos utilizados por el
personal administrativo y operativo que presta el servicio de recolecci?n de residuos s?lidos en el distrito, el importe
mostrado comprende el consumo de art?culos utilizados tales como: ?cido muri?tico, lej?a, escobas, entre otros
materiales necesarios para la limpieza, se considera solo el 50% del consumo.
Material de Limpieza
Costos Fijos. - Comprende lo siguiente:
Elemento de Costo
Descripci?n del Elemento de Costo
Comprende el 50% del costo por consumo de agua potable del suministro utilizado en los servicios higi?nicos con
los que cuenta el personal administrativo y supervisor del servicio, encargados de las labores administrativas de
coordinaci?n, supervisi?n y gesti?n en el servicio.
Servicio de Agua
Potable
Comprende el 50% del costo por consumo de energ?a el?ctrica del suministro que abastece a la o?cina administrativa,
equipos inform?ticos y servicio higi?nico que utiliza el personal del servicio, en labores de coordinaci?n, supervisi?n
y gesti?n en el servicio.
Servicio de Energ?a
El?ctrica
Comprende el costo por aseguramiento obligatorio contra accidentes de tr?nsito (SOAT) para siete (07) unidades
vehiculares (02 camionetas y 05 trimotos) con un costo al 90% y cuatro (04) compactadoras con un costo al 100%,
unidades que han sido asignadas a ?ste servicio para las labores operativas.
Seguros
5.3.
COMPARATIVO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020 vs. 2021
El Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos para el ejercicio 2021, se ha incrementado con respecto a los costos
aprobados para el ejercicio 2020.
RESIDUOS SOLIDOS
INCREMENTO
CONCEPTO
COSTO 2021
COSTO 2020
S/
%
COSTOS DIRECTOS
Mano de obra directa
Materiales
615,837.84
1,126,734.60
-510,896.76
-257,575.50
0.00
-45.34%
559,597.40
0.00
817,172.90
-31.52%
100.00%
124.51%
8.50%
Depreciaciones
Otros costos y gastos variables
Total Costos Directos
1,806,750.00
2,982,185.24
804,750.00
1,002,000.00
233,527.74
2,748,657.50
COSTOS INDIRECTOS Y G. ADMINIST.
Mano de obra indirecta
128,970.60
847.50
123,763.49
2,018.79
3,432.65
5,207.11
-1,171.29
-2,189.67
0.00
4.21%
-58.02%
-63.79%
Utiles de o?cina
Materiales
1,242.98
0.00
Otros costos y gastos variables indirectos
Total Costos Indirectos
Total Costos Fijos
131,061.08
9,378.00
3,122,624.32
129,214.93
21,814.20
1,846.15
-12,436.20
222,937.69
1.43%
-57.01%
7.69%
TOTAL COSTOS - RESIDUOS SOLIDOS
2,899,686.63
5.4.
JUSTIFICACI?N DE LAS VARIACIONES
El costo del Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos determinado para el ejercicio 2021 asciende a S/ 3,122,624.32,
es decir que registra un incremento con respecto a los costos aprobados para el ejercicio 2020.
-
Otros Costos Gastos Variables ? Si muy cierto el costo en este rubro se est? incrementando, es debido al
nuevo contrato que se suscribi? recientemente en donde se tuvo que actualizar los costos del recojo, transporte
y disposici?n ?nal de los residuos s?lidos
RS - OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES DIRECTOS
INCREMENTO
CONCEPTO
COSTO 2021
COSTO 2020
S/
%
Recolecci?n transporte RR.SS.
Disposici?n ?nal RR.SS.
1,456,350.00
350,400.00
0.00
0.00
1,456,350.00
125,650.00
-580,000.00
1,002,000.00
100.00%
224,750.00
580,000.00
804,750.00
55.91%
100.00%
100.00%
Mantenimiento vehicular
Total Otros Costos Directos
1,806,750.00
20
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Todo ello ha motivado que el costo en el servicio de recolecci?n de residuos s?lidos tenga que considerar subsidios; por
lo que, se hace necesario que se traslade m?s costo a los contribuyentes a ?n de lograr sanear las ?nanzas.
5.5.
Contribuyentes y Predios
La distribuci?n del costo del servicio de Residuos S?lidos se ha realizado tomando en cuenta la informaci?n
registrada de predios, contribuyentes y v?nculos (el cual identi?ca la vinculaci?n entre los predios con sus propietarios,
incluyendo copropiedades y propietarios m?ltiples) en el distrito, la cual se relaciona con 18,349 predios y 15,294
contribuyentes.
En lo referente al servicio, que es la gesti?n de Residuos S?lidos identi?ca como afectos a 15,081 contribuyentes en
relaci?n con 18,253 predios, mientras como inafectos se registran a 213 contribuyentes vinculados a 96 predios como
se muestra en el cuadro siguiente:
Residuos S?lidos : Contribuyentes y Predios
Predios
Contribuyentes
V?nculos
Condic?n
Cant
18,349
18,253
96
% Dist
100.00%
99.48%
0.52%
Cant
15,294
15,081
213
% Dist
Cant
21,003
20,698
305
% Dist
100.00%
98.55%
1.45%
Total
100.00%
98.61%
1.39%
Afectos
Inafectos
Debemos anotar que la inafectaci?n mencionada est? referida a los predios de propiedad de:
a.
b.
c.
La Municipalidad Distrital de La Perla, destinado para el uso de sus funciones.
Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per?.
Entidades Religiosas Cat?licas, debidamente constituidas y acreditadas cuyos predios se encuentren
destinados a templos, conventos, monasterios y museos.
Se encuentran inafectos al pago del arbitrio municipal de Serenazgo, los predios de propiedad de las FF.AA y Fuerzas
Policiales destinados para el uso de sus funciones.
As? mismo, se encuentran inafectos al pago de los arbitrios municipales de Recolecci?n de Residuos S?lidos y Parques
y Jardines, los Terrenos sin construir.
Finalmente, se ha considerado la exoneraci?n del 50% al pago de los arbitrios para los predios que acrediten su calidad
de pensionistas y que cumplan con los requisitos exigidos por elArt. 19 del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n
Municipal, como se presenta en el siguiente cuadro:
Residuos S?lidos: Pensionistas - Contribuyentes y predios
Predios
2,659
Contribuyentes
2,713
Relaci?n
2,841
5.6.
Criterios de distribuci?n de Limpieza P?blica - Residuos S?lidos
Uso del predio
Se trata de diferenciar el costo del servicio seg?n el tipo de uso del predio, teniendo en consideraci?n que el uso o
actividad econ?mica es un indicador v?lido del grado de requerimiento del servicio en relaci?n con la generaci?n de
desechos o residuos s?lidos as? como de la frecuencia del mismo. La segmentaci?n de los predios se ha establecido
diferenciando el universo de predios del distrito en categor?as que por la actividad realizada, identi?cada por el uso del
predio, determinan niveles diferentes en la generaci?n de residuos s?lidos o de desechos.
Distribuci?n del costo para el servicio de Limpieza P?blica - Residuos S?lidos