Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que establece la vigencia de los importes de los arbitrios municipales de limpieza pública (recolección de residuos sólidos) parques y jardines y serenazgo del año 2020 reajustados con el Índice de Precios al Consumidor - IPC para el ejercicio fiscal 2021

?A?O DE  LA UNIVERSALIZACI?N    DE LA  SALUD?
Jueves 31  de diciembre  de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
VILLA EL SALVADOR
ORDENANZA N? 438-MVES
ORDENANZA QUE ESTABLECE
LA VIGENCIA DE LOS IMPORTES
DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE
LIMPIEZA P?BLICA (RECOLECCI?N
DE RESIDUOS S?LIDOS), PARQUES Y
JARDINES Y SERENAZGO DELA?O 2020
REAJUSTADOS CON EL ?NDICE DE PRECIOS
AL CONSUMIDOR ? IPC, PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2021
ACUERDO DE CONCEJO N? 377
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL

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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 377
Lima, 03 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha:
VISTO, el O?cio N? D000219-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio  de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT,
de fecha 19 de noviembre de 2020, que  remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 438-MVES, que
establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y jardines
y Serenazgo, del ejercicio 2021 en el distrito de Villa El Salvador, y;
CONSIDERANDO:
Que, en  el  art?culo 74  y 195  de la  Constituci?n  Pol?tica del  Per? en  concordancia con  la  Norma IV  del C?digo
Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N.? 816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza,
pueden crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites
que se?ala la Ley;
Que, de  conformidad con  lo dispuesto  por el  art?culo 40  de la  Ley N?  27972, Ley  Org?nica de  Municipalidades,
las  Ordenanzas  en  materia  tributaria  expedidas  por  las  municipalidades  distritales  deben  ser  rati?cadas   por  las
municipalidades provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que,  en aplicaci?n  de  lo normado  por  la Ordenanza  N?  2085 que  aprueba  el procedimiento  de  rati?caci?n de
ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la municipalidad distrital recurrente aprob? la ordenanza objeto
de la rati?caci?n, remiti?ndola  conjuntamente con el expediente de  rati?caci?n digitalizado, que incluye los  respectivos
informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT, con car?cter de Declaraci?n
Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias.
Que, en ese sentido,  a trav?s del Informe N? D000054-2020-SAT-ART  de fecha 18 de noviembre de  2020, el ?rea
Funcional de Rati?caciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT,
opin? favorablemente respecto a la rati?caci?n solicitada,  por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables
y  la Directiva  N?  001-006-00000015-SAT, publicada  el  30 de  junio  de 2011;  debi?ndose  efectuar las  publicaciones
pertinentes en el Diario O?cial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, la Ordenanza materia de rati?caci?n aprobada mediante la Ordenanza N? 438-MVES, mantiene las disposiciones
t?cnicas establecidas  para el ejercicio  2020, aprobada mediante  Ordenanza N? 414-MVES,  rati?cada por Acuerdo de
Concejo N? 300,  publicados el 29 de diciembre  de 2019, reajustando sus  tasas y costos para el  ejercicio 2021, con la
variaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor al mes de agosto de 2020 (1.24 %) establecido en la Resoluci?n Jefatural
N? 161-2020-INEI; cuyo marco legal tributario aplicable es la Ordenanza N? 382-MVES.
Estando a lo se?alado en  los considerandos que anteceden, en uso de las  facultades previstas seg?n los art?culos
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y 41  de  la Ley  N? 27972,  Ley Org?nica  de  Municipalidades, y  de conformidad  con lo  opinado por  el  Servicio de
Administraci?n Tributaria de  Lima ? SAT  y por la  Comisi?n Metropolitana de Asuntos  Econ?micos y Organizaci?n,  en
su Dictamen  N? 106-2020-MML/CMAEO  de fecha  27de noviembre  de 2020;  el Concejo  Metropolitano de  Lima,  con
dispensa del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1.  Rati?car la Ordenanza  N? 438-MVES, que establece  el r?gimen tributario  de los arbitrios  de Limpieza
P?blica (Recolecci?n de Residuos  S?lidos), Parques y jardines y  Serenazgo del ejercicio 2021 en el  distrito de Villa El
Salvador, y mantiene la aplicaci?n de las tasas  aprobadas y rati?cadas para el ejercicio 2020, reajustadas con el ?ndice
de Precios al Consumidor de 1.24 %, correspondiente al mes de agosto de 2020.
Art?culo 2.  El presente  Acuerdo rati?catorio  para su  vigencia, se  encuentra condicionado  al cumplimiento de  su
publicaci?n hasta el 31 de diciembre del 2020, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati?cada, incluido el Informe
T?cnico. La  aplicaci?n  de la  Ordenanza, materia  de la  presente rati?caci?n,  sin la  condici?n  antes se?alada,  es de
exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio  de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT que posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar  a la Subgerencia de Gobierno  Digital e Innovaci?n la  publicaci?n del presente Acuerdo en  el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde

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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ORDENANZA N? 438-MVES
Villa El Salvador, 28 de setiembre del 2020
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesi?n Extraodinaria de la fecha, y;
VISTOS: El Dictamen N? 006-2020-CRAT-MVES de la Comisi?n de Rentas y Administraci?n Tributaria, el Memorando N?
de la Gerencia Municipal, el Informe N? 365-2020-OAJ/MVES de la O?cina de Asesor?a Jur?dica y el
993-2020-GM/MVES
Informe N? 101-2020-GRATMVES de la Gerencia de Rentas yAdministraci?n Tributaria, sobre aprobaci?n de Proyecto de
Ordenanza que Establece la Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica  (Recolecci?n de
Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo del A?o 2020, Reajustados con el ?ndice de Precios al  Consumidor
?
IPC, para el Ejercicio Fiscal 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constituci?n Pol?tica del Per? en su art?culo 194? modi?cada por la Ley N? 30305, Ley de Reforma Constitucional,
concordante con el art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972,  Ley Org?nica de Municipalidades, establece que
?Los gobiernos  locales gozan  de autonom?a  pol?tica, econ?mica  y administrativa  en los  asuntos de  su competencia,
precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administraci?n, con sujeci?n
al ordenamiento jur?dico?.;
Que, el  Art?culo IV  del T?tulo  Preliminar de  la Ley  N? 27972,  Ley Org?nica  de Municipalidades,  establece que:   ?Los
gobiernos locales  representan al vecindario,  promueven la adecuada  prestaci?n de los  servicios p?blicos locales  y el
desarrollo integral, sostenible  y arm?nico de  su circunscripci?n.?; asimismo,  el art?culo 39? de  la citada Ley,  establece
que: ?Los concejos  municipales ejercen sus funciones de  gobierno mediante la aprobaci?n  de ordenanzas y acuerdos
(?)?;
Que, el  numeral 9)  del art?culo 9?  de la  Ley N? 27972,  Ley Org?nica  de Municipalidades establece  como una  de las
atribuciones del  Concejo Municipal  entre otras la  de: ?Crear,  modi?car, suprimir  o exonerar  de contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias  y derechos,  conforme a  ley.?, siendo  que, el  art?culo 40? de  la precitada  Ley, establece  que: ?(?)
Mediante ordenanzas se crean, modi?can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones,
dentro  de los  l?mites  establecidos por  ley.  Las ordenanzas  en  materia tributaria  expedidas por  las  municipalidades
distritales deben ser rati?cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripci?n para su vigencia. (?)?;
Que, el Art?culo 69? de  la Ley N? 27972, Ley Org?nica  de Municipalidades, se?ala que son rentas  municipales: ?1. Los
tributos creados por  ley a su favor. 2.  Las contribuciones, tasas, arbitrios,  licencias, multas y derechos creados  por su
concejo municipal, los que constituyen  sus ingresos propios.?; en concordancia con lo se?alado  en el art?culo 70? de la
acotada Ley, que se?ala: ?El  sistema tributario de las municipalidades, se rige  por la ley especial y el C?digo Tributario
en la parte pertinente.?;
Que, la Norma IV del  Texto ?nico Ordenado del C?digo Tributario, aprobado mediante  Decreto Supremo N? 133-2013-
EF, se?ala que: ?S?lo por Ley o por Decreto Legislativo, en caso de delegaci?n, se puede: a) Crear, modi?car y suprimir
tributos;  (?); Los  Gobiernos  Locales, mediante  Ordenanza,  pueden crear,  modi?car  y  suprimir sus  contribuciones,
arbitrios, derechos  y licencias o  exonerar de ellos,  dentro de su  jurisdicci?n y con  los l?mites que  se?ala la Ley  (?)?;
siendo que, la Norma II se?ala que el t?rmino gen?rico tributo comprende: ?(?) c) Tasa: Es el tributo cuya obligaci?n tiene
como hecho generador  la prestaci?n efectiva  por el Estado de  un servicio p?blico  individualizado en el  contribuyente.
(?).
Las tasas, entre otras,  pueden ser: 1) Arbitrios: son  tasas que se pagan por  la prestaci?n o mantenimiento de  un
servicio p?blico. (?)?;
Que, el art?culo 60? del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo
N? 156-2004-EF, establece  que: ?Conforme a lo  establecido por el numeral  4 del Art?culo 195? y  por el Art?culo 74?  de
la Constituci?n  Pol?tica  del Per?,  las Municipalidades  crean, modi?can  y suprimen  contribuciones  o tasas  y otorgan
exoneraciones, dentro de  los l?mites que ?je  la ley. En aplicaci?n  de lo dispuesto por  la Constituci?n, se establece  las
siguientes normas generales: a) La creaci?n y modi?caci?n  de tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza, con
los l?mites dispuestos por el presente T?tulo; as? como por lo dispuesto por la Ley Org?nica de Municipalidades. (?)?;
Que, el art?culo 69? de  la Ley citada en el considerando precedente, establece  que: ?Las tasas por servicios p?blicos o
arbitrios, se calcular?n dentro del ?ltimo trimestre de cada ejercicio ?scal anterior al de su aplicaci?n, en funci?n del costo
efectivo del servicio a prestar. La determinaci?n de  las obligaciones referidas en el p?rrafo anterior deber?n sujetarse a
los criterios de  racionalidad que permitan determinar el  cobro exigido por el servicio  prestado, basado en el  costo que
demanda el servicio y su mantenimiento, as? como el bene?cio individual prestado de manera real y/o potencial. (?) Los
reajustes que  incrementen las tasas por  servicios p?blicos o  arbitrios, durante el  ejercicio ?scal, debido  a variaciones
de costo, en ning?n caso pueden  exceder el porcentaje de variaci?n del ?ndice de  Precios al Consumidor que al efecto
precise el Instituto Nacional de Estad?stica e Inform?tica,  aplic?ndose de la siguiente manera: a) El ?ndice de Precios al
Consumidor de Lima Metropolitana se aplica a las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, para el departamento de Lima,
Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao. (?).?;
Que, respecto a lo antes citado, el art?culo 69-A, de la norma acotada establece que: ?Las Ordenanzas que aprueben el
montodelastasasporarbitrios,explicandoloscostosefectivosquedemandaelservicioseg?neln?merodecontribuyentes
de la localidad  bene?ciada, as? como los  criterios que justi?quen  incrementos, de ser el  caso, deber?n ser publicadas

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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a m?s  tardar el 31  de diciembre del  ejercicio ?scal anterior  al de  su aplicaci?n. La  difusi?n de las  Ordenanzas antes
mencionadas se realizar?n conforme a lo dispuesto por la Ley Org?nica de Municipalidades.?; asimismo, el art?culo 69-B,
se?ala que: ?En caso que  las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en  el Art?culo 69-A, en el plazo establecido
por dicha norma, s?lo podr?n  determinar el importe de las tasas por  servicios p?blicos o arbitrios, tomando como base
el monto de las  tasas cobradas por servicios p?blicos o  arbitrios al 1 de enero del  a?o ?scal anterior reajustado con  la
aplicaci?n de la variaci?n acumulada del  ?ndice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del  Departamento o en
la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio ?scal.?;
Que, el  art?culo 2?  de la  Resoluci?n Jefatural N?  161-2020-INEI que  aprueba el  ?ndice de  Precios al Consumidor  de
Lima Metropolitana, correspondiente al mes de agosto del 2020, establece: ?Aprobar el ?ndice de Precios al Consumidor
de Lima Metropolitana (Base:  2009 = 100), correspondiente al  mes de agosto 2020, as?  como su Variaci?n Porcentual
Mensual y Acumulada?; siendo que, al mes de agosto del 2020, la variaci?n porcentual acumulada equivale a 1,24%;
Que, el art?culo 4? de la Ordenanza N? 2085-MML, Ordenanza que sustituye la Ordenanza N? 1533 y modi?catorias, que
aprueba el  Procedimiento de Rati?caci?n  de Ordenanzas Tributarias  en el ?mbito  de la  Provincia de Lima,  establece
el cronograma  para la  presentaci?n de  solicitudes de  rati?caci?n, se?alando  que ?La presentaci?n  de la  solicitud de
rati?caci?n deber? efectuarse ante el SAT a ?n de que emita opini?n t?cnica y legal, ?b) Hasta el ?ltimo d?a h?bil del mes
de setiembre del a?o.?;
Que, el  art?culo 8?  de la  precitada Ordenanza,  establece respecto  a la  solicitud de  rati?caci?n  de la  ordenanza que
prorroga o reajusta los montos de arbitrios de ejercicios anteriores, que: ?Las Municipalidades Distritales podr?n solicitar
la rati?caci?n  de la Ordenanza que  actualice los Arbitrios  Municipales del ejercicio  precedente en funci?n  del IPC, en
aplicaci?n de lo dispuesto en el Art?culo 69-B de la Ley de Tributaci?n Municipal, siempre que cumplan con las condiciones
siguientes: a)  La Ordenanza del  ejercicio precedente cuyas  tasas se quiere  ajustar o  prorrogar, deber? contar  con la
rati?caci?n de  la MML y,  adem?s, encontrarse  conforme al marco  legal vigente al  momento de  la presentaci?n de  la
solicitud. b) En caso  que la Municipalidad Distrital reajuste sus costos  y tasas, ?stas no deber?n exceder  el porcentaje
de variaci?n del  IPC ?jado por el INEI, aplicable  a Lima Metropolitana. c) La  Municipalidad Distrital deber? acreditar el
cumplimiento de sus costos ejecutados, teniendo como base las ?ltimas estructuras de costos de los servicios aprobados
y de ser el caso, reajustados;  en caso de existir variaciones deber?n ser justi?cadas. d)  Los Cuadros de Estimaci?n de
Ingresos Anuales con la aplicaci?n del IPC para cada tipo de arbitrio lo cual no deber?a exceder el costo del servicio. En
cumplimiento de las condiciones  mencionadas en los literales b),  c) y d) antes se?alados  deber?n ser consignados en
el Informe T?cnico Financiero anexo a la  Ordenanza a la que hace referencia el primer p?rrafo del presente art?culo.  El
contenido de dicho Informe se  deber? ajustar a los lineamientos establecidos en la  Directiva de metodolog?a de costos
aprobada por el SAT.?;
Que, con Ordenanza N?  382-MVES se establece el r?gimen tributario  de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica
(recolecci?n  de residuos  s?lidos),  Parques  y Jardines;  y  Serenazgo  en la  jurisdicci?n  de Villa  el  Salvador  para el
ejercicio 2018; rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 485-MML dictada por la Municipalidad Metropolitana de Lima;
posteriormente con Ordenanza N? 393-MVES, de fecha 11 de noviembre de 2018, se determina reajustar los montos de
las tasas aprobadas mediante la Ordenanza N? 382-MVES, mediante  la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor
de Lima Metropolitana, para el Distrito de Villa El Salvador para el ejercicio 2019, siendo rati?cada mediante Acuerdo de
Concejo N? 445-MML  de la Municipalidad Metropolitana  de Lima; siendo  que, mediante Ordenanza N?  414-MVES, de
fecha 27 de setiembre  del 2019, se determina reajustar los  montos de las tasas aprobadas mediante  la Ordenanza N?
393-MVES,
para los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y
Serenazgo, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 445-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante la
aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, para el ejercicio ?scal 2020;
Que,  el  numeral  37.7 del  art?culo  37?  de  la  Ordenanza  N?  435-MVES,  que modi?ca  la  Estructura  Org?nica  y  el
Reglamento de Organizaci?n y Funciones (ROF) con enfoque de Gesti?n de Resultados de la Municipalidad Distrital de
Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N? 369-MVES, establece como funci?n normativa y reguladora de la Gerencia
de Rentas  y Administraci?n  Tributaria, entre  otras, la  de: ?Proponer  la ordenanza  municipal que  aprueba el  Plan de
Administraci?n Tributaria  Municipal, los bene?cios  tributarios, las ordenanzas  de elaboraci?n de  arbitrios municipales,
el Plan Institucional Anual de Cobranza de obligaciones  tributarias y no tributarias en cobranza ordinaria y en  cobranza
coactiva,  el R?gimen  de Aplicaci?n  de  Sanciones Administrativas  ?  RAS y  el  Cuadro de  Infracciones  y Sanciones
Administrativas ? CUIS, y dem?s que resulten inherentes de sus funciones.?;
Que, con  Informe N?  101-2020-GAT/MVES la  Gerencia de  Rentas y Administraci?n  Tributaria, remite  el Proyecto de
Ordenanza que Establece la Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica  (Recolecci?n de
Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo del A?o 2020, Reajustados con el ?ndice de Precios al  Consumidor
?
IPC, para el Ejercicio Fiscal 2021, as? como el Informe T?cnico Financiero N? 001-2020-GRAT/MVES con la aplicaci?n
del IPC, en ese sentido, la  Gerencia de Rentas y Administraci?n Tributaria recomienda que para el ejercicio ?scal 2021
se aplique los costos y tasas de los servicios correspondientes a los arbitrios de recolecci?n de residuos s?lidos, parques
y  jardines y  serenazgo, aprobadas  mediante  Ordenanza N?  414-MVES, debiendo  ser  actualizadas con  la variaci?n
porcentual acumulada, ello con la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor ? IPC, ?jado por el Instituto Nacional de
Estad?stica e Inform?tica, en el marco de lo  establecido en la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, que ?ja en 1.24%
la variaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor para Lima Metropolitana desde el mes de Enero a Agosto de 2020, y en
aplicaci?n de lo establecido en el art?culo 69-B del Decreto Supremo N? 156-2004-EF, que aprueba el TUO de la Ley de
Tributaci?n Municipal;
Que, con  Informe N? 365-2020-OAJ/MVES  la O?cina  de Asesor?a Jur?dica,  teniendo en  consideraci?n lo  establecido
en los art?culos 68?  y 69?-B del Texto ?nico Ordenado de la Ley  de Tributaci?n Municipal, aprobado mediante  Decreto
Supremo  N?  156-2004-EF;  el art?culo  8?  de  la  Ordenanza  N? 2085-MML,  que  sustituye  la  Ordenanza  N?  1533 y
modi?catorias,  que aprueba el Procedimiento  de Rati?caci?n  de Ordenanzas  Tributarias en el ?mbito  de la Provincia
de Lima; el art?culo  2? de la Resoluci?n Jefatural  N? 161-2020-INEI del Instituto  Nacional de Estad?stica e Inform?tica;

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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
el  Informe  N? 101-2020-GRAT/MVES  de  la  Gerencia  de  Rentas  y Administraci?n  Tributaria  y  el  Informe  T?cnico
Financiero N? 001-2020-GRAT/MVES,  que contiene el  cuadro de costos reajustados  aplicable al ejercicio  ?scal 2021,
la actualizaci?n  de  las tasas  para los  arbitrios municipales  para  el ejercicio  ?scal 2021,  los Cuadros  de Estimaci?n
de Ingresos Anuales  con la aplicaci?n  del IPC para cada  tipo de arbitrio, los  cuales han sido  elaborados aplicando lo
establecido en el art?culo  69-B del Decreto Supremo  N? 156-2004-EF; y, el art?culo  8? de la Ordenanza N? 2085-MML;
emite  opini?n legal  precisando  que resulta  procedente  la aprobaci?n  del Proyecto  de  Ordenanza que  Establece  la
Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza  P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques
y Jardines  y Serenazgo  del A?o 2020,  Reajustados con  el ?ndice  de Precios  al Consumidor  ? IPC, para  el Ejercicio
Fiscal 2021,  y el Informe T?cnico  Financiero con la aplicaci?n  del IPC para  el ejercicio ?scal 2021,  por lo que deber?
ponerse en consideraci?n  del Concejo Municipal para su aprobaci?n,  al amparo de lo establecido  en el numeral 9) del
art?culo 9? y art?culo  40? de la Ley N? 27972, Ley Org?nica  de Municipalidades, y su posterior  rati?caci?n por parte del
Servicio de Administraci?n  Tributaria ? SAT;
Que, con  Memorando N?  993-2020-GM/MVES la Gerencia  Municipal, de  conformidad a  su funci?n establecida  en el
numeral 14.20 del art?culo 14? de la Ordenanza N?  435-MVES, que modi?ca la Estructura Org?nica y el Reglamento de
Organizaci?n y Funciones (ROF) con enfoque de Gesti?n de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador
aprobado  con Ordenanza  N?  369-MVES, que  se?ala:  ?Proponer al/la  alcalde/sa,  aquellos temas  que  requieran ser
incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal?; remite a la Secretar?a General, los actuados administrativos
respecto al proyecto de Ordenanza  que Establece la Vigencia de los Importes de  los Arbitrios Municipales de Limpieza
P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo del A?o 2020, Reajustados con el ?ndice de
Precios al Consumidor ? IPC, para el Ejercicio Fiscal 2021 y el Informe T?cnico Financiero, N? 001-2020-GRAT/MVES, a
?n de ponerlo a consideraci?n del Concejo Municipal para su aprobaci?n;
Estando   a  los  informes   t?cnicos   y  legales   se?alados   en  los   considerandos   precedentes   y  al  Dictamen   N?
006-2020-CRAT-MVES
de la Comisi?n  de Rentas  y Administraci?n Tributaria,  y en  uso de las facultades  conferidas
por el numeral  8) y 9) del art?culo  9? y 40? de  la Ley Org?nica  de Municipalidades,  Ley N? 27972,  y luego del debate
correspondiente  y con  dispensa del  tr?mite de lectura  y aprobaci?n  de Acta,  el Pleno de  Concejo Municipal  aprob?
por Mayor?a  la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LA VIGENCIA DE LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
DE LIMPIEZA P?BLICA (RECOLECCI?N DE RESIDUOS SOLIDOS), PARQUES Y JARDINES
Y SERENAZGO DEL A?O 2020 REAJUSTADOS CON EL ?NDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ? IPC,
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
ART?CULO PRIMERO.- Marco Legal Aplicable
APLICAR para el  ejercicio ?scal 2021, lo  dispuesto en la Ordenanza  N? 382-MVES que aprob?  el R?gimen Tributario
de los Arbitrios Municipales  de Limpieza P?blica (Recolecci?n  de Residuos S?lidos); Parques  y Jardines y Serenazgo
para el Ejercicio 2018, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 485-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
publicada en  el Diario O?cial  El Peruano el 31  de diciembre del  2017, la misma  que regula las  Tasas de los Arbitrios
Municipales antes mencionados.
ART?CULO SEGUNDO.- Determinaci?n de Tasas de Arbitrios Municipales
REAJUSTAR los montos de  las tasas aprobadas mediante la Ordenanza  N? 414-MVES, para los Arbitrios Municipales
de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos  S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo, rati?cada mediante Acuerdo
de Concejo  N? 300-MML  de la  Municipalidad Metropolitana de  Lima, mediante  la aplicaci?n  del ?ndice  de Precios  al
Consumidor de  Lima Metropolitana, acumulado  al mes de  agosto de  2020, ascendente a  1.24%, aprobado mediante
Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI.
ART?CULO TERCERO.- Aprobaci?n del Informe T?cnico Financiero
APROBAR el Informe T?cnico Financiero N? 001-2020-GRAT/MVES que da cuenta del sustento para el  mantenimiento
de los costos  y el reajuste de  las Tasas con la Aplicaci?n  del IPC, para los Arbitrios   Municipales de Limpieza  P?blica
(Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo, aprobadas mediante la Ordenanza N? 414-MVES,
el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO CUARTO.- De la Vigencia de la Norma
La presente Ordenanza entrar? en vigencia a partir del 01  de Enero del 2021, previa publicaci?n del texto normativo en
el Diario O?cial El Peruano, conjuntamente con el Informe T?cnico Financiero N? 001-2020-GRAT/MVES y el Acuerdo de
Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la rati?ca.
ARTICULO QUINTO.- Cumplimiento y Difusi?n.
ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administraci?n Tributaria y a todas las Unidades Org?nicas correspondientes, el
debido cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Unidad de Imagen Institucional la difusi?n de la misma.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, FINALES
Y DEROGATORIAS
PRIMERA.- DEROGAR toda norma que se contraponga a la presente Ordenanza.
SEGUNDA.-  ENCARGAR a  la  Secretaria  General,  la publicaci?n  de  la  presente Ordenanza  y  el  Informe T?cnico
Financiero N?  001-2020-GAT/MVES, as? como el  Acuerdo de Concejo de  la Municipalidad Metropolitana  de Lima que
la rati?ca, en el  Diario O?cial El Peruano y  a la Unidad de Desarrollo  Tecnol?gico la publicaci?n del texto  ?ntegro de la
presente norma, en  la P?gina Web Institucional del  Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima  (SAT) (www.sat.gob.
pe), as? como en el Portal Institucional de  la Municipalidad de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe), el mismo d?a de
su publicaci?n en el diario o?cial El Peruano.

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
7
TERCERA.-  PRECISAR que  si alg?n  contribuyente  se sintiese  afectado  respecto a  la informaci?n  en  base al  cual
se  han  determinado  y  acotado  los  Arbitrios  Municipales,  respecto   a la  cantidad   de habitantes,   ?rea  de  predio,
ubicaci?n  del predio  y/o uso  efectivo, podr?  modi?car  la informaci?n  correspondiente;  mediante  la presentaci?n  de
la Declaraci?n  Jurada  respecto  a los  datos  de Arbitrios,  la misma  que  ser? objeto  de ?scalizaci?n  previa  y surtir?
efectos de  comprobarse su  exactitud a  trav?s de  la inspecci?n  ocular que  para tal efecto  realice la  Subgerencia de
Fiscalizaci?n Tributaria.
CUARTA.- ESTABLECER como tope en caso de incremento de las tasas de arbitrios municipales aplicables para el a?o
2021
aprobadas con la presente Ordenanza,  el m?ximo de quince por ciento (15%)  con relaci?n a las aprobadas en la
Ordenanza N? 414-MVES, que aprueba los Arbitrios de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos); Parques y
Jardines y Serenazgo para el A?o 2020.
Registrese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
C. KEVIN Y?IGO PERALTA
Alcalde
INFORME T?CNICO FINANCIERO N? 001-2020-GRAT/MVES
1.
Nivel de cumplimiento de los Costos 2020
En aplicaci?n a lo establecido en el Decreto Supremo N? 156-2004-EF, que aprob? el Texto ?nico Ordenado de la Ley de
Tributaci?n Municipal, en relaci?n con la aprobaci?n anual de los importes de los Arbitrios Municipales, al mes de Agosto
la O?cina de  Planeamiento y Presupuesto a  trav?s de su Informe  N? 134-2020-UP-OPP/MVES, present? la  Ejecuci?n
Presupuestal por los servicios de Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, informaci?n que fue
complementada con la Proyecci?n de Gastos de los meses de Setiembre a Diciembre del presente ejercicio, resultados
que se detallan a continuaci?n:
Proyecci?n
Costos
Aprobados
2020
Nivel de
Cumplimiento
2020
Ejecutado a
Agosto 2020
S/
Setiembre
a Diciembre
2020
Total
Anual
S/
% de
Avance
% de
Avance
Servicio
S/
%
S/
Recolecci?n de
Residuos S?lidos
13,966,695.33
8,852,994.44  63.39%      5,163,570.86  36.97%
14,016,565.30
100.36%
Parques y Jardines
Serenazgo
Total
2,805,898.83
4,005,132.88
20,777,727.04
1,136,674.22  40.51%      1,669,869.13  59.51%
2,518,352.82  62.88%      1,560,861.69  38.97%
12,508,021.48  60.20%      8,394,301.67  40.40%
2,806,543.34
4,079,214.51
20,902,323.15
100.02%
101.85%
100.60%
Como se puede observar se ha  llegado alcanzar al mes de Agosto el 63.39% en la ejecuci?n  de los costos del servicio
de Recolecci?n de Residuos S?lidos, el 40.51% en lo que respecta al servicio de Parques y Jardines y 62.88% respecto
al Servicio de Serenazgo.
Del an?lisis de los  resultados, realizado por las ?reas prestadoras  de servicios, la Gerencia de Servicios  a la Ciudad y
Gesti?n Ambiental, mediante su Memor?ndum  N? 376-2020-GDCGA-MVES mani?esta que la  ejecuci?n alcanzada por
el Servicio de  Recolecci?n de Residuos S?lidos  demuestra el uso  e?ciente de los recursos  asignados a este servicio;
y, respecto  al Servicio  de Parques y  Jardines, se?ala  que las actividades  han sido  reprogramadas ante  las medidas
adoptadas por la situaci?n de Emergencia Sanitaria y Pandemia COVID-19, por lo que se viene ejecutando un programa
intensivo de recuperaci?n  de ?reas verdes en  la ?ltima parte del a?o,  que demandar? un importante  uso de recursos,
tales como: mano de obra cali?cada, materiales y servicios. Esto permitir? que al mes  de Diciembre se ejecute el 100%
de los costos proyectados.
Es as?  que, en el  Servicio de Recolecci?n  de Residuos S?lidos,  la adquisici?n de  uniformes se realizar?  en el  ?ltimo
trimestre  del a?o,  proceso  que se  encuentra  consignado en  el  Plan Anual  de  Contrataciones, de  igual  manera se
encuentra programada la adquisici?n de llantas para la ?ota vehicular, la dotaci?n de ?tiles de o?cina y la renovaci?n de
seguros vehiculares. Esto permitir? que al mes de Diciembre del presente ejercicio alcance una ejecuci?n del 100.36%.
Respecto  al Servicio  de Parques  y  Jardines, el  programa intensivo  de  recuperaci?n de  ?reas verdes  que  se viene
ejecutando, demandar? una mayor dotaci?n de uniformes  (adquisici?n programada en el Plan Anual de Contrataciones
para el ?ltimo  trimestre del a?o), la adquisici?n  de los accesorios de  seguridad, herramientas e insumos  de jardiner?a;
asimismo, se regularizar? el  consumo de combustibles de acuerdo a  lo programado en la Ordenanza vigente,  adem?s
del mantenimiento preventivo  y correctivo, de ser el  caso, de la ?ota vehicular  asignada a este servicio, a  trav?s de la
compra de llantas y la atenci?n en talleres especializados. Se est? considerando adem?s la dotaci?n de ?tiles de o?cina
y la  renovaci?n de  seguros vehiculares.  Esto permitir?  que al  mes de  Diciembre  del presente  ejercicio alcance  una
ejecuci?n del 100.02%.

8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
En  cuanto  al servicio  de  Serenazgo,  la  Gerencia  de  Seguridad  Ciudadana  y  Vial,  a  trav?s  de su  Memor?ndum
N?  230-2020-GSCV-MVES   informa  que  los  resultados  alcanzados   demuestran  el  uso  e?ciente  de  los  recursos
asignados  a este servicio,  lo que permitir?  que al  mes de Diciembre  se ejecute  el 100% de  los costos proyectados.
Habi?ndose  programado  la  adquisici?n  de  uniformes  para el  ?ltimo  trimestre  del a?o,  proceso  que  se encuentra
consignado  en  el  Plan  Anual  de Contrataciones,   as?  como  la  adquisici?n  de  llantas  para  la  ?ota  vehicular  y  la
renovaci?n  de la  mayor parte  de los SOAT.  Esto permitir?  que  al mes de  Diciembre  del presente  ejercicio  alcance
una ejecuci?n  del 101.85%.
Del an?lisis  realizado a la ejecuci?n  presupuestal, tal como  se se?ala en  el documento de  la referencia, esta ha  sido
?nanciada principalmente por la Municipalidad, sin embargo, ha contado con apoyo del Gobierno Central ante la situaci?n
de Emergencia Sanitaria y Pandemia mundial COVID-19.
Considerando lo  manifestado  l?neas arriba,  pese a  la situaci?n  de Emergencia  Sanitaria y  Pandemia COVID-19,  se
observa que los costos aprobados en su oportunidad  por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador para el presente
a?o, vienen  siendo empleados  por  la actual  Gesti?n con  responsabilidad y  e?ciencia, situaci?n  que permitir?  que a
?nes del ejercicio 2020  se cumpla con alcanzar y  eventualmente, superar los niveles de prestaci?n  de los servicios de
Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, respecto a lo aprobado mediante Ordenanza N? 414-
MVES, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 300, normas que fueron publicadas en el Diario O?cial
?El Peruano? el 29 de diciembre del 2019.
2.
Costos aprobados para el ejercicio 2021
Atendiendo a que  la informaci?n de costos  del a?o 2020,  resulta siendo la que  efectivamente requieren las gerencias
prestadoras para  la atenci?n de  los servicios en  el ejercicio  2021, la Municipalidad  Distrital de Villa  El Salvador, bajo
los lineamientos  t?cnicos se?alados y de  conformidad con el  art?culo 8? de  la Ordenanza 2085-MML, ha  procedido al
establecimiento de los costos de los servicios de Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, y el
importe de las Tasas deArbitrios correspondientes al ejercicio 2021, tomando como base aquellas que fueran establecidas
mediante Ordenanza N? 414?MVES, reajustadas con la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor ? IPC
al mes de  agosto para Lima  Metropolitana, ascendente a 1.24%,  establecido en la Resoluci?n  Jefatural N? 161-2020-
INEI.
Bajo los lineamientos t?cnicos se?alados, se ha procedido al establecimiento de los costos de los servicios de Recolecci?n
de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2021, conforme al cuadro detalle que
se indica a continuaci?n:
Costos
Aprobados 2020
S/
Costos
Ejercicio 2021
S/
IPC a Agosto 2020
%
Diferencia
S/
Servicio
Recolecci?n de Residuos S?lidos
Parques y Jardines
Serenazgo
13,966,695.33
2,805,898.83
4,005,132.88
20,777,727.04
1.24%
1.24%
1.24%
1.24%
14,139,882.35
2,840,691.98
4,054,796.53
21,035,370.85
173,187.02
34,793.15
49,663.65
257,643.82
Total
3.
Cuadro de Tasas
En  el caso  de  las  tasas por  los  servicios de  Recolecci?n  de  Residuos S?lidos,  Parques  y Jardines  y  Serenazgo,
correspondientes al Ejercicio Fiscal 2021, estas son las establecidas en la Ordenanza N? 414-MVES, rati?cada mediante
Acuerdo de  Concejo Metropolitano  N? 300,  normas que  fueron publicadas  en el Diario  O?cial ?El  Peruano? el  29 de
diciembre del 2019, reajustadas con la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor ? IPC al mes de agosto
para Lima  Metropolitana, ascendente a  1.24%, establecido en  la Resoluci?n Jefatural  N? 161-2020-INEI,  tal como se
detalle en los cuadros siguientes:
ACTUALIZACION DE LAS TASAS PARA LOS
ARBITRIOS MUNICIPALES 2021
PREDIOS Y CONTRIBUYENTES
La  distribuci?n   del  costo   para  todos   los  servicios   (Recolecci?n   de  Residuos   S?lidos,  Parques   y  Jardines   y
Serenazgo)  se efect?a  sobre  la informaci?n  almacenada  en la  base de datos  del registro  predial,  en el  cual se  ha
identi?cado  a 80,515  contribuyentes  de los cuales  2,146 contribuyentes  son  inafectos, haciendo  un total  de 78,309
contribuyentes  afectos  en  el caso  de los  Servicios  Municipales  de Recolecci?n   de Residuos  S?lidos  y Parques  y
Jardines;  en  el caso  del  Serenazgo  de  80,515  contribuyentes,  2,147  son  inafectos  y  78,368  son afectos  a  este
tributo  similar cantidad  de  predios afectos,  inafectos  y exonerados  que  son proyectados  en  la Ordenanza  N? 414-
MVES  vigente  para el  2020,  no existiendo  mayor  variaci?n  en  el n?mero  de  predios  para el  2021  de acuerdo  al
Memorando  N? 369-2020-GDU-MVES  de la Gerencia  de Desarrollo  Urbano,  encontr?ndose  re?ejado en la  Base de
Datos de Administraci?n  Tributaria,  conforme  se se?ala  en el Informe  N? 0127-2020-UDT-OGA/MVES  de  la Unidad
de Desarrollo  Tecnol?gico.

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
9
NUMERO DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES DE RECOLECCION DE
RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO
PROPIETARIOS
PREDIOS
Servicio
Inafecto
Afectos
Total de
Inafecto
Afectos
Exonerados
Total
Total Predios
Propietarios
Recolecci?n de Residuos
S?lidos
2,146
2,146
2,147
78,309
78,336
78,368
80,515
80,515
80,515
2,436
2,436
2,438
94,220
94,347
94,347
458
331
329
94,678
94,678
94,676
97,114
97,114
97,114
Parques y Jardines
Serenazgo
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N DEL SERVICIO DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS
1.
CRITERIOS DE DISTRIBUCION C?LCULO DE LA TASA
El Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos ha sido calculado en relaci?n a los siguientes criterios:
a)
N?mero de habitantes. - Solo para el servicio de recolecci?n de residuos s?lidos del uso de Casa Habitaci?n, se
toma en cuenta el promedio  que se obtiene de la densidad poblacional del  distrito por cada una de las 04  zonas
que ha sido dividido el distrito.
b)
c)
Tama?o del Predio. - Expresado en m2. De ?rea construida.
Uso de Predio. - Es la actividad que tiene un predio que puede ser:
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
Casa Habitaci?n.
Comercio.
Restaurant, chifa, poller?a, similar.
Mercado Mayorista.
Mercado Grande.
Mercado mediano y peque?o.
Industria, Taller de Producci?n, Almac?n.
Establecimientos de Salud, Centros M?dicos, Postas.
Entidad de Servicios P?blicos.
Centros Educativos, Institutos Superiores, Universidades.
Centro Recreacional Playa, Clubs, Alojamientos.
Gobiernos Locales.
Templo, Convento, Monasterio.
Compa??a de Bomberos, Polic?a Nacional.
La descripci?n de los usos corresponde a la realidad del distrito en lo concerniente a la relevancia en la generaci?n de residuos
s?lidos, asimismo, la clasi?caci?n permite aproximarse en la asignaci?n del costo del servicio de una manera equitativa.
Para la determinaci?n  del costo relativo  por usos del servicio  de recolecci?n, se  ha categorizado los predios  en Casa
Habitaci?n, Comercio,  Restaurant,  chifa, poller?a,  similar, Mercado  Mayorista, Mercado  Grande, Mercado  mediano y
peque?o,  Industria,  Taller de  Producci?n,  Almac?n,  Establecimientos  de  Salud,  Centros M?dicos,  Postas,  Entidad
de Servicios  P?blicos,  Centros Educativos,  Institutos Superiores,  Universidades, Centro  Recreacional,  Playa, Clubs,
Alojamientos, Gobiernos Locales, Templo, Convento, Monasterio, Compa??a de Bomberos y Polic?a Nacional.
De los usos se ha estimado la generaci?n de residuos s?lidos expresado en toneladas anual por tipo de predio, el mismo que se
extrae del Estudio de Caracterizaci?n de Residuos S?lidos del Informe N? 265-2017-SGLPM/GSMGA/MVES, de lo que se estima
el porcentaje de participaci?n, con respecto al total de toneladas anual a nivel del distrito y de todos sus usos. Cabe precisar que,
el estudio de caracterizaci?n de los residuos s?lidos nos permite tener informaci?n y datos m?s exactos y precisos del distrito.
C?lculo de la tasa para predios de uso Casa Habitaci?n:
Con el  objeto  de diferenciar  la tasa  de los  predios del  mismo tama?o  (?rea  construida) pertenecientes  al uso  casa
habitaci?n,  se considera  el criterio  de  habitantes el  elemento  diferenciador. Se  entiende  que, a  mayor cantidad  de
habitantes en el predio, mayor es el disfrute del servicio por lo tanto le corresponde una mayor tasa del arbitrio.
En ese sentido se presenta la siguiente f?rmula que tiene incorporado dicho criterio:
Monto a pagar (soles) = T x A x (1 + (H ? P) x V)
Ahora bien, si un predio con igual cantidad de habitantes (H) al promedio de habitantes por predio (P) le corresponde  el
100%
del costo, entonces a un habitante le corresponder? el 100% entre el promedio de habitantes por predio (P), por lo
que la variaci?n del costo (V) se obtiene de la siguiente manera: V = (1/P).

10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Los valores de las variables ?P? y ?V? se determinar? por todo el distrito en el siguiente cuadro.
Predios
[1]
Habitantes
[2]
Promedio de Habitantes por Predio (P)  Variaci?n del Costo por Habitante (V)
[3]=[2]/[1]
[4]=[1]/[3]
78,880
523,017
6
0.16
La cantidad  de habitantes  proyectadas del  INEI asciende a  523,017 personas  y la  cantidad de  predios de uso  casa
habitaci?n pertenece al registro predial de la Municipalidad.
Para aquellos contribuyentes  que no han presentado su  declaraci?n jurada, se determinar? como  n?mero de habitantes
del predio (H) el promedio de habitantes por predio (P). La presunci?n respecto del n?mero de habitantes del predio admite
prueba en contrario, la cual se formaliza mediante la presentaci?n de la declaraci?n jurada de informaci?n complementaria.
De?nici?n de las variables de la F?rmula
T: Tasa por zona de servicio (soles/metro cuadrado) A: ?rea construida del predio (metros cuadrados) H: Habitantes del
predio
P: Promedio de habitantes por predio V: Variaci?n del costo por habitante
C?lculo de la tasa para predios de usos distintos a Casa Habitaci?n:
?
?
?
?
Identi?car el uso al cual pertenece el predio.
Identi?car la tasa que le corresponde al predio seg?n su uso.
Identi?car la cantidad de metros cuadrados del ?rea construida que tiene el predio.
Finalmente se determina el monto a pagar, multiplicando la tasa que le corresponde por los metros cuadrados del
predio.
Monto a pagar (soles) = Tasa (soles/metro cuadrado) x Tama?o del predio (metros cuadrados)
Arbitrio Municipal de Recolecci?n de Residuos S?lidos
CASA HABITACION
Tasa Anual x m? 2020
Tasa Anual x m? 1.24% 2021
Tasa Mensual x m? 2021
Zona
S/
S/
S/
1
2
3
4
0.96
0.83
0.76
0.68
0.97
0.84
0.76
0.68
0.081
0.070
0.063
0.057
OTROS USOS
Uso
Categor?a de Uso
Tasa Anual x
m? S/
Tasa Anual con
IPC 1.24%
Tasa Mensual S/
2020
1.68
2021
1.70
2021
0.142
1
2
Comercio
Restaurant, Chifa, Poller?a / Similares
Mercado Mayorista
1.08
1.09
0.091
3.757
12.997
0.258
0.480
0.155
0.075
0.623
0.074
0.122
3
44.53
154.05
3.07
45.08
155.96
3.10
4
Mercado Grande
5
Mercado Mediano y Peque?o
6
Industria / Taller de Producci?n / Almac?n
Establecimientos de Salud, Centros M?dicos, postas
Entidad de Servicios P?blicos
5.69
1.84
0.89
7.38
0.88
1.45
5.76
7
1.86
8
0.90
9
Centros Educativos/ Inst. Superiores/ Universidades
Centro Recr. Playa /Clubs/ alojamiento
Gobiernos Locales
7.47
10
11
0.89
1.46

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
11
Uso
Categor?a de Uso
Tasa Anual x
m? S/
Tasa Anual con
IPC 1.24%
Tasa Mensual S/
2020
2021
0.46
2.10
0.09
2021
0.038
0.175
0.008
12
13
14
Templo Convento Monasterio
Compa??a de Bomberos
Polic?a Nacional
0.46
2.08
0.09
Con relaci?n,  a la  aplicaci?n del  D.L.  1278, que  aprueba la  Ley de  Gesti?n de  Residuos S?lidos  y su  Reglamento,
mediante INFORME N? 235-2020-SGLPPEA-GSCGA/MVES la Sub Gerencia de Limpieza P?blica Parques y Evaluaci?n
ambiental de la Municipalidad  de Villa El Salvador informa que  en el Distrito no se cuenta  con Laboratorios de Ensayo
Ambiental, y en relaci?n a las Veterinarias y Lubricentros la Municipalidad determin? el pesaje las tasas, en funci?n a los
residuos comunes.
Mediante Decreto Legislativo N?  1501 publicado en el Diario  O?cial el Peruano el 11  de mayo del 2020, se  modi?ca el
Decreto Legislativo N? 1278, que aprueba Ley de Gesti?n Integral de Residuos S?lidos, a ?n de contemplar disposiciones
referidas al manejo de los residuos s?lidos en situaciones de emergencia y la correspondiente prestaci?n del servicio de
gesti?n integral de los residuos s?lidos.
Con respecto a la  aplicaci?n del Art. 34 del Decreto Supremo  N? 014-2017-MINM, por los generadores mayores  a 500
litros, se aplicar? lo dispuesto en la normativa vigente, al amparo de lo dispuesto en el Art. 80, numerales 3 y 4, de la Ley
Org?nica de Municipalidades, por lo que se ha reiterado la solicitud de modi?caci?n del citado art?culo mediante el O?cio
N? 036-2020-GSCGA/MVES al Ministerio del Ambiente, a su vez y dando respuesta a nuestra solicitud inicial con el O?cio
N? 00093-2020-MINAM/VMGA/DGRS de fecha 13-02-2020el Ente Rector se?al? que prever? la modi?caci?n de algunas
disposiciones del Reglamento de la LGIRS, entre las que se considerara mejorar el esquema planteado en su art?culo 34.
2.
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
C?LCULO DE LA TASA DE PARQUES Y JARDINES ? 2021
Tasa Anual x
Predio S/
Tasa Anual Con IPC
1.24% x Predio S/
Tasa Mensual x
Predio S/
Ubicaci?n del Predio
2020
65.92
47.56
22.65
2021
66.73
48.14
22.93
2021
5.561
4.012
1.911
Frente a ?reas Verdes
Cerca de ?reas Verdes hasta  100 ML
Lejos de ?reas Verdes
CRITERIOS DE DISTRIBUCION
Para la distribuci?n de Parques y Jardines se han utilizado los siguientes criterios de distribuci?n:
9
Ubicaci?n del predio
La ubicaci?n del predio es un  criterio determinante, pues su cercan?a a las ?reas verdes del  distrito, se convierte
en el indicador b?sico  de la intensidad real o potencial. Es  decir, quien habita frente a un ?rea  verde, recibe real
o potencialmente un mayor servicio  expresado en goce de la calidad ambiental,  paisajismo, recreaci?n, deporte,
ornato, entre otros, respecto a alguien que vive alejado del mismo.
Considerando este concepto de disfrute, se ha efectuado la categorizaci?n de los predios en raz?n de su acceso a
las ?reas verdes en tres categor?as, predios frente de ?reas verdes, predios cerca de ?reas verdes y predios lejos
de ?reas verdes.
Predios frente  a Parque  P?blico y  ?reas verdes.  - Son  todos aquellos  predios que se  encuentran frente  a los
parques del distrito.
Predios cerca  de parques hasta 100  metros. - Son  aquellos predios que  se encuentran cerca de  los parques y
?reas verdes y hasta 100 metros de distancia.
Predios lejos de ?reas verdes. - Son aquellos que se encuentran a una distancia mayor a 100 metros de distancia.
Disfrute potencial
9
Se re?ere al  disfrute potencial que reciben  las personas respecto a  las ?reas verdes del  distrito, el cual mide  el
nivel de  mantenimiento y disfrute de  las ?reas verdes  y se presume  mayor prestaci?n del  servicio. Informaci?n
sustentada con el informe N? 284-2017-GSCGA/MVES de la Ordenanza N? 382-2017-MVES.
El m?todo de c?lculo del indicador consiste en:

12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
o
Determinar el promedio de las  respuestas por ubicaci?n de predio, seg?n la escala  utilizada (1 igual a muy
mala; 2 igual a mala, 3 igual a regular, 4 igual a buena y 5 igual a muy buena), mediante las preguntas sobre
el mantenimiento  del ?rea verde  (?C?mo cali?ca el  servicio de parques  y jardines?) y  el disfrute del  ?rea
verde (?Cu?l es el nivel de bene?cio de las ?reas verdes?)
o
o
Determinar el ?Nivel de mantenimiento? y ?Nivel de disfrute? de las  ?reas verdes, porcentual usando el valor
promedio de las respuestas sobre el valor m?ximo de la escala.
Determinar  el  ?Disfrute del  ?rea  verde?,  multiplicando  el nivel  de  mantenimiento  y  el nivel  de  disfrute.
Finalmente  determinar el  ?Disfrute  potencial?,  dividiendo  el valor  del  ?Disfrute  del ?rea  verde?  de  cada
ubicaci?n de predio entre la base el cual se ha tomado el valor de ?PJ3? como referencia (0.06).
3.
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N DEL SERVICIO DE SERENAZGO
CRITERIOS DE DISTRIBUCION DEL SERVICIO DE SERENAZGO
La distribuci?n del costo del servicio de Serenazgo se efect?a de la siguiente manera:
9
9
Uso del Predio. - La Actividad que se realiza en un predio es uno de los factores que inciden en el nivel de  riesgo
potencial que genera y por tanto en el nivel de seguridad que requerir?. Es por ello, que aquellos usos o giros que
por sus caracter?sticas generan mayor riesgo demandaran una mayor prestaci?n del servicio de serenazgo.
Ubicaci?n del Predio.-  En las zonas  municipales se ha determinado  distintos niveles de peligrosidad  relativa en
raz?n al n?mero de intervenciones (incidencias) As? se ha  considerado que el uso del servicio se intensi?car? en
aquellas zonas de mayor peligrosidad relativa (n?mero de incidencias), correspondiendo a los predios ubicados en
ellas, la zoni?caci?n, ubicaci?n del predio en cada una de  ellas y que por tanto requieren de mayor presencia del
servicio de Serenazgo, y su consecuente log?stica.
9
Participaci?n y Costo Relativo. - Del cuadro Resumen de incidencias por zonas (09 establecidas para el distrito) y los
usos de los predios, nos permite determinar el porcentaje de participaci?n, respecto de las zonas y usos de los predios,
el mismo que es utilizado para la determinaci?n del costo relativo por zonas; de acuerdo a los cuadros siguientes:
A partir  del registro  de intervenciones por  zonas de  servicio y  categor?a de  uso se  establece el porcentaje  de
participaci?n del costo, el cual resulta de dividir la cantidad de intervenciones por zonas de servicio y categor?a de
uso entre el total de intervenciones.
ZONA I
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
HABITACION / VIVIENDA
2020
S/
25.75
84.08
193.43
194.79
211.02
183.25
72.29
-
26.06
85.12
195.82
197.20
213.63
185.52
73.18
-
2.172
7.093
16.318
16.433
17.803
15.460
6.098
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
-
ZONA II
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
36.53
96.36
36.98
97.55
3.082
8.129
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
263.78
400.48
428.64
654.90
166.77
267.05
405.44
433.95
663.02
168.83
22.254
33.787
36.163
55.252
14.069
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
13
ZONA III
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
30.63
135.53
263.78
567.75
184.64
226.10
122.29
288.76
-
31.00
137.21
267.05
574.79
186.92
228.90
123.80
292.34
-
2.583
11.434
22.254
47.899
15.577
19.075
10.317
24.362
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
ZONA IV
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
26.52
65.66
260.25
-
26.84
66.47
263.47
-
2.237
5.539
21.956
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
189.92
240.33
83.61
-
192.27
243.31
84.64
-
16.023
20.276
7.053
-
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
-
ZONA V
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
26.70
101.08
263.78
424.37
211.02
299.10
82.34
-
27.03
102.33
267.05
429.63
213.63
302.80
83.36
-
2.253
8.528
22.254
35.803
17.803
25.233
6.947
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
849.86
860.39
71.699
ZONA VI
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
19.83
30.91
20.07
31.29
1.673
2.608
15.577
184.64
186.92

14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
-
-
142.42
231.43
55.54
-
-
11.868
19.286
4.628
-
140.68
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
228.60
54.86
OTROS SERVICIOS (4)
-
-
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
ZONA VII
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
24.70
87.09
527.56
420.35
211.02
195.19
57.55
-
25.00
88.16
534.10
425.56
213.63
197.61
58.26
-
2.083
7.347
44.508
35.463
17.803
16.468
4.855
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
-
ZONA VIII
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
23.41
29.80
211.02
140.68
-
23.70
30.16
213.63
142.42
-
1.975
2.513
17.803
11.868
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
35.17
79.13
-
35.60
80.11
-
2.967
6.676
-
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
-
ZONA IX
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
USO COMERCIAL
24.52
52.75
-
24.82
53.40
-
2.068
4.450
-
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
21.85
22.12
1.843

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
15
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
105.50
106.80
8.900
121.74
123.24
10.270
76.73
77.68
6.473
OTROS SERVICIOS (4)
-
-
-
-
-
-
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
ZONAS URBANAS DE ATENCION DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES RELACI?N DE AGRUPAMIENTOS DEL
DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR: ASOCIACIONES, URBANIZACI?N, COOPERATIVA, AA. HH Y OTROS.
Zonas Urbanas de atenci?n del servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos para el a?o 2021
TERRITORIO
SECTORES Y ZONAS
Sector 01, que comprende 26 grupos residenciales, y 8AA.HH. yAsociaciones Vecinales ubicadas en el
Cerro La Papa (Balcones de Villa, Las Praderas de Villa, AA.HH. Villa Uni?n, P.J. Bello Horizonte, Las
Terrazas de Villa, Nuevo Para?so, Villa Victoria, AA.HH. Hijos de Villa).
I
II
Sector 02, que comprende 26 grupos residenciales.
Sector 03, que comprende 31 grupos residenciales.
III
Urb. Pachacam?c, Etapas 01,02, 03, 04, Parcelas 03-A y Parcela 3-C. AA.HH. Del Grupo Residencial
"G": AA.HH. Se?or de los  Milagros, AA.HH. Quebrada Nuevo Horizonte, AA.HH. Pr?ncipe de Asturias
Grupo D,  AA.HH. Pr?ncipe  de Asturias  Ampliaci?n Grupo  D, AA.HH.  Pr?ncipe de  Asturias Grupo  F,
AA.HH. Pr?ncipe de Asturias Ampliaci?n Grupo F,Portales de Pachacamac, AA.HH. La Paz, Ampliaci?n
de Vivienda  Parcela del  Grupo G3  Parcela C-3, AA.HH.  Residencial "G"  Parcela 3c, Asociaci?n  de
Vivienda Ferroviario,  Asociaci?n de  Vivienda Santa  Mar?a de  Villa,  Conjunto Habitacional  Barrio III
Sector 2, Conjunto Habitacional 8 de febrero, Asociaci?n de Vivienda de Tallerista HoyadaAlta.
IV
Sector 05: Coop. Virgen de  Cocharcas, Asoc. Villa Jes?s, Asoc. Virgen de la Familia, Asoc. Granada,
Coop. Jos? Mar?a Arguedas, Asoc. Republica de Francia, Asoc. Villa  del Mar, Asoc. Jes?s La Luz del
Mundo, Asoc. San  Ram?n, Asoc. Cruz  de Motupe, Asoc.  Santa Beatriz  de Villa, Asoc.  Virgen de la
Familia.
Zona Agropecuaria  (Asociaciones y  Cooperativas Agropecuarias  de Vivienda):  Asoc. Santa  Beatriz
Villa del Mar, AA.HH. Los  Huertos de Villa, Asoc. La Concordia, Asoc. Santa  Elena, Asoc. Rinconada
de Villa, Coop. Las Vertientes, Asoc. Villa Rica.
V
Zona  Lomo  de  Corvina: Asoc.  Los  Minkas  Asoc. Lomo  de  Corvina,  Asoc.  Tres  Regiones, Asoc.
Tahuantinsuyo, Asoc. Santa  Rosa, Asoc. Patitos  01, Asoc. Patitos 02,  Asoc. Los Campesinos, Asoc.
Apasil,  Pino 03,  Pastor  Sevilla, San  Antonio  de Padua,  Virgen  de Cocharcas,  El  Triunfo de  Villa,
Mensajero de  la Paz, Se?or de  Cachuy, La Villa  Colonia Cayetana, Agrowussines, Heliconia,  Virgen
de Chapi, Juan Velasco, San Valent?n, 18 de Octubre, Familias Unidas, Virgen de la Candelaria, Santa
Nelida  13 de  Julio,  13  de  Mayo, Chacrita  Cajamarquina,  Asociacion  de Vivienda  Leoncio  Prado,
Asociaci?n de  Vivienda Villa Trinidad, Asociacion de  Vivienda Casa Huerta, Asoc. De  Viv. WasiWasi,
Asoc. Viv. Villa Rica Lomo Cornica, Asoc. Vivienda de Familia Santa Rosa  de Villa, Asoc. Viv. Huertos
Los Rosales.
Zona de Playas: Zona Venecia, Asoc. Huertos de Conchan, Asoc. Villa El Milagro, Asoc. Santa Rosa
de Llanavilla
Sector 06, comprendido en 13 Grupos Residenciales.
VI
Asoc. De Vivienda San Juan de Mira?ores, AA.HH. Rio Jord?n, AA.HH. Familias Unidas.
Sectores 07, 09, 10, los que comprenden 13 grupos Residenciales.
VII
AA.HH. Ubicados en el Cerro Lomo de Corvina:Arenas Vivas, Mirador de Villa, 11 de Diciembre,
Collasuyo, 28 de Octubre, La Encantada, San Ignacio de Loyola, Mirador 200 Millas, Ampliaci?n 9no.
Sector.
Asentamientos Humanos que integran el Parque Metropolitano: 20 de Octubre, Virgen de la Candelaria,
Los Aires de Pachacamac, Ampliaci?n Los Aires, Las  Brisas, Ampliaci?n Las Brisas de Pachacamac,
Ampliaci?n  Max Uhle,  V?ctor  Chero,  Villa La  Uni?n  y  Lomas  de Mamacona,  AA.HH.  Jardines de
Pachacamac, AA.HH. Los  Laureles de Villa, AA.HH. Ida  Lossio, AA.HH. H?roes de  Cenepa, AA.HH.
Valle de Jes?s, AA.HH. Las Palmeras, Asoc. de Vivienda Morro de Conchan
VIII
IX
Parque Industrial (Parcelas 01, 02, 02A )

16
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
PLANO DE RUTAS DE RECOLECCION EN EL DISTRITO

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
17
ZONAS URBANAS DE ATENCION SERVICIO MUNICIPAL DE PARQUES Y JARDINES
Distribuci?n de  las  ?reas verdes  por sectores.  - A  continuaci?n, se  muestra la  distribuci?n  de las  ?reas verdes  por
sectores:
SECTOR 01
Extensi?n
Efectiva.
UBICACI?N
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
Sector 1 Grupo 1
3,879.66
3,179.66
679.66
0.39
Sector 1 Grupo 7
Sector 1 Grupo 8
Sector 1 Grupo 9
Sector 1 Grupo 13
Sector 1 Grupo 16
Sector 1 Grupo 18
Sector 1 Grupo 19
Sector 1 Grupo 21
Sector 1 Grupo 21a
Sector 1 Grupo 22
Sector 1 Grupo 22a
Sector 1 Grupo 23
Sector 1 Grupo 25
Sector 1 Grupo 26
Av. 1? de Mayo
0.32
0.07
0.05
0.07
0.07
0.05
0.22
0.22
0.12
0.22
0.22
0.22
0.17
0.22
1.88
1.88
1.44
7.83
529.66
679.66
679.66
529.66
2,229.66
2,229.66
1,179.66
2,229.66
2,229.66
2,229.66
1,679.66
2,179.66
18,789.36
18,755.46
14,398.31
78,288.03
Av. Pastor Sevilla
Av. El Sol
SECTOR 01
SECTOR 02
Extensi?n
Efectiva
UBICACI?N
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
Sector 2 Grupo 2
Sector 2 Grupo 3
Sector 2 Grupo 7
Sector 2 Grupo 8
Sector 2 Grupo 9
Sector 2 Grupo 10
Sector 2 Grupo 12
Sector 2 Grupo 13
Sector 2 Grupo 14
Sector 2 Grupo 15
Sector 2 Grupo 16
Sector 2 Grupo 17
Sector 2 Grupo 19
Sector 2 Grupo 21
Sector 2 Grupo 23
Sector 2 Grupo 23A
Sector 2 Grupo 24
2,641.00
0.26
3,441.00
1,641.00
3,141.00
1,141.00
241.00
0.34
0.16
0.31
0.11
0.02
0.03
0.21
0.09
0.13
0.26
0.36
0.32
0.04
0.26
0.26
0.41
341.00
2,141.00
941.00
1,266.00
2,641.00
3,641.00
3,241.00
441.00
2,641.00
2,641.00
4,141.00

18
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Sector 2 Grupo 25
Sector 2 Grupo 25A
Av. Pastor Sevilla
Av. Juan Velasco Alvarado
Av. Cesar Vallejo
Av. El Sol
641.00
0.06
0.21
3.11
2,141.00
31,088.67
23,173.00
19,423.00
14,173.00
126,961.67
2.32
1.94
1.42
12.70
SECTOR 02
SECTOR 03
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
Sector 3 Grupo 3
Sector 3 Grupo 6
Sector 3 Grupo 9
Sector 3 Grupo 10
Sector 3 Grupo 12
Sector 3 Grupo 13
Sector 3 Grupo 14
Sector 3 Grupo 16
Sector 3 Grupo 17
Sector 3 Grupo 18
Sector 3 Grupo 19
Sector 3 Grupo 20
Sector 3 Grupo 21
Sector 3 Grupo 22
Sector 3 Grupo 23
Sector 3 Grupo 23A
Sector 3 Grupo 24
Sector 3 Grupo 25
Sector 3 Grupo 27
Sector 3 Grupo 28
Av. Cesar Vallejos
Av. Jos? Carlos Mariategui
Av. Pastor Sevilla
Av. 200 Millas
1,134.00
0.11
0.26
0.26
0.16
0.21
0.71
0.21
0.06
0.06
0.16
0.51
0.31
0.31
0.21
0.31
0.26
0.51
0.41
0.31
0.71
1.94
0.32
3.99
1.10
13.47
2,634.00
2,634.00
1,634.00
2,134.00
7,134.00
2,134.00
634.00
634.00
1,634.00
5,134.00
3,134.00
3,134.00
2,134.00
3,134.00
2,634.00
5,134.00
4,134.00
3,134.00
7,134.00
19,423.50
3,168.33
39,933.50
10,973.50
134,678.83
SECTOR 3
SECTOR 04
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea
efectiva
(Ha.)
AGR. PACHACAMAC S. 4 ETAPA PRIMERA
AGR. PACHACAMAC S. 4 ETAPA SEGUNDA
AGR. PACHACAMAC III ETAPA SECTOR 3
AGR. PACHACAMAC PARCELA 3 S1B1
AGR. PACHACAMAC PARCELA 3 S1B2
207.00
5,641.00
6,041.00
4,807.67
5,141.00
9,307.67
4,911.00
7,611.00
0.02
0.56
0.60
0.48
0.51
0.93
0.49
0.76
AGR. PACHACAMAC S.2 PARCELA SUB PARCELA A B. 1
C.H. PACHACAMAC IV ETAPA S.2 B.2
AGR. PACHACAMAC S.2 PARCELA SUB PARCELA B B.3

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
19
SECTOR 04
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea
efectiva
(Ha.)
AGR. PACHACAMAC S.2 PARCELA SUB PARCELA B B.4
C.H. PACHACAMAC IV ETAPA PARCELA 3A
AGR. PACHACAMAC IV ETAPA PARCELA 3C GR. A
AGR. PACHACAMAC PARCELA 3C GRUPO B.
C.H. PACHACAMAC IV ETAPA PARCELA 3C GR. C
C.H. PACHACAMAC IV ETAPA PARCELA 3C GR. D
AGR. PACHACAMAC S.2 PARCELA SUB PARCELA D B.3
AGR. PACHACAMAC PARCELA 3A PAR. SUB-PAR1 SUP.MAN.N
P.I. PACHACAMAC S/AIRES DE PACHACAMAC
AMP. IV ETAPA S.2 P.H. PACHACAMAC
AGR. PACHACAMAC PAR 3A. PAR. SUB-PAR. 4
Av. 200 Millas
9,971.00
957.67
1.00
0.10
0.08
0.07
0.06
0.06
0.02
0.02
0.00
0.20
0.01
1.10
0.47
0.46
5.64
0.11
0.11
13.90
836.00
726.00
626.00
626.00
171.00
157.67
0.00
2,029.34
146.00
11,048.00
4,749.00
4,599.00
56,449.00
1,099.00
1,099.00
138,957.02
Av. Universitaria
Av. Revoluci?n
Av. Separadora Industrial
Av. Mariano Pastor Sevilla
Av. Forestales
SECTOR 4
SECTOR 05
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
5
5
Sector COOP. VIRGEN DE COCHARCAS
400.00
0.04
Sector ASOC. VIV. SANTA BEATRIZ DE VILLA.
450.00
13,579.54
7,152.46
0.045
1.357954
0.715246
2.16
Av. Mariano Pastor Sevilla
Av. El Sol.
SECTOR 05
21,582.00
SECTOR 06
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
SECTOR 06 GRUPO 04
SECTOR 06 GRUPO 05A
AV. MARIANO PASTOR SEVILLA
AV. EL SOL
1,500.00
0.15
1,500.00
44,888.00
7,000.00
0.15
4.49
0.70
5.49
SECTOR 06
54,888.00
SECTOR 07
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
7
7
7
GRUPO 01
GRUPO 02A
GRUPO 03
600.00
0.06
500.00
600.00
0.05
0.06

20
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
SECTOR 07
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
7
GRUPO 03a
800.00
0.08
AV. MARIANO PASTOR SEVILLA
C. DEPORTIVO S7 G1
SECTOR 07
31,839.46
5,000.00
39,339.46
3.183946
0.5
3.93
SECTOR 09
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
SECTOR 9 GRUPO 01
SECTOR 9 GRUPO 02
SECTOR 9 GRUPO 04
SECTOR 09
1,300.00
0.13
1,000.00
2,694.00
0.10
0.27
4,994.00
0.50
SECTOR 10
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
SECTOR 10 GR. 02 AA.HH. OASIS DE VILLA
SECTOR 10 GR. 03 AA.HH. OASIS DE VILLA
AV. PASTOR SEVILLA
4,500.00
0.45
3,680.00
3,900.00
2,488.00
14,568.00
0.37
0.39
0.25
1.46
AV. 200 MILLAS
SECTOR 10
PARQUE INDUSTRIAL
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
Parq. Ind. Del Cono Sur Parc. 2
1,209.00
117.00
0.12
Parq. Ind. Del Cono Sur Parc. 2A
AV. JUAN VELASCO ALVARADO (PASEO INDUSTRIAL)
AV. EL SOL
0.01
0.92
3.15
0.33
9,190.86
31,507.30
3,259.85
AV. PACHACUTEC
PARQUE INDUSTRIAL
45,284.01
4.53
RELACION DE BERMAS CENTRALES CON ARBORIZACION.
Descripci?n
?rea arborizada
(m2)
No.
Berma Central Av. Mar?a Elena Moyano. (Desde Av. Jos? Carlos
Mari?tegui hasta Ovalo Oasis de Villa.)
01
02
03
04
05
3,500.48
Berma Central Av. Primero de Mayo. ( desde la Av. Separadora
Industrial hasta la Av. Revoluci?n)
11,920.00
2,760.00
Berma Central Avenida Cesar Vallejos (al costado del Hospital Juan
Pablo II)
Berma Central Avenida Juan Velasco Alvarado (desde la Avenida
Pastor Sevilla hasta Av Mar?a Elena Moyano)
6,160.00
Berma Central de la Avenida Separadora Industrial (desde la Avenida
Mateo Pumacahua hasta la Avenida Primero de Mayo)
11,601.00

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
21
RELACION DE BERMAS CENTRALES CON ARBORIZACION.
?rea arborizada
(m2)
No.
Descripci?n
06
07
Berma Lateral del Tren El?ctrico ( altura del Puente 04)
1,652.02
Berma Central Av. Juan Velasco Alvarado ( desde la Avenida
Marielena Moyano hasta la Avenida Separadora Agro Industrial)
5,760.00
7,900.00
Berma Central de la Avenida Mateo Pumacahua
TOTAL m2.
51,253.50
RELACION DE BERMAS CENTRALES CON SIEMBRA DE PALMERAS.
?rea (m2)
No.
Descripci?n
01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
Berma Central de la Avenida Modelo
6,362.12
3,180.00
3,000.00
3,686.00
3,526.00
3,666.50
3,466.30
3,761.25
3,180.80
3,576.50
Berma Central de la Avenida Pacto Andino
Berma Central de la Avenida Los ?ngeles
Berma Central de la Avenida Vi?a del Mar.
Berma Central de la Avenida Arriba Per?
Berma Central de la Avenida Jorge Ch?vez
Berma Central de la Avenida Sim?n Bol?var
Berma Central de la Avenida 03 de Octubre
Berma Central de la Avenida Jose Olaya
Berma Central de la Avenida Talara
TOTAL m2.
37,405.47
ZONAS URBANAS DE ATENCI?N DEL SERVICIO MUNICIPAL DE SERENAZGO
SECTORES Y ZONAS
TERRITORIO
Sectores 01, que comprende 26 grupos residenciales,  y 8 AA.HH. y Asociaciones Vecinales ubicadas
en el Cerro La Papa (Balcones de Villa, Las Praderas de Villa, AA.HH. Villa Uni?n, P.J. Bello Horizonte,
Las Terrazas de Villa, Nuevo Para?so, Villa Victoria.
I
II
Sectores 02, que comprende 26 grupos residenciales.
Sectores 03, que comprende 31 grupos residenciales.
III
Urb. Pachacamac, Etapas 01, 02, 03, 04, Parcelas 03-A y Parcela 3-C. AA.HH. Del Grupo Residencial
"G": AA.HH. Se?or de los  Milagros, AA.HH. Quebrada Nuevo Horizonte, AA.HH. Pr?ncipe de Asturias
Grupo  D, AA.HH.  Pr?ncipe de Asturias  Ampliaci?n Grupo  D, AA.HH.  Pr?ncipe de  Asturias Grupo  F,
AA.HH. Pr?ncipe de AsturiasAmpliaci?n Grupo F, Portales de Pachacamac,AA.HH. La Paz,Ampliaci?n
de Vivienda  Parcela del  Grupo G3  Parcela C-3, AA.HH.  Residencial "G"  Parcela 3c, Asociaci?n  de
Vivienda Ferroviario,  Asociaci?n de  Vivienda Santa  Mar?a de  Villa,  Conjunto Habitacional  Barrio III
Sector 2, Conjunto Habitacional 8 de Febrero, Asociaci?n de Vivienda de Tallerista HoyadaAlta.
IV
Sector 05: Coop. Virgen de Cocharcas,Asoc. Villa Jes?s,Asoc. Virgen de la Familia,Asoc. Granada, Coop.
JoseMaria Arguedas, Asoc. Republica de  Francia, Asoc. Villa del Mar, Asoc. Jes?s  La Luz del  Mundo,
Asoc. San Ram?n,Asoc. Cruz de Motupe,Asoc. Santa Beatriz de Villa,Asoc.  Virgen de la Familia.
ZonaAgropecuaria (Asociaciones y CooperativasAgropecuarias de Vivienda):Asoc. Santa Beatriz Villa
del Mar,AA.HH. Los Huertos de Villa,Asoc. La Concordia,Asoc. Santa Elena,Asoc. Rinconada de Villa,
Coop. Las Vertientes, Asoc. Villa Rica.
Zona  Lomo  de Corvina:  Asoc.  Los  Minkas,  Asoc.  Lomo  de Corvina,  Asoc.  Tres  Regiones, Asoc.
Tahuantinsuyo, Asoc. Santa  Rosa, Asoc. Patitos  01, Asoc. Patitos  02, Asoc. Los Campesinos,  Asoc.
Apasil, Pino 03, Pastor Sevilla, SanAntonio de Padua, Virgen de Cocharcas, ElTriunfo de Villa, Mensajero
de la Paz, Se?or de Cachuy, La Villa Colonia Cayetana, Agrowussines, Heliconia, Virgen de Chap?, Juan
Velasco, San Valent?n, 18 de Octubre, Familias Unidas, Virgen de la Candelaria, Santa N?lida 13 de Julio,
V
13
de Mayo, Chacrita  Cajamarquina, Asociaci?n de  Vivienda Leoncio Prado, Asociaci?n  de Vivienda
Villa Trinidad, Asociaci?n de Vivienda Casa  Huerta, Asoc. deViv. WasiWasi, Asoc. Viv. Villa Rica  Lomo
Cornica, Asoc. Vivienda de Familia Santa Rosa de Villa, Asoc. Viv. Huertos Los Rosales.
Zona de Playas: Zona Venecia, Asoc. Huertos de Conchan, Asoc. Villa El Milagro, Asoc. Santa Rosa
de Llanavilla

22
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
TERRITORIO
SECTORES Y ZONAS
Sector 06, comprendido en 13 Grupos Residenciales.
Asoc. De Vivienda San Juan de Mira?ores, AA.HH. Rio Jordan, AA.HH. Familias Unidas.
VI
Sectores 07, 09, 10, los que comprenden 13 grupos Residenciales.
AA.HH. Ubicados en el Cerro Lomo de Corvina:Arenas Vivas, Mirador de Villa, 11 de Diciembre,
Collasuyo, 28 de Octubre, La Encantada, San Ignacio de Loyola, Mirador 200 Millas, Ampliaci?n 9no.
Sector.
VII
Asentamientos Humanos que integran el Parque Metropolitano: 20 de Octubre, Virgen de la Candelaria,
Los Aires de Pachacamac, Ampliaci?n Los Aires, Las  Brisas, Ampliaci?n Las Brisas de Pachacamac,
Ampliaci?n  Max Hule,  V?ctor  Chero,  Villa La  Uni?n  y  Lomas  de Mamacona,  AA.HH.  Jardines de
Pachacamac, AA.HH. Los  Laureles de Villa, AA.HH. Ida  Lossio, AA.HH. H?roes de  Cenepa, AA.HH.
Valle de Jes?s, AA.HH. Las Palmeras, Asoc. de Vivienda Morro de Canchan
VIII
IX
Parque Industrial (Parcelas 01, 02, 02A ), AA.HH. Hijos de Villa.
MAPA DE ZONAS DE ATENCION DE SERVICIO DE SERENOS A PIE

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
23
MAPA DE ZONAS DE ATENCION CON VEHICULOS (PATRULLAJE)

24
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ESTIMACI?N DE INGRESOS
1.
ESTIMACI?N DE INGRESOS DEL SERVICIO RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS
En lo relacionado a los ingresos anuales esperados se calcula con el total de predios afectos, observamos una estimaci?n
de ingresos de  S/ 14?080,561.34, present?ndose una diferencia  de S/ 59,321.01 con  relaci?n al costo del servicio  que
alcanza S/ 14?139,882.35, que se debe a  efectos de 458 predios exonerados, con lo que cubre el 99.58%  del costo del
servicio, siendo el  0.42% asumido por  la Municipalidad. El  monto deducido por concepto  de exonerados corresponde
a la  disminuci?n del  monto por  cobrar de  los  predios que  corresponden al  gobierno local,  los templos,  conventos y
monasterios, Compa??a de Bomberos y los predios correspondientes a la Polic?a Nacional del Per?, de acuerdo a la tasa
estimada por la generaci?n de residuos s?lidos producidos en cada uno de sus predios y de acuerdo a su ?rea construida
de los mismos.
Montos Anuales S/
Total de Ingresos
C=(a)-(b)
Cobertura
%
Total Ingresos
(a)
Exonerados
(b)
Costos
(d)
Diferencia
(d)-(c)
(e)
14,139,882.35
59,321.01
14,080,561.34
14,139,882.35
59,321.01
99.58%
2.
ESTIMACIONES DE INGRESOS DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
En  lo relacionado  a  los ingresos  anuales  esperados, observamos  una  estimaci?n de  ingresos  de S/  2?833,107.96,
encontr?ndose una diferencia de S/ 7,584.02 respecto al costo del servicio que alcanza a S/ 2?840,691.98, que se debe a
efectos de 331 predios exoneraciones, por lo que la estimaci?n se ha realizado con el total de predios afectos, con lo que
cubre el 99.73% del costo del  servicio, siendo el 0.27% asumido por la municipalidad. El  monto deducido por concepto
de exonerados corresponde a la disminuci?n de las tasas por cobrar de los predios que corresponden al gobierno local,
Compa??a de Bomberos  y a los predios correspondientes  a la Polic?a Nacional del  Per?, en funci?n a su  ubicaci?n en
relaci?n a los parques p?blicos y ?reas verdes del distrito.
Montos Anuales S/
Total de Ingresos
C=(a)-(b)
Cobertura
%
Total Ingresos
(a)
Exonerados
(b)
Costos
(d)
Diferencia
(d)-(c)
(e)
2,840,691.98
7,584.02
2,833,107.96
2,840,691.98
7,584.02
99.73%
3.
ESTIMACI?N DE INGRESOS DEL SERVICIO DE SERENAZGO
En lo relacionado  a los  ingresos  anuales esperados,  es el  resultado  de la aplicaci?n  de la Tasa de  Serenazgo solo
a los  predios  afectos,  observando  una  estimaci?n  de  ingreso  de S/  3,947,504.90,  present?ndose   una  diferencia
de S/ 107,291.63,   con relaci?n  al costo  del servicio  que  alcanza a  S/ 4?054,796.53,  que  se debe a  efectos de  329
predios  exonerados  y por  redondeo  hacia  debajo de  las tasas,  con  lo que  llega al  97.35%  del costo  del servicio,
siendo  el  2.65%  asumido  por la  Municipalidad.   El  monto  deducido  por  concepto  de exonerados   corresponde  a
la  disminuci?n  del  monto  por  cobrar  de  los  predios  que  corresponden   al gobierno   local  y a  la  ubicaci?n  de  la
Compa??a  de Bomberos  de acuerdo  a  la ubicaci?n  de los  mismos dentro  de  los nueve  (09) sectores  del  distrito.
Montos Anuales S/
Total de Ingresos
C=(a)-(b)
Cobertura
%
Total Ingresos
(a)
Exonerados
(b)
Costos
(d)
Diferencia
(d)-(c)
(e)
4,054,796.53
107,291.63
3,947,504.90
4,054,796.53
107,291.63
97.35%
1916318-1