?A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Jueves 31 de diciembre de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
VILLA EL SALVADOR
ORDENANZA N? 438-MVES
ORDENANZA QUE ESTABLECE
LA VIGENCIA DE LOS IMPORTES
DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE
LIMPIEZA P?BLICA (RECOLECCI?N
DE RESIDUOS S?LIDOS), PARQUES Y
JARDINES Y SERENAZGO DELA?O 2020
REAJUSTADOS CON EL ?NDICE DE PRECIOS
AL CONSUMIDOR ? IPC, PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2021
ACUERDO DE CONCEJO N? 377
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 377
Lima, 03 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha:
VISTO, el O ? cio N? D000219-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT,
de fecha 19 de noviembre de 2020, que remite el expediente de rati ? caci?n digital de la Ordenanza N? 438-MVES, que
establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y jardines
y Serenazgo, del ejercicio 2021 en el distrito de Villa El Salvador, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el art?culo 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con la Norma IV del C?digo
Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N.? 816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza,
pueden crear, modi ? car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites
que se?ala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el art?culo 40 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati ? cadas por las
municipalidades provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085 que aprueba el procedimiento de rati ? caci?n de
ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la municipalidad distrital recurrente aprob? la ordenanza objeto
de la rati ? caci?n, remiti?ndola conjuntamente con el expediente de rati ? caci?n digitalizado, que incluye los respectivos
informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT, con car?cter de Declaraci?n
Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias.
Que, en ese sentido, a trav?s del Informe N? D000054-2020-SAT-ART de fecha 18 de noviembre de 2020, el ?rea
Funcional de Rati ? caciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT,
opin? favorablemente respecto a la rati ? caci?n solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables
y la Directiva N? 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debi?ndose efectuar las publicaciones
pertinentes en el Diario O ? cial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, la Ordenanza materia de rati ? caci?n aprobada mediante la Ordenanza N? 438-MVES, mantiene las disposiciones
t?cnicas establecidas para el ejercicio 2020, aprobada mediante Ordenanza N? 414-MVES, rati ? cada por Acuerdo de
Concejo N? 300, publicados el 29 de diciembre de 2019, reajustando sus tasas y costos para el ejercicio 2021, con la
variaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor al mes de agosto de 2020 (1.24 %) establecido en la Resoluci?n Jefatural
N? 161-2020-INEI; cuyo marco legal tributario aplicable es la Ordenanza N? 382-MVES.
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los art?culos
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y 41 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de
Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en
su Dictamen N? 106-2020-MML/CMAEO de fecha 27de noviembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, con
dispensa del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati ? car la Ordenanza N? 438-MVES, que establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza
P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y jardines y Serenazgo del ejercicio 2021 en el distrito de Villa El
Salvador, y mantiene la aplicaci?n de las tasas aprobadas y rati ? cadas para el ejercicio 2020, reajustadas con el ?ndice
de Precios al Consumidor de 1.24 %, correspondiente al mes de agosto de 2020.
Art?culo 2. El presente Acuerdo rati ? catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su
publicaci?n hasta el 31 de diciembre del 2020, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati ? cada, incluido el Informe
T?cnico. La aplicaci?n de la Ordenanza, materia de la presente rati ? caci?n, sin la condici?n antes se?alada, es de
exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT que posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ORDENANZA N? 438-MVES
Villa El Salvador, 28 de setiembre del 2020
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesi?n Extraodinaria de la fecha, y;
VISTOS: El Dictamen N? 006-2020-CRAT-MVES de la Comisi?n de Rentas y Administraci?n Tributaria, el Memorando N?
de la Gerencia Municipal, el Informe N? 365-2020-OAJ/MVES de la O ? cina de Asesor?a Jur?dica y el
993-2020-GM/MVES
Informe N? 101-2020-GRATMVES de la Gerencia de Rentas yAdministraci?n Tributaria, sobre aprobaci?n de Proyecto de
Ordenanza que Establece la Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Recolecci?n de
Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo del A?o 2020, Reajustados con el ?ndice de Precios al Consumidor
?
IPC, para el Ejercicio Fiscal 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constituci?n Pol?tica del Per? en su art?culo 194? modi ? cada por la Ley N? 30305, Ley de Reforma Constitucional,
concordante con el art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, establece que
?Los gobiernos locales gozan de autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de su competencia,
precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administraci?n, con sujeci?n
al ordenamiento jur?dico? .;
Que, el Art?culo IV del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, establece que: ?Los
gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestaci?n de los servicios p?blicos locales y el
desarrollo integral, sostenible y arm?nico de su circunscripci?n.? ; asimismo, el art?culo 39? de la citada Ley, establece
que: ?Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobaci?n de ordenanzas y acuerdos
(?)? ;
Que, el numeral 9) del art?culo 9? de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades establece como una de las
atribuciones del Concejo Municipal entre otras la de: ?Crear, modi ? car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley.? , siendo que, el art?culo 40? de la precitada Ley, establece que: ?(?)
Mediante ordenanzas se crean, modi ? can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones,
dentro de los l?mites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades
distritales deben ser rati ? cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripci?n para su vigencia. (?)?;
Que, el Art?culo 69? de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, se?ala que son rentas municipales: ?1. Los
tributos creados por ley a su favor. 2. Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su
concejo municipal, los que constituyen sus ingresos propios.? ; en concordancia con lo se?alado en el art?culo 70? de la
acotada Ley, que se?ala: ?El sistema tributario de las municipalidades, se rige por la ley especial y el C?digo Tributario
en la parte pertinente.?;
Que, la Norma IV del Texto ?nico Ordenado del C?digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N? 133-2013-
EF, se?ala que: ?S?lo por Ley o por Decreto Legislativo, en caso de delegaci?n, se puede: a) Crear, modi ? car y suprimir
tributos; (?); Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi ? car y suprimir sus contribuciones,
arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicci?n y con los l?mites que se?ala la Ley (?)? ;
siendo que, la Norma II se?ala que el t?rmino gen?rico tributo comprende: ?(?) c) Tasa: Es el tributo cuya obligaci?n tiene
como hecho generador la prestaci?n efectiva por el Estado de un servicio p?blico individualizado en el contribuyente.
(?).
Las tasas, entre otras, pueden ser: 1) Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestaci?n o mantenimiento de un
servicio p?blico. (?)? ;
Que, el art?culo 60? del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo
N? 156-2004-EF, establece que: ?Conforme a lo establecido por el numeral 4 del Art?culo 195? y por el Art?culo 74? de
la Constituci?n Pol?tica del Per?, las Municipalidades crean, modi ? can y suprimen contribuciones o tasas y otorgan
exoneraciones, dentro de los l?mites que ? je la ley. En aplicaci?n de lo dispuesto por la Constituci?n, se establece las
siguientes normas generales: a) La creaci?n y modi ? caci?n de tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza, con
los l?mites dispuestos por el presente T?tulo; as? como por lo dispuesto por la Ley Org?nica de Municipalidades. (?)? ;
Que, el art?culo 69? de la Ley citada en el considerando precedente, establece que: ?Las tasas por servicios p?blicos o
arbitrios, se calcular?n dentro del ?ltimo trimestre de cada ejercicio ? scal anterior al de su aplicaci?n, en funci?n del costo
efectivo del servicio a prestar. La determinaci?n de las obligaciones referidas en el p?rrafo anterior deber?n sujetarse a
los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que
demanda el servicio y su mantenimiento, as? como el bene ? cio individual prestado de manera real y/o potencial. (?) Los
reajustes que incrementen las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, durante el ejercicio ? scal, debido a variaciones
de costo, en ning?n caso pueden exceder el porcentaje de variaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor que al efecto
precise el Instituto Nacional de Estad?stica e Inform?tica, aplic?ndose de la siguiente manera: a) El ?ndice de Precios al
Consumidor de Lima Metropolitana se aplica a las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, para el departamento de Lima,
Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao. (?).?;
Que, respecto a lo antes citado, el art?culo 69-A, de la norma acotada establece que: ? Las Ordenanzas que aprueben el
montodelastasasporarbitrios,explicandoloscostosefectivosquedemandaelservicioseg?neln?merodecontribuyentes
de la localidad bene ? ciada, as? como los criterios que justi ? quen incrementos, de ser el caso, deber?n ser publicadas
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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a m?s tardar el 31 de diciembre del ejercicio ? scal anterior al de su aplicaci?n. La difusi?n de las Ordenanzas antes
mencionadas se realizar?n conforme a lo dispuesto por la Ley Org?nica de Municipalidades .?; asimismo, el art?culo 69-B,
se?ala que: ?En caso que las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el Art?culo 69-A, en el plazo establecido
por dicha norma, s?lo podr?n determinar el importe de las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, tomando como base
el monto de las tasas cobradas por servicios p?blicos o arbitrios al 1 de enero del a?o ? scal anterior reajustado con la
aplicaci?n de la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en
la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio ? scal.? ;
Que, el art?culo 2? de la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI que aprueba el ?ndice de Precios al Consumidor de
Lima Metropolitana, correspondiente al mes de agosto del 2020, establece: ?Aprobar el ?ndice de Precios al Consumidor
de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de agosto 2020, as? como su Variaci?n Porcentual
Mensual y Acumulada?; siendo que, al mes de agosto del 2020, la variaci?n porcentual acumulada equivale a 1,24%;
Que, el art?culo 4? de la Ordenanza N? 2085-MML, Ordenanza que sustituye la Ordenanza N? 1533 y modi ? catorias, que
aprueba el Procedimiento de Rati ? caci?n de Ordenanzas Tributarias en el ?mbito de la Provincia de Lima, establece
el cronograma para la presentaci?n de solicitudes de rati ? caci?n, se?alando que ? La presentaci?n de la solicitud de
rati ? caci?n deber? efectuarse ante el SAT a ? n de que emita opini?n t?cnica y legal, ?b) Hasta el ?ltimo d?a h?bil del mes
de setiembre del a?o. ?;
Que, el art?culo 8? de la precitada Ordenanza, establece respecto a la solicitud de rati ? caci?n de la ordenanza que
prorroga o reajusta los montos de arbitrios de ejercicios anteriores, que: ?Las Municipalidades Distritales podr?n solicitar
la rati ? caci?n de la Ordenanza que actualice los Arbitrios Municipales del ejercicio precedente en funci?n del IPC, en
aplicaci?n de lo dispuesto en el Art?culo 69-B de la Ley de Tributaci?n Municipal, siempre que cumplan con las condiciones
siguientes: a) La Ordenanza del ejercicio precedente cuyas tasas se quiere ajustar o prorrogar, deber? contar con la
rati ? caci?n de la MML y, adem?s, encontrarse conforme al marco legal vigente al momento de la presentaci?n de la
solicitud. b) En caso que la Municipalidad Distrital reajuste sus costos y tasas, ?stas no deber?n exceder el porcentaje
de variaci?n del IPC ? jado por el INEI, aplicable a Lima Metropolitana. c) La Municipalidad Distrital deber? acreditar el
cumplimiento de sus costos ejecutados, teniendo como base las ?ltimas estructuras de costos de los servicios aprobados
y de ser el caso, reajustados; en caso de existir variaciones deber?n ser justi ? cadas. d) Los Cuadros de Estimaci?n de
Ingresos Anuales con la aplicaci?n del IPC para cada tipo de arbitrio lo cual no deber?a exceder el costo del servicio. En
cumplimiento de las condiciones mencionadas en los literales b), c) y d) antes se?alados deber?n ser consignados en
el Informe T?cnico Financiero anexo a la Ordenanza a la que hace referencia el primer p?rrafo del presente art?culo. El
contenido de dicho Informe se deber? ajustar a los lineamientos establecidos en la Directiva de metodolog?a de costos
aprobada por el SAT.? ;
Que, con Ordenanza N? 382-MVES se establece el r?gimen tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica
(recolecci?n de residuos s?lidos), Parques y Jardines; y Serenazgo en la jurisdicci?n de Villa el Salvador para el
ejercicio 2018; rati ? cada mediante Acuerdo de Concejo N? 485-MML dictada por la Municipalidad Metropolitana de Lima;
posteriormente con Ordenanza N? 393-MVES, de fecha 11 de noviembre de 2018, se determina reajustar los montos de
las tasas aprobadas mediante la Ordenanza N? 382-MVES, mediante la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor
de Lima Metropolitana, para el Distrito de Villa El Salvador para el ejercicio 2019, siendo rati ? cada mediante Acuerdo de
Concejo N? 445-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; siendo que, mediante Ordenanza N? 414-MVES, de
fecha 27 de setiembre del 2019, se determina reajustar los montos de las tasas aprobadas mediante la Ordenanza N?
393-MVES,
para los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y
Serenazgo, rati ? cada mediante Acuerdo de Concejo N? 445-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante la
aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, para el ejercicio ? scal 2020;
Que, el numeral 37.7 del art?culo 37? de la Ordenanza N? 435-MVES, que modi ? ca la Estructura Org?nica y el
Reglamento de Organizaci?n y Funciones (ROF) con enfoque de Gesti?n de Resultados de la Municipalidad Distrital de
Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N? 369-MVES, establece como funci?n normativa y reguladora de la Gerencia
de Rentas y Administraci?n Tributaria, entre otras, la de: ?Proponer la ordenanza municipal que aprueba el Plan de
Administraci?n Tributaria Municipal, los bene ? cios tributarios, las ordenanzas de elaboraci?n de arbitrios municipales,
el Plan Institucional Anual de Cobranza de obligaciones tributarias y no tributarias en cobranza ordinaria y en cobranza
coactiva, el R?gimen de Aplicaci?n de Sanciones Administrativas ? RAS y el Cuadro de Infracciones y Sanciones
Administrativas ? CUIS, y dem?s que resulten inherentes de sus funciones.? ;
Que, con Informe N? 101-2020-GAT/MVES la Gerencia de Rentas y Administraci?n Tributaria, remite el Proyecto de
Ordenanza que Establece la Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Recolecci?n de
Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo del A?o 2020, Reajustados con el ?ndice de Precios al Consumidor
?
IPC, para el Ejercicio Fiscal 2021, as? como el Informe T?cnico Financiero N? 001-2020-GRAT/MVES con la aplicaci?n
del IPC, en ese sentido, la Gerencia de Rentas y Administraci?n Tributaria recomienda que para el ejercicio ? scal 2021
se aplique los costos y tasas de los servicios correspondientes a los arbitrios de recolecci?n de residuos s?lidos, parques
y jardines y serenazgo, aprobadas mediante Ordenanza N? 414-MVES, debiendo ser actualizadas con la variaci?n
porcentual acumulada, ello con la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor ? IPC, ? jado por el Instituto Nacional de
Estad?stica e Inform?tica, en el marco de lo establecido en la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, que ? ja en 1.24%
la variaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor para Lima Metropolitana desde el mes de Enero a Agosto de 2020, y en
aplicaci?n de lo establecido en el art?culo 69-B del Decreto Supremo N? 156-2004-EF, que aprueba el TUO de la Ley de
Tributaci?n Municipal;
Que, con Informe N? 365-2020-OAJ/MVES la O ? cina de Asesor?a Jur?dica, teniendo en consideraci?n lo establecido
en los art?culos 68? y 69?-B del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado mediante Decreto
Supremo N? 156-2004-EF; el art?culo 8? de la Ordenanza N? 2085-MML, que sustituye la Ordenanza N? 1533 y
modi ? catorias, que aprueba el Procedimiento de Rati ? caci?n de Ordenanzas Tributarias en el ?mbito de la Provincia
de Lima; el art?culo 2? de la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI del Instituto Nacional de Estad?stica e Inform?tica;
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
el Informe N? 101-2020-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administraci?n Tributaria y el Informe T?cnico
Financiero N? 001-2020-GRAT/MVES, que contiene el cuadro de costos reajustados aplicable al ejercicio ? scal 2021,
la actualizaci?n de las tasas para los arbitrios municipales para el ejercicio ? scal 2021, los Cuadros de Estimaci?n
de Ingresos Anuales con la aplicaci?n del IPC para cada tipo de arbitrio, los cuales han sido elaborados aplicando lo
establecido en el art?culo 69-B del Decreto Supremo N? 156-2004-EF; y, el art?culo 8? de la Ordenanza N? 2085-MML;
emite opini?n legal precisando que resulta procedente la aprobaci?n del Proyecto de Ordenanza que Establece la
Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques
y Jardines y Serenazgo del A?o 2020, Reajustados con el ?ndice de Precios al Consumidor ? IPC, para el Ejercicio
Fiscal 2021, y el Informe T?cnico Financiero con la aplicaci?n del IPC para el ejercicio ? scal 2021, por lo que deber?
ponerse en consideraci?n del Concejo Municipal para su aprobaci?n, al amparo de lo establecido en el numeral 9) del
art?culo 9? y art?culo 40? de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, y su posterior rati ? caci?n por parte del
Servicio de Administraci?n Tributaria ? SAT;
Que, con Memorando N? 993-2020-GM/MVES la Gerencia Municipal, de conformidad a su funci?n establecida en el
numeral 14.20 del art?culo 14? de la Ordenanza N? 435-MVES, que modi ? ca la Estructura Org?nica y el Reglamento de
Organizaci?n y Funciones (ROF) con enfoque de Gesti?n de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador
aprobado con Ordenanza N? 369-MVES, que se?ala: ?Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser
incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal? ; remite a la Secretar?a General, los actuados administrativos
respecto al proyecto de Ordenanza que Establece la Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza
P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo del A?o 2020, Reajustados con el ?ndice de
Precios al Consumidor ? IPC, para el Ejercicio Fiscal 2021 y el Informe T?cnico Financiero, N? 001-2020-GRAT/MVES, a
? n de ponerlo a consideraci?n del Concejo Municipal para su aprobaci?n;
Estando a los informes t?cnicos y legales se?alados en los considerandos precedentes y al Dictamen N?
006-2020-CRAT-MVES
de la Comisi?n de Rentas y Administraci?n Tributaria, y en uso de las facultades conferidas
por el numeral 8) y 9) del art?culo 9? y 40? de la Ley Org?nica de Municipalidades, Ley N? 27972, y luego del debate
correspondiente y con dispensa del tr?mite de lectura y aprobaci?n de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprob?
por Mayor?a la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LA VIGENCIA DE LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
DE LIMPIEZA P?BLICA (RECOLECCI?N DE RESIDUOS SOLIDOS), PARQUES Y JARDINES
Y SERENAZGO DEL A?O 2020 REAJUSTADOS CON EL ?NDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ? IPC,
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
ART?CULO PRIMERO.- Marco Legal Aplicable
APLICAR para el ejercicio ? scal 2021, lo dispuesto en la Ordenanza N? 382-MVES que aprob? el R?gimen Tributario
de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos); Parques y Jardines y Serenazgo
para el Ejercicio 2018, rati ? cada mediante Acuerdo de Concejo N? 485-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
publicada en el Diario O ? cial El Peruano el 31 de diciembre del 2017, la misma que regula las Tasas de los Arbitrios
Municipales antes mencionados.
ART?CULO SEGUNDO.- Determinaci?n de Tasas de Arbitrios Municipales
REAJUSTAR los montos de las tasas aprobadas mediante la Ordenanza N? 414-MVES, para los Arbitrios Municipales
de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo, rati ? cada mediante Acuerdo
de Concejo N? 300-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante la aplicaci?n del ?ndice de Precios al
Consumidor de Lima Metropolitana, acumulado al mes de agosto de 2020, ascendente a 1.24%, aprobado mediante
Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI.
ART?CULO TERCERO.- Aprobaci?n del Informe T?cnico Financiero
APROBAR el Informe T?cnico Financiero N? 001-2020-GRAT/MVES que da cuenta del sustento para el mantenimiento
de los costos y el reajuste de las Tasas con la Aplicaci?n del IPC, para los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica
(Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo, aprobadas mediante la Ordenanza N? 414-MVES,
el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO CUARTO.- De la Vigencia de la Norma
La presente Ordenanza entrar? en vigencia a partir del 01 de Enero del 2021, previa publicaci?n del texto normativo en
el Diario O ? cial El Peruano, conjuntamente con el Informe T?cnico Financiero N? 001-2020-GRAT/MVES y el Acuerdo de
Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la rati ? ca.
ARTICULO QUINTO.- Cumplimiento y Difusi?n.
ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administraci?n Tributaria y a todas las Unidades Org?nicas correspondientes, el
debido cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Unidad de Imagen Institucional la difusi?n de la misma.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, FINALES
Y DEROGATORIAS
PRIMERA.- DEROGAR toda norma que se contraponga a la presente Ordenanza.
SEGUNDA.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicaci?n de la presente Ordenanza y el Informe T?cnico
Financiero N? 001-2020-GAT/MVES, as? como el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que
la rati ? ca, en el Diario O ? cial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnol?gico la publicaci?n del texto ?ntegro de la
presente norma, en la P?gina Web Institucional del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima (SAT) (www.sat.gob.
pe), as? como en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe), el mismo d?a de
su publicaci?n en el diario o ? cial El Peruano.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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TERCERA.- PRECISAR que si alg?n contribuyente se sintiese afectado respecto a la informaci?n en base al cual
se han determinado y acotado los Arbitrios Municipales, respecto a la cantidad de habitantes, ?rea de predio,
ubicaci?n del predio y/o uso efectivo, podr? modi ? car la informaci?n correspondiente; mediante la presentaci?n de
la Declaraci?n Jurada respecto a los datos de Arbitrios, la misma que ser? objeto de ? scalizaci?n previa y surtir?
efectos de comprobarse su exactitud a trav?s de la inspecci?n ocular que para tal efecto realice la Subgerencia de
Fiscalizaci?n Tributaria.
CUARTA.- ESTABLECER como tope en caso de incremento de las tasas de arbitrios municipales aplicables para el a?o
2021
aprobadas con la presente Ordenanza, el m?ximo de quince por ciento (15%) con relaci?n a las aprobadas en la
Ordenanza N? 414-MVES, que aprueba los Arbitrios de Limpieza P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos); Parques y
Jardines y Serenazgo para el A?o 2020.
Registrese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
C. KEVIN Y?IGO PERALTA
Alcalde
INFORME T?CNICO FINANCIERO N? 001-2020-GRAT/MVES
1.
Nivel de cumplimiento de los Costos 2020
En aplicaci?n a lo establecido en el Decreto Supremo N? 156-2004-EF, que aprob? el Texto ?nico Ordenado de la Ley de
Tributaci?n Municipal, en relaci?n con la aprobaci?n anual de los importes de los Arbitrios Municipales, al mes de Agosto
la O ? cina de Planeamiento y Presupuesto a trav?s de su Informe N? 134-2020-UP-OPP/MVES, present? la Ejecuci?n
Presupuestal por los servicios de Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, informaci?n que fue
complementada con la Proyecci?n de Gastos de los meses de Setiembre a Diciembre del presente ejercicio, resultados
que se detallan a continuaci?n:
Proyecci?n
Costos
Aprobados
2020
Nivel de
Cumplimiento
2020
Ejecutado a
Agosto 2020
S/
Setiembre
a Diciembre
2020
Total
Anual
S/
% de
Avance
% de
Avance
Servicio
S/
%
S/
Recolecci?n de
Residuos S?lidos
13,966,695.33
8,852,994.44 63.39% 5,163,570.86 36.97%
14,016,565.30
100.36%
Parques y Jardines
Serenazgo
Total
2,805,898.83
4,005,132.88
20,777,727.04
1,136,674.22 40.51% 1,669,869.13 59.51%
2,518,352.82 62.88% 1,560,861.69 38.97%
12,508,021.48 60.20% 8,394,301.67 40.40%
2,806,543.34
4,079,214.51
20,902,323.15
100.02%
101.85%
100.60%
Como se puede observar se ha llegado alcanzar al mes de Agosto el 63.39% en la ejecuci?n de los costos del servicio
de Recolecci?n de Residuos S?lidos, el 40.51% en lo que respecta al servicio de Parques y Jardines y 62.88% respecto
al Servicio de Serenazgo.
Del an?lisis de los resultados, realizado por las ?reas prestadoras de servicios, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y
Gesti?n Ambiental, mediante su Memor?ndum N? 376-2020-GDCGA-MVES mani ? esta que la ejecuci?n alcanzada por
el Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos demuestra el uso e ? ciente de los recursos asignados a este servicio;
y, respecto al Servicio de Parques y Jardines, se?ala que las actividades han sido reprogramadas ante las medidas
adoptadas por la situaci?n de Emergencia Sanitaria y Pandemia COVID-19, por lo que se viene ejecutando un programa
intensivo de recuperaci?n de ?reas verdes en la ?ltima parte del a?o, que demandar? un importante uso de recursos,
tales como: mano de obra cali ? cada, materiales y servicios. Esto permitir? que al mes de Diciembre se ejecute el 100%
de los costos proyectados.
Es as? que, en el Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos, la adquisici?n de uniformes se realizar? en el ?ltimo
trimestre del a?o, proceso que se encuentra consignado en el Plan Anual de Contrataciones, de igual manera se
encuentra programada la adquisici?n de llantas para la ? ota vehicular, la dotaci?n de ?tiles de o ? cina y la renovaci?n de
seguros vehiculares. Esto permitir? que al mes de Diciembre del presente ejercicio alcance una ejecuci?n del 100.36%.
Respecto al Servicio de Parques y Jardines, el programa intensivo de recuperaci?n de ?reas verdes que se viene
ejecutando, demandar? una mayor dotaci?n de uniformes (adquisici?n programada en el Plan Anual de Contrataciones
para el ?ltimo trimestre del a?o), la adquisici?n de los accesorios de seguridad, herramientas e insumos de jardiner?a;
asimismo, se regularizar? el consumo de combustibles de acuerdo a lo programado en la Ordenanza vigente, adem?s
del mantenimiento preventivo y correctivo, de ser el caso, de la ? ota vehicular asignada a este servicio, a trav?s de la
compra de llantas y la atenci?n en talleres especializados. Se est? considerando adem?s la dotaci?n de ?tiles de o ? cina
y la renovaci?n de seguros vehiculares. Esto permitir? que al mes de Diciembre del presente ejercicio alcance una
ejecuci?n del 100.02%.
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
En cuanto al servicio de Serenazgo, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, a trav?s de su Memor?ndum
N? 230-2020-GSCV-MVES informa que los resultados alcanzados demuestran el uso e ? ciente de los recursos
asignados a este servicio, lo que permitir? que al mes de Diciembre se ejecute el 100% de los costos proyectados.
Habi?ndose programado la adquisici?n de uniformes para el ?ltimo trimestre del a?o, proceso que se encuentra
consignado en el Plan Anual de Contrataciones, as? como la adquisici?n de llantas para la ? ota vehicular y la
renovaci?n de la mayor parte de los SOAT. Esto permitir? que al mes de Diciembre del presente ejercicio alcance
una ejecuci?n del 101.85%.
Del an?lisis realizado a la ejecuci?n presupuestal, tal como se se?ala en el documento de la referencia, esta ha sido
? nanciada principalmente por la Municipalidad, sin embargo, ha contado con apoyo del Gobierno Central ante la situaci?n
de Emergencia Sanitaria y Pandemia mundial COVID-19.
Considerando lo manifestado l?neas arriba, pese a la situaci?n de Emergencia Sanitaria y Pandemia COVID-19, se
observa que los costos aprobados en su oportunidad por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador para el presente
a?o, vienen siendo empleados por la actual Gesti?n con responsabilidad y e ? ciencia, situaci?n que permitir? que a
? nes del ejercicio 2020 se cumpla con alcanzar y eventualmente, superar los niveles de prestaci?n de los servicios de
Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, respecto a lo aprobado mediante Ordenanza N? 414-
MVES, rati ? cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 300, normas que fueron publicadas en el Diario O ? cial
?El Peruano? el 29 de diciembre del 2019.
2.
Costos aprobados para el ejercicio 2021
Atendiendo a que la informaci?n de costos del a?o 2020, resulta siendo la que efectivamente requieren las gerencias
prestadoras para la atenci?n de los servicios en el ejercicio 2021, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, bajo
los lineamientos t?cnicos se?alados y de conformidad con el art?culo 8? de la Ordenanza 2085-MML, ha procedido al
establecimiento de los costos de los servicios de Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, y el
importe de las Tasas deArbitrios correspondientes al ejercicio 2021, tomando como base aquellas que fueran establecidas
mediante Ordenanza N? 414?MVES, reajustadas con la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor ? IPC
al mes de agosto para Lima Metropolitana, ascendente a 1.24%, establecido en la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-
INEI.
Bajo los lineamientos t?cnicos se?alados, se ha procedido al establecimiento de los costos de los servicios de Recolecci?n
de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2021, conforme al cuadro detalle que
se indica a continuaci?n:
Costos
Aprobados 2020
S/
Costos
Ejercicio 2021
S/
IPC a Agosto 2020
%
Diferencia
S/
Servicio
Recolecci?n de Residuos S?lidos
Parques y Jardines
Serenazgo
13,966,695.33
2,805,898.83
4,005,132.88
20,777,727.04
1.24%
1.24%
1.24%
1.24%
14,139,882.35
2,840,691.98
4,054,796.53
21,035,370.85
173,187.02
34,793.15
49,663.65
257,643.82
Total
3.
Cuadro de Tasas
En el caso de las tasas por los servicios de Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo,
correspondientes al Ejercicio Fiscal 2021, estas son las establecidas en la Ordenanza N? 414-MVES, rati ? cada mediante
Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 300, normas que fueron publicadas en el Diario O ? cial ?El Peruano? el 29 de
diciembre del 2019, reajustadas con la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor ? IPC al mes de agosto
para Lima Metropolitana, ascendente a 1.24%, establecido en la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, tal como se
detalle en los cuadros siguientes:
ACTUALIZACION DE LAS TASAS PARA LOS
ARBITRIOS MUNICIPALES 2021
PREDIOS Y CONTRIBUYENTES
La distribuci?n del costo para todos los servicios (Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y
Serenazgo) se efect?a sobre la informaci?n almacenada en la base de datos del registro predial, en el cual se ha
identi ? cado a 80,515 contribuyentes de los cuales 2,146 contribuyentes son inafectos, haciendo un total de 78,309
contribuyentes afectos en el caso de los Servicios Municipales de Recolecci?n de Residuos S?lidos y Parques y
Jardines; en el caso del Serenazgo de 80,515 contribuyentes, 2,147 son inafectos y 78,368 son afectos a este
tributo similar cantidad de predios afectos, inafectos y exonerados que son proyectados en la Ordenanza N? 414-
MVES vigente para el 2020, no existiendo mayor variaci?n en el n?mero de predios para el 2021 de acuerdo al
Memorando N? 369-2020-GDU-MVES de la Gerencia de Desarrollo Urbano, encontr?ndose re ? ejado en la Base de
Datos de Administraci?n Tributaria, conforme se se?ala en el Informe N? 0127-2020-UDT-OGA/MVES de la Unidad
de Desarrollo Tecnol?gico.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
9
NUMERO DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES DE RECOLECCION DE
RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO
PROPIETARIOS
PREDIOS
Servicio
Inafecto
Afectos
Total de
Inafecto
Afectos
Exonerados
Total
Total Predios
Propietarios
Recolecci?n de Residuos
S?lidos
2,146
2,146
2,147
78,309
78,336
78,368
80,515
80,515
80,515
2,436
2,436
2,438
94,220
94,347
94,347
458
331
329
94,678
94,678
94,676
97,114
97,114
97,114
Parques y Jardines
Serenazgo
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N DEL SERVICIO DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS
1.
CRITERIOS DE DISTRIBUCION C?LCULO DE LA TASA
El Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos ha sido calculado en relaci?n a los siguientes criterios:
a)
N?mero de habitantes. - Solo para el servicio de recolecci?n de residuos s?lidos del uso de Casa Habitaci?n, se
toma en cuenta el promedio que se obtiene de la densidad poblacional del distrito por cada una de las 04 zonas
que ha sido dividido el distrito.
b)
c)
Tama?o del Predio. - Expresado en m2. De ?rea construida.
Uso de Predio. - Es la actividad que tiene un predio que puede ser:
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?
Casa Habitaci?n.
Comercio.
Restaurant, chifa, poller?a, similar.
Mercado Mayorista.
Mercado Grande.
Mercado mediano y peque?o.
Industria, Taller de Producci?n, Almac?n.
Establecimientos de Salud, Centros M?dicos, Postas.
Entidad de Servicios P?blicos.
Centros Educativos, Institutos Superiores, Universidades.
Centro Recreacional Playa, Clubs, Alojamientos.
Gobiernos Locales.
Templo, Convento, Monasterio.
Compa??a de Bomberos, Polic?a Nacional.
La descripci?n de los usos corresponde a la realidad del distrito en lo concerniente a la relevancia en la generaci?n de residuos
s?lidos, asimismo, la clasi ? caci?n permite aproximarse en la asignaci?n del costo del servicio de una manera equitativa.
Para la determinaci?n del costo relativo por usos del servicio de recolecci?n, se ha categorizado los predios en Casa
Habitaci?n, Comercio, Restaurant, chifa, poller?a, similar, Mercado Mayorista, Mercado Grande, Mercado mediano y
peque?o, Industria, Taller de Producci?n, Almac?n, Establecimientos de Salud, Centros M?dicos, Postas, Entidad
de Servicios P?blicos, Centros Educativos, Institutos Superiores, Universidades, Centro Recreacional, Playa, Clubs,
Alojamientos, Gobiernos Locales, Templo, Convento, Monasterio, Compa??a de Bomberos y Polic?a Nacional.
De los usos se ha estimado la generaci?n de residuos s?lidos expresado en toneladas anual por tipo de predio, el mismo que se
extrae del Estudio de Caracterizaci?n de Residuos S?lidos del Informe N? 265-2017-SGLPM/GSMGA/MVES, de lo que se estima
el porcentaje de participaci?n, con respecto al total de toneladas anual a nivel del distrito y de todos sus usos. Cabe precisar que,
el estudio de caracterizaci?n de los residuos s?lidos nos permite tener informaci?n y datos m?s exactos y precisos del distrito.
C?lculo de la tasa para predios de uso Casa Habitaci?n:
Con el objeto de diferenciar la tasa de los predios del mismo tama?o (?rea construida) pertenecientes al uso casa
habitaci?n, se considera el criterio de habitantes el elemento diferenciador. Se entiende que, a mayor cantidad de
habitantes en el predio, mayor es el disfrute del servicio por lo tanto le corresponde una mayor tasa del arbitrio.
En ese sentido se presenta la siguiente f?rmula que tiene incorporado dicho criterio:
Monto a pagar (soles) = T x A x (1 + (H ? P) x V)
Ahora bien, si un predio con igual cantidad de habitantes (H) al promedio de habitantes por predio (P) le corresponde el
100%
del costo, entonces a un habitante le corresponder? el 100% entre el promedio de habitantes por predio (P), por lo
que la variaci?n del costo (V) se obtiene de la siguiente manera: V = (1/P).
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Los valores de las variables ?P? y ?V? se determinar? por todo el distrito en el siguiente cuadro.
Predios
[1]
Habitantes
[2]
Promedio de Habitantes por Predio (P) Variaci?n del Costo por Habitante (V)
[3]=[2]/[1]
[4]=[1]/[3]
78,880
523,017
6
0.16
La cantidad de habitantes proyectadas del INEI asciende a 523,017 personas y la cantidad de predios de uso casa
habitaci?n pertenece al registro predial de la Municipalidad.
Para aquellos contribuyentes que no han presentado su declaraci?n jurada, se determinar? como n?mero de habitantes
del predio (H) el promedio de habitantes por predio (P). La presunci?n respecto del n?mero de habitantes del predio admite
prueba en contrario, la cual se formaliza mediante la presentaci?n de la declaraci?n jurada de informaci?n complementaria.
De ? nici?n de las variables de la F?rmula
T: Tasa por zona de servicio (soles/metro cuadrado) A: ?rea construida del predio (metros cuadrados) H: Habitantes del
predio
P: Promedio de habitantes por predio V: Variaci?n del costo por habitante
C?lculo de la tasa para predios de usos distintos a Casa Habitaci?n:
?
?
?
?
Identi ? car el uso al cual pertenece el predio.
Identi ? car la tasa que le corresponde al predio seg?n su uso.
Identi ? car la cantidad de metros cuadrados del ?rea construida que tiene el predio.
Finalmente se determina el monto a pagar, multiplicando la tasa que le corresponde por los metros cuadrados del
predio.
Monto a pagar (soles) = Tasa (soles/metro cuadrado) x Tama?o del predio (metros cuadrados)
Arbitrio Municipal de Recolecci?n de Residuos S?lidos
CASA HABITACION
Tasa Anual x m? 2020
Tasa Anual x m? 1.24% 2021
Tasa Mensual x m? 2021
Zona
S/
S/
S/
1
2
3
4
0.96
0.83
0.76
0.68
0.97
0.84
0.76
0.68
0.081
0.070
0.063
0.057
OTROS USOS
Uso
Categor?a de Uso
Tasa Anual x
m? S/
Tasa Anual con
IPC 1.24%
Tasa Mensual S/
2020
1.68
2021
1.70
2021
0.142
1
2
Comercio
Restaurant, Chifa, Poller?a / Similares
Mercado Mayorista
1.08
1.09
0.091
3.757
12.997
0.258
0.480
0.155
0.075
0.623
0.074
0.122
3
44.53
154.05
3.07
45.08
155.96
3.10
4
Mercado Grande
5
Mercado Mediano y Peque?o
6
Industria / Taller de Producci?n / Almac?n
Establecimientos de Salud, Centros M?dicos, postas
Entidad de Servicios P?blicos
5.69
1.84
0.89
7.38
0.88
1.45
5.76
7
1.86
8
0.90
9
Centros Educativos/ Inst. Superiores/ Universidades
Centro Recr. Playa /Clubs/ alojamiento
Gobiernos Locales
7.47
10
11
0.89
1.46
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
11
Uso
Categor?a de Uso
Tasa Anual x
m? S/
Tasa Anual con
IPC 1.24%
Tasa Mensual S/
2020
2021
0.46
2.10
0.09
2021
0.038
0.175
0.008
12
13
14
Templo Convento Monasterio
Compa??a de Bomberos
Polic?a Nacional
0.46
2.08
0.09
Con relaci?n, a la aplicaci?n del D.L. 1278, que aprueba la Ley de Gesti?n de Residuos S?lidos y su Reglamento,
mediante INFORME N? 235-2020-SGLPPEA-GSCGA/MVES la Sub Gerencia de Limpieza P?blica Parques y Evaluaci?n
ambiental de la Municipalidad de Villa El Salvador informa que en el Distrito no se cuenta con Laboratorios de Ensayo
Ambiental, y en relaci?n a las Veterinarias y Lubricentros la Municipalidad determin? el pesaje las tasas, en funci?n a los
residuos comunes.
Mediante Decreto Legislativo N? 1501 publicado en el Diario O ? cial el Peruano el 11 de mayo del 2020, se modi ? ca el
Decreto Legislativo N? 1278, que aprueba Ley de Gesti?n Integral de Residuos S?lidos, a ? n de contemplar disposiciones
referidas al manejo de los residuos s?lidos en situaciones de emergencia y la correspondiente prestaci?n del servicio de
gesti?n integral de los residuos s?lidos.
Con respecto a la aplicaci?n del Art. 34 del Decreto Supremo N? 014-2017-MINM, por los generadores mayores a 500
litros, se aplicar? lo dispuesto en la normativa vigente, al amparo de lo dispuesto en el Art. 80, numerales 3 y 4, de la Ley
Org?nica de Municipalidades, por lo que se ha reiterado la solicitud de modi ? caci?n del citado art?culo mediante el O ? cio
N? 036-2020-GSCGA/MVES al Ministerio del Ambiente, a su vez y dando respuesta a nuestra solicitud inicial con el O ? cio
N? 00093-2020-MINAM/VMGA/DGRS de fecha 13-02-2020el Ente Rector se?al? que prever? la modi ? caci?n de algunas
disposiciones del Reglamento de la LGIRS, entre las que se considerara mejorar el esquema planteado en su art?culo 34.
2.
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
C?LCULO DE LA TASA DE PARQUES Y JARDINES ? 2021
Tasa Anual x
Predio S/
Tasa Anual Con IPC
1.24% x Predio S/
Tasa Mensual x
Predio S/
Ubicaci?n del Predio
2020
65.92
47.56
22.65
2021
66.73
48.14
22.93
2021
5.561
4.012
1.911
Frente a ?reas Verdes
Cerca de ?reas Verdes hasta 100 ML
Lejos de ?reas Verdes
CRITERIOS DE DISTRIBUCION
Para la distribuci?n de Parques y Jardines se han utilizado los siguientes criterios de distribuci?n:
9
Ubicaci?n del predio
La ubicaci?n del predio es un criterio determinante, pues su cercan?a a las ?reas verdes del distrito, se convierte
en el indicador b?sico de la intensidad real o potencial. Es decir, quien habita frente a un ?rea verde, recibe real
o potencialmente un mayor servicio expresado en goce de la calidad ambiental, paisajismo, recreaci?n, deporte,
ornato, entre otros, respecto a alguien que vive alejado del mismo.
Considerando este concepto de disfrute, se ha efectuado la categorizaci?n de los predios en raz?n de su acceso a
las ?reas verdes en tres categor?as, predios frente de ?reas verdes, predios cerca de ?reas verdes y predios lejos
de ?reas verdes.
Predios frente a Parque P?blico y ?reas verdes. - Son todos aquellos predios que se encuentran frente a los
parques del distrito.
Predios cerca de parques hasta 100 metros. - Son aquellos predios que se encuentran cerca de los parques y
?reas verdes y hasta 100 metros de distancia.
Predios lejos de ?reas verdes. - Son aquellos que se encuentran a una distancia mayor a 100 metros de distancia.
Disfrute potencial
9
Se re ? ere al disfrute potencial que reciben las personas respecto a las ?reas verdes del distrito, el cual mide el
nivel de mantenimiento y disfrute de las ?reas verdes y se presume mayor prestaci?n del servicio. Informaci?n
sustentada con el informe N? 284-2017-GSCGA/MVES de la Ordenanza N? 382-2017-MVES.
El m?todo de c?lculo del indicador consiste en:
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
o
Determinar el promedio de las respuestas por ubicaci?n de predio, seg?n la escala utilizada (1 igual a muy
mala; 2 igual a mala, 3 igual a regular, 4 igual a buena y 5 igual a muy buena), mediante las preguntas sobre
el mantenimiento del ?rea verde (?C?mo cali ? ca el servicio de parques y jardines?) y el disfrute del ?rea
verde (?Cu?l es el nivel de bene ? cio de las ?reas verdes?)
o
o
Determinar el ?Nivel de mantenimiento? y ?Nivel de disfrute? de las ?reas verdes, porcentual usando el valor
promedio de las respuestas sobre el valor m?ximo de la escala.
Determinar el ?Disfrute del ?rea verde?, multiplicando el nivel de mantenimiento y el nivel de disfrute.
Finalmente determinar el ?Disfrute potencial?, dividiendo el valor del ?Disfrute del ?rea verde? de cada
ubicaci?n de predio entre la base el cual se ha tomado el valor de ?PJ3? como referencia (0.06).
3.
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N DEL SERVICIO DE SERENAZGO
CRITERIOS DE DISTRIBUCION DEL SERVICIO DE SERENAZGO
La distribuci?n del costo del servicio de Serenazgo se efect?a de la siguiente manera:
9
9
Uso del Predio. - La Actividad que se realiza en un predio es uno de los factores que inciden en el nivel de riesgo
potencial que genera y por tanto en el nivel de seguridad que requerir?. Es por ello, que aquellos usos o giros que
por sus caracter?sticas generan mayor riesgo demandaran una mayor prestaci?n del servicio de serenazgo.
Ubicaci?n del Predio.- En las zonas municipales se ha determinado distintos niveles de peligrosidad relativa en
raz?n al n?mero de intervenciones (incidencias) As? se ha considerado que el uso del servicio se intensi ? car? en
aquellas zonas de mayor peligrosidad relativa (n?mero de incidencias), correspondiendo a los predios ubicados en
ellas, la zoni ? caci?n, ubicaci?n del predio en cada una de ellas y que por tanto requieren de mayor presencia del
servicio de Serenazgo, y su consecuente log?stica.
9
Participaci?n y Costo Relativo. - Del cuadro Resumen de incidencias por zonas (09 establecidas para el distrito) y los
usos de los predios, nos permite determinar el porcentaje de participaci?n, respecto de las zonas y usos de los predios,
el mismo que es utilizado para la determinaci?n del costo relativo por zonas; de acuerdo a los cuadros siguientes:
A partir del registro de intervenciones por zonas de servicio y categor?a de uso se establece el porcentaje de
participaci?n del costo, el cual resulta de dividir la cantidad de intervenciones por zonas de servicio y categor?a de
uso entre el total de intervenciones.
ZONA I
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
HABITACION / VIVIENDA
2020
S/
25.75
84.08
193.43
194.79
211.02
183.25
72.29
-
26.06
85.12
195.82
197.20
213.63
185.52
73.18
-
2.172
7.093
16.318
16.433
17.803
15.460
6.098
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
-
ZONA II
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
36.53
96.36
36.98
97.55
3.082
8.129
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
263.78
400.48
428.64
654.90
166.77
267.05
405.44
433.95
663.02
168.83
22.254
33.787
36.163
55.252
14.069
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
13
ZONA III
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
30.63
135.53
263.78
567.75
184.64
226.10
122.29
288.76
-
31.00
137.21
267.05
574.79
186.92
228.90
123.80
292.34
-
2.583
11.434
22.254
47.899
15.577
19.075
10.317
24.362
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
ZONA IV
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
26.52
65.66
260.25
-
26.84
66.47
263.47
-
2.237
5.539
21.956
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
189.92
240.33
83.61
-
192.27
243.31
84.64
-
16.023
20.276
7.053
-
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
-
ZONA V
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
26.70
101.08
263.78
424.37
211.02
299.10
82.34
-
27.03
102.33
267.05
429.63
213.63
302.80
83.36
-
2.253
8.528
22.254
35.803
17.803
25.233
6.947
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
849.86
860.39
71.699
ZONA VI
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
19.83
30.91
20.07
31.29
1.673
2.608
15.577
184.64
186.92
14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
-
-
142.42
231.43
55.54
-
-
11.868
19.286
4.628
-
140.68
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
228.60
54.86
OTROS SERVICIOS (4)
-
-
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
ZONA VII
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
24.70
87.09
527.56
420.35
211.02
195.19
57.55
-
25.00
88.16
534.10
425.56
213.63
197.61
58.26
-
2.083
7.347
44.508
35.463
17.803
16.468
4.855
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
-
ZONA VIII
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
23.41
29.80
211.02
140.68
-
23.70
30.16
213.63
142.42
-
1.975
2.513
17.803
11.868
-
USO COMERCIAL
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
OTROS SERVICIOS (4)
35.17
79.13
-
35.60
80.11
-
2.967
6.676
-
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
-
-
-
ZONA IX
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
HABITACION / VIVIENDA
USO COMERCIAL
24.52
52.75
-
24.82
53.40
-
2.068
4.450
-
MERCADO (5)
USO INDUSTRIAL / TALLER DE PRODUCION
21.85
22.12
1.843
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
15
Tasa Anual
Tasa Anual 2021
IPC 1.24% S/
Tasa Mensual
2021 S/
Tipo de Uso/predio
2020
S/
ESTABLECIMIENTO DE SALUD
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS (2)
CENTROS EDUCATIVOS (3)
105.50
106.80
8.900
121.74
123.24
10.270
76.73
77.68
6.473
OTROS SERVICIOS (4)
-
-
-
-
-
-
CENTROS RECREACIONALES DE PLAYAS
ZONAS URBANAS DE ATENCION DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES RELACI?N DE AGRUPAMIENTOS DEL
DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR: ASOCIACIONES, URBANIZACI?N, COOPERATIVA, AA. HH Y OTROS.
Zonas Urbanas de atenci?n del servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos para el a?o 2021
TERRITORIO
SECTORES Y ZONAS
Sector 01, que comprende 26 grupos residenciales, y 8AA.HH. yAsociaciones Vecinales ubicadas en el
Cerro La Papa (Balcones de Villa, Las Praderas de Villa, AA.HH. Villa Uni?n, P.J. Bello Horizonte, Las
Terrazas de Villa, Nuevo Para?so, Villa Victoria, AA.HH. Hijos de Villa).
I
II
Sector 02, que comprende 26 grupos residenciales.
Sector 03, que comprende 31 grupos residenciales.
III
Urb. Pachacam?c, Etapas 01,02, 03, 04, Parcelas 03-A y Parcela 3-C. AA.HH. Del Grupo Residencial
"G": AA.HH. Se?or de los Milagros, AA.HH. Quebrada Nuevo Horizonte, AA.HH. Pr?ncipe de Asturias
Grupo D, AA.HH. Pr?ncipe de Asturias Ampliaci?n Grupo D, AA.HH. Pr?ncipe de Asturias Grupo F,
AA.HH. Pr?ncipe de Asturias Ampliaci?n Grupo F,Portales de Pachacamac, AA.HH. La Paz, Ampliaci?n
de Vivienda Parcela del Grupo G3 Parcela C-3, AA.HH. Residencial "G" Parcela 3c, Asociaci?n de
Vivienda Ferroviario, Asociaci?n de Vivienda Santa Mar?a de Villa, Conjunto Habitacional Barrio III
Sector 2, Conjunto Habitacional 8 de febrero, Asociaci?n de Vivienda de Tallerista HoyadaAlta.
IV
Sector 05: Coop. Virgen de Cocharcas, Asoc. Villa Jes?s, Asoc. Virgen de la Familia, Asoc. Granada,
Coop. Jos? Mar?a Arguedas, Asoc. Republica de Francia, Asoc. Villa del Mar, Asoc. Jes?s La Luz del
Mundo, Asoc. San Ram?n, Asoc. Cruz de Motupe, Asoc. Santa Beatriz de Villa, Asoc. Virgen de la
Familia.
Zona Agropecuaria (Asociaciones y Cooperativas Agropecuarias de Vivienda): Asoc. Santa Beatriz
Villa del Mar, AA.HH. Los Huertos de Villa, Asoc. La Concordia, Asoc. Santa Elena, Asoc. Rinconada
de Villa, Coop. Las Vertientes, Asoc. Villa Rica.
V
Zona Lomo de Corvina: Asoc. Los Minkas Asoc. Lomo de Corvina, Asoc. Tres Regiones, Asoc.
Tahuantinsuyo, Asoc. Santa Rosa, Asoc. Patitos 01, Asoc. Patitos 02, Asoc. Los Campesinos, Asoc.
Apasil, Pino 03, Pastor Sevilla, San Antonio de Padua, Virgen de Cocharcas, El Triunfo de Villa,
Mensajero de la Paz, Se?or de Cachuy, La Villa Colonia Cayetana, Agrowussines, Heliconia, Virgen
de Chapi, Juan Velasco, San Valent?n, 18 de Octubre, Familias Unidas, Virgen de la Candelaria, Santa
Nelida 13 de Julio, 13 de Mayo, Chacrita Cajamarquina, Asociacion de Vivienda Leoncio Prado,
Asociaci?n de Vivienda Villa Trinidad, Asociacion de Vivienda Casa Huerta, Asoc. De Viv. WasiWasi,
Asoc. Viv. Villa Rica Lomo Cornica, Asoc. Vivienda de Familia Santa Rosa de Villa, Asoc. Viv. Huertos
Los Rosales.
Zona de Playas: Zona Venecia, Asoc. Huertos de Conchan, Asoc. Villa El Milagro, Asoc. Santa Rosa
de Llanavilla
Sector 06, comprendido en 13 Grupos Residenciales.
VI
Asoc. De Vivienda San Juan de Mira ? ores, AA.HH. Rio Jord?n, AA.HH. Familias Unidas.
Sectores 07, 09, 10, los que comprenden 13 grupos Residenciales.
VII
AA.HH. Ubicados en el Cerro Lomo de Corvina:Arenas Vivas, Mirador de Villa, 11 de Diciembre,
Collasuyo, 28 de Octubre, La Encantada, San Ignacio de Loyola, Mirador 200 Millas, Ampliaci?n 9no.
Sector.
Asentamientos Humanos que integran el Parque Metropolitano: 20 de Octubre, Virgen de la Candelaria,
Los Aires de Pachacamac, Ampliaci?n Los Aires, Las Brisas, Ampliaci?n Las Brisas de Pachacamac,
Ampliaci?n Max Uhle, V?ctor Chero, Villa La Uni?n y Lomas de Mamacona, AA.HH. Jardines de
Pachacamac, AA.HH. Los Laureles de Villa, AA.HH. Ida Lossio, AA.HH. H?roes de Cenepa, AA.HH.
Valle de Jes?s, AA.HH. Las Palmeras, Asoc. de Vivienda Morro de Conchan
VIII
IX
Parque Industrial (Parcelas 01, 02, 02A )
16
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
PLANO DE RUTAS DE RECOLECCION EN EL DISTRITO
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
17
ZONAS URBANAS DE ATENCION SERVICIO MUNICIPAL DE PARQUES Y JARDINES
Distribuci?n de las ?reas verdes por sectores. - A continuaci?n, se muestra la distribuci?n de las ?reas verdes por
sectores:
SECTOR 01
Extensi?n
Efectiva.
UBICACI?N
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
Sector 1 Grupo 1
3,879.66
3,179.66
679.66
0.39
Sector 1 Grupo 7
Sector 1 Grupo 8
Sector 1 Grupo 9
Sector 1 Grupo 13
Sector 1 Grupo 16
Sector 1 Grupo 18
Sector 1 Grupo 19
Sector 1 Grupo 21
Sector 1 Grupo 21a
Sector 1 Grupo 22
Sector 1 Grupo 22a
Sector 1 Grupo 23
Sector 1 Grupo 25
Sector 1 Grupo 26
Av. 1? de Mayo
0.32
0.07
0.05
0.07
0.07
0.05
0.22
0.22
0.12
0.22
0.22
0.22
0.17
0.22
1.88
1.88
1.44
7.83
529.66
679.66
679.66
529.66
2,229.66
2,229.66
1,179.66
2,229.66
2,229.66
2,229.66
1,679.66
2,179.66
18,789.36
18,755.46
14,398.31
78,288.03
Av. Pastor Sevilla
Av. El Sol
SECTOR 01
SECTOR 02
Extensi?n
Efectiva
UBICACI?N
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
Sector 2 Grupo 2
Sector 2 Grupo 3
Sector 2 Grupo 7
Sector 2 Grupo 8
Sector 2 Grupo 9
Sector 2 Grupo 10
Sector 2 Grupo 12
Sector 2 Grupo 13
Sector 2 Grupo 14
Sector 2 Grupo 15
Sector 2 Grupo 16
Sector 2 Grupo 17
Sector 2 Grupo 19
Sector 2 Grupo 21
Sector 2 Grupo 23
Sector 2 Grupo 23A
Sector 2 Grupo 24
2,641.00
0.26
3,441.00
1,641.00
3,141.00
1,141.00
241.00
0.34
0.16
0.31
0.11
0.02
0.03
0.21
0.09
0.13
0.26
0.36
0.32
0.04
0.26
0.26
0.41
341.00
2,141.00
941.00
1,266.00
2,641.00
3,641.00
3,241.00
441.00
2,641.00
2,641.00
4,141.00
18
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Sector 2 Grupo 25
Sector 2 Grupo 25A
Av. Pastor Sevilla
Av. Juan Velasco Alvarado
Av. Cesar Vallejo
Av. El Sol
641.00
0.06
0.21
3.11
2,141.00
31,088.67
23,173.00
19,423.00
14,173.00
126,961.67
2.32
1.94
1.42
12.70
SECTOR 02
SECTOR 03
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
Sector 3 Grupo 3
Sector 3 Grupo 6
Sector 3 Grupo 9
Sector 3 Grupo 10
Sector 3 Grupo 12
Sector 3 Grupo 13
Sector 3 Grupo 14
Sector 3 Grupo 16
Sector 3 Grupo 17
Sector 3 Grupo 18
Sector 3 Grupo 19
Sector 3 Grupo 20
Sector 3 Grupo 21
Sector 3 Grupo 22
Sector 3 Grupo 23
Sector 3 Grupo 23A
Sector 3 Grupo 24
Sector 3 Grupo 25
Sector 3 Grupo 27
Sector 3 Grupo 28
Av. Cesar Vallejos
Av. Jos? Carlos Mariategui
Av. Pastor Sevilla
Av. 200 Millas
1,134.00
0.11
0.26
0.26
0.16
0.21
0.71
0.21
0.06
0.06
0.16
0.51
0.31
0.31
0.21
0.31
0.26
0.51
0.41
0.31
0.71
1.94
0.32
3.99
1.10
13.47
2,634.00
2,634.00
1,634.00
2,134.00
7,134.00
2,134.00
634.00
634.00
1,634.00
5,134.00
3,134.00
3,134.00
2,134.00
3,134.00
2,634.00
5,134.00
4,134.00
3,134.00
7,134.00
19,423.50
3,168.33
39,933.50
10,973.50
134,678.83
SECTOR 3
SECTOR 04
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea
efectiva
(Ha.)
AGR. PACHACAMAC S. 4 ETAPA PRIMERA
AGR. PACHACAMAC S. 4 ETAPA SEGUNDA
AGR. PACHACAMAC III ETAPA SECTOR 3
AGR. PACHACAMAC PARCELA 3 S1B1
AGR. PACHACAMAC PARCELA 3 S1B2
207.00
5,641.00
6,041.00
4,807.67
5,141.00
9,307.67
4,911.00
7,611.00
0.02
0.56
0.60
0.48
0.51
0.93
0.49
0.76
AGR. PACHACAMAC S.2 PARCELA SUB PARCELA A B. 1
C.H. PACHACAMAC IV ETAPA S.2 B.2
AGR. PACHACAMAC S.2 PARCELA SUB PARCELA B B.3
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
19
SECTOR 04
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea
efectiva
(Ha.)
AGR. PACHACAMAC S.2 PARCELA SUB PARCELA B B.4
C.H. PACHACAMAC IV ETAPA PARCELA 3A
AGR. PACHACAMAC IV ETAPA PARCELA 3C GR. A
AGR. PACHACAMAC PARCELA 3C GRUPO B.
C.H. PACHACAMAC IV ETAPA PARCELA 3C GR. C
C.H. PACHACAMAC IV ETAPA PARCELA 3C GR. D
AGR. PACHACAMAC S.2 PARCELA SUB PARCELA D B.3
AGR. PACHACAMAC PARCELA 3A PAR. SUB-PAR1 SUP.MAN.N
P.I. PACHACAMAC S/AIRES DE PACHACAMAC
AMP. IV ETAPA S.2 P.H. PACHACAMAC
AGR. PACHACAMAC PAR 3A. PAR. SUB-PAR. 4
Av. 200 Millas
9,971.00
957.67
1.00
0.10
0.08
0.07
0.06
0.06
0.02
0.02
0.00
0.20
0.01
1.10
0.47
0.46
5.64
0.11
0.11
13.90
836.00
726.00
626.00
626.00
171.00
157.67
0.00
2,029.34
146.00
11,048.00
4,749.00
4,599.00
56,449.00
1,099.00
1,099.00
138,957.02
Av. Universitaria
Av. Revoluci?n
Av. Separadora Industrial
Av. Mariano Pastor Sevilla
Av. Forestales
SECTOR 4
SECTOR 05
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
5
5
Sector COOP. VIRGEN DE COCHARCAS
400.00
0.04
Sector ASOC. VIV. SANTA BEATRIZ DE VILLA.
450.00
13,579.54
7,152.46
0.045
1.357954
0.715246
2.16
Av. Mariano Pastor Sevilla
Av. El Sol.
SECTOR 05
21,582.00
SECTOR 06
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
SECTOR 06 GRUPO 04
SECTOR 06 GRUPO 05A
AV. MARIANO PASTOR SEVILLA
AV. EL SOL
1,500.00
0.15
1,500.00
44,888.00
7,000.00
0.15
4.49
0.70
5.49
SECTOR 06
54,888.00
SECTOR 07
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
7
7
7
GRUPO 01
GRUPO 02A
GRUPO 03
600.00
0.06
500.00
600.00
0.05
0.06
20
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
SECTOR 07
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
7
GRUPO 03a
800.00
0.08
AV. MARIANO PASTOR SEVILLA
C. DEPORTIVO S7 G1
SECTOR 07
31,839.46
5,000.00
39,339.46
3.183946
0.5
3.93
SECTOR 09
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
UBICACI?N
SECTOR 9 GRUPO 01
SECTOR 9 GRUPO 02
SECTOR 9 GRUPO 04
SECTOR 09
1,300.00
0.13
1,000.00
2,694.00
0.10
0.27
4,994.00
0.50
SECTOR 10
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
SECTOR 10 GR. 02 AA.HH. OASIS DE VILLA
SECTOR 10 GR. 03 AA.HH. OASIS DE VILLA
AV. PASTOR SEVILLA
4,500.00
0.45
3,680.00
3,900.00
2,488.00
14,568.00
0.37
0.39
0.25
1.46
AV. 200 MILLAS
SECTOR 10
PARQUE INDUSTRIAL
UBICACI?N
Extensi?n
Efectiva.
?rea efectiva
(m2.)
?rea efectiva
(Ha.)
Parq. Ind. Del Cono Sur Parc. 2
1,209.00
117.00
0.12
Parq. Ind. Del Cono Sur Parc. 2A
AV. JUAN VELASCO ALVARADO (PASEO INDUSTRIAL)
AV. EL SOL
0.01
0.92
3.15
0.33
9,190.86
31,507.30
3,259.85
AV. PACHACUTEC
PARQUE INDUSTRIAL
45,284.01
4.53
RELACION DE BERMAS CENTRALES CON ARBORIZACION.
Descripci?n
?rea arborizada
(m2)
No.
Berma Central Av. Mar?a Elena Moyano. (Desde Av. Jos? Carlos
Mari?tegui hasta Ovalo Oasis de Villa.)
01
02
03
04
05
3,500.48
Berma Central Av. Primero de Mayo. ( desde la Av. Separadora
Industrial hasta la Av. Revoluci?n)
11,920.00
2,760.00
Berma Central Avenida Cesar Vallejos (al costado del Hospital Juan
Pablo II)
Berma Central Avenida Juan Velasco Alvarado (desde la Avenida
Pastor Sevilla hasta Av Mar?a Elena Moyano)
6,160.00
Berma Central de la Avenida Separadora Industrial (desde la Avenida
Mateo Pumacahua hasta la Avenida Primero de Mayo)
11,601.00
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
21
RELACION DE BERMAS CENTRALES CON ARBORIZACION.
?rea arborizada
(m2)
No.
Descripci?n
06
07
Berma Lateral del Tren El?ctrico ( altura del Puente 04)
1,652.02
Berma Central Av. Juan Velasco Alvarado ( desde la Avenida
Marielena Moyano hasta la Avenida Separadora Agro Industrial)
5,760.00
7,900.00
Berma Central de la Avenida Mateo Pumacahua
TOTAL m2.
51,253.50
RELACION DE BERMAS CENTRALES CON SIEMBRA DE PALMERAS.
?rea (m2)
No.
Descripci?n
01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
Berma Central de la Avenida Modelo
6,362.12
3,180.00
3,000.00
3,686.00
3,526.00
3,666.50
3,466.30
3,761.25
3,180.80
3,576.50
Berma Central de la Avenida Pacto Andino
Berma Central de la Avenida Los ?ngeles
Berma Central de la Avenida Vi?a del Mar.
Berma Central de la Avenida Arriba Per?
Berma Central de la Avenida Jorge Ch?vez
Berma Central de la Avenida Sim?n Bol?var
Berma Central de la Avenida 03 de Octubre
Berma Central de la Avenida Jose Olaya
Berma Central de la Avenida Talara
TOTAL m2.
37,405.47
ZONAS URBANAS DE ATENCI?N DEL SERVICIO MUNICIPAL DE SERENAZGO
SECTORES Y ZONAS
TERRITORIO
Sectores 01, que comprende 26 grupos residenciales, y 8 AA.HH. y Asociaciones Vecinales ubicadas
en el Cerro La Papa (Balcones de Villa, Las Praderas de Villa, AA.HH. Villa Uni?n, P.J. Bello Horizonte,
Las Terrazas de Villa, Nuevo Para?so, Villa Victoria.
I
II
Sectores 02, que comprende 26 grupos residenciales.
Sectores 03, que comprende 31 grupos residenciales.
III
Urb. Pachacamac, Etapas 01, 02, 03, 04, Parcelas 03-A y Parcela 3-C. AA.HH. Del Grupo Residencial
"G": AA.HH. Se?or de los Milagros, AA.HH. Quebrada Nuevo Horizonte, AA.HH. Pr?ncipe de Asturias
Grupo D, AA.HH. Pr?ncipe de Asturias Ampliaci?n Grupo D, AA.HH. Pr?ncipe de Asturias Grupo F,
AA.HH. Pr?ncipe de AsturiasAmpliaci?n Grupo F, Portales de Pachacamac,AA.HH. La Paz,Ampliaci?n
de Vivienda Parcela del Grupo G3 Parcela C-3, AA.HH. Residencial "G" Parcela 3c, Asociaci?n de
Vivienda Ferroviario, Asociaci?n de Vivienda Santa Mar?a de Villa, Conjunto Habitacional Barrio III
Sector 2, Conjunto Habitacional 8 de Febrero, Asociaci?n de Vivienda de Tallerista HoyadaAlta.
IV
Sector 05: Coop. Virgen de Cocharcas,Asoc. Villa Jes?s,Asoc. Virgen de la Familia,Asoc. Granada, Coop.
JoseMaria Arguedas, Asoc. Republica de Francia, Asoc. Villa del Mar, Asoc. Jes?s La Luz del Mundo,
Asoc. San Ram?n,Asoc. Cruz de Motupe,Asoc. Santa Beatriz de Villa,Asoc. Virgen de la Familia.
ZonaAgropecuaria (Asociaciones y CooperativasAgropecuarias de Vivienda):Asoc. Santa Beatriz Villa
del Mar,AA.HH. Los Huertos de Villa,Asoc. La Concordia,Asoc. Santa Elena,Asoc. Rinconada de Villa,
Coop. Las Vertientes, Asoc. Villa Rica.
Zona Lomo de Corvina: Asoc. Los Minkas, Asoc. Lomo de Corvina, Asoc. Tres Regiones, Asoc.
Tahuantinsuyo, Asoc. Santa Rosa, Asoc. Patitos 01, Asoc. Patitos 02, Asoc. Los Campesinos, Asoc.
Apasil, Pino 03, Pastor Sevilla, SanAntonio de Padua, Virgen de Cocharcas, ElTriunfo de Villa, Mensajero
de la Paz, Se?or de Cachuy, La Villa Colonia Cayetana, Agrowussines, Heliconia, Virgen de Chap?, Juan
Velasco, San Valent?n, 18 de Octubre, Familias Unidas, Virgen de la Candelaria, Santa N?lida 13 de Julio,
V
13
de Mayo, Chacrita Cajamarquina, Asociaci?n de Vivienda Leoncio Prado, Asociaci?n de Vivienda
Villa Trinidad, Asociaci?n de Vivienda Casa Huerta, Asoc. deViv. WasiWasi, Asoc. Viv. Villa Rica Lomo
Cornica, Asoc. Vivienda de Familia Santa Rosa de Villa, Asoc. Viv. Huertos Los Rosales.
Zona de Playas: Zona Venecia, Asoc. Huertos de Conchan, Asoc. Villa El Milagro, Asoc. Santa Rosa
de Llanavilla
22
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
TERRITORIO
SECTORES Y ZONAS
Sector 06, comprendido en 13 Grupos Residenciales.
Asoc. De Vivienda San Juan de Mira ? ores, AA.HH. Rio Jordan, AA.HH. Familias Unidas.
VI
Sectores 07, 09, 10, los que comprenden 13 grupos Residenciales.
AA.HH. Ubicados en el Cerro Lomo de Corvina:Arenas Vivas, Mirador de Villa, 11 de Diciembre,
Collasuyo, 28 de Octubre, La Encantada, San Ignacio de Loyola, Mirador 200 Millas, Ampliaci?n 9no.
Sector.
VII
Asentamientos Humanos que integran el Parque Metropolitano: 20 de Octubre, Virgen de la Candelaria,
Los Aires de Pachacamac, Ampliaci?n Los Aires, Las Brisas, Ampliaci?n Las Brisas de Pachacamac,
Ampliaci?n Max Hule, V?ctor Chero, Villa La Uni?n y Lomas de Mamacona, AA.HH. Jardines de
Pachacamac, AA.HH. Los Laureles de Villa, AA.HH. Ida Lossio, AA.HH. H?roes de Cenepa, AA.HH.
Valle de Jes?s, AA.HH. Las Palmeras, Asoc. de Vivienda Morro de Canchan
VIII
IX
Parque Industrial (Parcelas 01, 02, 02A ), AA.HH. Hijos de Villa.
MAPA DE ZONAS DE ATENCION DE SERVICIO DE SERENOS A PIE
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
23
MAPA DE ZONAS DE ATENCION CON VEHICULOS (PATRULLAJE)
24
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ESTIMACI?N DE INGRESOS
1.
ESTIMACI?N DE INGRESOS DEL SERVICIO RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS
En lo relacionado a los ingresos anuales esperados se calcula con el total de predios afectos, observamos una estimaci?n
de ingresos de S/ 14?080,561.34, present?ndose una diferencia de S/ 59,321.01 con relaci?n al costo del servicio que
alcanza S/ 14?139,882.35, que se debe a efectos de 458 predios exonerados, con lo que cubre el 99.58% del costo del
servicio, siendo el 0.42% asumido por la Municipalidad. El monto deducido por concepto de exonerados corresponde
a la disminuci?n del monto por cobrar de los predios que corresponden al gobierno local, los templos, conventos y
monasterios, Compa??a de Bomberos y los predios correspondientes a la Polic?a Nacional del Per?, de acuerdo a la tasa
estimada por la generaci?n de residuos s?lidos producidos en cada uno de sus predios y de acuerdo a su ?rea construida
de los mismos.
Montos Anuales S/
Total de Ingresos
C=(a)-(b)
Cobertura
%
Total Ingresos
(a)
Exonerados
(b)
Costos
(d)
Diferencia
(d)-(c)
(e)
14,139,882.35
59,321.01
14,080,561.34
14,139,882.35
59,321.01
99.58%
2.
ESTIMACIONES DE INGRESOS DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
En lo relacionado a los ingresos anuales esperados, observamos una estimaci?n de ingresos de S/ 2?833,107.96,
encontr?ndose una diferencia de S/ 7,584.02 respecto al costo del servicio que alcanza a S/ 2?840,691.98, que se debe a
efectos de 331 predios exoneraciones, por lo que la estimaci?n se ha realizado con el total de predios afectos, con lo que
cubre el 99.73% del costo del servicio, siendo el 0.27% asumido por la municipalidad. El monto deducido por concepto
de exonerados corresponde a la disminuci?n de las tasas por cobrar de los predios que corresponden al gobierno local,
Compa??a de Bomberos y a los predios correspondientes a la Polic?a Nacional del Per?, en funci?n a su ubicaci?n en
relaci?n a los parques p?blicos y ?reas verdes del distrito.
Montos Anuales S/
Total de Ingresos
C=(a)-(b)
Cobertura
%
Total Ingresos
(a)
Exonerados
(b)
Costos
(d)
Diferencia
(d)-(c)
(e)
2,840,691.98
7,584.02
2,833,107.96
2,840,691.98
7,584.02
99.73%
3.
ESTIMACI?N DE INGRESOS DEL SERVICIO DE SERENAZGO
En lo relacionado a los ingresos anuales esperados, es el resultado de la aplicaci?n de la Tasa de Serenazgo solo
a los predios afectos, observando una estimaci?n de ingreso de S/ 3,947,504.90, present?ndose una diferencia
de S/ 107,291.63, con relaci?n al costo del servicio que alcanza a S/ 4?054,796.53, que se debe a efectos de 329
predios exonerados y por redondeo hacia debajo de las tasas, con lo que llega al 97.35% del costo del servicio,
siendo el 2.65% asumido por la Municipalidad. El monto deducido por concepto de exonerados corresponde a
la disminuci?n del monto por cobrar de los predios que corresponden al gobierno local y a la ubicaci?n de la
Compa??a de Bomberos de acuerdo a la ubicaci?n de los mismos dentro de los nueve (09) sectores del distrito.
Montos Anuales S/
Total de Ingresos
C=(a)-(b)
Cobertura
%
Total Ingresos
(a)
Exonerados
(b)
Costos
(d)
Diferencia
(d)-(c)
(e)
4,054,796.53
107,291.63
3,947,504.90
4,054,796.53
107,291.63
97.35%
1916318-1