Ordenanza que establece el régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública (barrido de calles y recojo de residuos sólidos) parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio fiscal 2021 en el distrito de San Juan de Lurigancho
A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Jueves 31 de diciembre de 2020
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
ORDENANZA N? 405
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL
R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS
ARBITRIOS DE LIMPIEZA P?BLICA
(BARRIDO DE CALLES Y RECOJO
DE RESIDUOS S?LIDOS) PARQUES
Y JARDINES, Y SERENAZGO,
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO
FISCAL 2021, EN EL DISTRITO DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
ACUERDO DE CONCEJO N? 427
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL
2
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 427
Lima, 30 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha:
VISTO:
El O?cio N? D000264-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, de fecha
de diciembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 405-MDSJL, que establece
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el r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de calles y Recojo de Residuos S?lidos), Parques y
Jardines y Serenazgo del ejercicio 2021 en el distrito de San Juan de Lurigancho, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Art?culos 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per?, en concordancia con la Norma IV del C?digo
Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N? 816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza,
pueden crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites
que se?ala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el art?culo 40 de la Ley N? 27972?Ley Org?nica de Municipalidades,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati?cadas por las
municipalidades provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085, que aprueba el procedimiento de ratificaci?n de
ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la municipalidad distrital recurrente aprob? la ordenanza
objeto de la ratificaci?n, remiti?ndola conjuntamente con el expediente de ratificaci?n digitalizado, que incluye
los respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT, con
car?cter de Declaraci?n Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes, y el citado organismo en uso
de sus competencias;
Que, en ese sentido, a trav?s del Informe N? D000097-2020-SAT-ART de fecha 10 de diciembre de 2020, el
?rea Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de
Lima ? SAT, opin? favorablemente respecto a la ratificaci?n solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las
normas aplicables y la Directiva N? 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debi?ndose efectuar
las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, la Ordenanza N? 405-MDSJL, que es materia de ratificaci?n, mantiene las disposiciones t?cnicas
establecidas para el ejercicio 2020, aprobadas mediante Ordenanza N? 393-MDSJL, publicada el 31 de diciembre
de 2019 y ratificada por Acuerdo de Concejo N? 297, considerando la aplicaci?n de los mismos costos y tasas
para el ejercicio 2021;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los art?culos
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y 41 de la Ley N? 27972?Ley Org?nica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de
Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en su
Dictamen N? 140-2020-MML/CMAEO de fecha 16 de diciembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa
del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati?car la Ordenanza N? 405-MDSJL, que establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza
P?blica (Barrido de calles y Recojo de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2021 en el distrito
de San Juan de Lurigancho, y mantiene la aplicaci?n de los costos y tasas aprobadas y rati?cadas para el ejercicio 2020.
Art?culo 2. El presente Acuerdo ratificatorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de
su publicaci?n hasta el 31 de diciembre del 2020, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza ratificada, incluido
el Informe T?cnico. La aplicaci?n de la Ordenanza materia de la presente ratificaci?n, sin la condici?n antes
se?alada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la referida Municipalidad Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT que posteriormente al cumplimiento del
citado requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el
Portal Institucional (www.munilima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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ORDENANZA N? 405-MDSJL
San Juan de Lurigancho, 4 de diciembre del 2020
EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Visto en Sesi?n Ordinaria de Concejo Virtual, de fecha 04 de diciembre del 2020, el Dictamen N? 005-CER-CM/MDSJL,
de fecha 30 de noviembre del 2020, emitido por la Comisi?n Ordinaria de Econom?a y Rentas; El Memorando N? 1039 ?
2020-GM/MDSJL,
de fecha 26 de noviembre del 2020, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Legal N? 140-2020-
GAJ/MDSJL, de fecha 26 de noviembre del 2020, elaborado por la Gerencia deAsesor?a Jur?dica; el Informe N? 071-2020-
GAT/MDSJL, de fecha 24 de noviembre del 2020, emitido por la Gerencia de Administraci?n Tributaria; el Memor?ndum
N? 1033-2020-GSC/MDSJL, de fecha 24 de noviembre del 2020, expedido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana;
el Informe N? 4173-2020-SGAYCP-GAF-MDSJL, de fecha 24 de noviembre del 2020, elaborado por la Subgerencia de
Abastecimiento y Control Patrimonial; el Informe N? 394-2020-SGPP-GP/MDSJL, de fecha 24 de noviembre del 2020,
expedido por la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N? 1132-2020-GDA/MDSJL, de fecha 24 de
noviembre del 2020, de la Gerencia de Desarrollo Ambiental; el Informe N? 289-2020-SGMAPJ-GDA/MDSJL, de fecha
24
de noviembre del 2020, de la Subgerencia de Medio Ambiente, Parques y Jardines; el Informe N? 209-2020-SGLP-
GDA/MDSJL, de fecha 24 de noviembre del 2020, de la Subgerencia de Limpieza P?blica; todos acerca del Proyecto
de Ordenanza que Establece el R?gimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recojo de
Residuos S?lidos) Parques y Jardines, y Serenazgo, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021 en el distrito de San Juan
de Lurigancho; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el art?culo 194? de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con el art?culo II
del T?tulo Preliminar de la Ley Org?nica de Municipalidades, Ley N? 27972 (en adelante la LOM), los gobiernos locales
tienen autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeci?n al ordenamiento
jur?dico; le corresponde al Concejo Municipal la funci?n normativa que se ejerce a trav?s de ordenanzas, las mismas que
tienen rango de ley, conforme al art?culo 200? inciso 4) de la Carta Fundamental;
Que, el Texto ?nico Ordenado del C?digo Tributario aprobado con Decreto Supremo N? 133-2013-EF, establece en la
Norma II del T?tulo Preliminar que, los arbitrios son tasas que se pagan por la prestaci?n o mantenimiento de un servicio
p?blico; asimismo, la Norma IV del citado T?tulo Preliminar, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear,
modi?car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, as? como exonerar de ellos, dentro
de su jurisdicci?n y con los l?mites que se?ala la ley, norma concordante con el art?culo 40? de la LOM, que adem?s
prescribe que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati?cadas
por las provinciales de su circunscripci?n para su vigencia;
Que, el art?culo 69-B del TUO de la Ley de Tributaci?n Municipal precisa que las Municipalidades podr?n determinar el
importe de las tasas (arbitrios), tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 01 de enero del a?o ?scal
anterior reajustado con la aplicaci?n de la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor vigente en la Capital
del Departamento correspondiente a dicho ejercicio ?scal;
Que, dicho procedimiento de rati?caci?n para la provincia de Lima se encuentra previsto en la Ordenanza N? 2085-MML
?Procedimiento de Rati?caci?n de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ?mbito de la provincia de Lima?, constituyendo
requisito indispensable para su vigencia, la rati?caci?n por el Concejo Metropolitano de Lima, lo que tambi?n ha sido
establecido en las sentencias del Tribunal Constitucional reca?das en el Expediente N? 00053-2004-PI-TC de fecha 16 de
mayo de 2005 que se?ala como requisito la rati?caci?n de las Ordenanzas sobre arbitrios para su validez, y el Expediente
N? 0018-2005-PI-TC de fecha 04 de julio de 2005, que precisa el uso de criterios de distribuci?n de los costos de los
servicios p?blicos, debiendo cada municipio sustentar t?cnicamente las f?rmulas que se adapten a su realidad;
Que, en ejercicio de dicha potestad y conforme a las reglas vinculantes en la materia, este Concejo expidi? la Ordenanza
N? 393 que establece el R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recojo
de Residuos S?lidos), Parques y Jardines, y Serenazgo, para el Ejercicio 2020, publicada en el Diario O?cial ?El Peruano?
el d?a 31 de diciembre del 2019, Ordenanza que han sido debidamente rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 297
de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, mediante Ordenanza N? 403-MDSJL, de fecha 28 de setiembre del 2020, se aprob? el R?gimen Tributario de
los Arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recojo de Residuos S?lidos), Parques y Jardines, y Serenazgo,
correspondiente al ejercicio ?scal 2021, en el Distrito de San Juan de Lurigancho.
Que, mediante O?cio N? D00031-2020-SAT-ART, de fecha 11 de noviembre del 2020, la Gerencia de Asuntos Jur?dicos,
del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima, remite las observaciones realizadas a la Ordenanza N? 403-MDSJL,
de fecha 28 de setiembre del 2020, y a los documentos de sustento elaborados para su elaboraci?n, motivo por el cual
se elaboran los informes se?alados en los vistos, recomendando proyectar una nueva Ordenanza Municipal y derogar
la anterior;
Estando a lo expuesto, con la opini?n favorable de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, mediante Informe Legal N?
140-2020-GAJ-MDSJL,
de fecha 26 de noviembre del 2020, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9)
del art?culo 9? y el art?culo 40? de la Ley Org?nica de Municipalidades, Ley N? 27972, con el VOTO POR MAYOR?A del
Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y tr?mite de aprobaci?n del Acta, se aprob? la siguiente:
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA P?BLICA
(BARRIDO DE CALLES Y RECOJO DE RESIDUOS S?LIDOS), PARQUES Y JARDINES, Y SERENAZGO,
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2021, EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO.
DISPOSICIONES GENERALES
Art?culo 1?.- MARCO LEGAL APLICABLE
Apl?quese para el ejercicio 2021, el marco legal, criterios de distribuci?n y tasas aplicables de los Arbitrios de Limpieza
P?blica (Barrido de calles y Recojo de residuos s?lidos), Parques y Jardines, y Serenazgo establecidos en la Ordenanza
N? 364-MDSJL, de fecha 30 de octubre del 2017, ?R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2018 en
el distrito de San Juan de Lurigancho?, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 473 de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, y publicada en el Diario O?cial El Peruano el d?a 30 de diciembre de 2017.
Art?culo 2?- PR?RROGA
Para el ejercicio ?scal 2021, se aplicar?n los costos y tasas establecidos en la prestaci?n de los servicios p?blicos de
Limpieza P?blica (Barrido de calles y Recojo de residuos s?lidos), Parques y Jardines, y Serenazgo regulados en la
Ordenanza N? 393 publicada en el Diario O?cial El Peruano el d?a 31 de diciembre de 2019, y rati?cada mediante Acuerdo
de Concejo N? 297 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Art?culo 3?.- DEL INFORME T?CNICO FINANCIERO
Apru?bese el Informe T?cnico Financiero de los Arbitrios 2021 (anexo), el mismo que sustenta el mantenimiento de
las Tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Barrido de calles y Recojo de residuos s?lidos), Parques y
Jardines, y Serenazgo, as? como la prestaci?n de los servicios mencionados, que forman parte integrante de la presente
Ordenanza.
Articulo 4?.- DEROGAR la Ordenanza N? 403-MDSJL, de fecha 28 de setiembre del 2020, ordenanza mediante la cual
se aprob? el R?gimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recojo de Residuos S?lidos),
Parques y Jardines, y Serenazgo, correspondiente al ejercicio ?scal 2021, en el Distrito de San Juan de Lurigancho.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Fac?ltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcald?a dicte las medidas complementarias para la mejor
aplicaci?n de la presente Ordenanza, as? como aprobar y determinar la pr?rroga de los plazos establecidos en la presente
Ordenanza.
Segunda.- La presente Ordenanza entrar? en vigencia a partir del 01 de enero del 2021, previa publicaci?n del Acuerdo
de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba la rati?caci?n de la presente Ordenanza que
establece el ?R?gimen Tributario de Arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recojo de Residuos S?lidos)
Parques y Jardines, y Serenazgo correspondiente al ejercicio ?scal 2021, en el distrito de San Juan de Lurigancho?;
public?ndose conjuntamente el texto ?ntegro de la Ordenanza, en el Diario O?cial ?El Peruano?.
Tercera.- Enc?rguese a la Secretar?a de Comunicaci?n e Imagen Institucional, el cumplimiento de las formalidades
de publicidad establecidas en la Ley, a efecto que el texto ?ntegro de la Ordenanza conjuntamente con sus anexos se
publiquen en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho (www.munisjl.gob.pe), y en el Portal
Institucional del Servicio de Administraci?n Tributaria (www.sat.gob.pe).
Reg?strese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
?LEX GONZ?LES CASTILLO
Alcalde
ANEXO
INFORME TECNICO FINANCIERO DE LOS ARBITRIOS
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
1.
INFORMACI?N GENERAL Y NORMATIVA
La Ordenanza N? 2085-MML publicada en el diario o?cial ?El Peruano? el 5 de abril de 2018 que aprueba el procedimiento
de rati?caci?n de ordenanzas tributarias en el ?mbito de la provincia de Lima, que en el Art. 8 norma lo referente a la
solicitud de rati?caci?n de la ordenanza que prorroga o reajusta los montos de los arbitrios de ejercicios anteriores.
En cumplimiento a las disposiciones contenidas en el T.U.O de la Ley de Tributaci?n Municipal, respecto a la aprobaci?n
anual de las tasas por arbitrios, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ha efectuado el an?lisis de los
gastos ejecutados al mes de agosto del presente a?o 2020, concluyendo que ?stos se est?n aplicando conforme
a lo programado en el presente ejercicio, aprobados mediante la Ordenanza N? 393 rati?cada por la Municipalidad
Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo N? 297-MML, publicado el 31 de diciembre de 2019 que establece el
r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recojo de Residuos S?lidos), Parques y
Jardines, y Serenazgo correspondiente al ejercicio ?scal 2020.
2.
MOTIVOS DE LA PRORROGA DEL R?GIMEN TRIBUTARIO DEL A?O 2020 PARA EL A?O 2021
La Sub Gerencia de Medio Ambiente, Parques y Jardines mediante Informe N? 298-2020-SGMAPYJ-GDA/MDSJL de
fecha 24 de noviembre de 2020 informa que la prestaci?n del servicio de mantenimiento de las ?reas verdes del distrito se
est? realizando conforme a lo establecido en el PlanAnual de Servicio correspondiente al a?o 2020 y que para el a?o 2021
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
5
se continuara aplicando lo establecido en el referido Plan Anual de Servicio, debido al estado de emergencia nacional,
al haberse declarado como pandemia el brote del Coronavirus (COVID-19) entre ellas la inmovilizaci?n ciudadana, tal
situaci?n no ha permitido realizar el ?Estudio que determina el grado de disfrute de las ?reas verdes en el distrito de San
Juan de Lurigancho? el cual determina el Indie de Concurrencia, ?ndice que permite distribuir los costos del servicio de
mantenimiento de las ?reas verdes en el distrito de San Juan de Lurigancho en relaci?n a la cercan?a de los predios a
dichas ?reas, pues es un par?metro de validez de los criterios de distribuci?n establecido por Tribunal Constitucional en
STC reca?da en el Expediente N? 0053-2004-PC/TC,
La Sub Gerencia de Limpieza P?blica mediante Informe N? 209-2020-SGLP-GDA/MDSJL de fecha 24 de noviembre de
2020,
informa que la prestaci?n de los servicios de recojo de residuos s?lidos y de barrido de calles , ambos servicios
se seguir?n realizando conforme se est?n ejecutando en el presente a?o, el cual signi?ca mantener el nivel de mejora
en la prestaci?n del servicio respecto a lo proyectado en las ordenanzas N? 364/MDSJL, N? 384/MDSJL y N? 393/
MDSJL rati?cadas con Acuerdo de Concejo N? 473/MML, N? 399/MML y N? 297/MML de los a?os 2018, 2019 y 2020,
respectivamente.
La Gerencia de Seguridad Ciudadana mediante Memor?ndum N? 1033-2020-GSC/MDSJL de fecha 24 de noviembre de
2020
informa que la prestaci?n del servicio de serenazgo en el distrito se est? realizando conforme a lo establecido en
el Plan Anual de Servicio correspondiente al a?o 2020 y que para el a?o 2021 se continuara aplicando lo establecido en
el referido Plan Anual de Servicio, de forma similar la inmovilizaci?n decretada genero un comportamiento diferenciado
a nivel de ocurrencias que atend?a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en tal sentido la informaci?n estad?stica de
ocurrencia no es representativa de la realidad.
La Gerencia de Administraci?n Tributaria mediante Informe N? 071-2020-GAT/MDSJL de fecha 24 de noviembre de
2020,
se?ala ante la coyuntura actual se debe aplicar para el ejercicio 2021 el marco legal los criterios de distribuci?n y
tasas aplicables de los Arbitrios de Limpieza Publica (Recojo de residuos s?lidos y barrido de calles), Parques y jardines
y Serenazgo, establecidos en la Ordenanza N? 364 ?R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales del a?o 2018 en el
distrito de San Juan de Lurigancho? publicada en el diario o?cial ?El Peruano? el 30/12/2017 rati?cada mediante Acuerdo
de Concejo N? 473 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y aplicar los costos y tasas establecidos en la prestaci?n
de los servicios de Limpieza Publica (Recojo de residuos s?lidos y barrido de calles), Parques y jardines y Serenazgo,
establecidos en la Ordenanza N? 393 ?R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales del a?o 2020 en el distrito de San
Juan de Lurigancho? publicada en el diario o?cial ?El Peruano? el 31/12/2019 rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N?
297.
La Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N? 394-2020-SGPP/GP/MDSJL de fecha 24 de
noviembre de 2020, remite las ejecuciones de las estructuras de costo de los servicios de Limpieza P?blica (Recojo de
Residuos S?lidos y Barrido de Calles), Parques y jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2020.
Para cumplir con los objetivos y metas aprobadas, se debe precisar que los costos por la prestaci?n de los servicios
de Limpieza Publica (Recojo de Residuos s?lidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo, se vienen
ejecutando conforme a los costos aprobados en la Ordenanza N? 393 rati?cada por Acuerdo de Concejo N? 297 de la
Municipalidad Metropolitana de Lima y se prev? superar el 100% de los costos aprobados en lo que resta del a?o 2020
(setiembre a diciembre).
La ejecuci?n de las estructuras de costos de enero a agosto del 2020 asciende a S/ 36,784,051.83 (77.86%) y
se proyecta ejecutar de setiembre a diciembre en S/ 34,052,000.19 (72.08%), sobrepasando de esta forma en un
49.95%
respecto al costo total aprobado (100% = S/ 47,241,171.05) por la Ordenanza N? 393, tal como se muestra
en el Cuadro N? 1; al respecto, cabe indicar que los mayores costos ejecutados se genera en el servicio de recojo
de residuos s?lidos generado por dos razones i) En la Ordenanza N? 364 que establece el r?gimen de tributario
de arbitrios del 2018 el costo unitario contratado era de S/ 99.95 y se traslad? a la estructura de costo el 82% (S/
81.96)
el 18% es subvencionado por la Municipalidad hasta la fecha, ii) Al incremento del precio unitario por tonelada
m?trica -en el mercado- del recojo, transporte y disposici?n ?nal; En tal sentido, debemos precisar el excedente
de lo proyectado a diciembre es subvencionado por la Municipalidad con la ?nalidad de no trasladar dichos
costos a los contribuyentes.
(49.95%)
CUADRO N? 1: NIVEL DE EJECUCION DE LAS ESTRUCTURAS DE COSTOS 2020
Costo Anual
2020
Ord. N? 393/
MDSJL
Ejecuci?n
Presupuestaria
Enero a Agosto Enero a Agosto
2020
% Ejecuci?n
Presupuestaria
% Ejecuci?n
Presupuestaria
Setiembre a
Proyecci?n de
Setiembre a
Diciembre 2020
% Ejecuci?n
a Diciembre
2020
Ejecuci?n a
Diciembre 2020
Servicios
2020
Dciembre 2020
a
b
c = (b /a)*100
d
c = (d /a)*100
f = b + d
g =(f/a)*100
Recojo de
Residuos
S?lidos
28,960,444.59
27,557,500.67
95.16%
21,719,355.83
75.00%
49,276,856.50
170.15%
Barrido de
Calles
3,470,250.11
8,080,549.55
3,125,983.83
3,700,518.05
90.08%
45.80%
569,626.88
16.41%
80.46%
3,695,610.71
10,201,791.59
106.49%
126.25%
Parques y
Jardines
6,501,273.55
Serenazgo
Total
6,729,926.80
2,400,049.28
35.66%
5,261,743.93
78.18%
7,661,793.22
113.85%
47,241,171.05
36,784,051.83
77.86%
34,052,000.19
72.08%
70,836,052.02
149.95%
6
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
3.
APROBACION DE LOS COSTOS DE LOS SERVICIOS PARA EL A?O 2021
Para la formulaci?n del costo de los servicios y las metodolog?as de distribuci?n en el ejercicio 2021, se ha procedido a
realizar el an?lisis correspondiente, asimismo se ha tenido en considerado los informes emitidos por de la Sub Gerencia de
Limpieza P?blica, la Sub Gerencia de Medio Ambiente, Parque y Jardines, el Memor?ndum de la Gerencia de Seguridad
Ciudadana, la Sub Gerencia de Plani?caci?n y Presupuesto, y de la Sub Gerencia de Tecnolog?a de la Informaci?n
en tal sentido, se ha decido aplicar para el ejercicio 2021 el marco legal los criterios de distribuci?n y tasas aplicables
de los Arbitrios de Limpieza Publica (Recojo de residuos s?lidos y barrido de calles), Parques y jardines y Serenazgo,
establecidos en la Ordenanza N? 364 ?R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales del a?o 2018 en el distrito de San
Juan de Lurigancho? publicada en el diario o?cial ?El Peruano? el 30 de diciembre del 2017 rati?cada mediante Acuerdo
de Concejo N? 473 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y aplicar los costos y tasas establecidos para la prestaci?n
de los servicios de Limpieza Publica (Recojo de residuos s?lidos y barrido de calles), Parques y jardines y Serenazgo,
establecidos en la Ordenanza N? 393 ?R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales del a?o 2020 en el distrito de San
Juan de Lurigancho? publicada en el diario o?cial ?El Peruano? el 31 de diciembre de 2019 rati?cada mediante Acuerdo de
Concejo N? 297, es decir los costos para el ejercicio 2021 de los servicios de recojo de residuos s?lidos, barrido de calles,
parques y jardines, y serenazgo ser?n los mismo del a?o 2020 tal como se muestra en el Cuadro N? 2:
AUDCRO N? 2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN JUAN DE LURIGANCHO
EJECUCI?N DE ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO DE RECOJO DE RESIDUOS SOLIDOS 2020
Ejecuci?n
Presupuestaria
Enero a Agosto
2020
% Ejecuci?n
Presupuestaria
Enero a Agosto
2020
Costo Anual 2020
Ord. N? 393/
MDSJL
Proyecci?n de
Setiembre a
Diciembre 2020
% Ejecuci?n
a Diciembre
2020
Ejecuci?n a
Diciembre 2020
Concepto
a
b
c = (a x b)%
d
f = b + d
g = f/a%
COSTOS DIRECTOS
28,833,200.01
27,539,500.67
95.51%
21,601,475.33
49,140,976.00
170.43%
Otros costos y gastos
variables
28,833,200.01
127,244.58
27,539,500.67
18,000.00
95.51%
14.15%
21,601,475.33
117,880.50
49,140,976.00
135,880.50
170.43%
106.79%
COSTOS INDIRECTOS
Y GASTOS
ADMINISTRATIVOS
Mano de obra
indirecta
127,244.58
18,000.00
14.15%
117,880.50
135,880.50
106.79%
TOTAL
28,960,444.59
27,557,500.67
95.16%
21,719,355.83
49,276,856.50
170.15%
4.
TASAS PARA EL A?O 2021
Para el a?o 2021, las tasas por la prestaci?n de los servicios de recojo de residuos s?lidos, barrido de calles, parques
y jardines, y serenazgo ser?n las mismas que las tasas aprobadas por la Ordenanza 393 rati?cada por la Municipalidad
Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo N? 297-MML, publicado el 31 de diciembre de 2019 que establece el
r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recojo de Residuos S?lidos), Parques y
Jardines, y Serenazgo correspondiente al ejercicio ?scal 2020, tal como se detallan en los siguientes cuadros:
4.1
RECOJO DE RESIDUOS S?LIDOS:
CUADRO N? 3
DETERMINACI?N DE LA TASA ANUAL DE RECOJO DE RESIDUOS SOLIDOS PARA
PREDIOS DE USO CASA HABITACION PARA EL EJERCICIO 2021
Diferencia de Tasa
Tasa Anual por m2 - Tasa Anual por m2 -
Anual por m2
2020
S/
2021 S/
Zona
S/
c= b - a
0.00
a
b
1
2
3
4
5
0.6399
0.6224
0.6375
0.5655
0.6233
0.6399
0.6224
0.6375
0.5655
0.6233
0.00
0.00
0.00
0.00
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
7
Diferencia de Tasa
Anual por m2
S/
Tasa Anual por m2 - Tasa Anual por m2 -
2020
S/
2021 S/
Zona
a
b
c= b - a
0.00
6
7
8
0.4799
0.4773
0.1237
0.4799
0.4773
0.1237
0.00
0.00
Las Zonas Municipales han sido establecidas por Decreto de Alcald?a N? 014 de fecha 16 de septiembre del 2003. La
determinaci?n de las Zonas Municipales obedece a la composici?n urbana del distrito la cual conlleva a una prestaci?n
del servicio diferenciada en cada zona municipal, el ?mbito de las Zonas Municipales se precisa en el Cuadro N? 4:
CUADRO N? 4: DESCRIPCION DE ZONAS MUNICIPALES
Decreto de Alcald?a N? 014 de fecha 16 de septiembre del 2003
Zona N?
1
Descripci?n
Abarca la comuna N? 1 a la N?5. Se ubica al extremo sur del distrito, colindando con el r?o R?mac. Al norte, bordea las Lomas de
Mangomarca y las Av. Lurigancho y Pr?ceres de la Independencia.
Abarca la comuna N? 6 a la N? 9. Se ubica entre la Av. Pr?ceres de la Independencia (este) y las laderas bajas de los cerros
Observatorio, San Jer?nimo, Canteras y Angostura (oeste). Al norte con la Av. El Sol.
2
3
4
5
6
7
8
Abarca la comuna N? 10 a la N? 12. Se ubica al norte de la zona N?1 y al este de la zona N?2, limitada por las lomas de
Matacaballo Chico. Al norte con la Av. El Sol y su prolongaci?n hasta el Penal de San Pedro.
Abarca la comuna N?13 a la N?16. Se ubica al sur con la Av. El Sol, al este con la Av. Wiese (prolongaci?n de Pr?ceres de la
Independencia), al norte con la Av. Bayovar y al oeste con las laderas de los Corrales, Alboguera y Angostura.
Abarca la comuna N?17 a la N?20. Se ubica al sur con la Av. El Sol, al oeste con la Av. Wiesse (prolongaci?n de Pr?ceres de la
Independencia), al norte con la Av. Mari?tegui ? Bayovar y al este con las laderas de Lomas de Matacaballo Grande y Verdolaga.
Abarca la comuna N? 21 a la N? 23. Se ubica al sur con la Av. Mari?tegui ? Bayovar, al este con la Av. Wiese, al norte con la Urb.
C?ceres 3? sector y al oeste con las laderas del cerro Pico de Loro.
Abarca la comuna N? 24 a la N? 26. Se ubica al sur con la Av. Bayovar, al oeste con la Av. Wiese y el AA.HH. Cruz de Motupe,
al este colinda con las laderas de Cerro Negro y al norte con la calle 25.
Abarca la comuna N? 27. Se ubica al norte de la calle 25 de Jicamarca, abarca toda el ?rea ocupable y semiocupada hasta las
laderas de los cerros que circundan la cabecera del valle.
CUADRO N? 5
DETERMINACI?N DE LA TASA ANUAL DE RECOJO DE RESIDUOS SOLIDOS PARA PREDIOS DE ACTIVIDADES ECONOMICAS
PARA EL EJERCICIO 2021
Diferencia de Tasa Anual
Tasa Anual por m2 - 2021
S/
Tasa Anual por m2 - 2020 S/
por m2
S/
Usos
a
b
c= b - a
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
Clase 1
Clase 2
Clase 3
Clase 4
Clase 5
Clase 6
Clase 7
Clase 8
Clase 1
Clase 2
Clase 1
Clase 2
4.05
5.98
7.15
8.00
8.05
8.26
6.45
7.81
5.49
5.68
8.28
8.72
5.58
4.05
5.98
7.15
8.00
8.05
8.26
6.45
7.81
5.49
5.68
8.28
8.72
5.58
Comercio
Taller
Industria
Instituciones
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
La descripci?n de los usos del servicio de recojo de residuos s?lidos se encuentran detallados en la Ordenanza N? 364/
MDSJL rati?cada por Acuerdo de Concejo N? 473/MML publicada en el diario o?cial ?El Peruano? el 30 de diciembre de
2017,
que es la que se muestra en el Cuadro N? 6.
CUADRO N? 6: CLASIFICACION DE USOS SEG?N PROCEDENCIA DE RESIDUOS SOLIDOS
USO
DESCRIPCI?N
Casa habitaci?n
Se considera todos los predios dedicados a vivienda.
Servicios Profesionales como consultorios m?dicos, ingenier?a, contables, Consultorios veterinarios
y similares, Playas de Estacionamiento, Dep?sitos Comerciales, Lavado de Veh?culos, Venta
de Autos, Venta de Gas por Balones, Venta de Kerosene por Litros, Partidos Pol?ticos, Comercio
Clase 1 como Bodegas, Abarrotes, Farmacias, Boticas, Panader?as, Bazar, Librer?as, Sal?n de Belleza,
Peluquer?as, Locer?as, Sastrer?as, Casa de Cambio, Tienda de Artefactos, Ferreter?as, Licorer?as,
Cafeter?as, Juguer?as, Helader?as, Dulcer?as, Fuentes de Soda, cabinas de internet, renovadoras de