Aprueban la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1067-2020-MTC/01.02
Lima, 30 de diciembre de 2020
VISTOS: Los Memorándums Nºs. 1511 y 1579-2020-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal y los Informes Nºs. 1298 y 1377-2020-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional, entre otras, así como es competente de manera compartida con los gobiernos regionales y locales, en materia de infraestructura y servicios de transportes de alcance regional y local, circulación y tránsito terrestre, entre otros;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, el artículo 9-A de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, incorporado por el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1406, dispone la creación del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, que es administrado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual es de uso obligatorio por todas las autoridades de transporte y tránsito terrestre de los tres niveles de gobierno para notificar a los administrados en los procedimientos administrativos vinculados al transporte y tránsito terrestre, incluyendo los procedimientos administrativos sancionadores, regidos por la mencionada Ley;
Que, por Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC, se aprueba el Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, el cual tiene por objeto regular el Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, conforme a lo dispuesto en el artículo 9-A de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, dispone que mediante Resolución Ministerial, se aprueba la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, la cual establece el procedimiento, los plazos de implementación, las disposiciones que regulan la afiliación, acceso y uso de la casilla electrónica por parte de las autoridades administrativas y los usuarios; así como la administración y gestión del Sistema de Casillas Electrónicas por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, de otro lado, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos; con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, establece como finalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, en ese sentido, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, establece como uno de sus ejes transversales el gobierno electrónico, el cual se refiere al uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los órganos de la administración pública para mejorar la información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos;
Que, adicionalmente a ello, es importante mencionar que mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dicta medidas de prevención y control del COVID-19, prorrogándose dicho plazo mediante los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA y Nº 031-2020-SA, por noventa (90) días calendario a partir del 7 de diciembre de 2020;
Que, de acuerdo a lo señalado por la Organización Mundial de la Salud, así como por el Ministerio de Salud, el COVID - 19 se propaga principalmente de persona a persona o contacto con cualquier tipo de superficie infectada, motivo por el cual, el Gobierno ha adoptado una serie de medidas de contención orientadas a reducir los riesgos de contagio del COVID - 19. En ese sentido, la notificación personal, incrementa los riesgos de contagio del COVID - 19, debido a que el mismo implica un continuo contacto que deben de tener las personas para la entrega de los actos a ser notificados;
Que, en consecuencia, la implementación del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, tiene especial relevancia en el contexto actual por el que viene atravesando nuestro país a consecuencia del COVID-19, puesto que, al reducir el contacto entre las personas, reduce las probabilidades de contagio de dicha enfermedad;
Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, mediante los Memorándums Nºs. 1511 y 1579-2020-MTC/18, remite los Informes Nºs. 1298 y 1377-2020-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, con los cuales se sustenta y propone la aprobación de la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, el cual cuenta con las conformidades de las unidades de organización competentes de este Ministerio, así como de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN y de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Decreto Legislativo Nº 1406; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre
Apruébase la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, según el texto que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1916649-1