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Prorrogan vencimiento del plazo para acogerse a beneficios tributarios extraordinarios por regularización de obligaciones tributarias sustanciales a favor de los contribuyentes del distrito de San Borja establecidos en la Ordenanza N° 654-MSB

Prorrogan vencimiento del plazo para acogerse a beneficios tributarios extraordinarios por regularización de obligaciones tributarias sustanciales a favor de los contribuyentes del distrito de San Borja, establecidos en la Ordenanza N° 654-MSB

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 019-2020-MSB-A

San Borja, 29 de diciembre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN BORJA

VISTOS, el Informe N° 113-2020-MSB-GM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 22 de diciembre de 2020, el Informe N° 640-2020-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 23 de diciembre de 2020, el Proveído N° 1307-2020-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 23 de diciembre de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 133-2013-EF, se establece que: “La deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que, excepcionalmente, los gobiernos locales pueden condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, siendo que en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar el tributo (insoluto)”;

Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; y que, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley”;

Que, mediante Ordenanza N° 654-MSB de fecha 05 de noviembre de 2020, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 07 de noviembre de 2020, se establecen beneficios tributarios extraordinarios de carácter temporal por regularización de obligaciones tributarias sustanciales, indicando en su Artículo Octavo que: “El presente beneficio entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano hasta el 30 de noviembre de 2020”; del mismo modo, en su Segunda Disposición Final establece que: “Facúltese al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias reglamentarias, aclaratorias y adicionales necesarias para la correcta adecuación, aplicación y prórroga del plazo de vigencia de la presente Ordenanza”;

Que, con Decreto de Alcaldía N° 018-2020-MSB-A de fecha 26 de noviembre de 2020, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de noviembre de 2020, se prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 654-MSB, que establece beneficios tributarios extraordinarios sustanciales hasta el 31 de diciembre de 2020, a favor de los contribuyentes del distrito de San Borja, respecto de aquellas obligaciones generadas hasta el ejercicio fiscal 2020;

Que, con Informe N° 113-2020-MSB-GM-GAT de fecha 22 de diciembre de 2020, la Gerencia de Administración Tributaria elabora y remite a la Gerencia Municipal un proyecto de Decreto de Alcaldía, que prorroga hasta el 22 de enero de 2021, el vencimiento de plazo para acogerse a la Ordenanza N° 654-MSB, que establece beneficios tributarios extraordinarios de carácter temporal por regularización de obligaciones tributarias sustanciales a favor de los contribuyentes del Distrito de San Borja, respecto de aquellas obligaciones generadas hasta el ejercicio fiscal 2020; sustentando la misma, señala que desde el inicio de la campaña correspondiente a los beneficios establecidos, se supo llegar al vecino san borjino para darles a conocer las bondades que ofrecía el beneficio, obteniendo como respuesta su positiva aceptación, la misma que se ve reflejada en la concurrencia de un grupo considerable de vecinos a la Plataforma de Atención, ya sea por orientación y/o proceder a cancelar lo adeudado; agregando que, considerando la voluntad mostrada por los vecinos, el pedido de otros para que procure una ampliación teniendo en cuenta la delicada situación económica, aunado a la postrimería de la navidad y que el día 31 de diciembre de 2020, se tiene como fecha de vencimiento el plazo establecido para la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 654-MSB, sea extendida su vigencia, continuando con la política de brindar a nuestros vecinos las facilidades de pago que los incentive a cancelar la deuda tributaria, que a su vez les da cierta tranquilidad económica, por lo que, la Gerencia de Administración Tributaria, considera pertinente y favorable ampliar el vencimiento de la Ordenanza N° 654-MSB hasta el 22 de enero de 2021;

Que, mediante Informe N° 640-2020-MSB-OAJ de fecha 23 de diciembre de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal y señala que la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 654-MSB, faculta al señor Alcalde dictar las disposiciones para prorrogar el plazo de vigencia de la citada ordenanza; asimismo, considera que la vigencia del beneficio que establece la referida ordenanza vence el 31 de diciembre de 2020, conforme el Decreto de Alcaldía N° 018-2020-MSB-A y en concordancia con lo informado por la Gerencia de Administración Tributaria, la Oficina de Asesoría Jurídica considera viable la prórroga de la Ordenanza puesto que se ha logrado que los vecinos del distrito de San Borja cumplan con sus obligaciones tributarias y que se mantenga su intención de cumplir con las mismas, por lo que, opina que resulta legalmente procedente aprobar el Decreto de Alcaldía que prorrogue hasta el 22 de enero de 2021, el vencimiento de plazo para acogerse a los beneficios tributarios extraordinarios por regularización de obligaciones tributarias sustanciales, establecidos en la Ordenanza N° 654-MSB;

Que, con Proveído N° 1307-2020-MSB-GM de fecha 23 de diciembre de 2020, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido a fin de continuar con el trámite correspondiente;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20º, numeral 6 y el artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la Gerencia de Administración Tributaria, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 22 de enero de 2021, el vencimiento del plazo para acogerse a los beneficios tributarios extraordinarios por regularización de obligaciones tributarias sustanciales a favor de los contribuyentes del distrito de San Borja, establecidos en la Ordenanza N° 654-MSB.

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia institucional; así como, encargar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA

Alcalde

1916191-1