Ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles recolección de residuos sólidos Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2021 en el distrito del Rímac
A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Jueves 31 de diciembre de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC
ORDENANZA N? 585-MDR
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS
ARBITRIOS MUNICIPALES DE
BARRIDO DE CALLES, RECOLECCI?N
DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y
JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA
PARA EL EJERCICIO 2021 EN EL
DISTRITO DEL R?MAC
ACUERDO DE CONCEJO N? 394
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL
2
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 394
Lima, 10 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El O?cio N.? D000213-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, de fecha
de noviembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 585-MDR, que establece el
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r?gimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad
Ciudadana, del ejercicio 2021 en el distrito del R?mac, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Art?culo 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con la Norma IV del C?digo
Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N.? 816, establecen que Gobiernos Locales mediante Ordenanza
pueden crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites
que se?ala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art?culo 40 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati?cadas por las
municipalidades provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085 que aprueba el procedimiento de rati?caci?n de
ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la municipalidad distrital recurrente aprob? la ordenanza
objeto de la rati?caci?n, remiti?ndola conjuntamente con el expediente de rati?caci?n digitalizado, que incluye
los respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT, con
car?cter de Declaraci?n Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de
sus competencias;
Que, en ese sentido, a trav?s del Informe N.? D000046-2020-SAT-ART de fecha 16 de noviembre de 2020, el ?rea
Funcional de Rati?caciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT,
opin? favorablemente respecto a la rati?caci?n solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables
y la Directiva N? 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debi?ndose efectuar las publicaciones
pertinentes en el Diario O?cial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, la Ordenanza N? 585-MDR, que es materia de rati?caci?n, mantiene las disposiciones t?cnicas establecidas
para el ejercicio 2020, aprobadas mediante Ordenanza N? 575-MDR, publicada el 29 de diciembre de 2019 y rati?cada
por Acuerdo de Concejo N? 333, reajustando sus tasas y costos para el ejercicio 2021 con la variaci?n del ?ndice de
Precios al Consumidor al mes de agosto de 2020 (1.24 %) establecida en la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, cuyo
marco legal tributario aplicable son las Ordenanzas N? 451-MDR y 452-MDR, publicadas el 31 de diciembre de 2015 y
rati?cadas por Acuerdo de Concejo N? 399;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los art?culos 9 y
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de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el Servicio deAdministraci?n
Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en su Dictamen N?
098-2020-MML/CMAEO
de aprobaci?n del acta;
de fecha 27 de noviembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del tr?mite
ACORD?:
Art?culo 1. Ratificar la Ordenanza N? 585-MDR, que establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Barrido
de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del ejercicio 2021 en el
distrito del R?mac y mantiene la aplicaci?n de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2020, reajustadas
con el ?ndice de Precios al Consumidor de 1.24 %, correspondiente al mes de agosto de 2020.
Art?culo 2. El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de
su publicaci?n hasta el 31 de diciembre del 2020, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza ratificada, incluido
el Informe T?cnico. La aplicaci?n de la Ordenanza, materia de la presente ratificaci?n, sin la condici?n antes
se?alada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT que posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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ORDENANZA QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS
MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS,
PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL
EJERCICIO 2021 EN EL DISTRITO DEL R?MAC
ORDENANZA N? 585-MDR
R?mac, 25 de setiembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del R?mac, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO: El Informe N? 029-2020-GR/MDR de fecha 18 de setiembre de 2020, de la Gerencia de Rentas, por el cual
remite el ?Proyecto de Ordenanza que Aprueba el R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles,
Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, para el a?o 2021?; el Informe Legal
N? 304-2020-GAJ/MDR de fecha 18 de setiembre de 2020, de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica; el Dictamen N? 008
-2020-CARDEL/MDR,
Econ?mico Local, y;
de fecha 24 de setiembre de 2020, de la Comisi?n de Administraci?n, Rentas y Desarrollo
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de su competencia
y tienen potestad tributaria para crear, modi?car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales, de
conformidad con los art?culos 74? y 194? de la Constituci?n Pol?tica del Per?.
Que, los numerales 1) y 2) del art?culo 69? de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, se?alan que son rentas
municipales los tributos creados por ley a su favor, siendo estos las contribuciones, tasas, arbitrios, multas y derechos,
los cuales son creados por su Concejo Municipal y constituyen sus ingresos propios; guardando concordancia con lo
establecido en el art?culo 70? de la ley acotada, en el sentido que el Sistema Tributario de las municipalidades se rigen
por Ley Especial y el C?digo Tributario en la parte pertinente.
Que, mediante el art?culo 60? del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado por Decreto
Supremo N? 156-2004-EF, se precisa que de acuerdo a lo establecido por el numeral 4? del art?culo 195? y el art?culo 74?
de la Constituci?n Pol?tica del Per?, las municipalidades crean, modi?can y suprimen contribuciones o tasas y otorgan
exoneraciones dentro de los l?mites ?jados por ley.
Que, el art?culo 69-B del Decreto Supremo N? 156-2004-EF, establece que en caso que las Municipalidades no cumplan
con lo dispuesto en el art?culo 69-A, en el plazo establecido por dicha norma, s?lo podr?n determinar el importe de las
tasas por servicios p?blicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios p?blicos o
arbitrios al 1 de enero del a?o ?scal anterior, reajustado con la aplicaci?n de la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios
al Consumidor (IPC), vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente
a dicho ejercicio ?scal.
Que, la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, ?ja en 1.24% la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor
para Lima Metropolitana a Agosto del 2020, la misma que en cumplimiento del art?culo 69-B del Decreto Supremo N?
156-
2004-EF deber? reajustarse para su vigencia en el a?o 2021.
Que, por Ordenanza N? 2085, publicada en el diario o?cial El Peruano el 05 de abril de 2018, la Municipalidad Metropolitana
de Lima aprueba el procedimiento de rati?caci?n de ordenanzas tributarias distritales en el ?mbito de la provincia de
Lima; asimismo, dicho marco normativo regula la solicitud de rati?caci?n de ordenanzas que prorrogan o reajustan los
montos de arbitrios de ejercicios anteriores, estableciendo los requisitos y el procedimiento a seguir.
Que, mediante la Ordenanza N? 451-MDR, se aprob? el r?gimen marco de ?rbitros municipales de Barrido de Calles,
Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, y con Ordenanza N? 452-MDR se
establece el monto de arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad
Ciudadana correspondiente al ejercicio 2016, ambas normas rati?cadas por Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 399,
publicado en el Diario O?cial El Peruano, con fecha 31 de diciembre de 2015;
Que, asimismo mediante Ordenanza N? 491-MDR, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 428 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, publicada con fecha 23 de diciembre de 2016, se aprob? el R?gimen Tributario de los Arbitrios de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2017,
disponi?ndose el reajuste de costos y tasas aprobadas con Ordenanza N? 452-MDR, con la variaci?n acumulada del IPC
al mes de agosto, ?jada en 1.96%;
Que, del mismo modo mediante Ordenanza N? 513-MDR, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 419 de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada con fecha 20 de diciembre de 2017, se aprob? el R?gimen Tributario de
los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para
el ejercicio 2018, disponi?ndose el reajuste de costos y tasas aprobadas con Ordenanza N? 491-MDR, con la variaci?n
acumulada del IPC al mes de agosto, ?jada en 1.90%;
Que, mediante Ordenanza N? 544-MDR, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 398 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, publicada con fecha 30 de diciembre de 2018, se aprob? el R?gimen Tributario de los Arbitrios de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2019,
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
disponi?ndose el reajuste de costos y tasas aprobadas con Ordenanza N? 513-MDR, con la variaci?n acumulada del IPC
al mes de junio, ?jada en 1.08%;
Que, para el periodo 2020, mediante Ordenanza N? 575-MDR, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 333 de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada con fecha 29 de diciembre de 2019, se aprob? el R?gimen Tributario de
los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para
el ejercicio 2020, disponi?ndose el reajuste de costos y tasas aprobadas con Ordenanza N? 544-MDR, con la variaci?n
acumulada del IPC al mes de agosto, ?jada en 1.45%;
Que, mediante Informe N? 029-2020-GR/MDR de fecha 18 de setiembre de 2020, la Gerencia de Rentas, remite el
Informe T?cnico con los reajustes de los costos de acuerdo con el ?ndice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente
al mes de Agosto del presente periodo ?scal, ?jado en 1.24%, el mismo que fue aprobado mediante Resoluci?n Jefatural
N? 161-2020-INEI; as? tambi?n remite el Proyecto de Ordenanza para su respectiva aprobaci?n por el Concejo Municipal;
Que, con Informe Legal N? 304-2020-GAJ/MDR de fecha 18 de setiembre de 2020, la Gerencia de Asesor?a Jur?dica,
emite opini?n favorable a la propuesta de Ordenanza para el ejercicio ?scal 2021, la cual se efectuar? con el reajuste
del ?ndice del Precio del Consumidor (IPC) ?jado por el INEI, precisando la mencionada Gerencia que el proyecto debe
ser conocido por el Concejo Municipal conforme a lo establecido en el art?culo 9? numeral 8) y 9) de la Ley Org?nica
de Municipalidades, Ley N? 27972; por cuanto el mencionado Proyecto cumple con los par?metros establecidos por la
normatividad de la materia;
De conformidad con los art?culos 9? numerales 8) y 9); 38?; 39? y 40? de la Ley N? 27972 ? Ley Org?nica de Municipalidades;
con el Dictamen N? 008 -2020-CARDEL/MDR, de fecha 24 de setiembre de 2020, de la Comisi?n de Administraci?n,
Rentas y Desarrollo Econ?mico Local, con el voto UN?NIME de los se?ores regidores y con la dispensa del tr?mite de
lectura y aprobaci?n de Acta, el Concejo Distrital del R?mac ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE
CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA PARA
EL EJERCICIO 2021 EN EL DISTRITO DEL R?MAC
Art?culo Primero.- MARCO LEGAL APLICABLE
Apl?quese para el ejercicio 2021, lo dispuesto en la Ordenanza N? 451-MDR y Ordenanza N? 452-MDR, rati?cadas
mediante Acuerdo de Concejo N? 399 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada en el diario O?cial El Peruano
el 31 de diciembre del 2015.
Art?culo Segundo.- DETERMINACI?N DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
Para el ejercicio 2021, se aplicar?n los costos y tasas por los servicios p?blicos de Barrido de Calles, Recolecci?n de
Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, establecidos en la Ordenanza N? 575-MDR, rati?cada
mediante Acuerdo de Concejo N? 333 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas en el Diario O?cial ?El
Peruano? el 29 de Diciembre del 2019, reajustadas con la Variaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor para Lima
Metropolitana (IPC), acumulado al mes de Agosto del 2020, ?jado en 1.24% de conformidad con la Resoluci?n Jefatural
N? 161-2020-INEI, publicada en el diario o?cial El Peruano el 01 de Setiembre de 2020.
Art?culo Tercero.- APROBACI?N DEL INFORME T?CNICO
Apru?bese el Informe T?cnico que da cuenta del sustento para el reajuste de los costos y tasas por Arbitrios Municipales
de Barrido de Calles, Limpieza P?blica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, as? como la estimaci?n de ingresos
por la prestaci?n de los servicios mencionados, el mismo que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente
ordenanza.
Art?culo Cuarto.- VIGENCIA
La presente Ordenanza y el Anexo I que la integra entrar?n en vigencia el 01 de Enero del 2021, previa publicaci?n de
la misma en el diario o?cial El Peruano, conjuntamente con el texto completo del Acuerdo de Concejo Metropolitano de
Lima que la rati?que.
Art?culo Quinto.- DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACI?N
La presente Ordenanza, el Anexo I que la integra, y el Acuerdo de Concejo Metropolitano de Lima que la rati?que, estar?n
disponibles en el portal institucional (www.munirimac.gob.pe) y en el portal electr?nico de Servicio de Administraci?n
Tributaria ? SAT- (www.sat.gob.pe).
POR LO TANTO:
Reg?strese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
PEDRO GUILLERMO ROSARIO TUEROS
Alcalde
INFORME T?CNICO FINANCIERO DE COSTOS
ARBITRIOS MUNICIPALES PERIODO 2021
1.
Aspectos Generales
Los servicios p?blicos de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines
y Seguridad Ciudadana, que se vienen brindando el presente a?o, en el distrito del R?mac, es conforme a lo dispuesto
en la Ordenanza N? 451-MDR, que aprueba el marco del r?gimen tributario de los arbitrios municipales, y conforme a
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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los planes de servicios establecidos en la Ordenanza N? 452-MDR, que establece el monto de los arbitrios municipales
correspondiente al periodo 2016, cuya aplicaci?n ha sido extendida para los periodos 2017, 2018, 2019 y 2020, a
trav?s de las Ordenanzas N? 491-MDR, Ordenanza N? 513-MDR, Ordenanza N? 544-MDR y Ordenanza N? 575-MDR,
respectivamente, lo que ha generado un clima de estabilidad en la percepci?n de los vecinos respecto de los arbitrios,
sus costos y su determinaci?n.
Mediante Ordenanza N? 451-MDR, se aprob? el r?gimen marco de ?rbitros municipales de Barrido de Calles, Recolecci?n
de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, mientras que con Ordenanza N? 452-MDR se establece
el monto de arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
correspondiente al ejercicio 2016, ordenanzas que fueron rati?cadas por la MML con Acuerdo de Concejo N? 399, y cuyos
costos y tasas se reajustaron para el periodo 2017, con la variaci?n acumulada del IPC, mediante Ordenanza N? 491-
MDR, la cual fue rati?cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 428.
Asimismo, para el periodo 2018, se reajustaron los costos y tasas aprobadas en la Ordenanza N? 491-MDR, con
la variaci?n acumulada del IPC, a trav?s de Ordenanza N? 513-MDR, la cual fue rati?cada por Acuerdo de Concejo
Metropolitano N? 419, y cuyos costos y tasas se reajustaron para el periodo 2019, con la variaci?n acumulada del IPC,
mediante la Ordenanza N? 544-MDR, la cual fue rati?cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 398.
Finalmente, con Ordenanza N? 575-MDR, rati?cada con Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 333, publicada el 29 de
diciembre de 2019, se aprueba el R?gimen Tributario de los Arbitrios Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad
Ciudadana correspondiente al Ejercicio 2020, disponi?ndose aplicar para el periodo 2020, el r?gimen aprobado con
Ordenanza N? 451-MDR, as? como aplicar los costos y tasas aprobados con la Ordenanza N? 544-MDR, reajustados con
la variaci?n acumulada del IPC.
Por otro lado, tanto la Gerencia de Servicios a la Ciudad, mediante Memorando N? 127-2020-GSC-MDR, como la
Gerencia de Seguridad Ciudadana a trav?s del Memor?ndum N? 248-2020-GSC-MDR, se?alan que se ha considerado
mantener las caracter?sticas de los servicios que se vienen brindando el presente ejercicio.
Por su parte, la Gerencia de Plani?caci?n y Presupuesto, mediante Memor?ndum N? 041-2020-GPP-MDR, efectu?
el an?lisis de los gastos ejecutados correspondientes al presente ejercicio ?scal 2020, al mes de julio, observ?ndose
un gasto responsable con respecto a la proyecci?n efectuada para el c?lculo de arbitrios del presente ejercicio ?scal,
aprobado mediante Ordenanza N? 575-MDR, y rati?cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de
Concejo N? 333.
En ese contexto, y en aplicaci?n a lo establecido en el Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado
mediante Decreto Supremo N? 156-2004-EF, se ha previsto reajustar los costos y las tasas de los servicios de Barrido de Calles,
Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, que fueron establecidos en la Ordenanza N?
575-MDR,
rati?cada con Acuerdo de Concejo N? 333 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con la variaci?n acumulada
del ?ndice de Precio al Consumidor de Lima Metropolitana aAgosto de 2020, el mismo que asciende a 1.24%, de conformidad
a la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, publicada en el diario o?cial El Peruano con fecha 01 de setiembre de 2020.
2.
Costos aprobados 2020 y su nivel de cumplimiento
Conforme a lo informado por la Gerencia de Plani?caci?n y Presupuesto, Memor?ndum N? 041-2020-GPP-MDR, donde
se presenta la ejecuci?n de los costos aprobados con Ordenanza N? 575-MDR, correspondiente a los servicios de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, se observa que los
recursos han sido empleados por la actual gesti?n con responsabilidad y e?ciencia, situaci?n que permitir? que a ?nes
del ejercicio 2020 se logre alcanzar los niveles de cumplimiento en la ejecuci?n de gastos durante la prestaci?n de los
servicios de Recolecci?n de Barrido de Calles, Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana; tal como
se muestra en el siguiente cuadro:
Cuadro N? 01: Costos aprobados periodo 2020 y su nivel de cumplimiento al mes de diciembre 2020
Ejecuci?n
Ene - Jul 2020
Ejecuci?n Proyectada
Ago - Dic 2020
Ejecuci?n Proyectada
Ene - Dic 2020
COSTOS 2020
Ordenanza N?
575-MDR
ESTRUCTURA DE COSTOS /
SERVICIO
Aprobado con Ordenanza N?
452-MDR
%
Cumplimiento
Nivel de
% Nivel de
Nominal S/
% Nivel de
Nominal S/
Nominal S/
Cumplimiento
Cumplimiento
[1]
[2]
[3]=[2]/[1]
64.57%
[4]
[5]=[4]/[1]
[6]=[2]+[4]
[7]=[6]/[1]
BARRIDO DE CALLES
2,197,456.23
1,419,004.13
1,013,516.98
46.12%
2,432,521.11
110.70%
RECOLECCI?N DE RESIDUOS
S?LIDOS
6,618,911.23
5,284,227.75
79.84%
3,836,480.99
57.96%
9,120,708.74
137.80%
PARQUES Y JARDINES
SEGURIDAD CIUDADANA
TOTAL
1,801,442.73
3,165,045.85
13,782,856.04
1,099,806.35
1,128,202.44
8,931,240.67
61.05%
35.65%
64.80%
785,575.96
2,057,381.68
7,692,955.61
43.61%
65.00%
1,885,382.31
3,185,584.12
104.66%
100.65%
120.62%
55.82% 16,624,196.28
SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES
Las actividades desarrolladas para la prestaci?n del Servicio de Barrido de Calles, han originado una ejecuci?n al mes de
Julio de 1,419,004.13 Soles, que representa el 64.57% de los costos aprobados para el ejercicio 2020; siendo los gastos
6
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
proyectados para los meses de Agosto a Diciembre en funci?n al hist?rico de los gastos ejecutados al mes de Julio y a la
necesidad de recursos que a?n requiere el ?rea operativa para la prestaci?n del servicio, por lo cual el servicio ejecutar?
un importe de 1,013,516.98 Soles durante dicho periodo, lo que representar? un porcentaje del 46.12%, el mismo que
sumado a los importes ejecutados al mes de Julio 2020, se obtendr? como resultado un gasto ejecutado de 2,432,521.11
Soles, alcanzando el 110.70% de los costos aprobados para el ejercicio 2020.
SERVICIO DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS
En lo correspondiente a las actividades desarrolladas para la prestaci?n del Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos,
se origin? una ejecuci?n al mes de Julio de 5,284,227.75 Soles que representa el 79.84% de los costos aprobados para el
ejercicio 2020; siendo los gastos proyectados para los meses de Agosto a Diciembre en funci?n al hist?rico de los costos
ejecutados al mes de Julio y a la necesidad de recursos que a?n requiere el ?rea operativa para la prestaci?n del servicio,
con lo cual por el mismo se ejecutar? un importe de 3,836,480.99 Soles durante dicho periodo, lo que representar?
un porcentaje del 57.96%, el mismo que sumado a los importes ejecutados al mes de Julio 2020, se alcanzar? como
resultado el gasto ejecutado de 9,120,708.74 Soles, alcanzando el 137.80% respecto de los de los costos aprobados
para el ejercicio 2020.
Asimismo, las transferencias otorgadas por el Gobierno Nacional para reducir el impacto de las medidas de aislamiento
social obligatorio en la situaci?n ?scal de los Gobiernos Locales y garantizar la continuidad de los servicios para atender
la Emergencia Sanitaria, con el ?n de reducir los efectos por la menor recaudaci?n de ingresos, han sido asignadas
al gasto operativo esencial como: saneamiento rural, atenci?n de emergencias y reducci?n de vulnerabilidad, entre
otros, que se encuentran en el marco de la prevenci?n, control, vigilancia y respuesta sanitaria para la atenci?n de la
emergencia producida por el COVID-19.
SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
En lo correspondiente a las actividades desarrolladas para la prestaci?n del Servicio de Parque y Jardines, se origin? una
ejecuci?n al mes de Julio de 1,099,806.35 Soles que representa el 61.05% de los costos aprobados para el ejercicio 2020;
siendo los gastos proyectados para los meses de Agosto a Diciembre en funci?n al hist?rico de los gastos ejecutados al
mes de Julio y a la necesidad de recursos que a?n requiere el ?rea operativa para la prestaci?n de este servicio, con lo
cual por el mismo se ejecutar? un importe de 785,575.96 Soles durante dicho periodo, lo que representar? un porcentaje
del 43.61%, el mismo que sumado a los importes ejecutados al mes de Julio 2020, se alcanzar? como resultado el gasto
ejecutado de 1,885,382.31 Soles, alcanzando el nivel de cumplimiento de 104.66% respecto de los costos aprobados
para el ejercicio 2020.
SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA
En lo correspondiente a las actividades desarrolladas para la prestaci?n del Servicio de Seguridad Ciudadana, se
origin? una ejecuci?n al mes de Julio de 1,128,202.44 Soles que representa el 35.65% de los costos aprobados para
el ejercicio 2020; siendo los gastos proyectados para los meses de Agosto a Diciembre en funci?n al hist?rico de los
gastos ejecutados al mes de Julio y a la necesidad de recursos que a?n requiere el ?rea operativa para la prestaci?n
de este servicio, con lo cual por el mismo se ejecutar? un importe de 2,057,381.68 Soles durante dicho periodo, lo que
representar? un porcentaje del 65.00%, el mismo que sumado a los importes ejecutados al mes de Julio 2020, alcanzar?
como resultado el gasto ejecutado de 3,185,584.12 Soles, alcanzando el nivel de cumplimiento de 100.65% respecto de
los costos aprobados para el ejercicio 2020.
Conforme a la informaci?n remitida por la Gerencia de Plani?caci?n y Presupuesto, se puede observar que sobre los
servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, que el
nivel de ejecuci?n alcanza el promedio general de 1020.62% de los costos aprobados en la Ordenanza N? 575-MDR,
de los cuales cada servicio representa lo siguiente: Barrido de Calles asciende a 110.70%, Recolecci?n de Residuos
S?lidos asciende a 137.80%, Parques y Jardines asciende a 104.66% y Seguridad Ciudadana asciende a 100.65%, lo
que con?rma que los recursos ?nancieros han sido invertidos con responsabilidad y e?ciencia para el sostenimiento y
mejoramiento de los servicios p?bicos que viene brindando la Municipalidad Distrital del R?mac.
3.
Costos reajustados para el ejercicio 2021
En atenci?n a que los requerimientos efectuados por las unidades org?nicas prestadoras de los servicios de Barrido
de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, as? como las estrategias y
metas contenidas el plan de prestaci?n de los referidos servicios para el periodo 2021 vienen siendo las mismas que las
aprobadas para el periodo 2016, y que fueran aplicadas para los periodos 2017, 2018, 2019 y 2020, la Municipalidad
Distrital del R?mac ha previsto reajustar los costos de arbitrios que fueron aprobadas por la Ordenanza N? 575-MDR.
En ese sentido se ha procedido a establecer los costos de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, correspondiente al ejercicio 2021, conforme al siguiente detalle:
CUADRO N? 02: COSTOS APROBADOS PARA EL EJERCICIO 2021
COSTOS
APROBADOS
2020
IPC Acumulado
Ene - Ago 2020
(%)
COSTOS
APROBADOS
2021
N?
CONCEPTO
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]*[2]
2,224,704.69
1
Barrido de Calles
2,197,456.23
1.24%
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
7
COSTOS
APROBADOS
2020
IPC Acumulado
Ene - Ago 2020
(%)
COSTOS
APROBADOS
2021
N?
CONCEPTO
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]*[2]
6,700,985.74
1,823,780.63
3,204,292.41
13,953,763.47
2
3
4
Recolecci?n de Residuos S?lidos
6,618,911.24
1,801,442.74
3,165,045.84
13,782,856.05
1.24%
1.24%
1.24%
Parques y Jardines
Seguridad Ciudadana
TOTAL
4.
N?mero de contribuyentes y predios
De acuerdo a la informaci?n proporcionada por la Subgerencia de Registro y Fiscalizaci?n Tributaria, Informe N?
la base actual de contribuyentes y predios no muestra una diferencia con relaci?n al n?mero
069-2020-SGRFT-GR-MDR,
de contribuyentes y predios consignados en la Ordenanza N? 575-MDR, ello debido a que ha habido una misma cantidad
de altas y bajas de predios durante el presente periodo, por lo que el total de contribuyentes se mantiene 32,063 y predios
en 46,811.
5.
Tasas aprobadas para el ejercicio 2021
En el caso de las tasas por los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y
Seguridad Ciudadana, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2021, estas son las establecidas en la Ordenanza N? 575-
MDR, rati?cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 333, reajustadas con la variaci?n acumulada del IPC para Lima
Metropolitana a agosto de 2020, que de acuerdo a la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, asciende a 1.24%.
5.1.
Tasa de Barrido de Calles
CUADRO N? 04: TASA POR BARRIDO DE CALLES PARA EL PERIODO 2021
(En soles, por metro lineal de frontis)
Tasa mensual
IPC acumulado
Ene - Ago 2020
Tasa mensual
2021 (S/ml)
2020
(S/ml)
GRUPOS DE BARRIDO
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]x[2]
0.4829
1
2
0.4770
0.9542
1.24%
1.24%
0.9660
El monto mensual a pagar por predio se calcula de la siguiente manera:
Monto (S/) = ML de frontis x tasa de barrido seg?n grupo de barrido
GRUPO 1
Comprende un servicio b?sico en donde la Municipalidad del R?mac, brinda el servicio con una frecuencia de 7 veces a la
semana. Est?n ubicados los dem?s predios no considerados en el Grupo 2
GRUPO 2
Referido a los predios ubicados en las v?as principales del Distrito en donde la Municipalidad del R?mac brinda el servicio con
una frecuencia de 14 veces a la semana.
GRUPO 2 - AVENIDAS PRINCIPALES (FRECUENCIA DE BARRIDO DE 14 VECES POR SEMANA)
01
02
03
04
05
06
07
08
09
Alameda de los Descalzos
Alameda de los Bobos
Jr. Libertas
Toda la v?a
Toda la v?a
Cdras. 1 a 4
Cdras. 1 a 6
Cdras. 1 a 6
Cdras. 2 a 10
Cdras. 1 a 12
Cdras. 1 a 11
Cdras. 1 a 7
Jr. Vir?
Jr. Loreto
Jr. Trujillo
Av. Pizarro
Av. Alc?zar
Jr. Mara??n
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
GRUPO 2 - AVENIDAS PRINCIPALES (FRECUENCIA DE BARRIDO DE 14 VECES POR SEMANA)
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
Jr. Cajamarca
Jr. Chiclayo
Cdras. 1 a 7
Cdras. 1 a 5
Cdras. 1 a 2
Cdras. 1 a 4
Cdras. 1 a 5
Cdras. 1 a 14
Cdras. 1 a 7
Cdras. 3 a 12
Cdras. 1
Jr. Casma
Jr. Hualgayoc
Jr. Paita
Av. Caquet?
Av. Morro de Arica
Av. La Capilla
Av. 9 de Octubre
Av. Felipe Arancibia
Av. Restauraci?n
Cdras. 1 a 7
Cdras. 1 a 5
5.2.
Tasa de Recolecci?n de Residuos S?lidos
CUADRO N? 05: TASA DE RECOLECCION DE RESIDUOS S?LIDOS PARA EL PERIODO 2021
(En soles, por metro cuadrado de ?rea construida)
IPC acumulado Tasa mensual
Tasa mensual 2020 (S/m2)
Ene - Ago 2020
2021 (S/m2)
CATEGOR?A
Detalle del uso
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]x[2]
A
B
Casa Habitaci?n
0.0683
1.24%
0.0691
Veterinaria, Bodega, bazar, stand en galer?a, sal?n de
Belleza y Comercio de Ropas
0.2010
1.24%
0.2034
C
D
E
Internet, dep?sitos, locutorio y librer?as
Ferreter?as y Armer?as
0.0605
0.0755
0.0606
1.24%
1.24%
1.24%
0.0612
0.0764
0.0613
Panader?as y Helader?as
Lavander?a, Estudios Fotogr??cos, ?pticas, Boticas y
farmacias
F
0.0777
1.24%
0.0786
Agencias de Empleo, O?cinas Profesionales, Servicios