Ordenanza que establece el régimen tributario de los arbitrios municipales de serenazgo parques y jardines recolección de residuos sólidos y barrido de calles para el Ejercicio Fiscal 2021 / Ordenanza que establece el no incremento de las tasas de arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos barrido de calles parques y jardines y serenazgo para el Ejercicio 2021 a favor de los contribuyentes del distrito de Chaclacayo
?A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Jueves 31 de diciembre de 2020
ORDENANZA MUNICIPAL N? 455-2020-MDCH
ORDENANZA, QUE ESTABLECE EL R?GIMEN
TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE
SERENAZGO, PARQUES Y JARDINES, RECOLECCI?N
DE RESIDUOS S?LIDOS Y BARRIDO DE CALLES PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2021
ORDENANZA MUNICIPAL N? 456-2020-MDCH
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL NO INCREMENTO
DE LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE
RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, BARRIDO
DE CALLES, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO
PARA EL EJERCICIO 2021 A FAVOR DE LOS
CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE CHACLACAYO
ACUERDO DE CONCEJO N?432
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL
2
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
3
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 432
Lima, 30 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El O?cio N? D000267-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, de fecha
de diciembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 455-2020/MDCH, que
11
establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos S?lidos y
Barrido de Calles del ejercicio 2021 en el distrito de Chaclacayo, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Art?culos 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per?, en concordancia con la Norma IV del C?digo
Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N? 816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza,
pueden crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n y con los l?mites
que se?ala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art?culo 40 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati?cadas por las
municipalidades provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085, que aprueba el procedimiento de rati?caci?n de
ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la municipalidad distrital recurrente aprob? la ordenanza objeto
de la rati?caci?n, remiti?ndola conjuntamente con el expediente de rati?caci?n digitalizado, que incluye los respectivos
informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT, con car?cter de Declaraci?n
Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes y el citado organismo en uso de sus competencias;
Que, a trav?s del Informe N? D000100-2020-SAT-ART de fecha 10 de diciembre de 2020, el ?rea Funcional de
Rati?caciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, opin?
favorablemente respecto a la rati?caci?n solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables y la
Directiva N? 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debi?ndose efectuar las publicaciones pertinentes
en el Diario O?cial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, en conjunto los arbitrios que ?nanciar?n la prestaci?n de los respectivos servicios tienen una variaci?n del
29.95%,
con relaci?n al a?o 2020, y teniendo en cuenta que el incremento de sus costos podr? afectar econ?micamente a
sus contribuyentes en el cobro de sus tasas a pagar, se ha previsto en el art?culo 1 de la Ordenanza N? 456-2020-MDCH
que las tasas de arbitrios de los servicios de Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido
de Calles para el ejercicio 2021, no tendr?n incremento alguno, consider?ndose el 0.00 % de incremento con respecto a
las tasas determinadas para el ejercicio 2020;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los Art?culos
9
y 41 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de
Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en
su Dictamen N? 147-2020-MML/CMAEO de fecha 22 de diciembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, por
UNANIMIDAD y con dispensa del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati?car la Ordenanza N? 455-2020/MDCH, que establece el r?gimen tributario de los arbitrios de
Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido de Calles del ejercicio 2021 en el distrito
de Chaclacayo, con una variaci?n del 29.95%, con relaci?n al a?o 2020, pero que seg?n el Art?culo 1 de la Ordenanza
N? 456-2020-MDCH se establece un tope de incremento del 0.00% para el a?o 2021, en comparaci?n con las tasas
determinadas en el ejercicio 2020.
Art?culo 2. El presente Acuerdo rati?catorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su
publicaci?n hasta el 31 de diciembre del 2020, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati?cada, incluido el Informe
T?cnico. La aplicaci?n de la Ordenanza materia de la presente rati?caci?n, sin la condici?n antes se?alada, es de
exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT que posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde
4
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ORDENANZA MUNICIPAL N? 455-2020/MDCH
Chaclacayo, 2 de diciembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO
VISTO: el Informe N? 037-2020-GAT/MDCH de la Gerencia de Administraci?n Tributaria, de fecha 30 de noviembre del
el Informe N?243-A-2020-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, de fecha 13 de noviembre de 2020; y el
2020;
Memorando N? 1097-2020-GM-MDCH de la Gerencia Municipal emitido el 30 de noviembre de 2020.
CONSIDERANDO:
Que, el art?culo 194? de la Constituci?n Pol?tica del Per?, modi?cada por la Ley de Reforma Constitucional N? 28607,
concordante con el Art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972 - Ley Org?nica de Municipalidades, establece que
los gobiernos locales gozan de autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el art?culo 74? de la Constituci?n Pol?tica del Per? y la norma IV del T?tulo Preliminar del Texto ?nico Ordenado
del C?digo Tributario y sus modi?caciones, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear,
modi?car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicci?n y con
los l?mites que se?ala la ley;
Que, los numerales 1) y 2) del Art?culo 69? de la Ley Org?nica de Municipalidades, Ley N? 27972 se?alan que son rentas
municipales los tributos creados por ley a su favor, siendo estos las contribuciones, tasas, arbitrios, multas y derechos,
los cuales son creados por su Concejo Municipal y constituyen sus ingresos propios; guardando concordancia con lo
establecido en el Art?culo 70? de la Ley acotada en el sentido que el Sistema Tributario de las municipalidades se rigen
por Ley Especial y el C?digo Tributario en la parte pertinente.
Que, mediante el Art?culo 60? del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado por Derecho
Supremo N? 156-2004-EF, se precisa que de acuerdo a lo establecido por el numeral 4? del Art?culo 195? y el Art?culo 74?
de la Constituci?n Pol?tica del Per?, las municipalidades crean, modi?can y suprimen contribuciones o tasas y otorgan
exoneraciones dentro de los l?mites ?jados por ley.
Que, mediante Ordenanza Municipal N? 300-MDCH, se aprob? el r?gimen de los Arbitrios Municipales de Limpieza
P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el a?o
2014,
rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 2754-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado en el
diario o?cial El Peruano el 29 de diciembre del 2013.
Que, con fecha 31 de Diciembre del 2014 se public? en el Diario O?cial El Peruano la Ordenanza Municipal N?312-
MDCH, que aprueba losArbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos S?lidos),
Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 2424-MML y publicado el 31 de
diciembre del 2014, la misma que aplica para el ejercicio 2015 lo dispuesto por la Ordenanza N? 300-MDCH y reajusta
los montos de las tasas aprobadas mediante la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor (IPC),
Que, con fecha 31 de Diciembre del 2015 se public? en el Diario O?cial El Peruano la Ordenanza Municipal N?332-
MDCH, que aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos
S?lidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 404-MML y publicado
el 31 de diciembre del 2015, la misma que reajusta para el ejercicio 2016 los montos de las tasas aprobadas mediante la
aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor (IPC),
Que, con fecha 31 de Diciembre del 2016 se public? en el Diario O?cial El Peruano la Ordenanza Municipal N? 367-
MDCH, que aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos
S?lidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 488-MML y publicado
el 31 de diciembre del 2016, la misma que reajusta para el ejercicio 2017 los montos de las tasas aprobadas mediante la
aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor (IPC),
Que, con fecha 23 de Diciembre del 2017 se public? en el Diario O?cial El Peruano la Ordenanza Municipal N? 390-
MDCH, que aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos
S?lidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 430-MML y publicado
el 23 de diciembre del 2017, la misma que reajusta para el ejercicio 2018 los montos de las tasas aprobadas mediante la
aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor (IPC),
Que, con fecha 15 de Noviembre del 2018 se public? en el Diario O?cial El Peruano la Ordenanza Municipal N? 415-
MDCH, que aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos
S?lidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 401-MML y publicado
el 15 de noviembre del 2018, la misma que reajusta para el ejercicio 2019 los montos de las tasas aprobadas mediante
la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor (IPC),
Que, con fecha 29 de Diciembre del 2019 se public? en el Diario O?cial El Peruano la Ordenanza Municipales N?
438-MDCH,
que aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos
S?lidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 362-MML y publicado
el 29 de diciembre del 2019, la misma que reajusta para el ejercicio 2020 los montos de las tasas aprobadas mediante
la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor (IPC), por lo que considerando mayor e?ciencia en la prestaci?n de los
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
5
servicios p?blicos es conveniente actualizar los costos al igual que los montos de las tasas vigentes.
Que, el numeral 8) del art?culo 9? de la Ley Org?nica de Municipalidades N? 27972, establece que son atribuciones del
Concejo Municipal la aprobaci?n, modi?caci?n y derogaci?n de ordenanzas;
Que, el art?culo 40? de la Ley Org?nica de Municipalidades N? 27972, se?ala que mediante Ordenanzas se crean,
modi?can y suprimen los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones o se establecen exoneraciones respecto de
dichos tributos dentro de los l?mites establecidos por Ley, se?alando que las Ordenanzas son normas de car?cter general
por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el art?culo 69?-A de la Ley de Tributaci?n Municipal, establece que las ordenanzas que aprueben el monto de las
tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio seg?n el n?mero de contribuyentes de la
localidad bene?ciada, as? como, los criterios que justi?quen incrementos, de ser el caso, deber?n ser publicadas a m?s
tardar el 31 de diciembre del ejercicio ?scal anterior al de su aplicaci?n;
Que, mediante las Sentencias emitidas sobre los Expedientes N? 0041-2004-AI/TC, 0053-2004-PI/TC y 0018-2005-PI/
TC, publicadas en el Diario O?cial El Peruano con fechas 15 de marzo, 17 de agosto de 2005 y 19 de julio de 2006,
respectivamente, el Tribunal Constitucional se pronunci? en los procesos de inconstitucionalidad sobre diversos temas
vinculados al ejercicio de la potestad tributaria municipal en la aprobaci?n y determinaci?n de arbitrios, constituyendo
jurisprudencia vinculante para los Gobiernos Locales seg?n las cuales los criterios de validez material de las Ordenanzas
de arbitrios establecido por el Tribunal Constitucional si bien resultan par?metros m?nimos de distribuci?n del costo de
los servicios p?blicos de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, ?stos
no deben entenderse r?gidos en todos los casos, pues tampoco lo es la realidad social y econ?mica de cada Municipio,
precisando que es obligaci?n de estos, sustentar t?cnicamente, aquellas otras f?rmulas que, adapt?ndose mejor a su
realidad, logren una mejor distribuci?n de los costos que demanda la prestaci?n de los servicios p?blicos;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Tributaci?n Municipal y los lineamientos establecidos en la Sentencia
del Tribunal Constitucional reca?da en el Expediente No 00053-2004-PI/TC, corresponde que la Municipalidad efect?e
acciones que resulten necesarias para determinar el importe de los Arbitrios de Serenazgo, Parques y Jardines,
Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido de Calles correspondiente al ejercicio 2021, con la ?nalidad de garantizar
el mantenimiento de los servicios p?blicos y una adecuada distribuci?n del costo, entre los contribuyentes y los
responsables de los mismos servicios;
Que, mediante la presente Ordenanza, se establece el marco del r?gimen tributario aplicable a losArbitrios de Serenazgo,
Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido de Calles en la jurisdicci?n de Chaclacayo, en
estricto respeto a los principios constitucionales para la creaci?n de tributos, en ?el cumplimiento a las normas que regulan
las tasas de arbitrios, de acuerdo a los t?rminos y criterios expuestos por el tribunal constitucional en su sentencias
de la materia y a la legalidad instituida, de tal forma que los costos que se trasladen al contribuyente se encuentren
perfectamente sustentados.
Que, para tal efecto es necesario aprobar la Estructura de Costos de los servicios Serenazgo, Parques y Jardines,
Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido de Calles a ?n de garantizar una correcta y e?ciente distribuci?n de los
costos de los arbitrios municipales entre los contribuyentes conforme a las normas y pronunciamiento se?alados en los
considerandos anteriores, los mismos que regir?n desde el d?a siguiente a la publicaci?n del Acuerdo de Concejo de la
Municipalidad Metropolitana de Lima que rati?ca la presente Ordenanza.
Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art?culo 9? y
Art?culo 40? de la Ley Org?nica de Municipalidades N? 27972, contando con el voto por MAYOR?A de los Se?ores
Regidores asistentes a la Sesi?n de Concejo y con la dispensa del tr?mite de lectura y Aprobaci?n de Actas, se ha
aprobado lo siguiente:
ORDENANZA, QUE ESTABLECE EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE
SERENAZGO, PARQUES Y JARDINES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS Y BARRIDO DE CALLES PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2021
ART?CULO 1.- ALCANCE
La presente Ordenanza establece ?EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE SERENAZGO,
PARQUES Y JARDINES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS Y BARRIDO DE CALLES PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2021.?, por la prestaci?n de los servicios p?blicos locales que se dan en forma general en la jurisdicci?n del
Distrito de Chaclacayo.
ART?CULO 2.- HECHO IMPONIBLE
El hecho imponible de la obligaci?n tributaria correspondiente a Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, y Barrido de Calles est? constituido por la prestaci?n, implementaci?n y/o mantenimiento de los servicios p?bicos
referidos prestados en el distrito.
ART?CULO 3.- CONTRIBUYENTES
Tienen la condici?n de contribuyentes de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza, los propietarios de los
predios urbanos o r?sticos, cuando los habiten o desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando
un tercero use el predio bajo cualquier t?tulo o sin ?l. Excepcionalmente, cuando no sea posible identi?car al propietario,
adquirir? la calidad de responsable por el pago del tributo el poseedor o tenedor del predio;
En los predios de propiedad del Estado Peruano afectados en uso a diferentes personas naturales o jur?dicas o predios
pertenecientes al Gobierno Local e incluso los dados en cesi?n de uso, se consideran contribuyentes a los poseedores,
6
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
conductores o usufructuarios, estando obligados a pagar los arbitrios regulados en la presente ordenanza, debiendo
generarse su respectivo c?digo de contribuyente se?alando el c?digo catastral que corresponda al predio afectado;
Asimismo, trat?ndose de predios en los cuales el propietario del terreno es distinto al propietario de la construcci?n, se
considera como contribuyente, por la totalidad del predio, al propietario de la construcci?n;
Son tambi?n sujetos de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza en calidad de contribuyentes las personas que
desarrollan actividades econ?micas en la v?a p?blica (transitorios), igualmente se considera como contribuyente a los
conductores de los puestos ?jos;
ART?CULO 4.- RESPONSABLE
Son responsables solidarios al pago de los arbitrios municipales los poseedores de predios ubicados en la jurisdicci?n
del distrito.
ART?CULO 5.- CONDICI?N DE CONTRIBUYENTE
La condici?n de contribuyente se con?gura en el primer d?a calendario de cada mes al que corresponda la obligaci?n
tributaria.
Cuando se efect?e cualquier transferencia o modi?caci?n de los elementos empleados para la distribuci?n de los arbitrios,
la obligaci?n tributaria para el nuevo propietario nacer? en el mes siguiente al que adquiri? la condici?n de propietario o
de producido del hecho. Para el efecto deber? presentarse una Declaraci?n Jurada de Arbitrios Municipales, la misma
que se encontrar? sujeta a ?scalizaci?n.
ART?CULO 6.- DEFINICIONES
a)
PREDIO
Enti?ndase por predio, para efecto de la aplicaci?n de la presente Ordenanza, a toda vivienda o unidad habitacional,
local comercial, industrial, de servicios, o?cinas, mercados, hipermercados u otra actividad econ?mica y terreno
sin construir, que se ubica en zonas urbanas en la jurisdicci?n de Chaclacayo. Las modi?caciones del predio
que inciden en el valor el mismo y/o el cambio de uso del predio surtir? sus efectos a partir del mes siguiente de
producidos los hechos en lo que respecta de los arbitrios y a partir del primero de enero del siguiente a?o para el
caso del impuesto predial.
Para los casos se?alados en el tercer p?rrafo del art?culo 3? de la presente Ordenanza, enti?ndase por predio a la
combinaci?n del ?rea de terreno y el ?rea de construcci?n.
No tendr? la calidad de predio, para efectos del c?lculo de los arbitrios, aquellas unidades que forman parte
accesoria a la unidad inmobiliaria, tales como estacionamientos ubicados dentro de la edi?caci?n, aires, azotea,
dep?sitos o tendal, los cuales por si mismos no dar?n lugar al pago de los arbitrios.
b)
c)
TASA
Es el tributo cuya obligaci?n tiene como hecho generador la prestaci?n efectiva por el Estado de un servicio p?blico
individualizado en el contribuyente.
ARBITRIOS
Son las tasas que se pagan por los servicios p?blicos de Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, y Barrido de Calles
-
ARBITRIOS DE SERENAZGO
Es el tributo que se paga por el servicio de organizaci?n, implementaci?n, mantenimiento y mejora del servicio de
vigilancia ciudadana, protecci?n civil y de actividades preventivas para combatir la delincuencia y toda acci?n que
atente contra la seguridad p?blica, drogadicci?n y otros que quebranten contra las buenas costumbres. As? mismo
fomentar el respeto a las reglas de convivencia pac??ca, orden y moral p?blica.
-
ARBITRIOS DE PARQUES Y JARDINES
Es el tributo que se paga por el servicio de implementaci?n, recuperaci?n, mantenimiento y mejoras de parques
p?blicos, plazas p?blicas, bermas centrales y laterales de las avenidas principales del distrito, limpieza del residuo
dentro de las ?reas verdes, resembrado de c?sped, plantas ornamentales y ?rboles, abonamiento org?nico,
siembra y renovaci?n de plantas y limpieza de canales de riego.
-
ARBITRIOS DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS
Es el tributo que se paga por el servicio de recolecci?n domiciliaria ordinaria y selectiva de residuos s?lidos urbanos
y escombros provenientes de predios, y de las ?reas de dominio p?blico. As? como el transporte, transferencia y
disposici?n ?nal de los residuos s?lidos generados en todos los predios.
-
ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES
Es el tributo que se paga por el servicio de barrido de las v?as p?blicas, veredas de los predios con frente a las
calles, as? como la disposici?n ?nal de residuos producto del barrido, en lugares autorizados, el contribuyente
podr? presentar una Declaraci?n Jurada recti?catoria, para el Servicio de Barrido de Calles, en el caso de la
modi?caci?n de la longitud del frontis del predio, expresada en metros lineales (ml).
ART?CULO 7.- PREDIO CON DIVERSOS USOS A EFECTOS DE LA DETERMINACI?N DEL MONTO DE ARBITRIOS
Los propietarios de predio con uso casa ? habitaci?n o comercio que tengan parte de ella utilizada u ocupada por
el mismo o por distintas personas o razones sociales, para similar o distinto uso, deber? presentar una Declaraci?n
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
7
Jurada de independizaci?n por cada secci?n del predio, dentro del mes siguiente de producido el hecho, caso contrario
la Administraci?n Tributaria podr?a determinar esta de o?cio. El mismo procedimiento se aplicar? para los predios
independientes que se uni?quen o reuni?quen, declarando esta vez la totalidad de ?reas del predio original;
ART?CULO 8.- INTERESES
A partir del d?a siguiente de la fecha de vencimiento establecido en el Art?culo 9 de la presente Ordenanza, se aplicar?
la Tasa de Inter?s Moratorio, TIM, correspondiente a los montos determinados, de conformidad con lo se?alado por el
Art?culo 33? del Texto ?nico Ordenado del C?digo Tributario, aprobado de D.S. N? 135-99-EF y sus modi?catorias.
ART?CULO 9.- PERIODICIDAD, VENCIMIENTO DE LA OBLIGACI?N Y CRONOGRAMA DE PAGOS
Los arbitrios municipalidades regulados en la presente Ordenanza son de periodicidad y determinaci?n mensual; sin
embargo, su recaudaci?n se efectuar? seg?n el cronograma siguiente, procedi?ndose a aplicar el inter?s moratorio en
funci?n a la TIM vigente, despu?s de la fecha de vencimiento:
Primera Cuota
Segunda Cuota
Tercera Cuota
Cuarta Cuota
: hasta el 26 de febrero de 2021, por los meses de enero y febrero
: hasta el 28 de mayo de 2021, por los meses de marzo, abril y mayo
: hasta el 31 de agosto de 2021, por los meses junio, julio y agosto.
: hasta el 30 de noviembre de 2021, por lo meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre.
ART?CULO 10.- EXONERADOS
Se encuentran exonerados de los arbitrios municipales:
a)
SERENAZGO
1.
2.
3.
La Municipalidad Distrital de Chaclacayo
El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per?.
La Iglesia, y sus predios destinados a templos, conventos y monasterios de conformidad con el acuerdo
suscrito entre la santa sede y el Estado Peruano.
4.
Los Predios de propiedad del Ministerio del Interior.
b)
PARQUES Y JARDINES
1.
2.
3.
La Municipalidad Distrital de Chaclacayo
El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per?.
La Iglesia, y sus predios destinados a templos, conventos y monasterios de conformidad con el acuerdo
suscrito entre la santa sede y el Estado Peruano.
4.
Los Predios de propiedad del Ministerio del Interior.
c)
d)
RECOLECCION DE RESIDUOS S?LIDOS
1.
2.
3.
La Municipalidad Distrital de Chaclacayo
El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per?.
La Iglesia, y sus predios destinados a templos, conventos y monasterios de conformidad con el acuerdo
suscrito entre la santa sede y el Estado Peruano.
BARRIDO DE CALLES
1.
2.
3.
La Municipalidad Distrital de Chaclacayo
El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per?.
La Iglesia, y sus predios destinados a templos, conventos y monasterios de conformidad con el acuerdo
suscrito entre la santa sede y el Estado Peruano.
ART?CULO 11.- INAFECTOS
Se encuentran inafectos al pago del Arbitrio de Recolecci?n de Residuos S?lidos y de Parques y Jardines P?blicos los
propietarios de terrenos sin construir urbanos.
ART?CULO 12-. CRITERIOS DE DISTRIBUCI?N
El costo que demanda la prestaci?n de servicios p?blicos de Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos
S?lidos y Barrido de Calles se distribuir? teniendo en cuenta los CRITERIOS DE DISTRIBUCI?N se?alados en el Informe
T?cnico Financiero anexo a la presente Ordenanza.
ART?CULO 13.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS
El monto recaudado por concepto de los arbitrios regulados en la presente ordenanza constituye renta de la Municipalidad
de Chaclacayo.
El rendimiento de los mencionados arbitrios ser? destinado ?nica y exclusivamente a ?nanciar el costo de los servicios
de Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido de Calles.
ART?CULO 14.- INFORME T?CNICO
Apru?bese el Informe T?cnico, que en su integridad forma parte de la presente Ordenanza, en donde se explica la
estructura de costos, factores de ponderaci?n, la distribuci?n de costos, la metodolog?a y la estimaci?n de los ingresos de
los arbitrios de Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido de Calles correspondientes
para el ejercicio 2021.
ART?CULO 15.- CUADROS DE ESTRUCTURA DE COSTOS
Apru?bese los cuadros de estructuras de costos proyectados de los servicios de Serenazgo, Parques y Jardines,
Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido de Calles, correspondientes al ejercicio 2021, los mismos que forman parte
de la presente Ordenanza.
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ART?CULO 16.- IMPORTES DE ARBITRIOS
Apru?bese los importes de arbitrios de los servicios Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de Residuos S?lidos
y Barrido de Calles, correspondiente al ejercicio 2021, los mismos que se calcular?n en base a las tasas ?jadas, que
forman parte de la presente Ordenanza.
Los contribuyentes que no se encuentren conformes con el c?lculo para su determinaci?n, tienen la posibilidad de
presentar una declaraci?n jurada recti?catoria, en base a la cual se proceder? al recalculo.
ART?CULO 17.- ESTIMACI?N DE INGRESOS
Apru?bese los cuadros de Estimaci?n de Ingresos de los arbitrios de Serenazgo, Parques y Jardines, Recolecci?n de
Residuos S?lidos y Barrido de Calles.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La Presente Ordenanza entrar? en vigencia el 1 de enero de 2021, previa publicaci?n en el Diario O?cial el
Peruano hasta el 31 de diciembre del ejercicio ?scal anterior al de su aplicaci?n, conjuntamente con el informe t?cnico,
estructura de costos, metodolog?a de distribuci?n de arbitrios, estimaci?n de ingresos y cuadros de tasas, as? como el
Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que lo rati?ca.
Segunda.- Publ?quese la informaci?n que sustenta la emisi?n de la presente ordenanza que es materia de rati?caci?n,
en la p?gina Web del SAT (www.sat.gob.pe) y en la p?gina Web de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo (www.
muniChaclacayo.gob.pe) de conformidad con lo previsto en la Ordenanza N? 2085 - Ordenanza que sustituye la
Ordenanza N? 1533 y modi?catorias, que aprueba el Procedimiento de Rati?caci?n de Ordenanzas Tributarias en el
?mbito de la Provincia de Lima, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada con fecha 5 de abril de
2011.
Tercera.- Con el ?n de no trasladar toda la carga tributaria a los vecinos de Chaclacayo como resultado de la aplicaci?n
de la presente Ordenanza, se dispone establecer un tope m?ximo de incremento del 5% en todos los arbitrios aplicable
a los predios del distrito de Chaclacayo.
Cuarta.- D?jese sin efecto toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Quinta.- Facultar al Se?or Alcalde para que mediante Decreto de Alcald?a dicte las disposiciones complementarias.
Sexta - Encargar a la Gerencia de Administraci?n y Finanzas, Gerencia de Administraci?n Tributaria, Subgerencia de
Recaudaci?n y Ejecutoria Coactiva y a la Subgerencia de Tecnolog?a de la Informaci?n, el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Reg?strese, comun?quese, publ?quese.
MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN
Alcalde
INFORME T?CNICO FINANCIERO
DETERMINACI?N DEL COSTO DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES (BARRIDO DE CALLES,
RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA)
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
PRESENTACI?N
El presente Informe T?cnico Financiero tiene por objetivo sustentar adecuadamente los costos efectivos globales de los
servicios municipales de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo para el a?o ?scal 2021.
De acuerdo a lo se?alado por el art?culo 69? del Decreto Supremo N? 154-2004-EF TUO de la Ley de Tributaci?n
Municipal, aprobada por Decreto Legislativo N? 776, se establece que las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, se
calcular?n dentro del ?ltimo trimestre de cada ejercicio ?scal anterior al de su aplicaci?n, en funci?n del costo efectivo
del servicio a prestar, debi?ndose entender dicho costo como el verdadero y real para el normal desarrollo, as? como la
mejora de los servicios.
Por ello, el presente Informe t?cnico guarda los lineamientos de la Directiva N? 001-006-0000015: determinaci?n de los
costos de los servicios aprobados en ordenanzas tributarias distritales de la provincia de Lima, emitida por el Servicio
de Administraci?n Tributaria ? SAT, sentencias, resoluciones e informes de entes reguladores, como son: Defensor?a del
Pueblo, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal del MEF, INDECOPI, etc.
La determinaci?n de los costos de los arbitrios municipales es un proceso que implica tres fases: I) elaboraci?n del Plan
Anual de prestaci?n del servicio, II) Identi?caci?n y Cuanti?caci?n de los recursos del servicio, y III) Elaboraci?n del
Informe T?cnico Financiero de Costos.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
9
El informe t?cnico Financiero de Costos se estructura de la siguiente manera: I) presentaci?n del Informe T?cnico, II)
metodolog?a de costeo, III) resultados, IV) Sustento del costo del servicio de Barrido de calles, V) Sustento del costo del
servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos, VI) Sustento del costo del servicio de Parques y Jardines, VII) Sustento del
costo del servicio de Seguridad Ciudadana y VIII) Anexos detalles de los costos por cada servicio.
DE LA EJECUCION PRESUPUESTAL
La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a trav?s del informe N? 186-2020-GPP-MDCH, comunica a la Gerencia de
Administraci?n Tributaria acerca de la ejecuci?n presupuestal (enero- agosto) y proyecci?n de ejecuci?n presupuestal
(setiembre-diciembre), el mismo que se muestra en el siguiente cuadro:
PROYECTADO
Set-Dic 2020
%
Ene - Ago
2020
AVANCE
% POR MONTO TOTAL
EJECUTAR A EJECUTADO +
Dic-Dic 2020
ORDENANZA
VIGENTE
EJECUTADO
Ene-Ago 2020
NIVEL DE
CUMPLIMIENTO
PROYECTADO
CONCEPTO
S/
(
c ) = ( b )/
( a )
(a)
(b)
( d )
( e )=(d) / (a) ( e ) = (b) + (d)
(f)= ( e) + ( c)
BARRIDO DE
CALLES
184,356.86
156,877.91
85.09%
70.55%
69.68%
80,025.67
43.41%
42.25%
45.89%
236,903.58
1,204,811.27
1,030,057.48
128.50%
RECOLECCION
DE RESIDUOS
SOLIDOS
1,068,115.76
891,285.63
753,524.63
621,064.75
451,286.64
408,992.73
112.80%
115.57%
PARQUES Y
JARDINES
SERENAZGO
408,070.52
302,520.72
74.13%
141,991.13
34.80%
444,511.85
108.93%
TOTAL
2,551,828.77
1,833,988.01
71.87%
1,082,296.17
42.41%
2,916,284.18
114.28%
En el cuadro se puede apreciar, que hasta el mes de agosto se ha ejecutado en todos los servicios en promedio el
de lo presupuestado o del costo del servicio para el 2020 y si a ello sumamos la ejecuci?n proyectada (setiembre-
71.87%
diciembre) en promedio se tiene una ejecuci?n del 114.28%. Por ello, a ra?z de lo mencionado la necesidad que para el
per?odo 2021 se haga un nuevo r?gimen tributario para el cobro de los arbitrios.
METODOLOG?A DE COSTEO
2.1.
PRINCIPIOS GENERALES
2.1.1.
Un servicio municipal como cualquier producto o servicio que provee una empresa o instituci?n, demanda la
realizaci?n de actividades que est?n directamente involucradas en la prestaci?n del mismo y que contribuyen a que el
servicio se haga efectivo; son todas estas actividades las que a su vez consumen recursos materiales, personal, equipos,
servicios, etc., necesarios para la prestaci?n del servicio.
2.1.2.
De lo indicado en el numeral anterior, se desprende que axiom?ticamente, el costo real o efectivo de un servicio
debe expresar el valor de todos los recursos utilizados en la realizaci?n de las actividades directamente asociadas en la
prestaci?n del servicio.
2.1.3.
Para la determinaci?n del costo de los servicios, la Municipalidad de Chaclacayo ha elaborado la estructura de
costos en funci?n a los cuadros A1, A2, A3 y A4 de la Directiva N? 001-006-00000015: del Servicio de Administraci?n
tributaria ? SAT, la cual establece como pauta, clasi?car los costos de los servicios en tres tipos de costo: Costos Directos,
Costos Indirectos y Costos Fijos, dependiendo del grado de vinculaci?n con la prestaci?n del servicio.
a) Costos directos: Son los costos necesarios para brindar un servicio, es decir es aquel costo en el que se veri?ca una
relaci?n directa de causalidad entre la generaci?n del mismo y el desarrollo de la actividad asociada a un determinado
servicio municipal, tales como: Barrido de Calles, Recojo de Residuos S?lidos, mantenimiento de Parques y Jardines y
Seguridad Ciudadana, sus componentes se agrupan en los siguientes:
Mano de Obra directa.
Materiales.
Maquinarias y equipos.
Otros costos y gastos variables.
b) Costos Indirectos: Comprende los costos que no se vinculan con la prestaci?n misma de un servicio municipal, sino
m?s bien con actividades administrativas, de gesti?n o supervisi?n. Es decir, es aquel costo en el que la relaci?n de
causalidad entre la generaci?n del mismo y el desarrollo de una actividad asociada a un determinado servicio municipal,
se presenta en forma indirecta.
c) Costo Fijo: Es el costo cuyo monto no depende necesariamente de la cantidad o volumen que se preste del servicio
municipal. Ello en la medida que su uso o empleo no se puede vincular a la realizaci?n de una determinada actividad
directa o indirecta, sino que son consumidos durante la prestaci?n del servicio municipal.
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
2.2
SECUENCIA METODOL?GICA DE COSTEO
2.2.1.
Para el c?lculo de costos de los servicios p?blicos se parte por aplicar una visi?n general del costeo, en la que se
analiza y eval?a la incidencia de todos los elementos que afectan o determinan econ?micamente el valor de los servicios
p?blicos.
Elementos de costo:
Proceso de costeo basado en
actividades:
Servicios
Costos):
(Estructuras
de
?
?
?
?
Personal.
Materiales.
Costos operativos.
Depreciaci?n de Maquinaria y
equipo.
? Actividades de Barrido de Calles.
? Actividades de Recolecci?n de
Residuos S?lidos.
? Actividades de Mantenimiento
de Parques y Jardines.
? Servicio de Barrido de Calles.
? Servicio
Residuos S?lidos.
? Servicios de Parques y Jardines.
de
Recolecci?n
de
?
?
Costos ?jos, etc.
Inductores.
? Actividades
Ciudadana.
de
Seguridad
? Actividades
Ciudadana.
de
Seguridad
2.2.2
De manera general esta secuencia metodol?gica ha comprendido la realizaci?n de las seis acciones siguientes:
Fase I:
I. An?lisis de los elementos de costo, actividades e inductores (indicadores) de la Instituci?n Edil.
Fase II:
II. Obtenci?n de datos para la determinaci?n de los costos.
III. Procesamiento de los datos de entrada al Sistema de Costos.
IV. Determinaci?n de la Estructura de Costo seg?n especi?caciones t?cnicas y legales.
V. An?lisis y consistencia de los resultados obtenidos.
Fase III:
VI. Elaboraci?n y presentaci?n de Informe t?cnico de costo.
Es necesario resaltar que cada una de estas etapas son importantes para la obtenci?n del costo ?nal, donde se requiere
de un control de calidad de la informaci?n que pasa desde el an?lisis de cada elemento de costo identi?c?ndolo por
centro de actividad hasta la obtenci?n de reportes de costos de Servicios Municipales.
A continuaci?n, se describe cada una de las mencionadas acciones:
I) Primera acci?n: An?lisis de los elementos de costo, actividades e inductores:
La primera acci?n realizada por la Municipalidad de Chaclacayo a trav?s del equipo de Costos, para el costeo de los
servicios ha consistido en analizar cada uno de los procesos y actividades vinculados con la prestaci?n de dichos
servicios.
Seguidamente se trabaj? con los responsables de la ejecuci?n cada servicio de la Municipalidad de Chaclacayo, a
afectos de que se nos brinde informaci?n operativa que se viene ejecutando actualmente e informaci?n adicional para
la ?ptima prestaci?n del servicio, tales como recursos humanos, materiales y servicios vinculados con las metas que se
prev?n alcanzar en el ejercicio siguiente.
II) Segunda Acci?n: Obtenci?n de Datos para la determinaci?n de los costos:
En funci?n a la informaci?n emitida por las ?reas prestadoras de los servicios, se de?ni? elementos de costo que permitan
identi?car con m?s claridad y certeza los recursos consumidos para la prestaci?n de servicios municipales.
Asimismo, conjuntamente con las ?reas prestadoras de los servicios, se coordin? con la Subgerencia de Recursos
Humanos para que remita informaci?n detallada del costo de personal nombrado bajo las modalidades del Decreto
Legislativo N? 276, del Decreto Legislativo N? 728 y de los contratados bajo el r?gimen del Decreto Legislativo N? 1057;
que regula los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) con que cuenta cada servicio, con la Subgerencia de
Abastecimiento y Control Patrimonial el detalle de Materiales y Servicios en general que se vienen ejecutando en la
actualidad as? como el costo unitario y unidad de medida de los materiales, bienes depreciables y servicios ejecutados
y proyectados para el siguiente ejercicio.
El detalle de la informaci?n se sustenta en los contratos, ?rdenes de Servicios, P?lizas de Seguro, Planillas de Personal,
Documentaci?n o?cial que es utilizada para la elaboraci?n de los Estados Financieros de la Municipalidad.
III) Tercera Acci?n: Procesamientos de los datos del Sistema de Costos:
Con la informaci?n remitida por las ?reas prestadoras de servicios e informes de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, se procedi? a realizar el proceso de costeo de los costos de toda el ?rea prestadora de servicio, seguidamente
con esta base se procede a hallar el costo de los servicios p?blicos, como se aprecia en el gr??co siguiente:
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
11
lA?A?????lG?EGuA?GA??G?lAE??AEG?G?|s?s??
lA?A?????lG?EGuA?A?s|sEAEG?EGu??
^G?|s?s??W?dus??D?Ys?s?AuG?
IV) Cuarta Acci?n: Generaci?n de la Estructura de Costos de los Servicios Municipales:
Una vez costeadas las actividades de los servicios p?blicos, se estructuran los costos de acuerdo a la Directiva N? 001-
006-00000015
del Servicio de Administraci?n ? SAT, seg?n el tipo de costo: costos directos, costos indirectos o costos
?jos.
V) Quinta Acci?n: An?lisis y consistencia de resultados:
Una vez obtenidos los primeros resultados de los Arbitrios Proyectados para el siguiente ejercicio, se procede a analizar
la incidencia directa e indirecta de los costos obtenidos en los servicios p?blicos y su correspondiente consistencia en la
prestaci?n del servicio.
VII) Sexta Acci?n: Elaboraci?n y presentaci?n de Informe T?cnico:
Acci?n referida a la elaboraci?n, presentaci?n y sustento del Informe t?cnico ?nanciero, adjuntando los resultados de
la medici?n de los costos de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Mantenimiento de
Parques y Jardines P?blicos y de Seguridad Ciudadana.
INFORME T?CNICO SUSTENTATORIO DE ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021
Aspectos Generales. -
En aplicaci?n a lo establecido en el Texto ?nico Ordenado de la ley de Tributaci?n Municipal, relacionado con la aprobaci?n
anual de los arbitrios municipales, se efectu? el an?lisis de los gastos ejecutados correspondientes al ejercicio 2020,
donde se se?alan variaciones producto del sinceramiento de los servicios debido a que se mantiene una estructura de
costos del a?o 2013 vigente para el a?o 2014 y que luego de seis a?os, para este periodo se ha incrementado dentro de
un margen mesurado, guardando observancia con la Ordenanza Nro. 300-MDCH que aprob? el r?gimen de las tasas por
arbitrios municipales del a?o 2014, al respecto se se?ala lo siguiente:
?
Realizado el an?lisis de la informaci?n enviada por la Gerencia de Servicios a la Ciudad, respecto de los servicios
de Recolecci?n de Residuos, Barrido de Calles, Parques y Jardines, y Servicio de Serenazgo, para el presente a?o
se puede apreciar que esta informaci?n ha sufrido un incremento producto de la variaci?n y a las ?uctuaciones de
los precios en el mercado y en la nivelaci?n del ingreso remunerativo a los trabajadores en estricta observancia de
las leyes de presupuesto, lo que ha originado el aumento de los costos.
?
La cantidad de predios, n?mero de contribuyentes, as? como el ?rea construida ha sufrido peque?as variaciones
con respecto a los ?ltimos periodos y asociado a la variaci?n de costos se ha concluido en el incremento de la tasa
en forma mesurada.
?
De la informaci?n proporcionada por la Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial mediante el Informe
N? 676-2020-SGACP-GAF/MDCH, se remite los documentos sustentatorios de los bienes y servicios adquiridos.
a)
RESUMEN DEL PLAN DE SERVICIOS BARRIDO DE CALLES
OBJETIVOS:
?
9
9
Determinar las actividades y labores que involucran la prestaci?n de cada servicio p?blico, conforme a la
informaci?n proporcionada por la Gerencia de Servicios a la Ciudad.
Sustentar adecuadamente el requerimiento y la cantidad de personal, equipos, herramientas, insumos, entre otros;
los mismos que ser?n destinados para la prestaci?n del servicio, a ?n de prestar un servicio en todo el distrito en
forma uniforme.
9
Sustentar cuantitativa y cualitativamente la justi?caci?n de los incrementos en el costo, en funci?n a las metas
anuales que proyecta alcanzar la municipalidad en funci?n a los recursos previstos en la gesti?n del servicio.
?
ACTIVIDADES QUE INVOLUCRAN EL SISTEMA DE BARRIDO DE CALLES Y AVENIDAS:
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
9
Barrido de calles, avenidas y v?as de alto tr?nsito peatonal y/o vehicular que conforman el distrito.
Esta actividad se complementa con sub actividades que permite brindar un adecuado servicio, como son:
Campa?as de limpieza en los asentamientos humanos ubicados en las laderas de los cerros, desarenado de
avenidas, recojo y traslado de bolsas de basura de barrido y organizaci?n, control y supervisi?n del servicio.
b)
METAS:
Para el a?o 2021 se proyecta cumplir con la cobertura total (249,398.68 ml) de las v?as habilitadas, de acuerdo a
la frecuencia seg?n las zonas determinadas que se aprecia en el cuadro siguiente:
CUADRO N? 01 SERVICIO DE BARRIDO, FRONTIS Y FRECUENCIA
FRECUENCIA DE
ZONAS
CANTIDAD DE PREDIOS
FRONTIS EN ML
BARRIDO POR SEMANAS
A
7161
6603
1025
14789
155,161.68
83,705.50
10,531.50
249,398.68
5
3
1
B
C
TOTALES
El detalle de las v?as donde se presta el servicio de barrido de calles, se encuentra anexo al ?nal del presente
informe del servicio.
c)
EXPLICACI?N DE LOS COSTOS SEG?N EL N?MERO DE PREDIOS
CUADRO N? 02
TOTAL DE
SERVICIO
TOTAL DE PREDIOS
AFECTOS
14,789
INAFECTOS
00
TOTAL AFECTOS
14,789
CONTRIBUYENTES
BARRIDO DE CALLES
11,854
14,789
?
En el ejercicio 2021, la Municipalidad de Chaclacayo distribuir? el costo generado en la prestaci?n del servicio
de barrido de calles para un total de 14,789 predios afectos para un total de 11,854 contribuyentes, el mismo
que est? sustentado en el Informe N? 017A-2020-SGTI-GPP/MDCH de la Sub Gerencia de Tecnolog?as de la
Informaci?n.
d)
EXPLICACI?N DE CADA UNOS DE LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE COSTOS
En lo relacionado al costo total del servicio, que asciende a S/ 292,919.27 soles, se aprecia que los componentes
que integran el costo del servicio, se han agrupado en costos directos; Indirectos y Fijos, conforme al cuadro de
resumen siguiente y la estructura de costos respectiva.
CUADRO N? 03 COSTO ANUAL DEL SERVICIO
DESCRIPCION DEL COSTO
COSTOS DIRECTOS
COSTO ANUAL 2021
267,286.11
PARTICIPACION
91.25%
Costo de Mano de Obra Directa
248,329.39
Costo de Uniforme, Herramientas y Materiales
18,956.72
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS
ADMINISTRATIVOS
25,633.16
8.75%
Personal de Mano de Obra Indirecta
Materiales y ?tiles de O?cina
Depreciaci?n de Muebles y Equipos
COSTOS FIJOS
25,485.96
147.20
TOTAL
292,919.27
100.00%
e)
EXPLICACION DE CADA UNO DE LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE COSTOS.
El costo total del servicio de Barrido de Calles para el periodo 2021 se incrementa en un 58.89% respecto al costo
del mismo servicio en el periodo 2014 (actualizado con el IPC al 2020).
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
13
TIPO DE COSTO
JUSTIFICACION DE INCREMENTOS
Costo de Mano de Obra Directa
De acuerdo a la estructura de costos aprobada para el cobro por el servicio de barrido de
calles del a?o 2014 se traslad? el costo de 4 trabajadores como mano de obra directa,
1.
1
sin embargo, en la prestaci?n del servicio el total de operarios eran 19 (el costo de 15
operarios fue asumido por la municipalidad). Para el a?o 2021, de acuerdo al Plan Anual de
Servicio de Barrido de Calles, se contar? con 29 trabajadores como mano de obra directa
para el mismo ?n, de los cuales, 14 (10 del r?gimen 728 y 4 son CAS) se trasladaron a la
estructura de costos y el costo de los otros 15 ser?n asumidos por la municipalidad.
COSTOS DIRECTOS
2.
Costo de Uniforme, Herramientas y Materiales
Adem?s de la variaci?n de la cantidad de uniformes por el incremento de personal, cabe
resaltar la adici?n de gafas de protecci?n, que en adelante formar? parte de los Equipos
de Protecci?n Personal?EPP de forma permanente. Los costos de los otros implementos
de bioseguridad como caretas faciales y trajes de protecci?n debido al Covid-19 ser?n
asumidas por la municipalidad. Cabe se?alar que en el Plan de Servicio de Barrido de
calles para el 2021 se consideran mayor cantidad de herramientas, insumos y materiales
que en la estructura de costos 2014.
1.
Costo de Mano de Obra Indirecta
El incremento en este punto se justi?ca por el incremento en los salarios del Gerente de
Servicios a la Ciudad, quien estar? a cargo de la gesti?n y coordinaci?n del servicio (su
dedicaci?n ser? del 20%) y del Supervisor General de Barrido, quien estar? a cargo de la
supervisi?n y control del servicio (su dedicaci?n ser? del 50%). Por otro lado, el costo de la
COSTOS INDIRECTOS secretaria (apoyo administrativo) tambi?n ser? asumido por la Municipalidad.
Y GASTOS
ADMINISTRATIVOS
2. Materiales y ?tiles de O?cina
El incremento en este punto se debe a que en la estructura de costos para el cobro
por el servicio de barrido del a?o 2014 (actualizado con el IPC del 2014 al 2020) no se
consideraron costos de esta ?ndole porque la municipalidad los asumi?, mientras que para
la prestaci?n del servicio para el a?o 2021 s? se est?n considerando en la Estructura de
Costos.
COSTOS FIJOS
No se consideran costos ?jos para la prestaci?n del servicio correspondiente al a?o 2021.
CUADRO N? 04 VARIACION DE COSTOS SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES
VARIACION
VARIACION
COSTO ANUAL
DESCRIPCION DEL COSTO
COSTO ANUAL 2021
2014
*
2021-2014*
109,940.18
135,476.20
%
COSTOS DIRECTOS
157,345.93
267,286.11
69.87%
120.05%
Costo de Mano de Obra Directa
112,853.19
248,329.39
Costo de Uniforme, Herramientas y
Materiales
44,492.74
18,956.72
25,536.02
-57.39%
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS
ADMINISTRATIVOS
15,235.70
25,633.16
10,397.46
68.24%
67.28%
Personal de Mano de Obra Indirecta
Materiales y ?tiles de O?cina
Depreciaci?n de Muebles y Equipos
COSTOS FIJOS
15,235.70
25,485.96
147.20
10,250.26
-
147.20
-
-
11,775.23
184,356.87
11,775.23
TOTAL
292,919.27
108,562.40
58.89%
*
?
Costos del 2014 actualizado con IPC aprobados en sus respectivas ordenanzas de los a?os 2014 al 2020
El costo de la Mano de Obra Directa ha pasado de un costo anual de S/ 112,853.59 a S/ 248,329.39, que representa
un incremento anual de S/ 135,476.20, el cual se debe al incremento de personal, cabe se?alar que se hace una
comparaci?n que comprende una brecha de 6 a?os.
2
1
2
/ Monto actualizado con el IPC de cada per?odo del 2014 al 2020
/ Las planillas del personal no contienen incrementos por pactos colectivos o laudos que vayan en contra de la ley de presupuesto
14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
?
El costo de la mano de obra indirecta ha pasado de un costo anual de S/ 15,235.70 a S/ 25,485.96, con un
incremento de S/ 10,250.26, el cual se debe al incremento en los salarios del Gerente de Servicios a la Ciudad y
del Supervisor General de Barrido. No obstante, este incremento se debe a la actualizaci?n del costo unitario del
Gerente y del Supervisor, cuya modalidad contractual es CAS, as? como a la actualizaci?n del monto de ESSALUD.
Los costos ?jos para el 2021 no se tomaron en cuenta como parte del costo para la prestaci?n del servicio, toda
vez que la Municipalidad asumir? dichos costos.
?
El incremento de dichos costos se justi?ca, a nivel cualitativo, en la medida que la prestaci?n del servicio de barrido
de calles ha pasado de 248,902.68 ml a 249,398.68 ml.
f)
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N DEL COSTO DE BARRIDO DE CALLES
La determinaci?n de la tasa del arbitrio de Barrido de Calles constituye un proceso de distribuci?n del costo efectivo
del servicio entre los predios de los contribuyentes, en funci?n al bene?cio recibido por el uso real o potencial.
El procedimiento aplicado para la distribuci?n del costo del servicio de Barrido de Calles considera el frontis de
cada predio (La Municipalidad cuenta con los datos exactos del frontis de todos los predios) y la frecuencia de
barrido en las calles y avenidas del distrito.
El costo derivado del servicio de Barrido de Calles y v?as del distrito se ha de distribuir para el ejercicio 2021,
tomando en cuenta los siguientes factores:
a)
b)
c)
Frecuencia semanal de barrido.
Cantidad de predios por frecuencia.
Metros lineales de frontera con la v?a p?blica de los predios en cada frecuencia de barrido.
Para efectos de la determinaci?n de la tasa de por el arbitrio de barrido de calles, como se se?ala en la Ordenanza, se ha
procedido a la zoni?caci?n del distrito en (3) zonas, determinadas en funci?n a la frecuencia de barrido en forma semanal.
De esta forma el distrito ha quedado zoni?cado de la siguiente forma:
CUADRO N? 05
FRECUENCIA
ZONA
A
POBLACION QUE COMPRENDE
DE BARRIDO
SEMANAL
Centro de Chaclacayo, todas las calles y avenidas que conforman el casco Urbano,
Av. Nicol?s Ayll?n, Urb. Garcilaso de la Vega, Urb. Los Halcones, Urb. El Cuadro, Urb.
Panorama el Cuadro, Urb. Los Jardines del Cuadro, Urb. Las Colinas del Cuadro,
Asociaci?n de Vivienda Villa Rosario, Carretera Central, Cooperativa de Vivienda Alfonso
Cobi?n, Lotizaci?n Zarumilla
5
3
1
AA.HH. 3 octubre, Asociaci?n de Vivienda El Huascar?n, AA.HH. San Bartolom?, AA.HH.
Virgen de F?tima de Mor?n, AA.HH. Conjunto Vecinal Luis Felipe de las Casas, AA.HH.
Miguel Grau, AA.HH. Mor?n Chico, AA.HH. AA.HH. Nueva Alianza, AA.HH. Cultura y
Progreso, Cooperativa de Vivienda La Floresta, AA.HH. La Tapada, AA.HH. Cerro Vecino
Huascata, AA.HH. Villa Rica, Asociaci?n de Vivienda 1? de Noviembre, Asociaci?n de
Vivienda Trabajadores Municipales de Chaclacayo, Quebrada las Cumbres,AA.HH. Fundo
el Monte, Asociaci?n de Residentes Fundo el Monte, El Monte Primera Etapa, Asociaci?n
de Vivienda Valle Hermoso, Fundo San Bartolom?, Asociaci?n de Vivienda APROVEGGI.
B
C
AA.HH. Perla del Sol, AA.HH. Santa In?s Bajo, Asociaci?n de Vivienda Huascar?n, AA.HH.
El Para?so,Asociaci?n de Vivienda los Paltos,AA.HH. Los Milagros,AA.HH. Villa Mercedes,
AA.HH. Santa Rosa, AA.HH. Villa Huascata, AA.HH. Monte Santa In?s, Agrupaci?n la
Estrella, AA.HH. Cerro Vecino Huascata, Cooperativa de Vivienda La Floresta Alta, Valle
del R?mac
(*)
?
De acuerdo al Plan Anual 2021.
En las Zona A, se est?n considerando las zonas que se encuentran b?sicamente dentro del casco urbano, siendo
la parte c?ntrica del distrito y contando con las avenidas y calles principales de mayor circulaci?n por lo cual
requiere un mayor servicio del barrido de frontis de los predios, calles y v?as. Tiene un servicio de 5 frecuencias por
semana.
?
?
En la Zona B, se est?n considerando las zonas ubicadas en la periferia del distrito en las cuales se brinda el barrido
de calle, con una frecuencia menor a la de la zona A, siendo la misma de 3 veces por semana.
En la Zona C, la misma que est? comprendida por las partes altas del distrito a las cuales, por su ubicaci?n, se les
brinda el servicio de barrido de calles con una frecuencia de 1 vez por semana, considerando que las ubicaciones
de estas zonas se encuentran en las pendientes del distrito, para efectos de la distribuci?n y por ser el servicio
efectivo, se est?n considerando en el servicio de barrido las entradas a estas zonas.
CUADRO N? 06 CANTIDAD DE PREDIOS, FRONTIS Y FRECUENCIA POR ZONA
CANTIDAD DE
PREDIOS
FRECUENCIA DE BARRIDO
POR SEMANAS
ZONAS
FRONTIS EN ML
A
7161
155,161.68
5
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
15
B
C
6603
1025
83,705.50
10,531.50
3
1
TOTALES
14789
249,398.68
Una vez efectuado lo anterior, se procede a confrontar el n?mero de metros lineales de frontis que presentan las Zonas
A, B y C, (ver Cuadro N? 07) con la frecuencia de barrido semanal correspondiente a cada una de las zonas y de acuerdo
a ellos se establecen los porcentajes de participaci?n en cada una de las zonas.
CUADRO N? 07 DETERMINACION DE TASAS ANUALES Y MENSUALES POR ZONA
FRECUENCIA
DE BARRIDO
POR SEMANAS
PORCENTAJE
(%) DE
PARTICIPACION
COSTO
RELATIVO
POR ZONA S/ X ML S/
TASA
ANUAL
TASA
MENSUAL
X ML S/
CANTIDAD
DE PREDIOS EN ML
FRONTIS
FRONTIS
PONDERADO
COSTO
TOTAL S/
INGRESO
TOTAL S/
ZONAS
a
b
c
5
3
1
d = b x c
775,808.40
251,116.50
10,531.50
e = d/total d
75%
f
g = e x f
219,044.61
70,901.16
2,973.50
h = g/b
1.41
i = h/12
0.11
j = b * i
218,777.97
70,312.62
2,948.82
A
7161
6603
1025
14789
155,161.68
83,705.50
10,531.50
249,398.68
B
C
24%
292,919.27
292,919.27
0.84
0.07
1%
0.28
0.02
TOTALES
1,037,456.40
100%
292,919.27
292,039.41
(*)
De acuerdo a la Estructura de Costos del 2021
En funci?n de los metros lineales del frontis ponderado por frecuencia, calculamos los metros totales barridos del distrito,
los cuales determinan una estructura de participaci?n de cada frecuencia sobre el total del barrido y, por lo tanto, de
su participaci?n en el costo por zona, el cual se distribuye entre los predios de la misma frecuencia en relaci?n con su
tama?o de frontis ponderado hallando un costo promedio por metro lineal de frontis colindante con la v?a p?blica. La tasa
anual entonces ser? igual a la divisi?n del costo relativo por zona dividido entre el frontis en metros lineales por cada zona
y la tasa mensual ser? igual al resultado anterior dividido entre doce (n?mero de meses en un a?o).
g)
Comparaci?n de Tasas 2020 ? 2021.
CUADRO N? 08 CUADRO COMPARATIVO DE TASAS
TASA ANUAL
2020
TASA ANUAL
2021
FRECUENCIA
VARIACION %
ZONAS
S/
S/
c
a
5
3
1
b
d = c/b-1
58.57%
57.45%
57.75%
A
B
C
0.8892
0.5335
0.1775
1.41
0.85
0.28
Las tasas correspondientes a las Zonas A se increment? en 58.57%, en la zona B se incrementaron en 57.45 %, mientras
que la tasa correspondiente a la zona C se increment? en 57.75%.
h)
PREDIOS EXONERADOS EN EL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES.
CUADRO N? 09
MUNI.
CHACLACAYO
ENTIDADES
RELIGISAS
MINISTERIO DEL
INTERIOR
BOMBEROS
TOTAL
ZONAS
ML
PREDIOS
ML
PREDIOS
ML
PREDIOS
ML
PREDIOS
ML
PREDIOS
A
B
2226.42
1372.62
7.78
50
33
1
1094.56
248.72
37
21
25.20
1
0.45
1
3346.63
1621.34
7.78
89.00
54.00
1.00
C
TOTAL
3606.82
84
1343.28
58
25.2
1
0.448
1
4975.75
144
16
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Como se puede apreciar en el cuadro 9, para el servicio de barrido de calles, se considera la exoneraci?n de 144 predios
que en total hacen 4,975.75 ml de frontis de predios, as? mismo, tambi?n se puede apreciar que los predios son propiedad
de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, entidades religiosas, Ministerio del Interior y la Compa??a de Bomberos.
PROYECCION DE INGRESOS POR EL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES
CUADRO N? 10
FRECUENCIA
CANTIDAD DE DE BARRIDO
POR
SEMANAS
INGRESO
TOTAL SIN
EXONERADOS
S/
%
COBERTURA
DE COSTO
DE
FRONTIS
EN ML
FRONTIS EN ML FRONTIS EN TASA ANUAL COSTO DEL
PREDIOS
EXONERADOS
ML AFECTOS
X ML S/
SERVICIO S/.
ZONAS
a
b
5
3
1
c
d
e = c- d
151,815.05
82,084.16
10,523.72
244,422.93
f
g = f * c
219,044.61
70,901.16
2,973.50
h = f * e
214,059.22
68,950.69
2,946.64
i = h/g
97.72%
97.25%
99.10%
97.62%
A
7161
6603
1025
14789
155,161.68
83,705.50
10,531.50
249,398.68
3346.63
1621.34
7.78
1.41
0.84
0.28
B
C
TOTALES
4975.75
292,919.27
285,956.56
Finalmente, luego de descontar el n?mero de predios y los metros lineales exonerados, se estiman ingresos totales de S/
soles por el servicio de Barrido de Calles, los cuales se dividen en S/ 214,059.22 soles correspondiente a la
285,956.56
zona A, S/ 68,950.69 soles correspondiente a la zona B y S/ 2,946.64 soles correspondiente a la Zona C. Los mismos que
representan el 97.62% de cobertura de ?nanciamiento para la prestaci?n del servicio de barrido de calles, la diferencia
para llegar al 100% ser? cubierta por la Municipalidad Distrital de Chaclacayo.
INFORME T?CNICO SUSTENTATORIO DE ARBITRIOS DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021
a)
RESUMEN DEL PLAN DE SERVICIOS DEL SERVICIO DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS
El servicio de recolecci?n de residuos s?lidos del Distrito de Chaclacayo consiste en el recojo, transporte y disposici?n ?nal
de los residuos s?lidos domiciliarios, excepto los residuos t?xicos y peligrosos producidos en los centros hospitalarios,
empresas industriales, entre otras; en los t?rminos se?alados a continuaci?n.
OBJETIVOS
?
?
En las etapas de recojo y traslado de los residuos s?lidos del Distrito al sitio de disposici?n ?nal a trav?s de
la Empresa Transportes Pillaca, mediante contrato N? 005-2020-MDCH; por un monto de S/ 803,000.00,
considerando dos unidades vehiculares Cami?n Compactador, con chofer y 2 ayudantes adem?s del combustible.
El cual equivale al 50% de recojo y transporte de los residuos s?lidos.
Optimizar la prestaci?n del servicio en las ?reas urbanas de dif?cil acceso donde la Divisi?n de Limpieza P?blica
de la Municipalidad de Chaclacayo pueda recolectar la mayor cantidad de residuos s?lidos y maleza, a su vez el
traslado cuya disposici?n ?nal de los residuos s?lidos se deriva a Huaycoloro (relleno sanitario) donde la empresa
PETRAMAS SAC, a trav?s del Contrato 002-2020-MDCH-Adjudicaci?n Simpli?cada N? 011-2019-OEC/MDCH
realiza el control y pesaje correspondiente.
?
Dar un mejor servicio en las ?reas urbanas y perif?ricas en las cuales la Municipalidad presta el servicio de lunes
a domingos, las cuales cubren las arterias principales.
?
?
Optimizar la recolecci?n de residuos S?lidos para el 2021.
Contribuir con el mejoramiento de la disposici?n adecuada de los residuos s?lidos.
ACTIVIDADES QUE DESARROLLA EL SERVICIO:
?
?
Servicio de recolecci?n de residuos s?lidos domiciliarios: Comprende el servicio de recolecci?n de residuos
s?lidos realizado puerta por puerta, el cual se efect?a respecto de la totalidad de los predios ubicados en el distrito
(casa habitaci?n, predios comerciales, industriales y de servicios), generaci?n que se efect?a en funci?n de las
caracter?sticas de la infraestructura urbana; las actividades desarrolladas en cada predio; as? como los h?bitos y
costumbres de la poblaci?n del Distrito de Chaclacayo.
Servicio de transporte y disposici?n ?nal de residuos s?lidos: Consiste en trasladar los residuos s?lidos al
relleno sanitario debidamente autorizado, a efecto de su posterior tratamiento.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
17
METAS DEL PLAN DE SERVICIO
?
?
Alcanzar y mantener una frecuencia de recolecci?n diaria.
Recoger el 100% de los residuos s?lidos del distrito producto de la recolecci?n predio por predio, tal es as? que la
cantidad proyectada para el ejercicio 2021 es de 14,121.85 Tn al a?o.
?
?
Dise?ar e implementar nuevos procedimientos para una mayor sensibilizaci?n y concientizaci?n de las empresas
y usuarios en la realizaci?n de una e?ciente gesti?n ambiental de los residuos que generan.
Fortalecer la capacidad de gesti?n y operaci?n de la Sub Gerencia de Gesti?n Ambiental y Ornato, a trav?s
de la adopci?n y utilizaci?n de nuevas tecnolog?as en los aspectos log?sticos de la recolecci?n y dem?s ?reas
complementarias de dicha sub gerencia.
b)
EXPLICACI?N DE LOS COSTOS SEG?N EL N?MERO DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS:
En el ejercicio 2021, la Municipalidad de Chaclacayo distribuir? el costo generado en la prestaci?n del servicio de
recolecci?n de residuos s?lidos, para un total de 11,973 predios y 10,335 contribuyentes para el servicio de Recolecci?n
de Residuos S?lidos, el mismo que est? sustentado en el Informe N? 017A-2020-SGTI-GPP/MDCH de la Sub Gerencia
de Tecnolog?as de la Informaci?n.
TOTAL DE
CONTRIBUYENTES
TOTAL DE
PREDIOS
SERVICIO
AFECTOS
11,973
INAFECTOS
00
TOTAL AFECTOS
11,973
RECOJO DE RESIDUOS
SOLIDOS
10,335
11,973
*El total de predios construidos seg?n informaci?n brindada por la Subgerencia de Tecnolog?as de la Informaci?n. Los
mismos que est?n distribuidos en los siguientes usos:
CATEGORIA
USOS
N? PREDIOS
1
Casa habitaci?n
10688
Comercio: Bodegas, Bazares, Librer?as,
Panader?as, Ferreter?a y Similar
2
3
739
159
Servicios en General: O?cinas, Cabinas de
Internet, Sal?n de Belleza, Talleres T?cnicos
y Similares
Asociaciones, Clubes, Restaurantes,
Discotecas, Hostales, Hospedajes y Similares
4
5
6
74
23
66
Industria
Centros Educativos, Entidades del Gobierno
Central
7
8
9
Granjas, casas de retiro y similares
Lubricentros
185
32
Centros Veterinarios
TOTAL
7
11973
No est?n afectos a este arbitrio los terrenos sin construir, por lo que no forman parte de este c?lculo, en cumplimiento al
Informe Defensorial N? 106, emitido por la Defensor?a del Pueblo.
c)
EXPLICACION DE CADA UNO DE LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE COSTOS
Los Costos Totales ascienden a S/ 1?323,588.50 soles, desagregados en Costos Directos, Costos Indirectos y Costos
Fijos.
18
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
CUADRO 01
TIPOS DE COSTOS EXPLICACION DE INCREMENTO
Costo Mano de Obra Directa
1.
De acuerdo a la estructura de costos aprobada para el cobro por el servicio de residuos
s?lidos del a?o 2014 se traslad? el costo de 10 trabajadores como mano de obra directa. Sin
embargo, en la prestaci?n del servicio el total de operarios eran 23 (el costo de 13 operarios
fue asumido por la municipalidad). Para el a?o 2021, de acuerdo al Plan Anual de Servicio
de Residuos s?lidos, se contar? con 44 trabajadores como mano de obra directa para el
mismo ?n, de los cuales 27 son del r?gimen 728, 13 son del r?gimen CAS 1057 y 4 CAS
Proyectado. De los cuales 30 operarios se trasladaron a la Estructura de Costo (23 operarios
bajo r?gimen 728 y 7 bajo r?gimen CAS 1057) y el costo de los otros 15 ser?n asumidos por
la municipalidad.
2.
Costo de Materiales y Accesorios
Adem?s de la variaci?n de la cantidad de uniformes por el incremento de personal, tambi?n
se est?n considerando a partir de la propagaci?n del COVID 19 las gafas de protecci?n como
parte del EPP para la prestaci?n del servicio en forma permanente, asimismo, en el servicio se
usar?n respiradores KN95, caretas faciales y trajes de protecci?n, que no han sido incluidos
en los costos por cuanto lo asumir? la municipalidad. As? mismo, se ha requerido bolsas de
COSTOS DIRECTOS polietileno de 120L. de 3 micras para el recojo de residuos s?lidos de los ?centros de acopio?.
3.
Otros Costos y Gastos Variables
Estos costos han variado debido a la tercerizaci?n del servicio, con la contrataci?n de la
Empresa de Transportes Pillaca E.I.R.L. (Contrato N? 1 005-2020-MDCH/Concurso P?blico
N? 001-2020CS/MDCH-1), vale decir que en el ejercicio 2021 un tercero se encargar? de la
recolecci?n y transporte del 50% del total de los residuos s?lidos. Adicionalmente, hay que
se?alar que la Municipalidad asume el 50% del costo de transporte y recolecci?n, as? como el
100%
del costo de disposici?n ?nal realizada por la Empresa PETRAMAS, mediante contrato
N? 002-2020-MDCH.
4.
Mantenimiento correctivo y preventivo de los veh?culos
Para brindar un servicio de calidad, es necesario contar con los que los veh?culos cuenten con
sus respectivos mantenimientos correctivos y preventivos.
5.
Combustible.
Respecto al combustible para los veh?culos, su costo ha sido trasladado a la Estructura de
Costos.
1.
Costo de Mano de Obra Indirecta
La reducci?n de este ?tem se justi?ca porque solo se est? considerando al Sub Gerente de
Gesti?n Ambiental y Ornato cuya funci?n es gestionar y coordinar las actividades del servicio
(con una dedicaci?n del 20%) y al Supervisor que tiene la funci?n estricta de supervisi?n del
COSTOS INDIRECTOS servicio (con una dedicaci?n del 50%).
Y GASTOS
ADMINISTRATIVOS
2. Materiales y ?tiles de O?cina
El incremento en este punto se debe a que se requieren m?s ?tiles para la prestaci?n de este
servicio para el a?o 2021 en comparaci?n con el a?o 2014 (anteriormente se contaba con
1
supervisor y ahora con 2), asimismo cabe indicar que, se ha dado un incremento de los
precios de mercado en comparaci?n del a?o 2014.
No se consideran costos ?jos para la prestaci?n del servicio correspondiente al a?o 2021, por
cuanto el costo lo asume la Municipalidad.
COSTOS FIJOS
CUADRO DE COSTOS
CUADRO 02
VARIACION
2021-2014*
VARIACION
COSTO ANUAL
COSTO ANUAL
2021
DESCRIPCION DEL COSTO
2014
*
%
COSTOS DIRECTOS
1,021,342.36
274,936.57
621,227.27
125,178.52
1,290,996.42
666,801.11
222,695.31
401,500.00
269,654.06
26.40%
142.53%
-64.15%
220.74%
Costo de mano de Obra Directa
Costo de materiales y accesorios
Otros costos y gastos variables
Depreciaci?n de maquinarias y equipos
391,864.54
398,531.95
276,321.48
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
19
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS
ADMINISTRATIVOS
33,099.47
32,592.08
- 507.39
-1.53%
Costo de mano de obra indirecta
Depreciaci?n de maquinarias y equipos
Materiales de o?cina
32,778.33
32,433.96
158.12
- 344.37
-1.05%
321.14
13,673.93
- 163.02
- 13,673.93
255,472.74
-50.76%
-100.00%
23.92%
COSTOS FIJOS
TOTAL
1,068,115.76
1,323,588.50
*
Costos del 2014 actualizado con IPC aprobados en sus respectivas ordenanzas de los a?os 2014 al 2020
*De acuerdo a la Estructura de Costos 2021
Respecto del servicio de Residuos S?lidos, se observa un incremento del 30.28% que se debe a los siguientes aspectos:
i)
El costo de Directo Este incremento se debe a que la mano de obra directa que paso de S/ 27,4936.57 a S/
666,801.11, lo que representa una variaci?n de S/ 391,864.54. Si bien ahora la municipalidad estar?a pasando de
un porcentaje de dedicaci?n del servicio de recolecci?n de residuos s?lidos de 100 a 50%, a pesar de ello, se ha
incrementado el personal, debido a que antes este servicio se brindaba en un solo horario, ahora est? pasando a
tres horarios con la ?nalidad de intensi?car el servicio y tener un distrito limpio y saludable.
Asimismo, dicho incremento se debe a que los otros costos y gastos variables pasaron de S/ 125,178.52 a S/
401,500.00
lo que representa una variaci?n de S/ 276,321.48, debido a la incorporaci?n del nuevo concepto del
servicio de alquiler de compactadora para recolecci?n y transporte de residuos s?lidos hasta disposici?n ?nal, cuyo
costo es de S/ 803,000.00, de las cuales solo se est? trasladando el 50 % del costo a la estructura de costo.
Adem?s, dicho incremento se debe al aumento de la generaci?n de residuos s?lidos que paso de 8,520 toneladas
anuales a 14,121 toneladas anuales.Adicionalmente a ello el ?rea construida paso de 1,815,644.52 m2 a 2,373,940
m2.
ii)
El Costo de Indirecto y los Gastos Administrativos pasaron de un costo anual de S/ 33,099.47 a S/ 32,592.08,
con un decremento anual de -1.53%.
iii)
d)
Los Costos Fijos no se consideraron para la prestaci?n del servicio durante el a?o 2021, lo cual implica una
disminuci?n de 100% respecto al a?o 2014, toda vez que la municipalidad asumir? dichos costos.
METODOLOG?A DE DISTRIBUCI?N DEL COSTO DE SERVICIO DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS:
Para efectos de la determinaci?n de la tasa por el arbitrio de recolecci?n de residuos s?lidos, respecto de predios
destinados a Casa - Habitaci?n, se ha procedido a zoni?car el distrito de Chaclacayo en tres (3) zonas, determinadas en
funci?n de los residuos s?lidos que son generados por los predios ubicados en cada una de las mismas. A partir
de la generaci?n de los residuos s?lidos que presenta cada zona, se establece el correspondiente factor de generaci?n
por zona, conforme el cuadro que se presenta a continuaci?n.
CUADRO DE ZONIFICACI?N DEL DISTRITO POR USO DE CASA-HABITACI?N
CUADRO N? 03
N?
A
UBICACION
Centro de Chaclacayo, todas las calles y avenidas que conforman el casco Urbano, Av. Nicol?s Ayll?n, Urb.
Garcilaso de la Vega, Urb. Los Halcones, Urb. El Cuadro, Urb. Panorama el Cuadro, Urb. Los Jardines del
Cuadro, Urb. Las Colinas del Cuadro, Asociaci?n de Vivienda Villa Rosario, Carretera Central, Cooperativa de
Vivienda Alfonso Cobi?n, Lotizaci?n Zarumilla .
AA.HH. 3 Octubre, Asociaci?n de Vivienda El Huascar?n, AA.HH. San Bartolom?, AA.HH. Virgen de F?tima
de Mor?n, AA.HH. Conjunto Vecinal Luis Felipe de las Casas, AA.HH. Pueblo Joven Miguel Grau, AA.HH.
Mor?n Chico, AA.HH. AA.HH. Nueva Alianza, AA.HH. Cultura y Progreso, Cooperativa de Vivienda La
Floresta, AA.HH. La Tapada, AA.HH. Cerro Vecino Huascata, AA.HH. Villa Rica, Asociaci?n de Vivienda 1? de
Noviembre, Asociaci?n de Vivienda Trabajadores Municipales de Chaclacayo, Quebrada las Cumbres, AA.HH.
Fund? el Monte, Parcela de Residentes Fundo el Monte 1era Etapa, Asoc. De Vivienda Valle Hermoso, Fundo
San Bartolome, Moron Chico, Aproveggi.
B
AA.HH. Perla del Sol, AA.HH. Santa In?s Bajo, Asociaci?n de Vivienda Huascar?n, AA.HH. El Para?so,
Asociaci?n de Vivienda los Paltos, AA.HH. Los Milagros, AA.HH. Villa Mercedes, AA.HH Villa Maria, AA.HH.
Santa Rosa, AA.HH. Villa Huascata, AA.HH. Monte Santa In?s , Agrupaci?n la Estrella , AA.HH. Cerro Vecino
Huascata, Cooperativa de Vivienda La Floresta Alta, Valle del R?mac.
C
El procedimiento aplicado para la distribuci?n del costo del servicio de recojo domiciliario para el ejercicio 2021, empieza
diferenciando el universo del distrito en niveles o categor?as por la actividad realizada, caracterizada por el uso del predio
que determina en cantidades la generaci?n de residuos s?lidos o desechos.
20
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Para establecer el promedio de residuos s?lidos generados en el presente ejercicio se procedi? a realizar un estudio
complementario de caracterizaci?n de residuos s?lidos municipales 2020, tomando como muestra una cantidad de
predios, tal cual se visualiza en el Cuadro N? 04, se realiz? el pesaje de los residuos s?lidos en cada uno de los usos, de
esta forma se pudo establecer un nuevo promedio de generaci?n de residuos s?lidos.
Casa Habitaci?n: se tom? como muestra a 500 predios, entre las 3 zonas existentes en el distrito A, B y C, a los cuales
se les realizo el pesaje de los residuos generados y como resultado se obtuvo un promedio de 2.74 kg por predio en
promedio, haciendo un total de 29.33 Tn/d?a para un total de 10,688 predios.
Comercio: se realiz? la muestra tomando 50 predios con uso de comercio entre bodegas, bazares, librer?as, ferreter?as y
similares. Cuyo resultado arrojo un promedio de 4.40 Kg. por predio en promedio, haciendo un total de 3.51 Tn/d?a para
un total de 739 predios.
Servicios en General: se realiz? el muestreo con 20 predios destinado a tal uso, como resultado arrojo que este uso
genera 3.33 kg. Por predio en promedio, haciendo un total de 0.53 Tn/d?a para un total de 159 predios.
Asociaciones, clubs, restaurantes, discotecas, hostales, hospedajes y similares: para este uso se tom? como
muestreo 12 predios, los mismos que arrojaron como resultado 29.05 Kg por predio en promedio, haciendo un total de
2.15
Tn/d?a para 74 predios.
Industria: para el caso de uso industria se realiz? el muestreo con 2 predios, el cual arrojo como resultado de este uso,
58.70 Kg por predio en promedio, haciendo un total de 1.35 Tn/d?a para un total de 23 predios.
Centros Educativos, entidades de gobierno central: para el caso de entidades educativas se realiz? el muestreo
con 10 centros educativos arrojando como resultado 14.55 Kg por predio en promedio, tomando en consideraci?n las
dimensiones de los colegios y/o entidades del gobierno y la cantidad de alumnado y/o personas con el que cuenta cada
uno de ellos, haciendo un total de 0.96 Tn/d?a para un total de 66 predios.
Granjas, casa de retiro y otros: para este uso se realiz? el muestreo con 20 predios de este uso el mismo que arroj?
como resultado 4.38 Kg. por predio en promedio, haciendo un total de 0.81 Tn/d?a para un total de 185 predios.
Lubricentros: En aplicaci?n del D.L. 1278, se diferenci? el rubro lubricentros del rubro de comercios. Para este uso se
realiz? el muestreo con 15 predios, lo que arroj? como resultado 1.25 Kg. por predio en promedio, haciendo un total entre
los 32 lubricentros de 0.04Tn/d?a de residuos no peligrosos, los que ser?n recogidos por la municipalidad.
Centros Veterinarios: En aplicaci?n del D.L. 1278, se diferenci? el rubro de centros veterinarios del rubro de comercios.
Para este uso se realiz? el muestreo con 15 predios en promedio, lo que arroj? como resultado 1.43 Kg. haciendo un total
entre las 7 veterinarias de 0.01 Tn/d?a de residuos no peligrosos, los que ser?n recogidos por la municipalidad.
Laboratorios de Ensayo Ambiental: En aplicaci?n del D.L. 1278, de acuerdo a las muestras realizadas y trasladadas al
Estudio de Caracterizaci?n de Residuos S?lidos, se ha podido apreciar que en el distrito de Chaclacayo no hay predios
destinados al uso de Laboratorios de Ensayo Ambiental. Motivo por el cual no se ha considerado dentro del Cuadro N? 04.
CUADRO N? 04 GENERACION DE RESIDUOS SOLIDOS POR USOS