Ordenanza que prorroga para el Ejercicio 2021 los costos y tasas de arbitrios municipales de Barrido de calles Recolección de Residuos Sólidos Parques y Jardines Públicos y Serenazgo aprobados para el Ejercicio 2020; Ordenanza que prorroga para el 2021 la vigencia del monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales aprobados para el 2020; y Ordenanza que establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehicular en las playas del distrito de Barranco temporada 2021
A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD
Jueves 31 de diciembre de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANCO
ORDENANZA N? 550-2020-MDB
ORDENANZA N? 551-2020-MDB
ORDENANZA N? 553-2020-MDB
ORDENANZA QUE PRORROGA
PARA EL EJERCICIO 2021, LOS
COSTOS Y TASAS DE ARBITRIOS
MUNICIPALES DE BARRIDO DE
CALLES, RECOLECCI?N DE
RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y
JARDINES P?BLICOS Y SERENAZGO
APROBADOS PARA EL
EJERCICIO 2020
ACUERDO DE CONCEJO N? 383
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL
2
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO
N? 383
Lima, 10 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha:
VISTO:
El O?cio N? D000215-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, de fecha 18
de noviembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 550-2020-MDB, que establece
el r?gimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2021
en el distrito de Barranco, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el art?culo 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con la Norma IV del C?digo Tributario,
aprobado mediante Decreto Legislativo N? 816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden
crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n y con los l?mites que
se?ala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el art?culo 40 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati?cadas por las
municipalidades provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085 que aprueba el procedimiento de rati?caci?n de ordenanzas
tributarias distritales en la provincia de Lima, la municipalidad distrital recurrente aprob? la ordenanza objeto de
la rati?caci?n, remiti?ndola conjuntamente con el expediente de rati?caci?n digitalizado, que incluye los respectivos
informes y documentos sustentatorios al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima - SAT, con car?cter de Declaraci?n
Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias.
Que, a trav?s del Informe N? D000044-2020-SAT-ART de fecha 16 de noviembre de 2020, el ?rea Funcional de
Rati?caciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, opin?
favorablemente respecto a la rati?caci?n solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables y la
Directiva N? 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debi?ndose efectuar las publicaciones pertinentes
en el Diario O?cial El Peruano y en el portal institucional;
Que, la Ordenanza materia de rati?caci?n aprobada mediante la Ordenanza N? 550-2020-MDB, mantiene las disposiciones
t?cnicas establecidas para el ejercicio 2020, aprobada mediante Ordenanza N.? 532-2019-MDB, rati?cada por Acuerdo
de Concejo N.? 314, publicados el 28 de diciembre de 2019, considerando la aplicaci?n de los mismos costos y tasas;
cuyo marco legal tributario aplicable es la Ordenanza N.? 532-2019-MDB;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los art?culos 9 y 41
de la Ley N.? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administraci?n
Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en su Dictamen N?
096-2020-MML/CMAEO
de fecha 27 de noviembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con
dispensa del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati?car la Ordenanza N? 550-2020-MDB, que establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Barrido de
Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, del ejercicio 2021 en el distrito de Barranco,
que mantiene la aplicaci?n de los costos y tasas aprobadas rati?cadas para el ejercicio 2020.
Art?culo 2. El presenteAcuerdo rati?catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicaci?n
hasta el 31 de diciembre del 2020, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati?cada, incluido el Informe T?cnico.
La aplicaci?n de la Ordenanza materia de la presente rati?caci?n, sin la condici?n antes se?alada, es de exclusiva
responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima - SAT que posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el Portal
Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
3
ORDENANZA N? 550-2020-MDB
Barranco, 28 de setiembre de 2020
ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2021, LOS COSTOS Y TASAS DE ARBITRIOS
MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES
P?BLICOS Y SERENAZGO APROBADOS PARA EL EJERCICIO 2020
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Barranco, en Sesi?n Ordinaria de la fecha; y,
VISTO:
El Informe N? 47-2020-GAT/MDB emitido por la Gerencia de Administraci?n Tributaria, el Informe N? 223-2020-GAJ-
MDB, emitido por la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, y el Dictamen N? 014-2020-MDB/COREAPYAJ emitido por la
Comisi?n Conjunta de Econom?a, Administraci?n y Planeamiento y Asuntos Jur?dicos del distrito de Barranco, respecto
al proyecto de Ordenanza que Pr?rroga para el ejercicio 2021, los Costos y Tasas de Arbitrios Municipales de Barrido
de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo aprobados para el ejercicio
2020;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Art?culo 194? de la Constituci?n Pol?tica del Per?, las municipalidades provinciales
y distritales son los ?rganos de gobierno local con autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de su
competencia; y, en su Art?culo 195? establece que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y
rentas, as? como crear, modi?car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;
Que, el Art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, se?ala que, la autonom?a
que la Constituci?n Pol?tica del Per? establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administraci?n, con sujeci?n al ordenamiento jur?dico; y, asimismo en su Art?culo 40?,
dispone que ?Mediante ordenanza, se crean, modi?can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos
y contribuciones, dentro de los l?mites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
municipalidades distritales deben ser rati?cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripci?n para su
vigencia?;
Que, el Art?culo 68?, literal a), del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado mediante Decreto
Supremo N? 156-2004-EF, establece que las municipalidades podr?n imponer tasas por servicios p?blicos o arbitrios,
de?ni?ndolas como aquellas que se pagan por la prestaci?n o mantenimiento de un servicio p?blico individualizado en
el contribuyente;
Que, elArt?culo 69? del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N?
156-2004-EF
se?ala que la determinaci?n de las tasas por servicios p?blicos o arbitrios deber?n sujetarse a los criterios
de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el
servicio y su mantenimiento, as? como el bene?cio individual prestado de manera real y/o potencial. Asimismo, se?ala
que, para la distribuci?n del costo entre los contribuyentes de una municipalidad, se deber?n utilizar -dependiendo del
servicio involucrado- entre otros criterios que resulten v?lidos para la distribuci?n: el uso, tama?o y ubicaci?n del predio
del contribuyente;
Que, el Art?culo 69-A de la precitada norma indica que las Ordenanzas que aprueben el monto de las tasas por arbitrios,
explicando los costos efectivos que demanda el servicio seg?n el n?mero de contribuyentes, as? como los criterios que
justi?quen incrementos, de ser el caso, deber?n ser publicadas hasta el 31 de diciembre del ejercicio ?scal anterior al de
su aplicaci?n;
Que, asimismo, el Art?culo 69-B de la precitada norma, incluido por el Art?culo 3? de la Ley N? 26725, se?ala que vencido
el plazo para la publicaci?n de las Ordenanzas, las Municipalidades solo podr?n determinar el importe de las tasas
por arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por los arbitrios al 1? de enero del a?o ?scal anterior
reajustado con la aplicaci?n de la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del
Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio ?scal;
Que, la Gerencia de Administraci?n Tributaria mediante Informe del visto, remite el proyecto de Ordenanza que Prorroga
para el ejercicio 2021, los Costos y Tasas deArbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos,
Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo aprobados para el ejercicio 2020, as? como el Informe T?cnico que lo sustenta;
Que, mediante Informe del visto, la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, emite opini?n favorable respecto de la legalidad del
proyecto de Ordenanza presentado por lo que resulta procedente su aprobaci?n;
Que, mediante Dictamen Conjunto del visto, la Comisi?n de Econom?a, Administraci?n y Planeamiento y la Comisi?n
de Asuntos Jur?dicos dictaminan recomendando al Pleno del Concejo, aprobar el proyecto de Ordenanza presentado,
debiendo efectuarse el tr?mite de rati?caci?n ante la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por los Art?culos 9? 39? y 40? de la Ley N? 27972, Ley
Org?nica de Municipalidades, con dispensa del tr?mite de lectura y aprobaci?n del acta, el Concejo Municipal aprob? por
UNANIMIDAD, la siguiente:
4
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
ORDENANZA
Art?culo 1?.- Marco legal aplicable
Prorr?guese para el ejercicio 2021, el marco legal y criterios de distribuci?n, aplicables a los Arbitrios Municipales de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo, establecidos para el
ejercicio 2020 mediante Ordenanza N? 532-2019-MDB, y que fuera rati?cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima
mediante Acuerdo de Concejo N? 314-MML, en todo lo que no se oponga a lo regulado en la presente Ordenanza.
Art?culo 2?.- Determinaci?n del costo y las tasas de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques
y Jardines P?blicos y Serenazgo
Aprobar para el Ejercicio 2021, la aplicaci?n de los costos y tasas establecidos para los servicios de Barrido de Calles,
Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo, establecidos para el ejercicio 2020 mediante
la Ordenanza N? 532-2019-MDB, que fuera rati?cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de
Concejo N? 314-MML.
Art?culo 3?.- Del Informe T?cnico y la Estimaci?n de Ingresos.
Aprobar el Informe T?cnico que sustenta el mantenimiento de las tasas de los arbitrios municipales de Barrido de Calles,
Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo, as? como la estimaci?n de ingresos por la
prestaci?n de los servicios mencionados, lo cual forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Art?culo 4?.- Vencimiento de la obligaci?n
El vencimiento para el pago por la prestaci?n mensual de los servicios en el ejercicio 2021, ser? en las fechas que se
se?alan a continuaci?n:
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Enero, cuyo vencimiento es el 26 de febrero
Febrero, cuyo vencimiento es el 26 de febrero
Marzo, cuyo vencimiento es el 31 de mayo
Abril, cuyo vencimiento es el 31 de mayo
Mayo, cuyo vencimiento es el 31 de mayo
Junio, cuyo vencimiento es el 31 de agosto
Julio, cuyo vencimiento es el 31 de agosto
Agosto, cuyo vencimiento es el 31 de agosto
Setiembre, cuyo vencimiento es el 30 de noviembre
Octubre, cuyo vencimiento es el 30 de noviembre
Noviembre, cuyo vencimiento es el 30 de noviembre
Diciembre, cuyo vencimiento es el 31 de diciembre
Art?culo 5?.- Vigencia de la norma
La presente Ordenanza entrar? en vigencia a partir del 01 de enero del 2021, previa publicaci?n del ?ntegro de la norma y
del Acuerdo de Concejo rati?catorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el Diario O?cial ?El Peruano?.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. - Bene?cio tributario en determinaci?n de los arbitrios
Se establece que la liquidaci?n mensual de cada servicio para el ejercicio 2021 no podr? exceder la liquidaci?n efectuada
en el ejercicio 2020, considerando esta ?ltima, la aplicaci?n del bene?cio establecido en la segunda disposici?n ?nal de la
Ordenanza 532-2019-MDB. De esta manera, ning?n predio ha de contar con una liquidaci?n total de arbitrios 2021 mayor
a la que se le determin? en el ejercicio 2020.
Segunda. - Bene?cios por Pronto Pago
Para el ejercicio 2021, se conceder?n como incentivo por el abono oportuno de los arbitrios, los siguientes descuentos:
1.
Si cancela las 12 cuotas del ejercicio 2021 hasta el 29 de enero de 2021, obtendr? un descuento del 15% del monto
total que le corresponda pagar por arbitrios.
2.
Si cancela las 12 cuotas del ejercicio 2021 hasta el 26 de febrero de 2021, obtendr? un descuento del 10% del monto
total que le corresponda pagar por arbitrios.
3.
Si cancela las 12 cuotas del ejercicio 2021, cada una dentro del plazo establecido, obtendr? un descuento del 5% del
monto total de sus arbitrios, que se aplicar? en la ?ltima cuota.
Tercera. ? Permanencia de caracter?sticas de predio para bene?cio
El bene?cio tributario anotado en la primera disposici?n ?nal ser? aplicable, siempre que el predio mantenga las mismas
condiciones (uso, tama?o, porcentaje de propiedad u otra caracter?stica que incida en la determinaci?n del arbitrio) con
las que le fuera otorgado dicho bene?cio.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
5
Cuarta.- Derogatoria
D?jese sin efecto toda disposici?n que se oponga a la presente ordenanza.
Quinta. - Publicaci?n
El ?ntegro de la presente Ordenanza, as? como del Acuerdo de rati?caci?n de la Municipalidad Metropolitana de Lima
que la aprueba, deber? ser publicado en el Diario O?cial ?El Peruano?, en la p?gina web del Servicio de Administraci?n
Tributaria-SAT, de la Municipalidad Metropolitana de Lima SAT (www.sat.gob.pe), y en el Portal Institucional de la
Municipalidad de Barranco (www.munibarranco.gob.pe).
Sexta. - Facultades al Alcalde
Fac?ltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcald?a, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la
adecuada aplicaci?n de la presente Ordenanza, as? como, disponga la pr?rroga de los plazos aprobados en este texto, de
ser el caso.
S?tima. - Cumplimiento
Enc?rguese el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia deAdministraci?n Tributaria, Subgerencia de Imagen
Institucional, Subgerencia de Sistemas y Tecnolog?as de la Informaci?n y otras ?reas pertinentes de la municipalidad.
Reg?strese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
JOS? JUAN RODR?GUEZ C?RDENAS
Alcalde
INFORME T?CNICO N? 001-2020-SGRYFT-GAT-MDB
INFORME T?CNICO FINANCIERO DE DETERMINACI?N DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS DE
BARRIDO DE CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES P?BLICOS Y
SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2021
1)
Introducci?n
En el presente a?o, los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos
y Serenazgo se vienen brindando conforme a los planes de servicio considerados para la elaboraci?n de la Ordenanza
N? 532-2019-MDB, rati?cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N? 314-MML,
que estableci? el r?gimen de Arbitrios Municipales para el ejercicio 2020. Tomando en cuenta la informaci?n presentada
por las ?reas que brindan dichos servicios, se observa que los costos de los Arbitrios Municipales aprobados mediante
la Ordenanza N? 532-2019-MDB que regula los arbitrios del presente ejercicio, a pesar de la situaci?n de emergencia
sanitaria que se atraviesa, vienen sido empleados por la actual gesti?n con e?ciencia y responsabilidad, situaci?n que
permitir? que al t?rmino del ejercicio se alcancen los niveles de ejecuci?n proyectados de los servicios de Barrido de
Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos y Parques y Jardines P?blicos, con ligera excepci?n del caso del servicio de
Serenazgo, el cual presenta una moderada diferencia respecto del total.
Del an?lisis de la ejecuci?n de costos del a?o 2020 (tal como se detalla en el punto 3 del presente informe), se desprende
que los recursos asignados a las ?reas operativas que prestan los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo son los que se requieren, y tomando en cuenta lo manifestado por las
?reas operativas que brindan dichos servicios, respecto a que los recursos asignados durante el ejercicio 2020 han de
permitir prestar los servicios considerados para el ejercicio 2021, por ello se ha propuesto que la estructura de costos de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo para el ejercicio 2021,
sean los mismos costos aprobados para el 2020 mediante Ordenanza N? 532-2019-MDB.
2)
Aspecto legal de la propuesta
Tomando en cuenta la posibilidad de aplicar para el ejercicio 2021, el marco legal y criterios de distribuci?n aplicables
a los arbitrios municipales de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y
Serenazgo, establecidos mediante Ordenanza N? 532-2019-MDB, rati?cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima
mediante Acuerdo de Concejo N? 314-MML, as? como de mantener los costos y tasas establecidos para el 2021 de los
mencionados servicios, se observa que en la Ley de Tributaci?n Municipal se contempla dicha situaci?n.
El Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado con Decreto Supremo N? 156-2004-EF, establece
en su art?culo 69-B, lo siguiente:
Art?culo 69-B.- En caso que las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el Art?culo 69-A, en el plazo establecido
por dicha norma, s?lo podr?n determinar el importe de las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, tomando como base
el monto de las tasas cobradas por servicios p?blicos o arbitrios al 1? de enero del a?o ?scal anterior reajustado con la
aplicaci?n de la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en
la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio ?scal.
Asimismo, en ese sentido, la Municipalidad Metropolitana de Lima, en la Ordenanza N? 2085 ? ?Que sustituye la
Ordenanza N? 1533 y modi?catorias, que aprueba el Procedimiento de Rati?caci?n de Ordenanzas Tributarias en el
?mbito de la Provincia de Lima?, ha establecido lo siguiente:
?Art?culo 8.- Solicitud de Rati?caci?n de la Ordenanza que Prorroga o Reajusta los Montos de Arbitrios de Ejercicios
Anteriores
6
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Las Municipalidades Distritales podr?n solicitar la rati?caci?n de la Ordenanza que actualice los Arbitrios Municipales
del ejercicio precedente en funci?n del IPC, en aplicaci?n de lo dispuesto en el Art?culo 69-B de la Ley de Tributaci?n
Municipal, siempre que cumplan con las condiciones siguientes:
a) La Ordenanza del ejercicio precedente cuyas tasas se quiere reajustar o prorrogar, deber? contar con la rati?caci?n de
la MML y, adem?s, encontrarse conforme al marco legal vigente al momento de la presentaci?n de la solicitud.
b) En caso que la Municipalidad Distrital reajuste sus costos y tasas, ?stas no deber?n exceder el porcentaje de variaci?n
del IPC ?jado por el INEI, aplicable a Lima Metropolitana.
c) La Municipalidad Distrital deber? acreditar el cumplimiento de sus costos ejecutados, teniendo como base las ?ltimas
estructuras de costos de los servicios aprobados y de ser el caso, reajustados; en caso de existir variaciones deber?n
ser justi?cadas.
d) Los Cuadros de Estimaci?n de Ingresos Anuales con la aplicaci?n del IPC para cada tipo de arbitrio lo cual no deber?a
exceder el costo del servicio (?)?.
Al respecto, debemos anotar que la norma a proponer cumple con las condiciones establecidas, tal como se anota a
continuaci?n:
a) La Ordenanza N? 532-2019-MDB, a aplicar y cuyos costos y tasas se van a prorrogar para el 2021, ha sido debidamente
rati?cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N? 314-MML; asimismo, su
1
informaci?n se encuentra debidamente publicada , encontr?ndose dentro del marco legal vigente.
b) Los costos y tasas van a ser prorrogadas, por lo cual no contemplan reajuste alguno.
c) Se ha cumplido con los niveles de ejecuci?n de los montos presupuestados en los costos de los servicios que
fueron aprobados por la Ordenanza a prorrogar, con excepci?n del servicio de Serenazgo, tal como se describe
en el punto 3 del presente informe, en el que se explica y justifica las variaciones que se han presentado en la
ejecuci?n.
d) Los cuadros de estimaci?n de ingresos anuales, para cada tipo de arbitrio no excede el costo del servicio respectivo,
tal como se describe en el punto 5.3 del presente informe.
3)
Ejecuci?n de costos de los servicios 2020
A efectos de la aplicaci?n de lo establecido en el Art. 69-B del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n
Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N? 156-2004-EF, se ha efectuado una revisi?n y an?lisis de la
ejecuci?n de los costos programados para el 2020 de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo, con la ?nalidad de sustentar la pr?rroga de los mismos para el
ejercicio 2021.
En ese sentido, la Gerencia de Administraci?n y Finanzas mediante Memorandum N? 411-2020-GAF-MDB
ha remitido el ?Informe T?cnico de ejecuci?n de costos de los servicios de Barrido de calles, Recolecci?n
de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo 2020?, en el cual realiza la revisi?n y an?lisis de la
ejecuci?n de los costos aprobados para el ejercicio 2020, mediante la Ordenanza N? 532-2019-MDB que aprob?
el R?gimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2020, y que considera lo ejecutado al
mes de Julio y su proyecci?n al mes de diciembre del presente ejercicio. Se debe precisar, que se ha visto
por conveniente hacer el corte de la ejecuci?n al mes de Julio (gasto efectivo), con la finalidad de presentar
oportunamente esta informaci?n previa y de sustento, que forma parte de la Ordenanza que determinara el
r?gimen tributario de arbitrios para el ejercicio 2021, y poder cumplir con la fecha de presentaci?n ante el Servicio
de Administraci?n Tributaria ? SAT; seg?n lo dispuesto por la Ordenanza N? 2085-MML, Art 4?.Asimismo, refiere
que se ha tenido en cuenta los Memorandum de las ?reas operativas de la Gerencia de Servicios a la Ciudad
2
y Gesti?n Ambiental (quien tiene a cargo los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos
y Parques y Jardines) y de la Gerencia de Fiscalizaci?n y Seguridad Ciudadana (quien tiene a cargo el servicio
de Serenazgo); quienes manifiestan que los recursos asignados, pese a la coyuntura de emergencia sanitaria
y limitaciones en los recursos financieros, les han sido suficientes para cumplir las metas y tareas asignadas
con mucho esfuerzo y compromiso del personal.
Los resultados generales obtenidos se detallan a continuaci?n:
Proyecci?n
Agosto a
Diciembre 2020
S/
Nivel de
Cumplimiento
2020
Costos Aprobados Ejecuci?n Enero a
Costo
Anual
S/
%
de
% por
Ejecutar
Servicio
2020
Julio 2020
S/
Avance
Ord. 532-MDB S/
%
Barrido de Calles
2,176,610.08
2,509,072.71
1,214,099.02
1,094,409.75
55.77%
43.61%
1,101,875.02
1,444,425.31
50.62%
57.56%
2,315,974.04
2,538,835.07
106.40%
101.18%
Recolecci?n de
Residuos S?lidos
1
2
Como se explica en el Informe N? 103-2020-SGRyFT-GAT-MDB.
Memorandum N? 818-2020-GSCGA-MDB y Memorandum N? 1202-2020-GFySC-MDB.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
7
Proyecci?n
Nivel de
Cumplimiento
2020
Costos Aprobados Ejecuci?n Enero a
Costo
Anual
S/
%
de
Agosto a
Diciembre 2020
S/
% por
Ejecutar
Servicio
2020
Julio 2020
S/
Avance
Ord. 532-MDB S/
%
Parques y Jardines
P?blicos
2,916,605.30
1,284,746.36
44.04%
1,656,036.07
56.77%
2,940,782.42
100.82%
Serenazgo
Total
7,784,284.02
15,386,572.11
2,804,048.95
6,397,304.09
36.02%
41.57%
4,244,325.99
8,446,662.39
54.52%
54.89%
7,048,374.94
14,843,966.48
90.54%
96.47%
Adem?s, a continuaci?n se presenta el detalle por rubros de la ejecuci?n de costos y una explicaci?n de los resultados:
1.
Ejecuci?n del Costo del Servicio de Barrido de Calles 2020
Proyecci?n
Agosto a
Diciembre 2020
S/
Nivel de
Cumplimiento
2020
Costos Aprobados Ejecuci?n Enero
Costo
Anual
S/
%
Avance
de
% por
Ejecutar
Concepto
2020
a Julio 2020
S/
Ord. 532-MDB S/
%
Costos Directos
Mano de Obra
Materiales
2,075,813.28
1,499,600.09
291,489.10
284,724.09
1,151,591.37
930,719.05
109,544.90
111,327.42
55.47%
62.06%
37.58%
39.10%
1,059,064.90
672,667.70
236,872.40
149,524.81
51.01%
44.85%
81.26%
52.51%
2,210,656.27
1,603,386.75
346,417.30
260,852.22
106.49%
106.92%
118.84%
91.61%
Otros gastos variables
Costos Indirectos y Gastos
Administrativos
89,047.75
57,559.51
64.63%
39,765.03
44.65%
97,324.54
109.29%
Costos Fijos
Total
11,749.05
4,948.14
42.11%
55.77%
3,045.09
25.91%
50.62%
7,993.23
68.03%
2,176,610.08
1,214,099.02
1,101,875.02
2,315,974.04
106.40%
Como se puede observar del cuadro anterior, se ha llegado alcanzar al mes de Julio el 55.77% en la ejecuci?n de
los gastos del Servicio de Barrido de Calles, mientras que se estima en la ejecuci?n proyectada al mes de Diciembre
alcanzar el 106.40% en relaci?n al costo aprobado para este servicio mediante Ordenanza N? 532-MDB, rati?cada por
Acuerdo de Concejo N? 314-MML.
Las variaciones en la ejecuci?n de costos en los rubros establecidos en la Ordenanza N? 532-MDB, se deber?an a lo
siguiente:
Costo de Mano de Obra Directa
Se observa una adecuada ejecuci?n del Costo de Mano de Obra Directa, proyect?ndose una ejecuci?n del 106.92%, el
cual se debe a las rotaciones y desplazamientos internos de los obreros del r?gimen D.L N? 728 y adem?s que, para el
presente ejercicio, se debe considerar el Decreto Urgencia N? 028-2019 que establece la actualizaci?n del aporte a Es
Salud a partir del a?o ?scal 2020, la contribuci?n tiene como base imponible el equivalente al 45% de la UIT vigente del
personal D.L N? 1057.
Costo de Materiales
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 37.58% en la ejecuci?n, lo cual se deber?a a que durante estos
meses no se ha realizado la adquisici?n de uniformes para el personal operativo de Limpieza P?blica, ni adquisici?n de
repuestos para la ?ota vehicular; los cuales est?n previstos para los siguientes meses del a?o. As? mismo, se observa un
incremento en la proyecci?n de la ejecuci?n del costo de 118.84%, que se deber?a principalmente a una mayor dotaci?n
de uniformes y herramientas para el personal operativo del servicio de Barrido de Calles. En el caso de uniformes, se
tiene prevista la adquisici?n de prendas adicionales, que no estuvieron previstas en la Ordenanza N? 532-MDB; tales
como: poleras de manga larga, a S/50.00 y ponchos impermeables a S/ 90.00. Adem?s, se observa que hay incrementos
en los precios unitarios de las prendas de uniformes respecto a lo proyectado en la Ordenanza N? 532-MDB; tales como:
Camisaco drill que pasa de una estimaci?n de S/ 63.00 a S/ 85.00, Pantal?n drill que pasa de una estimaci?n de S/ 60.00
a S/ 78.00, mascarillas de tela que pasan de una estimaci?n de S/ 4.00 a S/ 6.00 (incluye ?ltro), zapatillas de lona que
pasa de una estimaci?n de S/ 20.00 a S/ 49.80.00 y botines con punta de acero que pasa de una estimaci?n de S/ 73.00
a S/ 82.00.
En el caso de las herramientas, se tiene previsto adquirir 100 papeleras para el distrito (no previstas en la Ordenanza
N? 532-MDB y adem?s una variaci?n en el costo anual de Bolsas de polietileno de 140 Litros para los residuos s?lidos,
pasando de S/ 116,208.00 a S/ 161,400.00
Costo de Otros costos y gastos variables
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio solo el 39.10% en la ejecuci?n, y se proyecta alcanzar una
ejecuci?n a diciembre del 91.61%. Esto se deber?a, a que la baja ejecuci?n del Contrato N? 001-2020-GAF-MDB
?Servicio de Recolecci?n, Transporte y Disposici?n Final de Residuos S?lidos? en los meses de Mayo a Junio, debido
principalmente a las restricciones del Estado de emergencia nacional (cuarentena, aislamiento, cierre temporal de la
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
actividad comercial y restricciones en actividades culturales y recreativas) Art 7? del Decreto Supremo N? 044-2020-PCM;
lo cual hizo que la generaci?n de residuos s?lidos en el distrito disminuya en esos meses y que no se pueda cumplir
en condiciones normales el contrato en menci?n. Sin embargo, con la reapertura de establecimientos comerciales se
proyecta la una mayor generaci?n de residuos s?lidos en el distrito y una efectiva ejecuci?n del contrato.
Costos Indirectos y Gastos Administrativos
Se observa un incremento en la proyecci?n de la ejecuci?n del costo de 109.29%, que se deber?a principalmente al
sinceramiento en la variaci?n de la remuneraci?n del personal administrativo de la Corporaci?n.Adem?s, para el presente
ejercicio, tambi?n se debe considerar el Decreto Urgencia N? 028-2019 que establece la actualizaci?n del aporte a Es
Salud a partir del a?o ?scal 2020, la contribuci?n tiene como base imponible el equivalente al 45% de la UIT vigente del
personal D.L N? 1057. Tambi?n se observa una mayor dotaci?n anual de ?tiles de o?cina en el mes de Enero respecto a
la estimada en la Ordenanza N? 532-MDB.
Costos Fijos
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 42.11% en la ejecuci?n, y se proyecta alcanzar alcanzar una
ejecuci?n a diciembre del 68.03%. Esto se deber?a, a la instalaci?n de focos ahorradores en la Gerencia de Servicios a
la Ciudad y Gesti?n ambiental y a una pol?tica de austeridad en la gesti?n. Habi?ndose reducido el consumo de energ?a
el?ctrica de S/ 727.93 (consumo mensual estimado en la Ordenanza N? 532-MDB) a S/ 519.10 en promedio mensual
2020
y tambi?n se ha reducido el consumo de agua potable en las o?cinas de S/ 192.82 (consumo mensual estimado en
la Ordenanza N? 532-MDB) a S/ 89.92 en promedio mensual 2020
Cabe precisar, que el exceso en la ejecuci?n del costo total del servicio de Barrido de Calles, ser? asumido por la
Municipalidad de Barranco.
Asimismo, de acuerdo con lo anotado por el ?rea prestadora del servicio de Barrido de Calles y de Recolecci?n de
Residuos S?lidos , ambos servicios se encuentran adecuados a lo normado en el Decreto Legislativo N? 1278 modi?cado
3
por Decreto Legislativo 1501, asimismo, se vienen implementando gradualmente las acciones consideradas en la Gu?a
RM 091-2020-MINAN en funci?n a las necesidades y recursos disponibles. Al respecto, debemos anotar que tal como
?
se indica en la Ordenanza N? 532-2019-MDB, ninguna categor?a estar?a sobrepasando la generaci?n de un volumen
mayor a los 500 litros.
2.
Ejecuci?n del Costo del Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos 2020
Proyecci?n
Nivel de
Cumplimiento
2020
Costos Aprobados Ejecuci?n Enero a
Costo
Anual
S/
%
Avance
de
Agosto a
Diciembre 2020
S/
% por
Ejecutar
Concepto
2020
Julio 2020
S/
Ord. 532-MDB S/
%
Costos Directos
2,408,975.91
2,408,975.91
1,032,587.10
1,032,587.10
42.86%
42.86%
1,401,615.19
1,401,615.19
58.18%
58.18%
2,434,202.30
2,434,202.30
101.04%
101.04%
Otros gastos variables
Costos Indirectos y Gastos
Administrativos
89,047.75
57,559.51
64.63%
39,765.03
44.65%
97,324.54
109.29%
Costos Fijos
Total
11,049.04
4,263.14
38.58%
43.61%
3,045.09
27.55%
57.56%
7,308.23
66.14%
2,509,072.71
1,094,409.75
1,444,425.31
2,538,835.07
101.18%
Como se puede observar del cuadro anterior, se ha llegado alcanzar al mes de Julio el 42.86% en la ejecuci?n de los
gastos del Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos, mientras que se estima en la ejecuci?n proyectada al mes de
Diciembre alcanzar el 101.18% en relaci?n al costo aprobado para este servicio mediante Ordenanza N? 532-2019-MDB,
rati?cada por Acuerdo de Concejo N? 314-MML. Las variaciones en la ejecuci?n de costos en los rubros establecidos en
la Ordenanza N? 532-2019-MDB, se deber?an a lo siguiente:
Costo de Otros costos y gastos variables
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 42.86% en la ejecuci?n, debido a que la ejecuci?n del Contrato
N? 001-2020-GAF-MDB ?Servicio de Recolecci?n, Transporte y Disposici?n Final de Residuos S?lidos? en los meses de
Marzo a Junio, est? por debajo del promedio mensual esperado; debido a las restricciones del Estado de emergencia
nacional (cuarentena, aislamiento, cierre temporal de la actividad comercial y restricciones en actividades culturales
y recreativas) Art 7? del Decreto Supremo N? 044-2020-PCM; lo cual hizo que la generaci?n de residuos s?lidos en
el distrito disminuya en esos meses y que no se pueda ejecutar en condiciones normales el contrato en menci?n. Sin
embargo, con la reapertura de establecimientos comerciales y de reactivaci?n progresiva de la econom?a, se proyecta
una mayor generaci?n de residuos s?lidos en el distrito y una efectiva ejecuci?n del contrato. Por ello; se proyecta
una ejecuci?n al mes de Diciembre del 101.04%, lo cual se deber?a, a que adem?s de la recuperaci?n de los niveles
de ejecuci?n del Contrato N? 001-2020-GAF-MDB, se ha incorporado el costo del Contrato N? 003-2020-GAF-MDB
?Servicio de Recolecci?n, Transporte y Eliminaci?n de Desmonte en el distrito de Barranco? que corresponde ?nicamente
a desmonte cuyo origen no puede identi?carse a alguna actividad en particular. Cabe precisar, que la inclusi?n de
la ejecuci?n de este servicio se ha considerado, pese a que no forma parte del costo del servicio de Recolecci?n de
3
Memor?ndum N? 818-2020-GSCGA-MDB.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
9
Residuos S?lidos en la Ordenanza N? 532-MDB; debido a que es un gasto efectivo en el que incurre la Municipalidad de
Barranco y tiene v?nculo directo con el servicio en menci?n.
Costos Indirectos y Gastos Administrativos
Se observa un incremento en la proyecci?n de la ejecuci?n del costo de 109.29%, que se deber?a principalmente al
sinceramiento en la variaci?n de la remuneraci?n del personal administrativo de la Corporaci?n.Adem?s, para el presente
ejercicio, tambi?n se debe considerar el Decreto Urgencia N? 028-2019 que establece la actualizaci?n del aporte a Es
Salud a partir del a?o ?scal 2020, la contribuci?n tiene como base imponible el equivalente al 45% de la UIT vigente del
personal D.L N? 1057. Tambi?n se observa una mayor dotaci?n anual de ?tiles de o?cina en el mes de Enero respecto a
la estimada en la Ordenanza N? 532-MDB.
Costos Fijos
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 38.58% en la ejecuci?n, y se proyecta alcanzar una ejecuci?n
a diciembre del 66.14%. Esto se deber?a, a la instalaci?n de focos ahorradores en la Gerencia de Servicios a la Ciudad y
Gesti?n ambiental y a una pol?tica de austeridad en la gesti?n. Habi?ndose reducido el consumo de energ?a el?ctrica de
S/ 727.93 (consumo mensual estimado en la Ordenanza N? 532-MDB) a S/ 519.10 en promedio mensual 2020 y tambi?n
se ha reducido el consumo de agua potable en las o?cinas de S/ 192.82 (consumo mensual estimado en la Ordenanza
N? 532-MDB) a S/ 89.92 en promedio mensual 2020
Cabe precisar, que el exceso en la ejecuci?n del costo total del servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos, ser?
asumido por la Municipalidad de Barranco.
3.
Ejecuci?n del Costo del Servicio de Parques y Jardines P?blicos 2020
Proyecci?n
Nivel de
Cumplimiento
2020
Costos Aprobados Ejecuci?n Enero
Costo
Anual
S/
%
Avance
de
Agosto a
Diciembre 2020
S/
% por
Ejecutar
Concepto
2020
a Julio 2020
S/
Ord. 532-MDB S/
%
Costos Directos
Mano de Obra
Materiales
2,816,551.57
1,190,491.52
651,035.89
1,223,007.78
685,716.67
173,293.43
43.42%
57.59%
26.61%
1,613,739.40
627,629.22
382,884.44
57.29%
52.72%
58.81%
2,836,747.18
1,313,345.89
556,177.87
100.71%
110.31%
85.42%
Depreciaci?n de Equipos
y Veh?culos
6,125.30
968,898.86
90,718.53
3,573.09
360,424.60
58,104.89
58.33%
37.19%
64.04%
23,385.54
579,840.20
39,101.18
381.78%
59.84%
43.10%
26,958.62
940,264.80
97,206.07
440.11%
97.04%
Otros gastos variables
Costos Indirectos y
Gastos Administrativos
107.15%
Costos Fijos
Total
9,335.20
3,633.69
38.92%
44.04%
3,195.49
34.23%
56.77%
6,829.18
73.15%
2,916,605.30
1,284,746.36
1,656,036.07
2,940,782.42
100.82%
Como se puede observar del cuadro anterior, se ha llegado alcanzar al mes de Julio el 44.04% en la ejecuci?n de los
gastos del Servicio de Parques y Jardines, mientras que se estima en la ejecuci?n proyectada al mes de Diciembre
alcanzar el 100.82% en relaci?n al costo aprobado para este servicio mediante Ordenanza N? 532-2019-MDB, rati?cada
por Acuerdo de Concejo N? 314-MML. Las variaciones en la ejecuci?n de costos en los rubros establecidos en la
Ordenanza N? 532-2019-MDB, se deber?an a lo siguiente:
Costo de Mano de Obra Directa
Se observa un incremento en la ejecuci?n del Costo de Mano de Obra Directa, proyect?ndose una ejecuci?n del
110.31%,
el cual se debe a las rotaciones y desplazamientos internos de los obreros del r?gimen D.L N? 728 y
adem?s a la proyecci?n de incremento de Jardineros, Podadores y Viveristas en los meses de Agosto a Diciembre
(D.L N? 1057) con la ?nalidad de reforzar e intensi?car el servicio en el distrito; dado que este servicio ha sido el
menos atendido durante la etapa de cuarentena por el estado de emergencia sanitaria. As? mismo, se han sincerado
las remuneraciones vigentes de acuerdo a las ofertas del mercado laboral y se han proyectado sobre la base de
estas remuneraciones la contrataci?n de personal CAS (16 Jardineros, 04 Viveristas especializados y 04 Podadores).
Adem?s, para el presente ejercicio, tambi?n se debe considerar el Decreto Urgencia N? 028-2019 que establece
la actualizaci?n del aporte a Es Salud a partir del a?o ?scal 2020, la contribuci?n tiene como base imponible el
equivalente al 45% de la UIT vigente del personal D.L N? 1057.
Costo de Materiales
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 26.61% en la ejecuci?n, y se proyecta alcanzar una ejecuci?n
a diciembre del 85.42%. Esto se deber?a, a que el servicio no se ha atendido en los niveles normales, debido a las
restricciones del estado de emergencia nacional y por no ser considerado un servicio b?sico referido al abastecimiento y
a la salud; por ello las Cisternas no estuvieron operando y con ello el consumo de repuestos y combustible han sido muy
bajos en el periodo de enero a julio. En este mismo sentido, los insumos agr?colas para el mantenimiento de las ?reas
verdes, tales como abonos, fertilizantes, semillas y plantas han sido limitados.
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
Costo de Depreciaci?n de Equipos y Veh?culos
Se observa un incremento en la proyecci?n de la ejecuci?n del costo de 440.11%, el cual se debe a la Adquisici?n de
una Cami?n Cisterna, mediante la Adjudicaci?n Simple SM-3-2020-MDB/CS-1, como reemplazo de un Cami?n Cisterna
existente. El valor de la Buena Pro ha sido de S/250,000 y se ha considerado el costo de su depreciaci?n durante los
meses de Setiembre a Diciembre 2020.
Costo de Otros costos y gastos variables
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 37.19% en la ejecuci?n, y se proyecta alcanzar una ejecuci?n
a diciembre del 97.04%. Esto se deber?a, a que el servicio no se ha atendido en los niveles normales, debido a las
restricciones del Estado de emergencia nacional y por no ser considerado un servicio b?sico referido al abastecimiento
y a la salud; por ello no hubo Alquiler del Cami?n Cisterna (como complemento a las ya existentes, a ?n de cubrir la
totalidad de las ?reas verdes del distrito) en el periodo de enero a julio. Se ha considerado solo su proyecci?n durante
los meses de Agosto a Diciembre.
Costos Indirectos y Gastos Administrativos
Se observa un incremento en la proyecci?n de la ejecuci?n del costo de 107.15%, que se deber?a principalmente al
sinceramiento en la variaci?n de la remuneraci?n del personal administrativo de la Corporaci?n.Adem?s, para el presente
ejercicio, tambi?n se debe considerar el Decreto Urgencia N? 028-2019 que establece la actualizaci?n del aporte a Es
Salud a partir del a?o ?scal 2020, la contribuci?n tiene como base imponible el equivalente al 45% de la UIT vigente del
personal D.L N? 1057. Tambi?n se observa una mayor dotaci?n anual de ?tiles de o?cina en el mes de Enero respecto a
la estimada en la Ordenanza N? 532-2019-MDB.
Costos Fijos
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 38.92% en la ejecuci?n, y se proyecta alcanzar una
ejecuci?n a diciembre del 73.15%. Esto se deber?a, a la instalaci?n de focos ahorradores en la Gerencia de Servicios
a la Ciudad y Gesti?n ambiental y a una pol?tica de austeridad en la gesti?n. Habi?ndose reducido el consumo de
energ?a el?ctrica de S/ 727.93 (consumo mensual estimado en la Ordenanza N? 532-MDB) a S/ 519.10 en promedio
mensual 2020.
Cabe precisar, que el exceso en la ejecuci?n del costo total del servicio de Parques y Jardines P?blicos, ser? asumido
por la Municipalidad de Barranco.
4.
Ejecuci?n del Costo del Servicio de Serenazgo 2020
Proyecci?n
Agosto a
Diciembre 2020
S/
Nivel de
Cumplimiento
2020
Costos Aprobados Ejecuci?n Enero
Costo
Anual
S/
%
Avance
de
% por
Ejecutar
Concepto
2020
a Julio 2020
S/
Ord. 532-MDB S/
%
Costos Directos
Mano de Obra
Materiales
7,183,490.12
4,985,016.00
757,216.26
2,341,046.19
2,109,345.08
118,989.55
32.58%
42.31%
15.71%
4,018,962.16
3,056,548.30
518,178.00
55.94%
61.31%
68.43%
6,360,008.35
5,165,893.38
637,167.55
88.53%
103.62%
84.14%
Depreciaci?n de Equipos
y Veh?culos
13,118.06
1,428,139.80
470,951.98
7,652.20
105,059.36
358,621.42
58.33%
7.35%
5,465.86
438,770.00
156,319.30
41.66%
30.72%
33.19%
13,118.06
543,829.36
514,940.72
100.00%
38.07%
Otros gastos variables
Costos Indirectos y
Gastos Administrativos
76.14%
109.34%
Costos Fijos
Total
129,841.92
104,381.34
80.39%
36.02%
69,044.53
53.17%
54.52%
173,425.87
133.56%
90.54%
7,784,284.02
2,804,048.95
4,244,325.99
7,048,374.94
Como se puede observar del cuadro anterior, se ha llegado alcanzar al mes de Julio el 36.02% en la ejecuci?n
de los gastos del Servicio de Serenazgo, mientras que se estima en la ejecuci?n proyectada al mes de Diciembre
alcanzar el 90.54% en relaci?n al costo aprobado para este servicio mediante Ordenanza N? 532-2019-MDB,
ratificada por Acuerdo de Concejo N? 314-MML, debido principalmente a que no se pudo concretar el proceso
log?stico del Renting vehicular durante el primer semestre del ejercicio (cuyo costo representa el 16.10% del
costo anual del servicio de Serenazgo), dadas las limitaciones del estado de emergencia nacional declarado
4
(cuarentena o limitaci?n al ejercicio de derecho a la libertad de tr?nsito por 90 d?as, desde el mes de Marzo del
presente a?o.
Las variaciones en la ejecuci?n de costos en los rubros establecidos en la Ordenanza N? 532-2019-MDB, se deber?an a
lo siguiente:
4
Decreto Supremo N? 008-2020-SA, publicado el 11.03.2020 en el diario o?cial El Peruano.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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Costo de Mano de Obra Directa
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 42.31% en la ejecuci?n, y se proyecta un incremento
en la ejecuci?n del Costo de Mano de Obra Directa del 103.62%. Esto se debe a la inclusi?n de personal repuesto
judicialmente (13 serenos D.L N? 728) que no estaban considerados en la Ordenanza N? 532-MDB y a la proyecci?n del
costo del servicio de efectivos policiales para el patrullaje, debido a que se encuentra en tr?mite la ?rma de un Convenio
Interinstitucional entre la Polic?a Nacional del Per? y la Municipalidad de Barranco. Este costo anual se estima en S/
322,483.20,
que considera para los meses de Setiembre a Diciembre 30 efectivos PNP diarios de jueves a Domingo.
Sin embargo, hay que precisar que en los meses de enero a Julio, hay una d??cit de personal de choferes, motorizados
y serenos a pie y copilotos; debido a que en estos meses no se concret? el servicio del Renting Vehicular, el cual iba a
demandar disponer de una mayor cantidad de personal. Es por ello, que los niveles adecuados de personal se estiman
a partir de los meses de Agosto a Diciembre, dado que para el mes de Octubre se tiene previsto disponer del servicio de
Renting en menci?n, as? como desde Setiembre se estima disponer del Contrato Interinstitucional con la PNP. Adem?s,
para el presente ejercicio, tambi?n se debe considerar el Decreto Urgencia N? 028-2019 que establece la actualizaci?n
del aporte a Es Salud a partir del a?o ?scal 2020, la contribuci?n tiene como base imponible el equivalente al 45% de la
UIT vigente del personal D.L N? 1057.
Costo de Materiales
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 15.71% en la ejecuci?n. Esto se deber?a, en gran medida a
que al no haberse concretado en los meses de enero a Julio el servicio de Renting Vehicular (Alquiler de 10 Camionetas
pick up) no hubo consumos importantes de Combustible, el cual representa el 73.18% del costo total de materiales.
Y el costo anual de combustible estimado para la ?ota del Renting Vehicular era de S/191,900.00 aproximadamente.
Se estima, disponer de este servicio para los meses de Octubre a Diciembre, ya que se ha retomado la gesti?n del
proceso log?stico respectivo. Asimismo, se proyecta alcanzar una ejecuci?n a diciembre del 84.14%, por lo expuesto. Se
debe mencionar, tambi?n que en la adquisici?n de repuestos se ha incluido los gastos en repuestos y materiales para
reinstalaciones de las C?maras de video vigilancia, que no se encontraban previstos en la Ordenanza N? 532-2019-MDB.
Costo de Otros costos y gastos variables
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 7.35% en la ejecuci?n. Esto se deber?a, principalmente a
que, durante el periodo de enero a julio, no se pudo concretar el proceso log?stico del servicio del Renting vehicular,
dada la coyuntura del Estado de emergencia Nacional, desde el mes de Marzo del presente ejercicio, lo cual paralizo las
gestiones log?sticas para dicho proceso. A la fecha se ha retomado dicha gesti?n y se estima disponer de este servicio
desde el mes de Octubre. Pero es preciso se?alar, que al no haberse ejecutado este servicio por la situaci?n at?pica e
impredecible, colateralmente tambi?n afecta otros rubros como el consumo de combustible y de personal de choferes
y serenos copilotos. Sin embargo, se tiene previsto repotenciar el servicio desde los meses de Agosto a Diciembre,
proyect?ndose aun con ello, alcanzar una ejecuci?n al mes de diciembre del 38.07%.
En este rubro, tambi?n se ha considerado disponer desde el mes de Setiembre de un local alquilado como ?cochera? para
la ?ota existente y la que llegara a trav?s del Renting vehicular. As? mismo, se dispone desde el mes de Junio del Contrato
N? 005-2020-GAF-MDB ?Servicio de Comunicaci?n con Equipos de Radio? y durante los meses de Enero a Mayo se
atendieron a trav?s de ordenes de servicio.
Costos Indirectos y Gastos Administrativos
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 76.14% en la ejecuci?n y se proyecta un incremento en la
ejecuci?n del costo de 109.34%, que se deber?a principalmente al sinceramiento en la variaci?n de la remuneraci?n del
personal administrativo de la Corporaci?n. Adem?s, para el presente ejercicio, tambi?n se debe considerar el Decreto
Urgencia N? 028-2019 que establece la actualizaci?n del aporte a Es Salud a partir del a?o ?scal 2020, la contribuci?n
tiene como base imponible el equivalente al 45% de la UIT vigente del personal D.L N? 1057. Tambi?n se observa una
mayor dotaci?n anual de ?tiles de o?cina en el mes de Enero respecto a la estimada en la Ordenanza N? 532-MDB.
Tambi?n se observa una mayor dotaci?n anual de ?tiles de o?cina en los meses de Enero y Julio respecto a la estimada
en la Ordenanza N? 532-2019-MDB.
Costos Fijos
Se observa que se ha llegado a alcanzar al mes de Julio el 80.39% en la ejecuci?n y se proyecta un incremento en la
ejecuci?n del costo de 133.56%, que se deber?a al incremento de consumo de agua potable en 02 puestos de auxilio
r?pido, donde se instalaron lava manos para una correcta higiene de los serenos de las zonas, debido a la coyuntura de
la emergencia sanitaria; pasando de un consumo promedio mensual de S/ 1,160.70 (adem?s que solo se trasladaba el
83.33%
a la estructura de costos del arbitrio) a S/ 2,723.39. De igual forma, hay un incremento en el consumo de energ?a
el?ctrica debido a que se dispone de m?s puntos de conexi?n el?ctrica para las c?maras de video, pasando de 48 a
suministros. A su vez, el costo del SOAT para los autom?viles y motocicletas resulto mayor al costo estimado en la
52
Ordenanza N? 532-MDB; teniendo por ejemplo como costos estimados (SOAT para Motos S/300 y SOAT para Autom?vil
S/200) mientras que el costo real para el presente ejercicio es de SOAT para Motos S/ 685.00 y para Autom?viles S/
265.00)
Asimismo, indicamos que a pesar de las limitaciones en la ejecuci?n de los costos aprobados del servicio de serenazgo
en el presente a?o -por los motivos anteriormente descritos- los niveles alcanzados de ejecuci?n se encuentran por
5
encima de los costos efectivamente trasladados a los contribuyentes . Al respecto, se debe mencionar que sobre los
5
Informe N? 103-2020-SGRyFT-GAT-MDB.
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
costos aprobados para el servicio de Serenazgo en la Ordenanza N? 532-2019-MDB, se han efectuado disminuciones
en los montos efectivamente trasladados a la poblaci?n, los cuales se identi?can en dos aspectos anotados en la misma
Ordenanza, tanto por las exoneraciones (ver art. 8?) como por los l?mites al incremento en las liquidaciones para evitar
trasladar a los vecinos un posible incremento sustancial, producto de la actualizaci?n de criterios de distribuci?n y de
costos de serenazgo (ver segunda disposici?n ?nal).
Cabe precisar, que el exceso en la ejecuci?n del costo total de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de
Residuos S?lidos y Parques y Jardines P?blicos, ser? asumido por la Municipalidad de Barranco en su totalidad. Por el
contrario, en el caso del servicio de Serenazgo; debido a las limitaciones explicadas no se ha podido llegar al 100% de
la ejecuci?n; sin embargo, hay un compromiso de la gesti?n administrativa y de la Gerencia de Fiscalizaci?n y Seguridad
Ciudadana en ejecutar el 100%, en condiciones ?m?s favorables? el pr?ximo ejercicio ?scal.
Adem?s, es preciso y oportuno se?alar que en relaci?n a las transferencias ?nancieras realizadas por el Ejecutivo a los
gobiernos locales para el ?nanciamiento del gasto operativo esencial, debido a los menores ingresos resultantes de la
reducci?n de la actividad econ?mica por la emergencia sanitaria del Covid-19, las actividades a las que han sido dirigidas
principalmente dichos montos transferidos no corresponden a las incluidas en los planes de servicio y costos aprobados
por la Ordenanza N? 532-2019-MDB, sino a aquellas enmarcadas en la emergencia sanitaria a nivel nacional.
Al respecto, sobre la documentaci?n e informaci?n proporcionada por las Gerencias responsables de las prestaciones
de los servicios en menci?n, se observa que los costos aprobados en su oportunidad por la Municipalidad Distrital de
Barranco para el presente a?o, han sido empleados por la actual gesti?n con responsabilidad y e?ciencia, situaci?n que
permitir? que a ?nes del ejercicio 2020 se cumpla con alcanzar y superar los niveles de prestaci?n de los servicios de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos y Parques y Jardines P?blicos; mientras que en el caso del servicio
de Serenazgo se estar? cerca de alcanzar el nivel de costo aprobado (a pesar de las fuertes limitaciones que se vienen
enfrentando en el presente ejercicio como resultado de la crisis sanitaria y econ?mica, que al superarse, permitir?n
alcanzar y sobrepasar los niveles aprobados de dicho servicio).
4)
Predios y Contribuyentes
La prestaci?n de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y
Serenazgo para el ejercicio 2021 se realizar? considerando las cantidades referenciales de predios y contribuyentes
6
,
diferenciando en ellos la condici?n de afectaci?n y/o exoneraci?n para cada servicio seg?n la Ordenanza vigente. En el
siguiente cuadro se muestra la cantidad de predios y contribuyentes afectos e inafectos por cada servicio:
Predios
Contribuyentes
Afectos
Afectos
Total
contribu-
yentes
Servicio
Inafectos
Total predios
Inafectos
Sin exo- Con exo-
neraci?n
Sin exo- Con exo-
neraci?n neraci?n
Total
Total
neraci?n
Barrido de Calles
14,937
878
15,815
15,732
0
15,815
15,815
13,665
819
14,484
14,365
0
14,484
14,484
Recolecci?n de
Residuos S?lidos
14,854
878
83
13,546
819
119
Parques y Jardines
P?blicos
14,854
14,935
878
878
15,732
15,813
83
2
15,815
15,815
13,546
13,663
819
819
14,365
14,482
119
2
14,484
14,484
Serenazgo
5)
Costos, tasas y estimaci?n de ingresos 2021
Costo de los servicios
5.1)
Respecto de la informaci?n de costos, se anota en el ?Informe T?cnico de Ejecuci?n de Costos 2020 ? Arbitrios 2021?,
que en aplicaci?n a lo establecido en el Decreto Supremo N? 156-2004-EF, que aprob? el Texto ?nico Ordenado de la
Ley de Tributaci?n Municipal y en relaci?n con la aprobaci?n anual de los importes de los Arbitrios Municipales, se ha
efectuado el an?lisis de los costos ejecutados correspondientes al mes de julio del ejercicio 2020, as? como su proyecci?n
del mes de diciembre 2020, de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines
P?blicos y Serenazgo.
Del an?lisis de la ejecuci?n de costos del a?o 2020, se desprende que los recursos asignados a las ?reas operativas
que prestan los servicios p?blicos son los que requieren y tomando en cuenta lo manifestado por estas ?reas operativas,
respecto a que los recursos asignados durante el ejercicio 2020, le son su?cientes para prestar con el mismo nivel de
calidad los servicios en el ejercicio 2021, se propone que los costos de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de
Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo para el ejercicio 2021, sean los mismos costos que fueran
aprobados para el ejercicio 2020 mediante la Ordenanza N? 532-2019-MDB, rati?cados por Acuerdo de Concejo N? 314-
MML y publicados en el diario o?cial. En el siguiente cuadro se muestra los costos de los servicios mencionados para el
a?o 2021, as? como la inexistencia de variaci?n respecto al a?o anterior:
6
Informaci?n alcanzada con Informe N? 103-2020-SGRyFT-GAT-MDB.
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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Costo de los Servicios 2021 y variaci?n respecto del 2020
(En Soles)
Costo Anual 1/
Costo Anual 2/
Variaci?n
2021/2020
%
Servicio
2021
S/
2020
S/
(a)
(b)
(c) = ((a/b)-1)
0.00%
Barrido de Calles
Recolecci?n de Residuos S?lidos
Parques y Jardines P?blicos
Serenazgo
2,176,610.08
2,176,610.08
2,509,072.71
2,916,605.30
7,784,284.02
15,386,572.11
2,509,072.71
2,916,605.30
7,784,284.02
15,386,572.11
0.00%
0.00%
0.00%
Total
0.00%
1/
2/
Costo a considerar para el ejercicio 2021.
Costo aprobado mediante Ordenanza N? 532-2019-MDB y rati?cado con Acuerdo de Concejo N? 314-MML.
En ese sentido, el costo de los arbitrios municipales de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y
Jardines P?blicos y Serenazgo para el a?o 2021, es el mismo considerado para el ejercicio 2020.
5.2)
Tasas de los servicios
Para el ejercicio 2021 se han de aplicar las tasas de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos,
Parques y Jardines P?blicos y Serenazgo establecidos para el ejercicio 2020 mediante Ordenanza N? 532-2019-MDB.
Las tasas se muestran a continuaci?n:
Tasas de los servicios 2021
1)
Tasa por Barrido de calles ? 2021
(En Soles mensuales por metro lineal de frontis)
Tasa
S/ x mlf
2.370291
1.580194
0.790097
Zona A
Zona B
Zona C
Para determinar la liquidaci?n correspondiente, se deber? multiplicar la tasa estimada para cada zona de servicio por los
metros lineales de frontera del predio.
2)
Tasas de Recolecci?n de Residuos S?lidos - 2021
a) Predios de uso Casa Habitaci?n
(En Soles mensuales)
S/ x m2
?rea construida
(S/ / m2C)
0.049822
Zona
Zona A
Zona B
Zona C
0.032260
0.035926
Modo de c?lculo de monto a cobrar por predio: Monto (S/) = m2 ?rea construida x tasa (sujeto a ajuste mediante una
declaraci?n jurada de n?mero de habitantes del predio)
Asimismo, respecto de los predios de uso casa habitaci?n, en el caso que los contribuyentes var?en el dato de cantidad
promedio de habitantes por predio, la liquidaci?n se ajustar? considerando el siguiente c?lculo:
Monto a pagari= AC x Tasai x [1 + (NHAB ? NHAP) / NHAP]
14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020 /
D?nde:
AC: ?rea construida del predio (en metros cuadrados)
Tasa: Tasa de casa habitaci?n en zonai (i=A, B, C)
i
NHAB: N?mero de habitantes del predio
NHAP: N?mero de habitantes promedio del distrito
b) Predios de uso distinto a Casa Habitaci?n
(En Soles mensuales)
S/ x m2
?rea construida
(S/ / m2C)
0.174695
0.180297
0.031446
0.087156
0.027010
0.785861
0.484200
0.816443
0.057133
0.566806
0.230303
0.152461
0.213104
0.165294
0.072722
0.034157
0.177247
0.126247
0.190156
0.432022
0.085453
0.049466
0.101151
Uso del predio
Comercio y servicio a escala local
Comercio y servicio a gran escala
Cultural, fundaciones y sindicatos
Instituciones p?blicas y Organismos estatales
Educaci?n inicial
Discotecas y locales de diversi?n
Locales de juegos de azar
Restaurantes
Institutos, Academias, Universidades
Entidades bancarias y ?nancieras
Mercados
Supermercados, Hipermercados y grandes almacenes
Servicios de hospedajes
Estaciones de servicio
Playas de estacionamiento
Colegios, unidades escolares
Servicios de mec?nica automotriz
Centros de esparcimiento, recreacional y entretenimiento
Servicios de salud
Industrias
Veterinarias
Lubricentros
Templos y Conventos
Modo de c?lculo de monto a cobrar por predio: Monto (S/) = m2 ?rea construida x tasa
Tasas del servicio de Parques y Jardines P?blicos ? 2021
3)
Las tasas de Parques y Jardines P?blicos, de acuerdo a su zona y ubicaci?n respecto de las ?reas verdes, son las
siguientes:
Tasas del servicio de Parques y Jardines P?blicos 2021
(Mensuales, en Soles)
Ubicaci?n de predio
(S/ x predio)
Zona B
3.82
Zona A
44.45
37.04
24.69
Zona C
4.55
Frente a ?reas verdes
Cerca de ?reas verdes
Lejos de ?reas verdes
2.91
3.56
1.82
1.98
El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
15
Para determinar las liquidaciones que corresponden a cada predio, deber? identi?carse el monto mensual de acuerdo a
la zona y ubicaci?n del predio.
4)
Tasas del servicio de Serenazgo ? 2021
Las tasas en funci?n de la zona de riesgo y categor?a de uso o actividad del predio son las siguientes:
Tasa mensual por predio seg?n zona de riesgo y uso