Aprueban el Plan Operativo Institucional 2021, modificado Versión 01, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000470-2020-JN/ONPE
Lima, 30 de diciembre del 2020
VISTOS: El Informe Nº 000198-2020-GG/ONPE, de la Gerencia General, el Informe Nº 000229-2020-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 001519-2020-SGPL-GPP/ONPE, de la Subgerencia de Presupuesto, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000687-2020-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);
El numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normativa vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN;
En relación a lo anterior, el CEPLAN emitió la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, la cual tiene los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional (POI);
El numeral 6.2. Elaboración y aprobación del POI de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POE Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consístete, la entidad ajusta la programación, para finalmente obtener el POI Anual;
Mediante la Ley N° 31084, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;
Con Resolución Jefatural N° 000462-2020-JN/ONPE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE);
Por su parte, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe N° 000229-2020-GPP/ONPE, en el marco sus función acotada en el literal b) del Artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, propone la aprobación del Plan operativo Institucional 2021, modificado Versión 01, el mismo que se ajusta al proceso de consistencia POI y PIA; y siguiendo la metodología de la Guía para el Planeamiento Institucional, se efectuaron los ajustes en la programación de metas físicas con el PIA por actividad operativa para el año 2021, la misma que fue aceptada por la Gerencia General, mediante el Informe N° 000198-2020-GG/ONPE;
En consecuencia, resulta necesaria la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021, modificado Versión 01, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;
De conformidad con la normativa antes citada y el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como en el literal s) y t) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;
Con el visado de la Gerencia General, Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Apruébese el Plan Operativo Institucional 2021, modificado Versión 01, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que el cumplimiento del plan antes citado sea responsabilidad de todos los Órganos de la entidad, debiendo formular la evaluación correspondiente en los plazos y forma que establece la normativa vigente.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar el registro del instrumento de gestión aprobado en la presente resolución, en el aplicativo CEPLAN V.01; así como, el seguimiento y evaluación del cumplimiento del mismo.
Artículo Cuarto.- Disponer que la presente Resolución Jefatural se publique en el diario oficial “El Peruano”; asimismo, que dicha resolución y el Plan Operativo Institucional que aprueba se publiquen en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (www.onpe.gob.pe) y en la Plataforma Digital del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
1916528-1