Aprueban el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL
Nº 150-2020
Lima, 30 de diciembre de 2020
VISTO, el Informe Nº 00038-2020/OA, el Memorándum N° 00252-2020/OPP, el Informe Nº 00096-2020/OPP y, el Informe Legal Nº 00386-2020/OAJ;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, formalizada y actualizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y Nº 057-2016-SERVIR-PE, respectivamente, establece que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar ajustes sobre cambios de los campos, número de orden, cargo estructural, código, clasificación, situación del cargo y cargo de confianza, así como, de otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la Entidad. No requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional, podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización o quien haga sus veces;
Que, con Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM se precisó la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, estableciéndose que para el cálculo del cinco por ciento (5%) de empleados de confianza en las entidades públicas, establecido en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, se entenderá como “servidores públicos existentes en cada entidad” a la sumatoria de los cargos ocupados y previstos en su Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la misma entidad, a la fecha de publicación del citado dispositivo legal;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 296-2017-EF/10 se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de PROINVERSIÓN, en donde se incluyeron 239 plazas;
Que, mediante las Resoluciones de la Secretaría General Nº 028-2017, Nº 056-2018, Nº 065-2018, Nº 171-2018, Nº 027-2019, Nº 025-2020 y Nº 059-2020 se aprobaron reordenamientos y actualizaciones del CAP Provisional;
Que, mediante Informe Nº 00038-2020/OA, la Oficina de Administración propone efectuar el reordenamiento del CAP Provisional de PROINVERSIÓN, de acuerdo con lo señalado en el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, el cual entraría en vigencia el 4 de enero de 2021;
Que, mediante Memorándum N° 00252-2020/OPP y el Informe Nº 00096-2020/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la propuesta de reordenamiento del CAP Provisional de PROINVERSIÓN;
Que, por lo expuesto resulta necesario aprobar el reordenamiento del CAP Provisional de PROINVERSIÓN;
Que, conforme al literal g) del numeral 4.3 del artículo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa, que de acuerdo con el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN es el Secretario General;
Con la visación de la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE” y modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución, el cual entrará en vigencia el 4 de enero de 2021.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, el anexo será publicado en el portal institucional de PROINVERSIÓN (www.proinversión.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ESTUARDO ALBÁN RAMÍREZ
Secretario General (e)
1916537-3