Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Decreto Supremo que autoriza el pago de cuota internacional no contemplada en el Anexo B del Decreto de Urgencia N° 014- 2019 Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020

Decreto Supremo que autoriza el pago de cuota internacional no contemplada en el Anexo B del Decreto de Urgencia Nº 014- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020

DECRETO SUPREMO

Nº 066-2020-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprobó elAnexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2020”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2020;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 del citado Decreto de Urgencia, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo, se aprueban de acuerdo a la formalidad prevista en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del referido Decreto Legislativo establece que la modificación de los montos de las cuotas internaciones incluidas en el citado anexo se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;

Que, en el presupuesto del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, se han previsto recursos para el pago de la cuota internacional a favor del Convenio de Minamata sobre el Mercurio, por lo que, corresponde emitir el Decreto Supremo que apruebe el pago de la respectiva cuota;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:

Artículo 1.-Autorización

Autorizar al Ministerio del Ambiente a efectuar el pago de la cuota internacional a favor del Convenio de Minamata sobre el Mercurio, hasta por la suma de S/ 47 137,00 (Cuarenta y siete mil ciento treinta y siete y 00/100 soles).

Artículo 2.- Afectación presupuestal

Disponer que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 005: Ministerio del Ambiente.

Artículo 3.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro del Ambiente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de diciembre del año dos mil veinte.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA

Ministro del Ambiente

ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ

Ministra de Relaciones Exteriores

1916777-4