Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 342-2020-VIVIENDA
Lima, 30 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Memorando N° 1748-2020-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), el Informe N° 344-2020-VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley dispone que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del SINAPLAN;
Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN-PCD y sus modificatorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;
Que, la citada “Guía para el Planeamiento Institucional” señala que el POI es un instrumento de gestión que orienta la asignación de recursos para implementar la estrategia institucional y contiene la programación de metas físicas y financieras de las actividades operativas de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras, a ser ejecutadas en un período anual; asimismo, indica que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un período no menor de tres (3) años, para ello toma en cuenta la situación económica y fiscal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual y la estructura presupuestal del año vigente; para dicho fin, la entidad utiliza el aplicativo CEPLAN V.01 para registrar y aprobar el POI Multianual, y consistenciar el POI Anual con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), considerando la estructura funcional y programática del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF);
Que, mediante Resolución Ministerial N° 330-2020-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, constituida por la Resolución Ministerial N° 484-2017-VIVIENDA ha validado la propuesta del documento POI 2021 consistente con el PIA del Año Fiscal 2021; conforme se aprecia en el Acta N° 03-2020/CPE “Validación del Proyecto de Plan Operativo Institucional (POI) 2021 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, de fecha 21 de diciembre de 2020;
Que, de acuerdo a los literales b) y g) del artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, la OGPP tiene como funciones, normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación del POI; y, proponer a la Alta Dirección la aprobación de los planes del Ministerio en el marco de la normatividad vigente;
Que, mediante Memorando N° 1748-2020-VIVIENDA/OGPP, el Director General de la OGPP, hace suyo el Informe N° 344-2020-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, a través del cual se sustenta y propone la aprobación del POI Anual 2021, destacando en el citado documento que cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN-PCD y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2021, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer que el cumplimiento de la programación de metas físicas y financieras consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado en el artículo precedente es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realiza el seguimiento y evaluación de la implementación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI
Ministra de Vivienda
Construcción y Saneamiento
1916500-1