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Aprueban modificación de la denominación de un Indicador de Brecha la modificación en el Nivel de Desagregación de cinco Indicadores de Brechas y la modificación en la Unidad de Medida de cinco Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones

Aprueban modificación de la denominación de un Indicador de Brecha, la modificación en el Nivel de Desagregación de cinco Indicadores de Brechas y la modificación en la Unidad de Medida de cinco Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones

Resolución Ministerial

N° 1053-2020-MTC/01

Lima, 30 de diciembre de 2020

VISTO: El Memorándum N° 2094-2020-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a los artículos 4 y 7 de la Ley N’ 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura de transportes de alcance nacional e internacional, entre otras; y, en el marco de sus competencias compartidas cumple la función de planear, regular, gestionar, ejecutar, supervisar y evaluar la infraestructura vial, en el ámbito de su competencia;

Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo No 242-2018-EF, establece que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas, el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones establecidos en el Reglamento y sus normas complementarias; y que las modificaciones a las metas e indicadores contenidos en el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, se realizan siguiendo el mismo procedimiento establecido para su aprobación;

Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, señala que el Órgano Resolutivo del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales; y que dichos indicadores y criterios pueden ser revisados anualmente y siempre que se presenten modificaciones, se aprueban y se publican en el portal institucional de la entidad;

Que, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 11.4 del artículo 11 de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los indicadores de brechas validados por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones son aprobados por el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo del Sector mediante la resolución o acto correspondiente, y publicados por la OPMI del Sector responsable en su portal institucional;

Que mediante Resolución Ministerial N° 259-2019-MTC/01, se aprueba el “Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2020 - 2022 del Sector Transportes y Comunicaciones”, el mismo que contiene los indicadores de brecha de infraestructura y/o accesos a servicios; y con Resolución Ministerial N° 012-2020-MTC/01, se aprueba la “Modificación de la conceptualización y definición de los Indicadores de Brechas de Infraestructura y la Inclusión de nuevos Indicadores de brechas de Infraestructura del Sector Transportes y Comunicaciones”;

Que, con Oficio Nº 755-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones remite a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Reporte Situacional de los Indicadores de Brecha del MTC, y solicita la validación metodológica de la modificación de los Indicadores de Brechas de Infraestructura o de Acceso a Servicios aprobados por el Sector;

Que, mediante Oficio Nº 053-2020-EF/63.03, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe Nº 106-2020-EF/63.03 de la Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública, mediante el cual valida metodológicamente la propuesta remitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y recomienda la aprobación y publicación de los indicadores de brechas modificados;

Que, con Memorándum No 2094-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe N° 616-2020-MTC/09.02 de su Oficina de Inversiones, mediante el cual sustenta y propone la modificación de la denominación de un (01) Indicador de Brecha, la modificación en el nivel de desagregación de cinco (05) Indicadores de Brechas y la modificación en la unidad de medida de cinco (05) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones;

Que, en ese sentido, es necesario aprobar la modificación de la denominación de un (01) Indicador de Brecha, la modificación en el Nivel de Desagregación de cinco (05) Indicadores de Brechas y la modificación en la Unidad de Medida de cinco (05) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones, aplicables a las entidades de los tres niveles de gobierno, para la elaboración del diagnóstico de brechas, que se enmarquen en la Responsabilidad Funcional 0015 Transportes y 0016 Comunicaciones;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo No 1252, aprobado por Decreto Supremo No 242-2018-EF; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No 284-2018-EF; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación de la denominación de un (01) Indicador de Brecha, la modificación en el Nivel de Desagregación de cinco (05) Indicadores de Brechas y la modificación en la Unidad de Medida de cinco (05) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo aprobado en su artículo 1, a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo aprobado en su artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ

Ministro de Transportes y Comunicaciones

1916496-1