Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ratifican el Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por una parte y la República de Colombia la República del Ecuador y la República del Perú por otra

Ratifican el “Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú, por otra”

DECRETO SUPREMO

N° 061-2020-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el “Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú, por otra”, fue suscrito el 15 de mayo de 2019, en la ciudad de Quito, República del Ecuador y aprobado por Resolución Legislativa N° 31099, del 29 de diciembre de 2020;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú, por otra”, suscrito el 15 de mayo de 2019, en la ciudad de Quito, República del Ecuador y aprobado por Resolución Legislativa N° 31099, del 29 de diciembre de 2020.

Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la señora Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil veinte.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ

Ministra de Relaciones Exteriores

1916083-15