Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan entidades financieras con la condición de Creadores de Mercado para el Programa de Creadores de Mercado

Designan entidades financieras con la condición de Creadores de Mercado para el Programa de Creadores de Mercado

Resolución Directoral

N° 013- 2020-EF/52.01

Lima, 28 de diciembre de 2020

CONSIDERANDO:

Que, en aplicación del numeral 1.11 del artículo 1 del Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobado por el Decreto Supremo N° 309-2016-EF, corresponde a la Dirección General del Tesoro Público, en su calidad de Unidad Responsable, designar a las entidades solicitantes como Creador de Mercado, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el mencionado numeral 1.11 del artículo 1 del citado Reglamento;

Que, en adición, el acotado numeral 1.11 del artículo 1 señala que las entidades interesadas en participar en el Programa de Creadores de Mercado deberán remitir anualmente una solicitud acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Unidad Responsable;

Que, mediante el Informe N° 0069-2020-EF/52.09 de la Dirección de Gestión de Inversiones Financieras y Mercados de Capitales de la Dirección General del Tesoro Público, luego de haber verificado el cumplimiento de los requisitos contemplados en el citado Reglamento, da cuenta de ello y ha determinado a qué entidades corresponde designar con el estatus de Creadores de Mercado;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 309-2016-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Designación de Creadores de Mercado

Designar con la condición de Creador de Mercado para el Programa de Creadores de Mercado, a las siguientes entidades financieras:

- Banco de Crédito del Perú.

- Banco BBVA Perú.

- Banco Internacional del Perú S.A.A. – Interbank.

- Citibank del Perú S.A.

- J.P. Morgan Banco de Inversión.

- Scotiabank Perú S.A.A.

Artículo 2. Derogación

Déjese sin efecto la Resolución Directoral N° 059-2019-EF/52.01.

Artículo 3. Publicación

Dispónese la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUADALUPE PIZARRO MATOS

Directora General (e)

Dirección General del Tesoro Público

1915883-1