Aprueban versión actualizada del documento técnico denominado “Trazabilidad de los Recursos Forestales Maderables”
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
RDE Nº D000135-2020-MIDAGRI-SERFOR-DE
Magdalena del Mar, 28 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Informe Técnico Nº D000079-2020-MINAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y de la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando Nº D000287-2020-MINAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal Nº D000154-2020-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego (hoy, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego-MIDAGRI);
Que, a su vez, el citado artículo señala que el SERFOR es la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, y el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre – SINAFOR, constituyéndose en su autoridad técnica-normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer procedimientos relacionados a su ámbito;
Que, asimismo, el artículo 14 de la referida Ley, establece que una de las funciones del SERFOR es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;
Que, por otra parte, el artículo 127 de la Ley Nº 29763, refiere que el SERFOR desarrolla mecanismos transparentes para verificar el origen legal y la cadena de custodia de especies maderables, que incluyan los requerimientos para la supervisión del manejo y el mantenimiento de registros, con el fin de rastrear de manera confiable los especímenes desde la extracción hasta su transporte, procesamiento y exportación;
Que, concordante con lo señalado, el artículo 169 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, prescribe que la trazabilidad comprende mecanismos y procedimientos preestablecidos que permiten rastrear (históricamente) la ubicación y la trayectoria, desde el origen, de los productos forestales y productos derivados de los mismos, a lo largo de la cadena de producción forestal, utilizando para ello diversas herramientas;
Que, asimismo, el referido artículo señala que el SERFOR establece los instrumentos que permiten asegurar la trazabilidad de los productos forestales, y que, para el caso de la transformación secundaria, con opinión previa y en coordinación con el Ministerio de la Producción, formula e implementa los mecanismos de trazabilidad;
Que, en el marco de lo expuesto, se emitió la Resolución De Dirección Ejecutiva Nº 230-2019-MINAGRI-SERFOR-DE, que aprueba el documento técnico denominado “Trazabilidad de los Recursos Forestales Maderables”, a través del cual se desarrolla y describe los mecanismos de trazabilidad de los recursos forestales maderables, en las diferentes etapas de la cadena productiva;
Que, al respecto, mediante el documento del Vistos, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre manifiesta su conformidad al Informe Técnico Nº D000079-2020-MINAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, el cual sustenta la necesidad de contar con una versión actualizada del mencionado documento técnico que, entre otros, incorpore precisiones al ítem “Trazabilidad en la transformación primaria”, sobre la vinculación de los productos forestales al título habilitante y al centro de transformación primaria; cuyo análisis técnico fue realizado en coordinación con las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre; ante lo cual propone la aprobación de la versión actualizada del documento técnico denominado “Trazabilidad de los Recursos Forestales Maderables”, y en consecuencia, la derogación de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 230-2019-SERFOR-DE;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del informe legal del Visto, señala que la propuesta respecto a la versión actualizada del documento técnico denominado “Trazabilidad de los Recursos Forestales Maderables”, resulta viable y concordante con lo previsto en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus Reglamentos, y en consecuencia corresponde derogar la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 230-2019-SERFOR-DE;
Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;
Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la versión actualizada del documento técnico denominado “Trazabilidad de los Recursos Forestales Maderables”, que como Anexo se adjunta a la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, para que, en coordinación con las demás unidades orgánicas vinculadas, implemente y desarrolle el documento aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución; para lo cual deberá efectuar las coordinaciones con las autoridades competentes, en caso corresponda, conforme al marco normativo vigente.
Artículo 3.- Derogar la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 230-2019-MINAGRI-SERFOR-DE.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como también, la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
José Alberto Muro Ventura
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
SERFOR
1916022-1