Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada de autoavaluo y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio fiscal 2021

?A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Mi?rcoles  30 de diciembre  de  2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
ORDENANZA N? 302-MDSL/C
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL
MONTO POR DERECHO DE EMISI?N
MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N
DE VALORES, DETERMINACI?N
Y DISTRIBUCI?N A DOMICILIO
DE LA DECLARACI?N JURADA DE
AUTOAVALUO Y LIQUIDACI?N DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS
MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2021
ACUERDO DE CONCEJO N? 404
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL

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NORMAS LEGALES
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020  /
El Peruano

El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020       NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
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ACUERDO DE CONCEJO N? 404
Lima, 17 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El O?cio N? D000242-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT de fecha
de noviembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 302-MDSL/C que establece
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el derecho de emisi?n mecanizada de actualizaci?n de valores, determinaci?n y distribuci?n a domicilio de la declaraci?n
jurada y liquidaci?n del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2021, en el distrito de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Art?culo 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con la Norma IV del C?digo Tributario,
aprobado mediante  Decreto Legislativo N? 816,  establecen que los  Gobiernos Locales, mediante  Ordenanza, pueden
crear, modi?car y  suprimir contribuciones y tasas, o  exonerar de ?stas, dentro  de su jurisdicci?n, y con  los l?mites que
se?ala la Ley;
Que, de  conformidad con lo  dispuesto por  el Art?culo 40  de la Ley  N? 27972 -  Ley Org?nica  de Municipalidades,
las  Ordenanzas  en  materia  tributaria  expedidas  por  las  Municipalidades  Distritales  deben  ser  rati?cadas  por  las
Municipalidades Provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en  aplicaci?n  de lo  normado por  la Ordenanza  N? 2085,  que  aprueba el  procedimiento  de rati?caci?n  de
Ordenanzas Tributarias  Distritales  en la provincia de Lima,  la Municipalidad  Distrital recurrente  aprob? la Ordenanza
objeto  de la  rati?caci?n  remiti?ndola  conjuntamente   con el  expediente  de  rati?caci?n  digitalizado  que  incluye  los
respectivos  informes   y documentos   sustentatorios,   al Servicio   de Administraci?n   Tributaria  de  Lima  -  SAT, con
car?cter  de Declaraci?n  Jurada, sujetos  a revisi?n  por las entidades  competentes,  y el  citado organismo  en uso de
sus competencias;
Que,  a trav?s  del Informe  N? D000073-2020-SAT-ART   de  fecha 27  de noviembre  de  2020, el  ?rea Funcional
de Ratificaciones   de  la Gerencia   de Asuntos  Jur?dicos  del  Servicio  de Administraci?n   Tributaria  de  Lima  ? SAT,
opin?  favorablemente   respecto  a  la ratificaci?n   solicitada,   por cumplir  con  los  requisitos  exigidos   y las  normas
aplicables,  de  conformidad  con  la Ordenanza  N?  2085  y la Directiva   N? 001-006-00000015-SAT,   publicada  el  30
de junio  de 2011;  debi?ndose  efectuar  las publicaciones   pertinentes  en el  Diario Oficial  El Peruano  y  en el Portal
Institucional;
Que, el monto por concepto del derecho de emisi?n mecanizada del impuesto  predial y de arbitrios municipales por
primer predio exigible a los contribuyentes asciende a S/. 4.10, en tanto  que por predio adicional se determin? el monto
de S/. 1.20, los cuales han sido determinados de acuerdo con el costo efectivo de la prestaci?n del servicio;
Estando a lo se?alado en los  considerandos que anteceden, en uso de las facultades  previstas seg?n los Art?culos
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y 41  de la  Ley N?  27972 -  Ley Org?nica  de Municipalidades,  y de  conformidad con  lo opinado  por el  Servicio de
Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en su
Dictamen N? 127-2020-MML/CMAEO de fecha 11 de diciembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa
del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati?car la Ordenanza N? 302-MDSL/C, que establece el derecho de emisi?n mecanizada de actualizaci?n
de valores, determinaci?n y distribuci?n a domicilio de la declaraci?n jurada y liquidaci?n del impuesto predial y arbitrios
municipales para el ejercicio 2021, en el distrito de San Luis.
Art?culo 2.  El presente Acuerdo  rati?catorio, para  su vigencia, se  encuentra condicionado  al cumplimiento  de su
publicaci?n, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati?cada. La aplicaci?n de la Ordenanza materia de la presente
rati?caci?n, sin la condici?n antes se?alada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha  Municipalidad
Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima - SAT que  posteriormente al cumplimiento del
citado requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar  a la Subgerencia de Gobierno  Digital e Innovaci?n la  publicaci?n del presente Acuerdo en  el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, comun?quese y c?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde

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NORMAS LEGALES
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020  /
El Peruano
ORDENANZA N? 302-MDSL/C
San Luis, 17 de noviembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
POR CUANTO
El Concejo Municipal de San Luis, en Sesi?n Extraordinaria de la fecha.
VISTO:
El  Informe N?  081-2020-MDSL/GSAT de  la  Gerencia de  Servicio  de Administraci?n  Tributaria,  el Informe  Legal
N? 316-2020-MDSL/GAJ  de la  Gerencia de Asesor?a  Jur?dica que  contiene el  Prove?do N?  525-2020-AL/MDSL de la
Gerencia Municipal; sobre  el proyecto de Ordenanza  que establece el monto  por Derecho de Emisi?n Mecanizada  de
actualizaci?n de valores, determinaci?n y distribuci?n  a domicilio de la Declaraci?n Jurada de Autoavaluo y Liquidaci?n
del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio ?scal 2021; y
CONSIDERANDO:
Que  el Art?culo  194?  de la  Constituci?n  Pol?tica  del  Per?,  modi?cado  por Ley  N?  30305, ?Ley  de  Reforma  de
los Art?culos  191?,  194? y  203? de la  Constituci?n  Pol?tica  del Per?  sobre denominaci?n   y no reelecci?n  inmediata
de  autoridades  de  los gobiernos  regionales   y de  los Alcaldes?   establece  que las  Municipalidades   Provinciales  y
Distritales  son  ?rganos  de  gobierno  local  con autonom?a  pol?tica,   econ?mica  y administrativa   en  los asuntos  de
su competencia  (?);  en concordancia  con  el Art?culo  II del  T?tulo Preliminar  de  la Ley N?  27972, Ley  Org?nica  de
Municipalidades;
Que el Art?culo 74? de la Constituci?n Pol?tica del Per? establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modi?car
y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites que se?ala la ley;
Que el Art?culo 39? de la Ley  Org?nica de Municipalidades, Ley N? 27972, establece  que los Concejos Municipales
ejercen sus funciones de  gobierno mediante la aprobaci?n de  ordenanzas y acuerdos; se?alando a  su vez el inciso 8)
del Art?culo 9? de la misma norma que es atribuci?n del Concejo Municipal aprobar, modi?car o derogar las Ordenanzas
y dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo;
Que elArt?culo 40? de la norma citada en concordancia con la Norma IV del T?tulo Preliminar del Texto ?nico Ordenado
del  C?digo Tributario,  aprobado  por  el  Decreto Supremo  N?  133-2013-EF  y  modi?catorias,  dispone que  mediante
Ordenanza se crean, modi?can,  suprimen o exoneran, los arbitrios,  tasas, licencias, derechos y contribuciones,  dentro
de los l?mites establecidos por Ley, debiendo ser las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades
Distritales y ser rati?cadas por la Municipalidad Provincial de su circunscripci?n;
Que el Art?culo 14? del T.U.O. de la Ley de Tributaci?n Municipal aprobado  por Decreto Supremo N? 156-2004-EF y
modi?catorias, establece que la  actualizaci?n de valores de predios  por las Municipalidades, sustituye la  obligaci?n de
presentar la declaraci?n jurada anualmente;
Que la Cuarta Disposici?n Final del T.U.O. de la Ley de Tributaci?n Municipal, establece que las Municipalidades que
brinden el servicio de  emisi?n mecanizada de actualizaci?n de valores,  determinaci?n de impuestos y recibos de  pago
correspondientes, incluida su distribuci?n a domicilio, quedan  facultadas a cobrar por dichos servicios no m?s del 0.4%
de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio;
Que con Ordenanza N? 2085-MML, se aprueba el Procedimiento de Rati?caci?n de Ordenanzas Tributarias Distritales
en el ?mbito de la Provincia de Lima;
Que el servicio municipal  de Emisi?n Mecanizada de Valores para el  Contribuyente consiste en la actualizaci?n de
valores, determinaci?n de tributos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribuci?n a domicilio;
Que  la  Gerencia  de  Servicio  de  Administraci?n  Tributaria  mediante  Informe  N?  081-2020-MDSL/GSAT,  eleva
el proyecto  de Ordenanza que  establece el  monto por Derecho  de Emisi?n  Mecanizada de actualizaci?n  de valores,
determinaci?n y  distribuci?n a domicilio  de la Declaraci?n  Jurada de Autoavaluo y  Liquidaci?n del Impuesto  Predial y
Arbitrios Municipales para el ejercicio ?scal 2021.
Que la Gerencia de Asesor?a Jur?dica con Informe Legal N? 316-2020-MDSL/GAJ emite opini?n favorable al presente
proyecto de Ordenanza.
Estando  al  uso de  las  atribuciones  conferidas  por  el numeral  8)  del  Art?culo  9? y  40? de  la  Ley Org?nica  de
Municipalidades,  Ley N? 27972; el  Concejo Municipal luego  del debate correspondiente  y con la dispensa  del tr?mite
de  la lectura  y  aprobaci?n  del  Acta y  con  cargo  a redacci?n,  el  Pleno  de Concejo  aprob?  por  UNANIMIDAD,  la
siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISI?N
MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N DE VALORES, DETERMINACI?N Y DISTRIBUCI?N
A DOMICILIO DE LA DECLARACI?N JURADA DE AUTOAVALUO Y LIQUIDACI?N DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
Art?culo Primero.- FIJAR en S/ 4.10 (Cuatro y 10/100 soles) el monto anual que deber?n abonar los contribuyentes
titulares de un solo predio por concepto de Derecho de Emisi?n Mecanizada deActualizaci?n de Valores, Determinaci?n y

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Distribuci?n a domicilio de la Declaraci?n Jurada de Autoavaluo y Liquidaci?n del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
para el ejercicio 2021; y en S/ 1.20 (Uno con 20/100 soles) por predio adicional.
Art?culo Segundo.- El Derecho de Emisi?n Mecanizada de  Valores ser? abonado en la Primera Cuota fraccionada
del pago del Impuesto Predial 2021.
Art?culo Tercero.- Fijar como tope m?ximo el 0.4% de la UIT vigente al 01/01/2021, como  concepto de Derecho de
Emisi?n Mecanizada para los contribuyentes que posean m?s de un predio.
Art?culo Cuarto.- Aprobar el Informe T?cnico, Cuadro de Estructura de Costos y Cuadro de Estimaci?n de Ingresos
por Derecho de Emisi?n Mecanizada de actualizaci?n de valores, determinaci?n y distribuci?n a domicilio de la Declaraci?n
Jurada de Autoavaluo y Liquidaci?n del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2021 de la  jurisdicci?n
del distrito de San Luis, los mismos que como anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primero.- La presente Ordenanza entrar? en vigencia a partir del 01 de enero del a?o 2021, previa publicaci?n en el
Diario O?cial El Peruano del Texto  ?ntegro de la presente Ordenanza, Informe T?cnico, Estructura de  Costos y Anexos,
as? como del Acuerdo de Concejo emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima que aprueba su rati?caci?n.
Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicio de Administraci?n Tributaria y  Subgerencia de Registro y Control de
Deuda el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Tecnolog?a de la Informaci?n su implementaci?n
en el Sistema General  de Administraci?n Tributaria (SIS), as? como  a la Secretaria General su  publicaci?n en el Diario
O?cial El Peruano.
Tercero.- La presente  Ordenanza con su  texto ?ntegro, Informe  T?cnico y sus anexos,  y Acuerdo Rati?catorio, se
encontrar? publicado en la p?gina web de la Municipalidad Distrital de San Luis (www.munisanluis.gob.pe) y en la p?gina
web del Servicio de Administraci?n Tributaria  - SAT (www.sat.gob.pe), de conformidad con lo  previsto en la Ordenanza
N? 2085-MML.
Cuarto.- Fac?ltese al Alcalde del distrito de San Luis, para que mediante Decreto de Alcald?a dicte las disposiciones
complementarias, que sean necesarias para la adecuada aplicaci?n de la presente Ordenanza.
Quinto.- D?jese sin efecto la Ordenanza N? 300-MDSL/C de fecha 28 de octubre de 2020 y toda disposici?n que se
oponga a la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Reg?strese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA
Alcalde
INFORME T?CNICO
DETERMINACION DEL COSTO, METODOLOGIA DE DISTRIBUCION DEL COSTO Y ESTIMACION DE
INGRESOS DEL DERECHO DE EMISI?N MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N DE VALORES, DETERMINACI?N
Y DISTRIBUCI?N A DOMICILIO DE LA DECLARACI?N JURADA DE AUTOAVALUO Y LIQUIDACI?N DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2021
I. ASPECTOS GENERALES
El presente Informe T?cnico contiene la Estructura  de Costos que sustenta la determinaci?n del monto por Derecho  de
Emisi?n Mecanizada de Actualizaci?n de Valores, Determinaci?n y  Distribuci?n a domicilio de la Declaraci?n Jurada de
Autoavaluo y Liquidaci?n del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del a?o 2021. Asimismo, se?ala la tasa individual a
cobrar por este derecho a los contribuyentes del distrito de San Luis, detallando cada uno de los componentes del costo
total y explicando su relaci?n con la prestaci?n del servicio, as? como la metodolog?a de distribuci?n del referido costo.
II. FORMATOS DE LA CUPONERA TRIBUTARIA 2021
Comprende:
-
Hoja de Resumen: Enti?ndase por Recibo HR, al formato impreso actualizado que contiene la informaci?n general de
los datos y predios  del contribuyente, as? como el  valor del Autoavaluo de cada uno  de ello, el domicilio ?scal,  la base
imponible y el monto del Impuesto Predial.

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-
Predio Urbano: Enti?ndase por Recibo PU, al formato impreso actualizado que contiene la informaci?n general de los
datos del  contribuyente, codi?caci?n tributaria del  c?digo de predio  y uso, antig?edad,  caracter?sticas y categor?as  de
edi?caci?n, ?rea construida, valor de otras instalaciones y ?rea de terreno para la determinaci?n de la Base Imponible de
Autoavaluo de los predios del contribuyente.
-
Hoja de Liquidaci?n de Impuesto Predial: Enti?ndase por Recibo HLP, al formato impreso actualizado que contiene
la determinaci?n de pago anual y trimestral del Impuesto Predial.
-
Hoja  de  Liquidaci?n  de Arbitrios  Municipales:   Enti?ndase  por Recibo  HLA,  al  formato  impreso  actualizado
que  contiene la  informaci?n  general  de los  datos  del contribuyente  con  las liquidaciones  de  Arbitrios  de Limpieza
P?blica (Recolecci?n  de Residuos  S?lidos  y Barrido de  Calles), Parques  y Jardines  y Serenazgo  de los predios  del
contribuyente.
-
Tapa y Contratapa: Enti?ndase al formato donde se incorporara los formatos impresos de HR, PU, HLP y HLA para su
noti?caci?n al contribuyente.
-
Cargo de Noti?caci?n: Enti?ndase por el formato impreso que contiene los datos generales y domicilio ?scal ?jado por
el contribuyente ante los registros de la Administraci?n Tributaria, que se empleara en el acto de noti?caci?n y recepci?n
de entrega de la cuponera tributaria.
Es as? que una Cuponera Tributaria de 01 contribuyente que registra 01 predio, est? compuesto por 01 Hoja de Resumen
(HR), 01 Predio Urbano  (PU), 01 Hoja de Liquidaci?n  de Impuesto Predial (HLP) y  01 Hoja de Liquidaci?n de Arbitrios
Municipales (HLA). Para el  caso de un contribuyente que registra  m?s de 01 predio, estar? compuesto  por 01 Hoja de
Resumen (HR),  01 Hoja de Liquidaci?n  de Impuesto Predial  (HLP), y en  el caso de  las hojas de  Predio Urbano (PU)
y Hoja  de Liquidaci?n  de Arbitrios  Municipales (HLA)  depender? del  n?mero de  predios que registre  inscrito ante  la
Administraci?n Tributaria. A dichos formatos se le incluir? una tapa y contratapa  de cuponera y un cargo de noti?caci?n
por cada contribuyente.
III. PROCESO Y ACTIVIDADES DE LA EMISI?N MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES 2021
La Subgerencia de Registro y Control de Deuda con Informe N? 357-2020-MDSL-GSAT-SGRCD remite el Plan de Trabajo
del servicio  de Emisi?n Mecanizada de  Actualizaci?n de Valores  2021, el cual se?ala  las actividades que  involucra el
proceso de la Emisi?n Mecanizada del a?o 2021, que corresponde a:
1.
ACTUALIZACI?N DE DATOS TRIBUTARIOS
Esta actividad  comprende  el ingreso  de informaci?n  a  la Base  de datos  de Contribuyentes  y  Predios por  parte del
?Asistente Tributario? para su actualizaci?n correspondiente a:
a) Ingreso de Valores Tributarios para la determinaci?n de la Base Imponible del Impuesto Predial.-  Consiste en el
ingreso de informaci?n a la Base de datos de Predios relacionada a: Valores Arancelarios de Terrenos, Valores Unitarios
O?ciales de Edi?caci?n, Tablas de Depreciaci?n por antig?edad y estado de conservaci?n y Valores Unitarios de algunas
obras complementarias e instalaciones ?jas y permanentes.
b)  Ingreso de  Valores  Tributarios para  la  determinaci?n de  la  tasa de  Arbitrios  Municipales.- Consiste  en  la
actualizaci?n de los nuevos par?metros determinados seg?n Ordenanza Rati?cada que regula el R?gimen Tributario de
Arbitrios Municipales del a?o 2021  (clasi?caci?n de usos de predios por categor?a, zoni?caci?n  del servicio y sus tasas
rati?cadas)
2.
REVISI?N DE DATOS TRIBUTARIOS DEL PADR?N DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS
Comprende  la revisi?n  de los  datos tributarios  contenidos  en las  Declaraciones  Juradas de Autoavaluo  registradas
en  la base  de  datos del  Sistema  Tributario  que se  empleara  para  la Emisi?n  de  la  Cuponera Tributaria  2021.  El
?Asistente Tributario? efectuara correcciones,  validaci?n de datos y depuraci?n de las inconsistencias de la informaci?n
tributaria que hubiere,  conforme al Padr?n  de Contribuyentes y Predios  remitido por la Subgerencia  de Tecnolog?a de
la Informaci?n  (datos del domicilio ?scal,  ubicaci?n del predio, par?metros  del c?lculo del  Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales).
3.
SERVICIO DE PROGRAMACI?N E IMPLEMENTACION DE APLICATIVOS INFORMATICOS
Corresponde al  requerimiento  de la  contrataci?n de  un tercero  especialista en  base  de datos  Visual Fox  (orden de
servicio), que es el lenguaje de programaci?n del Sistema Tributario con que cuenta la Subgerencia de Registro y Control
de Deuda  para la  determinaci?n del c?lculo  del Impuesto  Predial y Arbitrios  Municipales. El  servicio de tercerizaci?n
ejecutara un servicio de programar, dise?ar, dar mantenimiento y soporte a las tablas de la base de datos de Rentas para
los c?lculos requeridos para la actualizaci?n de valores y determinaci?n del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Sus
actividades comprender?n:

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3.1.
Generaci?n de informaci?n de apertura  del ejercicio ?scal 2021: Requiere contar con la informaci?n  de car?cter
tributario (UIT, Tabla de Valores Unitarios O?ciales de Edi?caci?n, Valores Arancelarios de Terrenos, Fechas de vencimiento
de tributos, tasas rati?cadas  de Arbitrios Municipales, Derecho por Emisi?n  Mecanizada, identi?caci?n de usos, sectores
de servicio, variables para los  par?metros del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, migraci?n  de la informaci?n de la
Declaraci?n Jurada de Autoavaluo del a?o 2020 al 2021, con las pruebas y veri?caci?n de datos respectivos.
3.2.
Desarrollo  del  aplicativo para  la  impresi?n  de la  Cuponera  Tributaria:  Teniendo en  cuenta  que el  actual
Sistema Tributario (de programaci?n visual Fox Pro) con el que cuenta la Subgerencia  de Registro y Control de Deuda,
no cuenta con  un M?dulo propio  para la Emisi?n e Impresi?n  Masiva de la  Cuponera Tributaria que  est? integrado al
Sistema Tributario, y permita  la generaci?n de la impresi?n masiva  de los formatos tributarios de  un ejercicio ?scal, es
necesario tambi?n  que este servicio de programaci?n  contratado realizado  a trav?s de un servicio  de tercero, ejecute
tambi?n el desarrollo  de un aplicativo  inform?tico que  permita la impresi?n  de los Formatos Tributarios  HR, PU, HLP,
HLA y cargo de  noti?caci?n de la  Cuponera Tributaria 2021.  El desarrollo del  aplicativo inform?tico  para la impresi?n
masiva de  la Cuponera Tributaria  2021, comprender?: generaci?n  de datos  proveniente de la  Declaraci?n Jurada de
Autoavaluo para  la impresi?n de  la Cuponera Tributaria,  pruebas de control  de calidad de la  informaci?n y dise?o  de
formato y  mecanismos de  Impresi?n masiva  de los Formatos  HR, PU,  HLP y HLA,  as? como  el dise?o del  cargo de
noti?caci?n.
4.
SERVICIO DE IMPRESI?N DE CARPETA DE LIQUIDACI?N DE TRIBUTOS MUNICIPALES
Para la  ejecuci?n de  esta  actividad, se  requiere previamente  contar con  un Aplicativo  inform?tico para  la Impresi?n
masiva de  la Declaraci?n Jurada de  Autoavaluo del Impuesto  Predial y Arbitrios Municipales  (Formatos HR, PU,  HLP
y HLA y  cargo de  noti?caci?n). Para ello,  el servicio  de tercero empleara  el aplicativo  inform?tico prove?do en  medio
magn?tico (CD) por la Subgerencia de  Registro y Control de Deuda en coordinaci?n con la  Subgerencia de Tecnolog?a
de la Informaci?n.
La actividad  comprende el  requerimiento de contrataci?n  de un  tercero para el  servicio de  impresi?n de carpetas  de
liquidaci?n de  tributos municipales 2021  (100% de  dedicaci?n al servicio)  de los  contribuyentes vigentes para  el a?o
2021,
el cual consta de un servicio de impresi?n de la tapa y contratapa de la cuponera tributaria, formatos tributarios que
van en el interior de la cuponera, HR, PU, HLA y HLP, cargo de noti?caci?n a emplearse en la  diligencia de noti?caci?n,
compaginado  de los  formatos  tributarios impresos  de  la cuponera  seg?n  correlativo  de impresi?n  y  embolsado de
la carpeta  de liquidaci?n  de tributos  y engrampado  del cargo de  noti?caci?n de  la carpeta  de liquidaci?n  de tributos
municipales.  Concluido el  servicio de  impresi?n,  el servicio  de  tercero deber?  hacer  entrega del  material  en forma
ordenada de acuerdo a la base de datos  entregada por la Administraci?n Tributaria (correlativo) por zonas; donde cada
cuponera deber? encontrarse embolsado y agrupadas en cajas debidamente embaladas y rotuladas.
5.
DISTRIBUCI?N DE CUPONERAS TRIBUTARIAS
Correspondealprocesodenoti?caci?ndelasCuponerasTributariasenlosdomicilios?scales?jadosporloscontribuyentes.
Seg?n registro de  la Base de datos  de contribuyentes, el servicio  de emisi?n mecanizada de  valores estar? orientado
a un total de  12,215 contribuyentes, de los cuales  11,219 contribuyentes registran su domicilio  ?scal dentro del distrito
de San Luis  y 996 contribuyentes registran su  domicilio ?scal fuera del distrito  de San Luis. Para ejecutar  la actividad,
es necesario contar con  un total de 09 personas  ?Noti?cador? cuyas labores comprende la distribuci?n  de la Cuponera
Tributaria en los domicilios ?scales ?jados en la jurisdicci?n del distrito de San Luis, as? como las noti?caciones fuera del
distrito, de acuerdo a la programaci?n de distribuci?n.
6.
SUPERVISION
Las actividades de ?Actualizaci?n de Datos Tributarios - Impuesto Predial?, ?Actualizaci?n de Datos Tributarios - Arbitrios
Municipales?, ?Revisi?n  de datos  tributarios del  Padr?n de  Contribuyentes y  Predios? y  ?Servicio de  Programaci?n e
Implementaci?n de  Aplicativos Inform?ticos?  requieren ser  supervisadas por  el Subgerente  de Registro  y Control  de
Deuda y Subgerente de Tecnolog?a de la Informaci?n durante su desarrollo, la cual comprende veri?car la organizaci?n,
plani?caci?n, conducci?n y supervisi?n de todo el proceso de la emisi?n mecanizada, as? como controlar y supervisar la
actualizaci?n de los par?metros tributarios en el Sistema Tributario para su c?lculo y determinaci?n.
IV. CANTIDAD DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS PARA EL SERVICIO DE EMISION MECANIZADA DE VALORES
2021
Con Informe N? 357-2020-MDSL-GSAT-SGRCD la Subgerencia de Registro y  Control de Deuda informa que el servicio
por Derecho de Emisi?n Mecanizada  de Actualizaci?n de Valores 2021 se prestara a un total  de 12,215 contribuyentes
que cuentan con 21,268 predios.
Servicio Municipal
Contribuyentes
Predios
Emisi?n y distribuci?n de Cuponeras 2021
12,215
21,268

8
NORMAS LEGALES
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020  /
El Peruano
Se precisa  que la cantidad  obtenida de  12,215 contribuyentes, corresponde  al n?mero  de contribuyentes registrados
para el Impuesto Predial del a?o  2020, la cual se obtiene de acuerdo al Art?culo 11? del  T.U.O. de la Ley de Tributaci?n
1
Municipal aprobada por Decreto Supremo N? 156-2004-EF .
V. ESTRUCTURA DE COSTO DEL SERVICIO DE EMISI?N MECANIZADA DE VALORES 2021
Las cantidades requeridas de  personal y servicios de terceros, as?  como el porcentaje de dedicaci?n al  servicio (mano
de  obra directa  e  indirecta), han  sido  determinadas en  el Plan  de  Trabajo del  servicio  de Emisi?n  Mecanizada  de
Actualizaci?n de  Valores 2021 elaborado  por la  Subgerencia de Registro  y Control de  Deuda seg?n  Informe N? 357-
2020-MDSL/GSAT-SGRCD.
Para la determinaci?n del costo  unitario del personal (mano de obra directa e  indirecta) se
ha tomado la informaci?n emitida por la  Subgerencia de Recursos Humanos seg?n Informe N? 0560-2020-MDSL-GAF-
SGRH. En el caso, de la determinaci?n del costo unitario de los servicios de terceros se ha tomado la informaci?n emitida
por la Subgerencia de Log?stica, Control Patrimonial y Servicios Generales seg?n Memorando N? 354-2020-MDSL-GAF-
SGLCPSG.
Dichos costos unitarios han sido incorporados a la Estructura de Costos del servicio de Emisi?n Mecanizada de Valores
2021,
determin?ndose un Costo Total del servicio ascendente a S/ 63,408.07 soles.
Estructura de Costos por servicio de Emisi?n Mecanizada de Valores 2021
Unidad
de
Medida
Costo
Unitario
(S/).
Costo
Mensual
(S/).
Costo
Total (S/).
Concepto
COSTOS DIRECTOS
61,345.74
20,453.19
20,453.19
792.41
61,345.74
20,453.19
20,453.19
792.41
COSTOS DE MANO DE OBRA DIRECTA
Personal Nombrado (D.L 276 y D.L. 728) y CAS
Actualizaci?n de Datos Tributarios
Asistente Tributario (Empleado ? D.L. 276)
Noti?caci?n de Cuponeras
10
1
1
Persona
2,401.24
33.00%
792.41
792.41
9
19,660.78
10,651.45
9,009.33
40,892.55
1,000.00
1,000.00
39,892.55
19,660.78
10,651.45
9,009.33
40,892.55
1,000.00
1,000.00
39,892.55
Noti?cador (CAS ? D.L. 1057)
5
Persona
Persona
2,130.29
2,252.33
100.00%
100.00%
Noti?cador (Obreros ? D.L. 728)
OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES
Movilidad
4
Noti?cador (fuera del distrito)
40
Unidad
25.00
100.00%
Servicios de Terceros
Servicio de Programaci?n - Apertura del periodo
?scal para la Emisi?n Masiva de los Impuesto
Municipales y Desarrollo del Aplicativo de impresi?n
para Cuponera Tributaria
1
Servicio
Servicio
8,500.00
2.57
100.00%
100.00%
8,500.00
8,500.00
Servicio de Impresi?n de Carpeta de Liquidaci?n de
Tributos Municipales (Cuponeras Tributarias)
12,215
31,392.55
31,392.55
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS
ADMINISTRATIVOS
2,062.32
2,062.32
COSTOS DE MANO DE OBRA INDIRECTA
Personal CAS (D.L. 1057)
2,062.32
2,062.32
1,031.16
1,031.16
0.00
2,062.32
2,062.32
1,031.16
1,031.16
0.00
2
1
1
Subgerente de Registro y Control de Deuda
Subgerente de Tecnolog?a de la Informaci?n
COSTOS FIJOS
Persona
Persona
5,155.81
5,155.81
20.00%
20.00%
Costo Total del servicio de Derecho de Emisi?n Mecanizada de Valores 2021 (S/).
63,408.07

El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020       NORMAS LEGALES
9
VI. COMPONENTES DE LA ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO 2021
6.1.
COSTOS DIRECTOS
Asciende al  total de S/  61,345.74 soles, que  corresponde a los  ?Costos de Mano  de Obra Directa?  y ?Otros Costos  y
Gastos Variables? generados en forma  directa por el proceso de la Emisi?n  Mecanizada de Valores y la noti?caci?n de
las Cuponeras Tributarias 2021.
Costo de Mano de Obra Directa
Descripci?n del componente
20,453.19
Componente
Costo (S/).
Asistente  Tributario: 01  Personal Nombrado  bajo  el R?gimen  del  Decreto Legislativo  N?  276,
a  cargo  de  la  Subgerencia  de  Registro  y  Control de  Deuda,  destinado  a  las  actividades  de
Actualizaci?n de Datos  Tributarios y Revisi?n de datos  tributarios del Padr?n de  Contribuyentes y
Predios, referentes a:
-
Ingreso de Valores  tributarios para la  determinaci?n de la Base  Imponible del Impuesto  Predial:
Registro de  informaci?n  de los  Valores Arancelarios  de Terrenos,  Valores Unitarios  O?ciales de
Edi?caci?n, Tablas de Depreciaci?n por antig?edad y estado de conservaci?n y Valores Unitarios de
algunas obras complementarias e instalaciones ?jas y permanentes.
Personal Nombrado
Empleado (D.L. 276)
-
Ingreso de Valores tributarios  para la determinaci?n de la tasa  de Arbitrios Municipales: Registro
792.41
de informaci?n  de los  par?metros y  tasa determinados  seg?n Ordenanza  Rati?cada de Arbitrios
Municipales  (clasi?caci?n  de   usos  de  predios  por  categor?a,   zoni?caci?n  del  servicio  y  sus
correspondientes tasas)
-
Revisi?n  de  los  datos   tributarios  contenidos  en  las  Declaraciones   Juradas  de  Autoavaluo
registradas en  la  base de  datos del  Sistema  Tributario que  se empleara  para  la Emisi?n  de la
Cuponera Tributaria  2021 (correcciones, validaci?n  de datos y  depuraci?n de  las inconsistencias
de la informaci?n tributaria).
La dedicaci?n al servicio es del 33%, por un periodo de un mes.
Para la labor, se demandara un total de 09 noti?cadores.
Personal Contratado      Noti?cadores: Comprende el costo  de 05 Personas bajo la modalidad  de Contrato Administrativo
CAS (D.L. 1057) y
Nombrado Obrero
(D.L. 728)
de Servicios  (CAS) del  Decreto Legislativo  N? 1057  (S/ 10,651.45  soles) y  04 Personas  bajo el
R?gimen del  Decreto Legislativo  N? 728  (S/ 9,009.33 soles).  Su labor  comprende la  noti?caci?n
de la Cuponera Tributaria en los domicilios ?scales ?jados en la jurisdicci?n del distrito de San Luis
19,660.78
(11,219
cuponeras) y fuera del distrito de San Luis (996 cuponeras), de acuerdo a la programaci?n
de distribuci?n. La dedicaci?n al servicio es del 100%, por un periodo de un mes durante el proceso.
Otros Costos y Gastos Variables
Descripci?n del componente
40,892.55
Componente
Costo (S/).
Corresponde al costo por concepto de movilidad que se asignara a 02 noti?cadores que efectuaran
diligencias  de noti?caci?n  de 996  cuponeras  tributarias de  996 contribuyentes  que  registran su
domicilio ?scal fuera de  la jurisdicci?n del distrito  de San Luis,  estim?ndose un costo aproximado
de movilidad  de S/. 1.00  por cada cuponera;  y en  la medida que  los 02 noti?cadores  efectuaran
una noti?caci?n de 996 cuponeras, se tendr?a entre los dos noti?cadores un costo de S/  996 soles,
previ?ndose tener  asignado un  importe de  S/ 4.00  como contingencia  en el  desplazamiento del
noti?cador hacia los domicilios ?scales, con  lo cual el costo total a  demandar seria de S/ 1,000.00
soles. Donde  el monto a  asignar en  forma diaria por  concepto de movilidad  por cada  noti?cador
ser? de la suma de S/ 25.00 soles por un total de 20 d?as. Dicho importe se sustenta, en que dicho
personal realizara diligencias de noti?caci?n fuera del distrito por diversas v?as de los distritos en que
se encuentre en  domicilio ?scal del contribuyente. Asimismo,  los d?as restantes  del mes cumplir?
labores de noti?caci?n dentro del distrito de San Luis (Informe N? 357-2020-MDSL-GSAT-SGRCD)
Movilidad
1,000.00
Comprende  el costo  de  un  servicio que  demandara  la  contrataci?n  de un  tercero  especialista
en base  de datos Visual  Fox, que realice  el servicio de  programar, dise?ar,  dar mantenimiento y
soporte a la base de datos de Rentas para los c?lculos  requeridos para la actualizaci?n de valores
y determinaci?n del  Impuesto Predial y Arbitrios  Municipales. El servicio  comprender? el an?lisis,
depuraci?n y revisi?n de la base  de datos de Rentas y corregir las inconsistencias para  la emisi?n
de Cuponeras Tributarias,  lo cual permitir? la  generaci?n de informaci?n  de apertura del ejercicio
?scal, c?lculo de  la Base Imponible  del Autoavaluo, Impuesto Predial  y Arbitrios Municipales y su
generaci?n en  la cuenta  corriente del Sistema  Tributario. Asimismo, comprende  el desarrollo  del
aplicativo inform?tico  para la  impresi?n y generaci?n  de los  datos de la  Cuponera Tributaria.  Su
dedicaci?n al servicio es del 100%.
Servicio de
Programaci?n
8,500.00

10
NORMAS LEGALES
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020  /
El Peruano
Componente
Descripci?n del componente
Costo (S/).
Comprende el  costo de  un servicio  que demandara  la contrataci?n  de un  tercero que  realice el
servicio de  impresi?n de 12,215  Carpetas de Liquidaci?n  de Tributos Municipales,  el cual consta
de la impresi?n de la tapa y contratapa, las hojas informativas que van en el interior de la cuponera
(Formatos  HR, PU,  HLP  y HLA  con  impresi?n variable  de  datos) y  sus  respectivos cargos  de
noti?caci?n. Su dedicaci?n al servicio es del 100%.
Servicio de
Impresi?n de Carpeta
de Liquidaci?n de
31,392.55
Tributos Municipales
6.2.
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS
Asciende al total  de S/. 2,062.32, que  corresponde a los  Costos de Mano de  Obra Indirecta que intervienen  en forma
indirecta en el proceso de la Emisi?n Mecanizada de Valores.
Costo de Mano de Obra Indirecta
Descripci?n del componente
El costo comprende la remuneraci?n de:
2,062.32
Componente
Costo (S/).
a) Subgerente de Registro y Control de Deuda: Su labor comprende la organizaci?n, plani?caci?n,
conducci?n y supervisi?n de todo el proceso de la emisi?n mecanizada. Su dedicaci?n al servicio es
el 20%, por un periodo de un mes. Su costo total es de S/ 1,031.16 soles.
Personal Contratado
CAS (D.L. 1057)
2,062.32
b) Subgerente de Tecnolog?a de la Informaci?n: Su labor comprende la de controlar y supervisar
la administraci?n y actualizaci?n de los par?metros tributarios (valores  arancelarios, cuadro unitario
de valores o?ciales de edi?caci?n, tablas de depreciaci?n y antig?edad, tasa aprobadas de Arbitrios
Municipales  y Derecho  de Emisi?n  Mecanizada,  valor de  UIT)  en el  Sistema  Tributario para  su
c?lculo y actualizaci?n. Su dedicaci?n al servicio es el 20%, por un periodo de un mes. Su costo total
es de S/ 1,031.16 soles.
6.3.
COSTOS FIJOS
No se incurre en dichos costos.
VII. DISTRIBUCI?N DEL COSTO POR DERECHO DE EMISI?N MECANIZADA DE VALORES 2021
Para la distribuci?n del Costo Total de la Emisi?n Mecanizada de  Valores de los recibos del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales del  a?o 2021, este  se realiza sobre  la totalidad de  los contribuyentes y  predios afectos registrados  en la
Base de datos de  la Administraci?n Tributaria, seg?n Informe N? 357-2020-MDSL/GSAT-SGRCD de  la Subgerencia de
Registro y Control de Deuda.
La metodolog?a  utilizada para la distribuci?n  de los costos,  se ha basado en dos aspectos  relacionados  a la cantidad
de  contribuyentes  y  predios  del distrito   para la  actualizaci?n   de la  informaci?n  tributaria,   esto es,  el  servicio  de
Impresi?n  de las Cuponeras  Tributarias  y su  respectiva  distribuci?n  (noti?caci?n)  en el  domicilio ?scal  ?jado por  el
contribuyente.
7.1.
Actualizaci?n de Informaci?n e Impresi?n
En relaci?n a los costos vinculados a la actividad de Actualizaci?n de informaci?n e impresi?n, se considera tomar como
referencia la cantidad de unidades prediales registradas en la Base de datos de la Administraci?n Tributaria y la cantidad
de contribuyentes  entre quienes se  va a  distribuir el costo  del servicio  de emisi?n, pues  la actividad  indicada resulta
variable para  cada contribuyente  en relaci?n  con la  cantidad de  predios que  sean de su  titularidad. En  ese sentido,
corresponder? un mayor costo del derecho de emisi?n para aquellos contribuyentes que posean m?s predios que a aquel
que posee un solo predio, pues implica un mayor tiempo  de dedicaci?n en la actualizaci?n de la informaci?n y mayores
recursos en la impresi?n.
De acuerdo  con la  informaci?n registrada  en  la Base de  datos de la  Administraci?n  Tributaria proporcionada  por  la
Subgerencia  de Registro  y  Control  de Deuda,  existen  un total  de 21,268  predios  afectos  y 12,215  contribuyentes
afectos  para el servicio  de la  Emisi?n Mecanizada  de  Valores. Se precisa  que  en la cantidad  de predio,  se incluye
a las  unidades registradas  como  accesorios  a las viviendas,  es  decir estacionamientos,   dep?sitos,  tendales, entre
otros.

El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020       NORMAS LEGALES
11
En el presente  informe, se  ha procedido a  vincular el grupo  de ?primeros predios?  (que corresponden  a cada uno  de
los contribuyentes  registrados)  con  el grupo  de ?predios  adicionales?,  hallando  una proporci?n  entre  ambos. Dicha
proporci?n  est? referida  a la  cantidad  de impresiones  (hojas) por  el ?primer  predio?  para el  contribuyente  titular de
los mismos  y la cantidad  de impresiones  correspondiente  a los predios  adicionales, tal  como se indica  en el  cuadro
siguiente:
Cantidad Hojas
1er. Predio
Cantidad Hojas
Predios Adicionales
Descripci?n
Total
Hoja de Resumen (HR)
Predio Urbano (PU)
12,215
12,215
0
12,215
9,053
0
21,268
12,215
Hoja de Liquidaci?n de Impuesto Predial (HLP)
Hoja de Liquidaci?n de Arbitrios Municipales (HLA)
Total
12,215
12,215
9,053
21,268
48,860
18,106
27.04%
11,557.84
66,966
Porcentaje de Participaci?n por Actividad
Costo Vinculado (S/).
72.96%
31,189.44
100.00%
42,747.28
Teniendo  en cuenta  el  porcentaje  estimado de  participaci?n,  se  identi?ca  el costo  correspondiente  a  cada  grupo,
tomando  como base  el costo  total por  esta actividad  S/ 42,747.28,  que es  el Costo  Total del  Servicio S/  63,408.07
menos el  Costo Total de  Mensajer?a S/ 20,660.78;  donde el  porcentaje de  participaci?n por  actividad es  del 72.96%
(S/ 31,189.44)  por actualizaci?n  de la  data vinculadas  al primer predio  y el  27.04% (S/ 11,557.84)  relacionado a  los
predios adicionales.
Luego, se procede a dividir el primer monto entre la cantidad de contribuyentes a ?n de determinar el costo por el primer
predio; y el segundo monto, entre los predios adicionales, para determinar costo por predio adicional, tal como se indica
en el cuadro siguiente:
Cantidad de
Contribuyentes
por 1er. Predio
Cantidad
de Predios
Adicionales
Total Costo
(Actualizaci?n
e Impresi?n)
Participaci?n
por Actividad
(%)
Costo
seg?n
Actividad
Costo por
Predio
Adicional
Costo por
1er. Predio
Actividad
Actualizaci?n de Datos e
Impresi?n
(5) = (3)
x (4)
(7) = (5)
/ (2)
(1)
(2)
(3)
(4)
(6) = (5) / (1)
2.50
Por 1er. Predio
12,215
72.96%
27.04%
100.00%
31,189.44
11,557.84
42,747.28
Por Predio Adicional
9,053
42,747.28
1.20
Total
42,747.28
De esta manera, el costo determinado es de S/. 2.50 por el primer predio y S/. 1.20 por cada predio adicional.
Costo de Distribuci?n a domicilio
7.2.
Para determinar  el costo  por distribuci?n al  domicilio ?scal  se procede  a distribuir el  costo de  dicho servicio entre  la
cantidad de contribuyentes.
Costo Total de
Mensajer?a 2021
Costo Unitario
Mensajer?a
Contribuyentes
(1)
(2)
(3) = (2) / (1)
12,215
20,660.78
1.60

12
NORMAS LEGALES
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020  /
El Peruano
Donde:
Costo Total de Mensajer?a 2021
Costo de Noti?cadores (Personal CAS y Nombrado)
Movilidad para Noti?cador (fuera del distrito)
Total
19,660.78
1,000.00
20,660.78
El Costo Total de Mensajer?a es de S/ 20,660.78, que resulta de sumar el costo por distribuir de 12,215 cuponeras. Como
se observa, el costo de distribuci?n a domicilio es de S/ 1.60 por contribuyente.
7.3.
Derecho de Emisi?n - Estimado
Los costos estimados para el a?o 2021 para cada contribuyente  por concepto de Emisi?n Mecanizada de Actualizaci?n
de valores, determinaci?n del Impuesto Predial, liquidaci?n de Arbitrios Municipales y su distribuci?n a domicilio, son los
siguientes:
Actualizaci?n de Datos
e Impresi?n
Distribuci?n a
Domicilio
Derecho de
Emisi?n 2021
Condici?n
Costo Total
(1)
(2)
(3) = (1) + (2)
4.10
Por Contribuyente 1er. Predio
Por Predio Adicional
2.50
1.20
1.60
4.10
1.20
1.20
El costo de emisi?n y  mensajer?a para los contribuyentes de un solo predio  ascender? a S/ 4.10 soles, y para  aquellos
contribuyentes que posean m?s de un predio ascender? a S/ 1.20 soles m?s por cada predio adicional al primero.
VIII. ESTIMACI?N DE INGRESO POTENCIAL DE EMISION MECANIZADA DE VALORES 2021
A efectos de considerar la Estimaci?n  de Ingresos respecto del Derecho de  Emisi?n Mecanizada, se precisa que en  la
tasa no se aplican exoneraciones. El siguiente cuadro muestra los ingresos estimados tomando  en cuenta el monto por
Derecho de Emisi?n Mecanizada de Valores servicio de emisi?n mecanizada de actualizaci?n de valores, determinaci?n
del Impuesto Predial, liquidaci?n de Arbitrios Municipales y su distribuci?n a domicilio para el 2021.
Costo Unitario
Ingreso Potencial
Comparativo
Por
Por Predio
Adicional
(S/).
Cobertura
de Costo
(%)
Actividad
Descripci?n
Cantidad
Contri-
buyente
(S/).
Actividad
(S/).
Costo
Total (S/).
Diferencia
(S/).
Por Tipo (S/).
(4)
= (1) x (2)
(7) = (6)
- (5)
(8) = (5)
/ (6)
(1)
(2)
(3)
(5)
(6)
;
(3)
Contribuyentes
(por primer
predio)
12,215
2.50
30,537.50
10,863.60
Actualizaci?n
de Datos e
Impresi?n
41,401.10
42,747.28
1,346.18
96.85%
Predios adicional
al primero
9,053
1.20
Mensajer?a
Contribuyentes
12,215
1.60
19,544.00
19,544.00
60,945.10
20,660.78
1,116.78
94.59%
96.12%
Total
4.10
1.20
60,945.10
63,408.07
2,462.97
Del cuadro  precedente, los ingresos  provenientes por la determinaci?n  del Derecho de  Emisi?n Mecanizada 2021  no
superan el Costo Total del servicio 2021, llegando a cubrir el 96.12% del mismo.
1
La base imponible para la determinaci?n del impuesto est? constituida por el valor total de los predios del contribuyente
ubicados en cada jurisdicci?n distrital
1915594-1