Ordenanza que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada de autoavaluo y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio fiscal 2021
?A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
ORDENANZA N? 302-MDSL/C
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL
MONTO POR DERECHO DE EMISI?N
MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N
DE VALORES, DETERMINACI?N
Y DISTRIBUCI?N A DOMICILIO
DE LA DECLARACI?N JURADA DE
AUTOAVALUO Y LIQUIDACI?N DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS
MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2021
ACUERDO DE CONCEJO N? 404
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL
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NORMAS LEGALES
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
El Peruano
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
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ACUERDO DE CONCEJO N? 404
Lima, 17 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El O?cio N? D000242-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT de fecha
de noviembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 302-MDSL/C que establece
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el derecho de emisi?n mecanizada de actualizaci?n de valores, determinaci?n y distribuci?n a domicilio de la declaraci?n
jurada y liquidaci?n del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2021, en el distrito de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Art?culo 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con la Norma IV del C?digo Tributario,
aprobado mediante Decreto Legislativo N? 816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden
crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites que
se?ala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art?culo 40 de la Ley N? 27972 - Ley Org?nica de Municipalidades,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati?cadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085, que aprueba el procedimiento de rati?caci?n de
Ordenanzas Tributarias Distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital recurrente aprob? la Ordenanza
objeto de la rati?caci?n remiti?ndola conjuntamente con el expediente de rati?caci?n digitalizado que incluye los
respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima - SAT, con
car?cter de Declaraci?n Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de
sus competencias;
Que, a trav?s del Informe N? D000073-2020-SAT-ART de fecha 27 de noviembre de 2020, el ?rea Funcional
de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT,
opin? favorablemente respecto a la ratificaci?n solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas
aplicables, de conformidad con la Ordenanza N? 2085 y la Directiva N? 001-006-00000015-SAT, publicada el 30
de junio de 2011; debi?ndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal
Institucional;
Que, el monto por concepto del derecho de emisi?n mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales por
primer predio exigible a los contribuyentes asciende a S/. 4.10, en tanto que por predio adicional se determin? el monto
de S/. 1.20, los cuales han sido determinados de acuerdo con el costo efectivo de la prestaci?n del servicio;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los Art?culos
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y 41 de la Ley N? 27972 - Ley Org?nica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de
Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en su
Dictamen N? 127-2020-MML/CMAEO de fecha 11 de diciembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa
del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati?car la Ordenanza N? 302-MDSL/C, que establece el derecho de emisi?n mecanizada de actualizaci?n
de valores, determinaci?n y distribuci?n a domicilio de la declaraci?n jurada y liquidaci?n del impuesto predial y arbitrios
municipales para el ejercicio 2021, en el distrito de San Luis.
Art?culo 2. El presente Acuerdo rati?catorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su
publicaci?n, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati?cada. La aplicaci?n de la Ordenanza materia de la presente
rati?caci?n, sin la condici?n antes se?alada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad
Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima - SAT que posteriormente al cumplimiento del
citado requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, comun?quese y c?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde
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NORMAS LEGALES
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
El Peruano
ORDENANZA N? 302-MDSL/C
San Luis, 17 de noviembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
POR CUANTO
El Concejo Municipal de San Luis, en Sesi?n Extraordinaria de la fecha.
VISTO:
El Informe N? 081-2020-MDSL/GSAT de la Gerencia de Servicio de Administraci?n Tributaria, el Informe Legal
N? 316-2020-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica que contiene el Prove?do N? 525-2020-AL/MDSL de la
Gerencia Municipal; sobre el proyecto de Ordenanza que establece el monto por Derecho de Emisi?n Mecanizada de
actualizaci?n de valores, determinaci?n y distribuci?n a domicilio de la Declaraci?n Jurada de Autoavaluo y Liquidaci?n
del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio ?scal 2021; y
CONSIDERANDO:
Que el Art?culo 194? de la Constituci?n Pol?tica del Per?, modi?cado por Ley N? 30305, ?Ley de Reforma de
los Art?culos 191?, 194? y 203? de la Constituci?n Pol?tica del Per? sobre denominaci?n y no reelecci?n inmediata
de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes? establece que las Municipalidades Provinciales y
Distritales son ?rganos de gobierno local con autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de
su competencia (?); en concordancia con el Art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de
Municipalidades;
Que el Art?culo 74? de la Constituci?n Pol?tica del Per? establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modi?car
y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites que se?ala la ley;
Que el Art?culo 39? de la Ley Org?nica de Municipalidades, Ley N? 27972, establece que los Concejos Municipales
ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobaci?n de ordenanzas y acuerdos; se?alando a su vez el inciso 8)
del Art?culo 9? de la misma norma que es atribuci?n del Concejo Municipal aprobar, modi?car o derogar las Ordenanzas
y dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo;
Que elArt?culo 40? de la norma citada en concordancia con la Norma IV del T?tulo Preliminar del Texto ?nico Ordenado
del C?digo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N? 133-2013-EF y modi?catorias, dispone que mediante
Ordenanza se crean, modi?can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro
de los l?mites establecidos por Ley, debiendo ser las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades
Distritales y ser rati?cadas por la Municipalidad Provincial de su circunscripci?n;
Que el Art?culo 14? del T.U.O. de la Ley de Tributaci?n Municipal aprobado por Decreto Supremo N? 156-2004-EF y
modi?catorias, establece que la actualizaci?n de valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligaci?n de
presentar la declaraci?n jurada anualmente;
Que la Cuarta Disposici?n Final del T.U.O. de la Ley de Tributaci?n Municipal, establece que las Municipalidades que
brinden el servicio de emisi?n mecanizada de actualizaci?n de valores, determinaci?n de impuestos y recibos de pago
correspondientes, incluida su distribuci?n a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no m?s del 0.4%
de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio;
Que con Ordenanza N? 2085-MML, se aprueba el Procedimiento de Rati?caci?n de Ordenanzas Tributarias Distritales
en el ?mbito de la Provincia de Lima;
Que el servicio municipal de Emisi?n Mecanizada de Valores para el Contribuyente consiste en la actualizaci?n de
valores, determinaci?n de tributos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribuci?n a domicilio;
Que la Gerencia de Servicio de Administraci?n Tributaria mediante Informe N? 081-2020-MDSL/GSAT, eleva
el proyecto de Ordenanza que establece el monto por Derecho de Emisi?n Mecanizada de actualizaci?n de valores,
determinaci?n y distribuci?n a domicilio de la Declaraci?n Jurada de Autoavaluo y Liquidaci?n del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales para el ejercicio ?scal 2021.
Que la Gerencia de Asesor?a Jur?dica con Informe Legal N? 316-2020-MDSL/GAJ emite opini?n favorable al presente
proyecto de Ordenanza.
Estando al uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Art?culo 9? y 40? de la Ley Org?nica de
Municipalidades, Ley N? 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con la dispensa del tr?mite
de la lectura y aprobaci?n del Acta y con cargo a redacci?n, el Pleno de Concejo aprob? por UNANIMIDAD, la
siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISI?N
MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N DE VALORES, DETERMINACI?N Y DISTRIBUCI?N
A DOMICILIO DE LA DECLARACI?N JURADA DE AUTOAVALUO Y LIQUIDACI?N DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
Art?culo Primero.- FIJAR en S/ 4.10 (Cuatro y 10/100 soles) el monto anual que deber?n abonar los contribuyentes
titulares de un solo predio por concepto de Derecho de Emisi?n Mecanizada deActualizaci?n de Valores, Determinaci?n y
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Distribuci?n a domicilio de la Declaraci?n Jurada de Autoavaluo y Liquidaci?n del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
para el ejercicio 2021; y en S/ 1.20 (Uno con 20/100 soles) por predio adicional.
Art?culo Segundo.- El Derecho de Emisi?n Mecanizada de Valores ser? abonado en la Primera Cuota fraccionada
del pago del Impuesto Predial 2021.
Art?culo Tercero.- Fijar como tope m?ximo el 0.4% de la UIT vigente al 01/01/2021, como concepto de Derecho de
Emisi?n Mecanizada para los contribuyentes que posean m?s de un predio.
Art?culo Cuarto.- Aprobar el Informe T?cnico, Cuadro de Estructura de Costos y Cuadro de Estimaci?n de Ingresos
por Derecho de Emisi?n Mecanizada de actualizaci?n de valores, determinaci?n y distribuci?n a domicilio de la Declaraci?n
Jurada de Autoavaluo y Liquidaci?n del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2021 de la jurisdicci?n
del distrito de San Luis, los mismos que como anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primero.- La presente Ordenanza entrar? en vigencia a partir del 01 de enero del a?o 2021, previa publicaci?n en el
Diario O?cial El Peruano del Texto ?ntegro de la presente Ordenanza, Informe T?cnico, Estructura de Costos y Anexos,
as? como del Acuerdo de Concejo emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima que aprueba su rati?caci?n.
Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicio de Administraci?n Tributaria y Subgerencia de Registro y Control de
Deuda el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Tecnolog?a de la Informaci?n su implementaci?n
en el Sistema General de Administraci?n Tributaria (SIS), as? como a la Secretaria General su publicaci?n en el Diario
O?cial El Peruano.
Tercero.- La presente Ordenanza con su texto ?ntegro, Informe T?cnico y sus anexos, y Acuerdo Rati?catorio, se
encontrar? publicado en la p?gina web de la Municipalidad Distrital de San Luis (www.munisanluis.gob.pe) y en la p?gina
web del Servicio de Administraci?n Tributaria - SAT (www.sat.gob.pe), de conformidad con lo previsto en la Ordenanza
N? 2085-MML.
Cuarto.- Fac?ltese al Alcalde del distrito de San Luis, para que mediante Decreto de Alcald?a dicte las disposiciones
complementarias, que sean necesarias para la adecuada aplicaci?n de la presente Ordenanza.
Quinto.- D?jese sin efecto la Ordenanza N? 300-MDSL/C de fecha 28 de octubre de 2020 y toda disposici?n que se
oponga a la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Reg?strese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA
Alcalde
INFORME T?CNICO
DETERMINACION DEL COSTO, METODOLOGIA DE DISTRIBUCION DEL COSTO Y ESTIMACION DE
INGRESOS DEL DERECHO DE EMISI?N MECANIZADA DE ACTUALIZACI?N DE VALORES, DETERMINACI?N
Y DISTRIBUCI?N A DOMICILIO DE LA DECLARACI?N JURADA DE AUTOAVALUO Y LIQUIDACI?N DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2021
I. ASPECTOS GENERALES
El presente Informe T?cnico contiene la Estructura de Costos que sustenta la determinaci?n del monto por Derecho de
Emisi?n Mecanizada de Actualizaci?n de Valores, Determinaci?n y Distribuci?n a domicilio de la Declaraci?n Jurada de
Autoavaluo y Liquidaci?n del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del a?o 2021. Asimismo, se?ala la tasa individual a
cobrar por este derecho a los contribuyentes del distrito de San Luis, detallando cada uno de los componentes del costo
total y explicando su relaci?n con la prestaci?n del servicio, as? como la metodolog?a de distribuci?n del referido costo.
II. FORMATOS DE LA CUPONERA TRIBUTARIA 2021
Comprende:
-
Hoja de Resumen: Enti?ndase por Recibo HR, al formato impreso actualizado que contiene la informaci?n general de
los datos y predios del contribuyente, as? como el valor del Autoavaluo de cada uno de ello, el domicilio ?scal, la base
imponible y el monto del Impuesto Predial.
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El Peruano
-
Predio Urbano: Enti?ndase por Recibo PU, al formato impreso actualizado que contiene la informaci?n general de los
datos del contribuyente, codi?caci?n tributaria del c?digo de predio y uso, antig?edad, caracter?sticas y categor?as de
edi?caci?n, ?rea construida, valor de otras instalaciones y ?rea de terreno para la determinaci?n de la Base Imponible de
Autoavaluo de los predios del contribuyente.
-
Hoja de Liquidaci?n de Impuesto Predial: Enti?ndase por Recibo HLP, al formato impreso actualizado que contiene
la determinaci?n de pago anual y trimestral del Impuesto Predial.
-
Hoja de Liquidaci?n de Arbitrios Municipales: Enti?ndase por Recibo HLA, al formato impreso actualizado
que contiene la informaci?n general de los datos del contribuyente con las liquidaciones de Arbitrios de Limpieza
P?blica (Recolecci?n de Residuos S?lidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo de los predios del
contribuyente.
-
Tapa y Contratapa: Enti?ndase al formato donde se incorporara los formatos impresos de HR, PU, HLP y HLA para su
noti?caci?n al contribuyente.
-
Cargo de Noti?caci?n: Enti?ndase por el formato impreso que contiene los datos generales y domicilio ?scal ?jado por
el contribuyente ante los registros de la Administraci?n Tributaria, que se empleara en el acto de noti?caci?n y recepci?n
de entrega de la cuponera tributaria.
Es as? que una Cuponera Tributaria de 01 contribuyente que registra 01 predio, est? compuesto por 01 Hoja de Resumen
(HR), 01 Predio Urbano (PU), 01 Hoja de Liquidaci?n de Impuesto Predial (HLP) y 01 Hoja de Liquidaci?n de Arbitrios
Municipales (HLA). Para el caso de un contribuyente que registra m?s de 01 predio, estar? compuesto por 01 Hoja de
Resumen (HR), 01 Hoja de Liquidaci?n de Impuesto Predial (HLP), y en el caso de las hojas de Predio Urbano (PU)
y Hoja de Liquidaci?n de Arbitrios Municipales (HLA) depender? del n?mero de predios que registre inscrito ante la
Administraci?n Tributaria. A dichos formatos se le incluir? una tapa y contratapa de cuponera y un cargo de noti?caci?n
por cada contribuyente.
III. PROCESO Y ACTIVIDADES DE LA EMISI?N MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES 2021
La Subgerencia de Registro y Control de Deuda con Informe N? 357-2020-MDSL-GSAT-SGRCD remite el Plan de Trabajo
del servicio de Emisi?n Mecanizada de Actualizaci?n de Valores 2021, el cual se?ala las actividades que involucra el
proceso de la Emisi?n Mecanizada del a?o 2021, que corresponde a:
1.
ACTUALIZACI?N DE DATOS TRIBUTARIOS
Esta actividad comprende el ingreso de informaci?n a la Base de datos de Contribuyentes y Predios por parte del
?Asistente Tributario? para su actualizaci?n correspondiente a:
a) Ingreso de Valores Tributarios para la determinaci?n de la Base Imponible del Impuesto Predial.- Consiste en el
ingreso de informaci?n a la Base de datos de Predios relacionada a: Valores Arancelarios de Terrenos, Valores Unitarios
O?ciales de Edi?caci?n, Tablas de Depreciaci?n por antig?edad y estado de conservaci?n y Valores Unitarios de algunas
obras complementarias e instalaciones ?jas y permanentes.
b) Ingreso de Valores Tributarios para la determinaci?n de la tasa de Arbitrios Municipales.- Consiste en la
actualizaci?n de los nuevos par?metros determinados seg?n Ordenanza Rati?cada que regula el R?gimen Tributario de
Arbitrios Municipales del a?o 2021 (clasi?caci?n de usos de predios por categor?a, zoni?caci?n del servicio y sus tasas
rati?cadas)
2.
REVISI?N DE DATOS TRIBUTARIOS DEL PADR?N DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS
Comprende la revisi?n de los datos tributarios contenidos en las Declaraciones Juradas de Autoavaluo registradas
en la base de datos del Sistema Tributario que se empleara para la Emisi?n de la Cuponera Tributaria 2021. El
?Asistente Tributario? efectuara correcciones, validaci?n de datos y depuraci?n de las inconsistencias de la informaci?n
tributaria que hubiere, conforme al Padr?n de Contribuyentes y Predios remitido por la Subgerencia de Tecnolog?a de
la Informaci?n (datos del domicilio ?scal, ubicaci?n del predio, par?metros del c?lculo del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales).
3.
SERVICIO DE PROGRAMACI?N E IMPLEMENTACION DE APLICATIVOS INFORMATICOS
Corresponde al requerimiento de la contrataci?n de un tercero especialista en base de datos Visual Fox (orden de
servicio), que es el lenguaje de programaci?n del Sistema Tributario con que cuenta la Subgerencia de Registro y Control
de Deuda para la determinaci?n del c?lculo del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. El servicio de tercerizaci?n
ejecutara un servicio de programar, dise?ar, dar mantenimiento y soporte a las tablas de la base de datos de Rentas para
los c?lculos requeridos para la actualizaci?n de valores y determinaci?n del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Sus
actividades comprender?n:
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3.1.
Generaci?n de informaci?n de apertura del ejercicio ?scal 2021: Requiere contar con la informaci?n de car?cter
tributario (UIT, Tabla de Valores Unitarios O?ciales de Edi?caci?n, Valores Arancelarios de Terrenos, Fechas de vencimiento
de tributos, tasas rati?cadas de Arbitrios Municipales, Derecho por Emisi?n Mecanizada, identi?caci?n de usos, sectores
de servicio, variables para los par?metros del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, migraci?n de la informaci?n de la
Declaraci?n Jurada de Autoavaluo del a?o 2020 al 2021, con las pruebas y veri?caci?n de datos respectivos.
3.2.
Desarrollo del aplicativo para la impresi?n de la Cuponera Tributaria: Teniendo en cuenta que el actual
Sistema Tributario (de programaci?n visual Fox Pro) con el que cuenta la Subgerencia de Registro y Control de Deuda,
no cuenta con un M?dulo propio para la Emisi?n e Impresi?n Masiva de la Cuponera Tributaria que est? integrado al
Sistema Tributario, y permita la generaci?n de la impresi?n masiva de los formatos tributarios de un ejercicio ?scal, es
necesario tambi?n que este servicio de programaci?n contratado realizado a trav?s de un servicio de tercero, ejecute
tambi?n el desarrollo de un aplicativo inform?tico que permita la impresi?n de los Formatos Tributarios HR, PU, HLP,
HLA y cargo de noti?caci?n de la Cuponera Tributaria 2021. El desarrollo del aplicativo inform?tico para la impresi?n
masiva de la Cuponera Tributaria 2021, comprender?: generaci?n de datos proveniente de la Declaraci?n Jurada de
Autoavaluo para la impresi?n de la Cuponera Tributaria, pruebas de control de calidad de la informaci?n y dise?o de
formato y mecanismos de Impresi?n masiva de los Formatos HR, PU, HLP y HLA, as? como el dise?o del cargo de
noti?caci?n.
4.
SERVICIO DE IMPRESI?N DE CARPETA DE LIQUIDACI?N DE TRIBUTOS MUNICIPALES
Para la ejecuci?n de esta actividad, se requiere previamente contar con un Aplicativo inform?tico para la Impresi?n
masiva de la Declaraci?n Jurada de Autoavaluo del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (Formatos HR, PU, HLP
y HLA y cargo de noti?caci?n). Para ello, el servicio de tercero empleara el aplicativo inform?tico prove?do en medio
magn?tico (CD) por la Subgerencia de Registro y Control de Deuda en coordinaci?n con la Subgerencia de Tecnolog?a
de la Informaci?n.
La actividad comprende el requerimiento de contrataci?n de un tercero para el servicio de impresi?n de carpetas de
liquidaci?n de tributos municipales 2021 (100% de dedicaci?n al servicio) de los contribuyentes vigentes para el a?o
2021,
el cual consta de un servicio de impresi?n de la tapa y contratapa de la cuponera tributaria, formatos tributarios que
van en el interior de la cuponera, HR, PU, HLA y HLP, cargo de noti?caci?n a emplearse en la diligencia de noti?caci?n,
compaginado de los formatos tributarios impresos de la cuponera seg?n correlativo de impresi?n y embolsado de
la carpeta de liquidaci?n de tributos y engrampado del cargo de noti?caci?n de la carpeta de liquidaci?n de tributos
municipales. Concluido el servicio de impresi?n, el servicio de tercero deber? hacer entrega del material en forma
ordenada de acuerdo a la base de datos entregada por la Administraci?n Tributaria (correlativo) por zonas; donde cada
cuponera deber? encontrarse embolsado y agrupadas en cajas debidamente embaladas y rotuladas.