?A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N DE LA SALUD?
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
ORDENANZA N? 436-MDSJM
ORDENANZA N? 441/MDSJM
ORDENANZA QUE APRUEBA
R?GIMEN TRIBUTARIO DE
ARBITRIOS DE LIMPIEZA P?BLICA,
PARQUES Y JARDINES Y
SERENAZGO PARA EL EJERCICIO
2021
EN EL DISTRITO DE SAN JUAN
DE MIRAFLORES
ACUERDO DE CONCEJO N? 407
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 407
Lima, 17 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El O?cio N? D000251-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, de fecha
de diciembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 441/MDSJM que modi?ca
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la Ordenanza N? 436-MDSJM, que establece el r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles
y Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2021, en el distrito de San Juan de
Mira?ores, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Art?culos 74 y 195 de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con la Norma IV del C?digo
Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N? 816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza,
pueden crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites
que se?ala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art?culo 40 de la Ley N? 27972?Ley Org?nica de Municipalidades,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati?cadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicaci?n de lo normado por la Ordenanza N? 2085, que aprueba el procedimiento de rati?caci?n
de Ordenanzas Tributarias Distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital recurrente aprob? la
Ordenanza objeto de la rati?caci?n remiti?ndola conjuntamente con el expediente de rati?caci?n digitalizado, que
incluye los respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?
SAT, con car?cter de Declaraci?n Jurada, sujetos a revisi?n por las entidades competentes, y el citado organismo
en uso de sus competencias;
Que, a trav?s del Informe N? D000082-2020-SAT-ART de fecha 02 de diciembre de 2020, el ?rea Funcional de
Rati?caciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, opin?
favorablemente respecto a la rati?caci?n solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables y la
Directiva N? 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debi?ndose efectuar las publicaciones pertinentes
en el Diario O?cial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, la Ordenanza N? 441/MDSJM, que es materia de rati?caci?n, mantiene las disposiciones t?cnicas
establecidas para el ejercicio 2020, aprobadas mediante Ordenanza N? 420/MDSJM, publicada el 31 de diciembre
de 2019 y rati?cada por Acuerdo de Concejo N? 385, reajustando sus tasas y costos para el ejercicio 2021 con la
variaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor al mes de agosto de 2020 (1.24 %) establecido en la Resoluci?n
Jefatural N? 161-2020-INEI;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los Art?culos
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y 41 de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de
Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT y por la Comisi?n Metropolitana de Asuntos Econ?micos y Organizaci?n, en
su Dictamen N? 130-2020-MML/CMAEO de fecha 11 de diciembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, con
dispensa del tr?mite de aprobaci?n del acta;
ACORD?:
Art?culo 1. Rati?car la Ordenanza N? 441/MDSJM que modi?ca la Ordenanza N? 436-MDSJM, que establece el
r?gimen tributario de los arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques
y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2021 en el distrito de San Juan de Mira?ores, y mantiene la aplicaci?n de las
tasas aprobadas y rati?cadas para el ejercicio 2020, reajustadas con el ?ndice de Precios al Consumidor de 1.24 %,
correspondiente al mes de agosto de 2020.
Art?culo 2. El presente Acuerdo rati?catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su
publicaci?n hasta el 31 de diciembre del 2020, as? como del texto ?ntegro de la Ordenanza rati?cada, incluido el Informe
T?cnico. La aplicaci?n de la Ordenanza, materia de la presente rati?caci?n, sin la condici?n antes se?alada, es de
exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT que posterior al cumplimiento del
citado requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente
Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovaci?n la publicaci?n del presente Acuerdo en el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
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ORDENANZA N? 436-MDSJM
San Juan de Mira?ores, 29 de setiembre de 2020
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
VISTOS:
En sesi?n ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N? 032-2020-GAT-MDSJM de la Gerencia de Administraci?n
Tributaria, el Memor?ndum N? 0249-2020-GPP-MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe N?
0127-2020-GSC-MDSJM
de la Gerencia de Gesti?n Ambiental, Memor?ndum N? 480-2020-GCSC-MDSJM de la
Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial y el Informe N? 389-2020-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, el
Memor?ndum N? 1046-2020-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al art?culo 194? de la Constituci?n Pol?tica del Per?, modi?cada por la Ley de Reforma Constitucional
N? 28607, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son ?rganos de Gobierno Local que gozan de
autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal,
la funci?n normativa a trav?s de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del art?culo 200? de
nuestra Carta Magna;
Que, el art?culo 74? de la Constituci?n Pol?tica del Per? en concordancia con la Norma IV del T?tulo Preliminar
del Texto ?nico Ordenado del C?digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N? 133-2013-EF otorga a los
gobiernos locales potestad tributaria, para crear, modi?car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios licencias y derechos
municipales y exonerar de ellos, dentro de su jurisdicci?n y con los l?mites que se?ala la Ley;
Que, de acuerdo a lo establecido en el art?culo 68? del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal
aprobado mediante Decreto Supremo N?156-2004-EF, las Municipalidades pueden imponer entre otras tasas, la de
arbitrios, que es aquella que se paga por la prestaci?n o mantenimiento de un servicio p?blico individualizado en el
contribuyente, de?nici?n que guarda concordancia con lo que establece la Norma II del T?tulo Preliminar del Texto ?nico
Ordenado del C?digo Tributario aprobado por D.S. N? 133-2013-EF; asimismo, establece en forma gen?rica en su
art?culo 69?, que las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, se calcular?n dentro del ?ltimo trimestre de cada ejercicio
?scal anterior al de su aplicaci?n en funci?n del costo efectivo del servicio a prestar, estableciendo adem?s que para la
distribuci?n entre los contribuyentes del costo de los arbitrios, se deber? utilizar de manera vinculada y dependiendo del
servicio p?blico involucrado, entre otros criterios que resulten v?lidos para la distribuci?n el uso, el tama?o y ubicaci?n
del predio del contribuyente, debi?ndose asimismo considerar los principios se?alados en las Sentencias del Tribunal
Constitucional reca?das en los Expedientes N? 0053-2004-PI/TC y N? 0020-2006-PI/TC;
Que, el art?culo 69-B del Decreto Supremo N? 156-2004-EF, establece que en caso que las Municipalidades no
cumplan con lo dispuesto en el art?culo 69-A, en el plazo establecido por dicha norma, s?lo podr?n determinar el importe
de las tasas por servicios p?blicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios p?blicos o
arbitrios al 1 de enero del a?o ?scal anterior, reajustado con la aplicaci?n de la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios
al Consumidor (IPC), vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente
a dicho ejercicio ?scal;
Que, es necesario adoptar las medidas correspondientes para asegurar la continuidad, mejoras y el buen
funcionamiento de los servicios p?blicos ?nanciados por los arbitrios mencionados en el considerando anterior;
Que, mediante Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, se aprueba el ?ndice de Precios al Consumidor de Lima
Metropolitana correspondiente al mes de agosto de 2020, estableciendo la variaci?n porcentual acumulada en
1.24%
, por lo que corresponde reajustar a dicho porcentaje los montos de las Tasas de Arbitrios de Limpieza P?blica
(Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos S?lidos), de Parques y Jardines, y de Serenazgo aprobadas mediante
las Ordenanza N? 420-MDSJM rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 385-MML del 20 de diciembre del 2019
respectivamente, las cuales ser?n de aplicaci?n para el Ejercicio 2021;
Que, mediante los informes del visto, la Gerencia de Gesti?n Ambiental, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial,
y unidades org?nicas prestadoras y supervisoras de los servicios de recolecci?n de residuos s?lidos, barrido de calles,
mantenimiento de parques y jardines y de seguridad ciudadana, opinan que los costos que fueran aprobados por las
Ordenanza N? 420-MDSJM, son adecuadas para la atenci?n de los servicios p?blicos para el ejercicio 2021;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, procedi? a evaluar la ejecuci?n presupuestal de los Arbitrios
Municipales correspondientes al ejercicio 2021, donde se ha evidenciado un avance de m?s del 100% de los costos
aprobados por la Ordenanza N? 420-MDSJM, que aprueba el r?gimen legal de dichos tributos para el a?o 2020, lo
que demuestra que la Municipalidad ha ejecutado los costos de manera responsable a efectos de obtener las metas y
objetivos incorporados en los Planes de Servicios.
Que, mediante Informe N?389-2020-GAJ-MDSJM, la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, emite opini?n FAVORABLE
para la emisi?n del proyecto de ordenanza que aprueba R?gimen tributario de arbitrios de Limpieza P?blica, Parques y
Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2021 en el distrito de San Juan de Mira?ores;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del art?culo 9? y el art?culo 40? de
la Ley N? 27972 ? Ley Org?nica de Municipalidades y con el voto por UNANIMIDAD de los se?ores regidores y la con
dispensa del tr?mite de lectura y aprobaci?n del Acta; se aprob? la siguiente:
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
ORDENANZA
QUE APRUEBA R?GIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA P?BLICA, PARQUES Y JARDINES Y
SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2021 EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
CAP?TULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art?culo 1?.- MARCO LEGAL APLICABLE
APL?QUESE para el ejercicio gravable 2021, lo dispuesto en la Ordenanza N? 420-MDSJM rati?cada mediante
Acuerdo de Concejo N? 385-MML del 20 de diciembre del 2019 y publicados en el Diario O?cial El Peruano el 31 de
diciembre del 2019.
Art?culo 2?.- DETERMINACI?N DE TASAS MUNICIPALES
REAJ?STESE los montos de las tasas aprobadas mediante Ordenanza N? 420-MDSJM rati?cada mediante
Acuerdo de Concejo N? 385-MML del 20 de diciembre del 2019 de los Arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y
Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines, y de Serenazgo, mediante la aplicaci?n del ?ndice de Precios
al Consumidor de Lima Metropolitana, acumulado al mes de agosto del 2020, ascendente al 1.24%, aprobado
mediante Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, publicada el 01 de septiembre del 2020 en el Diario O?cial El
Peruano.
Art?culo 3?.- APROBACI?N DEL INFORME T?CNICO
APRU?BESE el informe t?cnico que sustenta que se mantengan los costos y el reajuste de las tasas con aplicaci?n
del IPC por los Arbitrios de Barrido de Arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos
S?lidos), de Parques y Jardines, y de Serenazgo, aprobadas mediante la Ordenanza N? 420-MDSJM rati?cada mediante
Acuerdo de Concejo N? 385-MML del 20 de diciembre del 2019, que como Anexo forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Art?culo 4? - CUMPLIMIENTO Y DIFUSI?N
ENC?RGUESE a la Gerencia de Administraci?n Tributaria y a la Subgerencia de Tecnolog?a de la Informaci?n y
Soporte Inform?tico, el debido cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional, la difusi?n de la misma.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- FAC?LTESE a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcald?a dicte las disposiciones reglamentarias
y complementarias necesarias para la adecuada aplicaci?n de la presente Ordenanza.
Segunda.- P?NGASE a conocimiento de los interesados que el texto ?ntegro de las ordenanzas y el acuerdo
rati?catorio, se encontrar?n publicadas en el portal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira?ores www.munisjm.
gob.pe, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y el Portal del Servicio de
Administraci?n Tributaria ? SAT, p?gina web www.sat.gob.pe .
Tercera.- DER?GUESE toda disposici?n que se oponga a la presente Ordenanza.
Cuarta.- La presente Ordenanza entrar? en vigencia a partir del 1 de enero del a?o 2021, previa publicaci?n en el
Diario O?cial El Peruano de su texto normativo, conjuntamente con el Informe T?cnico, as? como del Acuerdo de Concejo
de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la rati?que.
Quinta.- OTORGAR de manera excepcional, un bene?cio consistente en un tope de incremento m?ximo de un 15%
de la tasa en los arbitrios municipales para el ejercicio 2021 tomando como referencia los montos determinados de los
Arbitrios Municipales generados en el ejercicio 2020, para todos los contribuyentes del distrito.
Sexta.- ENC?RGUESE a las Gerencias competentes el cumplimiento de los dispuesto en la presente Ordenanza.
Reg?strese comun?quese, publ?quese y c?mplase.
MARIA CRISTINA NINA GARNICA
Alcaldesa
ORDENANZA N? 441/MDSJM
San Juan de Mira?ores, 26 de noviembre del 2020
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES.
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
VISTOS: En sesi?n Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N? 397-2020-GAT-MDSJM de la Gerencia de
Administraci?n Tributaria, mediante el cual se remite el proyecto de Ordenanza que modi?ca la Ordenanza N? 436-MDSJM
que aprueba el R?gimen Tributario de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio
2021
en el distrito de San Juan de Mira?ores, el Memor?ndum N? 388-2020-GPP-MDSJM de la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto, y el Informe N? 470-2020-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, el Memor?ndum N? 1479-
de la Gerencia Municipal;
2020-GM/MDSJM
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:
Que, el art?culo 194? de la Constituci?n Pol?tica del Per?, modi?cado por el Art?culo ?nico de la Ley N? 30305,
establece que las Municipalidades son los ?rganos de gobierno local, con autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa
en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el art?culo II del T?tulo Preliminar de la Ley
Org?nica de Municipalidades - Ley N? 27972, y que dicha autonom?a radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administraci?n con sujeci?n al ordenamiento jur?dico;
Que, el art?culo 40? de la Ley N?27972, Ley Org?nica de Municipalidades, se?ala que las ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de car?cter general de mayor
jerarqu?a en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizaci?n interna, la regulaci?n,
administraci?n y supervisi?n de los servicios p?blicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia
normativa;
Que, mediante Ordenanza N? 436-MDSJM se aprob? el R?gimen Tributario deArbitrios de Limpieza P?blica, Parques
y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2021 en el distrito de San Juan de Mira?ores;
Que, de acuerdo al O?cio N? D000042-2020-SAT-GAJ el Servicio de Administraci?n Tributaria ? SAT emiti?
observaciones respecto a aspectos t?cnicos y formales sobre la Ordenanza N? 436-MDSJM, motivo por el cual resulta
necesario efectuar las modi?caciones pertinentes a ?n de que se rati?que dicha ordenanza;
Que, con Memor?ndum N? 397-2020-GAT-MDSJM, la Gerencia de Administraci?n Tributaria, remiti? el proyecto
de ordenanza que modi?ca la Ordenanza N? 436-MDSJM, que aprueba el r?gimen tributario de arbitrios de limpieza
p?blica parque y jardines y serenazgo para el ejercicio 2021 en el distrito de San Juan de Mira?ores, comunic? que las
observaciones presentadas por el Servicio de Administraci?n Tributaria - SAT, han sido subsanadas correctamente;
Que, con Informe N? 176-2020-SGPYPI/GPP/MDSJM, la Subgerencia de Presupuesto y Programaci?n de Inversiones
remiti? el cuadro detallado de la ejecuci?n de gastos de enero a agosto y su proyecci?n de setiembre a diciembre del
2020
de los servicios de barrido de calles recolecci?n de residuos s?lidos, parques y jardines y serenazgo;
Que, de acuerdo al Informe N? 470-2020-GAJ/MDSJM, la Gerencia de Asesor?a Jur?dica, emiti? opini?n legal
FAVORABLE para la emisi?n del proyecto de Ordenanza que Modi?ca la Ordenanza N? 436-MDSJM que aprueba el
R?gimen Tributario de Arbitrios de Limpieza P?blica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2021 en el distrito
de San Juan de Mira?ores;
Estando a lo dispuesto en los art?culos 39? y 40? de la Ley Org?nica de Municipalidades, aprobada mediante Ley N?
27972
y la Norma IV del Texto ?nico Ordenado del C?digo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N? 135-99-
EF, con dispensa del tr?mite de lectura y aprobaci?n del Acta y con cargo a redacci?n, el Concejo Municipal aprob? por
UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N? 436-MDSJM QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE
ARBITRIOS DE LIMPIEZA P?BLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2021
EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Art?culo Primero.- APROBAR la modi?caci?n del art?culo 2? de la Ordenanza N? 436-MDSJM, que aprueba el
R?gimen Tributario de Arbitrios de Limpieza P?blica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2021 en el distrito
de San Juan de Mira?ores, quedando redactado de la siguiente manera:
?Art?culo 2?.- DETERMINACI?N DE LOS COSTOS Y TASAS MUNICIPALES
REAJ?STESE, los montos de los costos, tasas y estimaci?n de ingresos aprobadas mediante Ordenanza N?
420-MDSJM
rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 385-MML del 20 de diciembre del 2019 de los Arbitrios de
Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines, y de Serenazgo, mediante
la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, acumulado al mes de agosto del 2020,
ascendente al 1.24%, aprobado mediante Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, publicada el 01 de septiembre del
2020
en el Diario O?cial El Peruano?.
Art?culo Segundo.- D?JESE sin efecto el art?culo 3? de la Ordenanza N? 436-MDSJM.
Art?culo Tercero.- APRU?BESE el Informe T?cnico que sustenta el reajuste de los costos, estimaci?n de ingresos y
tasas con aplicaci?n del IPC por los arbitrios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos S?lidos),
de Parques y Jardines, y Serenazgo, aprobadas mediante Ordenanza N? 420-MDSJM rati?cada mediante Acuerdo de
Concejo N? 385-MML del 20 de diciembre del 2019, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.
Art?culo Cuarto.- ENC?RGUESE a las Gerencias respectivas el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza N?
436-MDSJM
y la presente Ordenanza.
Art?culo Quinto.- La Ordenanza N? 436-MDSJM y la presente Ordenanza ser?n publicadas en el diario o?cial ?El
Peruano?, las cuales entrar?n en vigencia a partir del 01 de enero del 2021, asimismo ser?n publicados el Informe
T?cnico, cuadros de estructuras de costo, de distribuci?n de costos y estimaci?n de ingresos de los Servicios de Limpieza
P?blica, Parques y Jardines y Serenazgo para el a?o 2021, que como anexos forman parte integrante de la presente
ordenanza.
Art?culo Sexto.- PONER a conocimiento de los interesados que el texto ?ntegro de las ordenanzas y el acuerdo
rati?catorio se encontrar?n publicadas en el portal de la Municipalidad de San Juan de Mira?ores www.munisjm.gob.
pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y el Portal del Servicio de
Administraci?n Tributaria ? SAT, p?gina web www.sat.gob.pe.
Art?culo S?timo.- Der?guese toda disposici?n que se oponga a la presente Ordenanza.
Reg?strese comun?quese, publ?quese y c?mplase.
MARIA CRISTINA NINA GARNICA
Alcaldesa
6
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
ANEXO
INFORME T?CNICO FINANCIERO
ESTRUCTURAS DE COSTOS Y DETERMINACI?N DE TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES
CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2021
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
CONTENIDO
1.
2.
ASPECTOS GENERALES
CARACTER?STICAS DEL DISTRITO
2.1.
2.2.
2.3.
2.4.
?MBITO GEOGR?FICO
POBLACI?N
NORMATIVIDAD
PREDIOS Y CONTRIBUYENTES
3.
4.
5.
NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE LOS COSTOS 2020
APROBACION DE LOS COSTOS DEL EJERCICIO 2021
APROBACI?N DE LAS TASAS DEL EJERCICIO 2021
5.1.
5.2.
TASAS DE BARRIDO DE CALLES
TASAS DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS
USO CASA HABITACI?N
USO DISTINTO A CASA HABITACI?N
COMERCIO AMBULATORIO
GENERADORES DE MAS DE 500 LITROS
5.3.
5.4.
TASAS DE PARQUES Y JARDINES
TASAS DE SERENAZGO
6.
ESTIMACION DE INGRESOS
1.
ASPECTOS GENERALES
El objetivo del presente informe t?cnico es la sustentaci?n de la estructura de costos para el Ejercicio 2021, as? como
la determinaci?n de tasas de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y
Serenazgo en el distrito de San Juan de Mira?ores.
Para el primer caso se consideraron los costos presupuestados conforme a los informes remitidos por la Gerencias
de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administraci?n y Finanzas, las cuales presentan tanto el personal
necesario, herramientas, ?tiles y equipos que permitan brindar los servicios, as? como las actividades presupuestadas
para dicho a?o como es mejoramiento, mantenimiento y habilitaciones en el distrito.
En tanto, para efectos del c?lculo de la metodolog?a y consecuentemente las tasas de los servicios, se solicit? los
datos de los predios del distrito a la Gerencia de Administraci?n Tributaria, la misma que fue alcanzada en su oportunidad.
Por su parte, la Gerencia de Gesti?n Ambiental brind? informaci?n respecto de la cantidad de producci?n de residuos
s?lidos, habitantes del distrito, frecuencia del servicio, niveles de disfrute de ?reas verdes por categor?as, intervenciones
de los serenos en los distintos sectores donde se brinda dicho servicio, entre otras. A partir de esta informaci?n se
establece la presente propuesta
Mediante el Informe N?127-2020-GGA-MDSJM y el Memor?ndum N?480-2020-GSCV-MDSJM, la Gerencia de
Gesti?n Ambiental y la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, unidades org?nicas prestadoras y supervisoras de
los servicios de recolecci?n de residuos s?lidos, barrido de calles, mantenimiento de parques y jardines y de seguridad
ciudadana, opinan que se van a cumplir los mismos servicios con los costos aprobados por la Ordenanza N?420-
MDSJM reajustados con IPC, asimismo cualquier costo adicional ser? asumido por la Municipalidad de San Juan de
Mira?ores.
En vista de ello, se procedi? a la evaluaci?n del avance de la ejecuci?n presupuestal de los servicios p?blicos, as?
como la proyecci?n de gastos hasta diciembre del a?o 2020, en donde claramente se evidencia un nivel de cumplimiento
de m?s del 100% de los costos aprobados mediante la Ordenanza N?420-MDSJM que regulan el r?gimen tributario de
los Arbitrios de Barrido de calles, Recolecci?n de residuos s?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio
2020,
lo que demuestra que las metas y objetivos incorporados a los Planes anuales de servicios vienen siendo y ser?n
cumplidos de manera e?ciente.
Dado que la Ordenanza N?420-MDSJM, cumple con los par?metros m?nimos de validez constitucional ?jados por
el Tribunal Constitucional, as? como la reiterada jurisprudencia emitida por el Tribunal Fiscal en materia de arbitrios
municipales, se ha estimado que la determinaci?n de los costos y tasas para el ejercicio ?scal 2021 sean resultado de la
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
7
aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor ? IPC; al mes de agosto del 2020 para Lima Metropolitana, que registra
un ?ndice acumulado de 1.24 % (aprobado por la Resoluci?n Jefatural N?161-2020-INEI) en observancia a lo prescrito
por el art?culo 69-B del Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo
N? 154-2004-EF y sus normas modi?catorias.
2.
CARACTER?STICAS DEL DISTRITO
San Juan de Mira?ores es un distrito tradicional con una ubicaci?n estrat?gica y abierta a los cambios que la
modernidad ofrece, su ubicaci?n geogr??ca presenta una topograf?a irregular constituy?ndose con quebradas, suelo
arenoso y amplias ?reas planas, al norte est? comprendida por cerros de baja altura, accidentada y que en la actualidad
ha sido motivo de construcciones de viviendas precarias habitadas. Se considera 6 zonas: Pamplona Alta, Pamplona
Baja, Zona Urbana, Mar?a Auxiliadora, Pampas de San Juan y Panamericana Sur.
2.1.
?MBITO GEOGR?FICO
El distrito de San Juan de Mira?ores es unos de los 43 distritos de la Provincia de Lima, posee un ?rea de
23.98
Km2, se encuentra a una altitud media de 141 m.s.n.m, presenta las siguientes coordenadas 76? 58' 12.15?
de latitud y 12? 9' 5.2? de longitud. Est? localizado dentro del ?rea consolidada de la ciudad, limita al Norte con los
distritos de Surco y La Molina, al Este con Villa Mar?a del Triunfo al Sur con el Villa El Salvador y Chorrillos y al
Oeste con Surco.
DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Limites
Norte
Este
Oeste
Sur
Surco y la Molina
Villa Mar?a del Triunfo
Surco
Villa El Salvador y Chorrillos
?rea Territorial
Altitud
23.989
141
km2
Msnm
Coordenadas
Latitud
Longitud
76? 58' 12.15?
12? 9' 5.2?
2.2.
POBLACI?N
De acuerdo a los datos del ?ltimo censo realizado por el INEI en el a?o 2017, el distrito de San Juan de Mira?ores
tiene una poblaci?n de 355,219 habitantes correspondientes en su totalidad a la zona urbana. Se tiene una poblaci?n
proyectada para el a?o 2020 de 353,042 habitantes en el distrito de San Juan de Mira?ores.
Poblaci?n del Distrito de San Juan de Mira?ores, censo del a?o 2007 ? 2017
Densidad Poblacional
2007
2017
15,122.7
14,073.7
Fuente: INEI CENSO 2017
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
Poblaci?n por G?nero
Habitantes A?o
Porcentaje (%)
G?nero
2007
2017
2007
2017
Hombre
Mujer
Total
178, 420
184, 223
362, 643
173,683
181,536
355,219
49.2 %
50.8 %
100.0 %
48.895 %
51.105 %
100.0 %
Fuente: INEI CENSO 2017
Proyecci?n de la poblaci?n
A?O
2007
2017
2018
2019
2020
POBLACION / HABITANTE
362,643
355,219
354,492
353,766
353,042
Fuente: seg?n tasa de crecimiento del censo 2017-INEI (-2.047%)
2.3.
NORMATIVIDAD
?
?
?
?
?
?
Ley N? 27972 - Ley Org?nica de Municipalidades.
Ley N? 28611 - Ley General del Ambiente (art?culo 119?).
Decreto Legislativo N? 1055 - Decreto Legislativo que modi?ca la Ley N? 28611, Ley General del Ambiente.
Ley N? 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gesti?n Ambiental (art?culo 26?, art?culo 50?).
Decreto Supremo N? 008-2005-PCM - Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gesti?n Ambiental.
Ordenanza N? 2085, Que aprueba el procedimiento de rati?caci?n de Ordenanzas Tributarias Distritales en el
?mbito de la provincia de Lima.
Directiva N? 001-006-00000015, norma sobre determinaci?n de los costos de los servicios aprobados en Ordenanzas
Tributarias Distritales de la provincia de Lima.
Ley de Gesti?n Integral de Residuos S?lidos D.L.1278-2016 / Reglamento D.S. 014-2017-MINAM / Gu?a T?cnica
ECRSM RM 457-2018-MINAM
?
?
?
?
?
D.L.1501-2020 que modi?ca Ley de Gesti?n Integral de Residuos S?lidos D.L.1278-2016
Manual del Sereno Municipal, R.M.772-2019-IN 01/06/2019
De acuerdo a la Ley N? 27972 ? Ley Org?nica de Municipalidades, art. 4? ?Los gobiernos locales representan al
vecindario, promueven la adecuada prestaci?n de los servicios p?blicos locales y el desarrollo integral, sostenible y
arm?nico de su circunscripci?n?.
2.4.
PREDIOS Y CONTRIBUYENTES
La Municipalidad de San Juan de Mira?ores, mediante el presente informe, sustenta la determinaci?n de costos y
tasas de los servicios p?blicos de Barrido de calles, Recolecci?n de residuos s?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo
para el Ejercicio 2021, entre los predios y contribuyentes del distrito; se ha efectuado tomando en cuenta lo informado
por la Subgerencia de Registro, Control y Orientaci?n al Contribuyente mediante el Informe N? 499-2020-SGRCOC/GAT/
MDSJM la siguiente informaci?n:
Predios
Contribuyentes
Servicio
Afecto y Exonerado
Inafecto
Total
Inafecto
Afecto
Exonerado
Total
Afecto
Exonerado
Total
Barrido de Calles
Recolecci?n de RR.SS
Parques y Jardines
Serenazgo
0
78,354
77,058
77,059
78,428
177
78,531
77,235
77,236
78,525
78,531
78,531
78,531
78,531
0
68,892
67,621
67,622
68,916
32
32
32
2
68,924
68,924
68,924
68,924
1,296
1,295
6
177
177
97
1,271
1,270
6
3.
NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE LOS COSTOS 2020
El costo total de los servicios p?blicos municipales al mes de diciembre de a?o 2020 alcanza un monto de S/
34?314,344.44
Soles, el cual representa el 117.82% del cumplimiento vs la estructura de costos aprobada mediante
Ordenanza Municipal N?420-MDSJM, que tiene un monto por los servicios de arbitrios municipales de S/ 29?124,134.55
Soles, por lo que se puede indicar que el comportamiento de gastos es superior en 17.82%, tal como se indica en el
siguiente cuadro:
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
9
Proyecci?n
Nivel de
Cumplimiento
2020
%
Ejecutado a
Agosto 2020
(S/)
Total
Anual
(S/)
Ord. N? 420/
MDSJM
% de
Avance
Setiembre a
Diciembre 2020
(S/)
% de
Avance
Servicio
Barrido de Calles
2,441,126.28
17,993,398.29
897,041.03
36.75%
81.36%
1,713,484.65
7,890,995.11
70.19%
43.85%
2,610,525.68
22,530,294.03
106.94%
125.21%
Recolecci?n de
Residuos S?lidos
14,639,298.92
Parques y Jardines
Serenazgo
Total
4,691,633.22
3,997,976.76
29,124,134.55
2,296,707.70
2,131,817.33
19,964,864.98
48.95%
53.32%
68.55%
2,717,598.12
2,027,401.59
14,349,479.46
57.92%
50.71%
49.27%
5,014,305.82
4,159,218.91
34,314,344.44
106.88%
104.03%
117.82%
Como se puede observar en el cuadro precedente, al mes de agosto los Servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n
de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo, han logrado ejecutar un 36.75%, 81.36%, 48.95% y 53.32%
respectivamente; y al mes de diciembre 2020 se lograr? ejecutar el 100% de los costos aprobados mediante Ordenanza
N? 420/MDSJM, ello en funci?n a los compromisos pactados por las ?reas prestadoras de los servicios, lo cual demostrar?
que se tiene un buen uso de los recursos ?nancieros, los mismos que ser?n invertidos con responsabilidad y e?ciencia
para el sostenimiento y mejoramiento de los servicios p?bicos que viene brindando la Municipalidad Distrital de San Juan
de Mira?ores.
La Ejecuci?n de Gastos con corte al mes de agosto 2020 por los cuatro (4) servicios alcanza un monto de S/
19?964,864.98
Soles que representa en total el 68.55%, lo cual indica que para el cierre del Ejercicio Fiscal y de acuerdo
a la proyecci?n para los meses de (Setiembre a diciembre) se alcanzar? un monto de S/ 14?349,479.46 Soles que
representa el 49.27%, en total se obtendr?a un gasto anual de S/ 34?314,344.44 que representa el 117.82%.
Cabe precisar, que el exceso en la ejecuci?n del costo total de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n
de Residuos S?lidos y Parques y Jardines P?blicos, ser? asumido por la Municipalidad Distrital de San Juan
de Miraflores en su totalidad. Al respecto, sobre la informaci?n proporcionada por las Gerencias responsables
de las prestaciones de los servicios en menci?n, se observa que los costos aprobados en su oportunidad por
la Municipalidad de San Juan de Miraflores para el presente a?o, han sido empleados por la actual gesti?n con
responsabilidad y eficiencia, situaci?n que permitir? que a fines del ejercicio 2020 se cumpla con alcanzar y
superar los niveles de prestaci?n de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques
y Jardines y serenazgo; a pesar de las fuertes limitaciones que se vienen enfrentando en el presente ejercicio
como resultado de la crisis sanitaria y econ?mica, que al superarse, permitir?n alcanzar y sobrepasar los niveles
aprobados de dicho servicio.
Sin embargo, es importante mencionar que la baja ejecuci?n que muestran algunos servicios al mes de agosto del
2020,
obedece estrictamente a que algunos requerimientos por temas de emergencia sanitaria por COVID-19 a?n se
encuentran pendientes de realizaci?n por parte de las ?reas responsables de la ejecuci?n de los servicios, los mismos
que ser?n ejecutados hasta diciembre del presente a?o, adicionalmente se informa que los recursos dejados de ejecutar
al mes de agosto 2020, ser?n ejecutados y/o regularizados en los meses de setiembre a diciembre 2020. Asimismo, ante
la necesidad de optimizar las labores operativas y administrativas de los servicios, la gesti?n ha ejecutado recursos que
no fueron aprobados en la Ordenanza del ejercicio 2020, los mismos que permitir?n mejorar la prestaci?n de los servicios
brindados a los vecinos del distrito.
Si bien algunos recursos en forma independiente no se llegar?n a cubrir en su totalidad al ?nal del ejercicio, ello no
afectar? la prestaci?n total del servicio, debido a que, por la necesidad y naturaleza del mismo, este presupuesto se
destinar? a cubrir otros recursos que requieran los servicios, con lo que se lograr? cubrir el 100% del servicio aprobado
mediante Ordenanza N? 420-MDSJM.
En atenci?n a ello, la Subgerencia de Presupuesto y Programaci?n de Inversiones, mediante Informe N?
113-2020-SGPyPI/GPP/MDSJM
remite la Ejecuci?n de Gastos de los Servicios de Limpieza P?blica (Barrido de Calles,
Recolecci?n de Residuos S?lidos), Parques y Jardines y Serenazgo de enero a agosto del presente ejercicio y su
proyecci?n del mes de setiembre a diciembre de acuerdo a la necesidad de cada servicio, los mismos que se detallan a
continuaci?n:
SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES
Proyecci?n
Ejecutado a
Ord. N? 420/
DSJM
% de
Setiembre a
Diciembre 2020
(S/)
Total
Anual
Concepto
Agosto 2020
(S/)
%
%
Avance
Costos Directos
2,220,587.49
220,013.79
804,708.11
92,082.93
36.24%
41.85%
1,585,278.78
127,930.87
71.39%
58.15%
2,389,986.89
220,013.79
107.63%
100.00%
Costos Indirectos y Gastos
Administrativos
Costos Fijos
525.00
250.00
47.62%
275.00
52.38%
525.00
100.00%
Total
2,441,126.28
897,041.03
36.75%
1,713,484.65
70.19%
2,610,525.68
106.94%
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
SERVICIO DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS
Proyecci?n
Ejecutado a
Ord. N? 420/
MDSJM
% de
Setiembre a
Diciembre 2020
(S/)
Total
Anual
Concepto
Agosto 2020
(S/)
%
%
Avance
Costos Directos
17,561,773.88
426,299.41
14,367,937.16
269,261.75
81.81%
63.16%
7,730,732.46
44.02%
36.84%
22,098,669.62
426,299.41
125.83%
100.00%
Costos Indirectos
y Gastos
157,037.65
Administrativos
Costos Fijos
5,325.00
2,100.00
39.44%
3,225.00
60.56%
5,325.00
100.00%
Total
17,993,398.29
14,639,298.92
81.36%
7,890,995.11
43.85%
22,530,294.03
125.21%
SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
Proyecci?n
Ejecutado a
Ord. N? 420/
MDSJM
% de
Setiembre a
Diciembre 2020
(S/)
Total
Anual
Concepto
Agosto 2020
(S/)
%
%
Avance
Costos Directos
4,316,169.14
373,364.08
2,188,433.64
107,974.06
50.70%
28.92%
2,450,408.09
265,390.02
56.77%
71.08%
4,638,841.74
373,364.08
107.48%
100.00%
Costos Indirectos y Gastos
Administrativos
Costos Fijos
2,100.00
300.00
14.29%
1,800.00
85.71%
2,100.00
100.00%
Total
4,691,633.22
2,296,707.70
48.95%
2,717,598.12
57.92%
5,014,305.82
106.88%
SERVICIO DE SERENAZGO
Proyecci?n
Ejecutado a
Agosto 2020
(S/)
Ord. N? 420/
MDSJM
% de
Avance
Setiembre a
Diciembre 2020
(S/)
Total
Anual
Concepto
%
%
Costos Directos
3,741,958.63
240,418.13
1,961,528.01
160,893.32
52.42%
66.92%
1,941,672.78
79,524.81
51.89%
33.08%
3,903,200.79
240,418.13
104.31%
100.00%
Costos Indirectos y Gastos
Administrativos
Costos Fijos
15,600.00
9,396.00
60.23%
6,204.00
39.77%
15,600.00
100.00%
Total
3,997,976.76
2,131,817.33
53.32%
2,027,401.59
50.71%
4,159,218.91
104.03%
Finalmente, es preciso informa que la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira?ores, ha percibido transferencias
del Gobierno Nacional en el marco de la emergencia sanitaria que afronta el Per? a causa de la propagaci?n del
COVID 19, donde se dispuso el Estado de Emergencia a nivel nacional. Cabe precisar, que las transferencias que
nos han sido realizadas fueron para reducir el impacto de las medidas de aislamiento social obligatorio, las mismas
que han sido destinados a gastos vinculados a actividades extraordinarias que no han sido costeados en los arbitrios
municipales.
4.
APROBACION DE LOS COSTOS DEL EJERCICIO 2021
Atendiendo a que la informaci?n de costos del a?o 2020, resulta siendo la que efectivamente requieren las
gerencias prestadoras para la atenci?n de los servicios en el ejercicio 2021, la Municipalidad Distrital de San
Juan de Miraflores, ha previsto la aplicaci?n del supuesto regulado en el Articulo 69-B del Texto ?nico Ordenado
de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado por Decreto Supremo N?156-2004-EF, a efectos de determinar
el costo de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines P?blicos
y Serenazgo y el importe de las Tasas de Arbitrios, tomando como base aquellas que fueran establecidas
a partir de las Ordenanzas N?420-MDSJM, reajustadas con la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al
Consumidor - IPC al mes de agosto para Lima Metropolitana, ascendente a 1.24%, establecido en la Resoluci?n
Jefatural N? 161-2020-INEI.
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
11
Bajo los lineamientos t?cnicos se?alados, se ha procedido al establecimiento de los costos de los servicios de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2021,
conforme al cuadro detalle que se indica a continuaci?n:
Costos
Ejercicio 2021
(S/)
Costos
Ejercicio 2020 (S/) (Agosto 2020)
IPC
Diferencia
(S/)
Servicio
Barrido de Calles
2,441,126.28
17,993,398.29
4,691,633.22
3,997,976.76
29,124,134.55
1.24%
1.24%
1.24%
1.24%
2,471,396.25
18,216,516.43
4,749,809.47
4,047,551.67
29,485,273.82
30,269.97
Recolecci?n de Residuos S?lidos
Parques y Jardines
Serenazgo
223,118.14
58,176.25
49,574.91
361,139.27
Total
5.
APROBACI?N DE LAS TASAS DEL EJERCICIO 2021
Con relaci?n a las tasas de los servicios p?blicos de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques
y Jardines P?blicos y Serenazgo, correspondientes al ejercicio ?scal 2021, y teniendo en consideraci?n los lineamientos
establecidos, tambi?n han sido reajustadas con la aplicaci?n del ?ndice de Precios al Consumidor - IPC al mes de agosto
de 2020, tal como se detalla a continuaci?n:
5.1.
TASAS DE BARRIDO DE CALLES
Las tasas estimadas de Barrido de calles para el Ejercicio 2021 son las siguientes:
(En soles por metro lineal)
EJERCICIO 2020
ZONA
TASA
1
2
3
4
5
Tasa Mensual (S/ / ml)
Tasa Anual (S/ / ml)
0.0450
0.5401
0.0675
0.8102
0.0225
0.2700
0.1350
1.6204
0.3150
3.7809
(En soles por metro lineal)
EJERCICIO 2021 (CON IPC)
ZONA
3
TASA
1
2
4
5
Tasa Mensual (S/ / ml)
Tasa Anual (S/ / ml)
0.0455
0.5460
0.0683
0.8196
0.0227
0.2724
0.1366
1.6392
0.3189
3.8268
El importe a pagar por predio, se obtiene multiplicando la tasa seg?n zona por el frontis del predio (ml).
En la determinaci?n de los arbitrios del a?o 2021 para aquellos predios cuya determinaci?n del frontis de su predio no
concilie con la informaci?n de nuestra base de datos, el contribuyente podr? solicitar el recalculo mediante la presentaci?n
de una Declaraci?n Jurada.
ZONAS DEL SERVICIO
ZONA
DESCRIPCION
VIAS
Todas las calles de las urbanizaciones
Todas las calles.
1
2
Pamplona Alta y Pamplona Baja
Cercado de San Juan, Ciudad de Dios
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
ZONA
DESCRIPCION
VIAS
Todas las calles de las urbanizaciones
Prolongaci?n Av. San Juan
Av. Centenario
Av. Central
Av. Solidaridad
Av. Edilberto Ramos
Av. H?roes de Lima
3
Pampas de San Juan, Mar?a Auxiliadora y Panamericana Sur
Jr. Nepomuceno Vargas
Jr. Torres Paz
Jr. Ru?no Echenique
Av. De los h?roes
Puente Atocongo y Frontis Open Plaza
Av. Pedro Miotta hasta 10
Plaza Municipal
Av. Cesar Canevaro
Av. Miguel Iglesias
Av. Guillermo Billinghurst
Av. Belisario Su?rez
Av. Jos? Mar?a Seguin
4
Pamplona Alta, Pamplona Baja, Cercado de San Juan y Pampas de San Juan Av. Lizardo Montero
Av. Vargas Machuca
Av. Velasco Alvarado
Av. V?ctor Castro Iglesias
Av. Pedro Silva
Av. Pastor Sevilla
Av. El Triunfo
Av. Panamericana Sur (el triunfo)
Av. San Juan
Av. De los H?roes (Subida)
5
Pamplona Baja y Cercado de San Juan
Av. Miguel Iglesias (Frontis Hospital Mar?a Auxiliadora)
Av. Guillermo Billinghurst
(Frontis del Palacio Municipal)
5.2.
TASAS DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS
USO CASA HABITACI?N
Las tasas estimadas de Recolecci?n de residuos s?lidos ? Casa habitaci?n para el Ejercicio 2021 son las siguientes:
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
(En soles por metro cuadrado)
13
EJERCICIO 2020
TASA ANUAL
S/ / m
TASA MENSUAL
( S/ / m
ZONA
(
2
)
2
)
1.-
2.-
3.-
4.-
Pamplona Alta
1.0207
1.1299
0.7396
1.2067
0.0850
0.0941
0.0616
0.1005
Ciudad de Dios, Pamplona Baja y San Juanito
Urb. San Juan, Pampas de San Juan y Mar?a Auxiliadora
Panamericana Sur y Zona Residencial
(En soles por metro cuadrado)
EJERCICIO 2021 (CON IPC)
TASA ANUAL
S/ / m
TASA MENSUAL
ZONA
(
2
)
( S/ / m
2
)
1.-
2.-
3.-
4.-
Pamplona Alta
1.0333
1.1439
0.7487
1.2216
0.0861
0.0953
0.0623
0.1018
Ciudad de Dios, Pamplona Baja y San Juanito
Urb. San Juan, Pampas de San Juan y Mar?a Auxiliadora
Panamericana Sur y Zona Residencial
El importe a pagar por predio, se obtiene multiplicando la tasa seg?n zona por el ?rea construida del predio (m2).
ZONAS DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS - CASA HABITACI?N
RELACI?N DE ASENTAMIENTO HUMANOS, ASOCIACIONES DE VIVIENDA Y COOPERATIVAS
DE VIVIENDA POR ZONAS DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
N?
ZONA
SECTORES
La Rinconada, Nueva Rinconada, Alfonso Ugarte, San Francisco de la Cruz, 05 de Mayo, Ollantay, Miguel
Grau, El Nazareno, 28 de Mayo, San Francisco, Nuevo Horizonte, Ampliaci?n 3-San Francisco, 15 de
Setiembre, El Brillante, Buenos Milagros, 28 de Julio, Los Laureles, Los ?ngeles, Leoncio Prado, Alfonso
Ugarte, V?ctor R. Haya de la Torre, A.H. Hijos del Brillante, Los Girasoles, Primero de Mayo, 7 de Junio,
12
de Noviembre, A.H. Pamplona Alta, Jos? Mar?a Arguedas, Los Cedros de Villa San Luis, Los Laureles,
Divino Maestro, Las Malvinas, San Luis, Ampliaci?n San Francisco el Mirador, Sector Lomas, Coraz?n de
Mar?a, Las Am?ricas, Fronteras Vivas, Sector Imperial, Virgen del Buen Paso, Sagrado Coraz?n, Nueva
01
Zona I Pamplona Alta Jerusal?n, A.H. Bellavista I, Vi?as de Pamplona, Asociaci?n de Pobladores Los Jardines, Virgen de F?tima,
Nueva Esperanza 2000, La Cumbre, Valle 2000, Alto Progreso, Minas 2000, Halc?n Sagrado, La Cumbre,
La Cumbre, La Colina, Los Pinos, Las Praderas, La Capilla, Villa Alborada, Vista Alegre, El Para?so,
Defensores de la Familia, Torres de Pamplona, Pedregales Altos, Jos? Olaya, Las Tunas, Girasoles Parte
Baja, Virgen de las Mercedes, Nueva Florida, 10 de Enero, Villa Hermosa, Nuevo Milenio, Girasoles Parte
Alta, Los Jardines Zona "C", Nuevo Amanecer, San Juan de Vista Alegre, Se?or de Muruhuay, Villa Jard?n,
Asociaci?n 7 de Enero, 7 de Julio, Villa San Juan, 6 de Enero, Quebrada 2000 Grupo I, Quebrada 2000
Grupo II, Santa Rosa, Villa la Paz.
A.H. Hijos Excedentes de Pamplona Baja, A.H. Horacio Cevallos G?mez, A.H. Las Lomas de San Juan, A.H.
Zona II Ciudad de
Mar?a Misionera, A.H. Mart?n Jos? Olaya, Ampliaci?n Asociaci?n Magisterial 6 de Julio, Asociaci?n de Vivienda El
02
Dios Pamplona Baja Progreso, Asociaci?n de Vivienda Gra?tos del Per?, Asociaci?n de Vivienda Mar?a Reiche, Asociaci?n Magisterial
Sanjuanito
de Vivienda 6 de Julio, Cooperativa de Vivienda 13 de enero, Cooperativa Villa Residencial, P.J. Jes?s Poderoso,
Urbanizaci?n Andr?s Avelino C?ceres.
Conjunto Habitacional FONAVI, Urb. ENTEL PER?, Urb. Mar?a Auxiliadora, Urb. Amauta, Asociaci?n de Vivienda
Santa Rosa y Urb. San Juan A, B, C, D, E.
03
03
Zona III Urbana
A.H. San Antonio de Padua, Virgen de Guadalupe, Villa Solidaridad I, II, III, M?rtires de San Juan, A.H. Sarita
Colonia, A.H. San Francisco de Asis, A.H. Sol de los Milagros, 7 de Julio, Rafael Belaunde, La Libertad, El Milagro,
Las Flores, A.H. El Sol, Vista Alegre, UPIS Villa Solidaridad, Villa Solidaridad IV Etapa.
Zona III Mar?a
Auxiliadora
14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
Valle Shar?n, Rep?blica Federal Alemana, Rep?blica Democr?tica Alemana, Alva y Alva, 13 de Octubre,
Indoam?rica, H?roes de San Juan, Pac??co I y II, Tr?bol Azul, Santa ?rsula, Ricardo Palma, Laderas de Villa,
Uranmarca, Fortaleza, Manuel Scorza, 27 de Julio, 1ero de Junio, Universo, Imperio Merced de Lima, Villa
Mercedes, San Miguel de Apur?, Indoamerica, Cedros del Sur, Uni?n y Paz, 20 de Mayo, Buenos Aires, Las
Praderas, Vista al Mar, Ciudad de Bel?n, Buena Vista, Javier Heraud, Dos Cruces, Patr?n Santiago, Se?or de los
Milagros, Cerro Bala, J?se Carlos Mariategui, Para?so, Los Portales, I, II, Asociaci?n de Vivienda las Praderas,
Los Pinos I y II, Las Torres de San Juan.
Zona III Pampas de San
Juan
03
A.H. Mateo Pumacahua I y II, Virgen del Buen Paso, Alojados Villa Solidaridad, Jes?s de Bel?n, Asociaci?n de
Vivienda Canevaro, Las Perlas de San Juan, Asociaci?n de Vivienda La Floresta, Urb. Jos? Olaya, Cooperativa
Hardy Montoya, Cooperativa de Vivienda Familias Unidas, Asociaci?n de Vivienda Mariano Santos, Asociaci?n
Santa Rosa, Cooperativa Umamarca, Cooperativa Am?rica, Asociaci?n Nuevo Amanecer de Villa, Asociaci?n
Mutual Ayacucho, A.H. Intihuatana, Rodrigo Franco, Las Brisas de Villa, Tres de Octubre 1era Etapa, 15 de
Agosto, San Jos? de Villa, Las Dunas, Juan Pablo II, A.H. Flores de Villa, Villa del Sur, Villa Solidaridad, 15 de
Setiembre, Jos? Mar?a Arguedas, Villa Primavera, Arbolitos, Jos? Incl?n, Los Forestales.
Zona IV Panamericana
Sur
04
04
Zona IV Zona de
Tratamiento especial
(residencial)
Conjunto Habitacional FONAVI, Urb. ENTEL PER?, Urb. Mar?a Auxiliadora, Urb. Amauta, Asociaci?n de Vivienda
Santa Rosa y Urb. San Juan A, B, C, D, E.
USO DISTINTO A CASA HABITACI?N
Las tasas estimadas de Recolecci?n de residuos s?lidos ? Usos distinto a Casa habitaci?n para el Ejercicio 2021
son las siguientes:
(En soles por metro cuadrado)
EJERCICIO 2020
TASA ANUAL TASA MENSUAL
S/ / m ( S/ / m
CODIGO
USO DEL PREDIO
(
2
)
2
)
A
B
Educaci?n
3.6256
0.6788
8.2313
0.5291
2.5763
0.3021
0.0565
0.6859
0.0440
0.2146
1.0088
0.6172
2.9621
1.9284
0.5623
0.3658
1.0278
1.0194
Salud
C
Mercados
D
Organizaciones sociales
Comercio 1
E
F
Comercio 2
12.1057
7.4067
G
H.1
I.1
J
Servicios
Gobierno de menor tama?o
35.5463
23.1409
6.7487
Supermercado y Centro Comerciales a poca escala
Servicio de Hospedaje
Industria
K
4.3898
L
Lubricentros
12.3346
12.2334
M
Veterinarias
(En soles por metro cuadrado)
EJERCICIO 2021 (CON IPC)
TASA ANUAL TASA MENSUAL
S/ / m ( S/ / m
CODIGO
USO DEL PREDIO
(
2
)
2
)
A
B
Educaci?n
Salud
3.6705
0.6872
0.3058
0.0572
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
15
EJERCICIO 2021 (CON IPC)
TASA ANUAL TASA MENSUAL
S/ / m ( S/ / m
CODIGO
USO DEL PREDIO
(
2
)
2
)
C
D
Mercados
8.3333
0.5356
2.6082
0.6944
0.0446
0.2173
1.0213
0.6248
2.9989
1.9523
0.5693
0.3703
1.0406
1.0320
Organizaciones sociales
Comercio 1
E
F
Comercio 2
12.2558
7.4985
G
H.1
I.1
J
Servicios
Gobierno de menor tama?o
35.9870
23.4278
6.8323
Supermercado y Centro Comerciales a poca escala
Servicio de Hospedaje
Industria
K
4.4442
L
Lubricentros
12.4875
12.3850
M
Veterinarias
El importe a pagar por predio, se obtiene multiplicando la tasa seg?n uso por el ?rea construida del predio (m2).
COMERCIO AMBULATORIO
Las tasas estimadas de Recolecci?n de residuos s?lidos ? Comercio Ambulatorio para el Ejercicio 2021 son las
siguientes:
(En soles por comercio)
EJERCICIO 2020
TASA ANUAL
S/ )
TASA MENSUAL
TASA DIARIA
TIPO DE COMERCIO AMBULATORIO
(
( S/ )
( S/ )
Comercio ambulatorio de puesto ?jo
Comercio ambulatorio de transito
468.6000
252.0300
39.0500
21.0000
1.3000
0.7000
(En soles por comercio)
EJERCICIO 2021 (CON IPC)
TASA ANUAL
TASA MENSUAL
TASA DIARIA
TIPO DE COMERCIO AMBULATORIO
(
S/ )
( S/ )
( S/ )
Comercio ambulatorio de puesto ?jo
474.4106
255.1551
39.5342
21.2629
1.3178
0.7087
Comercio ambulatorio de transito
El importe a pagar por comercio, se obtiene seg?n la tasa del tipo de comercio ambulatorio.
GENERADORES DE MAS DE 500 LITROS
Las tasas estimadas de Recolecci?n de residuos s?lidos ? Generadores de m?s de 500 litros para el Ejercicio 2021
son las siguientes:
16
NORMAS LEGALES
(En soles por metro cuadrado)
EJERCICIO 2020
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
TASA
MENSUAL
TASA ANUAL
CODIGO
USO DEL PREDIO
(
S/ / m
2
)
( S/ / m )
2
H.2
I.2
Gobierno con mayor tama?o
Supermercado y Centro Comerciales a gran escala
(En soles por metro cuadrado)
7.0373
6.6735
0.5864
0.5561
EJERCICIO 2021 (CON IPC)
TASA
MENSUAL
TASA ANUAL
S/ / m
CODIGO
USO DEL PREDIO
(
2
)
( S/ / m )
2
H.2
I.2
Gobierno con mayor tama?o
Supermercado y Centro Comerciales a gran escala
7.1245
6.7563
0.5937
0.5630
El importe a pagar por predio, se obtiene multiplicando la tasa seg?n uso por el ?rea construida del predio (m2).
TASAS DE PARQUES Y JARDINES
5.3.
Las tasas estimadas de Parques y Jardines para el Ejercicio 2021 son las siguientes:
(En soles por predio)
EJERCICIO 2020
TASA ANUAL
S/ / predio )
TASA MENSUAL
( S/ / predio )
ZONA
UBICACI?N DEL PREDIO
(
Frente a ?reas verdes
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
107.6800
8.9700
URB. SAN JUAN
97.2600
79.4100
27.6600
24.7700
20.1600
125.5200
113.3900
92.6500
62.1700
55.8500
46.0400
88.1200
79.4100
65.0600
48.3200
43.1800
35.6900
8.1000
6.6100
2.3000
2.0600
1.6800
10.4600
9.4400
7.7200
5.1800
4.6500
3.8300
7.3400
6.6100
5.4200
4.0200
3.5900
2.9700
Frente a ?reas verdes
CIUDAD DE DIOS
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
Frente a ?reas verdes
PAMPLONA BAJA Y SAN JUANITO
PAMPLONA ALTA
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
Frente a ?reas verdes
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
Frente a ?reas verdes
PAMPAS DE SAN JUAN Y MARIA
AUXILIADORA
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
Frente a ?reas verdes
PANAMERICANA SUR Y ZONA
RESIDENCIAL
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
17
(En soles por predio)
EJERCICIO 2021 (CON IPC)
TASA ANUAL
S/ / predio )
TASA MENSUAL
( S/ / predio )
ZONA
UBICACI?N DEL PREDIO
(
Frente a ?reas verdes
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
109.0152
9.0846
8.2055
6.6995
2.3335
2.0897
1.7008
10.5897
9.5663
7.8165
5.2450
4.7118
3.8842
7.4343
6.6995
5.4888
4.0765
3.6429
3.0110
URB. SAN JUAN
98.4660
80.3946
28.0029
25.0771
20.4099
127.0764
114.7960
93.7988
62.9409
56.5425
46.6108
89.2126
80.3946
65.8667
48.9191
43.7154
36.1325
Frente a ?reas verdes
CIUDAD DE DIOS
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
Frente a ?reas verdes
PAMPLONA BAJA Y SAN JUANITO
PAMPLONA ALTA
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
Frente a ?reas verdes
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
Frente a ?reas verdes
PAMPAS DE SAN JUAN Y MARIA
AUXILIADORA
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
Frente a ?reas verdes
PANAMERICANA SUR Y ZONA
RESIDENCIAL
Cerca de ?rea verde hasta 100 m2
Lejos de ?reas verdes
El importe a pagar por predio, se obtiene de la siguiente manera:
-
-
-
Identi?car la ubicaci?n del predio respecto del ?rea verde.
Identi?car la zona donde se sit?a el predio.
Identi?car la tasa del predio.
En el caso de cond?minos, la tasa por predio ser? dividida seg?n el porcentaje de propiedad declarado.
El contribuyente que considere que la ubicaci?n de su predio no corresponde a la ubicaci?n asignada, podr? presentar
declaraci?n jurada sustentada. Estas declaraciones juradas estar?n sujetas al procedimiento de ?scalizaci?n establecido
en el C?digo Tributario.
ZONAS DE SERVICIO
Zona 1: Urb. San Juan
Zona 4: Pamplona Alta
Zona 5: Pampas de San Juan
??
??
??
??
??
??
??
??
??
??
Zona A
Zona B
Zona C
Zona D
Zona E
Urbanizaci?n Entel Per?
Urbanizaci?n Amauta
Urbanizaci?n Mar?a Auxiliadora
Conjunto Habitacional Fonavi
Conjunto Habitacional Inclan
??
??
??
??
??
??
??
??
??
??
??
CDV 27 de Julio
CDV La Fortaleza II
AAHH El Paci?co
Sector Los Pinos
CDV Fortaleza I
CDV Santa ?rsula
CDV Uranmarca
Asoc de Viv. Valle Sharon
AAHH H?roes de San Juan
AAHH Tr?bol Azul
??
??
??
??
??
??
??
??
??
??
??
La Nueva Rinconada
Sector Ollantay
Sector 12 de Noviembre
Sector El brillante
Sector Alfonso Ugarte
Sector Villa San Luis
Sector Jos? Marta Arguedas
Sector El Nazareno
Sector Virgen del Buen Paso
Sector 28 de Julio
Sector Buenos Milagros
AAHH Jos? Carlos Mari?tegui
Zona 2 : Ciudad de Dios
?? Sector Nuevo Horizonte
??
??
Sector 28 de Mayo
Sector San Francisco de la Cruz
Zona 6: Panamericana Sur y Zona Residencial
??
Urbanizaci?n Ciudad de Dios zona K, A.
Zona 3: Pamplona Baja y San Juanito
??
Urbanizaci?n Jos? Olaya
CDV Umamarca
Zona 5: Sector Mar?a Auxiliadora
??
??
??
??
CDV Am?rica
??
??
??
Urbanizaci?n Pamplona Baja
Urbanizaci?n Arenal San Juan
Urbanizaci?n San Juanito
?? AAHH San Antonio de Padua
?? AAHH Villa Solidaridad
?? Sector Santa Colonia
AAHH Mateo Pumacahua III
AAHH Las Flores de Villa
18
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
?REAS VERDES DEL DISTRITO
DENOMINACI?N
UBICACI?N
?REA (M2)
6,700.50
9,078.56
1,300.86
1,585.98
2,133.37
1,470.10
1,682.89
1,428.57
1,338.18
1,189.79
1,412.38
1,220.24
5,400.90
1,273.43
2,634.76
1,435.68
1,300.35
1,363.78
5,299.92
1,371.88
1,383.62
1,460.38
3,980.61
1,336.19
1,379.70
1,388.28
1,347.21
5,929.31
1,425.59
1,287.13
1,272.79
1,451.22
4,164.74
2,092.95
1,296.88
1,393.62
7,589.21
11,303.44
1,201.14
1,363.18
3,759.65
2,643.10
3,827.29
1,425.42
1,391.96
14,215.65
2,350.51
6,676.66
1,440.84
2,863.07
1,440.69
1,343.20
2,326.35
1,406.55
1,290.83
1,317.48
3,533.75
1,414.08
1,354.20
1,379.67
1,426.32
4,996.38
PARQUE MARIA PARADO DE BELLIDO
PARQUE INTREGADOR EUROPA (VERDE)
PARQUE JOS? GALVEZ
FTE. A JR. ROSENDO LEDER 1148
FTE. JR. JOS? GABRIEL CHARIARSE 421
FTE. JR. JOSE DIAZ 492
PARQUE JULIO CESAR ESCOBAR
PARQUE VIRGEN DE GUADALUPE
PARQUE CORPUS CHRISTY
PARQUE H?ROES DE SAN JUAN
PARQUE FRANCISCO BOLOGNESI
PARQUE MIGUEL IGLESIAS
FTE. A CAL. ESTEBAN TUERTEN 993
FTE. A PARROQUIA CORPUS CHRISTY Y JR. JULIO BELLIDO
FTE. A CAL. JESUS MORALES 952
FTE. A JR. MANUEL JARAMILLO 837, MZ. M . LT 27
FTE. CAL. ESTEBAN TUERTEN 819
FTE. A JR. PEDRO BERTONELLI 784
FTE. A CAL. JES?S MORALES 736
FTE. A CAL. JUAN MENDIZABAL 751
FTE. A CAL. HERACLIDES CABRERA 779
TIMORAN Y SAN MENDIZABAL
PARQUE CAP. JOSE A. QUI?ONES
PARQUE SANTA CECILIA
PARQUE EL PROGRESO (ROJO)
PARQUE SAN MARTIN DE PORRES
PARQUE LA BUENA AMISTAD
PARQUE LAS FLORES
Ca. BRAULIO SUAREZ YROSENDO LEDER
FTE. A CAL.JESUS MORALES 639
FTE. A BUENAVENTURA AGUIRRE 398
FTE.A JR. ARTURO SUAREZ 145
PARQUE SANTA ROSA
PARQUE JUVENTUD SAN JUAN
PARQUE VIRGEN DE CHAPI
PARQUE LOS TULIPANES
FTE.A HERACLIDES CABRERA 385
FTE. A CAL. MANUEL WAGNER 480
FTE. A JR. GERMAN AMEZAGA 356
FTE. A CAL. HERACLIDES CABRERA 297
FTE.A CAL. HERACLIDES CABRERA 189
FTE. A CAL. FRANCISCO BEJARANO 321
FTE. A CAL. IGNACIO SEMINARIO 350
FTE. A CAL FRANCISCO BEJARANO 384
FTE. A CAL. FRANCISCO BEJARNO 464
FTE. A CAL. IGNACIO SEMINARIO540
FTE. A CAL. JOS? MARIA SEGUIN 233
FTE. A CAL. VIVIANO PAREDES 334
FTE. A CAL. ENRIQUE OPENHEIMER 665
FTE. A CAL. GERMAN AMEZAGA 568
FTE. A. JR. JOSE MARIA VILCHEZ
FTE. A CAL. JOSE MARIA SEGUIN 377
FTE. A CAL. ARTURO SUAREZ 737
FTE. A JR. JOSE DEL CAREN VERASTEGUI 541
FTE. A CAL MANUEL PAZOS 957
PARQUE TENIENTE FLORES
PARQUE LA FLORESTA (Migrans)
PARQUE BATALLA DE SAN JUAN (13 de enero)
PARQUE INDEPENDENCIA
PARQUE LOS GERANIOS
PARQUE 28 DE JULIO
PARQUE MIGUEL IGLESIAS
PARQUE SAN JUAN
PARQUE VILLALOBOS
PARQUE PLAZA MADRE DE LOS H?ROES
PARQUE VIRGEN DE LA ASUNCI?N
PARQUE CESAR VALLEJO
PARQUE LA AMISTAD
PARQUE MIGUEL GRAU
PARQUE LA BANDERA
PARQUE LAS PALMERAS
PARQUE SAGRADA FAMILIA
PARQUE ROMPECABEZAS (Santos Mariano)
MANUEL RIVASPLATA (Reducto N?04)
PARQUE EL NAZARENO
FTE. A CAL BUENAVENTURA AGUIRRE 832
FTE. A JR. TOMAS GUZMAN 443
FTE. A CAL. VALENTIN ESPEJO 428
FTE. A PSJ. ROSARIO DEL SOLAR 407
FTE. A CAL. ENRIQUE OPENHEIMER 837
FTE. A CAL FRANCISCO UGARRUZA 947
// A JR. ANDRES GUZMAN 194
PARQUE H?ROES DEL CENEPA
PARQUE MICAELA BASTIDAS
PARQUE LOZA CESAR CUETO
PARQUE MARISCAL ANDR?S AVELINO C?CERES
PARQUE LOZA LOS HIPICOS
PARQUE SANT?SIMA CRUZ HIPICA
PARQUE ARICA
// MAXIMO GORBITS 216
// MAXIMO GORBITS 318
FTE. AV. PEDRO SILVA 1121
PARQUE SANTA ROSA
FTE. A JR. MANNUEL PORTOCARRERO 483
FTE. A JR. MANUEL PAZOS 1191
PARQUE GRAN MARISCAL RAMON CASTILLA
PARQUE LA AMISTAD
FTE. A JR. MARTIN DULANTO FTE 560
JR. JUAN CASTILLA 546
PARQUE ASINCOOP (LOS CIPRESES)
PARQUE TNT FAP GUILLERMO SALAZAR P.
PARQUE VICTOR R. HAYA DE LA TORRE
PARQUE EL TREBOL
FTE. CAL. PEDRO ZELAYA 945
FTE. MAXIMILIANO CARRANZA 644
FTE. JR. JULIO BELLIDO 682
PARQUE TNTE. FAP POLO JIMENEZ
PARQUE JULIO BELLIDO
FTE. JR. JULIO BELLIDO FTE.648
FTE. JR. MANUEL CASOS 797
PARQUE JOAQUIN BERNAL
FTE. JR. JOAQUIN BERNAL CDRA. 745
FTE. JOSE ANTONIO MORALES 1037
FTE. JR. TORIBIO SEMINARIO 1138
FTE. JR. JUAN CASTILLA CDRA.769
PARQUE JOSE CARLOS MARIATEGUI (Santa Rosa)
PARQUE NESTOR BATANERO
PARQUE JUAN CASTILLA
PARQUE CORONEL DOMINGO AYARAZA (Adolfo Campo) FTE. JR. JUAN CASTILLA 872
PARQUE JOS? DIAZ
FTE. JR. JOSE VERASTEGUI 834
PARQUE LOS HEROES DE SAN JUAN
FTE. JR. JOSE GABRIEL CHARIARSE 943
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
19
DENOMINACI?N
UBICACI?N
?REA (M2)
PARQUE MICAELA BASTIDAS
JR. VALENTIN ESPEJO 954
1,430.56
1,338.82
1,740.79
1,214.38
1,354.50
1,384.35
1,278.38
7,881.29
1,202.45
1,389.47
1,389.31
2,866.35
8,060.01
2,657.29
3,163.80
1,840.25
1,808.53
1,205.60
1,287.38
8,255.58
2,239.20
3,201.69
959.36
PARQUE VIRGEN DEL BUEN PASO
PARQUE 12 DE ENERO
FTE. CAL. JOSE DIAZ CDRA 961
JR. MARTIN DULANTO 840
PARQUE CONFRATERNIDAD
PARQUE FELIPE ARANCIBIA
PARQUE MARIA AUXILIADORA
PARQUE LOS ALAMOS
FTE. JR. JUAN CASTILLA 1075
FTE. JR. FELIPE ARANCIBIA 972
FTE JR. BERNARDINO ROMERO 944
FTE. JR. MAXIMILIANO CARRANZA 1175
FTE. JR. BALTAZAR GRADOS 844
PARQUE 6 DE AGOSTO
PARQUE CESAR VALLEJO
FTE. JR. ANDRES GUZMAN 740
PARQUE UNI?N
FTE. JR. BALTAZAR GRADOS 736
PARQUE LOS LAURELES
FTE. JR. JULIO BELLIDO 1168
PARQUE MATEO PUMACAHUA
PLAZA MAYOR
FTE. A PSJ. PABLO BLAS 1212
FTE. A LA AV. GUILLERMO BILINGHURST 1025
FTE. A JR. RAMON RODRIGUEZ 642
PARQUE LOS ALAMOS
PARQUE SANTA ROSA
FTE. A JR CIPRIANO RIVAS 612
PARQUE SAN JOSE
FTE. A JR. JUAN PE?A 291
PARQUE SANTO TORIBIO
FTE. A JR. JUAN PE?A 219
PARQUE SAN MARTIN DE PORRES
PARQUE LAS AM?RICAS
FTE A JR. PEDRO BERTOLINI 560
ENTRE PSJ. CANADA U PSJ. PANAMA
JR. JORGE BASADRE FTE. MZ. A
PARQUE CENTRAL JORGE BASADRE
PARQUE AMAUTA
FTE. A JR. LOS MAESTROS 170
PARQUE HORACIO ZEVALLOS
PARQUE EL MIRADOR
AV. PEDRO MIOTA
JR. LAS ALMENDRAS Y CAL. LAS ACACIAS
FTE. A JR. LAS TUNAS 248, MZ. B LT 24
FTE. A JR. LAS MANZANAS 167, MZ. H LT. 38
FTE. A JR. LOS DURAZNOS 178, MZ N LT. 41
FTE. A CAL. LAS CIRUELAS 175
PARQUE N?1 LA FELICIDAD
4,607.69
4,793.48
3,151.80
2,913.15
3,269.61
2,768.50
573.19
PARQUE N?2 DE LA JUVENTUD
PARQUE N?3 EL ENSUE?O
PARQUE N?4 LA AMISTAD
PARQUE N?5 COMPLEJO DEPORTIVO
PARQUE MARIA AUXILIADORA N?2
PARQUE N?3 (JARD?N)
JR. LOS ALGARROBOS Y JR. LOS CACTUS
JR. JORGE BASADRE, FTE. MZ. B LT. 27
FTE. MZ. I LT. 20
PARQUE MARIA AUXILIADORA N?1
PARQUE SAN MARTIN DE PORRES
JARDIN SAN ANTONIO DE PADUA 1
JARDIN SAN ANTONIO DE PADUA 2
JARDIN SAN ANTONIO DE PADUA 3
JARDIN SAN ANTONIO DE PADUA 4
PARQUE S/N (VILLA SOLIDARIDAD I) ESPERANZA
PARQUE N?1 (VILA SOLIDARIDAD I)
PARQUE LA AMISTAD N?3
CAL. ALCIDES CARRI?N, FTE. MZ. H LT. 15
FTE. MZ H LT. 19
6,956.08
376.23
FTE. MZ K LT. 6 SAN ANTONIO DE PADUA
FTE. MZ F1 LT. 1 SAN ANTONIO DE PADUA
FTE. MZ F1. LT. 5 SAN ANTONIO DE PADUA
FTE. MZ G LT. 8 SAN ANTONIO DE PADUA
CAL. 2 FTE. MZ L LT 8 A.H. VILLA SOLIDARIDAD I
PSJ. 4, FTE MZ. K LT. 19 A.H. VILLA SOLIDARIDAD I
CAL. 11 FTE. MZ. K2 LT. 15 VILLA SOLIDARIDAD II
FTE. MZ. I2 LT. 16 VILLA SOLIDARIDAD II
FTE. MZ K LT 10 SECTOR SARITA COLONIA
FTE. MZ L LT. 5 SECTOR SARITA COLONIA
FTE. MAZ H LT 1 SECTOR SARITA COLONIA
JR. LOS CONQUISTADORES FTE. MS. X LT. 3 JESUS PODEROSO
JR. LOS CONQUISTADORES FTE. MZ X LT 16 JESUS PODEROSO
CAL. DANIEL GARCES, FTE. MZ HG LT. 15B URB. P.B.
FTE. A CAL MANUEL ZELAYA 420 URB. P.B.
FTE.A JR. FILIBERTO ROMERO 238 URB. P.B.
FTE. A JR. FILIBERTO ROMERO 519 URB. P.B.
FTE. A JR. MANUEL ESCOBAR 561 URB. P.B.
FTE A JR. MARIANO CAMPOS 586 URB P.B.
FTE. A AV. DEFENSORES DE LIMA 214 URB. P.B.
FTE. MZ T1 LT. 24 URB P.B.
318.06
334.25
271.74
910.81
2,747.92
581.07
709.71
PARQUE 30 DE AGOSTO
670.73
PARQUE Y CAMPO DEPORTIVO SARITA COLONIA
PARQUE COMIT? N?4 (SARITA COLONIA)
PARQUE COMIT? N?3 (SARITA COLONIA)
PARQUE JESUS PODEROSO
PARQUE VIRGEN DE FATIMA
PARQUE MARTIRES DEL PERIODISMO
PARQUE JOSE OLAYA
4,392.80
544.21
157.87
1,543.14
1,134.81
1,712.41
1,172.91
724.76
PARQUE FILIBERTO ROMERO 1
PARQUE FILIBERTO ROMERO 2
COMPLEJO DEPORTIVO PARQUE AMERICA
PARQUE 8 DE ENERO
546.96
27,312.67
1,907.26
2,668.72
1,433.58
342.55
PARQUE HEROES DEL CENEPA
PARQUE LA AMISTAD
PARQUE LA JUVENTUD
FTE. A JR. JUAN DAVALOS 499 URB. P.B.
JR. MANUEL PEREZ, FTE. MZ. B2 LT. 2 URB. P.B.
FTE. A JR. FELIPE OLIVA 527 URB. P.B.
COSTADO DEL TNT. SEGUNDO URBINA URB. P.B.
FTE. JR. JULIAN ARIAS 469 URB. P.B.
CAL. JULIO AGUIRRE Y CAL. GUADALUPE HUARE URB. P.B.
AV. SAN JUAN Y AV. DEFENSORES DE LIMA URB. P.B.
COSTADO DE LA PLAZUELA LA PILETA SAN VALENTIN URB. P.B.
FTE. CAL. FRANCISCO RETES 491 URB. P.B.
FTE. CAL. FRANCISCO RETES 477 URB. P.B.
PARQUE VIRGEN DE LAS MERCEDES
PARQUE TNTE. SEGUNDO URBINA
JARDIN TNT SEGUNDO URBINA
PARQUE MARCOS MEDINA SILVA (PONZONI)
COMPLEJO DEPORTIVO PARQUE AMERICA
PLAZUELA LA PILETA SAN VALENTIN
JARDIN FRANCISCO RETES 491
PARQUE SAUL FLOR JARRO
JARDIN FRANCISCO RETES 477
750.42
867.75
106.29
1,445.00
2,785.81
1,717.20
490.92
489.90
419.99
20
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
DENOMINACI?N
UBICACI?N
?REA (M2)
358.89
JARDIN FRANCISCO RETES 451
JARDIN NICANOR HERNANDEZ 1
JARD?N NICANOR HERNANDEZ 2
JARD?N NICANOR HERNANDEZ 3
ALAMEDA NEPOMUCENO VARGAS 603
ALAMEDA NEPOMUCENO VARGAS 497
ALAMEDA NEPOMUCENO VARGAS 452
ALAMEDA NEPOMUCENO VARGAS 465
PARQUE CONSTITUCION
FTE. CAL FRANCISCO RETES 451 URB P.B.
CAL. NICANOR HERNANDEZ, FTE. MZ. K2 LT. 15 URB. P.B.
CAL. NICANOR HERNANDEZ, FTE. MZ. K2 LT 9 URB. P.B.
CAL. NICANOR HERNANDEZ, FTE. MZ. K2 LT. 3 URB. P.B.
FTE AV NEPOMUCENO VARGAS 603-A URB. P.B.
FTE. AV. NEPOMUCENO VARGAS 497-A URB. P.B.
FTE. AV NEPOMUCENO VARGAS 452 URB P.B
FTE. AV. NEPOMUCENO VARGAS 465 URB. P.B.
FTE. CAL. CESAR RODRIGUEZ 391 URB. P.B.
407.65
379.93
405.12
569.38
496.15
455.56
2,407.10
2,511.37
1,449.05
1,626.25
3,346.48
2,153.50
2,153.50
2,013.81
1,980.04
874.00
PARQUE PANAMERICANO
FTE. A JR. DANIEL VELEZ 376 ZONA A - URB CIUDAD DE DIOS
FTE. CAL. RAMON GUERRERO 310 ZONA A - URB CIUDAD DE DIOS
AV. GABRIEL TORRES CDRA. 03 Y JR. ALEJANDRO TIRADO CDRA. 03 ZONA A - URB CIUDAD DE DIOS
FTE. JR. MANUEL ARIAS 489 ZONA A URB. CIUDAD DE DIOS
FTE. JR. PABLO ARGUEDAS 172 ZONA A - URB CIUDAD DE DIOS
FTE. JR. MANUEL VILLARAN 159 ZONA - URB. CIUDAD DE DIOS
FTE. JR. MANUEL ARIAS 521 ZONA K-URB CIUDAD DE DIOS
FTE. AV. FAUSTINO SILVA 737 ZONA K- URB CIUDAD DE DIOS
FTE. CAL. RAM?N GUERRERO 684 ZONA K URB. CUIDAD DE DIOS
FTE. CAL. ARTURO ARMERO 125 URB. EL ARENAL SAN JUAN
FTE. JR. JUAN GUERRA 772 URB. EL ARENAL SAN JUAN
FTE. JR. JUAN GUERRA 874 URB. EL ARENAL SAN JUAN
FTE. JOSE BALTA 139 URB. SAN JUANITO
PARQUE VIRGE DE LAS MERCEDES
PARQUE 24 DE DICIEMBRE
PARQUE RECREATIVO
PARQUE LOS HEROES
PARQUE WILLIAM Mc CARTHY
PARQUE JOHN F. KENNEDY
PARQUE LA BUENA AMISTAD
PARQUE EL MAESTRO
1,693.29
2,228.34
2,630.76
2,419.31
1,806.08
1,660.25
1,987.76
623.99
PARQUE ANDRES AVELINO C?CERES
PARQUE EL REDUCTO N?1
PARQUE 13 DE ENERO
PARQUE LA DIGNIDAD
PARQUE CENTRAL N?2 SAN JUANITO
PARQUE UNI?N PANAMERICANA
PARQUE K2
FTE. PSJ. JOSE OLAYA 220 URB. SAN JUANITO
CRUCE DE LA AV. ANTONIO BUCKINGHAM Y JIR?N MANUEL V. ARIAS
FTE. MZ. K2 LT. 11 SECTOR LA RINCONADA
PARQUE FLOR DE LA CANTUTA
PARQUE NI?O JESUS
PSJ. FLOR DE LA CANTUTA FTE MZ. Y1 LT.6 SECTOR LA RINCONADA
MZS. S1/O1/G2 SECTOR LA RINCONADA
750.08
856.56
PARQUE SAN MARTIN DE PORRES
PARQUE TUPAC AMARU (PQ. N?2)
PARQUE ENTORNO ECOL?GICO N?1 (OLLANTAY)
PARQUE ENTORNO ECOL?GICO N?2 (OLLANTAY)
PARQUE ENTORNO ECOL?GICO N?3 (OLLANTAY)
PARQUE CENTRAL OLLANTAY
PARQUE BELEN
CAL. LOS PROCERES, FTE. MZ. LL6 LT. 18 SECTOR 5 DE MAYO
AV. PRINCIP?L FTE. MZ A LT 13 SECTOR IMPERIAL
FTE. MZ. O3 LT. 20 SECTOR OLLANTAY
846.92
202.99
820.97
FTE. MZ G3 LT. 29 SECTOR OLLANTAY
724.40
FTE. MZ V3 LT 3 SECTOR OLANTAY
4,636.55
6,923.39
1,906.06
4,118.85
5,144.69
2,077.43
4,345.68
6,415.26
13,200.14
862.97
FTE. MZ P3 LT19 SECTOR OLLANTAY
FTE. MZ J4F LT 24 SECTOR 12 DE NOVIEMBRE
PARQUE LAS AMERICAS
FTE. MZ K4 LT. 3 SECTOR 12 DE NOVIEMBRE
PARQUE MIGUEL GRAU
FTE. MZ. H2 LT. 10 SECTOR MIGUEL GRAU
PARQUE RAUL HAYA DE LA TORRE
PARQUE EL BRILLANTE
FTE MZ K LT 4 SECTOR EL BRILLANTE
FTE A LA PROL. AV. SAN JUAN 108 SECTOR EL BRILLANTE
FTE. MZ K LT 31 SECTOR ALFONSO UGARTE
PLZA C?VICA ALFONSO UGARTE
CAMPO DEPORTIVO EL HUECO
JARDIN GABRIEL TORRES (ALFONZO UGARTE)
JARDIN EDILBERTO RAMOS (ALFONZO UGARTE)
JARDIN EDILBERTO RAMOS (ALFONZO UGARTE)
PARQUE INMACULADA
AV. GABRIEL TORRES, MZ K FTE. LT 1 SECTOR ALFONSO UGARRTE
PRL. AV. GABRIEL TORRES FTE MZ Q SECTOR ALFONSO UGARTE
AV. EDILBERTO RAMOS FTE MZ N1 SECTOR ALFONSO UGARTE
AV. EDILBERTO RAMOS FTE MZ O1 SECTOR ALFONSO UGARTE
FTE A LA MZ W7 LT 10 SECTOR VILLA SAN LUIS
813.02
759.21
2,433.46
1,619.29
1,887.26
1,208.77
2,389.04
533.80
PARQUE SECO (EDILBERTO R?MOS)
PARQUE NAZARENO
FTE. MZ. T7 LT 20 SECTOR VILLA SAN LUIS
AV. EL NAZARETH FTE. MZ C LT 6 SECTOR EL NAZARENO
FTE. A LA MZ N5 LT 32 SECTOR VIRGEN DEL BUEN PASO
FTE A LA MZ L5 LT. 31 SECTOR VIRGEN DEL BUEN PASO
FTE. A LA MZ F5 LT. 13 SECTYOR DEL BUEN PASO
FTE. PQ. CRUZ DE MOTUPE SECTOR VIRGEN DEL BUEN PASO
AV. LA REFORMA FTE. MZ. 63 LT 26 SECTOR 28 DE JULIO
FTE. A LA MZ. 57 LT 2, SECTOR 28 DE JULIO
PARQUE LA REFORMA
PARQUE VIRGEN DEL BUEN PASO
PARQUE CRUZ DE MOTUPE
CAMPO DEPORTIVO AMAUTA
PARQUE 28 DE JULIO
8,593.57
1,589.87
1,971.12
1,139.75
848.41
PARQUE LA BANDERA
PARQUE N?19
FTE. A LA MZ 46 LT. 24 SECTOR BUENOS MILAGROS
FTE. A LA MZ 25 LT. 3 SECTOR NUEVO HORIZONTE
FTE. A LA MZ. 22 LT. 15 SECTOR NUEVO HORIZONTE
FTE A LA MZ. 20 LT 14 SECTOR NUEVO HORIZONTE
FTE. A LA MZ. 18 LT 19 SECTOR 28 DE MAYO
PARQUE NUEVO HORIZONTE
PARQUE CENTRAL NUEVO HORIZONTE
PARQUE N?11 NI?O HEROE NESTOR BONILLA
PARQUE 28 DE MAYO
2,637.60
8,965.50
1,007.94
1,753.11
1,140.43
30,271.70
971.10
PARQUE SAN FRANCISCO DE LA CRUZ
PARQUE CENTRAL EL PAC?FICO
ESTADIO EL HUECO DE PAMPAS
PARQUE LOS PINOS
FTE. A LA MZ. 14 LT 19, SECTOR SAN FRANCISCO DE LA CRUZ
CAL. MARISCAL CASTILLA, FTE MZ C LT 19 A.H. EL PACIFICO I
CAL. OROPAZA, FTE. MZ. J LT. 1 A.H. JAVIER HERAUD
CAL. MARIA REICHE, FTE. MZ B LT. 5 SECTOR LOS PINOS
FTE. A LA MZ. F LT 1 C.D.V LA FORTALEZA I
PARQUE LAS LILAS
1,496.42
2,522.20
PARQUE VIRGEN DE LA FAMILIA
FTE. A LA CAL. LOS EUCALIPTOS 965 C.D.V. LA FORTALEZA I
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
21
DENOMINACI?N
UBICACI?N
?REA (M2)
PARQUE SANTA ROSA
ENTRE LAS MZS S,T,U,V,X,W,/ C.D.V. LA FORTALEZA I
FTE. MZ.N LT.1 C.D.V. LA FORTALEZA I
1,491.75
1,866.05
1,737.52
5,677.11
2,359.75
1,165.10
1,541.15
1,580.48
7,068.40
3,152.98
2,156.32
8,075.18
1,917.38
2,392.87
1,332.37
1,469.34
996.97
PARQUE LAS ORQUIDEAS
PARQUE JUAN VELASCO ALVARADO
PARQUE LOS PUMAS
FTE. A LA AV. LOS EUCALIPTOS 319 A.S.V. VALLE SARON
AV LOS EUCALIPTOS, FTE A LA MZ. B LT. 18 A.S.V. VALLE SARON
CAL. JOS?W MARIA ARGUEDAS, FTE. MZ. G1 LT 2 / A.H. HEROES DE SAN JUAN
CAL. MIGUEL GRAU, FTE. MZ. I LT. 29 A.H. TREBOL AZUL
CAL. JOSE OLAYA, FTE. MZ F LT. 1A A.H. TREBOL AZUL
FTE. MZ. J LT. 18 C.D.V. SANTA URSULA
PARQUE LOS HEROES
PARQUE SANTA MARIA
PARQUE HUASCAR
PARQUE CENTRAL SANTA URSULA
PARQUE LA BANDERA
FTE. MZ. B LT. 10 A.H. JOS? CARLOS MARIATEGUI
PARQUE VIRGEN DE LAS MERCEDES
PARQUE LOS OLIVOS
CAL. 9, FTE. MZ. C LT. 14 A.H. JOS? CARLOS MARIATEGUI
CAL. LOS CLAVELES, FTE. MZ H LT. 28 C.D.V. URANMARCA
CAL. LAS LILAS, FTE. MZ E LT. 6 C.D.V. URANMARCA
CAL. LOS TULIPANES, FTE. MZ. N LT.5 C.D.V. URANMARCA
FTE. MZ C LT. 13 A.H. 20 DE MAYO
PARQUE CENTRAL LAS PALMERAS
PARQUE LA AMISTAD
JARDIN 20 DE MAYO
COOPERATIVA DE VIVIENDA SANTA ?RSULA III
PARQUE SECO DE SANTA ?RSULA
ALAMEDA N?1 SANTA ?RSULA
PARQUE FELIPE ALBA ALBA (MAR?A GU?A)
PARQUE CENTRAL REP?BLICA FEDERAL ALEMANA
CUCHILLA DE CANERO
FTE. MZ. D LT.9 A.H. 20 DE MAYO
CRUCE DE LA AV. CESAR CANEVARO Y CALLE SANTA RITA
MZ. D CRUCE DE LA AV. ANDR?S AVELINO C?CERES Y CALLE SANTA TEREZA (SANTA ?RSULA)
MANZANA L Y K POLICLINICO SAGRADA FAMILIA
2,713.87
951.86
CALLE 4 RICARDO PALMA ALEMANA, SAN JUAN DE MIRAFLORES 15801
4,610.46
PARQUE SANTIAGO DE SURCO - LOS
?LAMOS (JOS? OLAYA)
2,809.47
PARQUE BASENFOR
1,163.93
11,292.31
8,053.52
24,511.12
515.08
PARQUE #1 UMAMARCA
PARQUE #2 UMAMARCA
PARQUE AM?RICA
PARQUE MATEO PUMACAHUA II
PARQUE DEFENSORES DE LIMA
SAN JUAN DE MIRAFLORES 15058
2,776.81
592,666.47
TOTAL PARQUES, ALAMEDAS, OTROS
BERMAS Y V?AS PRINCIPALES CON ?REAS VERDES
N?
BERMAS CENTRALES
AV. MARIA SEGUIN
DESCRIPCION
AREA (M2)
1
2
2,208.02
AV. BELLINGHURST
4,124.32
3,356.13
9,048.20
8,559.49
301.93
3
AVBELISARIO SUAREZ
AV. CANEVARO
4
5
AV. CASTRO IGLESIAS
AV. CALLE 21(ARCO ALEMANA)
AV. SALVADOR ALLENDE
AV. LIZARDO MONTERO
AV. VARGAS MACHUCA
AV. LUIS PARDO
6
7
48,747.24
3,062.84
4,761.23
593.42
8
9
10
BERMA 1
BERMA 2
BERMA 3
38,586.28
8,801.91
16,770.32
41,983.40
10,260.13
11,756.31
8,758.49
4,215.58
102,164.39
419.74
11
AV. LOS HERO?S
12
13
14
AV. PEDRO MIOTTA
AV. CENTRAL (PAMPLONA ALTA)
PROLONGACI?N SAN JUAN
BERMA 1
BERMA 2
15
16
MIGUEL IGLESIAS
AV. EL TRIUNFO (PANAMERICANA SUR)
BERMA 1
BERMA 2
BERMA 3
17
AV. ALIPIO PONCE
278.46
2,491.95
331,249.77
923,916.24
TOTAL BERMAS
TOTAL, AREAS VERDES
22
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
5.4.
TASAS DE SERENAZGO
Las tasas estimadas de Serenazgo para el Ejercicio 2021 son las siguientes:
Tasas anuales por uso y zona ? A?o 2020
(En soles por predio)
Zonas de peligrosidad
N?
Categor?a de Uso
1
2
3
4
5
1
2
Casa Habitaci?n
20.06
47.12
36.19
54.06
11.07
53.20
23.26
62.85
13.52
Comercio 1
53.82
3
Comercio 2
567.07
363.26
1,347.02
708.43
352.29
44.90
466.96
1,347.02
1,843.57
190.37
70.27
305.32
1,167.42
1,536.45
257.34
179.60
404.10
2,091.09
33.67
492.05
1,209.78
1,242.51
737.32
153.94
808.21
1,039.13
41.58
4
Industria
1,290.90
525.56
5
Servicios
6
Educaci?n
323.28
7
Organizaciones sociales
Salud
636.77
8
1,077.62
1,537.19
89.29
493.90
865.94
54.48
404.10
691.47
11.46
9
Mercados
10
11
12
13
14
15
Terrenos sin construir
Servicio de Hospedaje
Supermercado y Centro Comerciales
Predios de las entidades religiosas
Gobierno
481.96
285.73
36,279.93
149.66
0.00
1,160.51
0.00
641.81
0.00
977.37
0.00
97,632.53
125.72
247.85
269.40
0.00
36.73
119.73
97.96
624.90
538.81
808.21
Entidades financieras
987.81
1,077.62
0.00
Tasas anuales por uso y zona ? A?o 2021 (Con IPC)
(En soles por predio)
Zonas de peligrosidad
N?
Categor?a de Uso
1
2
3
4
5
1
2
Casa Habitacion
20.30
47.70
36.63
54.73
11.20
23.54
13.68
Comercio 1
53.85
472.75
1,363.72
1,866.43
192.73
71.14
63.62
54.48
498.15
1,224.7 8
1,257.91
746.46
1 55.84
818.23
1,052.01
42.09
3
Comercio 2
574.10
1,306.90
532.07
367.76
1,363.72
717.21
356.65
45.45
309.10
1,181.89
1,555.50
260.53
181.82
409.11
2,117.01
34.08
4
Industria
5
Servicios
6
Educaci?n
327.28
7
Organizaciones sociales
Salud
644.66
8
1,090.98
1,556.25
90.39
500.02
876.67
55.15
409.11
700.04
11.60
9
Mercados
10
11
12
13
14
15
Terrenos sin construir
Servicio de Hospedaje
Supermercado y Centro Comerciales
Predios de las entidades religiosas
Gobierno
487.93
289.27
36,729.80
151.51
0.00
1,174.90
0.00
649.76
0.00
9 89.4 8
0.00
9184 3.17
127.27
250.92
272.74
0.00
37.18
121.21
99.17
632.64
545.49
818.23
Entidades financieras
1,00 0.05
1,090.98
0.00
El Peruano / Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 NORMAS LEGALES
23
Tasas mensuales por uso y zona ? A?o 2020
(En soles por predio)
Se obtiene al dividir las tasas anuales entre 12 meses.
Zonasdepeligrosidad
N?
Categor?adeUso
Casa Habitaci?n
1
2
3
4
5
1
2
1.67
3S2
3.01
4.50
0.92
4.43
1.93
5.23
1.12
4.48
Comercio 1
3
Comercio 2
47.25
30.27
38.91
112.25
153.63
15.86
5.85
25.44
97.28
128.03
21.44
14.96
33.67
174.25
280
41.00
100.81
103.54
61.44
12.82
67.35
86.59
3.46
4
Industria
107.57
43.79
26.94
53.06
89.80
128.09
7.44
11225
59.03
29.35
3.74
5
Servicios
6
Educaci?n
7
Organizaciones sociales
Salud
8
41.15
7216
33.67
57.62
0.95
9
Mercados
10
11
12
13
14
15
Terrenos sin construir
Servicios de Hospedaje
Supermercado y Centro Comerciales
Precios de las entidades religiosas
Gobierno
4.54
40.16
8,136.04
10.47
5207
23.81
3023.32
1247
96.70
0.00
53.48
0.00
81.44
0.00
20.65
22.45
0.00
3.06
9.97
0.00
44.90
67.35
8.16
Entidades ?nancieras
8231
89.80
0.00
Tasas mensuales por uso y zona ? A?o 2021 (Con IPC)
(En soles por predio)
Zonas de peligrosidad
Categor?a de Uso
N?
1
2
3
4
5
1
2
Casa Habitacion
Comercio 1
1.69
3.96
3.04
4.55
0.93
4.48
1.95
1.13
5.29
4.53
3
Comercio 2
47.83
108.90
44.33
27.27
53.71
90.91
129.67
7.53
30.64
113.64
59.76
29.71
3.78
39.39
113.64
155.53
16.05
5.92
25.75
98.48
129.61
21.70
15.14
34.08
176.41
2.83
41.50
102.06
104.82
62.20
129
4
Industria
5
Servicios
6
Educaci?n
7
Organizaciones sociales
Salud
8
41.66
73.05
4.59
34.08
58.33
0.96
68.18
87.66
3.50
9
Mercados
10
11
12
13
14
15
Terrenos sin construir
Servicio de Hospedaje
Supermercado y Centro Comerciales
Predios de las entidades religiosas
Gobierno
40.65
8,236.92
10.59
52.71
83.
24.10
3,060.80
12.62
0.00
97.89
0.00
54.14
0.00
82.44
0.00
20.90
2272
0.00
3.09
10.09
8.26
45.45
68.18
Entidades ?nancieras
90.91
0.00
El importe a pagar por predio, se obtiene de la siguiente manera:
-
-
-
Identi?car el uso del predio.
Identi?car la zona donde se sit?a el predio.
Identi?car la tasa del predio.
En el caso de cond?minos, la tasa por predio ser? dividida seg?n el porcentaje de propiedad declarado.
24
NORMAS LEGALES
El Peruano
Mi?rcoles 30 de diciembre de 2020 /
ZONAS DE PELIGROSIDAD
N?
ZONA
DESCRIPCI?N
Zona residencial del distrito con sectores dedicados a comercio
local y zonal, con alto concentraci?n de robos y asalto a
domicilios.
1
ZONAURBANASANJUAN
Zona con fuerte presencia de venta clandestina de
estupefacientes y alcohol en lugares de dudosa reputaci?n.
2
CIUDADDEDIOS.PAMPLONABAJAYSANJUANITO
En este sector existe la presencia de pandillas. comercio
informal y locales de bailes informales que son factores que
generan inseguridad. Por otro lado. alta presencia de la
Violencia familiar.
3
4
5
PAMPLONAALTA
DESANJUANYMARIAAUXILIADORA
PANAMERICASURYZONARESIDENCIAL
Zona de expansi?n urbana.
Zona residencial con poca presencia comercial y por
tanto
presencia delictiva b?sicamente es atenci?n a casa
habitaci?n.
6.
ESTIMACION DE INGRESOS
SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES
En el caso de Barrido de Calles, los ingresos estimados tienen una cobertura del 99.77% del costo del Servicio,
principio que se cumple que los ingresos no deben superar al costo.
Ingreso 2020 (S/)
(a)
IPC
(b)
Ingresos 2021 (S/)
c = (a)x(b)+(a)
2,465,719.53
Costo 2021 (S/)
(d)
Cobertura %
(c)/(d)
2,435,519.09
1.24%
2,471,396.25
99.77%
SERVICIO DE RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS
En el caso de Recolecci?n de Residuos S?lidos, los ingresos estimados tienen una cobertura del 99.57% del costo
del Servicio, principio que se cumple que los ingresos no deben superar al costo.
Ingreso 2020 (S/)
(a)
IPC
(b)
Ingresos 2021 (S/)
c = (a)x(b)+(a)
18,139,067.16
Costo 2021 (S/)
(d)
Cobertura %
(c)/(d)
17,916,897.63
1.24%
18,216,516.43
99.57%
SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
En el caso de Parques y Jardines los ingresos estimados tienen una cobertura del 99.75% del costo del Servicio,
principio que se cumple que los ingresos no deben superar al costo
Ingreso 2020 (S/)
(a)
IPC
(b)
Ingresos 2021 (S/)
c = (a)x(b)+(a)
4,738,062.02
Costo 2021 (S/)
(d)
Cobertura %
(c)/(d)
4,680,029.65
1.24%
4,749,809.47
99.75%
SERVICIO DE SERENAZGO
En el caso de Serenazgo los ingresos estimados tienen una cobertura del 98.49% del costo del Servicio, principio que
se cumple que los ingresos no deben superar al costo.
Ingreso 2020 (S/)
(a)
IPC
(b)
Ingresos 2021 (S/)
c = (a)x(b)+(a)
3,986,300.27
Costo 2021 (S/)
(d)
Cobertura %
(c)/(d)
3,937,475.57
1.24%
4,047,551.67
98.49%
1915738-1