Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba
Universidad Nacional Intercultural
de Quillabamba
COMISIÓN ORGANIZADORA
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 105-2020-P-CO-UNIQ
Quillabamba, 21 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Informe Nº 011-2020-UNIQ-OPP, Informe Nº 020-2020-UNIQ-OPP, Informe Legal Nº 018-2020-OAL-BFT/UNIQ, el Acuerdo Nº 041-2020-SE-CCO-UNIQ del Consejo de Comisión Organizadora de fecha 28 de mayo de 2020; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al 4to párrafo del Art. 18, de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. 8, de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, el Estado reconoce la autonomía Universitaria, y conforme a la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece que el presidente ejerce la titularidad del pliego presupuestal.
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 029-2020-P-CO-UNIQ, de fecha 28 de mayo de 2020, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba.
Que, bajo Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, de fecha 18 de mayo del 2018, modificado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, que tiene como finalidad, que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía.
Que, la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, de fecha 04 de diciembre del 2019, aprueba los “Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de las universidades públicas”, precisando que las Universidades Públicas aprueban su ROF de manera integral mediante resolución del Titular de la entidad.
Que, mediante Oficio Nº 188-2020-P-CO-UNIQ, en fecha 27 de noviembre de 2020, el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora de la UNIQ Dr. Oswaldo Luízar Obregón, remite a la Dirección General de Educación Superior Universitaria-Ministerio de Educación, la información adicional para la validación del Reglamento de Organización y Funciones de la UNIQ, remitiendo adjunto la propuesta del ROF y el INFORME TECNICO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES emitido por la Unidad de Planeamiento, Estadística y Desarrollo Institucional de la UNIQ, que sustenta la propuesta de aprobación del ROF de la UNIQ, en aplicación de la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, que aprueba los lineamientos para la formulación del ROF de las Universidades Públicas, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los lineamientos de Organización del Estado, entre otras normativas consideradas por su alcance.
Que, mediante Oficio Nº 01156-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU, el Director General de Educación Superior Universitaria-DIGESU, del Vice Ministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, Dr. Jorge Mori Valenzuela, remite el Informe Nº 00260-2020-MINEDU/VHGP-DIGESU, mediante el cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, emite opinión respecto a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, concluyendo en su Numeral;
3.1. La propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba cumple con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU.
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, Ley Universitaria Nº 30220, Resolución Vice Ministerial Nº 088-2017-MINEDU, Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, Resolución Viceministerial Nº 588-2019-MINEDU y el Estatuto de la UNIQ;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, que forma parte de la presente Resolución, a folios 56, el mismo que consta de:
(101) Artículos
(II) Títulos
(VI) Capítulos
(0I) Anexo – Organigrama de la UNIQ.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Presidencial Nº 029-2020-P-CO-UNIQ, de fehca 28 de mayo de 2020.
Artículo Tercero.- DISPONER el cumplimiento de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial “EL Peruano” y Portal Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba. www.uniq.edu.pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OSWALDO LUÍZAR OBREGÓN
Presidente
Comisión Organizadora
EDGAR PINTO HUANCAVILCA
Secretario General
1915249-1