Aprueban el Cuadro de Asignación de Personal - Provisional de la Dirección Regional de Salud de Junin - DIRESA - JUNIN
ORDENANZA REGIONAL
Nº 340-GRJ/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Junín en Sesión Virtual Extraordinaria celebrada a los 18 días del mes de diciembre de 2020, en la Sala de Sesiones Virtual de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, en el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú establece que, los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto.
Que, el artículo 10 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que los gobiernos regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitución, la Ley de Bases de la Descentralización y la presente Ley. Entre ellos en su literal c) establece como competencia exclusiva de estos, el aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto.
Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, modifica y actualiza la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, en el marco de la implementación de la Ley Nº 30057, con la finalidad de viabilizar el tránsito de las entidades al régimen del servicio civil; en cuyo Anexo 4 se establecen los lineamientos para la aprobación del CAP Provisional.
Que, los numerales 3.15 y 4.16 del Anexo Nº 04 de la citada Directiva, establecen que la aprobación del CAP Provisional por parte de las entidades, de los tres niveles de gobierno, está condicionada al Informe Técnico de opinión favorable que emita SERVIR.
Que, el numeral 7.5 de la Directiva en mención, precisa que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, y cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057. Asimismo, establece que el CAP Provisional solo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 de la referida Directiva.
Que, el Decreto Supremo Nº 025-2019-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693.
Que, el Decreto de Urgencia Nº 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, establece en el numeral 14.1 del artículo 14, la autorización para continuar el proceso de nombramiento dispuesto en la Ley Nº 30957 hasta el 40% (cuarenta por ciento) durante el año 2020, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957.
Que, en esa línea, el numeral 14.3 del citado artículo establece que para el proceso de nombramiento es requisito que las plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), y en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), según corresponda. Asimismo, que las plazas o puestos a ocupar se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y cuenten con la respectiva certificación del crédito presupuestario.
Que, con Informe Técnico Nº 09-2020-GRJ-DRSJ-OEGDRH/CAP emitido por la Directora de Recursos Humanos de la DIRESA JUNÍN se emite el informe de propuesta de CAP – P de esta entidad, en el marco de la Ley Nº 30957 Nombramiento de Excluidos, Decreto Supremo Nº 025-2019-AS, R.M Nº1088-2019/MINSA, D.U. Nº016-2020, R.M. Nº 280-2020-MINSA y el ROF Y CLASIFICADOR DE CARGOS vigente. En este mismo sentido, con reporte Nº 170-2020-GRJ-DRSJ-OEPE del director de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la DIRESA JUNÍN emite opinión favorable para aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional 2020 de la DIRESA JUNÍN y sus doce unidades ejecutoras.
Que, con Oficio Nº 144-2020-GRJ/GGR (Expediente Nº 2020-0025830) y Oficio Nº 146-2020-GRJ/GGR (Expediente Nº 2020-0026598), la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional Junín – DIRESA JUNÍN remite y sustenta todos los requisitos que se estipulan en la directiva, de tal forma que con Informe Técnico Nº 000156-2020-SERVIR/GDSRH se emite la opinión técnica favorable de SERVIR, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, declaran que la documentación remitida por la Dirección Regional de Salud DIRESA JUNIN está completa, por lo que es pertinente proseguir con la evaluación, que involucra a las siguientes unidades ejecutoras:
Nº |
Número de unidad ejecutora |
DIRESA/ GERESA / EJECUTORA (DIRECCIÓN DE RED DE SALUD, HOSPITAL, INSTITUTO) |
Se encuentra en proceso de nombramiento (colocar Sí o No) |
1 |
UE 400 |
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNÍN |
SI |
2 |
UE 401 |
HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLÍNICO QUIRÚRGICO “DANIEL A. CARRIÓN” |
SI |
3 |
UE 402 |
HOSPITAL REGIONAL DOCENTE MATERNO INFANTIL “EL CARMEN” |
SI |
4 |
UE 403 |
RED DE SALUD JAUJA |
SI |
HOSPITAL “DOMINGO OLAVEGOYA” |
SI |
||
5 |
UE 404 |
RED DE SALUD TARMA |
SI |
HOPITAL “FELIX MAYORCA SOTO” |
SI |
||
6 |
UE 405 |
RED DE SALUD CHANCHAMAYO |
SI |
HOSPITAL “JULIO CESAR DE MARINI CARO” |
SI |
||
7 |
UE 406 |
RED DE SALUD SATIPO |
SI |
HOSPITAL “MANUEL A. HIGA ARAKAKI” |
SI |
||
8 |
UE 407 |
RED DE SALUD DE JUNIN |
SI |
HOSPITAL DE APOYO JUNÍN |
SI |
||
9 |
UE 408 |
RED DE SALUD VALLE DE MANTARO |
SI |
10 |
UE 409 |
RED DE SALUD PICHANAKI |
SI |
HOSPITAL DE APOYO PICHANAKI |
SI |
||
11 |
UE 410 |
RED DE SALUD SAN MARTIN DE PANGOA |
SI |
HOSPITAL DE APOYO SAN MARTIN DE PANGOA |
SI |
||
12 |
UE 411 |
RED DE SALUD DE CONCEPCION |
NO |
13 |
UE 412 |
RED DE SALUD DE CHUPACA |
SI |
Que, las propuestas de CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Junín y sus 12 Unidades Ejecutoras, contienen los cargos aprobados en el Manual de Clasificación de Cargos (MCC) del Ministerio de Salud (MINSA), aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 595-2008/MINSA y modificatorias, teniendo la siguiente distribución:
DISTRIBUCIÓN SEGÚN LA CLASIFICACIÓN DE LOS CARGOS
Nº |
DIRESA / Unidad Ejecutora |
Clasificación |
Total de cargos |
||||||
FP |
EC |
Servidor Público |
|||||||
SP-DS |
SP-EJ |
SP-ES |
SP-AP |
||||||
1 |
UE 400 |
DIRECCION REGIONAL DE SALUD JUNIN |
9 |
17 |
153 |
81 |
260 |
||
2 |
UE 401 |
HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLÍNICO QUIRÚRGICO “DANIEL ALCIDES CARRIÓN” |
1 |
79 |
586 |
371 |
1037 |
||
3 |
UE 402 |
HOSPITAL REGIONAL DOCENTE MATERNO INFANTIL “EL CARMEN” |
3 |
60 |
487 |
332 |
882 |
||
4 |
UE 403 |
RED DE SALUD JAUJA |
10 |
31 |
4 |
461 |
265 |
771 |
|
HOSPITAL “DOMINGO OLAVEGOYA” |
1 |
20 |
254 |
182 |
457 |
||||
5 |
UE 404 |
RED DE SALUD TARMA |
6 |
24 |
2 |
293 |
226 |
551 |
|
HOSPITAL “FELIX MAYORGA SOTO” |
1 |
49 |
343 |
229 |
622 |
||||
6 |
UE405 |
RED DE SALUD CHANCHAMAYO |
5 |
12 |
197 |
238 |
452 |
||
HOSPITAL REGIONAL DOCENTE DE MEDICINA TROPICAL “JULIO CESAR DE MARINI CARO” |
1 |
25 |
185 |
205 |
416 |
||||
7 |
UE406 |
RED DE SALUD SATIPO |
8 |
14 |
271 |
338 |
631 |
||
HOSPITAL “MANUEL. A. HIGA ARAKAKI” |
1 |
20 |
178 |
153 |
352 |
||||
8 |
UE407 |
RED DE SALUD JUNÍN |
5 |
14 |
92 |
130 |
241 |
||
HOSPITAL DE APOYO DE JUNÍN |
1 |
18 |
1 |
79 |
84 |
183 |
|||
9 |
UE 408 |
RED DE SALUD VALLE DEL MANTARO |
9 |
30 |
509 |
359 |
907 |
||
10 |
UE 409 |
RED DE SALUD PICHANAKI |
6 |
14 |
171 |
152 |
343 |
||
HOSPITAL DE APOYO PICHANAKI |
1 |
20 |
113 |
89 |
223 |
||||
11 |
UE 410 |
RED DE SALUD SAN MARTIN DE PANGOA |
5 |
14 |
129 |
109 |
257 |
||
HOSPITAL DE APOYO SAN MARTIN PANGOA |
19 |
126 |
143 |
288 |
|||||
12 |
UE 412 |
RED DE SALUD CHUPACA |
6 |
18 |
178 |
183 |
385 |
||
TOTAL, GENERAL |
0 |
79 |
499 |
7 |
4805 |
3869 |
9258 |
||
Donde: |
|||||||||
FP= Funcionario Público; EC= Empleado de Confianza; SP-DS= Servidor Público Directivo Superior; SP-EJ= Servidor Público Ejecutivo; SP-ES=; Servidor Público Especialista y SP-AP= Servidor Público de Apoyo |
Que, mediante Reporte Nº 327-2020-GRJ-DRSJ-DG, de fecha 14 de diciembre de 2020 el Director Regional de Salud remite la Opinión Técnica favorable del CAP-P de la DIRESA/JUNÍN y sus Unidades Ejecutoras, con el objetivo de que sea aprobado por el Consejo Regional del Gobierno Regional Junín.
Que, con informe legal Nº 530-2020-GRJ/ORAJ del 14 de diciembre de 2020, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica concluye que es 1.- Es PROCEDENTE la aprobación del “Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Dirección Regional de Junín” por contar con opinión favorable del SERVIR mediante Informe Técnico Nº 00156-2020-SERVIR-GDSRH. 2.- Se recomienda ELEVAR al Consejo Regional para la prosecución de su trámite respetivo, conforme a sus competencias contenidas en el artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y con el Dictamen favorable Nº 021-2020-GRJ7CR/CPPPyAT de la Comisión Permanente de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional Junín ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente:
“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA: EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL- PROVISIONAL DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN”
Artículo PRIMERO.- APROBAR EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL - PROVISIONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE JUNÍN – DIRESA JUNÍN que se encuentra detallado en el informe Técnico Nº 156-2020-SERVIR/GDSRH emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR e Informe Técnico Nº 09-2020-GRJ-DRSJ-OEGDRH/CAP.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en la página web del Gobierno Regional Junín, en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario encargado de los avisos judiciales de la Región Junín.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Junín para su promulgación.
Dado en la sala virtual del Gobierno Regional de Junín a los 18 días del mes de diciembre del año dos mil veinte.
ABIMAEL P. ROJAS TICSE
Consejero Delegado
Consejo Regional
Por lo tanto:
Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 19 días del mes de diciembre de 2020.
FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS
Gobernador Regional
1915324-1