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Aprueban la Adenda N° 3 del Contrato de Fideicomiso del Fondo MIPYME Emprendedor

Aprueban la Adenda Nº 3 del Contrato de Fideicomiso del Fondo MIPYME Emprendedor

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 377-2020-EF/52

Lima, 27 de diciembre del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se crea el Fondo MIPYME para financiar fondos de garantía o afianzamiento para empresas del sistema financiero o mercado de valores, y para participar en el financiamiento de fondos orientados a la adquisición de facturas conformadas y negociables emitidas por las Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME) a través de empresas del sistema financiero o del mercado de valores;

Que, en el marco del artículo 31 de la Ley Nº 30230, mediante Resolución Ministerial Nº 180-2015-EF/15 se aprueba el Contrato de Fideicomiso del Fondo MIPYME, ahora Fondo MIPYME Emprendedor;

Que, en los numerales 2, 3 y 4 de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y Startups, se autoriza, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio de la Producción, hasta por la suma S/ 125 000 000,00 (CIENTO VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), a fin que sean transferidos, a su vez, a favor del Fondo MIPYME Emprendedor; para tal efecto, se autoriza al Ministerio de la Producción y al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, a modificar el contrato de fideicomiso del Fondo MIPYME Emprendedor, suscrito con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE), y a celebrar los acuerdos necesarios para su adecuación;

Que, asimismo, el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 225-2020-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, autoriza al Ministerio de la Producción y al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, a modificar el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo MIPYME Emprendedor, suscrito con COFIDE, y a celebrar los acuerdos necesarios para su adecuación de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 013-2020;

Que, mediante el artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 137-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias que contribuyan a la atención de la población en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19 y a la reactivación económica a través del gasto público, se dispone que la Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas que aprueba la modificación del contrato de Fideicomiso del Fondo MIPYME Emprendedor a la que hace referencia el numeral 4 de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 013-2020 será emitida hasta el 31 de diciembre de 2020;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y Startups, en el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 225-2020-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, y el artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 137-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias que contribuyan a la atención de la población en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19 y a la reactivación económica a través del gasto público;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación de la Adenda Nº 3 del Contrato de Fideicomiso del Fondo MIPYME Emprendedor

Aprobar la Adenda Nº 3 del Contrato de Fideicomiso del Fondo MIPYME Emprendedor, a ser suscrita por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, por el Ministerio de la Producción y por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE.

Artículo 2. Autorización para suscribir documentos

Autorizar al Director General de la Dirección General del Tesoro Público, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir la Adenda Nº 3 del Contrato de Fideicomiso del Fondo MIPYME Emprendedor aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como cualquier otro documento conexo o complementario que permita su ejecución.

Artículo 3. Publicación

La presente Resolución Ministerial se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDO MENDOZA BELLIDO

Ministro de Economía y Finanzas

1915210-1