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Delegan en el Gerente General del OSIPTEL la facultad para aprobar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático durante el ejercicio fiscal 2021

Delegan en el Gerente General del OSIPTEL la facultad para aprobar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático durante el ejercicio fiscal 2021

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 00119-2020-PD/OSIPTEL

Lima, 23 de diciembre de 2020

OBJETO

DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA APROBAR MODIFICACIONES PRESUPUESTALES EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO EN EL

EJERCICIO FISCAL 2021

VISTO:

El Informe Nº 0019-OPPM/2020, relacionado con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sobre la facultad de delegar la atribución del Titular de la Entidad para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático en el Gerente General en el ejercicio fiscal 2021;

CONSIDERANDO:

Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, está determinado por el Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021 – Ley Nº 31084;

Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7º del mencionado Decreto Legislativo, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, asimismo, el numeral 47.2 del artículo 47º del mencionado Decreto Legislativo, señala que el Titular de la entidad podrá delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en el caso del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL, en virtud a lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6º de la Ley Nº 27332 “Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos”, el Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el Titular de la Entidad;

Que, la facultad de delegar en el Gerente General resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 160-2020-PCM; en tanto, la Gerencia General es el Órgano responsable de la conducción de los órganos de línea y administración interna;

Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 78.4 del artículo 78º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se deberá hacer mención de la delegación de facultades y atribuciones en los actos administrativos que por delegación emita el Gerente General;

Con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General y, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021 – Ley Nº 31084, y las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 160-2020-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Delegar en el Gerente General del OSIPTEL, durante el Ejercicio Fiscal 2021, la facultad del Titular del Pliego 019 – Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático. El Gerente General deberá informar a la Presidencia Ejecutiva, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución.

Con la finalidad de cumplir con lo dispuesto en el párrafo anterior, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización elevará a la Gerencia General, dentro de los veinte (20) días hábiles posteriores de vencido el trimestre, toda la información concerniente a la delegación dispuesta, a fin de que sea remitida a la Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3º.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese,

RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ

Presidente del Consejo Directivo

1915008-1