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Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2020-2025 de la Municipalidad Distrital de La Punta

Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2020-2025 de la Municipalidad Distrital de La Punta

ORDENANZA Nº 011-2020-MDLP/AL

La Punta, 22 de diciembre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA PUNTA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria de fecha 22 de diciembre de 2020 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;

VISTO:

El Informe Nº 110-2020-MDLP/GSC/DMA de la División de Medio Ambiente, el Memorando Nº 628-2020-MDLP/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 253-2020-MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 2020-2020-MDLP/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo con el numeral 3.1 del artículo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales “Proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios”;

Que, conforme los literales a) y d) del artículo 24º del Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, las Municipalidades Distritales en materia de manejo de residuos sólidos son competentes para “Asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos” y “Aprobar y actualizar el plan distrital de manejo de residuos, para la gestión eficiente de los residuos de su jurisdicción, en concordancia con los planes provinciales y el plan nacional”.;

Que, el artículo 10º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, prescribe que el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales es un instrumento de planificación en materia de residuos sólidos de gestión municipal. Tiene por objetivo “generar las condiciones necesarias para una adecuada, eficaz y eficiente gestión y manejo de los residuos sólidos, desde la generación hasta la disposición final.” Este plan se actualiza cada cinco (05) años;

Que, de conformidad con lo establecido en la Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 100-2019-MINAM, la elaboración del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales (PMR) “se realiza a través de cuatro (04) etapas: Organización y planificación, diagnóstico, formulación y seguimiento y monitoreo. Dichas etapas buscan conducir un proceso ordenado, técnico y participativo.”;

Que, en cumplimiento de la Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos, mediante Resolución de Alcaldía Nº 071-2020-MDLP/AL se conformó el Equipo Técnico Municipal encargado de la conducción del proceso de elaboración del citado Plan;

Que, con Ordenanza Nº 019-2017-MDLP/AL, se aprobó el Plan Integral de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Punta;

Que, mediante Informe Nº 110-2020/MDLP/GSC/DMA, la División de Medio Ambiente concluye que “El Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos 2020-2025 de la Municipalidad Distrital de La Punta se circunscribe a la Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos (…).” Asimismo, recomienda que “gestionar el presente informe técnico que sustenta la adecuada implementación del PMRS de la MDLP, para su aprobación respectiva; y puesta en ejecución en favor de la comunidad punteña y el ecosistema de la zona. (…).”;

Que, a través del Memorando Nº 628-2020-MDLP/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto menciona que hizo la revisión del Proyecto del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de La Punta, concluyendo que “se encuentra alineado a la Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos aprobado con R.M. Nº 100-2019-MINAM.” Igualmente, “considera necesario la aprobación del proyecto del Plan de Manejo de Residuos Sólidos Municipales 2021-2025; mediante Ordenanza Municipal y dejar sin efecto la Ordenanza Nº 019-2017-MDLP a fin de continuar con las acciones de fiscalización ambiental en el distrito.”;

Que, con Informe Nº 253-2020-MDLP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la aprobación del Proyecto de la Ordenanza Municipal, que aprueba el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos 2020-2025 de la Municipalidad Distrital de La Punta, dejando sin efecto previamente la Ordenanza Nº 019-2017-MDLP/AL, propuesto por la División de Medio Ambiente en su Informe Nº 110-2020/MDLP/GSC/DMA y encontrado conforme por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en su Memorando Nº 628-2020-MDLP/OPP;

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, APROBÓ POR UNANIMIDAD lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS 2020-2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA

Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Nº 019-2017-MDLP/AL.

Artículo 2º.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2020-2025 de la Municipalidad Distrital de La Punta, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, la División de Limpieza Pública, Áreas Verdes, Servicios Generales y Maestranza y la División de Medio Ambiente el cumplimiento del presente Plan aprobado mediante esta Ordenanza.

Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” de la presente Ordenanza; y a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la Ordenanza y el texto del Plan aprobado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PÍO FERNANDO SALAZAR VILLARÁN

Alcalde

1914725-1