Aprueban el “Procedimiento del sorteo para la asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en el Proceso de Elecciones Generales del 11 de abril de 2021, para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino”
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 022-2020/MM
Miraflores, 23 de diciembre de 2020
EL ALCALDE DE MIRAFLORES:
VISTO, el Informe N° 0384-2020-SGC-GAC/MM de fecha 15 de diciembre de 2020, emitido por la Subgerencia de Comercialización; el Memorándum N° 335-2020-GAC/MM de fecha 17 de diciembre de 2020, emitido por la Gerencia de Autorización y Control; el Informe Nº 279-2020-GAJ/MM de fecha 18 de diciembre de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 709-2020-GM/MM de fecha 21 de diciembre de 2020, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el artículo 42° del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, el numeral 3.6.3 del artículo 79º de la citada Ley, señala que es función específica exclusiva de las municipalidades distritales: normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización respecto a la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política;
Que, mediante la Ordenanza Nº 451/MM, publicada en el diario oficial El Peruano el 25 de diciembre de 2015, se aprobaron las disposiciones que regulan los aspectos referidos a la ubicación, instalación y difusión de la propaganda electoral en el distrito de Miraflores, estableciéndose en los artículos 8° y 9° de la citada ordenanza, las ubicaciones para la instalación de paneles en bienes de uso público para la difusión de propaganda electoral en el distrito, así como los criterios técnicos mínimos para la ubicación de los mismos, habiéndose determinado un total de noventa y cuatro (94) ubicaciones conforme al anexo I que forma parte integrante de la norma en mención, las cuales deben ser materia de sorteo público entre los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas electorales que participen del proceso electoral de Elecciones Generales 2021;
Que, la citada Ordenanza N° 451/MM, en su Cuarta Disposición Final, faculta al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores a que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la misma; precisando que entre ellas se encuentra la referida al sorteo de las ubicaciones contempladas en el Anexo I de dicha norma;
Que, mediante Decreto Supremo N° 122-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 09 de julio de 2020, se convocó a Elecciones Generales el día domingo 11 de abril del año 2021, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino;
Que, mediante el Memorándum N° 335-2020-GAC/MM de fecha 17 de diciembre de 2020, la Gerencia de Autorización y Control, ratificando lo dispuesto en el Informe N° 0384-2020-SGC-GAC/MM de la Subgerencia de Comercialización, sustentó el proyecto de decreto de alcaldía que aprueba el “Procedimiento del sorteo para la asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en el Proceso de Elecciones Generales del 11 de abril de 2021, para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino”;
Que, mediante Informe Nº 279-2020-GAJ/MM la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que de conformidad con lo señalado por las áreas técnicas competentes, procede legalmente continuar con el trámite de aprobación mediante decreto de alcaldía de la propuesta de “Procedimiento del sorteo para la asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en el Proceso de Elecciones Generales del 11 de abril de 2021, para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino”, presentada por la Subgerencia de Comercialización;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6 del artículo 20º y los artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el “Procedimiento del sorteo para la asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en el Proceso de Elecciones Generales del 11 de abril de 2021, para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino”, de conformidad con las ubicaciones establecidas en el Anexo I de la Ordenanza N° 451/MM, cuyo texto íntegro será publicado en el portal institucional.
Artículo Segundo.- APROBAR el plano con la distribución y la asignación numérica de las ubicaciones permitidas para la instalación de paneles en bienes de uso público para la difusión de propaganda electoral en el Proceso de Elecciones Generales 2021, de conformidad con el artículo 8° y el Anexo I de la Ordenanza N° 451/MM, el mismo que forma parte integrante del presente decreto, y que será publicado en el portal institucional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Autorización y Control, a través de sus unidades orgánicas competentes, así como a la Gerencia de Participación Vecinal, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente decreto en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional (www.miraflores.gob.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
LUIS MOLINA ARLES
Alcalde
1914907-1