Aprueban y ratifican la Ordenanza Municipal Nº 005-2020/CM-MDSM del distrito de San Mateo
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 165-2020-CM/MPH-M
Matucana, 30 de noviembre de 2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA
VISTO:
Expediente Nº 04057-2020, de fecha 10/11/2020, Oficio Nº 189-2020-ALC/MDSM, de 25/11/2020,de la Municipalidad Distrital de San Mateo, el Informe Nº 221-2020/GAT-MPH-M del 26/11/2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, el informe Nº 382-2020/GAJ-MPH-M, del 26/11/2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Acta Nº23-2020/CREAT-MPH-M, de fecha 26/11/2020, de la comisión de revisión y evaluación de asuntos Tributarios – CREAT, el informe Nº 10-2020/CREAT-MPH-M, de fecha 26/11/2020, de la Comisión de revisión y Evaluación de Asuntos Tributario.-CREAT, que dispone que se incorpore como punto de agenda de la Sesión Ordinaria, para Aprobar y Ratificar la Ordenanza Municipal Nº005-2020/CM-MDSM, de fecha 29/09/2020, del Distrito de San Mateo,Provincia de Huarochirí.¨ Que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Mantenimiento de Parques y Jardines Y Serenazgo en la Jurisdicción del Distrito de San Mateo, para el ejercicio 2021; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a los dispuesto en el articulo 194º de la Constitución del Estado, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el articulo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que prescribe que la autonomía de las municipalidades establecidas en la Constitución,radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Acta Nº 18-2020-CREAT-MPH, de fecha 13/11/2020, la Comisión de Revisión y evaluación de Asuntos Tributarios – CREAT, efectuó Observaciones a la Ordenanza Municipal Nº 005-2020/CM-MDSM de fecha 29/09/2020, del Distrito de San Mateo, Provincia de Huarochirí, mediante Oficio Nº189-2020 ALC-MDSM, el alcalde de la Municipalidad Distrital de san Mateo, remite levantamiento de las observaciones; mediante Acta Nº 23-2020/CREAT-MPH-M, de fecha 26/11/2020, concluye que la Ordenanza Nº 005-2020/CM-MDSM, a través de la cual la Municipalidad Distrital de San Mateo, CUMPLE con los requisitos Generales y Específicos establecidos para su validación.
Que, por Informe Nº 10-2020/CREAT-MPH-M, la comisión de Revisión y evaluación de Asuntos Tributarios – CREAT, señala que, revisada y evaluada la documentación presentada por la Municipalidad Distrital de San Mateo, mediante la Ordenanza Municipal Nº005-2020/CM-MDSM, el informe Nº 221-2020/GAT-MPH-M, de la Gerencia de Administración Tributaria, en su calidad de Órgano Técnico y el informe Nº 382-2020/GAJ-MPH-M de la Gerencia de Asesoría Jurídica,en calidad del Órgano Legal de la Municipalidad Provincial de Huarochirí – Matucana, concluyéndose que la referida Municipalidad Distrital cumple con lo establecido en la normativa vigente, por lo que, atendiendo a lo dispuesto en la Ley de Tributación Municipal y los lineamientos establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en los expedientes Nº 00053-2004-PI/TC; Nº 0041-2004-AI/TC, la Ordenanza Municipal Nº 022-2019-CM/MPH-M, de fecha 25/10/2019, que aprobó el procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito provincial de Huarochirí, así como a los pronunciamientos anotados, esta Comisión emite opinión Técnico Legal favorable en el presente caso; asimismo, se deberá de remitir el presente informe y los actuados a Secretaria General, a fin que sea derivado al Consejo Municipal de esta Entidad, para que de acuerdo a sus atribuciones considere la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 005-2020/CM-MDSM, que aprueba para el ejercicio 2021 la Vigencia de las Tasas de los Arbitrios en el Distrito de San Mateo de la Provincia de Huarochirí.
Que, de conformidad a lo establecido en el art. 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Ordenanza en materia Tributaria expedida por la Municipalidad Distrital debe ser ratificada por la Municipalidad provincial para su entrada en vigencia
Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Municipal de manera Virtual o Remota de fecha 20/11/2020 conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº002-2020-CM/ MPH-M, que modifica el Reglamento interno del Concejo Provincial de Huarochirí – Matucana y con el sustento del Gerente de Administración Tributaria, para que se Aprobar y Ratificar la Ordenanza Municipal Nº 005-2020/CM-MDSM, de fecha 29/09/2020, del Distrito de San Mateo, Provincia de Huarochirí. ¨ Que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos ) Mantenimientos de Parques y Jardines y Serenazgo en la Jurisdicción del Distrito de San Mateo para el ejercicio 2021¨, del debate entre los miembros del Concejo Municipal de la Provincia de Huarochirí, se aprobó con el voto por UNANIMIDAD de los Regidores Provinciales que asistieron a la Sesión Ordinaria de la fecha, conforme a lo dispuesto en el Artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.
En uso de sus facultades conferidas en la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, que en el articulo 39º, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR y RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 005-2020/CM-MDSM, de fecha 29/09/2020, del Distrito de San Mateo, Provincial de Huarochirí. “Que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos sólidos), Mantenimiento de Parques y Jardines y Serenazgo en la jurisdicción del Distrito de San Mateo, para el ejercicio 2021.
Artículo Segundo.- Dejar constancia que la vigencia del presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación del texto de las Ordenanza Municipal Nº 005-2020/CM-MDSM, del Distrito de San Mateo, Provincia de Huarochirí, de conformidad a los Numerales 3 y 4 del Art. 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; y publicados en el Portal Web Institucional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Administración Tributaria y Secretaria General su difusión.
Artículo Cuarto.- El presente acuerdo de Concejo Municipal entrará en vigencia al día siguiente su aprobación en el Concejo Municipal; será publicado en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huarochirí-Matucana(www.munimatucana.gob.pe).
POR TANTO,
Mando se registre, publique y cumpla.
EVELING G. FELICIANO ORDOÑEZ
Alcaldesa
1914694-1