Ordenanza que establece montos del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2021
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 406-2020/ML
Lurín, 29 de octubre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LURÍN
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LURÍN
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 2240-2020-SGRR-GR/ML de la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, el Informe Nº 046-2020-GR/ML de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 294-2020-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referidos al Proyecto de Ordenanza Municipal que establece montos del Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2021; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 señala que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, la Cuarta disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por decreto supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.40 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio;
Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial del año 2021;
Que, mediante Informe Nº 2240-2020-SGRR-GR/ML de fecha 28 de octubre de 2020, la Sub Gerencia de Registro y Recaudación presenta el proyecto de Ordenanza que establece los montos del Derecho de Emisión Mecanizada del impuesto Predial y los Arbitrios Municipales para el ejercicio fiscal del año 2021, el mismo que hace suyo la Gerencia de Rentas y se remite mediante Informe Nº 046-2020-GR/ML de fecha 23 de octubre a la Gerencia de Asesoría Jurídica;
Que, con Informe Nº 294-2020-GAJ/ML de fecha 28 de octubre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal Favorable con la finalidad de aprobar la Ordenanza Municipal que establece los montos del Derecho de Emisión Mecanizada del impuesto Predial y los Arbitrios Municipales para el ejercicio fiscal del año 2021;
Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los miembros del Concejo Municipal aprueban por unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE MONTOS DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2021
Artículo Primero.- FÍJESE, en S/ 6.00 (Seis y 00/100 Soles), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2021, incluida su distribución a domicilio.
Artículo Segundo.- APRUÉBESE, el Informe Técnico Financiero de Costos, que contiene la Estructura de Costos, metodología de distribución y estimación de Ingresos del Servicio de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2021; que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la distribución domiciliaria de los Cronogramas de Pagos conteniendo los tributos mencionados.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” así como del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifique y, déjese sin efecto las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza, dentro de sus competencias.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
J. JORGE MARTICORENA CUBA
Alcalde
INFORME TÉCNICO FINANCIERO DE COSTOS
SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2021
I.- ANTECEDENTES NORMATIVOS.-
Que, la Municipalidad Distrital de Lurín, de conformidad con sus atribuciones legales, ha aprobado la Ordenanza Municipal que establece el Derecho de Emisión Mecanizada 2021.
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, Modificada por la Ley Nº 27860, Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.
Que, la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, consagra en su Artículo 40º que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura jurídica municipal por medio de las cuales se aprueba entre otros temas, las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo, se precisa que mediante las Ordenanzas se crean, modifican, suprimen y exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos.
Que, asimismo el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece expresamente que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y eficiencia; en nuestro caso particular, la Municipalidad Metropolitana de Lima, es la competente para proceder la ratificación de la Ordenanza que decrete la Municipalidad Distrital de Lurín.
Que, la Cuarta disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por decreto supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio.
Que, mediante la Ordenanza Nº 2085/MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ordenanza que sustituye las Ordenanzas 1533 y modificatorias, que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima.
El 30 de junio del 2011, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emite la Directiva Nº 001-06-000000015 sobre Determinación de Costos de los Servicios aprobados en ordenanzas tributarias distritales de la provincia de Lima.
Por todo lo expuesto, la Municipalidad Distrital de Lurín, ha procedido a elaborar la Estructura de Costos del Servicio de Emisión Mecanizada para el año 2021, utilizando los parámetros, criterios y metodologías de las Ordenanzas y Directivas descritas anteriormente;
II.- SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA.-
La Municipalidad Distrital de Lurín, a través de las Sub Gerencias de Registro y Recaudación; y Sub Gerencia de Informática, vienen formulando el Registro y Actualización de Información como son: Valores Arancelarios, Cuadro de Valores Oficiales, Tablas de Depreciación, Tasas de Arbitrios Municipales: Limpieza Pública (Barrido y Recolección), Parques y Jardines Públicos; y Serenazgo, en la Base de Datos, la misma que es procesada para los cálculos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para realizar este trabajo se cuenta con personal digitadores, quienes tiene experiencia en este tipo de labor a ser realizado considerando la magnitud, importancia y responsabilidad que involucra el mismo.
De la información procesada y determinada por los digitadores luego de haber actualizado la información requerida para la generación de las cuponeras, se pasa al proceso de impresión y compaginado y empaque trabajo realizado por el personal a cargo, pasando al siguiente proceso de distribución por zonas y sectores, hasta llegar el proceso final con la entrega cada contribuyente del distrito.
Considerando que la Base de Datos se encuentran Registrados:
Cantidad de Predios : 30,737
Cantidad de Contribuyentes : 25,005
Se ha previsto además contar con servicios de terceros para las entregas de 7,264 contribuyentes cuyo domicilio fiscal es en distritos diferentes a Lurín; información remitida por la Sub Gerencia de Registro y recaudación con Informe Nº 2234-2020-SGRR/GR/ML.
III.- ESTRUCTURA DE COSTOS
Para la elaboración de la Estructura de Costos del Servicio de Emisión Mecanizada por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2021, se ha realizado aplicando los criterios y metodología de la Directiva Nº 001-006-00000015-SAT, del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, habiéndose considerado los siguientes factores.
3.1. COSTOS DIRECTOS.- Comprende los Costos de Costos de Materiales y Otros Costos y Gastos Variable; que participan directamente en la ejecución del servicio prestado por la Entidad, que hacen un total de S/ 166,694.50 Soles .
3.1.1. Personal Contratado:
- Personal contratado por locación de servicios, corresponde el concepto al personal contratado por un periodo determinado: un (01) mes y servicio específico: distribución de cuponeras a los contribuyentes con domicilios fiscal dentro del distrito de Lurín (17,741 contribuyentes), se ha considerado a 15 personas con honorarios de S/ 1,200.00 Soles, que hacen un importe total de S/ 18,000.00 soles.
3.1.2. Materiales.- Representa el costo de los insumos o materiales usados directamente en la ejecución del cobro del servicio, cuyo costo total es de S/ 1,102.50 Soles; como son:
- Fotocheck Personal de Distribución.- Se ha considerado la entrega de fotocheck al personal responsable de la distribución de las cuponeras, a fin de que éstos se identifiquen como personal de la municipalidad, evitando que terceras personas sorprendan a los contribuyentes, siendo 15 personas y teniendo un costo unitario de S/ 5.00 Soles, que hacen un costo total de S/ 75.00 Soles .
- Chalecos y Gorros - Personal de Distribución.- De igual forma se ha previsto la entrega de Chalecos y Gorros al personal responsable de la distribución de cuponeras, teniendo un costo unitario de S/ 30.00 y S/10.00, respectivamente, considerando la entrega a las 15 personas hacen un costo total de S/ 600.00 Soles.
- Ploteo de Planos.- Se entregará a cada uno del personal que realizará la entrega un Plano de Lotización de los sectores asignados a distribuir las cuponeras, para una ágil labor, tendiendo un total de 15 planos a costo unitario de S/ 20.00, haciendo un costo total de S/ 300.00 Soles.
- Lapiceros y Tablillas.- Se asignará a cada personal responsable de la distribución lo siguiente: 02 lapiceros y 01 Tablilla, costo: S/ 127.50 Soles.
3.1.3. Otros Costos y Gastos Variables.- Con un costo total de S/ 147,592.00 Soles. Comprende gastos como:
- Servicio de Cálculo y actualización de declaraciones juradas: Corresponde al servicio de terceros, a cargo de la actualización de data de aranceles, costos unitarios, depreciación, de los predios y contribuyentes, registrados en la base de datos de la Municipalidad de Lurín, servicio que se realizará en las instalaciones de la Municipalidad, considerando que la información de los contribuyentes es de carácter reserva tributaria, bajo la supervisión y control de la Sub Gerencia de Registro y Recaudación así como sub Gerencia de Informática. Por el servicio antes indicado, se tiene el importe de S/ 30,000.00 Soles.
- Servicio de Impresión de Cuponeras.- Corresponde al servicio de impresión de la carpeta (26 mil folder tamaño A5 considerando que son 25,005 contribuyentes con un excedente de 995 carpetas considerando que existen contribuyentes que contienen cantidades mayores de predios que no entran en una sola carpeta, así como posibles material que se deteriore durante el empaque) que contiene los Pre Formatos: Hoja Resumen – HR, Predio urbano/rústico - PU/PR, Hoja de Liquidación del Impuesto Predial – HLIP, Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales – HLAM, en dicha carpeta se consignan datos de la Municipalidad, medios lugares de pago, lugares de atención al contribuyente, números de teléfonos de Plataforma de Atención al Ciudadano, información sobre la normativa legal respecto al Impuesto Predial y Arbitrios municipales. Por el servicio antes indicado, se tiene el importe de S/ 34,000.00 Soles.
- Servicio de Impresión de Formatos Cuponeras.-
• Hoja Resumen, formato que contiene los datos del contribuyente, documento de identidad, domicilio fiscal, teléfono, correo, así como el resumen o listados de los predios que registra en la base de datos, consignando asimismo la Base imponible del predio o predios registrados, por los cuales se determinará el Impuesto Predial y arbitrios municipales (Predios Urbanos), se ha considerado la impresión de 26 mil pre formatos HR considerando que son 25,005 contribuyentes, de los cuales exceden de una página, así como los formatos de pruebas que se realizan previamente a la calibración de impresión final.
• Predio Urbano/Predio Rústico (PU/PR, formato que contiene información del predio: tipo de predio, características de las construcción, clasificación, antigüedad, porcentaje de depreciación, valor de la construcción, valor del terreno, valor de otras instalaciones, Valor del predio, área del predio, valor arancelario, se ha considerado la impresión de 32 mil pre formatos PU/PR considerando que son 30,737 predios, de los cuales exceden de una página, así como los formatos de pruebas que se realizan previamente a la calibración de impresión final.
• Hoja de Liquidación del Impuesto Predial - HLIP, formato que contiene los datos del contribuyente así como el importe del impuesto predial anual y alícuotas, detallado en cronograma de fechas de pagos, se consignan además los códigos bancarios individualizados por contribuyente, a fin de facilitar el pago a través de entidades financieras autorizadas por la Municipalidad de Lurín, se ha considerado la impresión de 26 mil pre formatos HLIP considerando que son 25,005 así como los formatos de pruebas que se realizan previamente a la calibración de impresión final.
• Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales - HLAM, formato que contiene los datos del contribuyente así como el importe anualizado y mensualizado de los arbitrios municipales (predios urbanos), detallado en cronograma de fechas de pagos, se consignan además los códigos bancarios individualizados por contribuyente, a fin de facilitar el pago a través de entidades financieras autorizadas por la Municipalidad de Lurín, se ha considerado la impresión de 32 mil pre formatos LHAM considerando que son 30,737 predios urbanos, así como los formatos de pruebas que se realizan previamente a la calibración de impresión final.
Por el servicio de Impresión de Formatos Cuponeras, se tiene el importe de S/ 31,800.00 Soles.
- Servicio de Data Variable.- Corresponde al servicio de impresión de data variable de cada uno de los contribuyentes y predios registrados en la base de datos, data que es impresa sobre los pre formatos: Hoja Resumen, Predio Urbano/Predio Rústico, Hoja de Liquidación del Impuesto Predial, Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales, servicio por el importe de S/ 30,000.00 Soles.
- Servicio de Courier.- Considerando que dentro de los Contribuyentes registrados en nuestra Base de Datos, consignan 7,264 contribuyentes como domicilio fiscal en distritos diferentes a Lurín y siendo necesario que a cada contribuyente le llegue de manera oportuna la cuponera, se ha previsto contar con este servicio, teniendo de igual forma un cargo de notificación que acredite la recepción de las cuponeras. Con un costo total de S/ 21,792.00 Soles, con un costo unitario de S/ 3.00 Soles.
3.2. COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Comprende Costos de Mano de Obra Indirecta (personal Administrativo), Movilidad para el personal de Distribución y los refrigerios de los mismos. Hacen un costo total de S/ 847.61 Soles.
3.2.1. Mano de Obra Indirecta.- Con un costo total de S/ 847.61 Soles. Se ha considerado lo siguiente:
Personal Contratado CAS D.L. 1057
Sub Gerente de Registro y Recaudación.- Personal bajo la modalidad de CAS Directivo (D.L. 1057), a quien se le afectado la dedicación del 5.95% del costo total de sus funciones, se ha considerado por el periodo de 01 mes que es el periodo que ha monitoreado y supervisado el servicio de actualización de data en coordinación con la Sub Gerencia de Informática, así como validación de los cálculos, haciendo un total de S/ 423.80 Soles.
Sub Gerente de Informática.- Personal bajo la modalidad de CAS Directivo (D.L. 1057), a quien se le afectado la dedicación del 5.95% del costo total de sus funciones, se ha considerado por el periodo de 01 mes que es el periodo que ha monitoreado y supervisado el servicio de actualización de data, así como validación de los cálculos en coordinación con la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, haciendo un total de S/ 423.80 Soles.
3.3. COSTOS FIJOS.- Comprende los costos por Agua (2%), energía eléctrica (2%), porcentajes prorrateados considerando que el local donde se desarrolla las labores administrativas y operativas de la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, así como la Sub Gerencia de Informática para el Proceso de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021, tales como: monitoreo y supervisión del servicio de actualización de data, como validación de los cálculos, información remitida por la Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial con Informe Nº 3086-2020-SGACP-GAF/ML. Los Costos Fijos hacen un total S/ 112.17 Soles.
IV.- DETERMINACIÓN DE COSTOS
Habiéndose formulado la Estructura de Costos del Servicio de Emisión Mecanizada por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2021, y teniendo la información de números de Contribuyentes y números de predios, se procede a la determinación de costos siguiendo los siguientes pasos:
1. Se consigna el Costo total del Servicio de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2021 ( A )
2. Se consigna la cantidad de contribuyentes ( B )
3. Se calcula el costo de derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021, que resulta de dividir el Costo Total del Servicio entre la cantidad de contribuyentes. ( C ) = ( A ) / ( B )
4. Se determina la Tasa por Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021. ( D )
El estimado de costos asciende a la suma de S/ 231,994.66, distribuidos de la siguiente manera.
El Derecho de emisión mecanizada del Impuesto predial y Arbitrios Municipales para el 2021, será de S/ 6.00 soles por contribuyente.
El costo total del Servicio de Derecho de emisión mecanizada del Impuesto predial y Arbitrios Municipales para el 2021 es de S/ 167,654.28 soles, conforme se Estructura de Costos que se detalla seguidamente:
V.- ESTIMACIÓN DE INGRESOS
La estimación de ingresos se considera:
( A ) : Costo Total por Emisión Mecanizada Proyectada para el 2021
( B ) : Cantidad de Contribuyentes
( C ) : Cálculo del costo de Emisión mecanizada del Impuesto predial y Arbitrios Municipales 2021,
que resulta de la siguiente fórmula: ( C ) = ( A ) / ( B )
( D ) : Tasa Determinada
( E ) : Ingreso total proyectado 2021, que resulta de la aplicación de la fórmula: ( B ) * ( D ).
( F ) : Diferencia de costos de Ingresos, que resulta de la aplicación de la fórmula:
( F ) = ( A ) – ( E )
De la Estimación de Ingresos se tiene que existe una diferencia de S/ 17,624.28 Soles , respecto al Costo Total establecido en la Estructura de Costos por Servicios de Emisión Mecanizada del Impuesto predial y Arbitrios Municipales 2021; que serán asumidos por la Municipalidad de Lurín.
1914912-1