Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° 165-2020-CONCYTEC-P
Lima, 23 de diciembre de 2020
VISTOS: El Informe Técnico–Legal Nº 112-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 192-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica–FONDECYT, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modificada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P;
Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso;
Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva;
Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva;
Que, mediante el Proveído Nº 192-2020-FONDECYT-DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 12’380,519.10 (Doce Millones Trescientos Ochenta Mil Quinientos Diecinueve y 10/100 Soles), señalando que permitirá cofinanciar los proyectos ganadores del concurso del Esquema Financiero E063-2020-01-BM denominado “Proyectos Integrales”, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 112-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los proyectos señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certificados de Crédito Presupuestario N° 1599-2020, 1600-2020, 1601-2020, 1602-2020, 1603-2020, 1604-2020, 1605-2020, 1606-2020, 1607-2020, 1608-2020, 1609-2020, 1631-2020, 1636-2020, 1637-2020, 1638-2020, 1639-2020, 1643-2020 y 1644-2020, y copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 110-2020-FONDECYT-DE, 113-2020-FONDECYT-DE, 117-2020-FONDECYT-DE y 118-2020-FONDECYT-DE, que aprueban los resultados de la convocatoria del citado esquema financiero;
Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimiento de todos requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, en las bases del concurso, en los contratos suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en el mencionado Informe Técnico Legal;
Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
Que, finalmente, mediante el citado Informe Técnico Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, para cofinanciar los proyectos citados en el Informe Técnico Legal mencionado, así como de las disposiciones contenidas en las bases del mencionado esquema financiero, los contratos (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia;
Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, del Director Ejecutivo y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, y sus modificatorias efectuadas mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 12’380,519.10 (Doce Millones Trescientos Ochenta Mil Quinientos Diecinueve y 10/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente:
N° |
Tipo |
Proyecto o Programa |
Denominación |
Institución |
N° de Convenio o Contrato |
Monto Total del desembolso en Soles |
1 |
Transferencias financieras |
Proyecto |
"Desarrollo de productos extruidos saludables con alto contenido de compuestos bioactivos y capacidad antioxidante a partir de harina de quinua, kiwicha y cañihua germinados" |
Universidad Nacional del Santa |
001-2020 |
720,000.00 |
2 |
Proyecto |
"Estudio comparativo de cepas de levadura con alto contenido de hierro y optimización de los respectivos parámetros de cultivo" |
Universidad Nacional Agraria La Molina |
004-2020 |
720,000.00 |
|
3 |
Proyecto |
"Prototipo de kit para prueba en campo del número más probable (NMP) de coliformes totales y Escherichia coli, y presencia de productos farmacéuticos en las principales microcuencas de la región Amazonas" |
Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas |
006-2020 |
719,044.20 |
|
4 |
Proyecto |
"Producción y formulación de un inoculante microbiano con acción comprobada para su aplicación en la agricultura ecológica". |
Universidad Nacional Agraria La Molina |
007-2020 |
720,000.00 |
|
5 |
Proyecto |
"Análisis metagenómico y técnicas cromatográficas para la obtención de un cultivo iniciador que mejore la calidad del chocolate a partir del cacao nativo fino de aroma en la zona Nor Oriental del Perú" |
Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas |
008-2020 |
720,000.00 |
|
6 |
Proyecto |
"Nanoencapsulación de aceites esenciales de tres plantas arbóreas en la mejora de la producción y calidad de productos avícolas en la Región La Libertad" |
Universidad Nacional de Trujillo |
010-2020 |
714,976.80 |
|
7 |
Proyecto |
"Construcción y validación de un sistema versátil de respirometría animal para estudios de eficiencia energética y resiliencia animal frente al cambio climático en la zona altoandina peruana" |
Universidad Nacional Mayor de San Marcos |
011-2020 |
716,079.70 |
|
8 |
Proyecto |
"Implementación de un sistema de fermentación de café utilizando inóculos seleccionados y aislados de las heces de coatí de cola anillada (Nasua nasua) para mejorar la calidad de taza" |
Universidad Nacional Mayor de San Marcos |
012-2020 |
720,000.00 |
|
9 |
Proyecto |
"Puesta en Marcha del Primer Laboratorio Peruano de Electromovilidad para fines de capacitación e Investigación en Manufactura Avanzada de Estaciones de Recarga Rápida de Vehículos Eléctricos" |
Universidad Nacional de Ingeniería |
014-2020 |
660,951.44 |
|
10 |
Proyecto |
"Implementación de capacidades tecnológicas para el desarrollo de dispositivos electroquímicos para detección de anticuerpos y ácidos nucleicos como respuesta rápida a brotes epidémicos en puntos de atención al paciente" |
Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas |
016-2020 |
686,190.00 |
|
11 |
Transferencias financieras |
Proyecto |
"Desarrollo de un método transdisciplinario de aplicación en campo para la selección de genotipos de trigo y quinua altamente productivos y resilientes al clima con calidad nutricional y agroindustrial excepcional en la sierra del Perú" |
Universidad Nacional Agraria La Molina |
017-2020 |
572,359.20 |
12 |
Proyecto |
"Fabricación de placas superconductoras de YBa2Cu3O7-?" |
Universidad Nacional Mayor de San Marcos |
018-2020 |
688,199.76 |
|
13 |
Subvenciones a personas jurídicas privadas |
Proyecto |
"Aprovechamiento de residuos de la industria maderera peruana para el diseño y fabricación de componentes mecánicos de SiC y SiC/Si con geometrías complejas y alta precisión dimensional usando técnicas avanzadas de impresión 3D de polvo cerámico e infiltración reactiva" |
Universidad Católica San Pablo |
002-2020 |
720,000.00 |
14 |
Proyecto |
"Desarrollo, integración y Validación del prototipo del sistema radar UWB–MABIS (Microwave Analyzer for Breast Imaging Scanning) diseñado para la detección temprana de tumoraciones mamarias" |
Universidad Católica San Pablo |
003-2020 |
719,897.39 |
|
15 |
Proyecto |
"Sistemas de fabricación avanzada de nanopartículas de almidón a partir de fuentes nativas peruanas para la liberación controlada de productos biológicos" |
Pontificia Universidad Católica del Perú |
005-2020 |
720,000.00 |
|
16 |
Proyecto |
"Desarrollo de papel de embalaje biodegradable y antibacterial utilizando un film bicapa basado en nanocelulosa procedente de residuos forestales de Bolaina (Guazuma crinita) con incorporación de nanopartículas de cobre para la industria alimentaria" |
Universidad de Lima |
009-2020 |
422,820.61 |
|
17 |
Proyecto |
"Evaluación del rendimiento energético-técnico-económico de tecnologías fotovoltaicas emergentes y su degradación en distintas zonas climáticas del Perú: aplicación de modelos de Inteligencia Artificial e implementación de una plataforma pública en línea para el acceso de datos." |
Pontificia Universidad Católica del Perú |
013-2020 |
720,000.00 |
|
18 |
Proyecto |
"Obtención de nuevas fibras, filamentos y/o nuevos biomateriales derivados, a través de la manipulación de un biopolímero sintetizado por un consorcio microbiano específico a partir de hidratos de carbono en la región de Arequipa." |
Centro de Investigación Le Qara |
015-2020 |
720,000.00 |
|
TOTAL |
12’380,519.10 |
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Oficina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO
Presidente (e)
1914927-1