RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° 164-2020-CONCYTEC-P
Lima, 22 de diciembre de 2020
VISTOS: El Informe Técnico–Legal Nº 108-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 188-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica–FONDECYT, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modificada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P;
Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso;
Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva;
Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva;
Que, mediante el Proveído Nº 188-2020-FONDECYT-DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se aprueben las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 533,700.00 (Quinientos Treinta y Tres Mil Setecientos y 00/100 Soles), señalando que permitirá cofinanciar los proyectos ganadores del concurso del Esquema Financiero E041-2020-01 denominado “Proyectos de Investigación Básica”, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar el otorgamiento de transferencias financieras a favor de entidades públicas y/o subvenciones a personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los proyectos señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certificados de Crédito Presupuestario N° 1771-2020, 1772-2020, 1773-2020, 1776-2020, 1777-2020, 1778-2020, 1779-2020, 1780-2020 y 1781-2020 y copia de la de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 101-2020-FONDECYT-DE de fecha 20 de noviembre de 2020, que aprueba los listados de beneficiarios de las convocatorias del citado esquema financiero;
Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimiento de todos requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, en las bases del concurso, en los contratos suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en el mencionado Informe Técnico Legal;
Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
Que, finalmente, mediante el citado Informe Técnico Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, para cofinanciar los proyectos citados en el Informe Técnico–Legal mencionado, así como de las disposiciones contenidas en las bases de los mencionados esquemas financieros, los contratos o convenios (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia;
Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, del Director Ejecutivo y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, y sus modificatorias efectuadas mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 533,700.00 (Quinientos Treinta y Tres Mil Setecientos y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente:
N° |
Tipo |
Proyecto o Programa |
Denominación |
Institución |
N° de Convenio o Contrato |
Monto Total del desembolso en Soles |
1 |
Transferencias financieras |
Proyecto |
Variabilidad estacional e interanual de la Productividad Primaria frente al mar peruano |
INSTITUTO DEL MAR DEL PERU–IMARPE |
153-2020 |
105,000.00 |
2 |
Proyecto |
Caracterización molecular de la microbiota intestinal del Paco (Piaractus brachypomus) y Gamitana (Colossoma macropomum) para la mejora de sus parámetros productivos en la región San Martín |
INSTITUTO TECNOLOGICO DE LA PRODUCCION |
175-2020 |
30,000.00 |
|
3 |
Proyecto |
ESTUDIO DE LA DIVERSIDAD GENÉTICA, MORFOLOGÍA Y FITOQUÍMICA DE Abuta grandifolia (Anomospermeae, Menispermaceae) ESPECIE AMPLIAMENTE UTILIZADA EN LA MEDICINA TRADICIONAL EN LA AMAZONÍA PERUANA |
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA |
187-2020 |
30,000.00 |
|
4 |
Proyecto |
Caracterización morfológica, molecular y químico de Genotipos de Cacao Silvestre colectados en la Amazonía peruana, para mayor rendimiento en grano y pectina en cascara de frutos, con potencial industrial |
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE ALTO AMAZONAS |
188-2020 |
105,000.00 |
|
5 |
Subvenciones a personas jurídicas |
Proyecto |
Síntesis de nuevos nanomateriales bidimensionales basados en carburos ternarios con potencial aplicación en biosensores |
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU |
149-2020 |
60,000.00 |
6 |
Proyecto |
Caracterización ultrasónica de tejidos mediante la estimación conjunta de coeficientes de retro-dispersión y atenuación |
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU |
150-2020 |
54,000.00 |
|
7 |
Proyecto |
NUEVAS ESTRATEGIAS COMPUTACIONALES PARA EL ESTUDIO DE AGREGACIÓN Y ADSORCIÓN DE MICROPLÁSTICOS Y NANOPLÁSTICOS A CONTAMINANTES EN MEDIOS ACUÁTICOS NATURALES |
UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTA MARIA |
151-2020 |
60,000.00 |
|
8 |
Proyecto |
Efecto del pastoreo tradicional sobre las interacciones ecológicas en la dinámica de la pradera andina. |
UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTA MARIA |
152-2020 |
59,700.00 |
|
9 |
Proyecto |
Neutralización de SARS-CoV-2 por derivados de quitosano funcionalizados. |
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU |
154-2020 |
30,000.00 |
|
TOTAL |
533,700.00 |
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Oficina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO
Presidente (e)
1914427-3