Cancelan título de Notario del distrito, provincia y departamento de Cusco, Distrito Notarial de Cusco y Madre de Dios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0324-2020-JUS
Lima, 22 de diciembre de 2020
VISTOS, el Informe Nº 82-2020-JUS/CN/ST y el Oficio Nº 781-2020-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; y, el Informe Nº 860-2020-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 13 de diciembre 1974, en Sesión de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Cusco y Madre de Dios, se nombró como Notario Público del Cusco al señor JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGÓN, según título de fecha 02 de agosto de 1974, expedido por el Presidente de dicha Corte Superior;
Que, mediante Oficio Nº 0303-2020-CNCMD/D, de fecha 12 de octubre de 2020, el Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios comunicó al Consejo del Notariado el fallecimiento del señor JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGÓN, notario del distrito, provincia y departamento de Cusco, Distrito Notarial de Cusco y Madre de Dios, acaecido el día 28 de agosto de 2020, solicitando la cancelación de su título de Notario;
Que, mediante Oficio Nº 781-2020-JUS/CN/ST, la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General el Informe Nº 82-2020-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica en mención, con los respectivos antecedentes, a fin de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título de Notario del señor JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGÓN;
Que, de la documentación remitida por la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado obran las copias del Acta de Defunción del señor JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGÓN expedida por el RENIEC; de la Resolución Nº 056-2020-CNCMD, a través de la cual se dispuso el cierre de registros, la recepción de archivos notariales y nombrar al Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios como administrador de los archivos notariales del notario fallecido; así como de las actas de cierre de los registros;
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, el notario cesa por causal de muerte, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Cancelar, por causal de muerte, el título de Notario del distrito, provincia y departamento de Cusco, Distrito Notarial de Cusco y Madre de Dios, otorgado al señor JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGÓN.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios, para los fines que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO VEGA LUNA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1914420-5