Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan Operativo Institucional 2020 Modificado - Versión 06 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

Aprueban el Plan Operativo Institucional 2020 Modificado - Versión 06, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000456-2020-JN/ONPE

Lima, 19 de diciembre del 2020

VISTOS: el Informe N° 000222-2020-GPP/ONPE, de la Gerencia Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000190-2020-GG/ONPE, de la Gerencia General; y, el Informe N° 000664-2020-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

El artículo 1 del Decreto Supremo Nº 034-82-PCM, establece que los Organismos de la Administración Pública, de nivel central, incluyendo las Instituciones Públicas Descentralizadas y Empresas de Derecho Público, formularán, aplicarán, evaluarán y actualizarán políticas de gestión institucional y planes operativos institucionales para orientar su gestión administrativa;

El Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, aprueba el “Reglamento que regula las Políticas Nacionales”, el cual regula la vinculación entre las políticas nacionales y los planes estratégicos, incluyendo los planes institucionales, en cuyo marco se emite el Decreto Supremo N° 056-2018-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno al 2021, que establece los ejes y lineamientos prioritarios de gestión gubernamental al año 2021;

De otro lado, el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;

Se precisa, en el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo en mención, entre otros aspectos, que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;

En el marco normativo antes reseñado, mediante la Resolución Jefatural Nº 000108-2019-JN/ONPE, se aprueba el PEI 2018-2022 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), que se encuentra articulado a la Política General de Gobierno;

Asimismo, mediante la Resolución Jefatural N° 000286-2019-JN/ONPE se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 Modificado - Versión 01, de la ONPE, elaborado en base a la programación de recursos para el cumplimiento de las metas propuestas por las dependencias de la Entidad y según el presupuesto autorizado por el Ministerio de Economía y Finanzas; documento de gestión que sirve como guía a los distintos órganos para la ejecución de sus actividades, según el presupuesto programado;

Posteriormente, a través de las Resoluciones Jefaturales N° 000050-2020-JN/ONPE, N° 000153-2020-JN/ONPE, N° 000175-2020-JN/ONPE y N° 000441-2020-JN/ONPE, se aprueban las versiones 02, 03, 04 y 05, respectivamente, del antes mencionado POI 2020 Modificado de la ONPE, en el marco de lo dispuesto en la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y sus modificatorias; así como, en la Directiva “Formulación, Reprogramación, Monitoreo y Evaluación de los Planes Institucionales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales” Código: DI01-GPP/PLAN, Versión 03, aprobada por la Resolución Jefatural N° 000419-2020-JN/ONPE;

La “Guía para el Planeamiento Institucional” citada en el considerando que antecede, en su numeral 6.3 dispone que el POI anual en ejecución se debe modificar cuando se presentan las siguientes circunstancias: “a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización. b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI”;

A través del Informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, adjuntando el Informe N° 001447-2020-SGPL-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Planeamiento, propone a la Gerencia General evaluar la aprobación del POI 2020 Modificado - Versión 06, de la ONPE, precisando que la propuesta considera la desagregación de los recursos al presupuesto del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales del año fiscal 2020, autorizados por el Decreto Supremo Nº 355-2020-EF, hasta por S/ 7’251,380.00 (siete millones doscientos cincuenta y un mil trescientos ochenta con 00/100 soles) para la realización de las actividades previas a las Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, según lo dispuesto en la Resolución Jefatural N° 000432-2020-JN/ONPE, lo que ha conllevado a modificar y actualizar la meta financiera de las actividades operativas y han sido ingresadas al aplicativo CEPLAN;

La Gerencia General, mediante el Informe de vistos, manifiesta su conformidad y, recomienda a la Jefatura Nacional emitir la Resolución Jefatural que apruebe el POI 2020 Modificado - Versión 06, de la ONPE;

De conformidad con lo dispuesto en las normas antes citadas y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como en los literales s) y t) del artículo 11° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;

Con los visados de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional 2020 Modificado - Versión 06, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que el cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2020 Modificado - Versión 06, será responsabilidad de todos los órganos de la entidad, debiendo formular la evaluación correspondiente en los plazos y forma que establece la normativa vigente.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar el registro del instrumento de gestión aprobado por la presente resolución, en el aplicativo CEPLAN V.01; así como realizar el seguimiento y evaluación de su cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Disponer que la presente Resolución Jefatural se publique en el diario oficial “El Peruano”; asimismo, que la resolución y el Plan Operativo Institucional que se aprueba, se publiquen en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (www.onpe.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

1913884-1