Autorizan viaje de Fiscales de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1364-2020-MP-FN
Lima, 7 de diciembre de 2020
VISTOS:
Los Oficios Nºs 2879, 2906 y 2946-2020-FSCN-FISLAA-MP-FN, recibidos con fechas 27 de noviembre, 01 y 03 de diciembre de 2020, respectivamente, cursados por el Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos; y, el Oficio Nº 1077-2020-MP-FN-GG, de fecha 01 de diciembre de 2020, remitido por el Gerente General del Ministerio Público, y;
CONSIDERANDO:
A través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declaró el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, 027-2020-SA y 031-2020-SA.
Mediante el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, se aprueba la “Reanudación de Actividades” conforme a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15 y modificatoria, la cual consta de cuatro (04) fases para su implementación, las que se evalúan permanentemente de conformidad con las recomendaciones de la Autoridad Nacional de Salud.
Con la Resolución Ministerial Nº 0642-2020-MTC/01, se aprobó el reinicio de las actividades de transporte de pasajeros por vía aérea a través de vuelos internacionales a destinos sanitarios a partir del 05 de octubre de 2020, según el Anexo que forma parte integrante de la citada resolución, siendo modificado con Resolución Ministerial Nº 0727-2020-MTC/01.
A través de la Resolución Ministerial Nº 0643-2020-MTC/01 se aprobó los “Lineamientos Sectoriales para la prevención del COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Aéreo de Pasajeros a Nivel Internacional”.
Mediante los oficios de vistos, se solicita autorización para que el señor Carlos Puma Quispe, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, y la señora Angie Lisbeth Távara Roque, Fiscal Adjunta Provincial del referido despacho fiscal, viajen a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, para que realicen diligencias del 15 al 19 de diciembre de 2020.
La comisión de servicios tiene por finalidad desarrollar diligencias dispuestas en el marco de la carpeta fiscal tramitada por la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos; así como efectuar coordinaciones en el marco de la investigación de carácter reservada que viene llevando a cabo el referido despacho fiscal.
A través del Oficio Nº 1077-2020-MP-FN-GG, el Gerente General hace de conocimiento que el Ministerio Público cuenta con los recursos para realizar viajes al exterior del país. Asimismo, indica que de acuerdo a lo señalado por la Oficina de Servicios Generales, los comisionados deben cumplir con los protocolos sanitarios correspondientes como la toma de muestra molecular de COVID-19 con un máximo de 72 horas antes de realizar el vuelo, la presentación de declaraciones juradas respectivas, así como las solicitudes que requiera particularmente la aerolínea de viaje y el lugar de destino.
Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo por ser de interés institucional, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje – en clase económica - de los mencionados fiscales a los Estados Unidos de América.
El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público.
Contando con los vistos de la Gerencia General y, Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Logística.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público Nº 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General Nº 003-2018-MP-FN-GG “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios”; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Puma Quispe, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, y de la señora Angie Lisbeth Távara Roque, Fiscal Adjunta Provincial del referido despacho fiscal, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, para que realicen diligencias del 15 al 19 de diciembre de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las Oficinas Generales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos y la asignación de viáticos y seguros de viaje, conforme al detalle siguiente:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Internacionales (clase económica) |
Viáticos |
Seguro de viaje |
Carlos Puma Quispe |
US$ 1 562,85 |
US$ 1 320,00 (por 5 días) |
US$ 50,00 |
Angie Lisbeth Távara Roque |
US$ 1 562,85 |
US$ 1 320,00 (por 5 días) |
US$ 50,00 |
Artículo Tercero.- Encargar al Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos adoptar las medidas pertinentes a fin de garantizar el normal funcionamiento del despacho de los comisionados, en cumplimiento de lo autorizado en la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicio, los fiscales mencionados en el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describan las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en la comisión de servicios materia de la resolución.
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos, Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficinas Generales de Potencial Humano, Asesoría Jurídica, Logística y Finanzas, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación
1914031-1