Aprueban los costos del Programa de Formación de Representante Aduanero – Modalidad Virtual, del Programa de Formación de Auxiliar de Despacho – Modalidad Virtual y de la certificación, así como los requisitos que deben cumplir los participantes de ambos programas de formación a cargo del Instituto Aduanero y Tributario
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000219-2020/SUNAT
APRUEBA LOS COSTOS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DE REPRESENTANTE ADUANERO – MODALIDAD VIRTUAL, DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DE AUXILIAR DE DESPACHO – MODALIDAD VIRTUAL Y DE LA CERTIFICACIÓN, ASÍ COMO LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PARTICIPANTES DE AMBOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN A CARGO DEL INSTITUTO ADUANERO Y TRIBUTARIO
Lima, 18 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Informe Nº 000016-2020-SUNAT/1S7000 de la Gerencia de Formación y Capacitación del Instituto Aduanero y Tributario - IAT;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1433 se modificó la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1053, estableciendo en su artículo 23 que la Administración Aduanera acredita al representante aduanero por un plazo mínimo de un (1) año, de acuerdo a lo que establezca el reglamento;
Que, según el artículo 26 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 367-2019-EF, la SUNAT habilita al representante aduanero y al auxiliar de despacho del operador de comercio exterior para lo cual, entre otros requisitos, se debe contar con la certificación de haber aprobado el programa de estudios impartido por la SUNAT;
Que la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 367-2019-EF dispone que, para la certificación y los programas de estudios del representante aduanero y el auxiliar de despacho impartidos por la SUNAT, esta entidad establece su costo y los conceptos que cubre;
Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo 61ºA del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, el Instituto Aduanero y Tributario – IAT es un órgano encargado, entre otros, de acreditar la capacitación de los agentes de aduanas y auxiliares de despacho;
Que la Gerencia de Formación y Capacitación del IAT, mediante el Informe Nº 000016-2020-SUNAT/1S7000, propone la estructura de costos para el Programa de Formación de Representante Aduanero y el Programa de Formación de Auxiliar de Despacho, ambos en la modalidad virtual, la estructura de costos de la certificación, así como los requisitos que deben cumplir los participantes de ambos programas de formación;
Que de acuerdo con el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, tratándose de servicios que no son prestados en exclusividad, mediante resolución del titular de la entidad se establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar los costos del Programa de Formación de Representante Aduanero – Modalidad Virtual, del Programa de Formación de Auxiliar de Despacho – Modalidad Virtual y de la certificación a ser cobrados, así como los requisitos que deben cumplir los participantes;
Que, por otro lado, resulta conveniente disponer que el IAT dicte las medidas que resulten necesarias para implementar lo dispuesto en la presente resolución de superintendencia;
En uso de las facultades conferidas en el inciso s) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar los costos del Programa de Formación de Representante Aduanero – Modalidad Virtual, del Programa de Formación de Auxiliar de Despacho – Modalidad Virtual y de la certificación a ser cobrados, así como los requisitos que deben cumplir los participantes de ambos programas de formación, de acuerdo con el detalle contenido en el anexo adjunto que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Implementación
El Instituto Aduanero y Tributario – IAT dictará las medidas que resulten necesarias para implementar lo dispuesto en la presente resolución de superintendencia.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Vigencia
La presente resolución de superintendencia entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ANTONIO ACOSTA VÍLCHEZ
Superintendente Nacional (e)
ANEXO
1.- Costos del Programa de Formación de Representante Aduanero y Programa de Formación de Auxiliar de Despacho – modalidad virtual
Servicios |
Costo unitario por participante (S/) (*) |
% UIT |
Programa de Formación de Representante Aduanero – Modalidad virtual |
||
Proceso de Admisión |
278.00 |
0.06 |
Programa de Estudio |
7,386.00 |
1.72 |
Programa de Formación de Auxiliar de Despacho – Modalidad virtual |
||
Proceso de Admisión |
154.00 |
0.04 |
Programa de Estudio |
2,856.00 |
0.66 |
2.- Costos de la Certificación del Programa de Formación de Representante Aduanero y Programa de Formación de Auxiliar de Despacho
Servicios |
Costo unitario por participante (S/) (*) |
% UIT |
Certificación Programa de Formación de Representante Aduanero – Auxiliar de Despacho Modalidad virtual o presencial |
||
Certificación |
23.00 |
0.01 |
(*) Incluye IGV
3.- Requisitos para participar en el programa de formación de Representante Aduanero:
a) Haber aprobado el proceso de admisión.
b) Contar con estudios universitarios concluidos.
c) No tener antecedentes penales, policiales ni judiciales.
d) No encontrarse laborando en la SUNAT.
e) Tener conocimientos básicos de ofimática y manejo de internet.
f) Haber realizado los pagos dentro de los plazos establecidos.
g) Presentar y suscribir los formatos, compromisos y documentos respectivos.
4.- Requisitos para participar en el programa de formación de Auxiliar de Despacho:
a) Haber aprobado el proceso de admisión.
b) Contar con estudios secundarios concluidos.
c) Ser mayor de edad.
d) No tener antecedentes penales, policiales ni judiciales.
e) No encontrarse laborando en la SUNAT.
f) Tener conocimientos básicos de ofimática y manejo de internet.
g) Haber realizado los pagos dentro de los plazos establecidos.
h) Presentar y suscribir los formatos, compromisos y documentos respectivos.
1913507-1