Aprueban la cuarta modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1050-2020/MINSA
Lima, 17 de diciembre del 2020
Visto, El Expediente N° 20-120120-001, que contiene la Nota Informativa N° 418-2020-OGC/MINSA de la Oficina General de Comunicaciones, el Informe N° 390-2020-OCE-OGC/MINSA de la Oficina de Comunicación Estratégica de la Oficina General de Comunicaciones y el Informe N° 1344-2020-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el primer párrafo del artículo 192 de la Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones dispone que a partir de la convocatoria de las elecciones queda suspendida, desde la fecha de convocatoria de las elecciones, la realización de publicidad estatal en cualquier medio de comunicación público o privado, salvo el caso de impostergable necesidad o utilidad pública, dando cuenta semanalmente de los avisos publicados al Jurado Nacional de Elecciones o al Jurado Electoral Especial, según corresponda;
Que, el último párrafo del artículo 2 de la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, establece que se entenderá por publicidad institucional, a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, entre otras. La referida Ley exige que, para autorizar la realización de publicidad estatal, se requiere contar con un Plan de Estrategia Publicitaria;
Que, al amparo de dicha norma, con Resolución Ministerial N° 991-2016/MINSA se aprueba la Directiva Administrativa N° 222-MINSA/2016/OGC, Procedimiento para la elaboración del Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Salud, con la finalidad de establecer los lineamientos para su elaboración;
Que, el numeral 6.4 de la Directiva Administrativa N° 222-MINSA/2016/OGC, norma lo concerniente a la modificación del Plan de Estrategia Publicitaria;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 089-2020/MINSA se aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, el cual contempla la realización de una campaña publicitaria en medios de comunicación masivos y alternativos, para promocionar entre la población, medidas preventivas y acciones efectivas; con el fin de mejorar la salud de las personas; acción denominada “Campaña para prevenir el Coronavirus”;
Que, con Resolución Ministerial N° 716-2020/MINSA se aprueba la modificatoria del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, incorporándose la “Campaña dirigida a la familia; a la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo (PAMAR) y a la Persona con Discapacidad Severa (PcDS) en el contexto COVID-19”;
Que, con Resolución Ministerial N° 805-2020/MINSA se aprueba la segunda modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud incorporándose dos (2) campañas para prevenir la COVID-19: “No seamos cómplices” y la campaña de Vacunación Nacional “Ama, confía, protege. Vacúnate” con la finalidad de reforzar los mensajes a la población para el cuidado de la salud y de todo el país;
Que, el 20 de noviembre de 2020 se emitió la Resolución Ministerial Nº 946-2020/MINSA por la que se aprobó la tercera modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, incorporándose tres (3) campañas de difusión denominadas “No bajemos la guardia”, “Come sano, vive saludable” y “Convivencia Saludable”;
Que, de conformidad con el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 306-2020-JNE, si se trata de avisos o mensajes publicitarios que las entidades estatales consideren de impostergable necesidad o utilidad pública, a ser difundidos por radio o televisión, la entidad debe solicitar autorización previa del Jurado Electoral Especial - JEE;
Que, con Informe N° 390-2020-OCE-OGC/MINSA la Oficina de Comunicación Estratégica de la Oficina General de Comunicaciones señala que se priorizó una (1) campaña para iniciar la publicidad, la Campaña “Come sano, vive saludable”. El 27 de noviembre de 2020 se solicitó al Jurado Electoral Especial Lima Oeste 1 la autorización previa para la difusión de dicha campaña del 9 al 15 de diciembre y – a la fecha – dicho ente electoral no ha notificado la autorización solicitada, por lo que en vista del cierre presupuestal, resulta muy corto el tiempo para lograr la difusión;
Que, mediante Nota Informativa N° 418-2020-OGC/MINSA, la Oficina General de Comunicaciones propone modificar el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, con la finalidad de excluir la Campaña Publicitaria denominada “Come sano, vive saludable”;
Que, a través del Informe N° 1344-2020-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la viabilidad de la propuesta formulada por la Oficina General de Comunicaciones;
Con los vistos del Director General de la Oficina General de Comunicaciones, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, del Viceministro de Salud Pública; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias, la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; y, la Directiva Administrativa N° 222-MINSA/2016/OGC- Procedimiento para la elaboración del Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Salud, aprobada por Resolución Ministerial N° 991-2016/MINSA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud
Aprobar la cuarta modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 089-2020/MINSA, excluyéndose la Campaña “Come sano, vive saludable” incluida en dicho Plan por la Resolución Ministerial Nº 946-2020/MINSA.
Artículo 2.- Publicación
Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR ELENA MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
1913461-1