Ordenanza que prorroga para el Ejercicio 2021 la vigencia de la Ordenanza 305-2019-MDC que establece el monto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio Fiscal 2020
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 323-2020/MDC
Cieneguilla, 26 de noviembre del 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CIENEGUILLA;
VISTO:
El Informe Nº 062-2020-MDC/GATYR-MDC, de fecha 20 de noviembre del 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y el Informe Nº 131-2020-MDC/GAJ, de fecha 23 de noviembre del 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la propuesta de Ordenanza de Prórroga para el Ejercicio 2021 de la Ordenanza 305-2019-MDC que establece el monto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución de la declaración Jurada, Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio fiscal 2020.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 74ª de la Constitución del Perú reconoce a los gobiernos locales la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas (arbitrios, licencias y derechos municipales), dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;
Que, en los gobiernos locales, el Concejo Municipal cumple funciones normativas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194ª de la Constitución Política del Perú;
Que, el Artículo 40ª de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normativas de carácter general de mayor jerarquía en la normativa municipal;
Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nª156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el derecho de emisión mecanizada de actualizaciones de valores, determinación de impuesto y recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas;
Que, la Séptima Disposición Final de la Ordenanza Nº 2085-MML, que sustituye la Ordenanza Nª1533-MML y modificatorias, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, disponer que las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser ratificados anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fiscales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en la condiciones que originaron la ratificación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación de acuerdo de Concejo ratificatorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre transcurrido dicho periodo, la municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de ratificación respectivo, conforme el plazo previsto para tal efecto;
Que, mediante Informe Nº 062-2020-MDC/GATYR-MDC, de fecha 20 de noviembre del 2020, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, teniendo en cuenta que no existen variaciones sustanciales en los costos y en las condiciones para poder facilitar a los contribuyentes la emisión mecanizada de tributos municipales, recomienda que se prorrogue la vigencia de la Ordenanza 305-2019-MDC que establece el monto de derecho de emisión mecanizada de actualizaciones de valores, determinación y distribución de Declaración Jurada, Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio fiscal 2020.
Que, con Informe Nº 131-2020-MDC/GAJ, de fecha 23 de noviembre del 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de ordenanzas que prorroga la ordenanza, se encuentra acorde con la normativa vigente, por lo que resulta VIABLE su aprobación mediante sesión de concejo.
Estando a los considerandos precedentes y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente:
ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL
EJERCICIO 2021 LA VIGENCIA DE LA
ORDENANZA 305-2019-MDC QUE ESTABLECE EL MONTO DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA, LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.
Artículo Primero.- Prorrogar para el ejercicio 2021 la videncia de la Ordenanza 305-2019-MDC, que establece el monto de derecho de emisión mecanizada de actualizaciones de valores, determinación y distribución de la Declaración Jurada, liquidación de Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio fiscal 2020 y fija en S/3.67 (tres soles y 67/1000 soles )el monto anual que deberá abonar los contribuyentes por el derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Los contribuyentes deberán abonar adicionalmente la suma de S/0.82 (cero y 82/100 soles) por cada precio anexo o adicional.
Artículo Segundo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial el Peruano, asimismo, el texto íntegro en el presente Ordenanza se encontrara en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla y en la página web del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de administración Tributaria el fiel cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación cumpla con realizar la publicación de la presente Ordenanza en la Página Web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDWIN SUBILETI ARECHE
Alcalde
1912927-2