Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Opinan favorablemente para que el Banco BBVA Perú realice la emisión del Quinto Programa de Bonos Subordinados

Opinan favorablemente para que el Banco BBVA Perú realice la emisión del Quinto Programa de Bonos Subordinados

RESOLUCIÓN SBS N° 03022-2020

Lima, 2 de diciembre de 2020

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS

Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS

DE PENSIONES

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco BBVA Perú (en adelante, el Banco), para que se otorgue opinión favorable respecto del Quinto Programa de Bonos Subordinados (en adelante, el Programa de Bonos Subordinados) redimibles y computables en el Patrimonio Efectivo Nivel 2 hasta por un monto de USD 300´000,000.00 (Trescientos y 00/100 millones de dólares americanos) o su equivalente en soles; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General), faculta a las empresas del sistema financiero a emitir y contraer deuda subordinada;

Que, mediante Resolución SBS N° 975-2016 del 24 de febrero de 2016, se aprobó el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero (en adelante, el Reglamento). Al respecto, el citado Reglamento regula lo dispuesto en los artículos 184 y 233 de la Ley General, respecto a la emisión y contratación de deuda subordinada, así como a la determinación de la porción computable de dicha deuda en el patrimonio efectivo;

Que, el artículo 4 del Reglamento establece que para emitir deuda subordinada las empresas deben presentar a esta Superintendencia la correspondiente solicitud de opinión favorable, debiendo adjuntar la documentación requerida en el artículo 9 del mismo Reglamento, la cual ha quedado recogida en el procedimiento N° 111 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011 y sus modificatorias;

Que, en la Junta General de Accionistas de fecha 11 de mayo de 2020 del Banco se aprobó que el monto máximo de obligaciones en circulación sea hasta USD 4 800’000 000,00 (cuatro mil ochocientos millones y 00/100 dólares) o su equivalente en moneda nacional; y además se acordó delegar al Directorio la facultad de decidir la oportunidad, número y características de los programas marcos y/o emisiones;

Que, en la sesión del Directorio del 28 de agosto de 2020 se aprobó el Programa de Bonos Subordinados hasta por la suma de USD 300´000,000.00 (Trescientos y 00/100 millones de dólares americanos), o su equivalente en soles;

Que, el Banco ha cumplido con los requisitos exigidos por el Reglamento, y el procedimiento N° 111 del TUPA de esta Superintendencia, para requerir la opinión favorable y computar la deuda subordinada en el patrimonio efectivo nivel 2 del Banco, los cuales tras la evaluación realizada, se encuentran conformes. Asimismo, el monto de dicha emisión no excede los límites fijados en los numerales 1 y 2 del artículo 185 de la Ley General;

Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco BBVA Perú realice la emisión del Quinto Programa de Bonos Subordinados hasta por la suma de USD 300´000,000.00 (Trescientos y 00/100 millones de dólares americanos), o su equivalente en soles, redimibles y computables en el Patrimonio Efectivo Nivel 2.

Artículo Segundo.- Precisar que de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero, cualquier modificación en las condiciones de los contratos de emisión de instrumentos de deuda subordinada que afecte su cómputo en el patrimonio efectivo, cuando los contratos hayan sido revisados de conformidad con el artículo 9 del precitado Reglamento, requiere opinión favorable de esta Superintendencia.

Regístrese y comuníquese.

MARÍA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y AFP

1912058-1