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Aprueban actualización del Anexo N° 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud y modificación del Anexo N° 1: FORMULARIO DE SOLICITUD PARA ACTUALIZACIÓN DE CATÁLOGOS de la Directiva Administrativa N° 241-MINSA/2017/DGAIN Proceso de Actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) N° 001 y N° 005

Aprueban actualización del Anexo N° 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud, del Documento Técnico “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud” y modificación del Anexo N° 1: FORMULARIO DE SOLICITUD PARA ACTUALIZACIÓN DE CATÁLOGOS de la Directiva Administrativa N° 241-MINSA/2017/DGAIN, “Proceso de Actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) N° 001 y N° 005”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 1044-2020/MINSA

Lima, 16 de diciembre del 2020

Visto, el Expediente N° 20-107849-001, que contiene el Informe N° 299-2020-DIPOS-DGAIN/MINSA, de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, y el Informe N° 1271-2020-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, los numerales 1), 2) y 6) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señalan que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas, aseguramiento en salud y productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley y que tienen impacto directo o indirecto en la salud individual o colectiva;

Que, el artículo 4-A, del Decreto Legislativo N° 1161, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la Prevención y Control de las Enfermedades, establece que, la potestad rectora del Ministerio de Salud comprende la facultad que tiene para normar, supervisar, fiscalizar y, cuando corresponda, sancionar, en los ámbitos que comprenden la materia de salud. La rectoría en materia de salud dentro del sector la ejerce el Ministerio de Salud por cuenta propia o, por delegación expresa, a través de sus organismos públicos adscritos y, dentro del marco y los límites establecidos en la citada ley, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las normas sustantivas que regulan la actividad sectorial y, las normas que rigen el proceso de descentralización. Asimismo, el Ministerio de Salud, ente rector del Sistema Nacional de Salud, y dentro del ámbito de sus competencias, determina la política, regula y supervisa la prestación de los servicios de salud, a nivel nacional, en las siguientes instituciones: Essalud, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, Sanidad de las Fuerzas Armadas, instituciones de salud del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales, y demás instituciones públicas, privadas y público-privadas;

Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, conducir, regular y supervisar el Sistema Nacional de Salud; así como, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 024-2005-SA, que aprueba Identificaciones Estándar de Datos en Salud, se aprobaron, entre otras, la Identificación Estándar de Datos en Salud N° 001: “Procedimiento Médico en el Sector Salud” y la Identificación Estándar de Datos en Salud N° 005: “Unidad Productora de Servicios en Establecimiento de Salud”. Asimismo, dicho dispositivo legal tiene como objetivo, establecer el marco normativo para la identificación (clasificación, denominación, codificación y descripción) estándar de los procedimientos médicos, así como establecer los usos de la identificación estándar de los procedimientos médicos en los procesos institucionales y sectoriales;

Que, el artículo 2 del precitado Decreto Supremo, dispone que el Ministerio de Salud es la instancia encargada de conducir, desarrollar y administrar el Sistema de Identificación Estándar para el registro e intercambio de datos clínicos y administrativos de uso en la atención y en los cuidados de salud de las personas, por lo que mediante Resolución Ministerial de Salud podrá aprobar los instrumentos y acciones para su implantación y correcta aplicación;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 902-2017/MINSA, se aprueba el Documento Técnico: “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”, el cual tiene por finalidad contribuir a estandarizar la identificación (clasificación, denominación, codificación y descripción) de los procedimientos médicos y sanitarios del Sector Salud para los diferentes usos; asimismo, su objetivo general es establecer el marco normativo para la identificación estándar (clasificación, denominación, codificación y descripción) y uso de los procedimientos médicos y sanitarios del Sector Salud;

Que, por Resolución Ministerial N° 1001-2017/MINSA, se aprueba la Directiva Administrativa N° 241-MINSA/2017/DGAIN “Proceso de Actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) N° 001 y N° 005”, la cual tiene por objeto general establecer el marco normativo para el proceso de actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) N° 001 y N° 005 que corresponden a Procedimiento Médico en el Sector Salud y Unidad Productora de Servicios en Establecimiento de Salud, respectivamente; disponiendo en el subnumeral 6.3.5 que la Autoridad Nacional de Salud a través de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, o quién haga sus veces, actualiza anualmente el Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios y/o Catálogo de Unidades Productoras de Servicios, mediante Resolución Ministerial, incluyendo aquello determinado como estado “factible”;

Que, el artículo 98 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificatorias, establece que la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud responsable de proponer normatividad en materia de organización y gestión de servicios en salud. Asimismo, propone normatividad para implementar el intercambio prestacional con la finalidad de generar mayor cobertura de los servicios y utilizar la oferta pública de forma eficiente. Supervisa la política en materia de aseguramiento en salud a nivel nacional;

Qué, el literal a) del artículo 99 del mencionado Reglamento, establece que es función de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional el proponer y supervisar políticas sectoriales, normas, lineamientos y demás documentos en materia de organización, funcionamiento, gestión y control de los servicios de salud; así como proponer y monitorear normas y lineamientos en materia de modelos de atención, gestión clínica y sus herramientas; y demás procedimientos relacionados a la prestación y gestión de los servicios de salud;

Que, el literal a) del artículo 102 del referido Reglamento, establece que la Dirección de Intercambio Prestacional, Organización y Servicios de Salud, Unidad Orgánica de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, tiene como función formular las políticas sectoriales, normas, lineamientos, estándares y demás documentos en materia de organización, funcionamiento, gestión y control de los servicios de salud incluyendo los servicios de atención prehospitalarios de emergencias y urgencias, unidades productoras de servicios de salud, modelos de gestión de servicios de salud, cartera de servicios de salud individual y otros de su competencia; así como monitorear y evaluar sus resultados;

Que, conforme se advierte del documento del visto, la Dirección de Intercambio Prestacional, Organización y Servicios de Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, luego de la evaluación efectuada a las solicitudes presentadas por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, ha manifestado que corresponde actualizar el Anexo N° 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud, del Documento Técnico: “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”, aprobado por Resolución Ministerial N° 902-2017/MINSA, con el objetivo de contribuir a la gestión, implementación y actualización de los sistemas de información del Sector Salud para los diferentes usos;

Que, asimismo, el citado órgano de línea precisa en su documento de visto, que se ha identificado la necesidad de incorporar precisiones en el Anexo N° 1: FORMULARIO DE SOLICITUD PARA ACTUALIZACIÓN DE CATÁLOGOS, de la Directiva Administrativa N° 241-MINSA/2017/DGAIN, “Proceso de Actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) N° 001 y N° 005”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 1001-2017/MINSA, con la finalidad de que coadyuve a identificar, precisar y determinar la necesidad de actualización de dichos procedimientos médicos y sanitarios;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modificatorias; el Decreto Supremo N° 024-2005-SA, que aprueba las Identificaciones Estándar de Datos en Salud; la Resolución Ministerial N° 1001-2017/MINSA, que aprueba la “Directiva Administrativa N° 241-MINSA/2017/DGAIN “Proceso de Actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) N° 001 y N° 005”; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la actualización del Anexo N° 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud, del Documento Técnico “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”, aprobado por Resolución Ministerial N° 902-2017/MINSA, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar la modificación del Anexo N° 1: FORMULARIO DE SOLICITUD PARA ACTUALIZACIÓN DE CATÁLOGOS de la Directiva Administrativa N° 241-MINSA/2017/DGAIN, “Proceso de Actualización de los Catálogos de las Identificaciones Estándar de Datos en Salud (IEDS) N° 001 y N° 005”, aprobada por Resolución Ministerial N° 1001-2017/MINSA, conforme al Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer que las Direcciones Regionales de Salud (DIRESA), Gerencias Regionales de Salud (GERESA), Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), las Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS públicas, privadas y mixtas o las que hagan sus veces, cuentan con un plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, para adecuar sus sistemas informáticos e implementar, en lo que corresponda, la actualización del Anexo N° 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”, del Documento Técnico: “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”, aprobado por Resolución Ministerial N° 902-2017/MINSA.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus anexos en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PILAR ELENA MAZZETTI SOLER

Ministra de Salud

1913018-1