Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Difieren la entrada en funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República

Difieren la entrada en funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República

presidencia del consejo ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000137-2020-P-CE-PJ

Lima, 14 de diciembre del 2020

VISTA:

La Resolución Administrativa N° 000132-2020-P-CE-PJ, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000322-2020-CE-PJ, este Órgano de Gobierno ante la urgente necesidad de adoptar medidas y acciones conducentes a resolver la elevada carga procesal existente en las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, dispuso la creación de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses; a partir del 1 de diciembre de 2020.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 000132-2020-P-CE-PJ, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial difirió la entrada de funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, hasta el 15 de diciembre de 2020, fecha a partir de la cual el citado órgano jurisdiccional iniciaría sus funciones jurisdiccionales por el plazo establecido en la Resolución Administrativa N° 000322-2020-CE-PJ.

Tercero. Que, sobre el particular, es menester señalar que aún no se concluyen las acciones necesarias a fin de disponer el funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. En ese sentido, se considera pertinente diferir el inicio de las funciones del referido órgano jurisdiccional, a partir el 4 de enero de 2021.

Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece como atribución y función del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Diferir la entrada de funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República hasta el 4 de enero de 2021, fecha a partir de la cual el citado órgano jurisdiccional iniciará sus funciones jurisdiccionales por el plazo establecido en la Resolución Administrativa N° 000322-2020-CE-PJ.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial y la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, adopten las acciones y medidas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanente y Transitorias de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1912582-6