Amplían plazo para la implementación del “Plan de Gestión por Procesos en el Poder Judicial”
Consejo ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000363-2020-CE-PJ
Lima, 14 de diciembre del 2020
VISTO:
El Oficio Nº 002035-2020-GG-PJ, cursado el Gerente General del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 233-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial”
Segundo. Que, el artículo segundo de la aludida resolución, dispone encargar a la Gerencia General del Poder Judicial su ejecución, con el soporte operativo-técnico de la Gerencia de Desarrollo Corporativo, Gerencia de Planificación; y el apoyo técnico de la Oficina de Productividad y Competitividad Administrativa, cuyo rol será la de conducir y desarrollar la implementación en sus tres fases: i) Diseño; ii) Seguimiento y Medición; y iii) Mejora Continua.
Tercero. Que, la Oficina de Productividad y Competitividad Administrativa, adscrita a la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, viene realizando esfuerzos permanentes con la finalidad de cumplir el citado plan; sin embargo, debido al amplio alcance del mismo y el detalle de la información requerida; así como la ausencia de documentos precedentes en dicha materia, su ejecución se encuentra en la Fase de Diseño, con un avance del 51% del “Estado situacional del Plan de Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial–Resolución Administrativa N° 233-2019-CE-PJ”.
Cuarto. Que, la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación, a través del Informe N° 000244-2020-SR-GP-GG-PJ, realiza el análisis y evaluación del “Estado situacional del Plan de Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial–Resolución Administrativa N° 233-2019-CE-PJ”, el cual concluye en emitir opinión favorable del avance de la ejecución del 51% del proceso de implementación en la Institución.
Quinto. Que, dadas las circunstancias, y considerando que es necesario continuar con la implementación de la gestión por procesos en el Poder Judicial, al constituir un sistema de gestión que contribuye a mejorar los niveles de satisfacción del ciudadano, se hace necesaria la ampliación de plazo del citado plan a fin de cumplir con la presentación de los entregables programados.
Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1467-2020 de la septuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 2 de diciembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar el plazo hasta el segundo semestre del año 2020, para la implementación del “Plan de Gestión por Procesos en el Poder Judicial”, que comprende los procesos de soporte de Gestión de Recursos Humanos, Gestión de Recursos Financieros, Gestión de Logística y Gestión de Trámite Documentario.
Artículo Segundo.- Considerar para el desarrollo de la Fase II de Diseño de los “Manuales de Proceso” como documento de gestión por cada proceso de manera independiente y la Fase III de “Mejora Continua” será trabajada de la misma manera, como parte de la implementación de la Gestión por Proceso en el Poder Judicial.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Integrantes del Equipo de Dirección e integrantes de la Comisión del Proceso de Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento, y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente
1912582-5