Autorizan viaje de servidores del Instituto Nacional de Defensa Civil a Colombia, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 1055-2020-DE
Lima, 16 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Oficio N° 6011-2020-INDECI/5.0 del 15 de diciembre de 2020, del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil–INDECI; y, el Informe Legal Nº 01242-2020-MINDEF/SG-OGAJ del 16 de diciembre de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante OF. RE (DCI) Nº 1-0-G/69, la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Instituto Nacional de Defensa Civil la solicitud de asistencia humanitaria internacional efectuada por el Gobierno de la República de Colombia, debido a los graves daños que ha ocasionado el huracán “lota” durante su paso por el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina;
Que, mediante Carta S-GCSST-20-026167, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia manifiesta la aceptación de ayuda humanitaria, agradeciendo el apoyo para las comunidades afectadas por el huracán, en razón al ofrecimiento efectuado por el Estado Peruano a través de la Nota Nº 5-8-M/361;
Que, mediante Oficio N° 6011-2020-INDECI/5.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI solicita se autorice el viaje al exterior de los servidores Luis Alberto Zea Jara y Josué Bernardo Ortiz Méndez, de la Oficina de Logística y de la Dirección de Respuesta de dicha entidad, respectivamente, para que, a nombre del Estado Peruano, formalicen la entrega de la Asistencia Humanitaria a la ciudad de Bogotá en la República de Colombia, precisando que los gastos por concepto de viáticos se efectuarán con cargo al Pliego del Instituto Nacional de Defensa Civil, conforme a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, por medio del Informe Legal Nº 01241-2020-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que lo solicitado por el INDECI se enmarca en lo dispuesto por la Directiva Nº 001-2013-PCM/SINAGERD, aprobada por Resolución Ministerial Nª 0292-2013-PCM, por lo cual resulta viable autorizar el viaje, en comisión de servicios, del personal de INDECI a la República de Colombia, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y en concordancia a lo establecido en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG;
Con el visado de la Jefatura del Instituto Nacional de Defensa Civil; y, la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, que aprueba el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores Luis Alberto ZEA JARA y Josué Bernardo ORTIZ MÉNDEZ, servidores del Instituto Nacional de Defensa Civil, el 17 de diciembre de 2020, a la ciudad de Bogotá en la República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irroga el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego del Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Pers. Total US$
US$
Viáticos 370,00 1 2 = US$ 740,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los comisionados deberán presentar, ante el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos asignados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a liberación o exoneración de impuestos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ
Ministra de defensa
1912704-3