Autorizan inscripción de CONTINENTAL RE S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
Resolución SBS Nº 3043-2020
Lima, 3 de diciembre de 2020
El Secretario General
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Cesar Adolfo Angulo Rebaza para que se autorice la inscripción de la empresa CONTINENTAL RE S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección II: De los Corredores de Reaseguros A: Nacionales; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Reaseguros en el Registro respectivo;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa;
Que, el Departamento de Registros ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa CONTINENTAL RE S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS en el Registro; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro, Sección II: De los Corredores de Reaseguros, A: Nacionales, a la empresa CONTINENTAL RE S.A.C. CORREDORES DE REASEGUROS, con matrícula Nº C.RE-081.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MELGAR ROMARIONI
Secretario General
1910833-1