Aprueban la versión actualizada del Plan Maestro del Terminal Portuario del Callao
Resolución de Acuerdo de Directorio
Nº 0070-2020-APN-DIR
Callao, 8 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Informe No. 0235-2020-APN-DIPLA de fecha 7 de diciembre de 2020 de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos (DIPLA) y el Informe No. 0361-2020-APN-UAJ de fecha 7 de diciembre de 2020 de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ);
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley No. 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), fue creada la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como Organismo Público Descentralizado (ahora Organismo Técnico Especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley No. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como el Decreto Supremo No. 058-2011-PCM), encargada del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Informe No. 0235-2020-APN-DIPLA, la DIPLA recomienda evaluar la versión actualizada del Plan Maestro del Terminal Portuario del Callao adjunta a dicho informe, para su futura aprobación; al haber concluido que alinea los cambios suscitados respecto al crecimiento de la economía peruana y el comercio internacional en los últimos años, los cuales han afectado el comportamiento de la demanda del Terminal Portuario del Callao, lo que permitirá contar con una mejor planificación para la toma de decisiones sobre futuras inversiones, que permita por un lado dotar al terminal de la capacidad de infraestructura y equipamiento necesario para mejorar su eficiencia y rentabilidad; permitir el crecimiento de las actividades productivas que se encuentran en su área de influencia para la mejora de las condiciones socio económicas de la zona; ubicar al Terminal Portuario del Callao estratégicamente como un terminal especializado en contenedores en el largo plazo; y contribuir a que el Terminal Portuario del Callao llegue a ser Hub subregional de la costa oeste de Sudamérica”;
Que, mediante Informe No. 0361-2020-APN-UAJ, la UAJ concluye, entre otros, que: (i) resulta jurídicamente viable que el Directorio de la APN apruebe la versión actualizada del Plan Maestro del Callao; (ii) la propuesta de versión actualizada del Plan Maestro del Callao arroja resultado positivo para el contenido referencial de los Planes Maestros Portuarios conforme prevé el Plan Nacional de Desarrollo Portuario (PNDP) vigente (pp. 125 “PLANES MAESTROS PORTUARIOS”); (iii) no contiene procedimientos administrativos; por lo que no será sometida al Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) y (iv) luego de su aprobación debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Electrónico de la entidad, en este último, junto al íntegro del texto remitido por la DIPLA;
Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la LSPN prevé que el PNDP articula los planes maestros elaborados por la APN de los terminales portuarios de titularidad y uso público de ámbito nacional y los planes maestros regionales de desarrollo portuario elaborados por las Autoridades Portuarias Regionales (APR);
Que, de esta manera, cada terminal portuario de titularidad y uso público cuenta con un Plan Maestro, elaborado por la APN cuando son de alcance nacional (como es el caso del Terminal Portuario del Callao) o por la APR, cuando son de alcance regional. En ambos casos, su aprobación pasa por el Directorio de la APN conforme prevé el actual PNDP (pp 125 “PLANES MAESTROS PORTUARIOS”) que indica: “El proyecto de Plan Maestro Portuario será elaborado por el administrador portuario o APR o APN (respetando el orden de prelación) siendo aprobado en todos los casos por la APN”;
Que, en atención a lo señalado en el PNDP, aprobado por el Decreto Supremo No. 009-2012-MTC, que tiene carácter normativo conforme al artículo 4 de la LSPN, el Directorio de la APN se encuentra facultado para la aprobación de los planes maestros, por lo que, además, en atención al numeral 11 del artículo 7 del ROF de la APN, resulta jurídicamente viable que el citado colegiado apruebe la versión actualizada del Plan Maestro del Callao, propuesto por la DIPLA, de acuerdo con su Informe Técnico N° 0188-2020-APN-DIPLA;
Que, en la sesión del Directorio No. 547 del 7 de diciembre de 2020, el Directorio de la APN, entre otros, aprobó la versión actualizada del Plan Maestro del Terminal Portuario del Callao; facultó al Presidente de Directorio a suscribir la resolución que corresponda y dispuso la publicación de la resolución que corresponda en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web de la Autoridad Portuaria Nacional, en este último junto al íntegro del texto de la versión actualizada del Plan Maestro del Terminal Portuario del Callao;
De conformidad con la Ley No. 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo No. 003-2004-MTC y el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado con Decreto Supremo No. 034-2004-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la versión actualizada del Plan Maestro del Terminal Portuario del Callao, la cual forma parte de la presente resolución y que sustituye al Anexo 8 del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2012-MTC.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web de la Autoridad Portuaria Nacional, en este último, conjuntamente con el íntegro del texto de la versión actualizada del Plan Maestro del Terminal Portuario del Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Edgar Patiño Garrido
Presidente del Directorio
Autoridad Portuaria Nacional
1911597-1